brodersen thpa xix i ternavasio - trabajo final

Download Brodersen Thpa Xix i Ternavasio - Trabajo Final

If you can't read please download the document

Upload: paorobledo

Post on 01-Oct-2015

7 views

Category:

Documents


5 download

DESCRIPTION

la deduccion de la soberania en la revolucion de mayo

TRANSCRIPT

Pgina | 1Temas de Historia Poltica Argentina Siglo XIX I

Juan Diego BrodersenProfesor en Filosofa (UBA FFyL) / UTDTLa deduccin de la soberana en la Revolucin de Mayo: la invencin de la poltica en el nacimiento de la Repblica Argentina

La insurreccin es el ms sagrado de los derechos, y el ms indispensable de los deberes.Marqus de La Fayette El ao 1808 signific el quiebre ms grande dentro de la historia de la Monarqua espaola y dentro del Virreinato del Ro de la Plata. Luego de las reformas borbnicas y la creacin en 1776 de esta suerte de respuesta geoestratgica al avance portugus en tierras americanas, un solo objetivo emanaba desde la corona hispnica: centralizar el poder en puntos estratgicos para mantener la hegemona sobre las colonias gobernadas. Ante tal escenario, caracterizado por una danza de nombres en pugna por el poder poltico, una pregunta comenz a instalarse al otro lado del atlntico: a quin obedecer? Dicha pregunta no era, en el contexto descrito, para nada menor y totalmente vlida: la situacin de un rey cautivo, sin precedentes en la regin hasta el avance de Napolen en el terreno espaol-portugus, gener las condiciones para una crisis terminal y sin retorno. Frente a este escenario histrico, podemos apuntar el aspecto filosfico que reviste a la pregunta por la obediencia poltica. Si la llevamos, incluso a un nivel ms profundo, no tardaremos demasiado en encontrar un interrogante mayor que engloba a aquel problema coyuntural de principios del siglo XIX: no, ms bien, a quin obedecer, sino por qu obedecer cuando bien se podra desobedecer. Teniendo en cuenta esta arista filosfica, podemos decir que hay dos conceptos que permiten subsumir el problema planteado, y que nos habilitan a hilvanar el repaso historiogrfico que haremos bajo la lupa de una lectura conceptual: la nocin de vacatio regis por un lado, y el de la retroversin de la soberana de los pueblos por otro. En funcin de ellas, trabajaremos en primer lugar examinando el movimiento de las piezas que conforman el complejo rompecabezas poltico de la poca (en [I.a]). Piezas que tendremos que correr del lugar comn del carcter revolucionario que se le ha dado a la independencia argentina, desprendindonos de la idea teleolgica de una conciencia nacional criolla que tena en mente el punto de llegada antes de iniciar los sucesos de Mayo ([I.b]). Luego, plantearemos el problema filosfico de la obediencia poltica (en II), para arribar en tercer lugar a una conclusin que nos permita dar una respuesta a nuestra pregunta-gua: en qu fundamento encontr el mundo post colonial la deduccin de la soberana? (seccin III). Resta aclarar que no es este trabajo una historia de las ideas, en tanto no rastrearemos las influencias intelectuales de los actores de la Revolucin. Se trata ms bien de un rastreo de los principios de la filosofa poltica, como inventora de la estatalidad, en las revoluciones americanas. [I.a] 1808: caos en acto, poltica en potenciaComenzar a contar cualquier historia latinoamericana por 1808 como puntapi para pensar estos problemas es, ante todo, una toma de posicin. El caos en el orden vigente gener una serie de posibilidades antes impensadas, cuyo resultado final termin por desembocar en el nacimiento de una serie de repblicas: Es esa complejidad de la crisis abierta en 1808 por la intervencin iniciada antes del ao anterior por el ejrcito imperial de Napolen Bonaparte la que ha llevado a la historiografa a fijar en torno a la misma el momento de no retorno de la Historia Moderna de Espaa, la divisoria de aguas entre Edad Moderna y Edad Contempornea (PORTILLO VALDS, Jos Mara. Crisis de la monarqua, 1808-1812, en Pablo Fernndez Alvadalejo (ed.). Los Borbones. Dinasta y memoria de nacin en la Espaa del siglo XVIII, Madrid: Marcial Pons, 2002, Pg. 597), explica Portillo Valds. El punto de partida de 1808 es, entonces, una situacin sin precedentes: la captura del rey Fernando VII por parte del hermano de Napolen Bonaparte, Jos, que dej acfala la Corona espaola. Esto se sinti tanto en la Pennsula como en la colonia creada en 1776 por las entidades surgidas de las reformas borbnicas: el Virreinato del Ro de la Plata. El principio de unidad de todo reino y de la soberana, en ltima instancia-, se vio trastocado por completo por las abdicaciones de Bayona:Napolen supo aprovechar muy bien los conflictos dinsticos de los Borbones espaoles: dos meses despus del motn, el emperador reuni en Bayona una ciudad de la frontera francesa a la familia real. All tuvieron lugar los acontecimientos conocidos como los sucesos de Bayona, donde se sucedieron tres abdicaciones, casi simultneas: la de Fernando, que devolvi la Corona a su padre, la de Carlos IV a favor de Napolen y la de ste a favor de su hermano Jos Bonaparte. (TERNAVASIO, M., Historia de la Argentina 1806-1852, Siglo Veintiuno Editores, Buenos Aires, 2009, Pg. 42).En este escenario, la gran pregunta era, para Espaa, quin los gobernaba: el Rey Fernando VII estaba preso en el extranjero, por lo que era imposible atribuirle la autoridad que antes ostentaba. El mismo problema se planteaba para las colonias americanas que respondan a la Corona espaola. Esta situacin abre al primer problema que habamos planteado, y que es el de la vacatio regis, o la vacancia de la soberana. Toda la cuestin gira en torno a dnde, en qu persona, lugar o institucin, radica la fuente desde el cual emanan las facultades soberanas. Facultades que, a fin de cuentas, vienen a demostrar cul es el fundamento legtimo de la autoridad. Digamos lo que no fue necesariamente: como seala Portillo Valds, la ausencia de una autoridad definida no va conceptualmente acompaada del concepto de revolucin, y la lnea historiogrfica que seguimos justamente intenta sealar que ella fue solo una de las alternativas posibles ante tal situacin. Aclarado esto, son las juntas, con el paradjico lugar que tendrn, las que ocuparn esa vacancia:Tradicionalmente, tanto en Amrica como en Espaa, la reaccin de los pueblos, ciudades y territorios ante la ausencia del monarca se ha interpretado como el inicio de la revolucin, la primera actuacin que conduce a un replanteamiento de la soberana en la Monarqua espaola. No faltan, desde luego, aspectos que avalen la afirmacin, pues las juntas que se crean desde Buenos Aires hasta Catalua desarrollan una actuacin que puede, sin duda, asimilarse a la soberana. Declarar la guerra, concluir alianzas, enviar comisionados ante gobiernos extranjeros, acuar moneda, establecer acuerdos de federacin entre ellas fueron actuaciones comunes de todas aquellas juntas. Sin embargo, ninguna de estas juntas (en tanto siguieron sindolo, sin transformarse en congresos independientes como el de Venezuela) asumi, como suele habitualmente afirmarse, la soberana. Puede parecer paradjico, pero realmente aquellas juntas, incluso las que se plantean en trminos ms radicales, no procedieron a provocar una revolucin en el mbito de la soberana, sino a asumir un depsito de la misma, lo que es bien diferente. (PORTILLO VALDS, J. Crisis de la monarqua, 1808-1812, en Pablo Fernndez Alvadalejo (ed.). Los Borbones. Dinasta y memoria de nacin en la Espaa del siglo XVIII, Madrid: Marcial Pons, 2002, Pg. 600)Bien diferente, segn Portillo Valds, porque una atribucin es la de ser soberano y otra la de plantear dnde se encuentra la legitimidad de dicha soberana: es en la atribucin plena del depsito en dnde se reviste este ltimo aspecto. En este sentido, que la revolucin no era el punto de llegada puede ser divisado dentro de las distintas opciones que aparecieron ante tal situacin, y dichas opciones pueden bien interpretarse como, justamente, la disputa por la legitimidad del depsito de la soberana. Sucede que ante el desorden institucional, el momento poltico aparece en su mxima plenitud, y junto con l, las posibilidades: una, la de abrazar a Jos Bonaparte y su control sobre la zona peninsular. Otra opcin era obedecer a la Junta Central como autoridad provisional por la captura de Fernando VII (y luego al Consejo de Regencia), y otra, incluso, obedecer a la infanta Carlota Joaquina, la hermana del rey cautivo: [] La infanta reclam derechos sobre los territorios americanos en funcin de su linaje: puesto que el rey de Espaa se hallaba cautivo y ninguno de los descendientes masculinos estaba en condiciones de asumir el trono, Carlota Joaquina solicit ser la Regente de los dominios pertenecientes a la Corona TERNAVASIO, M., Op. Cit., Pg. 52. Una cuarta alternativa era la que finalmente defini el curso de la historia, esto es, establecer juntas locales imitando el modelo de soberana espaola. Lo cierto es que el hecho peculiar que presenta la situacin espaola en 1808 es que, ciertamente, no existan instituciones centrales de la Monarqua subsistentes: el prncipe no estaba presente y sus consejos se haban ido plegando a la voluntad de la fuerza PORTILLO VALDS, J. Op. Cit. Pg. 601., hechos ambos que aparecan como una consecuencia de la vacatio regis. Ante tantas posibilidades, cabe preguntarse por el lugar de la revolucin. Dicha alternativa queda ms cerca de lo incierto que de lo preconcebido, y ese lugar incierto es deudor, en este sentido, de la lnea historiogrfica que abri Halpern Donghi, quien se dedic a separar el proceso de independencia de la revolucin. La independencia, en rigor (y teniendo en cuenta estas posibilidades que mencionamos), es ms deudora de la descomposicin monrquica que del mpetu revolucionario de los as llamados prceres nacionales. La revolucin pasa a ser un episodio en la crisis de la unidad monrquica de Espaa, crisis a la vez de creencias y realidades, que slo podra ser entendida en el marco de preferencias y aspiraciones de la Espaa que construy, administr y perdi sus reinos indianos HALPERIN DONGHI, T., Tradicin poltica espaola e ideologa revolucionaria de Mayo, Eudeba, 1961, Buenos Aires, Pg. 13.. Ahora bien, dijimos que el segundo concepto que nos servira para entender este proceso es la retroversin de la soberana de los pueblos. Examinemos de qu se trata, para luego poder establecer un vnculo junto a la vacatio regis que nos permita echar luz sobre este momento tan particular: Hispanoamrica ocupa un lugar singular, y en cierta manera paradjico, en el rea latina. En efecto, cuando toda Europa se ha vuelto a regmenes monrquicos e incluso absolutistas, slo los pases hispanoamericanos continuaban siendo repblicas y poseyendo constituciones y libertades modernas. Hay que buscar su explicacin en el hecho mismo de la Independencia. Al romper el vnculo con la Pennsula, tambin se rompa el vnculo con el rey, es decir, con la legitimidad histrica. No quedaba entonces ms va para legitimar el poder que la moderna soberana del pueblo. Por eso, toda instauracin de una Monarqua fracasar en Amrica, aun cuando una buena parte de las elites estuviese tentada en algunas pocas por esta solucin. Porque: qu legitimidad poda tener un rey que no fuera el seor natural del reino? (GUERRA, F., Modernidad e independencias. Ensayos sobre las revoluciones hispnicas, Fondo de Cultura Econmica, Mxico, 1992, Pg. 51).Decimos los pueblos, y no el pueblo debido a que en Hispanoamrica reinaban una serie de corporaciones de distinto tipo (cabildos, ayuntamientos, juntas, cortes) y no una asamblea que representara a todos los ciudadanos. Esta es la caracterizacin terica en la cual se puede enmarcar este proceso de una potencialidad mltiple. Para ver cmo se enmarca histricamente esta cuestin con la retroversin de la soberana, tomemos el caso especfico del Virreinato del Ro de la Plata.[I.b] Lo que Mayo fue, lo que podra haber sidoEl camino a la independencia argentina es, en el contexto de nuestro desarrollo, un caso particular de los tantos que se dieron como resultado de la descomposicin de la Monarqua espaola. Si 1808 apareca como la fecha para comprender cmo comienza el debate por el lugar de la soberana, 1810 va a representarse como el momento por el cual esta parte de Amrica se har cargo de aquella. Los actores de la poca no tenan claro cul era el escenario, por la cantidad de posibilidades que mencionamos que surgan de la crisis. Lo cierto es que la llamada Semana de Mayo termin por deponer al Virrey Cisneros, en funcin de la situacin que describimos: ausentada la autoridad de Fernando VII sobre la Pennsula, desapareca tambin de la colonia. Pero aquel lugar deba llenarse con una nueva autoridad, y el actor principal aqu para llenar el lugar de la vacatio regis fueron, como ya mencionamos, las juntas. Estas tenan un carcter distinto al de las precedentes porque[] se trat de una reaccin ms generalizada a escala imperial: entre abril y septiembre de 1810, se formaron juntas en Venezuela, Nueva Granada, Ro de la Plata y Chile. En todos los casos se invoc el principio de retroversin de la soberana para reasumirla provisionalmente hasta tanto el rey regresara al trono, siguiendo el ejemplo de las juntas de Espaa. En segundo lugar, si bien no se puso en juego la legitimidad monrquica, s se cuestion la de las autoridades metropolitanas que venan a reemplazarlo. La formacin de la Junta provisional implic la creacin de un gobierno autnomo, que procur erigirse en autoridad suprema de todo el Virreinato. La autonoma significaba en aquel momento mantener el vnculo con el Monarca y ejercer el autogobierno sin reconocimiento del Consejo de Regencia peninsular. (TERNAVASIO, M., Op. Cit., Pg. 69)Por supuesto, esto no se dio sin ms: los tironeos entre la Junta de Buenos Aires y el resto de las ciudades, el Cabildo y el Consejo de Regencia (ya sin ningn tipo de autoridad) configuraron las distintas jugadas diplomticas de la poca. Por esto, [] slo algunos datos parecen claros. En primer lugar, que fueron las milicias urbanas las que volcaron el equilibrio a favor de la autonoma. En segundo lugar, que el movimiento cont con apoyo popular, especialmente de la plebe urbana de la capital. Finalmente, que los hechos de mayo tuvieron un carcter netamente porteo, al menos en sus primeros tramos TERNAVASIO, M., Op. Cit., Pg. 71.. Ahora bien, cul era el fundamento de estas juntas? Qu actor les daba sentido? El cabildo. El pueblo le confera su poder al Cabildo, que pasaba a estar habilitado a remover o modificar miembros de la junta. Es por esto que el depositario nuevo de la soberana es el Cabildo, que conforma a la junta, en una suerte de poder constituyente. La pregunta que debemos hacernos, entonces, es de dnde le vino al Cabildo esta facultad, otrora en manos de la Corona espaola, esto es, de dnde se deduce la soberana. Los pueblos [] componan no solamente repblicas locales sino tambin un sujeto diferente, la nacin, que era reunin de representantes de todos ellos. [] Se trataba, en efecto, del paso que ni las juntas locales, ni la Central haban dado en ningn momento: la destruccin del fideicomiso de la soberana. Dicho de otro modo, se trataba de la revolucin PORTILLO VALDS, Op. Cit., Pg. 612., explica Portillo Valds. Hay un paso que va del depsito de la soberana en el lado espaol de la nacin al otro lado del atlntico, pero este proceso revolucionario no se da sin fricciones: la aparicin de las Cortes de Cdiz decret que sobre ella resida la soberana, porque eran ellas mismas la nacin. A esto llama nacin bihemisfrica Xavier Guerra, idea espaola de mantener la unidad del poder soberano en s misma, sin dejar de lado lo que estaba del otro lado del hemisferio. Ahora bien, de qu modo se daba esto? Este acto de hacer la ley se eriga como poder constituyente, e iba a tener mucha ms fuerza que el poder divino. El poder se desacraliz, y se invent el principio de legitimidad de que la soberana reside en la nacin. La revolucin constitucional, sin embargo, comenzaba institucionalizando un nuevo sujeto, la nacin, que haca invlido aquel principio porque haba comenzado, desde el primer da de sus reuniones, por negar la existencia del mencionado fideicomiso PORTILLO VALDS, Ibd., explica Valds, dando cuenta del esfuerzo de las Cortes por constitucionalizar el imperio en crisis. Este intento al que hacemos referencia constituye as una tarda reaccin a las tensiones que la asimetra entre Corona y colonia produca. Esa es la gran jugada que las Cortes intentan hacer cuando en Amrica ya haba sectores que haban tomado una va alternativa a la de or a Espaa. Razn por la cual, en algunas partes de Latinoamrica, ya sera demasiado tarde para acoplarse a estas jugadas diplomticas de un imperio en decadencia. Entre abril y junio de 1810, a medida que se acercaban las noticias de la invasin de Napolen sobre la pennsula, el Virreinato del Ro de la Plata decidi crear sus propias juntas en nombre del depsito de la soberana. La constitucin de Cdiz no fue una opcin, y la experiencia de la formacin de juntas fue una respuesta institucional a este nuevo intento espaol por conservar el poder. La primera de ellas fue en Caracas, en abril, y la segunda fue la conocida Semana de Mayo en el Ro de la Plata. Qu podemos decir de esta insurreccin, desde el punto de vista filosfico que estamos intentando esbozar? Que es en esta actitud histrica del Cabildo porteo en donde se puede ver el punto mximo de la obediencia poltica y sus fundamentos, y que es a partir de all que se puede divisar el comienzo de la actividad poltica como artificio contemporneo.[II] La filosofa poltica, una invencin de la modernidadDescrito brevemente el conmocionado escenario histrico de los sucesos revolucionarios de Mayo, haremos a continuacin una digresin filosfica para arribar luego a nuestra conclusin, que intentar poner en este marco conceptual a los inicios de la historia argentina. Digamos, por empezar, que el contractualismo descansa sobre las bases del pensamiento filosfico poltico de Thomas Hobbes -siendo el Leviatn la obra cumbre que cristaliz una solucin al problema de la obediencia poltica-. Como punto de partida para abordar su pensamiento, es necesario desprenderse del paradigma estatal contemporneo, y situarse en la Inglaterra de Hobbes, conmocionada por las guerras civiles. Esto, sin dudas, hace pensar por qu para Hobbes el Estado era ms bien una solucin, antes que un problema: este aparece como una respuesta a la resolucin de los conflictos o ms bien como la nica respuesta. La primera y mayor ventaja que se obtiene de la sociedad civil es la paz y la defensa que protegen por igual a todos los miembros del Estado; los grandes y los pequeos, aquellos que mandan y aquellos que obedecen HOBBES, T., De Cive, Instituto de Estudios Polticos, Facultad de Derecho, Universidad Central de Venezuela, Caracas, 1966, Pg. 11-12., sententcia. Pero si tuvisemos que sealar el punto sustancial de su filosofa y, adems, de la filosofa poltica, hay una nota crucial que diferencia al paradigma moderno de la poltica de los antiguos: mientras para los griegos el hombre es un animal poltico (nthropos phsei politikn zion) ARISTTELES, Poltica, Losada, Buenos Aires, 2005, Pg. 57. Esta es la sentencia ms clebre y recordada de la Poltica de Aristteles, y refiere principalmente a que el hombre es, a diferencia de los animales gregarios como las abejas, el nico animal que tiende a reunirse en una comunidad poltica. Es decir, que la plis, forma que toma la sociabilidad humana ms perfecta y acabada, es del orden de lo natural y la poltica la actividad que en ella se realiza en continuidad con esa naturalidad. , para la filosofa moderna es ms bien todo lo contrario. El hombre es, por naturaleza, pasin y desenfreno Representado por el conocido estado de naturaleza, instancia pre-estatal, caracterizada por la anarqua y la guerra del todos contra todos. La figura por antonomasia es el homo homini lupus hobbesiano (El hombre es el lobo del hombre). , a lo que el artificio racional viene a insuflarle los frenos que la sociedad le puede garantizar. La sociedad aparece, as, como una segunda naturaleza: un artificio que ser ese Deus Mortalis, cuya salud es la concordia y su enfermedad la guerra civil. Ahora bien, la particularidad del pensamiento hobbesiano, dicha muy resumidamente, es que dentro el paso del hipottico estado de naturaleza a la sociedad civil no se da a medias: o es absoluto, o no es nada. El clebre pasaje del Leviatn que marca a fuego esta consigna, establece: Autorizo y abandono el derecho a gobernarme a m mismo a este hombre, o a esta asamblea de hombres, con la condicin de que t abandones tu derecho a ello y autorices todas sus acciones de manera semejante HOBBES, T., Leviatn, Editorial Losada, Traduccin de Antonio Escohotado, Buenos Aires, 2003, Pg. 164.. Esto significa que, una vez hecho el pacto y conformado ese Estado, la sociedad civil ya no es gobernada sino a travs de su representante, dueo de las acciones de aquellos. Cmo se da esta transferencia? [] porque estado de naturaleza y estado civil se conciben como dos momentos antitticos, el paso de uno a otro no se produce por la fuerza misma de las cosas, sino mediante una o varias convenciones; es decir, mediante uno o varios actos voluntarios de los propios individuos interesados en salir del estado de naturaleza. (BOBBIO, N., El modelo iusnaturalista, en Estudios de historia de la Filosofa: de Hobbes a Gramsci, Editorial Debate, Madrid, 1985, Pg. 96)Esa es la diferencia fundamental con el modo de concebir la actividad poltica de los antiguos: mientras que para el pensamiento griego hay continuidad entre naturaleza y poltica, para la filosofa moderna es justamente la ruptura con la naturaleza la que le da la especificidad de lo poltico al ser humano. El problema central al que los contractualistas intentaron dar respuesta ha sido el de la obediencia poltica. El aporte de Locke, en este sentido, se centra en qu actor es el que decide sobre la autoridad poltica. Si para Hobbes la frmula del hombre lobo del hombre se torn clebre, la posibilidad de apelar al cielo como metfora rebelde es lo que ha caracterizado con el paso del tiempo a su obra:[El uso de] la fuerza entre personas que no tienen ningn superior sobre la tierra al que reconozcan [como tal], o que no posibilite apelar a un juez sobre la tierra, constituye propiamente, un estado de guerra, en el que slo queda apelar al cielo y en el que la parte damnificada ha de juzgar por s misma qu momento considerar oportuno para hacer uso de tal [derecho de] apelacin y someterse a [lo que le toque] en suerte. (LOCKE, J., Ensayo sobre el gobierno civil, Traduccin de Claudio Amor, Universidad Nacional de Quilmes, Buenos Aires, 2005, Pg. 20.)Por supuesto, la frmula lockeana es problemtica, en tanto el mismo autor se pregunta Quin ser el juez [que dirima] si el prncipe o el Legislativo actan contrariamente a [su] mandato? LOCKE, J., Op. Cit., Pgs. 272, 273., diciendo luego que [] A [este interrogante] respondo que [es] el pueblo quien ser juez LOCKE, J., Ibd.. Qu significa que el pueblo sea el juez? Cmo puede relacionarse la sociabilidad poltica de estos mximos referentes del contractualismo con lo sucedido en los inicios de la historia argentina? [III] Mayo de 1810: la invencin de la polticaRepasemos el camino recorrido hasta aqu. Hemos planteado el escenario a partir del cual puede pensarse el proceso de independencia de las naciones latinoamericanas a partir de la descomposicin de la hegemona espaola. La ruptura entre colonias y metrpoli, pensada a partir del paradigma instalado por Halpern Donghi, nos llev a considerar los mltiples escenarios que se abrieron ante el mencionado proceso, siendo la desobediencia al rgimen de dependencia colonial una de las tantas salidas posibles. Desde la perspectiva filosfica que sealamos en el apartado anterior el desorden institucional descrito es lo ms parecido a un estado de naturaleza hobbesiano. Ahora bien, si luego hemos mencionado a dos autores fundamentales en el contractualismo ingls, es porque creemos que esta escuela de pensamiento brinda las herramientas para pensar este proceso histrico a travs de un recorte conceptual. Y hemos llegado al punto de tener que responder la pregunta que hemos planteado en el apartado anterior: de dnde le vino a las juntas conformadas en torno al Cabildo porteo? Por qu el juntismo fue un hecho inslito en el marco de la vacatio regis, al menos en los trminos que se produjo a partir de 1808 TERNAVASIO, M., Op. Cit., Pg. 44., cmo se lleg a 1810 y qu tiene la filosofa poltica para aportar a esta cuestin? Bien, si vamos al ncleo del Leviatn, veremos lo siguiente:El nico modo de erigir un poder comn capaz de defenderlos de la invasin extranjera y las injurias de unos a otros [] es conferir todo su poder y fuerza a un hombre, o a una asamblea de hombres, que pueda reducir todas sus voluntades, por pluralidad de voces, a una voluntad. [] Esto es ms que consentimiento o concordancia; es una verdadera unidad de todos ellos en una e idntica persona hecha por pacto de cada hombre con cada hombre [] (HOBBES, T., Leviatn, Losada, Buenos Aires, 2003, Pg. 164)En primer lugar, podemos divisar que la prioridad es la defensa frente a la amenaza externa, cuestin no menor si tenemos en cuenta que la posibilidad de una conquista extranjera era real en 1810. Esta es la generacin de ese gran Leviatn o ms bien (por hablar con mayor reverencia) de ese Dios Mortal a quien debemos, bajo el dios Inmortal, nuestra paz y defensa. Pues mediante esa autoridad, concebida por cada individuo particular en la repblica, administra tanto poder y fuerza que por terror a ello resulta capacitado para formular las voluntades de todos en el propsito de paz en casa y mutua ayuda contra los enemigos del exterior. (HOBBES, T., Ibd.)Es el momento del pacto Hemos elidido la frmula del pacto, presente en la pgina 7 del presente escrito. : instancia que da nacimiento a la sociedad poltica. Y en l consiste la esencia de la repblica, que (por definirla) es una persona cuyos actos ha asumido como autora una gran multitud, por pactos mutuos de unos con otros, a los fines de que pueda usar la fuerza y los medios de todos ellos, segn considere oportuno, para su paz y defensa comn. Y el que carga con esta persona se denomina Soberano y se dice que posee poder soberano; cualquier otro es su sbdito. (HOBBES, T., Ibd)Tenemos aqu descompuesto el momento ms importante del Leviatn, y hemos hallado all una nota sustancial del desarrollo de nuestro trabajo: en esta frmula filosfico-poltica est contenido el ncleo de la retroversin de la soberana de los pueblos, momento histrico que podemos decir que encarna en su mxima expresin el concepto de soberana hobbesiano. Retomando la lnea historiogrfica que venamos trazando, podemos decir que en 1810 hay un viraje en Amrica respecto de cmo hacerse cargo de los atributos de la soberana. [] se trata de hecho de un proceso nico que comienza con la irrupcin de La Modernidad en una Monarqua del Antiguo Rgimen y va a desembocar en la desintegracin de ese conjunto poltico en mltiples Estados soberanos, uno de los cuales ser la Espaa actual GUERRA, F., Op. Cit., Pg. 12. . La forma de canalizar esto en el territorio argentino fue a travs de las juntas, entidades que recogan el guante del depsito de la soberana fundamentndolo en la retroversin: lo que hicieron Cornelio Saavedra, Mariano Moreno, Juan Jos Paso, Belgrano, Castelli, Azcunaga, Alberdi, Matheu y Larrea fue un nuevo gobierno, producto de la insurreccin contra el depuesto virrey. Y esto no fue sino fundamentarse sobre la as llamada retroversin de la soberana a los pueblos, nuevo fundamento de la autoridad (aunque no por eso menos problemtico):La invocacin al pueblo y a los pueblos fue tambin parte del nuevo lenguaje; poda remitir tanto a las ms abstractas doctrinas de la soberana popular o de la retroversin de la soberana como a identidades territoriales. En el primer caso, las identidades se configuraban en torno a la nueva libertad conquistada contra el despotismo espaol; en el segundo, la situacin era ms problemtica, puesto que se cruzaban sentimientos de pertenencia a una comunidad (pueblo o ciudad) y reivindicaciones de autonoma poltica. (TERNAVASIO, M., Op. Cit., Pg. 113.)Damos aqu con el aspecto clave y ms relevante de la cuestin, y es este de la reivindicacin de autonoma poltica. El esfuerzo insurgente de Mayo es, en el fondo, el intento por autonomizar a la poltica colonial y darle una nueva forma (que, en este caso, abraz la tradicin republicana). Las asambleas pasaron a representar as al pueblo, debido a que la justificacin del nuevo pacto encontraba all el nuevo actor que se hara cargo del depsito de la soberana: La asuncin de soberana por parte de los pueblos, ciudades y territorios plantea una serie de cuestiones de interpretacin relevantes. [] Mariano Moreno, en Buenos Aires, apelaba a la reversin de la soberana a los pueblos como legitimacin del movimiento del cabildo bonaerense contra el virrey PORTILLO VALDS, J. Op. Cit. Pg. 602.. Las asambleas son la encarnacin material de la secularizacin del principio dinstico de los reyes. Al recaer sobre las juntas el depsito de la soberana, se da el salto del principio de legitimacin de la teologa al contrato social que da origen a la actividad poltica escindida de la idea de Dios No estamos diciendo con esto que el nuevo orden, esto es, el juntismo rioplatense, no cimentara parte de sus creencias en la idea de Dios en general, ni del cristianismo en particular. Lo que s estamos sealando es que el mbito de la nueva sociabilidad se desarrolla en un nuevo artificio, este es, la poltica, que como tal empieza a autonomizarse y tomar forma propia independientemente del depuesto monarca. : El nico principio de legitimacin de las sociedades polticas es el consentimiento BOBBIO, B., Op. Cit., Pg. 115., seala Bobbio, explicando el salto: la retroversin de la soberana a los pueblos es el quiebre entre el fundamento de la autoridad que tena Fernando VII a uno nuevo. Tan nuevo que dota a la regin de una actividad indita desde este punto de vista: la poltica tal y como la consideramos en trminos contemporneos.La mejor clave de lectura [] es la que permite interpretarlo como un largo y compacto razonamiento dispuesto para refutar a todos los que han confundido la sociedad poltica con la sociedad domstica o con la sociedad seorial y para demostrar que la caracterstica diferencial de las tres formas de sociedad es el distinto fundamento de su autoridad y, por tanto, de la obligacin de obediencia, o en otras palabras, su diferente principio de legitimidad. (BOBBIO, N., Op. Cit., Pg. 115)Es por esta cuestin que seala Bobbio que estamos habilitados a decir que Mayo fue, en ltima instancia, este cambio de paradigma entre una legitimidad y otra. Porque es prerrogativa de la voluntad general hacer las leyes, sta establece con un acto de soberana, con una ley, que es un acto unilateral, quin deber gobernar, es decir, quin tendr ttulo para ejercer el poder ejecutivo BOBBIO, B., Op. Cit., Pg. 124.. Si retomamos nuestra primera pregunta, recordaremos que intentamos puntualizar sobre la idea de la obediencia poltica. Ms especficamente, retomamos la pregunta por excelencia de la filosofa poltica, a saber, por qu obedecemos? de dnde se deduce la soberana en el mundo post colonial? Durante el repaso historiogrfico y conceptual que hicimos intentamos iluminar aquellos aspectos que ilustran este cambio de paradigma en la soberana hispanoamericana. La deduccin de la soberana se desprende del principio de secularizacin que oper desde el mundo moderno hacia el contemporneo, como corolario del surgimiento de la actividad poltica. La aparicin del Estado como artificio, no ya como una continuacin de la naturaleza y, por lo tanto, del surgimiento de la actividad poltica es una consecuencia directa de esto. Podemos recordar aquello que sealamos cuando analizamos Mayo: en el gesto de hacer una nueva ley de obediencia aparece un poder constituyente.En tanto que antittico al estado de naturaleza, el estado civil es un estado artificial, un producto como diramos actualmente- cultural y no natural (de ah la ambigedad del trmino civil, que significa a la vez poltico de civitas- y civilizado de civilitas-). A diferencia de lo que ocurre en cualquier otra forma de sociedad natural en la que el hombre puede estar viviendo con independencia de su voluntad, como son, segn la tradicin, la sociedad familiar y la sociedad seorial, el principio de legitimacin de la sociedad poltica es el consentimiento (BOBBIO, B., Op. Cit., Pgs. 96-97)As, podemos decir que la Junta Provisional fue la refundacin del principio de legitimidad en el lxico de la filosofa poltica, la asuncin del depsito de la soberana en terminologa historiogrfica. Si antes era divino, luego del tamiz de la desacralizacin no hay sino una invencin que es la soberana misma del pueblo. Porque, como sealaba Bobbio, no es la fuerza misma de las cosas la que produce este cambio revolucionario, sino el consentimiento propio que plasma la voluntad poltica. Es desde esta perspectiva que arriesgamos la hiptesis de nuestro trabajo: que el contractualismo ingls brinda una serie de herramientas para entender por qu la Revolucin de Mayo no es otra cosa que la invencin de la poltica. Invencin que los miembros de la Primera Junta hicieron muy probablemente sin entender del todo bien qu estaban haciendo, pero que sin ningn lugar a dudas llevaron a cabo sabiendo que estaban haciendo algo de lo cual no habra vuelta atrs.Bibliografa consultada

ARISTTELES, Poltica, Losada, Buenos Aires, 2005.BOBBIO, N., El modelo iusnaturalista, en Estudios de historia de la Filosofa: de Hobbes a Gramsci, Editorial Debate, Madrid, 1985.GUERRA, F., Modernidad e independencias. Ensayos sobre las revoluciones hispnicas, Fondo de Cultura Econmica, Mxico, 1992.HALPERIN DONGHI, T., Tradicin poltica espaola e ideologa revolucionaria de Mayo, Eudeba, 1961.HOBBES, T., De Cive, Instituto de Estudios Polticos, Facultad de Derecho, Universidad Central de Venezuela, Caracas, 1966.HOBBES, T., Leviatn, Losada, Buenos Aires, 2003.LOCKE, J., Ensayo sobre el gobierno civil, Traduccin de Claudio Amor, Universidad Nacional de Quilmes, Buenos Aires, 2005.PORTILLO VALDS, Jos Mara. Crisis de la monarqua, 1808-1812, en Pablo Fernndez Alvadalejo (ed.). Los Borbones. Dinasta y memoria de nacin en la Espaa del siglo XVIII, Madrid: Marcial Pons, 2002.TERNAVASIO, M., Historia de la Argentina 1806-1852, Siglo Veintiuno Editores, Buenos Aires, 2009.