cámara gesell

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LA CÁMARA GESELL GESELL, ARNOLD LUCIUS (1880-1961) Psicólogo y pediatra estadounidense, cuyo trabajo, que estableció las pautas de conducta seguidas en las sucesivas etapas del desarrollo infantil, sería decisivo en la puericultura 1 de las décadas de 1940 y 1950. Nacido en Alma, Wisconsin, se educó en las universidades del estado, Clark y Yale, y fue nombrado profesor de esta última en 1911. El mismo año fundó la clínica de desarrollo infantil de la Escuela de Medicina de Yale, que también dirigió. Fue asesor de investigaciones en el Instituto Gesell de Desarrollo del niño desde 1950 hasta que se retiró en 1958. Junto con sus ayudantes, Gesell observó a cientos de niños en condiciones cuidadosamente controladas y filmó durante horas sus comportamientos, lo que le permitió acumular gran información descriptiva sobre la psicología infantil. 1 Es una de las especialidades de la medicina. Significa "cuidado de los niños" y viene del latín puerilis “niño” y cultura “cultivo”; es decir, el arte de la crianza.

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Page 1: Cámara Gesell

LA CÁMARA GESELL

GESELL, ARNOLD LUCIUS (1880-1961)

Psicólogo y pediatra estadounidense, cuyo trabajo,

que estableció las pautas de conducta seguidas en las

sucesivas etapas del desarrollo infantil, sería decisivo

en la puericultura1 de las décadas de 1940 y 1950.

Nacido en Alma, Wisconsin, se educó en las

universidades del estado, Clark y Yale, y fue nombrado profesor de

esta última en 1911. El mismo año fundó la clínica de desarrollo

infantil de la Escuela de Medicina de Yale, que también dirigió. Fue

asesor de investigaciones en el Instituto Gesell de Desarrollo del

niño desde 1950 hasta que se retiró en 1958. Junto con sus

ayudantes, Gesell observó a cientos de niños en condiciones

cuidadosamente controladas y filmó durante horas sus

comportamientos, lo que le permitió acumular gran información

descriptiva sobre la psicología infantil.

LA CÁMARA GESELL

Antes de comenzar a hablar de la Cámara Gesell y su

utilización en los procesos de investigación penal sobre los hechos

de tipo sexual, se debe hacer una breve referencia a ellos, para que

se pueda comprender mejor el por qué se hace necesario recurrir a

este sistema de interrogación y recolección de datos.

1 Es una de las especialidades de la medicina. Significa "cuidado de los niños" y viene del latín puerilis “niño” y cultura “cultivo”; es decir, el arte de la crianza.

Page 2: Cámara Gesell

Los actos que ejercen los abusadores son percibidos por sus

víctimas en primer término como estímulos internos intrusivos2

sobre su cuerpo y su mente. Ya en un segundo momento se

produce en ellos una respuesta en forma de reacción pulsional de

manera que la misma no logre ser discriminada. Se trata entonces

de un sometimiento corporal al que se le suma la exigencia de

silencio –muchas veces mediando amenazas de males peores e

incluso la muerte de la propia víctima o de su entorno familiar-, que

implica complicidad entre el abusador y el abusado y contradice los

mandatos de la cultura.

Las víctimas soportan un cúmulo de sensaciones que van

desde el dolor físico hasta la humillación, lo que expresan a través

de una sensación que podría describirse como de aturdimiento.

Las víctimas del abuso sexual infantil pasan a ser sólo cuerpos

de los que el adulto puede servirse para obtener placer sexual; son

“dóciles cuerpos” a los que fácilmente se puede someter por

aquellos que son llamados a cuidarlos y darles afecto.

Básicamente, la Cámara Gesell consiste en dos habitaciones

con una pared divisoria en la que hay un vidrio de gran tamaño que

permite ver desde una de las habitaciones lo que ocurre en la otra –

donde se realiza la entrevista-, pero no al revés. Gesell la creó para

observar las conductas de los chicos sin que éstos se sintieran

presionados por la mirada de un observador, sin interferencias.

2 Que ha entrado por intrusión, que se define a su vez como una apropiación, ocupación o invasión no justificada o que no le corresponde por alguna razón.

Page 3: Cámara Gesell

Es un instrumento que se viene usando judicialmente en

diversas partes del mundo para tomar declaraciones de los

menores víctimas o testigos de delitos contra la vida o la integridad

sexual y reducir el daño que sufre el menor por el recuerdo

traumático del hecho.

En la actualidad el menor, víctima o testigo, es entrevistado

entre tres y cuatro veces sobre el tema en la sede policial, por el

fiscal, por el experto forense, por el juez y en el juicio, sufriendo un

fuerte impacto en todo el proceso. Esta cámara permite que se

realice una sola entrevista que sirve como prueba para el resto del

proceso. La entrevista es conducida por un psicólogo forense, quien

recibe las preguntas que quiera hacer el fiscal a cargo de la

investigación.

La Cámara Gesell consta de dos habitaciones contiguas

separadas con una división de vidrio. En tal sentido, el personal

encargado de la investigación observa a los niños que brindan sus

testimonios desde una habitación contigua, pero los menores no

saben que son vistos ni tampoco saben lo que ocurre al otro lado de

la habitación.

Este procedimiento garantiza el derecho a defensa del

acusado, ya que sus peritos de parte, sus abogados o incluso (en

algunos países) el mismo procesado (de acuerdo a lo que autorice

el juez) pueden estar presentes mientras se interroga a los

menores.

Page 4: Cámara Gesell

En el Perú, la Cámara Gesell3 está ubicada en la División

Clínico Forense del Instituto de Medicina Legal y se usa para

declaraciones de víctimas de abuso. La Cámara Gesell tiene un rol

importantísimo en el proceso de investigación de los delitos contra

la libertad sexual, para evitar la “revictimización” de niños y

adolescentes agraviados.

Éste es un nuevo recurso en la protección de los niños y niñas

en el ámbito procesal que se hace realidad gracias a un proyecto

conjunto del Ministerio Público y UNICEF. Su funcionamiento

constituye un reto de coordinación entre los involucrados en el

proceso de investigación y administración de justicia.

La GUÍA DE PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREVISTA

ÚNICA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES VÍCTIMAS DE

ABUSO SEXUAL, EXPLOTACIÓN SEXUAL Y TRATA CON FINES

DE EXPLOTACIÓN SEXUAL, tiene como objetivo principal, brindar

a los operadores de justicia, una herramienta de trabajo que les

permita aplicar el procedimiento de Entrevista Única a Niños, Niñas

y Adolescentes víctimas de abuso sexual, explotación sexual y trata

con fines de explotación sexual, en la Sala de Entrevista Única

(Cámara Gesell), con el objeto de evitar su revictimización. En este

contexto es pertinente recordar que existen tres tipos de

victimización:

3 Primera Cámara Gesell en el Perú, inaugurada el 06/07/2006.

Page 5: Cámara Gesell

La victimización primaria, es el daño que sufre directamente la

víctima como consecuencia de un hecho violento (agresión sexual,

maltrato físico, psicológico, etc.).

La victimización secundaria, es el perjuicio ocasionado por los

integrantes de las instituciones del sistema de administración de

justicia, tales como Jueces, Fiscales, Peritos, Policías y otros

funcionarios, involucrados en la atención de los casos. Una de las

formas es cuando un niño, niña o adolescente, es sometido a

numerosos y tediosos interrogatorios en el intento de esclarecer la

agresión, pues se incrementan las condiciones para exacerbar las

vivencias del evento traumático. En tal sentido, en aplicación del

principio del "interés superior del niño, corresponde que la entrevista

se realice por única vez, con las garantías de ley y en las mejores

condiciones posibles.

La victimización terciaria, es el daño que causa la

estigmatización que la sociedad realiza sobre la víctima, al

identificarla y excluirla.

En este contexto, cuando una persona se ve afectada por más

de una forma de victimización, se produce su "revíctimízación", que

es precisamente que se pretende evitar a través del uso de la Guía,

como una forma de trabajo interinstitucional e interdisciplinario,

involucrando a todos los sectores que trabajan el tema: Ministerio

Público, Poder Judicial, MIMDES, Ministerio de Justicia, Policía

Nacional del Perú, Ministerio de Salud.

Page 6: Cámara Gesell

La Entrevista Única es dirigida por un Fiscal de Familia o Mixto,

quien resguarda los derechos que la legislación le reconoce a la

víctima. El Fiscal trabaja con un psicólogo del Instituto de Medicina

Legal, altamente capacitado y experto en técnicas de entrevista,

que actúa como facilitador en la entrevista y recibe a la presunta

víctima brindándole tranquilidad y un espacio de libertad al rendir su

testimonio.

La entrevista se practica en la “Sala de Entrevista Única",

convirtiéndose en una herramienta de vital importancia para la toma

de declaración, pues las víctimas son entrevistadas en un clima de

privacidad, seguridad y confianza.

La intervención del Psicólogo resulta trascendente, pues en

este tipo de entrevistas se requiere del apoyo de personal calificado

para mitigar el daño sufrido por el niño, niña o adolescente, pues

serán abordados técnicamente, considerando su desarrollo bio-

psico-social y el grado de afectación emocional. Asimismo, permite

la apreciación y análisis de aspectos no verbales de la presunta

víctima, elementos que son relevantes para la Entrevista Forense.

La Guía se encuentra estructurada en tres fases. La primera,

corresponde a la denuncia, en la cual se detallan las formas de

conocimiento del delito y las disposiciones que dicta el Fiscal al

conocer los hechos. La segunda, se refiere a la Evaluación Médico

Legal, la "Entrevista Única" propiamente dicha, y la Evaluación

Psicológica que se inicia con la entrevista. La tercera, está

constituida por la Atención Complementaria de la Víctima, para su

Page 7: Cámara Gesell

atención integral por parte de la Unidad de Asistencia a Víctimas y

Testigos del Ministerio Público, cuando corresponda, el Sector

Salud, redes de apoyo social y, por los órganos administrativos que

pudieran ejecutar medidas de protección a favor de niños, niñas y

adolescentes (retiro del agresor del domicilio de la víctima,

internamiento en albergues, etc.).

Vamos a referirnos a la segunda fase, que es el tema que se

está tratando, específicamente a lo que respecta a la entrevista

única y evaluación psicológica de la víctima.

ENTREVISTA UNICA Y EVALUACIÓN PSICOLÓGICA

La Entrevista Única se desarrollará en la Sala Única de Entrevista la

que consta de dos ambientes separados por un vidrio espejado

(espejo de visión unidireccional), que serán utilizados de la

siguiente forma:

1) Ambiente de Entrevista: Destinado a la presunta víctima y el

Psicólogo quien actúa como facilitador. Este ambiente cuenta

con un equipo de audio y video que registrará la entrevista.

2) Ambiente de Observación: Destinado a los sujetos procesales:

Fiscal, abogado de la defensa, padres o responsables y demás

personas que autorice el Fiscal.

En los lugares donde no se haya implementado la Sala de

Entrevista Única, ésta se desarrollará en una sala habilitada para

visualizar al niño, niña o adolescente presunta víctima, que permita

Page 8: Cámara Gesell

a los sujetos procesales observar la entrevista y formular sus

preguntas a través del Fiscal.

La Entrevista Única es una diligencia de declaración

testimonial que forma parte de la investigación penal que conduce

el Fiscal competente y se aplica a niños, niñas y adolescentes

presuntas víctimas de violencia, abuso y explotación sexual. Se

desarrolla en una sola sesión con el apoyo del psicólogo del

Instituto de Medicina Legal, quien participa como facilitador en la

Sala de Entrevista Única; y al mismo tiempo da inicio la evaluación

psicológica correspondiente.

Para este efecto el psicólogo emplea técnicas de análisis,

evaluando el contenido, consistencia, contexto, capacidad y afecto

de la presunta victima, en los aspectos relacionados a la naturaleza

de la denuncia, con la finalidad de comprobar la veracidad de su

testimonio y establecer elementos objetivos de verificación.

La actuación de la Entrevista Única se documentará por

medio de un acta la cual será suscrita por el Fiscal y los demás

intervinientes. Simultáneamente se perennizara la entrevista en

medio audiovisual, registrándose además la expresión verbal y no

verbal del entrevistado. Tanto el acta como el medio audiovisual

estarán contenidos en un original y una copia. El original forma

parte de la investigación Fiscal y la copia se remitirá a la unidad

orgánica correspondiente4 para su custodia. Sólo en casos de

estricta necesidad y legitimidad comprobada, o cuando el

4 Unidad de elementos materiales y evidencias.

Page 9: Cámara Gesell

requerimiento de la asistencia5 lo justifique, el Fiscal podrá autorizar

la visualización de la entrevista. En caso que el Fiscal disponga la

investigación a nivel policial, se hará entrega al Instructor PNP de

una copia del Acta de Entrevista.

PROCEDIMIENTO DE ENTREVISTA ÚNICA

En el procedimiento de la Entrevista Única se considerara la

siguiente secuencia:

Antes de la Entrevista

Previamente a la Entrevista Única, el Fiscal y el Psicólogo se

reunirán con los padres o responsables de la presunta víctima, con

la finalidad de obtener sus generales de ley, información preliminar

del suceso y las condiciones familiares de aquella. En la reunión

previa también participará el Policía, cuando corresponda. En esta

etapa, el Fiscal entregará a los padres o responsables de la parte

agraviada, la respectiva Declaración de Derechos.

Todas las preguntas planteadas por los sujetos procesales, se

canalizarán a través del Fiscal de Familia o Mixto, quien evaluará su

idoneidad y pertinencia a fin de trasmitirlas al Psicólogo. Luego, el

Fiscal hará saber al Psicólogo aquellas que considere pertinentes

para el esclarecimiento del hecho, las que serán absueltas por la

presunta victima.

El Fiscal considerará lo siguiente:

a) Principio del Interés Superior del Niño.

5 Unidad de asistencia a víctimas y testigos.

Page 10: Cámara Gesell

b) Verificar la inexistencia de elementos distractores en la Sala de

Entrevista.

c) Asegurar el adecuado funcionamiento de los equipos de audio,

video y comunicación de la Sala de Entrevista.

Inicio de la Entrevista

El Fiscal dará inicio a la entrevista única, comunicándose con el

psicólogo entrevistador a través de un medio tecnológico. El

psicólogo se presenta a la presunta victima, generando un clima de

empatía y confianza para indagar adecuadamente sobre el hecho

que se investiga. En forma simultánea se procede a la respectiva

grabación.

Si al inicio o durante la entrevista, surgen motivos justificados

que impidan su desarrollo, el Fiscal con la apreciación del

psicólogo, suspenderá y reprogramará la diligencia lo más pronto

posible, a fin de asegurar la uniformidad y espontaneidad de la

información a ser proporcionada por la presunta víctima, evitando

de esta forma riesgos de perturbación o amedrentamiento.

Durante la Entrevista

El Fiscal tendrá en cuenta las siguientes pautas:

1. Narración de los hechos (fecha, hora, personas que se

hallaban presentes, descripción del lugar del hecho y de la

agresión sexual, si en ésta hubo acceso camal por vía vaginal,

anal o bucal o si se realizaron otros actos análogos

introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las

Page 11: Cámara Gesell

dos primeras vías o si se produjeron tocamientos indebidos en

sus partes íntimas).

2. De advertirse en la narración, otros hechos de agresión sexual

distintos al de la investigación, el Fiscal deberá profundizar su

esclarecimiento.

3. Identificación del agresor, señas particulares (tatuajes,

cicatrices, cortes, quemaduras, etc.), discapacidad física o

mental, lenguaje, actitud, etc.

4. Las circunstancias vinculadas al acercamiento y abordaje del

agresor.

5. No se formularán preguntas obscenas o morbosas sobre la

agresión sexual, así como de la vida privada de la victima que

no estén relacionadas al hecho investigado.

6. Es importante mencionar que éstas son pautas básicas que

orientan e ilustran el trabajo Fiscal, sin perjuicio de otras que

pudieran corresponder a cada caso.

Por otro lado, es indispensable tener en cuenta que las

preguntas no serán formuladas como un INTERROGATORIO

CLASICO, sino como una ENTREVISTA SEMI-ESTRUCTURADA.

Si bien ambas tienen por finalidad obtener información sobre los

hechos investigados, la segunda se caracteriza por su flexibilidad,

orientada a evitar la revictimización del entrevistado.

La ENTREVISTA SEMI ESTRUCTURADA es una técnica de

entrevista psicológica, que de acuerdo a la naturaleza y

características particulares del caso, puede incluir preguntas

abiertas, focalizadas y cerradas.

Page 12: Cámara Gesell

Las preguntas abiertas permiten al entrevistado explicar

libremente sobre el hecho investigado, obteniéndose amplia

información, que el psicólogo evalúa en ese acto, así como otros

aspectos del comportamiento del entrevistado, tales como

utilización del lenguaje, coherencia en el relato, expresión corporal,

etc.

Las preguntas focalizadas no sólo están encaminadas a

obtener información específica sobre un aspecto particular de las

características personales, sociales, emocionales y conductuales de

la presunta víctima sino también a precisar las circunstancias del

hecho investigado.

Las preguntas cerradas permiten confirmar o descartar la

información proporcionada, ofreciendo por lo general dos

alternativas de respuesta: Si o NO.

El psicólogo deberá considerar lo siguiente:

1. La edad, las necesidades y el nivel del desarrollo del

niño, niña o adolescente, teniendo en cuenta su

contexto socio-cultural.

2. La explicación a la presunta victima respecto a la forma

como se llevará a cabo la entrevista, permitiéndole

formular preguntas.

De otro lado, respecto a las preguntas:

1. Estructurará preguntas que puedan comprenderse fácilmente.

2. Efectuará una pregunta a la vez.

Page 13: Cámara Gesell

3. Permitirá que el niño, niña o adolescente cuente con tiempo

suficiente para contestar.

4. Formulará preguntas que no sean ambiguas, capciosas o

sugestivas, así como tampoco aquellas que induzcan a eludir

la respuesta y adoptar actitudes negativas.

5. No formulará preguntas directas, hasta que tenga la

convicción que el entrevistado esté dispuesto a facilitar con

exactitud, la información deseada. Al mismo tiempo se sugiere

formular preguntas abiertas, focalizadas y cerradas.

El psicólogo evitará:

a) Hablar de sí mismo.

b) Demostrar superioridad a través de actitudes y expresiones

verbales inadecuadas.

c) Expresar acuerdo o desacuerdo con lo que el entrevistado

diga.

d) Evitar comparaciones.

e) Interrumpir al evaluado sin justificación (sólo se acepta la

interrupción si tiene un fin específico).

f) Usar terminología que el entrevistado no pueda

comprender.

g) Hablar de temas irrelevantes.

h) Cuando en el desarrollo de la entrevista surjan situaciones

nuevas que deban ser esclarecidas, el Fiscal se

comunicará con el Psicólogo - Facilitador por el medio

tecnológico empleado.

Page 14: Cámara Gesell

Culminación de la Entrevista

El Fiscal dispondrá la culminación de la entrevista. La Entrevista

Única será cerrada por el psicólogo con frases cordiales,

agradeciéndole al niño, niña o adolescente su participación y

brindándole recomendaciones para su cuidado personal.

El psicólogo se retirará de la Sala de Entrevista Única con la

presunta víctima dirigiéndose ambos a un consultorio debidamente

acondicionado para culminar la evaluación psicológica.

Posteriormente, se procederá a la elaboración del Protocolo

de Pericia Psicológica el que determinará el grado de afectación de

la presunta víctima, entregándose al Fiscal en un plazo máximo de

48 horas.

Después de la Entrevista

Terminada la Entrevista Única, el acta será suscrita por el Fiscal de

Familia o Mixto y el Fiscal Especializado en lo Penal, cuando este

último hubiera participado en la formulación de las preguntas.

El acta y el medio audiovisual en original serán remitidos por

el Fiscal que entrevista al Fiscal que estuviera a cargo de la

investigación.

La información recibida a través del Informe Psicológico

deberá manejarse en estricta reserva y confidencialidad, bajo

responsabilidad.

Page 15: Cámara Gesell

A MANERA DE CONCLUSIONES:

En atención al interés superior del niño, el Perú muestra un evidente

avance en la investigación sobre delitos sexuales en menores de

edad, a través del uso de la Cámara Gessell, importante

herramienta forense que evita la revictimización o un nuevo maltrato

psicológico de los infantes durante el interrogarlo para esclarecer el

caso.

¿Qué es la Cámara Gessell?

Es una herramienta de uso forense y legal que facilita la realización

de la entrevista única, la cual se realiza como una medida de

protección para menores víctimas de delitos sexuales.

Básicamente, consta de dos habitaciones o ambientes contiguos,

separados con una división de vidrio espejado, que permite mirar

sólo por un lado, dotado además de un sistema especial de audio y

video. En uno de estos ambientes se realiza la entrevista única de

la victima por el psicólogo; y, en el otro, de observación, se

encuentran los operadores de justicia, como el fiscal de familia,

cuya presencia es obligatoria, el fiscal penal, instructor policial,

abogado defensor, padres o tutores de la víctima y el abogado

defensor del denunciado. Igualmente, un defensor de oficio.

¿Cómo funciona?

Desde este segundo ambiente se realizan las preguntas, a través

de un equipo de comunicaciones, al psicólogo quien como

facilitador lo transmitirá al niño en el lenguaje adecuado. Toda esta

diligencia es filmada, lo que permitirá que posteriormente pueda ser

visualizada por el juzgado o salas penales sin necesidad que la

Page 16: Cámara Gesell

víctima vuelva a concurrir o declarar. La información es guardada

en un disco compacto. En este escenario, el personal encargado de

la investigación observa a los niños y/o adolescentes que brindan

sus testimonios desde la habitación contigua, pero los menores no

saben que son observados ni tampoco conocen lo que ocurre al

otro lado de la habitación.

¿Cuál es el balance de este uso?

El balance es positivo. De ahí que resulta necesaria la habilitación

de más cámaras Gesell en distintos Distritos Judiciales del Perú.

Aceptación del Poder Judicial. ¿El Poder Judicial acepta el uso

de esta cámara para obtener la declaración de la víctima?

En un principio, solicitaba que se tome la declaración a la víctima en

la etapa judicial. Luego de diversas coordinaciones y

demostrándoles la exposición a un maltrato continuo sobre el menor

al volverles a tomar su declaración, aceptaron la plena validez de

esta prueba. Se comprendió lo perjudicial que resultaba volver a

citar a la víctima para que rinda su declaración, lo que antes

sucedía desde la sede policial, luego fiscal y judicial.

Excepcionalmente, si falta alguna información se puede volver a

citar a la parte agredida a pasar por la cámara, pero esta

disposición deberá ser bien fundamentada.

¿Quién lo dirige?

La entrevista única está dirigida obligatoriamente por el fiscal de

familia o mixto, quien resguarda los derechos de la víctima,

contando con la participación de un psicólogo del Instituto de

Page 17: Cámara Gesell

Medicina legal. La labor de los psicólogos en esta etapa es vital,

ellos utilizan diversos juegos para obtener información, como

muñecos de trapo con que los niños pueden mostrar lo que sucedió

En el Perú, las cámaras Gesell se encuentran en las sedes de

Lima Norte, Lima, Callao, Villa El Salvador, Madre de Dios, Lima

Este, Ica, Cañete, Chincha, Cusco, Lambayeque (Chiclayo) y

Loreto.

Page 18: Cámara Gesell

MODELO DE ACTA DE ENTREVISTA ÚNICA EN CÁMARA GESELL

Acta de Entrevista Única

DENUNCIA

FISCALIA :

NUMERO DE DENUNCIA :DENUNCIANTE :DENUNCIADO : AGRAVIADO (A) :CODIGO UNICO DE REGISTRO :VINCULO AGRAVIADO/ DENUNCIADO

: MATERIA :

(C.U.R. Nº ..... - 2009)

En las instalaciones de la Cámara Gessel, sito Jirón Antonio Raymondi, provincia de Lima, del Distrito Judicial de Lima, siendo las…….. horas del día ………………de …………del año dos mil nueve, el suscrito Dr. ………………………….… Fiscalía Provincial de Familia de Lima, se hizo presente en las instalaciones de la SALA DE ENTREVISTA6, a efecto de intervenir en la entrevista única programada para el día de hoy, dejándose constancia que previamente se hizo de conocimiento a la presunta víctima, los derechos que la legislación le reconoce.

DATOS DE LA PRESUNTA VÍCTIMA7

NOMBRES Y APELLIDOS : …………………………………… EDAD : …………………………………… SEXO : …………………………………… FECHA DE NACIMIENTO : …………………………………… LUGAR DE NACIMIENTO : …………………………………. GRADO DE INSTRUCCIÓN : ………………………………….. OCUPACION : …………………………………… DOMICILIO : …………………………………… NOMBRE DE LA MADRE : …………………………………… NOMBRE DEL PADRE : ……………………………………

6 La Sala de Entrevista consta de dos ambientes: a) Ambiente de Entrevista, se encuentran el facilitador y la presunta victima; y b) Ambiente de observación, se encuentran el Fiscal de Familia o Mixto y los demás sujetos procesales que suscriben el acta.7 Previa a la Entrevista Única, el Fiscal y el Psicólogo se reunirán con los padres o responsables de la presunta víctima, con la finalidad de consignar sus generales de ley.

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A continuación se consigna la presencia y ubicación de las siguientes personas:

EN EL AMBIENTE DE ENTREVISTA:

1.- FACILITADOR : Lic. ………………………………. Psicólogo de la División

Médico Legal

2.- PRESUNTA VICTIMA : ………………………….……….

EN EL AMBIENTE DE OBSERVACIÓN:

4.- FISCAL DE FAMILIA O MIXTO : Dr.……………………………………(N°) Fiscalía Provincial de Familia de Lima

5.- FISCAL PENAL : Dr.…………………………………… (N°) Fiscalía Provincial de

……………………………

6.- ABOGADO DE LA PRESUNTA VÍCTIMA :Dr.…………………………………

Defensoría de Oficio

7.- ACOMPAÑANTE DE LA PRESUNTA VÍCTIMA NOMBRES Y APELLIDOS : ……………………………………… DNI u OTRO : ……………………………………… EDAD : ……………………………………… ESTADO CIVIL : ……………………………………… GRADO DE INSTRUCCIÓN : ……………………………………… OCUPACION : ……………………………………… DOMICILIO : ……………………………………… VINCULO CON LA VÍCTIMA : ………………………………………

8.- ABOGADO DEFENSOR DEL DENUNCIADO : Dr.…………………………………N° de Colegiatura ………………………..

CONDUCCION DE LA ENTREVISTA8

8 De conformidad con lo que dispone el inciso b) del artículo 144º del Código de los Niños y Adolescentes concordado con el artículo 143° del Código de Procedimientos Penales.

Page 20: Cámara Gesell

La presente entrevista es dirigida por el Fiscal de Familia o Mixto. El perito psicólogo actúa como facilitador.

INICIO DE LA ENTREVISTA

En este estado el Fiscal de Familia o Mixto da inicio a la entrevista única.

RAPPORT9

ENTREVISTADO REFIERE

………………………………………………

CULMINACION DE LA ENTREVISTA

En este estado el Fiscal de Familia o Mixto da por culminada la entrevista única, procediendo el psicólogo al cierre de la misma, manifestándole a la presunta víctima lo siguiente:

………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

OBSERVACIONES

Se deja constancia que durante el desarrollo de la entrevista ha surgido información distinta a los hechos denunciados conforme se detalla:

1.- Determinación de nuevos hechos …………………………………………………………………………………….2.- Identificación de nuevos imputados ……………………………………………………………………………………..3.- Identificación de presuntas nuevas víctimas………………………………………………………………..……………………4.- Otras…..………………………………………………………………………………….

9 Es la primera parte de una entrevista, tiene como objetivo construir una relación de empatía, en la que el niño, niña o adolescentes se sienta seguro, generándole un ambiente de confianza, y buscando disminuir sus tensiones.

Page 21: Cámara Gesell

Con lo que concluyó la presente diligencia, firmando los comparecientes en señal de conformidad.

MINISTERIO PÚBLICO PADRE Y/O RESPONSABLE ENTREVISTADO (A)

ABOGADO DEFENSOR PSICÓLOGO I