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Campaña para el anticipo de la edad de Jubilación en los Cuerpos de Policía Policías Locales y Autonómicas. Barcelona, Febrero de 2009.

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Campaña para el anticipo de la edad de

Jubilación en los Cuerpos de Policía

Policías Locales y Autonómicas.

Barcelona, Febrero de 2009.

Presentación:

Introducción:

Régimen General de la Seguridad Social.

Propuestas de CC.OO.

Régimen General de la Seguridad Social.

IMPORTANTE

No confundir salario con

pensión.

Jubilación en el Régimen General de la Seguridad

Social.• Legislación aplicable para el anticipo de la edad de Jubilación :

• Los antiguos apartados 2 y 3 del artículo 161 de la LGSS, quedan suprimidos, pasando a regularse la jubilación anticipada en un nuevo artículo 161. 1 bis.

Jubilación en el Régimen General de la Seguridad

Social.Regla general: tener cumplidos 65 años de edad.

Excepciones:Supuestos del 161.1 Bis “grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad.”

Jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social.

Art. 161.1 bis de la Ley 1/1994 TR LGSS, modificada por la Ley 40/2.007 de Medidas en Materia de Seguridad

Social.

• Se trata de reducción ordinaria de la edad de jubilación: aplicación de coeficientes reductores.– Trabajadores incluidos en Estatuto

Minero. – Personal de vuelo de trabajos aéreos. – Trabajadores ferroviarios. – Artistas. – Profesionales taurinos. – Bomberos (En vigor a partir 2008).

Requisitos necesarios para el acceso a la jubilación en el Régimen

General de la Seguridad Social

Período mínimo de cotización:

Trabajadores en situación de alta o asimilada:

Período de cotización genérico: 15 años.Período de cotización específico: 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar.

Requisitos necesarios para el acceso a la jubilación en el Régimen General de la

Seguridad Social

Trabajadores en situación de alta o asimilada:

Alta Real: Al iniciar la actividad laboral.

Alta asimilada: Situaciones expresamente establecidas por Ley.

La Ley recoge como situaciones asimiladas, entre otras:

La excedencia forzosa.La excedencia para el cuidado de hijos o familiares, según la legislación vigente.Todas aquellas que determine el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Cálculo de la Pensión de Jubilación en el Régimen

General de la Seguridad Social

La cuantía de la pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, se determinará aplicando a la base reguladora, unos porcentajes que estarán en función de los años cotizados.

Insistimos

No confundir salario con

pensión.

Cálculo de la Pensión de Jubilación en el Régimen

General de la Seguridad Social

La base reguladora será el resultado de dividir entre 210(correspondientes a 12 meses más dos pagas extras en 15 años) las bases de cotización del trabajador en los 15 años anteriores al hecho causante (180 meses, por tanto).

Para su cálculo, se deberán realizar las siguientes operaciones:

Cálculo de la Pensión de Jubilación en el Régimen

General de la Seguridad SocialLas bases de cotización correspondientes a los 24 meses inmediatamente anteriores al hecho causante se computan por su valor nominal.

Las base de cotización correspondientes al resto de meses, se actualizan de acuerdo con la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC).

Cálculo de la Pensión de Jubilación en el Régimen

General de la Seguridad Social

• El porcentaje es variable en función de los años de cotización a la Seguridad Social, aplicándose una escala que comienza con el 50% a los 15 años, aumentando un 3% por cada año adicional comprendido entre el decimosexto y el vigésimo quinto y un 2% a partir del vigésimo sexto hasta alcanzar el 100% a los 35 años.

Cálculo de la Pensión de Jubilación en el Régimen General de la Seguridad Sociala

ESCALA DE PORCENTAJES POR AÑOS COTIZADOSAños de cotización % sobre base

reguladoraAños de cotización % sobre base

reguladora

A los 15 años 50% A los 26 años 82%

A los 16 años 53% A los 27 años 84%

A los 17 años 56% A los 28 años 86%

A los 18 años 59% A los 29 años 88%

A los 19 años 62% A los 30 años 90%

A los 20 años 65% A los 31 años 92%

A los 21 años 68% A los 32 años 94%

A los 22 años 71% A los 33 años 96%

A los 23 años 74% A los 34 años 98%

A los 24 años 77% A los 35 años 100%

A los 25 años 80% - -

Porcentaje de mejora de la Pensión de Jubilación en el Régimen General

de la Seguridad Social

• Trabajadores con 65 o más añosSi se accede a la pensión a una edad

superior a los 65 años, el porcentaje será el que resulte de sumar al 100%, un 2% adicional por cada año completo que, en la fecha del hecho causante, se haya cotizado desde el cumplimiento de los 65 años, siempre que en dicho momento el interesado tuviera acreditados 35 años de cotización.

Cuantía de la Pensión de Jubilación en el Régimen General de la

Seguridad Social

• En ningún caso, la cuantía total de la pensión que resulte podrásuperar la cuantía de la pensión máxima que anualmente se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Cuantía de la Pensión de Jubilación en el Régimen General de la

Seguridad Social

Grupo/subgrupo Regulador (euros /año)

A1 38.235,94A2 30.092,64B 26.351,01C1 23.111,68C2 18.285,17E

Agrupaciones Profesionales

15.589,55

Cuantía de la Pensión de Jubilación en el Régimen General de la

Seguridad Social

Cuantía de la Pensión de Jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social

Comparecencia de CC.OOen el Congreso de los

Diputados y Propuestas en relación con el

anticipo de la edad de jubilación para los Cuerpos de Policía.

• Ejes Básicos:

• La medida siempre será para todos los Cuerpos Policiales (Locales y Autonómicos).

• La medida afectará a más de 100.000 Policías.

• Dialogo Social:– Marco del Pacto de Toledo.– CC.OO, UGT, CEPYME y CEOE.

• Ejes Básicos:– Tres vías.• EBEP.

• Reducción de la Edad Jubilación.

– Cotizaciones recargadas.– Coeficientes correctores.

• Creación de un nuevo Régimen estatutario común para todos los CFSE, dentro del RGSS.

• Ejes Básicos:• El marco de negociación será

siempre en el régimen de la Seguridad Social, en ningún caso se aceptará el cambio a Clases Pasivas.

• Acuerdos con las Administraciones Autonomicas.

• Acuerdos con la FEMP.

• Unidad de Acción será con UGT y CSIF.

• Ejes Básicos:• En ningún caso CC.OO

asumirá proyectos Corporativos.

• EBEP:• Art. 67 de la Ley 7/2007, de 12 de

abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:

• 1. La jubilación de los funcionarios podrá ser: a) Voluntaria, a solicitud del

funcionario. b) Forzosa, al cumplir la edad

legalmente establecida. c) Por la declaración de

incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones ……..

d) Parcial. De acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 4.

• EBEP:• Disposición Adicional Sexta de

la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,

• “…… asegurar la no discriminación entre colectivos con características similares y la conveniencia de ampliar la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada de determinados colectivos.”

• Anticipo de la Edad Jubilación.

– Cotizaciones recargadas.

– Coeficientes correctores.

• Negociación similar al realizado para el Acuerdo de Bomberos.

• Coeficientes reductores• El coeficiente reductor

será fruto de la negociación.

• Reducción de la edad de jubilación.

• Parece irresponsable marcar una edad, como punto de partida de la negociación.

• Cotización recargada óCotización adicional.

• Los beneficios establecidos llevarán consigo un incremento en la cotización a la Seguridad Social, en los términos y condiciones que se establezcan legalmente.

Propuestas de CC.OO para el anticipo de la edad de jubilación en los Cuerpos

Policiales.Ejemplo: Acuerdo de Bomberos

Tablas de cotización recargada:Aplicación temporal Porcentaje

cotizaciónBases de cotización mensual

1500€ 2000€ 2500€ 2.996,10€1º año 1% 15 20 25 29,962º año 1% 15 20 25 29,963º año 1,1% 16,5 22 27,5 32,954º año 1,2% 18 25 30 35,955º año 1,3% 19,5 26 32,5 38,946º año 1,4% 21 28 35 41,947º año 1,5% 22,5 30 37,5 44,948º año 1,6% 24 32 40 47,939º año 1,7% 25,5 34 42,5 50,93

10º año 1,8% 27 36 45 53,9211º año y

siguientes. 1,9% 28,5 38 47,5 56,92

• Anticipo de la edad de Jubilación: Estudios preparatorios:

• Estudios previos sobre siniestralidad.

• Estudios previos sobre penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones de trabajo.

• Anticipo de la edad de Jubilación: Estudios preparatorios:

• Incidencia en los procesos de incapacidad laboral que genera en los trabajadores.

• Requerimientos mínimos físicos exigidos para el desarrollo de la actividad.

• Anticipo de la edad de Jubilación: Estudios preparatorios:

• La aplicación de los coeficientes reductores de edad no podrá permitir que el interesado pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior a los 52 años.

• Anticipo de la edad de Jubilación: Estudios preparatorios:

• Los coeficientes reductores de la edad de jubilación no serán tenidos en cuenta, en ningún caso, a efectos de acreditar la edad exigida para acceder a la jubilación parcial (sean o no mutualistas), y a cualquier otra modalidad de jubilación anticipada.

CONTENIDO DE LA CAMPAÑA1ª Fase

Comunicación e información.

Asegurar la distribución del material en todas las Federaciones Territoriales.

Seguimiento de la distribución en todos los Centros de Trabajo. (Autonomicos y Locales).

Transmisión y recepción de información.

• Cartelería.• Dípticos.• Pancartas.• Hojas de recogida de

firmas.• Notas de Prensa.• Presencia en las Web

Sindicales.• Etc.

DESARROLLO DE LA CAMPAÑA

2ª FaseCampaña Institucional

• Petición de reuniones: • Secrt. Estado Seguridad Social.• Ministerio del Interior.• Consejeros de Interior CC.AA.• FEMP.

• Presentación de Mociones en Ayuntamientos.

• Visitas al Parlamento:• Diputadados-as Comisión del Pacto de

Toledo.

Anticipo de la edad de Jubilación en los Cuerpos de Policía.

RamRamóón Ordn Ordóñóñez Patez Patóón.n.Coordinador Estatal de PolicCoordinador Estatal de Policíía Autona Autonóómica y Local.mica y Local.Cardenal Cisneros 65, 1Cardenal Cisneros 65, 1ºº..28010 (MADRID)28010 (MADRID)TfnTfn.:.: 91 273 51 6191 273 51 61 Fax: 91 593 40 22Fax: 91 593 40 22

[email protected]@[email protected]@fsap.ccoo.es

Gracias por su atenciGracias por su atencióón n …………………………………………………………..........................