carrera administrativa concurso
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8/19/2019 Carrera Administrativa Concurso
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Carolina Giraldo
Sistema de Seguridad Social
Carrera Administrativa
Concurso elementos:
Jurisprudencia de la corte constitucional: Todo concurso debe someterse, cuando
menos, a las siguientes directrices:
1. La convocación debe ser publica y ampliamente diundida!. "eglas del concurso #denominación de los cargos a proveer, re$uisitos para
participar, pruebas o evaluaciones, t%rminos y lugares de reali&ación y
entrega de re$uisitos, documentos e'igidos, criterios de ponderación,
punta(es entre otros) deben ser claras y e'presas y la administración deber*
someterse a ellas estrictamente.+. Las condiciones generales e'igidas para participar deben ser proporcionadas
#necesarias, tiles y estrictamente proporcionales) a la -nalidad perseguida
por el concurso.. Las pruebas a las $ue /an de someterse los competidores deben ser adem*s
de ra&onables y proporcionadas, congruentes con la misma -nalidad.0. Los actores de evaluación deben responder undamentalmente de manera
prioritaria criterios t%cnicos, ob(etivos y pblicos, $ue puedan ser
controlados y $ue desplacen la posibilidad de imponer discriminaciones o
privilegios para $ue todos los aspirantes puedan, realmente, competir en
igualdad de condiciones.. 2ebe e'istir una estricta relación de proporcionalidad en la ponderación de
los distintos actores a evaluar, de manera tal $ue prevale&can los criterios
ob(etivos.
Factores y valorización:
3un verdadero concurso de m%ritos es a$uel en el $ue se evalan todos y cada uno de
los actores $ue deben reunir los candidatos a ocupar un cargo en la administración
pblica, dentro de una sana competencia para lograr una selección (usta, e$uitativa e
imparcial y adecuadas a las necesidades del servicio pblico4. 5n consecuencia la
administración deber* se6alar un valor determinado a cada uno de esos 7tems
#condiciones proesionales, morales y personales.
Base del concurso:
Son las reglas particulares obligatorias tonta para los participantes como para a$uella,
es decir, $ue a trav%s de dic/as reglas la administración se auto vincula y autocontrola, de modo $ue no puede actuar en orma discrecional al reali&ar dic/a
selección.
Sentencia C-372/99 y C-1262/! :
8i(o los alcances del art7culo 1+9, de los cuales /acen parte los siguientes
componentes:
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i. La unción de administración a cargo de la Comisión comprende la selección
de los candidatos para la provisión de cargos de carrera. A partir de
entonces, las competencias para seleccionar y para nombrar empleados
pblicos de los sistemas de carrera, e'cepto los especiales, est*n asignadas
a autoridades dierentes.ii. La Constitución prev% la e'istencia de una nica Comisión acional del
Servicio Civil, lo cual e'cluye la posibilidad de organi&ar comisionesseccionales o departamentales encargadas de la administración y vigilancia
de las carreras en el orden territorial.iii. Los anteriores lineamientos ueron recogidos por el legislador en la Ley ;9;
de !99. 5n dic/a ley se consagran las normas b*sicas sobre la integración,
organi&ación y unciones de la Comisión acional del Servicio Civil, as7 como
el r%gimen de sus integrantes. La Ley contiene, adem*s, normas sobre
carrera administrativa, empleo pblico y gerencia pblica.
C"#$S$%& &'C$"&'( )*( S*+,$C$" C$,$(:
*s un órano autónomo e inde.endiente, del m*s alto nivel en la
estructura del 5stado Colombiano, con personer7a (ur7dica, autonom7aadministrativa, patrimonial y t%cnica, y no /ace parte de ninguna de las ramas
del poder pblico.
Según el artículo 130 de la Constitución Política, es "responsable de la
administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción
eca de las !ue tengan carcter especial"#
Su misión est* orientada a posicionar el m%rito y la igualdad en el ingreso y
desarrollo del empleo pblico< velar por la correcta aplicación de los
instrumentos normativos y t%cnicos $ue posibiliten el adecuado uncionamiento
del sistema de carrera< y generar inormación oportuna y actuali&ada, para una
gestión e-ciente del sistema de carrera administrativa.
C"#"S$C$%& )* (' C"#$S$%& &'C$"&'( )*( S*+,$C$" C$,$( 0 +*$S$"S*4$5$)"S ' SS #$*#B+"S:
La Comisión acional del Servicio Civil estar* conormada por tres #+) miembros, $ue
ser*n nombrados de conormidad con lo previsto en la presente ley. =ara ser elegido
miembro de la Comisión acional del Servicio Civil se re$uiere ser colombiano de
nacimiento, mayor de +0 a6os, con t7tulo universitario en *reas a-nes a las unciones
de la Comisión acional, postgrado y e'periencia proesional acreditada en el campo
de la unción pblica o recursos /umanos o relaciones laborales en el sector pblico,
por m*s de siete #>) a6os.
Clases de concurso:
1. 'ierto y mito: mixto?en el $ue deben participar todos los ciudadanos y
cuyos eectos pueden signi-car, para unos, no inscritos, el ingreso a la carrera y
para otros, ya inscritos, el ascenso dentro de la carrera y abiertos? los servidores
$ue pretenden ascender a otro nivel superior en el escalaón deben concursar
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con personas $ue pueden no estar todav7a incorporadas en la carrera
administrativa.
!. )e ascenso: en los $ue solo pueden participar los empleados ya inscritos en
carrera.
@. $e ascenso cerrado o institucional% los $ue elaboren en la entidad para la cualse va a proveer el empleo.
@@. $e ascenso abierto% participar en cual$uier entidad.
*.eriencia:
La e'periencia no puede ser un /ec/o o situación $ue contraiga el principio de igualdad
por$ue no se predica una prerrogativa o una carga particular para determinadas
personas, si no, por el contrario como una e'igencia general y necesario para
establecer la idoneidad de los candidatos a seleccionar. La e'periencia es un m%rito
$ue contribuye a la persona a me(orar en el desempe6o de su labor, no /ay
discriminación entonces cuando se incrementa el punta(e obtenido por un aspirante enra&ón de tener e'periencia de 0 a6os.
Carrera es.ecial:
Contralor7a General de la "epublica =rocuradur7a General de la ación 8iscal7a General de la ación 8uer&as ilitares =olic7a acional 2iplom*ticos
Convocatoria al Concurso de $nreso a la Carrera )i.lom8tica Consular:
Con el -n de proveer nuevos cargos para la Carrera 2iplom*tica y Consular, el
inisterio de "elaciones 5'teriores, por intermedio de la Academia 2iplom*tica
Augusto "am7re& Bcampo, abre todos los a6os las inscripciones para el Concurso de
@ngreso. 5l ingreso a la Carrera 2iplom*tica y Consular est* abierto a los ciudadanos
colombianos $ue cuenten con un t7tulo proesional, /ablen y escriban correctamente un
idioma de uso diplom*tico adicional al espa6ol, tengan de-nida su situación militar y
no tengan doble nacionalidad.
La Carrera 2iplom*tica y Consular se encuentra (erar$ui&ada para sus uncionarios en
los siguientes rangos en orden ascendente: Tercer Secretario, Segundo Secretario,
=rimer Secretario, Conse(ero, inistro Conse(ero, inistro =lenipotenciario y 5mba(ador.
Sistemas es.eccos:
5n ra&ón de la naturale&a de las entidades en las cuales se aplican, contienen
regulación espec7-ca para el desarrollo y aplicación de la carrera y se encuentran
consagradas en leyes dierentes a las $ue regulan el sistema general:
o 5l del personal $ue presta sus servicios en el 2AS.o 5l del personal $ue presta sus servicios en el @=5C.
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o 5l del personal de la "egistraduria acional.o 5l del personal de la nidad Administrativa 5special de @mpuestos y Aduanas
acional, [email protected] nidad Administrativa 5special de la Aeron*utica civilo 5l personal cient7-co y tecnológico de las entidades pblicas $ue conorman
el sistema nacional de ciencia y tecnolog7a.
o 5l $ue regula la carrera docente.o =ersonal de las superintendenciaso 2epartamento administrativo de la =residencia de la "epublica
*#(*')" )* C'+;C*+ *#"+'(:
=odr*n contemplar e'cepcionalmente en sus plantas de personal empleos de car*cter
temporal o transitorio. Su creación deber* responder a una de las siguientes
condiciones:
1. Cumplir unciones $ue no reali&a el personal de planta por no ormar parte de
las actividades permanentes de la administración!. 2esarrollar programas o proyectos de duración determinada
+. Suplir necesidades de personal por sobrecarga de traba(o, determinada por/ec/os e'cepcionales
. 2esarrollar labores de consultor7a y asesor7a institucional de duración total, no
superior a doce #1!) meses y $ue guarde relación directa con el ob(eto y la
naturale&a de la institución.
5l ingreso a estos empleos se eectuar* con base en las listas de elegibles vigentes
para la provisión de empleos de car*cter permanente, sin $ue dic/os nombramientos
ocasionen el retiro de dic/as listas. 2e no ser posible la utili&ación de las listas se
reali&ar* un proceso de evaluación de las capacidades y competencias de los
candidatos.
*m.leados .rovisionales:
Los empleados provisionales no cumplen con los re$uisitos del concurso de meritos son
empleados $ue suplen un cargo por un tiempo limitado # meses) mientras abren la
convocatoria de empleados y eligen uno $ue cumpla con los pasos del concurso.
La Corte Constitucional /a indicado $ue los empleados vinculados en provisionalidad
go&an de estabilidad relativa, en ra&ón a la naturale&a del cargo y el tipo de unciones
$ue desempe6an, de tal suerte $ue no pueden asimilarse, para eectos de su retiro del
servicio a un empleado de libre nombramiento y remoción, con la condición de $ue
cumplan los re$uisitos e'igidos para el cargo. Considera $ue pueden ser desvinculados
cuando la administración convo$ue el respectivo concurso de m%ritos para proveer
de-nitivamente la pla&a.
La (urisprudencia constitucional se6ala $ue los provisionales go&an de una estabilidad
intermedia, pues no tienen la misma estabilidad $ue ostenta el servidor inscrito en
carrera, pero tampoco pueden ser desvinculados como si su nombramiento se tratara
de uno de libre nombramiento y remoción. =or tanto, la estabilidad de un uncionario
nombrado en provisionalidad se concreta en $ue al ser desvinculado se le indi$uen
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espec7-camente las ra&ones de su declaración de insubsistencia, por lo $ue la alta de
motivación es causal de nulidad del acto.
roceso de selección:
1. Convocatoria. La convocatoria, $ue deber* ser suscrita por la Comisión acional del
Servicio Civil, el Jee de la entidad u organismo, es norma reguladora de todo concursoy obliga tanto a la administración, como a las entidades contratadas para la reali&ación
del concurso y a los participantes.
!. "eclutamiento. 5sta etapa tiene como ob(etivo atraer e inscribir el mayor nmero de
aspirantes $ue renan los re$uisitos para el desempe6o de los empleos ob(eto del
concurso.
+. =ruebas. Las pruebas o instrumentos de selección tienen como -nalidad apreciar la
capacidad, idoneidad y adecuación de los aspirantes a los dierentes empleos $ue se
convo$uen, as7 como establecer una clasi-cación de los candidatos respecto a las
calidades re$ueridas para desempe6ar con eectividad las unciones de un empleo o
cuadro uncional de empleos.
. Listas de elegibles. Con los resultados de las pruebas la Comisión acional del
Servicio Civil o la entidad contratada, por delegación de a$uella, elaborar* en estricto
orden de m%rito la lista de elegibles $ue tendr* una vigencia de dos #!) a6os. Con esta
y en estricto orden de m%rito se cubrir*n las vacantes para las cuales se eectuó el
concurso.
0. =er7odo de prueba. La persona no inscrita en carrera administrativa $ue /aya sido
seleccionada por concurso ser* nombrada en per7odo de prueba, por el t%rmino de seis
#) meses, al -nal de los cuales le ser* evaluado el desempe6o, de acuerdo con lo
previsto en el reglamento
5l empleado inscrito en el "egistro =blico de Carrera Administrativa $ue supere un
concurso ser* nombrado en per7odo de prueba, al -nal del cual se le actuali&ar* su
inscripción en el "egistro =blico, si obtiene cali-cación satisactoria en la evaluación
del desempe6o laboral. 5n caso contrario, regresar* al empleo $ue ven7a
desempe6ando antes del concurso y conserva su inscripción en la carrera
administrativa. ientras se produce la cali-cación del per7odo de prueba, el cargo del
cual era titular el empleado ascendido podr* ser provisto por encargo o mediante
nombramiento provisional.
Sentencia:
Acción de tutela interpuesta por argarita Lu& Bro&co Lo&ano contra el @nstituto
Colombiano de 2esarrollo "ural D @CB25" . agistrado =onente: L@S 5"5STB
EA"GAS S@LEA
+*S*(,*:
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+$#*+": C"&F$+#'+, por las ra&ones e'puestas en esta decisión, la sentencia
proerida el 1F de octubre de !91! por la Sala =rimera de 2ecisión del Tribunal
Administrativo de Córdoba.
$&": =or Secretar7a General, l7brense las comunicaciones previstas en el art7culo
+ del 2ecreto Ley !0;1 de 1;;1.
5n mi opinión estoy a avor dela corte constitucional en otorgar el bene-cio a la se6ora
margarita ya $ue presento todas las pruebas para ser una pre pensionada y madre
cabe&a de amilia, adicionando a esto el problema de salud de su /i(a.
=or otra parte @CB25" ten7a todas las pla&as de traba(os necesarios para vincular a
todos los uncionarios de la lista de elegibles y de(ar en la corporación a la se6ora
margarita $ue se encontraba como una uncionaria provisional, sin embargo ella
cumplió con los re$uisitos de postularse a la convocatoria del @CB25" cuando la ley
;9; del !99 se estableció para arreglar m*s de cinco a6os sin ley para la carrera
administrativa. =or ultimo para m7 prevalecen los derec/os undamentales a cual$uierotro derec/o.