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Página 1 de 17 Fecha de aprobación: 13 de julio de 2006 Fecha de última certificación: 23 de diciembre de 2017 Fecha de última evaluación: 19 de junio de 2018 Carta de Servicios de Bomberos 1. Introducción El Ayuntamiento de Madrid contrae un compromiso de hacer una ciudad con calidad de vida con un modelo de atención a las emergencias excelente y donde la ciudadanía se sienta protegida. En una gran ciudad como Madrid, con más de tres millones de habitantes y un número igualmente cuantioso de visitantes, se producen diariamente multitud de siniestros que requieren la intervención de un cuerpo profesional, para hacer frente rápida y eficazmente a los mismos y minimizar sus consecuencias. Tal es el objetivo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, conocedor de que de la calidad de su trabajo dependen vidas y bienes, estos muchas veces irrecuperables. Con ese convencimiento los miembros del Cuerpo de Bomberos se enfrentan día a día a todo tipo de situaciones imprevistas y muchas veces peligrosas, con una firme vocación de servicio a la comunidad. Como un paso más en este decidido compromiso de mejora continua y acercamiento a la ciudadanía, asumen el compromiso institucional de establecer y desarrollar la presente Carta de Servicios, en la que se da a conocer los servicios que prestan y el grado de eficiencia que se exige en su ejecución. El objetivo estratégico correspondiente al Plan de Gobierno 2015-2019 en el que se enmarca esta Carta es proporcionar una respuesta eficaz y coordinada y atender a las situaciones de emergencia. Dicho objetivo engloba a su vez dos estrategias: “Ciudadanía formada frente a la emergencia” y “Cohesión, transparencia, modernidad y proyección profesional del servicio de emergencias”. La primera, incluye la disposición de una información integrada y de rápido despliegue ante situaciones de emergencia que dé garantías a la ciudadanía, así como el desarrollo de campañas divulgativas, cursos, visitas y simulacros, a fin de fortalecer la capacidad ciudadana frente a riesgos relacionados con las actuaciones de respuesta a las emergencias del Cuerpo de Bomberos. La segunda, está encaminada a procurar un servicio universal y de alta calidad en la atención de emergencias mediante la modernización de la estructura del Cuerpo de Bomberos y la modificación del Reglamento de Bomberos; acercar Bomberos a la ciudadanía a través del incremento del número de parques de bomberos y de la plantilla y la mejora de los parques de bomberos existentes para conseguir una respuesta más

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Fecha de aprobación: 13 de julio de 2006

Fecha de última certificación: 23 de diciembre de 2017

Fecha de última evaluación: 19 de junio de 2018

Carta de Servicios de Bomberos

1. Introducción

El Ayuntamiento de Madrid contrae un compromiso de hacer una ciudad con calidad de vida

con un modelo de atención a las emergencias excelente y donde la ciudadanía se sienta

protegida. En una gran ciudad como Madrid, con más de tres millones de habitantes y un

número igualmente cuantioso de visitantes, se producen diariamente multitud de siniestros

que requieren la intervención de un cuerpo profesional, para hacer frente rápida y eficazmente

a los mismos y minimizar sus consecuencias. Tal es el objetivo del Cuerpo de Bomberos del

Ayuntamiento de Madrid, conocedor de que de la calidad de su trabajo dependen vidas y

bienes, estos muchas veces irrecuperables.

Con ese convencimiento los miembros del Cuerpo de Bomberos se enfrentan día a día a todo

tipo de situaciones imprevistas y muchas veces peligrosas, con una firme vocación de servicio

a la comunidad. Como un paso más en este decidido compromiso de mejora continua y

acercamiento a la ciudadanía, asumen el compromiso institucional de establecer y

desarrollar la presente Carta de Servicios, en la que se da a conocer los servicios que prestan

y el grado de eficiencia que se exige en su ejecución.

El objetivo estratégico correspondiente al Plan de Gobierno 2015-2019 en el que se enmarca

esta Carta es proporcionar una respuesta eficaz y coordinada y atender a las

situaciones de emergencia.

Dicho objetivo engloba a su vez dos estrategias: “Ciudadanía formada frente a la

emergencia” y “Cohesión, transparencia, modernidad y proyección profesional del

servicio de emergencias”. La primera, incluye la disposición de una información integrada y

de rápido despliegue ante situaciones de emergencia que dé garantías a la ciudadanía, así

como el desarrollo de campañas divulgativas, cursos, visitas y simulacros, a fin de fortalecer la

capacidad ciudadana frente a riesgos relacionados con las actuaciones de respuesta a las

emergencias del Cuerpo de Bomberos. La segunda, está encaminada a procurar un servicio

universal y de alta calidad en la atención de emergencias mediante la modernización de la

estructura del Cuerpo de Bomberos y la modificación del Reglamento de Bomberos; acercar

Bomberos a la ciudadanía a través del incremento del número de parques de bomberos y de la

plantilla y la mejora de los parques de bomberos existentes para conseguir una respuesta más

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rápida en caso de siniestro; garantizar la seguridad ciudadana con servicios de emergencia

más seguros por medio de planes operativos de renovación de vehículos y equipos y la mejora

de las condiciones en materia de prevención de riesgos laborales; la construcción de un parque

de Bomberos y sede de Samur en la Calle San Bernardo nº 68; y la construcción de un parque

de Bomberos y sede de Samur en la calle Transformador (Vicálvaro).

La Carta de Servicios de Bomberos se aprobó por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

el 13 de julio de 2006, se certificó por AENOR el 23 de diciembre de 2014 y renovó su

certificación el 23 de diciembre de 2017. Este texto corresponde a la evaluación realizada en

marzo de 2018, con ello el Ayuntamiento de Madrid manifiesta nuevamente su compromiso

con la calidad y la mejora continua de sus servicios.

2. Datos de carácter general

Datos del órgano directivo

El Cuerpo de Bomberos, a través del cual se presta el servicio de prevención y extinción de

incendios y salvamentos, depende de la Dirección General de Emergencias y Protección

Civil, encuadrada dentro de la Coordinación de Seguridad y Emergencias dependiente del Área

de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid.

La prevención y extinción de incendios y salvamentos, prestada por el Cuerpo de Bomberos del

Ayuntamiento de Madrid, se encuentra en el ámbito material de competencias previsto en el

Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de

organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.

Por su importancia para la protección civil y la tranquilidad comunitaria, el servicio prestad por

el Cuerpo de Bomberos tiene carácter de servicio esencial, que adquiere su justificación en la

existencia de situaciones de siniestro o calamidad colectiva susceptibles de ocasionar riesgo

inminente para la integridad o la tranquilidad de las personas, o daños graves en los bienes de

dominio público o privado.

Sus principales cometidos son la lucha contra el fuego, en sus dos vertientes de intervención y

prevención, y el salvamento de bienes y personas en todos los siniestros que se produzcan

dentro del término municipal. No obstante, a través de convenios de colaboración o, a petición

urgente en caso de catástrofe o calamidad pública, la superior autoridad del Cuerpo de

Bomberos podrá ordenar el envío de efectivos o material a cualquier lugar del territorio

nacional o al extranjero, en el marco de las Unidades de Apoyo ante Desastres.

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Dentro de su faceta de prevención hay que distinguir entre la que realiza sobre los elementos

estructurales o arquitectónicos de la ciudad, a través de la supervisión del cumplimiento de la

normativa vigente en la materia o el oportuno asesoramiento especializado, y la que realiza

sobre la propia ciudadanía, fortaleciendo su capacidad de cautela y respuesta ante las

emergencias que se pudieran producir, a través de actividades formativas y divulgativas.

Unidades prestadoras del servicio

Para lograr un mejor servicio a la ciudadanía, consiguiendo una mayor eficacia en el

cumplimiento de los cometidos que tiene asignados, el Cuerpo de Bomberos se organiza en

dos estructuras, una encargada de las actividades de gestión, derivadas del propio

funcionamiento del servicio, y otra operativa, directamente enfocada a la intervención en los

siniestros.

A su vez, estas estructuras se organizan en distintitas unidades (Jefatura del Cuerpo,

Inspección Adjunta Operativa, Inspecciones, Subinspecciones, Unidades, Divisiones, Zonas,

Parques, etc.), cuyo funcionamiento coordinado hace posible la prestación del servicio.

3. Normativa

Además de la normativa general relativa al régimen local, procedimiento administrativo,

régimen jurídico de las Administraciones Públicas, atención a la ciudadanía, transparencia,

participación ciudadana, protección de datos, etc., la normativa específica relativa a los

servicios objeto de esta Carta es:

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en sus arts. 25 y

26.

Decreto legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de

Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.

Acuerdo vigente de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, que regula la

organización, estructura y competencias del Área de Gobierno Salud, Seguridad y

Emergencias.

Reglamento del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, de 27 de julio de

1984, y cuantas órdenes e instrucciones complementarias hayan sido o sean dictadas por

la Jefatura del Cuerpo y la Dirección General de Emergencias y Protección Civil.

Normativa en materia de formación del Ayuntamiento de Madrid.

Normativa vigente en materia de Prevención de incendios y Autoprotección.

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Acuerdo de 22 de diciembre de 2011 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se

aprueba la imposición de la Tasa por el mantenimiento de los servicios de emergencia

que presta el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, así como su Ordenanza

Fiscal reguladora.

4. Derechos y responsabilidades

Derechos

La ciudadanía tiene derecho a que el servicio se realice de acuerdo con los principios de

celeridad, oportunidad, proporcionalidad, cooperación y asistencia activa entre

administraciones, respeto a los derechos fundamentales y a las libertades públicas, y

sometimiento al ordenamiento jurídico en todo lo referente a su actividad.

Toda persona, incluso siendo menor de edad o incapacitada, tiene derecho a recabar la

actuación del Cuerpo de Bomberos en las situaciones de siniestro o de calamidad. En todo

caso, el Ayuntamiento de Madrid denunciará los avisos falsos, con el fin de exigir a sus autores

las responsabilidades pertinentes.

Por último, la ciudadanía tiene derecho a la información sobre sus responsabilidades públicas

en materia de prevención, extinción de incendios, salvamentos y autoprotección.

Responsabilidades

Dado su carácter de servicio esencial de respuesta a siniestros y emergencias, la colaboración

ciudadana no solo es básica sino exigible por la ley.

Por ello la recepción y uso del servicio debe considerarse de carácter obligatorio, aunque con

motivo u ocasión de tales intervenciones se puedan lesionar derechos individuales o se puedan

producir perjuicios patrimoniales.

Igualmente la ciudadanía está obligada a cumplir las medidas de prevención y protección para

personas y bienes establecidas por las leyes.

Por otra parte, en caso de grave riesgo y cuando la emergencia lo requiera, se podrán imponer

prestaciones personales y hacer requisas u ocupaciones temporales de todo tipo de bienes, de

acuerdo con lo establecido en la legislación del Estado en materia de protección civil, y con las

compensaciones que se establezcan en la legislación sobre responsabilidad de la

Administración.

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5. Mecanismos y modalidades de participación

El Ayuntamiento de Madrid realiza una apuesta fuerte por el desarrollo y puesta en marcha

de los procesos participativos, que garanticen el derecho de la ciudadanía a participar en la

toma de decisiones junto con los poderes públicos, de manera que el sentir de la totalidad de

la población se tenga en cuenta con carácter previo a la adopción de decisiones que puedan

afectar a un Distrito concreto o a la totalidad de la Ciudad.

De acuerdo a la normativa de aplicación establecida por el Ayuntamiento de Madrid en el

ámbito de la Participación Ciudadana, destacan los siguientes mecanismos, instrumentos y

órganos de participación:

Las propuestas ciudadanas: la ciudadanía realiza propuestas de actuación en asuntos

de competencia municipal o interés local. Cuando alcanzan los apoyos requeridos,

pueden someterse a debate y votación final, decidiendo entre todas y todos las que

se llevan a cabo (mayoría simple de los participantes).

Las audiencias públicas: el Ayuntamiento invita a la ciudadanía a participar en

cuestiones especialmente significativas de la acción municipal y lo que se decida

mayoritariamente, definirá las actuaciones a realizar.

Las iniciativas populares: iniciativas normativas e iniciativas ciudadanas para

promover actividades de interés público.

Las proposiciones al Pleno y a las Juntas de Distrito y los ruegos y preguntas en las

sesiones plenarias del Distrito correspondiente.

Las sugerencias y reclamaciones: la ciudadanía ejerce su derecho a presentar

sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por

el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias

o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones, sobre los servicios

prestados por el Ayuntamiento.

El Consejo Director de la Ciudad, los Consejos Sectoriales y los Foros Locales.

Los sondeos de opinión, encuestas de satisfacción, consejos y foros temáticos, y

paneles ciudadanos. Entre ellos destaca la Encuesta de Calidad de Vida y Satisfacción

con los Servicios Públicos, encuesta presencial de carácter bienal que tiene por

objetivo analizar el grado de satisfacción de la ciudadanía madrileña con los servicios

públicos municipales, así como conocer su opinión ciudadana respecto a la calidad de

vida en la ciudad.

Para avanzar de un modo decidido hacia las fórmulas reales de participación de la ciudadanía

que profundicen y den sentido al compromiso de lograr un gobierno abierto, se ha puesto en

marcha la web de gobierno abierto del Ayuntamiento de Madrid, destinada a que la

ciudadanía pueda promover propuestas de actuación municipal de forma libre y

transparente. En ella, a través de la plataforma de participación decide.madrid se pueden

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presentar propuestas, someter a audiencia pública las cuestiones más relevantes del

gobierno de la Ciudad y participar en la elaboración de los Presupuestos del Ayuntamiento.

Además, el Cuerpo de Bomberos dispone de los siguientes sistemas específicos de

participación:

Campañas de formación ciudadana, con charlas divulgativas y difusión de material

impreso.

Web BOMBEROS (www.madrid.es/bomberos).

Jornadas Municipales sobre Prevención o Catástrofes.

Convenios de colaboración con otras instituciones, docentes y profesionales.

Sistemas de evaluación de la satisfacción de las personas usuarias, o que puedan serlo.

Visitas programadas a las instalaciones de los Parques.

6. Sistema de Sugerencias y Reclamaciones

El Ayuntamiento de Madrid cuenta con un Sistema de Sugerencias y Reclamaciones a través

del cual la ciudadanía e instituciones públicas o privadas pueden ejercer su derecho a

presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados

por el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o

cualquier otra anomalía en su funcionamiento; y felicitaciones.

Se podrán presentar sugerencias, reclamaciones y felicitaciones a través de los

siguientes canales:

www.madrid.es/contactar.

El Teléfono 010 ó 915298210. Si llama desde fuera de Madrid, solo el último.

Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid.

Las Oficinas de Registro.

El Registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid.

El correo postal y electrónico de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil,

cuyos datos de localización y contacto se recogen en el apartado 9 de esta Carta.

Las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones se contestarán de forma adecuada y con

la mayor celeridad posible, cumpliendo los compromisos asumidos en la Carta de Servicios

de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid, aprobada el 10 de

mayo de 2012.

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Presencial Correo electrónico Correo postal Teléfono 010 Web madrid.es

7. Servicios prestados

A continuación se describen los servicios prestados por el Cuerpo de Bomberos del

Ayuntamiento de Madrid en relación con sus dos principales funciones: la extinción de

incendios y salvamentos y la prevención de incendios.

La actuación en estos servicios se extenderá a todo el territorio del término municipal de la

Ciudad de Madrid, sin perjuicio de lo convenido para la prestación de auxilio en los siniestros

que se produjeren fuera de dicho término.

7.1. Extinción de incendios y salvamentos

Para la prestación del servicio, se realizan las siguientes actividades:

Lucha contra el fuego y salvamento de personas y bienes en todos los siniestros que se

produzcan dentro del término municipal.

Habilitar los medios humanos y materiales necesarios para la actividad anteriormente

descrita.

Atender correctamente a víctimas y afectados.

Atender a la ciudadanía en todas aquellas intervenciones no urgentes que redunden en

beneficio de la tranquilidad comunitaria.

Recibir y tramitar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la

ciudadanía relativa al servicio prestado.

7.2. Prevención de incendios

Para la prestación del servicio, se realizan las siguientes actividades:

Supervisar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de incendios en edificios y

actividades.

Asesorar, con base en su experiencia, especialización y conocimientos técnicos, a

entidades, empresas y particulares en aquellas situaciones que por su novedad o

especificidad no disponen de normativa de aplicación.

Formar a los profesionales de otros ámbitos o servicios que por razón de su cometido o

situación sean los primeros en hacer frente a este tipo de eventos.

Informar a la ciudadanía en general, sobre todo a colectivos especialmente sensibles,

tanto de técnicas de prevención como de primera actuación.

Llevar a cabo la campaña “Bomberos ¡te informa!”, de la siguiente manera:

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Estará encaminada a proporcionar tanto conocimientos preventivos como de técnicas

de autoprotección.

Se procurará llegar al mayor número de personas y colectivos, para lo que se

realizará en varios idiomas (castellano, francés, inglés, chino, árabe y rumano), y

adaptado a invidentes.

Se llevará a cabo mediante dos tipos de actuaciones:

Campaña de difusión a través de folletos, cuadrípticos, pósters, cuadernos

informativos destinados a riesgos específicos, carnet bombero infantil, agenda de

la prevención, etc.

Charlas divulgativas, con soportes audiovisuales (DVD y vídeo) y presentaciones.

Se dirigirá prioritariamente a colectivos de especial riesgo, llegando al menos a

colegios, centros de mayores, asociaciones vecinales, colectivos de inmigrantes y

asociaciones profesionales y comerciantes que lo soliciten.

Facilitar visitas de colegios a Parques de Bomberos.

Proporcionar visitas al Museo de Bomberos, con actividades divulgativas.

Mantener actualizada la información sobre el servicio y las campañas en la página Web

municipal.

Organizar el Día de la Prevención, con carácter anual.

8. Compromisos de calidad

Los compromisos que se asumen con la Carta de Servicios del Cuerpo de Bomberos del

Ayuntamiento de Madrid son:

8.1. Extinción de incendios y salvamentos

En primer lugar, para poder hacer frente con eficacia al servicio de extinción de incendios y

salvamentos, es preciso contar con los recursos humanos y materiales necesarios. Para

ello se establecen los siguientes compromisos:

Habilitar medios humanos:

Suficientes:

1. Mantendrá una plantilla diaria de 230 efectivos distribuidos en Parques y otras

dependencias para garantizar la atención a siniestros en el 80 % de los días, y al

menos de 210 efectivos el resto.

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Indicadores asociados:

1.1. Porcentaje de días en los que la plantilla del Servicio es igual o superior a 230

efectivos.

1.2. Porcentaje de días en los que la plantilla del Servicio es igual o superior a 210

efectivos.

Preparados:

2. Proporcionará cursos selectivos de formación especializada de al menos 600 horas a

todos los efectivos de nuevo ingreso y de un mínimo de 200 horas para los ascensos

por promoción interna.

Indicadores asociados:

2.1. Horas/año de formación impartida a los efectivos de nuevo ingreso.

2.2. Horas/año de formación impartida al personal por promoción interna y ascensos.

3. Sus efectivos recibirán veinticuatro horas al año para la escala operativa y cuarenta

y ocho para la escala técnica de formación de reciclaje y especialización, con un

mínimo de 30.000 y 2.000 horas anuales, respectivamente.

Indicadores asociados:

3.1. Horas/año de formación de reciclaje y especialización impartida al personal de la

escala operativa.

3.2. Horas/año de formaciones de reciclaje y especialización impartidas al personal de la

escala técnica.

4. Se realizará por el personal de intervención durante los periodos de guardia una

media mínima de 92.000 horas de preparación (maniobras, prácticas de planes de

intervención, revisión de callejero e hidrantes, entrenamiento físico, etc.).

Indicador asociado:

4.1. Horas/año de preparación realizadas por el personal de intervención durante los

periodos de guardia.

5. Realizará anualmente un mínimo de 30 maniobras de intervención y 6

macrosimulacros con otros servicios.

Indicadores asociados:

5.1. Maniobras de intervención realizadas al año.

5.2. Macrosimulacros realizados por Bomberos al año con otros servicios.

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Disponer de medios materiales:

Suficientes:

6. Contará con una capacidad operativa media diaria para intervenir simultáneamente

con al menos 45 vehículos, sobre un parque móvil total de más de 200 vehículos de

distintos tipos.

Indicador asociado:

6.1. Conductores de servicio al día en bomberos.

Adecuados:

7. Contará tanto con vehículos preparados para la lucha contra incendios como con

vehículos especializados en otro tipo de posibles incidencias, como Riesgo

Tecnológico, rescate en accidentes de tráfico, desescombro, consolidación

estructural, salvamento acuático, rescate en altura, etc., garantizando que al menos

el 100% de los días estarán operativos como mínimo 24 vehículos de primera

intervención (coches, bombas y cobos), 11 escalas y 37 vehículos especializados.

Indicadores asociados:

7.1. Porcentaje de días con 24 vehículos de primera intervención operativos.

7.2. Porcentaje de días con 11 escalas operativas.

7.3. Porcentaje de días con 37 vehículos especializados operativos.

En segundo lugar, es necesario que, en su caso, la intervención se realice con rapidez y

eficacia una vez que se haya producido el siniestro. Para ello se asumen los siguientes

compromisos:

Llegar con prontitud:

8. El tiempo medio de respuesta en intervenciones urgentes (incendios en edificación

y accidentes) será inferior a 8 minutos desde la recepción de la llamada en el

servicio hasta la llegada al lugar cuando se produzca en zona urbana.

Indicador asociado:

8.1. Tiempo medio de llegada del primer ataque de Bomberos.

Ser eficiente en su actuación:

9. El 82 % de las intervenciones se resolverán con el primer tren de ataque enviado,

sin que sea necesario habilitar posteriores recursos.

Indicador asociado:

9.1. Porcentaje de intervenciones resueltas con el primer ataque de Bomberos.

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10. Se mantendrá por debajo del 0,4 % el porcentaje de intervenciones en los que se

haya producido alguna queja o reclamación sobre el total de las mismas.

Indicador asociado:

10.1. Porcentaje de servicios realizados por Bomberos con reclamación presentada.

11. Se realizarán retenes preventivos en todos aquellos eventos o acontecimientos que

tras su análisis presenten un riesgo previsible grave o alto de incendio.

Indicador asociado:

11.1. Porcentaje de retenes preventivos realizados por Bomberos en eventos y

acontecimientos de riesgo grave y alto sobre el total de solicitados.

Atender correctamente a las víctimas y afectados:

12. Realizará una encuesta de satisfacción ciudadana con el servicio de los Bomberos,

en la que procurará obtener una valoración media de 7, en una escala de 0 sobre

10.

Indicador asociado:

12.1. Valoración media de satisfacción ciudadana con Bomberos.

13. Recibir y tramitar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la

ciudadanía relativa a los servicios que se prestan, contestar de forma adecuada y

con la mayor celeridad posible y a partir de ellas, poner en marcha acciones de

mejora del servicio.

Se contestarán el 60% de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en un

plazo inferior a 30 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un

plazo superior a 3 meses. Se adoptarán las medidas oportunas para conseguir el

continuo aumento de las contestadas dentro de los 15 días naturales siguientes a

su presentación. El tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones

y felicitaciones será de 30 días naturales desde su presentación.

Indicadores asociados:

13.1. Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios

prestados por el Cuerpo de Bomberos.

13.2. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los

servicios prestados por el Cuerpo de Bomberos contestadas en un plazo

menor o igual a 15 días naturales desde su presentación.

13.3. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los

servicios prestados por el Cuerpo de Bomberos contestadas en un plazo

menor o igual a 30 días naturales desde su presentación.

13.4. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones contestadas por el

Cuerpo de Bomberos en menos de 3 meses.

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13.5. Tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y

felicitaciones relativas al Cuerpo de Bomberos.

14. Atender a la ciudadanía en todas aquellas intervenciones no urgentes que redunden

en beneficio de la tranquilidad comunitaria, colaborando igualmente con otros

servicios públicos prestándoles la asistencia técnica necesaria, de acuerdo con la

disponibilidad y adecuación de los recursos, así como la urgencia y gravedad del

caso.

Indicadores asociados:

14.1. Porcentaje de intervenciones no prioritarias atendidas.

14.2. Porcentaje de solicitudes de colaboración (asistencias técnicas) atendidas.

8.2. Prevención de incendios

El gran objetivo en la lucha contra el fuego se encuentra en conseguir ser capaces de prever

las situaciones y localizaciones de mayor riesgo para evitar que pueda producirse, y, si esto no

fuera posible, en prevenir sus consecuencias con los medios adecuados, logrando una primera

respuesta por parte de la ciudadanía o profesionales de otros servicios capaz de minimizar o

controlar su propagación.

La prevención de incendios es la segunda gran función del Cuerpo de Bomberos, que centra su

actuación en dos ámbitos:

I. Las edificaciones, espacios públicos e infraestructuras de la ciudad, objeto de los

posibles incendios. En tal sentido se asumen los siguientes compromisos:

Supervisar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de incendios en

edificios y actividades:

15. Se informarán las licencias urbanísticas y declaraciones responsables oportunas, de

acuerdo con las competencias y normativa vigente en materia de prevención de

incendios, manteniendo una media anual por encima del 90 % de proyectos

informados sobre el total de solicitados e informando con carácter prioritario el año

siguiente los proyectos pendientes a final de año.

Indicador asociado:

15.1. Porcentaje de proyectos informados sobre el total de solicitados.

16. Se supervisará el cumplimiento de la normativa que sea de aplicación a los planes

de autoprotección de edificios y actividades, manteniendo una media anual por

encima del 80 % de planes de autoprotección informados sobre el total de

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solicitados e informando con carácter prioritario el año siguiente los planes de

autoprotección pendientes a final de año.

Indicador asociado:

16.1. Porcentaje de planes de autoprotección informados sobre el total de

solicitados.

17. Se asistirá a los simulacros de evacuación realizados por aquellas actividades

vinculadas al anexo 1 de la Norma Básica de Autoprotección y, excepcionalmente, a

otras que se consideren de riesgo singular, en el 70 % de los casos en que se

informe de su realización con 1 mes de antelación.

Indicador asociado:

17.1. Porcentaje de simulacros de evacuación con asistencia de Bomberos.

18. Se efectuarán actuaciones de inspección anuales a locales y edificios de oficio o

para informar licencias urbanísticas, manteniendo una media anual por encima del

90 % de inspecciones realizadas sobre el total de solicitadas y realizando con

carácter prioritario el año siguiente las inspecciones pendientes a final de año.

Indicador asociado:

18.1. Porcentaje de inspecciones realizadas sobre el total de solicitadas.

19. Dispondrá de un servicio de información y atención al público, donde la ciudadanía

y empresas puedan realizar consultas técnicas escritas y presenciales sobre la

materia.

Indicador asociado:

19.1. Porcentaje de consultas técnicas atendidas por Bomberos.

20. Asesorar, con base en su experiencia, especialización y conocimientos técnicos, a

entidades, empresas y particulares en aquellas situaciones que por su novedad o

especificidad no disponen de normativa de aplicación, en el 100% de los casos en

los que haya un interés social.

Indicador asociado:

20.1. Porcentaje de estudios de asesoramiento emitidos por Bomberos en los casos

que haya un interés social.

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II. La ciudadanía, fortaleciendo su capacidad de cautela y respuesta ante los mismos. Para

ello, el Cuerpo de Bomberos se compromete a:

21. Formar a profesionales de otros servicios de la administración pública en al menos

2 cursos de seguridad contra incendios, en función de la demanda producida y la

disponibilidad de medios.

Indicador asociado:

21.1. Cursos especializados en seguridad contra incendios impartidos por Bomberos

a profesionales de otros servicios de la administración pública.

Asimismo, el Cuerpo de Bomberos informará a la ciudadanía en general, sobre todo a

colectivos especialmente sensibles, tanto de técnicas de prevención como de primera

actuación, para lo cual:

22. Llevará a cabo la campaña ‘Bomberos ¡te informa!’, encaminada a proporcionar

tanto conocimientos preventivos como técnicas de autoprotección, garantizando

que se informará al menos a 31.000 personas.

Indicador asociado:

22.1. Personas informadas por la campaña Bomberos ¡te informa¡

23. Facilitará al menos 500 visitas de colegios a Parques de Bomberos para unos

18.000 niñas/os, en caso de producirse dicha demanda.

Indicador asociado:

23.1. Niñas/os en las visitas de colegios a los Parques de Bomberos.

24. Mantendrá actualizada la información sobre el servicio y las campañas en la página

Web municipal.

Indicador asociado:

24.1. Visitas a la página web municipal sobre el servicio y las campañas de

Bomberos.

25. Organizará el Día de la Prevención, con carácter anual.

Indicador asociado:

25.1. Jornadas de Prevención organizadas por Bomberos.

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Medidas de subsanación: Quienes consideren que se ha incumplido alguno de los

compromisos anteriormente recogidos, podrán comunicarlo a través del Sistema de

Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid (apartado 6 de esta Carta de

Servicios). En caso de incumplimiento, se les enviará un escrito informando de las causas por

las que el compromiso no pudo cumplirse, así como, de las medidas adoptadas para corregir la

deficiencia detectada, si fuera posible.

Seguimiento y evaluación: Los resultados de los indicadores establecidos para medir el

cumplimiento de los compromisos de esta Carta de Servicios se pueden consultar en

www.madrid.es en Ayuntamiento /Observatorio de la Ciudad /Sistema de Cartas de Servicios.

Estos resultados son evaluados anualmente.

9. Datos de carácter complementario

9.1. Datos de localización

El órgano directivo responsable del servicio de prevención y extinción de incendios y

salvamentos es la Dirección General de Emergencias y Protección Civil:

Avda. Principal, 2 28011 Madrid

915.889.101/103

[email protected]

http://www.madrid.es/bomberos

La unidad responsable técnica del servicio de prevención y extinción de incendios y

salvamentos es el Cuerpo de Bomberos:

C/ Rufino Blanco, 2 28028 Madrid

915.889.104/105

[email protected]

http://www.madrid.es/bomberos

Sus efectivos se distribuyen por todo el término municipal, en base a la delimitación de 4

zonas territoriales (Este, Sur, Centro y Norte), cuyas direcciones son:

Parque 1 C/ Santa Engracia, 118

Parque 2 C/ Rufino Blanco, 4

Parque 3 Ronda de Toledo, 6

Parque 4 C/ Emilia, 36

Parque 5 Paseo de Santa María de la Cabeza, 95

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Parque 6 C/ San Bernardo,68

Parque 7 Av. de Hellín, s/n

Parque 8 C/ Pío Felipe, s/n (incluye oficinas y aulas de la Escuela de Bomberos y PC)

Parque 9 Av. Monforte de Lemos, s/n

Parque 10 C/ San Norberto c/v Avda. Real de Pinto (incluye el Taller y Almacén)

Parque 11 C/ Mesena c/v Avda. de San Luis

Parque 12 Av. de los Poblados s/n

CISEM C/ Rufino Blanco, 2 (incluye la Jefatura de Guardia y la Central de Comunicaciones)

CIFSE C/ Sepúlveda 153

Museo C/ Boada, 4 (junto al Parque 8)

9.2. Otros datos de interés

1. Acceso al servicio

El acceso principal al servicio de intervención en siniestros (emergencias) se realiza a

través del número europeo de emergencias 112, con horario 24 horas

ininterrumpidamente. En el caso de instituciones u otros servicios este se lleva a cabo a través

de sistemas de comunicación internos.

Para efectuar consultas técnicas en materia de prevención de incendios, la oficina de

atención se sitúa en la C/ Rufino Blanco 2, Planta 3ª, los miércoles de 10 a 13 horas (salvo cita

previa). Teléfonos de contacto:

915.889.217/8 (Información Inspecciones y Proyectos)

915.889.133/4 (Información Unidad de Planes de Emergencia)

915.889.115/6 (Jefatura de Departamento)

Para solicitar información sobre la participación en campañas, visitas a parques, Museo,

charlas, la ciudadanía podrá dirigirse a la C/ Rufino Blanco 2 (Departamento de Coordinación

y Servicios a la Comunidad), por las mañanas en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes,

salvo festivos. El teléfono de contacto es 914 801 751. La solicitud se realizará en instancia

oficial a través del Registro General o en línea dentro del portal de trámites del Ayuntamiento

de Madrid.

El Museo de Bomberos está situado en el recinto del Parque 8, en la calle Felipe Pío s/n, con

entrada por la C/ Boada, y abre sus puertas todos los días del año de 09:30 a 14:00 excepto

25 de diciembre, 1 enero, 6 enero y 1 mayo.

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Se pueden realizar a través del Portal de trámites del Ayuntamiento de Madrid las

siguientes gestiones:

Denuncias por vulneración de las normas de seguridad contra incendios.

Solicitud de autorización para simulacros de evacuación.

Solicitud informe de actuaciones de Bomberos.

Además se puede acceder a información actualizada y exhaustiva acerca de la ubicación, forma

de contacto y otros servicios de la Subdirección General de Bomberos en la página Web

oficial del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es/bomberos o acudiendo directamente a sus

oficinas centrales.

2. Costes del Servicio

El servicio de atención a siniestros se realiza de modo gratuito. Por su parte, están

sujetos a la tasa establecida legalmente la expedición de certificados, la adquisición de

publicaciones, la realización de consultas técnicas en materia de prevención, y la impartición

de cursos a instituciones externas.

Asimismo, las actuaciones del Servicio de Extinción de Incendios son gratuitas. No

obstante, en los supuestos en los que, de conformidad con lo previsto en la legislación de

Régimen local, tales actuaciones beneficien especialmente a personas determinadas o sean

provocadas especialmente por estas, dichas personas quedarán obligadas a satisfacer los

derechos devengados según la tarifa de la Ordenanza fiscal aprobada por el Ayuntamiento de

Madrid.

Por otra parte, tal y como señala el apartado 3 de la presente Carta de Servicios, constituye

hecho imponible o motivo de tasa el mantenimiento de los servicios de emergencia que presta

el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid. En este sentido, la Ordenanza Fiscal

reguladora de tal imposición establece que vendrán obligadas al pago de la tasa las

entidades o sociedades aseguradoras, bien por resultar beneficiadas o afectadas

directamente o bien por su condición de sujetos pasivos sustitutos de los demás

contribuyentes.