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1 Ponencia Presentada al Congreso: Sistemas de Innovación para la Competitividad. “Transferencia del Conocimiento y la Tecnología: Retos en la Economía Basada en el Conocimiento”, Organizado por el Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Guanajuato (CONCYTEG), León, Guanajuato, 27-29 de agosto, 2008. Los estímulos fiscales en México: investigando la construcción de un sistema de incentivos para la innovación Marco Aurelio Jaso Sánchez 1 Introducción El objetivo de este artículo es explicar el establecimiento de los estímulos fiscales como un instrumento para fomentar el desarrollo tecnológico en México. Los estímulos fiscales en nuestro país nacen como una iniciativa de la ADIAT, A.C., buscando principalmente estimular la inversión en desarrollo tecnológico por parte del sector productivo; sin embargo, su gestación, negociación y aplicación no ha sido sencilla ni ha estado exenta de controversia, por lo tanto resulta relevante conocer la historia de su construcción en el contexto de la gobernanza de la C y T en México. El presente artículo muestra los resultados y reflexiones preliminares de un proyecto de investigación en curso iniciado en el 2006. Bajo un marco de análisis institucional de la gobernanza de la ciencia y la tecnología, el proyecto busca investigar el proceso por el cual nuevas organizaciones sociales emergen como actores intermediarios relevantes en la concepción, diseño, negociación e implementación de políticas públicas de ciencia, tecnología e innovación. Una de las líneas de investigación de este proyecto se centran en el análisis del proceso a través del cual la iniciativa de programa de Estímulos Fiscales (EF) impulsada por la 1 PhD en Science and Technology Policy, por el Instituto PREST y la Manchester Business School, Reino Unido. Miembro del SNI, nivel de Candidato. Profesor – investigador del Departamento de Estudios Institucionales (DESIN) de la Universidad Autónoma Metropolitana – Cuajimalpa. E – mail: [email protected]

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Ponencia Presentada al Congreso: Sistemas de Innovación para la Competitividad. “Transferencia del Conocimiento y la Tecnología: Retos en la Economía Basada en el Conocimiento”, Organizado por el Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología del Estado de Guanajuato (CONCYTEG), León, Guanajuato, 27-29 de agosto, 2008.

Los estímulos fiscales en México: investigando la construcción de un sistema de

incentivos para la innovación

Marco Aurelio Jaso Sánchez1

Introducción

El objetivo de este artículo es explicar el establecimiento de los estímulos fiscales como

un instrumento para fomentar el desarrollo tecnológico en México. Los estímulos

fiscales en nuestro país nacen como una iniciativa de la ADIAT, A.C., buscando

principalmente estimular la inversión en desarrollo tecnológico por parte del sector

productivo; sin embargo, su gestación, negociación y aplicación no ha sido sencilla ni ha

estado exenta de controversia, por lo tanto resulta relevante conocer la historia de su

construcción en el contexto de la gobernanza de la C y T en México.

El presente artículo muestra los resultados y reflexiones preliminares de un proyecto de

investigación en curso iniciado en el 2006. Bajo un marco de análisis institucional de la

gobernanza de la ciencia y la tecnología, el proyecto busca investigar el proceso por el

cual nuevas organizaciones sociales emergen como actores intermediarios relevantes en

la concepción, diseño, negociación e implementación de políticas públicas de ciencia,

tecnología e innovación.

Una de las líneas de investigación de este proyecto se centran en el análisis del proceso a

través del cual la iniciativa de programa de Estímulos Fiscales (EF) impulsada por la

1 PhD en Science and Technology Policy, por el Instituto PREST y la Manchester Business School, Reino Unido. Miembro del SNI, nivel de Candidato. Profesor – investigador del Departamento de Estudios Institucionales (DESIN) de la Universidad Autónoma Metropolitana – Cuajimalpa. E – mail: [email protected]

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Asociación de Directivos de Investigación y Desarrollo Tecnológico, A.C, logra

cristalizarse en el 2002 como una política pública para el desarrollo tecnológico.

Dado que esta es una de las escasas iniciativas originadas en organizaciones de la

sociedad civil, para propiciar el cambio tecnológico y la innovación en el sector

productivo nacional, se juzga importante aprender y derivar lecciones de este proceso;

entender dentro de su contexto, el rol que jugaron los diversos actores involucrados, así

como los primeros resultados de un programa que, entendido en un ciclo de política

pública, está llamado –como cualquier otro-, a ser evaluado y mejorado.

La evidencia sobre la cual se realiza el análisis, proviene tres fuentes: entrevistas con ex -

presidentes de la ADIAT y personajes clave; documentación secundaria presentada como

investigaciones académicas independientes, reportes de organismos oficiales nacionales

e internacionales y evaluaciones; así como evidencia hemerográfica.

Para lograr el objetivo de este artículo, lo he dividido en cinco secciones. La primera

introduce el concepto de Estímulos Fiscales (EF) y los ubica dentro de un marco de

instrumentos de política enfocados al desarrollo tecnológico y distingue sus principales

modalidades. La segunda parte explica el proceso de gestación, diseño y cabildeo de la

propuesta; se ocupa de los actores y sus negociaciones. La tercera, retoma algunas

valoraciones provenientes de personajes clave y apunta algunos elementos derivados de

las evaluaciones disponibles hasta el momento sobre este programa. La cuarta, se ocupa

de delinear algunas tendencias internacionales en materia de Estímulos Fiscales,

presentando las combinaciones entre las modalidades más recurrentes. Finalmente, en la

quinta sección se presentan, de manera muy sintética, algunas lecciones que se han

derivado del análisis de este caso, se trata de reflexiones que ameritan la continuación de

tales líneas de investigación.

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1. Los estímulos fiscales en el marco de las políticas de desarrollo tecnológico

Dado que el propósito de este artículo es explicar el proceso de construcción del

programa mexicano de estímulos fiscales (EF) para el desarrollo tecnológico e

innovación (DTI), resulta conveniente comenzar explicando qué son los estímulos

fiscales y cuál es su lugar en el marco de política de fomento tecnológico e innovación.

El desarrollo de EF para DTI, entendido como instrumento de intervención estatal, ha

comenzado a ser estudiado en la literatura especializada en políticas de innovación

(Edquist, 1999; Hall y Van Reenen 2000, Warda 2001, 2006, entre otros). Tales

instrumentos han sido justificados en la medida en que los mecanismos de mercado, por

sí solos, han resultado insuficientes para propiciar que los agentes privados lleven a cabo

los niveles de inversión en I+D y desempeño innovativo que serían deseables desde el

punto de vista del beneficio social global. (Martin and Scott 1998)

Los EF han sido incorporados como un miembro más de la familia de instrumentos de

los cuales disponen el estado para intervenir y propiciar desarrollo científico e

innovación. Un grupo de instrumentos podría denominarse de apoyo directo,

caracterizados por la creación de infraestructura para el desarrollo de I+D, los fondos

dirigidos al financiamiento de tecnologías y/o sectores económicos específicos, los

programas enfocados al desarrollo de recursos humanos especializados, entre otros.

Por otro lado, el Estado cuenta con una gama de instrumentos de apoyo indirecto al

desarrollo científico y tecnológico. Bajo estos instrumentos la decisión de tomar los

apoyos es decisión exclusiva de las empresas. Los estímulos fiscales son un ejemplo de

este tipo de apoyo indirecto. Otros instrumentos indirectos los constituyen los estímulos

fiscales para el desarrollo industrial, los apoyos financieros para la creación de centros

tecnológicos (Ciceri y Díaz 2003); así como las subvenciones, compras públicas o las

medidas regulatorias que estimulan la competencia (Rivas, 2007), entre los más

representativos.

Para el análisis de los EF operados en México, en el marco del sistema amplio de

incentivos que funge a nivel nacional, es importante retomar el excelente trabajo de

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Puchet y Ruiz (2006), quien desde un enfoque neoinstitucionalista describen las

interacciones entre actores, programas, distintos tipos de instituciones y sus funciones.

Modalidades de los estímulos fiscales

Una vez entendida la naturaleza de los EF para DTI podemos revisar las modalidades

bajo las cuales los distintos gobiernos los han implementado. A nivel internacional, en

los países de la OCDE, los EF se suelen clasificar en dos grandes categorías: “R&D tax

credits” y “R&D tax allowances”. Los créditos fiscales constituyen una deducción del

monto de los impuestos que una empresa debe pagar al fisco; mientras que las

concesiones fiscales representan una deducción adicional sobre los ingresos gravables de

la empresa, lo cual permite reducir todavía más la cantidad de impuestos que se deben

pagar. (Warda, J. 2006:13)

Los EF para DTI ha venido operando basándose en ciertas modalidades básicas. Por un

lado está aquellos cuya deducción opera sobre el volumen del desembolso total en gastos

de I+D; por otro están aquellos cuya deducción opera únicamente sobre el monto del

incremento en el gasto de I+D en un periodo determinado; así como los mecanismos de

depreciación acelerada de gastos de I+D. Algunos gobiernos optan por combinar estas

modalidades.

Hoy en día, los EF para DTI son ampliamente utilizados por las economías desarrolladas,

los miembros de la OCDE y la Unión Europea; así como por un número significativo de

economías emergentes. Los países con mayor experiencia en la implementación de

estímulos fiscales para el desarrollo tecnológico son Australia, Canadá y los Estados

Unidos. (Rivas 2007:17) Los Estados Unidos comenzaron a aplicar créditos fiscales

sobre los gastos en I+D en 1981 (1989). (Cordes, J. 1989)

En el caso de México, la exención fiscal es una prerrogativa del gobierno, que cuando es

fundamentada y amparada en la Constitución, leyes y códigos de la materia, permite

liberar a una persona o grupo de personas de una obligación, en este caso el pago de un

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impuesto, para de esta manera promover o incentivar el desarrollo de una actividad que

se considera beneficiosa para el país. En el caso del programa bajo análisis se busca

proporcionar una mayor inversión del sector empresarial en actividades de desarrollo

tecnológico, a través de la concesión de un crédito fiscal.

A criterio de Ciceri y Díaz (2003:3) los EF para DTI representan un progreso

significativo en materia fiscal, pues se pueden otorgar créditos contra impuestos

federales a todos aquellos agentes económicos que efectúen inversiones en empresas

industrial, en investigación y desarrollo tecnológico, en consonancia con las metas que el

gobierno federal se ha fijado en materia de desarrollo tecnológico e industrial.

2. Origen y desarrollo de los estímulos fiscales en México

El programa de Estímulos Fiscales aplicables a los Gastos de Investigación y Desarrollo

Tecnológico, tal como quedó plasmado en la Ley de Ciencia y Tecnología (2002) y de la

Ley del Impuesto Sobre la Renta, cuenta con algunos antecedentes que es necesario

conocer para valorar el nivel de cambio que representó como instrumento de política.

Como lo demuestran Ciceri y Díaz (2003) México contaba desde 1964 con una serie de

disposiciones en su legislación tributaria que tenían la intención de fomentar el

desarrollo industrial. En ese año, por ejemplo, se modificó la Ley del Impuesto Sobre la

Renta, para eximir de impuestos las utilidades que se reinvirtieran en la adquisición de

activos fijos y financieros dentro de la misma empresa. (INIC, 1970)

En el interesante y poco conocido diagnóstico del Instituto Nacional de la Investigación

Científica de 1970, titulado Política Nacional y Programas de Ciencia y Tecnología,

contiene el inciso ”La falta de incentivos fiscales eficaces” en el que señala:

Existe también la circunstancia de que el sector privado nacional casi no

invierte en investigación, porque la básica no cae dentro del campo de sus

intereses, y la aplicada no le parece indispensable, prefiriendo importar

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tecnología extranjera, aun cuando ésta implique importantes salidas de divisas y

cierta subordinación a las empresas propietarias de esa tecnología. (p.48)

Más adelante, el mismo documento explica las barreras arancelarias para la adquisición

de tecnología y la transferencia de conocimiento.

No existen ningún incentivo fiscal específico para estimular la investigación

científica y tecnológica realizada por empresas nacionales o residentes en

México. Sin embargo, la legislación fiscal mexicana distingue entre los pagos

hechos a las empresas extranjeras y a los particulares residentes en el país,

segñun se trate de asistencia técnica o regalías por concesión de patentes y

marcas de fábrica. Tratándose de extranjeros, los pagos por asistencia están

sujetos a un impuesto fijo del 20 %, y a los de regalías se les aplica una tasa

progresiva que fluctúa entre el 5% y el 42%. Cuando se trata de empresas

residentes en el país que perciban ingresos por ambos conceptos, el impuesto se

paga según la tasa progresiva del 5 al 42%. (p.49)

A partir de la década de 1970 se fueron incorporando normativas enfocadas al fomento

específico de de la I+D, sin que representaran un nivel de éxito relevante.

Como se ha podido observar, la normatividad resultaba restrictiva y poco operativa y

más bien constituía fuertes desincentivos para el desarrollo y transferencia de

conocimientos tecnológicos al interior de las empresas nacionales. Los autores de este

diagnóstico recomendaron entre otras medidas, la constitución de un fondo, operado a

través de un fideicomiso, mediante el cual las instituciones bancarias puedan redescontar

documentos que se originen en programas de investigación tecnológica; otorgar

incentivos fiscales a las empresas que apoyen la investigación tecnológica y científica.

Igualmente recomendaban se estudiara la posibilidad de incorporar el mecanismo de

depreciación acelerada a la política fiscal, procurando el fomento de la actividad

científica y tecnológica.

Previamente a la introducción de los EF para DTI en la LISR del 2001, la legislación ya

contemplaba algunas modalidades de apoyo. Por ejemplo, en el periodo de 1981 al 2001,

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estuvieron presentes los fideicomisos para I+D y los fondos destinados a capacitación

bajo reglas específicas, introducidos en 1995.2

Los requisitos para la constitución de estos fideicomisos los convirtieron en un

instrumento de carácter muy limitado. Entre ellas debemos mencionar que la empresas (o

grupo de empresas) deberían depositar anticipadamente los recursos ante una institución

financiera autorizada (deduciendo el 100% de la aportación); posteriormente, el monto

del apoyo que la empresa podía recibir equivalía al 1% de los ingresos de la empresa, o

bien 1.5% bajo autorización de CONACYT.

De acuerdo con Ciceri y Díaz (2003) existe evidencia de que esta modalidad fue utilizada

básicamente por grandes corporaciones, pues ellas estaban en condiciones de hacer las

aportaciones en la magnitud necesaria y de afrontar los costos de administración del

fideicomiso.

Necesidad de una nueva propuesta

Para 1998 era claro que los estímulo fiscales para el desarrollo tecnológico no estaban

fungiendo como un instrumento que fomentara mayores niveles de inversión en I+D por

parte del sector privado.

En contraste con el nivel de utilización de este instrumento en países de la OCDE, en el

caso de México había un largo camino por ser recorrido en materia de diseño

institucional de este tipo de estímulos.

La Asociación de Directivos de Investigación Aplicada y el Desarrollo Tecnológico,

A.C. (ADIAT), fundada hacia una década, en 1989, había venido consolidando entre sus

miembros la convicción de que era indispensable diseñar un programa de estímulos

2 En 1981 el art. 27 de la LISR ya contemplaban las reglas para la constitución de fideicomisos que tengan por objeto las actividades de investigación y desarrollo tecnológico. Esta disposición registró variaciones en el periodo y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre del 2001.

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fiscales que de verdad fuera atractivo para las empresas y que impactara en mayores

niveles de inversión probada en I+D.

Esta asociación, integrada por directivos e instituciones de investigación aplicada de los

sectores público y privado, además de propiciar el aprendizaje sobre las mejores formas

de gestionar la tecnología, y de representar la voz de los tecnólogos del país, se propuso

también participar e la elaboración de propuestas de política tecnológica a nivel nacional.

Por este motivo, desde la gestión del Ing. Fernando Echegaray (1995 - 1997) se comenzó

a formar el primer grupo de trabajo para el diseño de una propuesta de EF para DTI. Los

primeros integrantes que se abocaron a esa tarea fueron el Dr. Raúl Quintero y el Ing.

Jaime Parada. En ese periodo, el Dr. Raúl Quintero, Director de Tecnología de Hylsa,

fungía como Vicepresidente de la Asociación.

Este grupo de trabajo inició las primeras actividades de benchmarking internacional

sobre estímulos fiscales y los combinó con los diagnósticos de las necesidades de apoyos

para el desarrollo tecnológico de las empresas mexicanas.

La primera propuesta comienza a ser implementada hasta la siguiente gestión de la

ADIAT (1997-1999), cuando el Dr. Raúl Quintero se convierte en Presidente de la

Asociación y se logra conseguir los primeros estímulos, aunque con muchas

limitaciones.

Por ejemplo, en 1998 la SHCP autorizó que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)

fijara un crédito fiscal de 20% sobre el promedio de gasto incremental de los últimos tres

años, lo cual complicaría el trámite de obtención y la posible obtención del crédito fiscal.

No se emitió el Reglamento para operarlo y el estímulo no pudo ser aplicado

En 1999, el esquema del año continúa vigente, pero ya no como parte de la LISR, sino

como parte de la Ley de Ingresos de la Federación, implicando la posibilidad de ser

modificado fácilmente cada año. Se establece un tope de 500 millones de pesos

(equivalente a menos del 2% del gasto total en CyT). En abril se emite el reglamento y se

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modifica en junio de ese año. Sin embargo, solamente 4 empresas participan y se

benefician del programa.

Debido a tales limitaciones, la ADIAT se concentra en el fortalecimiento de una nueva

propuesta, para lo cual enriquece a su equipo de trabajo con la participación de un

despacho especializado GAE (Grupo de Asesoría Estratégica), lo cual le permite ganar

consistencia y viabilidad jurídica. Estas acciones ocurren durante el periodo 1999-2001,

cuando el Dr. José Luis Fernández Zayas ocupa el cargo de Presidente de la ADIAT y

retoma el diseño, negociación y cabildeo de los EF.

En entrevista, el Dr. Zayas comentó sobre el indispensable y muy valioso apoyo del

maestro y contador Ernesto Rodríguez Mellado, un profesionista muy importante en la

historia de ADIAT y que muy poca gente conoce. Fue tesorero en Bacardí e IBM.

Ernesto tenía muy claras estas ideas y trabajo mucho junto con Jaime Parada. Otro gran

impulsor de esta iniciativa, que se incorporó posteriormente al grupo de trabajo fue el Dr.

Alfonso Serrano Pérez-Grovas.

A decir de los ex - presidentes de la ADIAT, durante los últimos años del sexenio del

Ernesto Zedillo, si bien se había avanzado en el diseño de los EF, el programa seguía

teniendo importantes limitaciones, a pesar de tener la comprensión de José Angel Gurría,

titular de SH, quien era sensible al tema, había mucha oposición en sectores importantes

de las autoridades en materia de política hacendaria.

Estos obstáculos se comienzan a resolver cuando el entonces Vicepresidente de la

ADIAT, el Ing. Jaime Parada, es nombrado por Vicente Fox como titular del

CONACYT. Esto le permite negociar en el 2001 de manera directa con los titulares de

Hacienda tanto del poder Ejecutivo como del Legislativo.

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Justificación de la nueva propuesta

Los argumentos con los que la ADIAT venía defendiendo su propuesta se pueden

resumir en los siguientes puntos.

Incrementar la inversión de la iniciativa privada en I+D. Uno de estos

argumentos tiene que ver con el bajo nivel de participación de la iniciativa privada

nacional en el gasto total de investigación y desarrollo. Para finales de la década de 1990,

el sector privado mexicano aportaba tan solo el 20% del gasto total en I+D; mientras que

países como Brasil lo hacían con el 40%, España con el 50% y países como Japón y

Corea lo hacían con aportaciones de alrededor del 70%.

Incentivar la vinculación entre los sectores público y privado. Otro de los

argumentos tiene que ver con la necesidad de poner a disposición de las empresas un

mecanismo que estimule su vinculación con instituciones de educación superior y

centros públicos de investigación; pues se reconocía que los niveles de colaboración y

transferencia de conocimientos entre ambos sectores seguían sin reportar progresos

significativos desde que se elaboraron los primeros diagnósticos en la materia a

principios de la década de 1970.

Inclusive, se buscó introducir una modalidad especial para aquellas empresas que

contrataran proyectos de investigación con la academia, que consistía en calificar de

manera automática como beneficiarias del programa.

Simplificación del trámite. La participación de tan sólo 4 empresas en 1999 con

apoyos por 12 millones de pesos, y de 6 empresas en el 2000 con apoyos por 17 millones

de pesos, representó un notorio subejercicio del programa, el cual había establecido la

posibilidad de apoyar a las empresas hasta por 500 millones de pesos. Por ese motivo era

necesaria una propuesta con trámites y formatos más sencillos y la inclusión de

precisiones conceptuales.

La baja demanda efectiva de este instrumento se explica en parte la complejidad del

trámite de exención por el que tenían que pasar las empresas. En el 2000, el Dr. José

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Luis Fernández Zayas, entonces Presidente de la ADIAT, describió en una entrevista al

programa de 1999 como “poco atractivo, costoso e inoperante por el enorme proceso

burocrático que se requiere para su aplicación. Debido a eso, ha sido mínimamente

solicitado” lo cual le permite externar su preocupación por la viabilidad del programa

bajo estas condiciones “…y se corre el riesgo de que disminuya el monto asignado y su

vigencia para el 2000” (La Jornada, 17 de enero, 2000) La Ingeniera Margarita Noguera

Farfán, quien fungió como Directora Ejecutiva de la ADIAT comentó que debido a que

la Ley de Ingresos de la Federación se modifica anualmente, pocas empresas logran

calificar “luego de pasar por un viacrucis de trámites burocráticos, complejos y hasta

contradictorios”. (La Jornada, Suplemento ID, junio 2001)

Académicos especialistas y representantes de la ADIAT coincidieron en que entre 1999 y

el 2000 la SHCP mostró no solo incomprensión de la naturaleza de un instrumento

ampliamente utilizado a nivel internacional para promover el desarrollo tecnológico; sino

que mediante numerosas trabas evidenció su desconfianza ante el sector privado.

Algunas características de la propuesta

La propuesta originalmente consistía en otorgar un estímulo del 20%, en forma de

crédito fiscal, aplicable sobre el gasto de investigación y desarrollo tecnológico para las

empresas grandes y de 35% para las empresas pequeñas y medianas.

La iniciativa contemplaba además que los EF dejaran de normarse bajo la Ley de Ingreso

de la Federación, como venía sucediendo desde 1999, lo cual los hacía vulnerables a

cambios anuales. Se proponía en cambio darles estabilidad, volviendo a quedar

normados bajo la Ley de Impuestos sobre la Renta, la cual no necesariamente tiene que

modificarse anualmente.

Se formalizan en el DOF (21-12-01) los créditos fiscales (30%) y crea el Comité

Interinstitucional para Administrarlos. En este Comité participan el CONACYT, las

Secretarías de Hacienda, Economía y Educación.

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La Ley de Ciencia y Tecnología del 2002 (DOF 5 de junio 2002), en su artículo 29,

ratifica la figura del Comité Interinstitucional para la aplicación del EF. Tal comité está

integrado por un representante del CONACYT, quien tendrá voto de calidad, más los

representantes de la Secretaría de Hacienda, de Economía y de Educación.

La nueva Ley del ISR (2002), en su art. 219, (reconoce y afianza) los Créditos Fiscales

mencionados en el 2001, elevando el crédito al 30% ( a diferencia del 20% incremental

que se había establecido en 1999 y el 2000). Además se precisa lo que se entiende por

Investigación y Desarrollo de Tecnología.

Algunas etapas del proceso de cabildeo

Desde 1997 y hasta el 2002, bajo la dirección de un grupo de trabajo coordinado por los

presidentes de administraciones sucesivas de ADIAT (Echegaray, Quintero, Fernández y

Adame), y apoyado por profesionistas especializados, la ADIAT diseñó y cabildeó su

propuesta de EF para el DTI. Sin embargo, antes de conseguir el apoyo de las

autoridades federales del ramo (Economía, Hacienda y Educación), y de los legisladores,

fue necesario conseguir el apoyo de organizaciones cúpula del sector privado y

académico.3

Ante la propuesta que CONACYT retomó de la ADIAT y que es presentada al Congreso

para su aprobación en el 2001, el ingeniero Carlos Bermúdez, Secretario Técnico de la

Comisión de Ciencia y Tecnología del Senado (CCyTS) comenta que la iniciativa

presenta una reglamentación más sencilla y mecanismos de administración en los cuales

el Comité Interinstitucional que lo opera, define muy claramente el rol del CONACYT

como responsable del dictamen técnico, gozando además de un voto de calidad.

La Presidenta de la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados

(CCyTD) logró integrar el consenso de los partidos para mantener el monto máximo del

3 (Comunicaciones personales con ex - presidentes de ADIAT y conferencias de prensa reportadas en los medios, 17 de enero del 2000).

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apoyo en 500 millones de pesos. La siguiente negociación se tenía que dar con los

representantes de las Comisiones Hacendarias, encabezadas en la Cámara de Diputados

por el Diputado Óscar Levin Copel, y en la Cámara de Diputados por el Senador Fauzi

Hamdan.

Esta etapa de la negociación no era una cuestión de trámite, pues las referidas comisiones

de hacienda consideraban que la iniciativa debía remitirse dentro del paquete de la

reforma fiscal, lo cual hubiera reabierto la discusión con respecto a la pertinencia del

instrumento y los montos de apoyo.

El trabajo de cabildeo entre Julián Adame, presidente de la ADIAT (2001-2003) y la

Diputada Silvia Álvarez Bruneliere y el Senador Rodimiro Anaya fue fundamental para

allanar la recta final de la iniciativa.

En paralelo, la vía que se abrió para evitar este escollo fue que las autoridades de

CONACYT, representadas por el Ing. Jaime Parada, con las comisiones hacendarias al

inicio del siguiente periodo ordinario (1 de septiembre del 2001).

Por su parte, la negociación con las bancadas del Partido Revolucionario Institucional

(PRI) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD) se habían desarrollado de

manera muy favorable. Faltaba, sin embargo, conseguir el consentimiento de los

legisladores del Partido Acción Nacional (PAN).

3. Valoraciones y evaluaciones del programa

Ciceri y Díaz (2003:8) reconocen que la nueva ley implica “un avance respecto a la

conceptualización de los términos y alcance de los mismos, es importante contar con

algún grado de precisión en el concepto de tecnología, avance tecnológico, etcétera, ya

que para otorgar el estímulo el contenido semántico de este concepto es importante”.

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En general, la ADIAT ha mostrado satisfacción con respecto al logre que implica haber

cristalizado su propuesta de EF para DTI; sin embargo, no ha dejado se asumir una

postura crítica respecto a los mismos y sobre la necesidad de mejorarlos, tal como

veremos a continuación.

Raúl Quintero, como ex - presidente de ADIAT comentó “que los incentivos fiscales de

que ahora se disfruta gracias a la Ley de Estímulos Fiscales al Desarrollo Tecnológico

han sido el resultado de varias administraciones, y aunque no son aún una maravilla, son

bastante aceptables, pues ahora sí se otorga un incentivo fiscal del 30% de la inversión

en I & D, ya sea gasto corriente o inversión de capital en laboratorios o infraestructura.”

Y añade, “ADIAT seguirá luchando por mejores incentivos fiscales, y por un mejor

ambiente que propicie el desarrollo tecnológico del país.”

El Dr. Leonardo Ríos, Director Adjunto de Desarrollo Tecnológico del CONACYT,

quien tiene bajo su cargo la administración del programa comentó en una entrevista que

se trata de uno de los programas más exitosos, pero que sin embargo “nos gustaría

hacerle cambios, que la innovación sea cada vez más radical, no todos los proyectos

tienen este mérito”. (González, Eduardo 2008)

Juan Carlos Romero Hicks; Director General del CONACYT, indicó que el Programa de

Estímulos Fiscales a la Innovación se encuentra actualmente en estado de revisión por

parte de especialistas de la OCDE, con la intención de conocer si los apoyos que se

ofrecen han sido canalizados adecuadamente. Añadió que los resultados se harán del

conocimiento de la opinión pública. (González, Eduardo 2008)

Evaluaciones

En el Diagnóstico de la política científica, tecnológica y de fomento a la innovación en

México (2000-2006), elaborado por el FCCYT, se incluye una valoración de los Estímulos

Fiscales, elaborado por el Ing. José Antonio Esteba, en el que con gran objetividad se

reconoce que es necesario que hace falta mejorar el programa para que diversifique su

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universo de beneficiarios, en el cual se observa concentración sectorial y una alta

participación de empresas grandes.

Se cuenta con otra evaluación, encomendada por la ADIAT a un panel independiente, la

cual es coordinada por Sanz (2007) y se señala que:

El sistema de estímulos fiscales a la I+D en México es bastante singular en

comparación con los dispositivos estándar en otros países. En la mayoría de los

países, las desgravaciones se realizan automáticamente por las empresas con

los niveles o tipos establecidos, en aplicación de la legislación vigente y

cumplidos los requisitos exigidos para la desgravación, que suele controlar el

servicio de recaudación de impuestos. Sin embargo, la administración mexicana

(proceso mixto entre CONACYT y SHCP) analiza los proyectos presentados y

elegibles uno por uno, para determinar el nivel de “incentivo fiscal otorgado”

(hasta un máximo del 30% del coste del proyecto). Seguramente este

procedimiento responde a las posibilidades de hacer operativo un apoyo de esta

naturaleza en un país donde el sistema de recaudación de impuestos (y como

consecuencia la base fiscal del Estado) es débil; pero el estímulo fiscal es

francamente mejorable, tanto en diseño como en implementación, y debería ser

objeto de una evaluación a fondo de sus resultados, así como de un

benchmarking internacional. (p.18)

Por otra parte, sin demostrar un conocimiento profundo del programa de EF, su lógica

operativa y su razón de ser, en diversos momentos, la Academia Mexicana de Ciencias

ha cuestionado la participación de grandes empresas, algunas de ellas transnacionales

como beneficiarios del programa, ha cuestionado su transparencia y mostrado

escepticismo con respecto a sus impactos. El momento más álgido de esta actitud lo

constituyó la presentación del informe de la AMC “Estímulos fiscales para el fomento

de la investigación científica y la tecnología en México” el 29 de junio del 2008, lo cual

provocó reacciones en la Cámara de Senadores.

El informe advierte sobre la concentración de los beneficios en empresas grandes y

transnacionales, además de señalar que algunas empresas los han usado como

mecanismo de evasión de impuestos. Señala que su incidencia en el desarrollo científico

y tecnológico del país es cuestionable y que carece de mecanismos transparentes de

manejo y regulación.

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Ante estos señalamientos, el Senador Francisco Javier Castellón, presidente de la

Comisión de Ciencia y Tecnología del Senado, consideró que para el programa beneficie

fundamentalmente a las empresas transnacionales, deberían crearse “presupuestos

específicos para micro, pequeñas, medianas y grandes empresas”. 4

La repercusión más importante vendría después: el 22 de julio del 2008, cuando la

Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a través de la Tercera Comisión de

Trabajo5 emitió un Dictamen con Punto de Acuerdo sobre el otorgamiento de estímulos

fiscales en materia de ciencia y tecnología. (Gaceta del Senado, 23 de julio del 2008)

Los puntos de acuerdo fundamentales de la Comisión Permanente se resumen en:

1) Solicita al CONACYT y la SHCP entreguen en de un plazo de 30 días naturales,

información sobre los criterios que se aplicaron en el periodo 2002 – 2007 para el

otorgamiento de los estímulos fiscales;

2) Solicita a la Secretaría de la Función Pública entregue, en de un plazo de 30 días

naturales, los informes y la evaluación que haya hecho de la gestión administrativa

relacionada con el otorgamiento de los estímulos fiscales, durante el periodo 2002 –

2007, con especial referencia a los que se otorgaron a las grandes empresas.

4. Tendencias internacionales de los estímulos fiscales

El número de países que aplica estímulos fiscales para fomentar el desarrollo tecnológico

ha venido en aumento, de 18 países que los ponían en práctica en el 2004, el número

aumento a 20 en el 2006. (OCDE, 2007 STI Scoreboard)

Las economías emergentes están comenzando a hacer un uso de los EF como un

instrumento de política de desarrollo tecnológico, tal es el caso de Brasil, India, Singapur

y Sudáfrica.

4 La Jornada, 30 de junio, 2008 5 La Tercera Comisión de Trabajo del Senado incluye: Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas.

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Los estudios realizados por Warda (2001, 2006) y la OCDE encuentran algunas

diferencias interesantes el tipo de tratamiento que otorgan los países a las empresas

grandes y pequeñas. Por ejemplo, México, junto con España, China y Portugal otorgaron

los mayores niveles de subsidio y no distinguen entre pequeñas y medianas empresas. En

contraste, países como Canadá, Holanda e Italia otorgan estímulos más generosos hacia

las empresas pequeñas. La siguiente gráfica tomada del estudio de Warda ilustra algunas

de estas diferencias.

Fuente: OCDE (2007) Innovation and Growth: Rationale for an Innovation Strategy, Paris.

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Modalidades

Los primeros incentivos se otorgaban sobre la base del gasto incremental en I+D de la

empresa en un determinado periodo. Sin embargo nuevas modalidades y combinaciones

han venido apareciendo.

En un estudio reciente Warda (2006: 13) identificó las siguientes combinaciones. De

acuerdo con este autor, 12 países de la OECD ofrecieron créditos fiscales en el 2005; 8

ofrecieron créditos basados en el monto del gasto en I+D; 2 emplearon únicamente

créditos basados en el monto de incremento del gasto en I+D tomando un periodo de

referencia; tres usaron un sistema mixto, que combinó estas dos posibilidades; mientras

que un países puso a disposición de sus empresas ambas modalidades, que ha fijado

como excluyentes.

El mismo autor señala que la tendencia apunta a deshacerse de las modalidades

incrementales a favor de las basadas en el volumen del gasto total en I+D, debido a su

mayor facilidad para ser implementado.

En varios países, los apoyos a las empresas pequeñas y medianas son más generosos con

relación a las empresas grandes.

El desarrollo de instrumentos fiscales atractivos para las empresas también ha sido

valorado por varios gobiernos como una forma de elevar el ambiente competitivo y así

enfrentar la creciente competencia global en la atracción de inversión extranjera directa,

con alto contenido tecnológico.

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5. Reflexiones finales y conclusión

Después de revisar las principales características del proceso de gestación, diseño,

negociación, cabildeo e instrumentación de los Estímulos Fiscales, surgen los siguientes

puntos de reflexión y conclusión, cada uno de los cuales ameritaría abrir una línea de

investigación profunda al respecto.

1. Las tendencias internacionales en materia de políticas de CTI no bastan por sí

mismas para trasladar instrumentos y políticas que han funcionado en el exterior; ni

tampoco su deseo de ser incorporadas por actores locales. Es necesario contar con la

presencia de actores nacionales, que las traduzcan (en el contexto de las necesidades

nacionales particulares), las hagan propias y construyan los vínculos necesarios entre los

actores pertinentes.

2. Ante un escenario de relativo vacío institucional, caracterizado por la ausencia de

instrumentos efectivos para el desarrollo tecnológico, es explicable que las propuestas de

actores sociales emergentes adquieran visibilidad y resonancia; siempre que la

organización que las postule haya desarrollado bases de representatividad, compromiso y

representatividad.

3. Cabe señalar que este tipo de actores no emergen por generación espontánea, sino

que son la consecuencia de capacidades y conocimientos acumulados en un grupo de

instituciones y actores, cohesionados por intereses comunes y provenientes de ámbitos

institucionales y culturales semejantes.

4. Los argumentos técnicos de una propuesta de política pública para desarrollo

tecnológico, que podría estar bien calificada desde el punto de vista técnico, no bastan

para convencer a los tomadores de decisión de sobre la necesidad de implementarla.

5. Para que una propuesta de este tipo puede instrumentarse en la práctica, hace falta

asumir un proceso de liderazgo claro y paciente, capaz de generar consensos y capacidad

de cabildeo. Así como saber anticipar coyunturas políticas adecuadas.

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6. En una economía con muy escasos recursos, no es sorprendente que algunos

actores asuman posturas de aparente competencia o rivalidad; sin embargo, la vigilancia

y presión que unos ejercen sobre los otros, se constituye en una presión por justificar,

legitimar y mejorar el desempeño de cada uno y el resultado de sus propuestas.

7. Esto genera elementos de presión reales para incorporar el aprendizaje generado en

las evaluaciones como un insumo para el rediseño y mejoramiento de un instrumento de

política como es el caso del los Estímulos Fiscales para el Desarrollo Tecnológico.

Bibliografía

1. Ciceri Silvenses, Hugo Norberto y Díaz García, Antonio Francisco (2003) Evolución de los estímulos fiscales para el desarrollo tecnológico en México, para el periodo 1964-2002, Espacios, v. 24, n. 1, Caracas.

2. Cordes, Joseph (1989) Tax incentives and R&D spending: A review of the evidence, Research Policy, vol. 18, núm. 3, 119-133.

3. Edquist, Charles (1999) Innovation Policy – A Systemic Approach,

4. FCCYT-CONACYT (2008) Promoviendo la innovación y el desarrollo

tecnológico. Programa de Estímulo Fiscal, FCCYT, Ciudad de México. 433 p.

5. González, Eduardo (2008) Revisan estímulos fiscales a C y T, Suplemento ID, La Jornada, junio, 2008.

6. Hall, Bronwyn, Van Reenen, John (2000) How effective are fiscal incentives for R&D? A review of the evidence, Research Policy, vol. 29, issues 4-5, 449-469.

7. Instituto Nacional de la Investigación Científica (1970) Política Nacional y Programas de Ciencia y Tecnología, Centro de Información CONACYT, México.

8. MARTIN, S. y SCOTT, J.T. (1998) Market Failures and the Design of Innovation

Policy. A report prepared for the Working Group on Technology and Innovation Policy, Division of Science and Technology, OECD.

9. OCDE (2007) Innovation and Growth: Rationale for an Innovation Strategy, Paris.

10. OCDE (2007) Science, Technology and Industry Scoreboard 2007, Paris.

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21212121

11. Puchet-Anyul, Martín y Ruiz Nápoles, Pablo (2006) Aspectos Económico Institucionales del Marco Regulatorio Mexicano del Sistema Nacional de Innovación, ponencia presentada en el Simposio “Políticas Públicas y Pertinencia Social de la Investigación”, 1er Congreso Iberoamericano de Ciencia, Tecnología, Sociedad + Innovación, 20 de junio de 2006.

12. Rivas-Sánchez, Carlos (2007) Los incentivos fiscales a la innovación. Una síntesis comparada, Boletín Económico de ICE, Núm. 2915, Julio 2007.

13. Sanz et al (2007) Evaluación de la política de I+D e innovación de México (2001-2006). (Disponible en: http://201.149.22.140/documento/18.pdf)

14. Warda, Jacek (2001), Measuring the Value of R&D Tax Treatment in OECD

Countries, in Special Issue on New Science and Technology Indicators, STI Review No.

27, OECD.

15. Warda, Jacek, JW Innovation Associates, Inc. (2006) Tax Treatment of Business Investments in Intellectual Assets, An International Comparison, STI Working Paper 2006/4, OECD, Paris (Disponible en: www.oecd.org/dataoecd/53/4/36764076.pdf)

Documentación jurídica

1. Gaceta del Senado (2008) Dictamen a Discusión: “De la Tercera Comisión, el que contiene como punto de acuerdo: relativo al otorgamiento de estímulos fiscales en materias de ciencia y tecnología”. Gaceta del Senado, 23 de julio del 2008.

2. Ley de Ciencia y Tecnología (2002), DOF, México.

3. Ley del impuesto sobre la Renta (2002), art. 219, Diario Oficial de la Federación (DOF), 1 de enero 2002.

4. Ley del Impuesto sobre la Renta (2002), DOF, México.

5. Ley de Ingresos de la Federación (2002), Art. 15 al 17, DOF, México.

6. SHCP, Reglas de Operación del Comité Interinstitucional del Estímulo Fiscal para la Investigación y el Desarrollo Tecnológico (2001).