circular informativa
DESCRIPTION
Titulaciones deportivasTRANSCRIPT
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
1
CIRCULAR Nº:13
INTRODUCCIÓN Desde la R.F.E.K y D.A. queremos informar a todos los departamentos de Escuela de Preparadores de las distintas Federaciones Autonómicas en qué situación nos encontramos con respecto a nuestras actividades de formación deportiva.
Todos los cambios que se están produciendo están encaminados a que el Kárate y D.A se configuren como enseñanzas de Régimen Especial, con validez académica y profesional, y que tengan equivalencia a los grados de Formación Profesional que correspondan.
Tenemos que tener claro que nos encontramos en un periodo transitorio, y que estamos trabajando para que el Karate y sus disciplinas asociadas avancen hasta poder convertirnos en enseñanzas deportivas, como otras modalidades deportivas que ya lo han conseguido.
Desde este departamento se va realizar todo el esfuerzo necesario para que nuestro deporte siga progresando y alcanzar este objetivo que nos hemos propuesto.
Lo primero que debemos tener en cuenta es que las antiguas titulaciones federativas han pasado a la historia (Monitor, Entrenador Regional y Entrenador Nacional) por lo que desde este departamento pedimos a todas las federaciones Autonómicas que no convoquen titulaciones de este tipo ya que en estos momentos sería un retroceso en nuestro proceso de afianzamiento en el periodo transitorio en el que nos encontramos.
A partir de ahora, deberíamos sólo convocar cursos de titulaciones deportivas del periodo transitorio (Nivel I, Nivel II y Nivel III) hasta el momento en el que podamos instaurar las nuevas titulaciones oficiales (Técnico Deportivo: ciclo inicial (400h), ciclo final (600h) y Técnico deportivo Superior (750h)).
TÉCNICOS DEPORTIVOS
ESTADO ACTUAL DEL PERIODO TRANSITORIO
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
2
TABLA ESQUEMÁTICA DE LAS TITULACIONES
NO OFICIALES TITULACIÓN FEDERATIVA (Antigua titulación)
OFICIALES TITULACIÓN TRANSITORIA (actual titulación)
OFICIALES ENSEÑANZAS DEPORTIVAS DE TÉCNICO DEPORTIVO Y TÉCNICO DEPORTIVO SUPERIOR EN KÁRATE ( en el futuro)
Monitor Monitor Nivel I CICLO INICIAL Entrenador Regional Entrenador Regional Nivel II TÉCNICO DEPORTIVO EN
KARATE, CICLO FINAL Entrenador Nacional Entrenador Nacional Nivel III TÉCNICO DEPORTIVO
SUPERIOR EN KARATE, CICLO SUPERIOR
Por su parte la R.F.E.K y D.A, en la actual situación de periodo transitorio, ha propuesto los planes formativos de los niveles I, II y III de la modalidad deportiva de karate reconocida por el Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Orden EDU/3186/2010, de 7 de Diciembre, dicho plan formativo podéis consultarlo en la Resolución de 29 de Junio de 2011 que encontraréis en el Boletín Oficial del Estado de 18/07/2011.
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
3
CONVOCATORIA CURSO ENTRENADORES DEPORTIVOS
EN PERIODO TRANSITORIO EN KARATE (NIVEL III)
INTRODUCCIÓN
La RFEK, a través de la Escuela de Preparadores, convoca el curso de entrenador nacional de Karate nivel III, regulado de acuerdo a los requisitos generales y efectos de formaciones
deportivas que marca el Real Decreto 1363/2007; Orden EDU 3186/2010 del 7 de diciembre y la Resolución 29 de Junio de 2011 por lo que se publican los Planes formativos de karate, en el cual se regulan las enseñanzas deportivas en periodo transitorio.
En este último nivel, el curso está dirigido para todos aquellos entrenadores que quieran alcanzar el grado máximo de enseñanza. Además estará enfocado para alcanzar el más alto nivel de desarrollo técnico‐táctico y de ejecución en los entrenamientos y competiciones, teniendo un amplio conocimiento de todas las materias que rodean el alto rendimiento deportivo.
La calidad y experiencia profesional de los profesores que imparten las enseñanzas hacen posible un alto grado de aprendizaje teórico y práctico.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL CURSO DE ENTRENADOR NIVEL III
Para acceder al nivel III, estar en posesión del título de Bachiller o equivalente a efectos de acceso de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, y acreditar la superación del nivel II de la misma modalidad o especialidad deportiva y estar en posesión cinturón negro 3º dan, y estar en posesión de la licencia anual
Según la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre: Para el acceso a las enseñanzas del grado superior o para la iniciación de los expedientes de equiparación de las formaciones y enseñanzas de dicho grado previstas en este Real Decreto, se podrá acreditar alguna de las siguientes condiciones:
a. El título de Bachiller establecido por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación general del Sistema Educativo.
b. La superación de la prueba de acceso sustitutoria del requisito del título de Bachiller para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior.
c. La superación del segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental. d. El título de Técnico especialista o el título de Técnico superior. e. El título de Maestría Industrial. f. El título de Bachiller superior con el Curso de Orientación Universitaria (COU) o el
Preuniversitario. g. La superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años. h. Cualquier título universitario, de ciclo largo o de ciclo corto. i. La superación de otros estudios que hubieran sido declarados equivalentes a los
anteriores.
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
4
ACCESO CON FORMACIONES DEL LLAMADO PERIODO TRANSITORIO (regulado por la Orden 3310/2002).
Para la incorporación a las formaciones del nivel III será necesario acreditar el nivel II de las formaciones de periodo transitorio y cumplir los requisitos de carácter general y los específicos que se desarrollan en el Plan de Formación de kárate (3º DAN)
ACCESO CON FORMACIONES FEDERATIVAS.
Los aspirantes con diplomas federativos obtenidos antes del 30/12/ 2002:
Disposición adicional primera Orden EDU 3186/2010. Incorporación a estas formaciones acreditando formaciones desarrolladas hasta la entrada en vigor de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre.
Para la incorporación a las formaciones del nivel III, además de los requisitos específicos, académicos y de edad establecidos en el artículo 10.a), se deberá acreditar el nivel II promovido por Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y de Melilla o por Federaciones deportivas, hasta la entrada en vigor de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, y haber actuado como entrenador federado durante dos temporadas deportivas en el mismo nivel del diploma o certificado acreditado.
PLAN DE ESTUDIOS
BLOQUE COMÚN TOTAL HORAS: 200
- Factores fisiológicos de alto nivel (60 horas).
- Factores psicosociológicos del alto rendimiento (45 horas).
- Formación de formadores deportivos (55 horas).
- Organización y gestión aplicada al alto rendimiento (40 horas).
BLOQUE ESPECÍFICO TOTAL HORAS: 210
- Planificación del entrenamiento en Karate en la etapa del alto rendimiento: 35 h
- Preparación específica de Kata y Kumite: 35h - Kumite III: 40h - Kata III: 35 h - Reglamentos III: 10 h - Nutrición y dopaje en Karate: 10h - Defensa personal III: 25h - Desarrollo profesional en Kárate III 10 - Aspectos históricos y filosóficos del Kárate II. 10
BLOQUE DE PRÁCTICAS TOTAL HORAS: 200
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
5
FECHA DE REALIZACIÓN: 6‐17 DE JULIO DEL 2013
HORARIOS: 9‐14 DE LA MAÑANA; 15:30‐20:30 DE LA TARDE
DESARROLLO DEL CURSO: BLOQUE COMÚN (A distancia) • Bloque común se dará por plataforma virtual en la modalidad “on line”. • Todo el temario, las dudas y las prácticas correspondientes a cada módulo se
recibirá y enviará a través de esta plataforma. • El bloque común se realizará mediante Convenio establecido de la RFEK y la
Escola Balear del Deporte
BLOQUE ESPECÍFICO (Presencial)
- Del 6 de julio al 17 de julio del 2013 - Se pondrá a disposición del alumno la posibilidad de utilizar la residencia de la
Academia de Policía como estancia. - Las estancias correrán a cargo del alumno.
NOTA: La presentación de los cursos será el 6 de julio a las 9:00 h. en la Academia de Policía de Ávila, a continuación se comenzarán las clases.
BLOQUE DE PRÁCTICAS A lo largo de la temporada 2013/2014. Durante el curso se especificará las fechas de entrega de trabajos para las diferentes titulaciones NOTA: Para que el alumno pueda ser evaluado es imprescindible la asistencia obligatoria al 90% de la carga lectiva de cada asignatura. En caso de no cumplir este requisito, el alumno tendrá que presentarse a un examen en la convocatoria extraordinaria
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
6
CONVOCATORIA CURSO ENTRENADORES DEPORTIVOS
EN PERIODO TRANSITORIO EN KARATE (NIVEL I)
Se convoca en conjunto el curso de monitor de Karate nivel I, monitor de Kenpo nivel I, monitor de Tai Jitsu nivel I y monitor Kung fu nivel I regulado de acuerdo a los requisitos
generales y efectos de formaciones deportivas que marca el Real Decreto 1363/2007; Orden EDU 3186/2010 del 7 de diciembre y la Resolución 29 de Junio de 2011 por lo que se publican los Planes formativos de karate, en el cual se regulan las enseñanzas deportivas en periodo transitorio.
En este primer nivel, el curso está dirigido para todos aquellos practicantes que quieran comenzar con el proceso de formación deportiva.
La calidad y experiencia profesional de los profesores que imparten las enseñanzas hacen posible un alto grado de aprendizaje teórico y práctico.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL CURSO DE ENTRENADOR NIVEL I
Para acceder al nivel I, estar en posesión del título de ESO o equivalente a efectos de acceso de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, estar en posesión cinturón negro 1º dan, y estar en posesión de la licencia anual
Según la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre: Para el acceso a las enseñanzas del grado superior o para la iniciación de los expedientes de equiparación de las formaciones y enseñanzas de dicho grado previstas en este Real Decreto, se podrá acreditar alguna de las siguientes condiciones:
1. Para el acceso a las enseñanzas del grado medio o para la iniciación de los expedientes de equiparación de las formaciones y enseñanzas de dicho grado previstas en este Real Decreto, se podrá acreditar alguna de las siguientes condiciones:
a. El título de Graduado en Educación Secundaria.
b. La superación de la prueba de acceso sustitutoria del requisito del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a las enseñanzas deportivas de grado medio.
c. El título de Técnico auxiliar.
d. El título de Técnico.
e. La superación del segundo curso de Bachillerato Unificado y Polivalente.
f. El título de Bachiller Superior.
g. La superación del segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma de las enseñanzas medias.
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
7
h. La superación del tercer curso del plan 1963 o del segundo curso de comunes experimental de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
i. El título de Oficialía Industrial.
j. La superación de otros estudios que hayan sido declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
k. Todos los títulos y situaciones que se detallan en el punto 2 de esta disposición adicional.
PLAN DE ESTUDIOS
KÁRATE
BLOQUE COMÚN TOTAL HORAS: 60
- Actividad física adaptada y discapacidad (5h)
- Primeros auxilios (30h)
- Bases del comportamiento deportivo (20h)
- Organización deportiva (5h)
BLOQUE ESPECÍFICO TOTAL HORAS: 70
- Kumite I: 15 h - Kata I: 10 h - Didáctica del Kárate: 20h - Seguridad e higiene en Kárate: 5h - Reglamento de kata, kumite y prekumite: 5 h - Kárate y su aplicación en Defensa personal I: 5h - Desarrollo profesional en Kárate I: 5 h - Aspectos históricos y filosóficos del Kárate I: 5h
BLOQUE DE PRÁCTICAS TOTAL HORAS: 150
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
8
TAI JITSU
BLOQUE COMÚN TOTAL HORAS: 60
- Actividad física adaptada y discapacidad (5h)
- Primeros auxilios (30h)
- Bases del comportamiento deportivo (20h)
- Organización deportiva (5h)
BLOQUE ESPECÍFICO TOTAL HORAS: 65
- Kumite I: 10 h - Expresión técnica I: 10 h - Goshin Shobu I: 10h - Didáctica del Tai jitsu: 10h - Seguridad e higiene en Tai jitsu: 5h - Reglamento de expresión técnica, goshin shobu y kumite: 5 h - Kárate y su aplicación en Defensa personal I: 5h - Desarrollo profesional en Tai jitsu I: 5 h - Aspectos históricos y filosóficos del Tai jitsu: 5h
BLOQUE DE PRÁCTICAS TOTAL HORAS: 150
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
9
KENPO
BLOQUE COMÚN TOTAL HORAS: 60
- Actividad física adaptada y discapacidad (5h)
- Primeros auxilios (30h)
- Bases del comportamiento deportivo (20h)
- Organización deportiva (5h)
BLOQUE ESPECÍFICO TOTAL HORAS: 70
- Combate I: 15 h - Formas/Kata: 10 h - Didáctica del Kenpo: 15 h - Seguridad e higiene en el Kenpo: 5h - Reglamento de competición: 5 h - La Defensa personal en el Kenpo: 10 h - Desarrollo profesional en Kenpo: 5 h - Aspectos históricos y filosóficos del Kenpo : 5h
BLOQUE DE PRÁCTICAS TOTAL HORAS: 150
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
10
KUNG FU
BLOQUE COMÚN TOTAL HORAS: 60
- Actividad física adaptada y discapacidad (5h)
- Primeros auxilios (30h)
- Bases del comportamiento deportivo (20h)
- Organización deportiva (5h)
BLOQUE ESPECÍFICO TOTAL HORAS: 65
- Combate: 15 h - Tao lu I: 10 h - Didáctica del Kung fu: 20h - Seguridad e higiene en Kung fu: 5h - Reglamento de competición: 5 h - Qui na, la Defensa personal del kung fu: 5h - Desarrollo profesional en kung fu: 5 h - Aspectos históricos y filosóficos del Kung fu: 5h
BLOQUE DE PRÁCTICAS TOTAL HORAS: 150
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
11
FECHA DE REALIZACIÓN: 6‐10 DE JULIO DEL 2013
HORARIOS: 9‐14 DE LA MAÑANA; 15:30‐20:30 DE LA TARDE
DESARROLLO DEL CURSO: BLOQUE COMÚN (A distancia) • Bloque común se dará por plataforma virtual en la modalidad on line • Todo el temario, las dudas y las prácticas correspondientes a cada módulo se
recibirá y enviará a través de esta plataforma. • El bloque común se realizará mediante Convenio establecido de la RFEK y la
Escola Balear del Deporte
BLOQUE ESPECÍFICO (Presencial)
- Del 6 de julio al 10 de julio del 2013 - Se pondrá a disposición del alumno la posibilidad de utilizar la residencia de la
Academia de Policía como estancia. - Las estancias correrán a cargo del alumno.
NOTA: La presentación de los cursos será el 6 de julio a las 9:00 h. en la Academia de Policía de Ávila, a continuación se comenzarán las clases.
BLOQUE DE PRÁCTICAS A lo largo de la temporada 2013/2014. Durante el curso se especificará las fechas de entrega de trabajos para las diferentes titulaciones NOTA: Para que el alumno pueda ser evaluado es imprescindible la asistencia obligatoria al 90% de la carga lectiva de cada asignatura. En caso de no cumplir este requisito, el alumno tendrá que presentarse a un examen en la convocatoria extraordinaria
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
12
CONVALIDACIONES: Quienes acrediten estudios oficiales españoles relacionados con la actividad física y el deporte (Licenciado o Grado en Ciencias de la Actividad física, Magisterio de Educación Física, Técnico en Actividades Físicas y Animación Deportiva (TAFAD), Técnico de actividades físico deportivas en medio natural o Técnico Deportivo en otra modalidad) pueden convalidar parte del bloque común o su totalidad.
Las convalidaciones hay que solicitarlas al titular del Ministerio de Educación, a través del CSD debiendo acreditar la copia compulsada del título académico, el resguardo de matrícula del bloque común en el centro autorizado así como la solicitud.
NOTA: La solicitud de convalidación se puede descargar de la página del CSD en la siguiente dirección:https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/Pdf/991946_solicitud.pdf Instrucciones para la cumplimentación de las solicitudes de convalidación: https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/pdf/991946‐instrucciones.pdf INSCRIPCIONES:(ANEXO I)
A través de las Federaciones Autonómicas de Karate.
- Cuotas de los Cursos: *Técnico Nivel III: 1.100€. *Técnico Nivel I: 550€.
- Licencia Nacional en vigor.
NOTA: Para poder realizar los cursos, será necesario un mínimo de 25 alumnos para el Curso de Nivel I (de los cuales tiene que haber al menos 7 alumnos en cada una de las disciplinas asociadas), y 20 alumnos para el Nivel III. En el caso de que el curso no se pueda realizar, se procedería a la devolución del importe a los alumnos matriculados en dicho curso.
El alumno que diez días antes del comienzo del curso presente baja, solo se le devolverá el 30 por ciento del importe.
FECHA LÍMITE DE INSCRIPCIÓN A LOS CURSOS: 7 de Mayo de 2013
Madrid, 10 de Abril de 2013
Vº Bº
PRESIDENTE DE LA R.F.E.K. y D.A. LA DIRECTORA DE LA E.N.P.
ANTONIO MORENO MARQUEÑO RUTH JIMENEZ FERANANDEZ
DESTINATARIOS: TODAS LAS FEDERACIONES AUTONOMICAS DE KARATE
Real Federación Española de Karate y D.A.
www.rfek.es
13
ANEXO I: HOJA DE INSCRIPCIÓN CURSO DE LA ESCUELA NACIONAL DE PREPARADORES.
NIVEL: I II III Karate Kenpo Tai Jitsu Kung Fu
DATOS SOLICITANTE
FEDERACIÓN AUTONOMICA
APELLIDOS
NOMBRE
FECHA NACIMIENTO
CORREO ELECTRÓNICO
DOMICILIO EN
CALLE C. POSTAL
DATOS DOMICILIO Nº PISO LETRA
TELEFONOS FIJO MOVIL
GRADO EN KARATE Ó D.A D.N.I.
TITULACION DE KARATE Ó D.A.
DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR:
- 2 Fotografías tamaño carnet. - Fotocopia D.N.I. - Fotocopia Certificado Académico. - Fotocopia Titulación Deportiva anterior. - Licencia nacional en vigor.
Firma del solicitante Vº Bº
Federación Autonómica