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1 MARCO GENERAL E INNOVACIONES DE LA MARCO GENERAL E INNOVACIONES DE LA NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. ACTOS PREPARATORIOS. ACTOS PREPARATORIOS. Decreto Supremo Nº 184-2008-EF

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Clase 1 Ada Basulto

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Page 1: Clase 1 Ada Basulto

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MARCO GENERAL E INNOVACIONES DE LA MARCO GENERAL E INNOVACIONES DE LA NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO.NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO.

ACTOS PREPARATORIOS.ACTOS PREPARATORIOS.

Decreto Supremo Nº 184-2008-EF

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OBJETIVO DE LA NORMA DE CONTRATACIÓN ESTATAL

Establecer normas orientadas a maximizar el maximizar el valor del dinerovalor del dinero del contribuyente en las contrataciones que realicen las entidades del sector público, de manera que éstas se efectúen en forma oportunaforma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, a través de los principios de la normativa.

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PRINCIPIOS NUEVOS

Principio de Equidad: Equivalencia entre los derechos y obligaciones de las partes.

Principio de sostenibilidad ambiental: Evitar en lo posible mayor impacto ambiental en las contrataciones.

Publicidad: Garantizar la adecuada publicidad en las convocatorias de procesos.

Promoción del Desarrollo Humano: La contratación pública deber coadyuvar al desarrollo humano.

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INAPLICACIÓN DE LA NORMA: SUPUESTOS MÁS IMPORTANTES I

Contratación directa: Montos iguales o menores a 3 UIT (S/. 10,650.00)(S/. 10,650.00) vigentes al momento de la contratación, salvo que los bienes y/o servicios estén incluidos en el Catálogo de Convenio Marco.

Locación de servicios o servicios no personales con personas naturales: Estos se regulan mediante los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) Decreto Legislativo 1057 y Decreto Supremo 075-2008-PCM.

La ejecución de obras por administración directa, salvo las contratación de bienes y servicios que se requieran para ello.

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Inaplicación de la norma: Supuestos más importantes II

Las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliadosno domiciliados en el país cuyo mayor valor estimadomayor valor estimado de las prestaciones se realice en el territorio extranjero.

Las compras que realicen las entidades mediante remate públicoremate público, las que realizarán de conformidad con la normativa de la materia.

Los convenios de cooperación, gestión u otros de naturaleza análoga, suscritos entre Entidades o entre éstas y organismos internacionales, siempre que se brinden los bienes, servicios u siempre que se brinden los bienes, servicios u obras propios de la función que por ley les corresponde, y además obras propios de la función que por ley les corresponde, y además no persigan fines de lucrono persigan fines de lucro. No podrán utilizarse para ENCARGARENCARGAR procesos de selección. (8va Disp. Comp – Transitoria (8va Disp. Comp – Transitoria Reglamento)Reglamento)

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ACTORES DE LA COMPRA PÚBLICA: DEPENDENCIAS Y ÓRGANOS QUE PARTICIPAN

Órgano encargado de las contratacionesÓrgano encargado de las contrataciones: Logística, quien gestiona el abastecimiento

Dependencia usuariaDependencia usuaria: Órgano que solicita la compra o, por su especialización, es quien tramita los requerimientos de otros.

Comité EspecialComité Especial: Órgano que selecciona al proveedor mediante un proceso de selección.

Titular de la entidadTitular de la entidad: La más alta autoridad ejecutiva y tiene las facultades de aprobación, autorización y supervisión dentro de la entidad. En las empresas del Estado el titular es el Gerente General.

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ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES (LOGÍSTICA)

Los miembros de logística deberán estar capacitados y cumplir con ciertos requisitos.

80 horas lectivas certificadas; experiencia general de tres años y experiencia específica en materia de contrataciones públicas o logística privada no menor de un año.

Los “logísticos” certificados estarán en una base de datos administrado por el OSCE. OSCE establecerá las disposiciones para la acreditación así como para la certificación del personal logístico.

El Titular de la Entidad deberá aprobar un manual de contratación.

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LA PROGRAMACIÓN EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

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PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES

Documento de gestión que incluirá todas las contrataciones de bienes, servicios u obras que se necesiten en un determinado ejercicio fiscal, con independencia del régimen que las regule.

Plazo de aprobación: 15 días hábiles siguientes a la aprobación del PIA. Publicación en el SEACE máximo a los 5 días hábiles de aprobado.

Evaluación semestral del PAAC por el Titular. El expediente deberá contener las ofertas no ganadoras. En segunda convocatoria sólo será aprobado el

expediente si éste se modifica en alguno de sus extremos.

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LAS NECESIDADES DE LAS DEPENDENCIAS USUARIAS Y ELABORACIÓN DEL PAAC

Las dependencias deberán determinar sus requerimientos para lo cual utilizarán el código ciiu que administra el OSCE. (Revisar el artículo 6 del Reglamento, último (Revisar el artículo 6 del Reglamento, último párrafo, ¿De qué actividad es responsable la logística?párrafo, ¿De qué actividad es responsable la logística?

Proyecto de PAAC, el que será revisado una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura.

El Titular de la Entidad evaluación semestralEl Titular de la Entidad evaluación semestral

Este documento puede modificarse.

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Contenido del PAAC

El objeto de contratación. La descripción y el código asignado. Valor estimado y tipo de proceso, así como la modalidad de

selección. Fuente de Financiamiento. Tipo de moneda. Fecha prevista de la convocatoria.Fecha prevista de la convocatoria.

Nota: No será necesario la inclusión de las menores Nota: No será necesario la inclusión de las menores cuantías no cuantías no programablesprogramables

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Expediente de contratación

Conjunto de documentos técnicos y económicos que contienen las actuaciones del proceso, desde el requerimiento hasta la culminación del contrato. Este expediente debe incluir las ofertas no ganadoras.

Condiciones obligatorias de la contratación. Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado. Valor referencial. Disponibilidad presupuestal. Tipo de proceso de selección, modalidad y sistema de contratación. En caso la primera convocatoria sea desierta, sólo se aprobará un

nuevo expediente (en segunda convocatoria) si se éste fue modificado en algún extremo.

Logística es la encargada de estructurar el expediente y solicitar la aprobación ante el funcionario competente.

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Requerimiento y características de lo que se va a contratar

Descripción detallada. Dependencia usuaria define la calidad, cantidad, Dependencia usuaria define la calidad, cantidad,

condicionescondiciones. No se podrá hacer referencia a marcas, salvo una

procedimiento aprobado de estandarización. El usuario deberá indicar la finalidad públicadeberá indicar la finalidad pública.. Deberán cumplir con los reglamentos técnicos, normas Deberán cumplir con los reglamentos técnicos, normas

metrológicas y/o sanitarias, así como los reglamentos metrológicas y/o sanitarias, así como los reglamentos sectoriales.sectoriales.

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Estudio de las posibilidades que ofrece el mercadoProcedimiento para:

2. Determinar el valor referencial.• Pluralidad de potenciales postores y marcas.• Posibilidad de distribuir la buena pro.• Afinar las características del bien o servicio.• Obtener información relevante para establecer los Obtener información relevante para establecer los

factores de evaluación.factores de evaluación.• Otros aspectos necesarios que tengan incidencia en

la contratación.

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Aspectos considerados en el estudio de las posibilidades

• Presupuestos y cotizaciones actualizados de folletos, páginas web, catálogos.

• Precios históricos.• Estructura de costos, cuando sea aplicable.Estructura de costos, cuando sea aplicable.• Alternativas según niveles de comercialización.• Descuentos por volúmenes.• Disponibilidad inmediata.• Mejora en las condiciones de contratación.• Beneficios adicionales, así como la vigencia

tecnológica del objeto de la contratación.

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Antigüedad del valor referencial

Naturaleza pública. Puede ser reservado si logística lo sustenta y el titular lo aprueba. Esta situación deberá constar en el expediente.

Para bienes y servicios, la vigencia será de tres meses contados a partir de la aprobación del expediente.

Para consultoría de obras, la vigencia será de seis meses, contados a partir de la aprobación del expediente.

Para la ejecución de obras, la vigencia será de seis meses, contados a partir de la fecha de determinación del presupuesto de obra consignado en el expediente. Cabe precisar que en Cabe precisar que en este punto existe una discrepancia con la disposición legal este punto existe una discrepancia con la disposición legal debido a que ésta señala que el plazo se computa desde la debido a que ésta señala que el plazo se computa desde la convocatoria.convocatoria.

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Límites al Valor Referencial

No se admitirá propuestas mayores al valor referencial, salvo casos de ejecución de obras, cuyo límite máximo será el 110% del V. Referencial.

En caso de obras y consultoría de obras el límite mínimo es 90%. Para otorgar la buena pro en caso de los límites máximos, se Para otorgar la buena pro en caso de los límites máximos, se

necesita certificación y autorización del Titular de la Entidad. El necesita certificación y autorización del Titular de la Entidad. El plazo no debe exceder de los 10 días hábiles, contados desde la plazo no debe exceder de los 10 días hábiles, contados desde la fecha de otorgamiento.fecha de otorgamiento.

Se precisa la mecánica de redondear los decimales que conforman la propuesta económica. Antes el método se deducía del un Acuerdo del Tribunal de Contrataciones.

Posibilidad, en obras, de reducir la propuesta económica si es Posibilidad, en obras, de reducir la propuesta económica si es que se superó el V.R.que se superó el V.R.

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Valor referencial en caso de recuperaciones – honorarios de éxito

El valor referencial se determina aplicando el porcentaje sobre el monto máximo a cobrar o recuperar.

En los servicios podrán considerarse honorarios de éxitos siempre que sean usuales en el mercado. Para ello es necesario que la logística deberá emitir un informe donde de justifique su necesidad y monto. Si se acepta, el valor referencial se determinará incluyendo el monto fijo y el monto máximo del honorario de éxito.

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Valor Referencial – Intervención del Comité Especial

El Comité Especial tiene la ¿facultad? de observar el valor referencial. Si la logística modifica el valor y esto genera a su vez una modificación del tipo de proceso de selección, entonces éste será declarado nulo.

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Valor Referencial: Obras

El V.R. es el presupuesto de obra establecido en el exp. técnico. Este presupuesto debe estar detallado indicando las partidas y subpartidas, así como la cantidad y calidad de los insumos requeridos. Deberá estar sustentado en un análisis de precios competitivos.

Los consultores o servidores públicos que participaron en su elaboración y/o aprobación deberán suscribirlo.

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Disponibilidad Presupuestal

Precisión cuando el devengado se producirá en un año fiscal distinto a aquel en que se produce la convocatoria. En esos supuestos, la Oficina de Presupuesto debe otorgar la certificación por el año fiscal donde se produce la convocatoria y una constancia de que el gasto será considerado en la programación del año fiscal que corresponda.

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EL COMITÉ ESPECIAL

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Comité Especial: Integración y clases de colegiados

Estará integrado por tres miembros. Uno es logístico, uno es usuario. Uno de los miembros debe conocer del objeto de convocatoria. Podrá integrarlo un experto independiente (bienes sofisticados, servicios especializados u obras).

Es posible un comité permanente para las adjudicaciones directas. En este caso, la conformación obligatoria sólo exige la presencia del logístico. Las AMC las llevará la Las AMC las llevará la logística, pero el titular puede designar un logística, pero el titular puede designar un ad hoc.ad hoc.

Si un proceso queda desierto, el mismo comité que llevó el proceso convocará la AMC.

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COMITÉ ESPECIAL: CARACTERÍSTICAS Y PARTICULARIDADES

CORRESPONDENCIA EXPRESA ENTRE LOS TITULARES Y SUPLENTES.

NOTIFICADO Y RECIBIDO EL EXPEDIENTE EL PRESIDENTE DEBEDEBE CONVOCAR A SU INSTALACIÓN EN UN DÍA HÁBIL.

LA AUSENCIA DEL TITULAR SERÁ INVESTIGADA Y ANALIZADA POR LA ENTIDAD.

PUEDE SOLICITAR APOYO A LAS DEMÁS DEPENDENCIAS QUIENES DEBERÁN BRINDÁRSELO, BAJO DEBERÁN BRINDÁRSELO, BAJO RESPONSABILIDAD.RESPONSABILIDAD.

LOS ACUERDO CONSTARÁN EN ACTAS. LAS DECISIONES LOS ACUERDO CONSTARÁN EN ACTAS. LAS DECISIONES SON POR MAYORÍA O UNANIMIDAD.SON POR MAYORÍA O UNANIMIDAD.

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Comité Especial: Responsabilidad

Todos los miembros son iguales y responsables solidarios por las decisiones, salvo que hayan suscrito un voto discrepante, el mismo que debe ser sustentado.

No pueden ser removidos, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

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Bases: Aprobación y características

Se aprobará con documento escrito. La aprobación no la podrá hacer la logística o el Comité.

Los originales deben estar visados por los miembros o logística.

Uso obligatorio de las bases estandarizadas del OSCE. La prepublicación ahora es opcional. Estarán registradas en el SEACE y podrán venderse a

costo de reproducción en la entidad

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Procesos de selección

Los plazos mínimos de los procesos son modificados. Se incluye un tratamiento para las adjudicaciones de menor cuantía.

Las etapas de consultas y observaciones vuelven a separarse en caso de Licitaciones y Concursos Públicos.

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ETAPAS EN LICITACIONES Y CONCURSOS PÚBLICOS

Entre convocatoria y presentación de propuestas plazo no menor de 22 días hábiles.

Plazo para presentar consultas: Mínimo 5 días hábiles. Plazo para absolver: Máximo 5 días hábiles.

Plazo para presentar observaciones: 5 días hábiles. Plazo para absolver: Máximo 5 días hábiles.

Plazo entre integración y presentación de propuestas: Mínimo 5 días hábiles.

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ETAPAS PARA ADJUDICACIONES DIRECTAS

Entre convocatoria y presentación de propuestas: 10 días hábiles.

Formulación de consultas y observaciones: mínimo 3 días hábiles. Absolución de consultas y observaciones: máximo 3 días hábiles.

Entre integración y presentación de propuestas como mínimo 3 días hábiles.

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ETAPAS PARA MENOR CUANTÍA BIENES Y SERVICIOS

La normativa establece que entre convocatoria y presentación de propuestas deberá existir un plazo mínimo de 2 días hábiles.

En este tipo de procesos no hay consultas, observaciones o integración de bases.

Precisa que si la AMC deriva de una LP, CP o AD desierta, entonces el plazo mínimo comentado es de 6 días hábiles.

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ETAPAS DE ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTÍA EN OBRAS Y CONSULTORÍAS DE OBRAS

Se fusionan las etapas de consultas y observaciones.

Entre convocatoria y presentación de propuesta mínimo 6 días. Si la AMC deriva de una LP, CP o AD desierta, el plazo será no menor de 8 días hábiles.

Para presentar consultas el plazo mínimo es 2 días hábiles, para absolverlas máximo 2 días hábiles.

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PRONUNCIAMIENTOS

Dos tratamientos: - La Entidad. - El Organismo Supervisor de las Contrataciones

Estatales. Si el proceso es mayor a 300 UIT (S/. 1’065,000)

el OSCE se pronunciará en un plazo de 10 días hábiles. Si el proceso es menor, la Entidad se pronunciará, a través de su Titular del Pliego en un plazo no mayor de 8 días hábiles.

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OTORGAMIENTO Y CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

En caso de empate. Adjudicaciones a favor de microempresas integradas por personas con discapacidad. Deberán acreditar de acuerdo con la ley de la materia.

Licitaciones y concursos: 8 días hábiles. Adjudicaciones: 5 días hábiles. Si se presenta una sola oferta, consentimiento es el

mismo día. El desierto puede darse, si no se registran participantes,

culminada dicha etapa. Se convocará una menor cuantía que no podrá ser electrónica.

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MODALIDADES DE CONTRATACIÓN

Concurso oferta. Expediente y, si fuera el caso, terreno. Sólo para obras a suma alzada, siempre que el monto corresponda a una licitación.

Llave en mano. Construcción, equipamiento y puesta en servicio. En una obra puede ofrecerse la elaboración del expediente técnico. En caso de bienes implica la instalación y puesta en funcionamiento.

Cuando tenga que ofertarse ejecución y elaboración del expediente, deberá presentarse un RNP por consultoría de obras y otro por ejecutor de obras.

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COMPRAS CORPORATIVAS

Economía de escala. Facultativas u obligatorias. Los bienes deberán ser susceptibles de ser homogenizados. Sólo implica el proceso de selección; la ejecución contractual

es responsabilidad de cada entidad. La compra corporativa será a cargo de Perú Compras. D.S. dirá qué bienes están sujetos a la corporativa, así como

qué entidades. Perú Compras, dispondrá los procedimientos para la

coordinación entre ésta y las entidades sujetas.

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SELECCIÓN POR ENCARGO: CARACTERÍSTICAS

Encargo a entidades públicas o privadas; nacionales o internacionales. Instrumento legal: Convenio Interinstitucional

Se necesita un informe técnico legalinforme técnico legal que sustente la viabilidad del encargo, el que será aprobado por el Titular de la Entidad.

¿Quién tramita los actos preparatorios, sobre todo el ¿Quién tramita los actos preparatorios, sobre todo el valor referencial?valor referencial?

La encargante deberá aprobar el expediente y las aprobar el expediente y las basesbases. (Dif con la corporativa facultativa)

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ENCARGO A UNA ENTIDAD PÚBLICA

La encargada designará al comité especial. La apelación la resolverá la encargante o el

Tribunal, según corresponda. ¿Cuál es el plazo para remitir los expedientes

una vez consentida la buena pro? ¿Quién determina el valor referencial? ¿Quién

tramita el exp. de contratación? Una cosa es la aprobación, otra el trámite.

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Encargo a una Entidad Privada nacional o internacional

Necesario un proceso de selección.Necesario un proceso de selección. El titular aprobará la decisión del encargo, facultad

indelegable. La encargada deberá acreditar experiencia de dos

años en compras públicas o privadas en el mercado nacional o internacional. RNP y no estar sancionadas.

Los procesos que hagan las encargadas también se sujetará a la norma de contratación pública.

Para cada encargo se necesita un convenio específico. Eso implicaría que la selección de la encargada es Eso implicaría que la selección de la encargada es general y para varios objetos.general y para varios objetos.

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ENCARGO A UN ORGANISMO INTERNACIONAL

Se aprueban por R.Suprema refrendada por el ministro del sector y Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos, acuerdo regional o municipal.

Informe de presupuesto y de la OGA para el tema de los recursos y ventajas y beneficios.

Se necesita un convenio específico por cada encargo donde se detalle las obligaciones y responsabilidades.

Para encargar a organismos internacionales, éstos deben estar acreditados ante el Perú. Éstos podrán seguir sus procesos, pero deberán utilizar normas uniformes aplicables a nivel internacional que cumplan los principios de la ley de contratación estatal.

Este organismo brindará capacitación en compra al personal que la entidad señale.

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SUBASTA INVERSA

Para otorgar se necesita dos postores. Ya no se aplica la bonificación. Si hay un procedimiento más eficiente hay que pedir permiso a

OSCE para convocarlo de manera tradicional. Si el valor es de una menor cuantía, es potestad convocar una subasta o no; si es subasta será electrónica.

Si es convocado de manera tradicional y queda desierto, la segunda convocatoria es bajo la modalidad de subasta inversa. Si es convocado por subasta y es desierto, la segunda convocatoria es subasta inversa, salvo que el bien o servicio haya sido excluido en dicho caso se convocará una menor cuantía tradicional.

La apelación será resuelto por el titular o tribunal, según corresponda en plazo de 10 días hábiles, salvo que se haya solicitado información adicional en cuyo caso se pronunciará en 15 días hábiles.

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IMPUGNACIONES - Apelación

ENTIDAD

Resuelto por el Titular de la Entidad cuando el VR no supere 600 UIT.

Plazo: 12 días hábiles desde presentación y/o subsanación

Facultad delegable. Se agota la vía administrativa.

TRIBUNAL

Resuelve cuando el VR es superior a 600 UIT (S/. 2’130,000).

Plazo: 5 días hábiles desde emisión de decreto (Exp. está listo para resolver)

El Tribunal del OSCE conocerá el recurso cuando esté comprometido instrumentos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública

Se agota la vía administrativa.

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Tramite en general

Se presenta ante la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, OSCE u organismo desconcentrado, ésta última derivará el recurso a la mesa de parte del OSCE en Lima.

La garantía deberá tener una vigencia de 20 días calendarios si se presenta ante la Entidad y 30 si es ante el OSCE. 3% VR. En ningún caso será menor al 50% de la UIT (1,775.00). Puede ser un depósito en cuenta bancaria.

Si la garantía no se renueva debe considerarse un recurso no presentado.

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TRÁMITE ANTE LA ENTIDAD Entidad registra el recurso el mismo día de interpuesto. Si hay más de una impugnación sobre lo mismo, podrá acumularse. El plazo

de resolución es el plazo del último recurso presentado. Traslado de la entidad al afectado en 2 días de interpuesto o subsanado el

recurso. El afectado debe contestar en 3 días. El postor o el afectado pueden pedir en el recurso o absolución el uso de la

palabra. La audiencia se da dentro de los 3 días contados desde el vencimiento del plazo para absolver.

Plazo para resolver y notificar 12 días hábiles contados desde la presentación del recurso o subsanación, caso contrario denegatoria y procede la contencioso administrativa.

El informe técnico no podrá ser emitido por la logística o el comité El informe técnico no podrá ser emitido por la logística o el comité especial.especial.

Desistimiento es posible si está con firma legalizada, salvo que comprometa el interés público. Aquí se ejecuta el 100% de la garantía.

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TRÁMITE ANTE EL TRIBUNAL

El Tribunal correrá traslado a la entidad en 2 días de presentado el recurso para que le entregue la documentación. La entidad deberá notificar a los afectados, y dentro de los 3 días hábiles siguientes entregar los documentos, acreditando la notificación a los afectados y con un informe técnico donde se consigne su posición.

Tribunal tiene 5 días hábiles de recibido los documentos para evaluarlos, con o sin la absolución de los afectados. Si pide información adicional el plazo de evaluación se extiende como máximo 15 días hábiles.

Si se concedió el uso de la palabra, la información adicional podrá ser solicitada después.

Plazo para resolver es de 5 días hábiles desde que se declaró listo para resolver.

El uso de la palabra sólo puede otorgarse hasta antes que el expediente se declare listo para resolver.

El Tribunal puede pedir información a entidades o particulares.

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IMPUGNACIONES

SE PUEDE IMPUGNAR:

Los actos dictados por el CE desde la convocatoria hasta la el otorgamiento de la Buena Pro.

Los actos dictados desde el otorgamiento de la buena pro antes de la celebración del contrato.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del proceso, tales como nulidad de oficio, cancelación u otros.

NO SE PUEDE IMPUGNAR: Actuaciones y actos

preparatorios Las Bases y/o su Integración Actuaciones materiales

relativas a la programación en el SEACE y la inscripción de participantes

Resoluciones o acuerdos que aprueben exoneraciones.

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SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCION

DS 083/084-2004-PCM Decreto Legislativo N° 1017

¿Quién resuelve?Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

a) VR hasta 600 UIT: Titular de Entidad *

b) VR > 600 UIT: Tribunal. *

¿Cuál es el monto de la garantía?¿A favor de quién se emite?

1% VR proceso (o ítem que se impugna). Nunca menos de 25% UIT. A favor de CONSUCODE.

3% VR proceso (o ítem que se impugna). Nunca menos de 50% UIT. A favor de CONSUCODE o de la Entidad, según corresponda.

* Salvo 13 Disp. Comp. Final

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SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCION

DS 083/084-2004-PCM Decreto Legislativo N° 1017

¿Con qué se agota la vía administrativa?

Con decisión de TribunalCon decisión de la Entidad o del

Tribunal, según corresponda. *

¿Qué monto de la Garantía se ejecutará en caso de desistimiento?

Se ejecuta el 30% Se ejecuta el 100%

¿Esta facultad puede delegarse?

No Sí

* Salvo 13 Disp. Comp. Final

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MUCHAS GRACIAS