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REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA DE LA ESTADÍSTICA DE CONAMED Al parecer un gran problema en la incidencia de problemas legales que involucran al cirujano dentista y paciente, es la ignorancia de las leyes, normas y acuerdos que rigen al desarrollo de la práctica profesional. El resultado de esta ignorancia, es la incapacidad del profesional de la salud para poder controlar la situación, y llegar a un acuerdo y satisfactoria resolución de las quejas manifestadas por el paciente. Con el desarrollo de este protocolo, se espera que al ser revisado por los colegas estudiantes y licenciados en odontología, tengan un respaldo documental y conocimiento de las obligaciones derechos y normas por las que está regido el profesional de la salud, y además saber el funcionamiento de instituciones que intervienen en la resolución de problemas médico legales. Esquema de trabajo: Introducción Comisiones estatales Estadísticas sobre la atención ofrecida ……..pendiente ……….pendiente ……….pendiente Introducción

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REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA DE LA ESTADÍSTICA DE CONAMED

Al parecer un gran problema en la incidencia de problemas legales que involucran al cirujano dentista y paciente, es la ignorancia de las leyes, normas y acuerdos que rigen al desarrollo de la práctica profesional.

El resultado de esta ignorancia, es la incapacidad del profesional de la salud para poder controlar la situación, y llegar a un acuerdo y satisfactoria resolución de las quejas manifestadas por el paciente.

Con el desarrollo de este protocolo, se espera que al ser revisado por los colegas estudiantes y licenciados en odontología, tengan un respaldo documental y conocimiento de las obligaciones derechos y normas por las que está regido el profesional de la salud, y además saber el funcionamiento de instituciones que intervienen en la resolución de problemas médico legales.

Esquema de trabajo:

Introducción Comisiones estatales Estadísticas sobre la atención ofrecida ……..pendiente ……….pendiente ……….pendiente

Introducción

Como una estrategia para atender la insatisfacción y demandas sobre la calidad de los servicios médicos, se creó la CONAMED con la misión de “contribuir a tutelar el derecho a la protección a la salud y a mejorar la calidad de los servicios médicos, a través de la resolución de conflictos entre usuarios y prestadores”.

En el Decreto de Creación de la CONAMED se otorgaron como principales atribuciones:

Brindar asesoría a los usuarios y prestadores de servicios médicos.• Intervenir para conciliar conflictos derivados de la prestación de servicios.

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• Fungir como árbitro.• Elaborar dictámenes o peritajes médicos.• Emitir opiniones técnicas.• Intervenir de oficio en cualquier otra cuestión que se considere de interés general.• Asesorar a los gobiernos de los Estados de la República para la constitución de instituciones análogas a la CONAMED.

La CONAMED goza de plena autonomía técnica, a fin de actuar con imparcialidad, equidad y buena fe, al ofrecer a la población alternativas extrajudiciales para la solución de conflictos en la relación médico-paciente. Adicionalmente, contribuye a evitar el aumento de los procesos judiciales de este tipo de conflictos y consecuentemente, a la instalación de una medicina defensiva, que elevaría los costos de la atención, sin efectos positivos en la calidad de los servicios.

La CONAMED ofrece a la población diversas alternativas extrajudiciales para la resolución de conflictos, tales como: información y asesoría, mediación, conciliación y arbitraje.

Todas ellas tienen la característica común de ser gratuitas, ágiles, expeditas y confidenciales.Durante el periodo de junio de 1996 a diciembre de 1999, la CONAMED recibió 15,768 asuntos con la distribución siguiente: Atendidos a través de información y asesoría 47% (7,399), admitidos como quejas para ser resueltas a través de conciliación o arbitraje 45% (7,144), y solicitudes de dictamen médico-pericial 8% (1,225).2

Mediante el procedimiento de información y asesoría se resolvieron el 47% de los asuntos (7,399), ya que se trataba de inconformidades que no implicaban fallas médicas graves y por lo tanto su solución se logró con la simple aclaración o explicación del caso, o por la gestión de mejor atención médica vía telefónica ante el prestador del servicio.

Con el procedimiento de mediación y conciliación se concluyeron 6,625 de las 7,144 quejas (93%), en 61% por convenios de conciliación. El tiempo promedio de resolución fue de 40 días hábiles. De los asuntos sometidos a arbitraje se concluyeron el 82% (1,011 de 1,225). En el 58% de los dictámenes emitidos, se concluyó que hubo adecuada atención médica y en el restante 42% se demostró deficiente atención médica. Este porcentaje de mala práctica es similar al observado en los laudos emitidos.

Asimismo, la CONAMED ha emitido 116 opiniones técnicas, que han contribuido a la mejoría de calidad de la atención médica, mediante la recomendación de medidas correctivas, la gestión ante las autoridades para la sanción, suspensión o cancelación de actividades, o la actualización de las normas oficiales mexicanas y procedimientos médicos.

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Comisiones estatales

AguascalientesEl día primero de agosto de 1999 mediante Ley publicada en el periódico oficial se crea la comisión estatal de arbitraje médico para el estado de Aguascalientes, como un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado.Baja CaliforniaEl 23 de noviembre de 2001 se publica en el periódico oficial la Ley que crea la Comisión Estatal de conciliación y Arbitraje en la prestación de servicios de salud del Estado de Baja California como organismo público descentralizado.CampecheEl 27 de mayo del 2000 se publica en el periódico oficial el acuerdo ejecutivo que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Campeche como órgano desconcentradoChiapasEl 15 de agosto del año 2001 se publica en el periódico oficial la ley que crea la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado deChiapas como organismo público descentralizado.CoahuilaEl día 9 de julio de 2004 se publica en el Periódico Oficial la ley que crea la Comisión Coahuilense de Conciliación y Arbitraje Médico como organismo público descentralizado.ColimaEl 22 de Agosto de 1998 se publica en el periódico oficial el decreto que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Colima, como órgano desconcentrado.GuanajuatoEl 30 de junio de 1998 se publica en el periódico oficial el decreto que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Guanajuato como organismo público descentralizado.Está comisión cuenta con convenio interinstitucional CONAMED-COESAMED-IMSS-ISSSTE paraatender y resolver quejas médicas de los derechohabientes del IMSS e ISSSTE.GuerreroEl 19 de octubre de 1999 se publica en el periódico oficial el decreto que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Guerrero como órgano desconcentrado.JaliscoEl 13 de marzo de 2001 se publica en el periódico oficial el decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Estatal de Salud, que crea la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Jalisco, como organismo público descentralizado.Estado de MéxicoEl día 13 de diciembre de 2001 se publica en gaceta de gobierno el acuerdo ejecutivo que crea la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México como organismo público descentralizado.MichoacánEl 20 de Abril del 2000, se publica en el periódico oficial el decreto de creación de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Michoacán, como organismo público descentralizado.

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MorelosEl 6 de septiembre del 2000, se publica en el periódico oficial el decreto de creación de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Morelos, como organismo público descentralizado.NayaritEl día 16 de diciembre del 2000 se publica en el periódico oficial el decreto de creación de la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico para el Estado de Nayarit como organismo público descentralizado.Nuevo LeónEl 21 de agosto del 2002 se publica en el periódico oficial el decreto que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Nuevo León como órgano desconcentrado.

OaxacaEl 11 de septiembre de 2004 se publica en el periódico oficial la ley que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca como un ejemplo de la transformación, renovación y modernidad que está viviendo el estado, siendo la única comisión en el país con el carácter de organismo público autónomo.PueblaEl 27 de diciembre de 1999 se publica en el periódico oficial el decreto de creación de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Puebla como órgano desconcentrado, modificado el 26 de mayo de 2000 en lo que se refiere a su estructura incluyéndose el objetivo de «mejorar la calidad de los servicios de salud.QuerétaroEl 9 de julio de 1999 se publica en el periódico oficial el decreto que crea la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Querétaro como órgano desconcentrado.San Luis PotosíEl 9 de octubre de 1998 se publica en el periódico oficial el decreto que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de San Luis Potosí como órgano desconcentrado.SinaloaEl 8 de Noviembre de 2000 se pública en el periódico oficial la ley que crea la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Sinaloa, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud.SonoraLa comisión de más reciente creación, el día 11 de enero de 2007 se publica en el periódico oficial el decreto que crea la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Sonora, como órgano desconcentrado.TabascoEl 23 de marzo del 2000 se pública en el periódico oficial la ley que crea la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico de Tabasco como organismo público descentralizado.

Tamaulipas

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El 23 de marzo del 2000 se pública en el periódico oficial la ley que crea la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico de Tabasco como organismo público descentralizado.TlaxcalaEl 23 de mayo del 2002 se pública en el periódico oficial el decreto que crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico del Estado de Tabasco como órgano desconcentrado.VeracruzEl 19 de febrero de 1999 se pública en el periódico oficial el decreto que crea la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Veracruz como órgano desconcentrado. Está comisión cuenta con convenio interinstitucional CONAMED-CODAMED.VER-IMSS-ISSSTE para atender y resolver quejas médicas de los derechohabientes del IMSS e ISSSTE.YucatánEl 14 de julio de 2003, se publica en el Periódico Oficial, el decreto de Creación de la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Yucatán como órgano desconcentrado.

Bibliografía:

1. Poder Ejecutivo Federal. Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. En: Diario Oficial de la Federación. T CXIII. Núm. 1, México, 1996; 78-81.

2. 2. CONAMED. Informe Estadístico 1996-99. CONAMED, México, 2000.

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