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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN DE OCAMPO A GIRAR LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS Y CESEN LAS ACCIONES DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL SINDICATO " GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO
COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
HONORABLE ASAMBLEA:
A la Comisión de Trabajo y Previsión Social, de la H. Cámara de Senadores, durante
esta LXIV Legislatura, les fue turnada para su análisis y dictamen una Proposición
con Plinto de Acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo del estado de
Michoacán de Ocampo a girar las instrucciones necesarias y cesen las acciones
represivas de hostigamiento y amenaza de parte de las autoridades de la
Secretaría de Salud contra los integrantes del Sindicato de Trabajadores
Descentralizados de Servicios de Salud de Michoacán "Gral. Lázaro Cárdenas
del Río", además de que se reinstalen en sus respectivos centros de tnibajo a
quienes han sido despedidos injustificadamente, presentada por la Senadora Blanca
Estela Piña Gudiño.
Con fundamento en lo dispuesto por los miículos 85, numeral 2, inciso a; 86; 90
numeral 1, fracción XXIX; 93; 94 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de· lo dispuesto por
losartículos 113; 114; 135, numeral1,fraccióni; 174; 178,numerales 1 y3 ; 182; 186;
187; 188, 190; 191 y demás relativos al Reglamento del Senado de la República, los
integrantes de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social,·de la LXIV Legislatura,
nos reunimos para el análisis, discusión y valoración de la Proposición con Punto de
Acuerdo que se menciona y consideramos que somos competentes para conocer los
asuntos de que se trata, por lo que en este acto, sometemos a la consideración de esta
Honorable Asamblea, el siguiente:
DICTAMEN
o
METODOLOGÍA
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN DE OCAMPO A GIRAR LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS Y CESEN LAS ACCIONES DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL SINDICATO "GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO
En el apartado denominado "1. ANTECEDENTES" se relata el trámite
brindado a la Proposición con Punto de Acuerdo, desde el inicio del proceso, su
presentación y turno para el dictamen respectivo.
En el apartado denominado "11. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN" se
expone la motivación y fundamentación de la Proposición en estudio y se hace
una breve referencia a los temas que la componen.
En el apartado denominado "III. CONSIDERACIONES", los integrantes de
esta Comisión Dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos que
motivan y sustentan el sentido del presente Dictamen.
l. ANTECEDENTES
l. En Sesión Ordinaria celebrada el día martes 4 de diciembre del 2018 la
Senadora Blanca Estela Piña Gudiño, del Grupo Parlamentario de Movimiento
Regeneración Nacional, presentó ante el Pleno una Proposición con Punto de
Acuerdo por el que se exhorta al Poder Ejecutivo del estado de Michoacán de
Ocampo a girar las instrucciones necesarias y cesen las acciones represivas de
hostigamiento y amenaza de parte de las autoridades de la Secretaría de Salud
contra los integrantes del Sindicato de Trabajadores Descentralizados de
Servicios de Salud de Michoacán "Gral. Lázaro Cárdenas del Río", además de
que se reinstalen en sus respectivos centros de trabajo a quienes han sido
despedidos injustificadamente.
2. Los Senadores integrantes de esta Comisión revisamos el contenido de la citada
Proposición, para expresar nuestras observaciones y comentarios, a fin de
integrar el presente dictamen.
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL POR EL QUE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN DE OCAMPO A GIRAR LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS Y CESEN LAS ACCIONES DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL SINDICATO "GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO
Il. CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN
PRIMERA. La Proposición con Punto de Acuerdo expuesta en el numeral 1 del apartado
de Antecedentes, presentada por la Senadora Blanca Estela Piña Gudiño del Grupo
Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional, tiene por objeto exhortar al Poder
Ejecutivo del estado de Michoacán de Ocampo a girar las instrucciones necesarias y cesen
las acciones represivas de hostigamiento y amenaza de parte de las autoridades de la
Secretaría de Salud contra los integrantes del Sindicato de Trabajadores Descentralizados
de Servicios de Salud de Michoacán "Gral. Lázaro Cárdenas del Río", además de que se
reinstalen en sus respectivos centros de trabajo a quienes han sido despedidos
injustificadamente.
La Senadora expone que los derechos de las trabajadoras y trabajadores no son producto
de la buena voluntad de. los gobiernos en turno, son, en esencia, producto irreductible de
la lucha obrera ante la desigualdad de las condiciones sociales entre estos y la patronal.
En México, estas luchas han dado como resultado un marco legal con el cual se busca
salvaguardar los intereses generales de quienes se ganan su sustento con el esfuerzo
cotidiano de su trabajo. Este es el espíritu, aunque mancillado por más 30 años de
Neoliberalismo, del artículo 123 de nuestra Carta Magna y de la Ley Federal del Trabajo.
Menciona que en contraposición a lo establecido en el artículo 123 Constitucional y en la
Ley Federal del Trabajo, así como en el Convenio 98 de la OIT; en el Estado de
Michoacán de Ocampo, desde hace meses, las trabajadoras y trabajadores del sector salud
han denunciado de forma sistemática violaciones a sus derechos laborales.
Así mismo, en junio del presente año, médicos, enfermeras y personal administrativo
comenzaron a manifestar que en la Secretaría de Salud del Estado de Michoacán se retrasó
el pago de 3 quincenas a los trabajadores que se encuentran contratados bajo el régimen
de honorarios.
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En contexto, el 23 de junio, y ante la falta de respuesta de las autoridades, los integrantes
del Sindicato "General Lázaro Cárdenas del Rio", iniciaron una manifestación con el
objetivo de exigir el pago de sus salarios que la autoridad había omitido entregarles, la
cual duró hasta el 11 de septiembre del año en curso. Acciones que fueron realizadas por
una representación de quienes estaban siendo afectados por la falta de pago, esto con la
intención de no interferir ni afectar la atención de los pacientes y usuarios de los servicios
en las distintas Unidades de Atención Medica.
De igual manera, de acuerdo con las denuncias realizadas por el personal de salud, el
pasado 21 de septiembre las autoridades dieron inicio con la notificación en los diferentes
centros de trabajo, de memorándums con incidencias a justificar y con el levantamiento
de actas administrativas a dos trabajadoras y un trabajador del Centro Estatal de Atención
Oncológica; esto como la punta de lanza de un engranaje administrativo dolosamente
estructurado, y al amparo de una legalidad por demás injusta que se ha utilizado con la
intención de amedrentar y socavar los derechos sindicales de los trabajadores.
Señalan los propiOs trabajadores, que las represalias en contra de este Sindicato
aumentaron luego de que sus agremiados denunciaran públicamente que pacientes
atendidos en diversas instituciones de salud del Estado de Michoacán padecieron
infecciones derivado de sucesos en el quirófano.
Se menciona también que, por si las represalias administrativas no fueran suficientes, el
pasado 31 de octubre las autoridades dieron inicio a un proceso de despido masivo del
personal de salud, acciones que la autoridad justificó en las sanciones impuestas a las y
los trabajadores del sector salud derivas de las manifestaciones que comenzaron en el mes
de julio del presente año, no obstante de que como se señala en la fracción primera del
/l
a
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN DE OCAMPO A GIRAR LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS Y CESEN LAS ACCIONES DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL SINDICATO "GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO
~utículo 517 de la Ley Federal del Trabajo: "prescriben en un mes, las acciones de los
patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar
descuentos de salarios". Los hechos que motivaron la recisión de la relación laboral ya
habían prescrito, de acuerdo con la norma antes mencionada, pues habían pasado al menos
dos meses de los actos señalados. Lo anterior, es una muestra más de la arbitrariedad con
la que actúan las autoridades de la Secretaría de Salud en Michoacán.
La Senadora nos muestra, como efecto de las acciones de hostigamiento y represalias
administrativas, son ya 29 trabajadoras y trabajadores los que han sido afectados con el <
despido o levantamiento de actas administrativas, por el hecho de exigir sus pagos y
pertenecer al sindicato "General Lázaro Cárdenas del Rio".
Se expone a continuación una tabla mostrando sus nombres, cargos, centros de trabajo y
datos de su procedimiento administrativo:
Trabajadora o Trabajador Centro de Trabajo Afectado Procedimiento Aplicado
Centro Estatal de Atención Acta Administrativa del
Oncológica- CEAO Psic. Claudia García Luna 24/sep/18 y aviso de Recisión
laboral del 31/oct/18.
Centro Estatal de Atención ~. M a. Dolores Rodríguez Acta Administrativa del
Oncológica- CEAO Sánchez, Apoyo 23/sep/18 y aviso de Recisión Administrativo. laboral del 31/oct/18.
Centro Estatal de Atención ~· Pedro Barrera Piñón, Apoyo Acta Administrativa del
Oncológica- CEAO !Administrativo. 21/sep/18 y aviso de Recisión laboral del 31/oct/18.
Subdirección de Recursos C. Mayra Lucia Frías Vázquez, Acta Administrativa del
Materiales Auxiliar Administrativo. 5/oct/18 y aviso de Recisión laboral del 31/oct/18.
Subdirección de Recursos C. Karla Edith Cabrera Peña, Acta Administrativa del
Materiales Auxiliar Administrativo. 5/oct/18 y avtso de Recisión laboral del 31/oct/18.
UNEME Lázaro Jiquilpan
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Acta Administrativa 26/oct/18 CárdenasMaría Felicitas Aguilar
Zaragoza, Médico General A Aviso de recisión laboral 08/nov/18
Hospital General de La Piedad K":. Patricia Alanís Espinosa
Acta Administrativa levantada el 28/oct/18, mtsma que se cancelará y será repuesta en virtud de las inconsistencias y ~iolaciones en el procedimientc por parte de las autoridades. Reprogramada para el 11 /nov/18
Acta Administrativa levantada el 1 /nov/18, reprogramada en dos ocasiones, misma que se
H ·t 1 G 1 d L p· d d Ramona Isabel Alanís Espinosa, cancelará y será repuesta en osp1 a enera e a te a .
1. d . . . . d d
1 . . .
aux1 tara mmtstrattvo vtrtu e as mconststenctas y
H . 1 G 1 d L p· d d L.N. Alejandra osptta enera e a te a r. b . 1 var aJa
violaciones en el procedimiento por pat1e de las autoridades. Reprogramada para el 7 /nov/18
Notificación para levantamiento de Acta Administrativa
Alvaradocancelada en tres ocasiones pot inconsistencias de las autoridades, y reprogramada para el 7/nov/18
Notificación para levantamiento de Acta Administrativa
H ·t 1 G 1 d L p · d d ~- Eligió Ponce Trinidad,cancelada en tres ocasiones p01 ospt a enera e a te a auxiliar administrativo . inconsistencias de las
UNE ME - Casa del Adolescente
UNE ME - Casa del Adolescente
UNE ME - Casa del Adolescente
C. Eduardo Tercero Tafalla, auxiliar administrativo.
C. Fernando Mattínez Mal donado, auxiliar administrativo.
C. Arcelia del Carmen Luna Medran o, auxiliat administrativo.
autoridades, y reprogramada para el 7/nov/18
~otificación para levantamientc de Acta Administrativa. Programada para e16/nov/18 .
!Notificación para levantamientc de Acta Administrativa. Programada para el 6/nov/18.
Notificación para levantamientc de Acta Administrativa. Programada para el 6/nov/18 .
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
Hospital General de Uruapan
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL POR EL QUE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN DE OCAMPO A GIRAR LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS Y CESEN LAS ACCIONES DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL SINDICATO "GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO
r . . . Levantamiento de Acta ~. Ftdehna BotJa Bustos,Ad . . . · ·fi · · n. · · F b', 1 A mmtstrattva sm nott tcacton '<utmtca armaco 10 oga a trabajadora y a sindicato.
C. Araceli Alcauter Villaseñot Levantamiento de Acta Enfermera A Administrativa el 07/Nov/18
k=. María Natividad Manuel Enfermera A
C. Enibey Iban·a Enfermera A
C. Alma Delia Contreras Administrativo
Cruz Levantamiento de Acta Administrativa 07/Nov/18
Limas Levantamiento de Acta Administrativa 07/Nov/18
Zamora . A Levantamiento de Acta
poyo Administrativa 08/Nov/18
C. Anabel Herrera Esparza Levantamiento . de Acta Trabajadora Social A Administrativa 08/Nov/18
~ · Claudia Yaneth Sánchez Enfermera A
C. Gloria González Enfermera A
Rueda Levantamiento de Acta Administrativa 08/Nov/18
MejiaLevantamiento de Acta Administrativa 08/Nov/18
k=. Ana Bet1ha Sánchez ChávezLevantamiento de Acta Enfermera A Administrativa 08/Nov/18
C. Gamaliel Urbina GarcíaLevantamiento de Acta Enfermero A Administrativa 09/Nov/18
C. Juana Gabriela Jiménez L t . t de A t~ g r. d Q · · F b' ' l evan amten o c .... ~er a uuntca at·maco 10 ogaAd . . .
09/N
118 A mtmstrattva ov
C. José Francisco IriandaLevantamiento de Acta ~ómez Servicios Generales Administrativa 09/Nov/18
k=. Roció Araujo Enfermera A
C. Brenda Patricia Sánchez Enfermera A
C. Maribel Enfermera A
C. Virginia Enfermera A
Le u e
Álvarez
MolinaLevantamiento de Acta Administrativa 1 0/Nov/18
FaríasLevantamiento de Acta Administrativa 1 0/Nov/18
PérezLevantamiento de Acta Administrativa 1 0/Nov/18
López Levantamiento de Acta Administrativa 11/Nov/18
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o
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Y se abunda en que, a la anterior lista se suman más de 250 trabajadores entre médicos,
enfermeras, químicos, camilleros, auxiliares administrativos quienes han denunciado
recibir amenazas y hostigamiento administrativo.
La Senadora expresa que, es nuestra obligación vigilar que los derechos iaborales
consagrados en la Constitución se respeten, que ningún trabajador sea hostigado o pierda
el sustento de su familia por el simple hecho de exigir un trabajo digno, salarios oportunos
y condiciones laborales adecuadas para desempeñar su labor. No podemos permitir que
ningún poder, ni local ni federal, castigue las organizaciones sindicales democráticas y a
sus agremiados por exigir el pago de su trabajo que por derecho les corresponde.
Derivada de las consideraciones de la Proposición con Punto de Acuerdo anteriormente
expuestas, la Senadora Blanca Estela Piña Gudiño propone el siguiente resolutivo:
PUNTO DE ACUERDO:
UNICO. Se exhorta al Titular del Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo, para
que en uso de sus atribuciones, ordene a la Titular de la Secretaria de Salud, Dra. Diana
Celia Cm-pío Rios; al Titular de la Delegación Administrativa, al Titular de Enlace
Jurídico y al Titular de Recursos Humanos de la propia Secretaria de Salud, para que
suspendan de inmediato las acciones represivas, de hostigamiento, despido y amenazas,
contra los integrantes del Sindicato de Trabajadores Descentralizados de Servicios de la
Salud de Michoacán "Gral. Lázaro Cárdenas del Rio" y reinstalen en sus respectivos
centros de trabajo al personal injustamente despedido; ya que dichas acciones violan de
manera flagrante los derechos laborales y sindicales, consagrados en la Constitución
Politica de los Estado Unidos Mexlcanos y en los tratados Internacionales firmados por
el Estado Mexicano.
a
III. CONSIDERACIONES
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN DE OCAMPO A GIRAR LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS Y CESEN LAS ACCIONES DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL SINDICATO "GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO
PRIMERA. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 86 y 94 de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos
135; 276, y 277 del Reglamento del Senado de la República, esta Comisión resulta
competente para dictaminar las proposiciones con punto de acuerdo descritas en el
apartado de antecedentes del presente dictamen.
SEGUNDA. El atiículo 8 del Reglamento del Senado de la República, otorga a los
Senadores el derecho de presentar iniciativas de ley o de decreto, así como
Proposiciones ante la Cámara de Diputados, el Senado o la Comisión Permanente del
Congreso de la Unión.
El ejercicio del derecho de presentar Proposiciones da principio al procedimiento
legislativo, consiste en la presentación de un Punto de Acuerdo por parte de alguno o
algunos de los sujetos facultados para ello por la Constitución y por las leyes en
materia legislativa.
TERCERA. Descrita la Proposición con Punto de Acuerdo presentada por la
Senadora Blanca Estela Piña Gudiño, esta Comisión reconoce la importancia de la
presentación de esta proposición, así como la trascendencia y lo delicado de la
problemática anteriormente descrita.
CUARTA. Esta Comisión, reprueba los actos represivos de hostigamiento y acoso por
parte de las autoridades de la Secretaría de Salud de. En contra de los integrantes del
Sindicato de Trabajadores Descentralizados de Servicios de Salud de Michoacán
"Gral. Lázaro Cárdenas del Río".
a
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QUINTA. Coincidimos con las consideraciones de la Senadora y secundamos los
preceptos mencionados; los derechos de las trabajadoras y trabajadores no son
producto de la buena voluntad de los gobiernos en turno, son, en esencia, producto
irreductible de la lucha obrera ante la desigualdad de las condiciones sociales entre
estos y la patronal. En México, estas luchas han dado como resultado un marco legal
con el cual se busca salvaguardar los intereses generales de quienes se ganan su
sustento con el esfuerzo cotidiano de su trabajo. Este es el espíritu, aunque mancillado
por más 30 años de Neoliberalismo, del artículo 123 de nuestra Carta Magna y de la
Ley Federal del Trabajo.
SEXTA. Así mismo, coincidimos con la precisión realizada por la Senadora, en
comento de que el párrafo tercero del artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo establece
que:
"El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos
colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el
derecho a la huelga y de contratación colectiva ".
SÉPTIMA. De igual manera, aunamos en que, en el artículo 3 de la misma normativa
se agrega:
"El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio. No podrán
establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por
motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social,
condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias
sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana ".
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Y que, de igual manera, esta misma Ley establece en sus artículos 82, 86, 88 y 99 que
el salario es un derecho de toda trabajadora y trabajador, así como, que el mismo debe
ser entregado en tiempo y forma por parte de la patronal.
OCTAVA. Coincidimos rotundamente con los preceptos en materia internacional y
con los convenios suscritos por nuestro país, dado que también consagran los derechos
laborales. Esta misma Soberanía aprobó en semanas pasadas la ratificación del
Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con el claro objetivo
de robustecer los marcos legales que consagran los derechos sindicales y la autonomía
de las organizaciones de los trabajadores.
NOVENA. Compartimos la opinión de la Senadora en que, es claro que los derechos
sindicales son universales, inalienables y les pertenecen a todos los trabajadores y a
sus organizaciones, así como, que es al Estado a quien compete protegerlos y no
reprimirlos.
DÉCIMA. Consideramos muy lamentables los hechos del pasado 31 de octubre, en
los que las autoridades dieron inicio a un proceso de despido masivo del personal de
salud, acciones que la autoridad justificó en las sanciones impuestas a las y los
trabajadores del sector salud derivadas de las manifestaciones que comenzaron en el
mes de julio del presente año, no obstante de que como se señala en la fracción primera
del artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo: "prescriben en un mes, las acciones de
los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar
descuentos de salarios". Los hechos que motivaron la recisión de la relación laboral
ya habían prescrito, de acuerdo con la norma antes mencionada, pues habían pasado
al menos dos meses de los actos señalados. Lo anterior, es una muestra más de la
arbitrariedad con la que actúan las autoridades de la Secretaría de Salud en Michoacán.
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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, POR EL QUE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN DE OCAMPO A GIRAR LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS Y CESEN LAS ACCIONES DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL SINDICATO "GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO
DECIMOPRIMERA. Compartimos la visión de la Senadora y reafirmamos que es
nuestra obligación vigilar que los derechos laborales consagrados en la Constitución
se respeten, que ningún trabajador sea hostigado o pierda el sustento de su familia por
el simple hecho de exigir un trabajo digno, salarios oportunos y condiciones laborales
adecuadas para desempeñar su labor. No podemos permitir que ningún poder, ni local
ni federal , castigue las organizaciones sindicales democráticas y a sus agremiados por
exigir el pago de su trabajo que por derecho les corresponde.
DECIMOSEGUNDA. La presente Comisión de Trabajo y Previsión Social, lamenta,
reprueba y condena todo acto de hostigamiento y acoso por parte de las autoridades,
cometido en contra de cualquier persona, y consideramos bastante grave cuando esto
ocurre en represión de los trabajadores de México. Los legisladores que la integramos
y que participamos de manera activa y continua en sus trabajos, somos protectores de
los derechos laborales y exigiremos siempre el respeto y cumplimiento de los derechos
de los trabajadores y de la legislación laboral mexicana vigente.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Trabajo y Previsión Social, somete a la
consideración del Pleno, el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO. El Senado de la República exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de
Michoacán de Ocampo, para que en uso de sus atribuciones, ordene a la Titular de la
Secretaría de Salud, Dra. Diana Celia Carpio Ríos; al Titular de la Delegación
Administrativa, al Titular de Enlace Jurídico y al Titular de Recursos Humanos de la
propia Secretaría de Salud, para que suspendan de inmediato las acciones represivas, de
hostigamiento, despido y amenazas, contra los integrantes del Sindicato de Trabajadores
1?
o
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL POR EL QUE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN DE OCAMPO A GIRAR LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS Y CESEN LAS ACCIONES DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL SINDICATO "GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO
Descentralizados de Servicios de la Salud de Michoacán "Gral. Lázaro Cárdenas del
Río".
Dado en la Sala de Comisiones del H. Senado de la República, a los 07 días del mes
de febrero del año dos mil diecinueve.
COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
SEN. NAPOLEON GOMEZ URRUTIA
PRESIDENTE
SEN. CARLOS HUMBERTO ACEVES DEL OLMO
SECRETARIO
SEN. PATRICIA MERCADO SECRETARIA
.------SEN. DANIEL GUTIEREZ .
CASTORENA INTEGRANTE
SEN . BLANCA ESTELA PIÑAGUDIÑO INTEGRANTE
SEN . JESUS LUCIA TRASVIÑA WALDENRATH
INTEGRANTE
SEN . PEDRO MIGUEL HACES BARBA
A FAVOR EN CONTRA ABTENCION
1 ")
INTEGRANTE
SEN . LUCIA VIRGINIA MEZAGUZMAN INTEGRANTE
SEN. KENIA LOPEZ RABADA N
INTEGRANTE
SEN. MAYULI LATIFA MARTINEZ SIMON
INTEGRANTE
SEN . VANESSA RUBIO MARQUEZ
INTEGRANTE
SEN . ANIBAL OSTOA ORTEGA
INTEGRANTE
SEN. NESTORA SALGADO GARCIA
INTEGRANTE
-
A FAVOR
(
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL POR EL QUE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN DE OCAMPO A GIRAR LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS Y CESEN LAS ACCIONES DE HOSTIGAMIENTO Y ACOSO EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL SINDICATO "GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO
EN CONTRA ABTENCION
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SEN. NAPOLEON GOMEZ URRUTIA
PRESIDENTE
SEN . CARLOS HUMBERTO ACEVES DEL OLMO
SECRETARIO
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COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
· LISTA DE ASISTENCIA
SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA
7 DE .FEBRERO DE 2019
FIRMA .
SEN. PATRICIA MERCADo-- -SECRETARIA
1
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COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
LISTA DE ASISTENCIA
SEN. DANIEL GUTIEREZ CASTORENA INTEGRANTE
SEN . BLANCA ESTELA PIÑA GUDIÑO
INTEGRANTE
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·:..,;..
SEN . JESUS LUCIA TRASVIÑA WALDENRATH INTEGRANTE
SEN . PEDRO MIGUEL HACES BARBA
INTEGRANTE
SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA
7 DE FEBRERO DE 2019
2
COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
LISTA DE ASISTENCIA
SEN . LUCIA VIRGINIA MEZA GUZMAN
INTEGRANTE
SEN . KENIA LOPEZ RABADAN INTEGRANTE
SEN. MAYULI LATIFA MARTINEZ SIMON
INTEGRANTE
SEN . VANESSA RUBIO MARQUEZ
INTEGRANTE
SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA
7 DE FEBRERO DE 2019
7
3
1 , . •
SEN . ANIBAL OSTOA ORTEGA
INTEGRANTE
SEN . NESTORA SALGADO GARCIA
INTEGRANTE
COMISIÓN DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
LISTA DE ASISTENCIA
SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA
7 DE FEBRERO DE 2019
4