comité de visionarios de deuda privada privada... · 2020. 3. 13. · dentro del marco...
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Comité de Visionarios de Deuda Privada
Aceptación de Deuda Privada como Garantía en Operaciones de Liquidez con el Banco Central
Experiencia Internacional
1
Contenido
Introducción .............................................................................................................................. 2
Estructuras habilitadas en el Banco de la República de Colombia ............................................... 3
Transferencia Temporal de Valores del FRECH ........................................................................ 4
Apoyos Transitorios de Liquidez ............................................................................................. 5
Importancia de contar con un mecanismo permanente de admisibilidad de títulos de deuda
privada en operaciones de liquidez en Colombia ........................................................................ 7
Admisibilidad de títulos de deuda no soberana como colateral en Operaciones de Mercado
Abierto – Experiencia Internacional ............................................................................................ 7
Conclusiones y Recomendaciones .............................................................................................. 8
ANEXOS ..................................................................................................................................... 9
Banco Central Europeo (BCE) ..................................................................................................... 9
Requisitos de Admisibilidad .................................................................................................... 9
Medidas de Control de Riesgos............................................................................................. 10
Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts) ............................................. 10
Banco Nacional de Suiza (BNS) ................................................................................................. 12
Requisitos de Admisibilidad .................................................................................................. 12
Medidas de Control de Riesgos............................................................................................. 13
Banco Central de la Reserva del Perú (BCRP) ............................................................................ 14
Requisitos de Admisibilidad .................................................................................................. 14
Medidas de Control de Riesgos............................................................................................. 14
Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts) ............................................. 15
Banco de la Reserva de Australia (RBA) .................................................................................... 16
Requisitos de Admisibilidad .................................................................................................. 16
Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts) ............................................. 17
Banco de Japón (BoJ) ............................................................................................................... 18
Requisitos de Admisibilidad .................................................................................................. 18
Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts) ............................................. 19
Banco Central de Chile (BCCh) .................................................................................................. 20
Requisitos de Admisibilidad .................................................................................................. 20
Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts) ............................................. 21
Referencias .............................................................................................................................. 22
2
Introducción
A partir de la crisis financiera de 2008 y de posteriores episodios de estrés que afectaron el mercado
de capitales internacional, varios bancos centrales del mundo actualizaron y adaptaron sus políticas
de intervención para disponer de herramientas que permiten proveer liquidez y actuar de forma
eficiente y oportuna ante eventos adversos. Si bien la mayoría de los mecanismos fueron activados
temporalmente durante el periodo comprendido entre 2007 y 2012, en otros casos se mantienen
de manera permanente.
El objetivo de este reporte es describir el funcionamiento de las políticas establecidas por diferentes
bancos centrales respecto de la admisibilidad de deuda no soberana y corporativa como garantía
en operaciones de liquidez, experiencias que pueden servir como punto de partida para evaluar la
viabilidad de implementar un mecanismo alternativo y equivalente en el mercado colombiano, que
permita el acceso a facilidades de liquidez utilizando los portafolios de deuda privada de los
intermediarios del mercado.
Este reporte reúne las políticas vigentes para la admisibilidad de títulos de deuda no soberana en
operaciones de liquidez del Banco de la República de Colombia, e ilustra los mecanismos habilitados
en el Banco de la Reserva de Australia, el Banco de Japón, el Banco Central Europeo, el Banco
Nacional de Suiza, el Banco Central de Chile y el Banco de Reservas del Perú.
A pesar de que la experiencia internacional corresponde a jurisdicciones diferentes en términos de
estructura, legislación y grado de desarrollo del mercado de capitales, las políticas de admisibilidad
tienen en común la transparencia en los criterios de elegibilidad, el establecimiento de descuentos
sobre el valor de mercado del título y en algunos casos medidas adicionales de control de riesgo.
El documento se divide en tres secciones, en la primera se describen los mecanismos vigentes en
Colombia, en la segunda se menciona la experiencia internacional relevante y por último se
presentan las conclusiones y recomendaciones. El presente documento constituye una versión
publicada para comentarios. El Comité de Visionarios y la Bolsa agradecen las opiniones y
retroalimentación que sean recibidas en el correo electrónico [email protected]
3
Estructuras habilitadas en el Banco de la República de Colombia
En el cumplimiento de sus funciones constitucionales, el Banco de la República de Colombia dispone
de mecanismos que permiten regular la liquidez de la economía y facilitar el funcionamiento del
sistema de pagos. Tales mecanismos pueden ser invocados por entidades autorizadas para actuar
en calidad de Agentes Colocadores de OMAs1.
Operaciones realizadas para regular la liquidez en la economía
El Banco realiza operaciones de mercado abierto de expansión y contracción, de carácter definitivo
o transitorio, utilizando compraventas, operaciones repo y depósitos de dinero.
Sin embargo, las operaciones transitorias de expansión están dirigidas únicamente a
Establecimientos de Crédito y Sociedades Comisionistas de Bolsa del Programa de Creadores de
Mercado, entidades que a través de repos pueden recibir dinero entregando en garantía títulos de
deuda soberana como TES Clase B, deuda externa de la Nación, títulos de desarrollo agropecuario
TDA y títulos emitidos por el Banco de la República; o títulos corporativos de contenido crediticio2
calificados por sociedades calificadoras de valores, siempre que haya transcurrido al menos un mes
desde su emisión. A pesar de que el marco regulatorio permite el uso de algunos títulos de deuda
privada, dichas operaciones han sido poco aplicadas ya que operativamente resultan complicadas
para las instituciones que desean participar en ellas.
No obstante, a pesar de que el uso de títulos corporativos de contenido crediticio está contemplado
dentro del marco regulatorio, su aplicación como garantía en OMA de expansión es nula. En ese
sentido, los talleres de trabajo organizados por la Misión del Mercado de Capitales de 2019
resaltaron la necesidad de fortalecer el uso de la deuda privada como colateral en OMAs, no solo
para ampliar los colaterales admisibles, sino para potencializar la liquidez del mercado.
Operaciones realizadas para facilitar el normal funcionamiento del sistema de pagos
Para facilitar el normal funcionamiento del sistema de pagos, el Banco dispone de operaciones repo
intradía (RI) -donde la readquisición de los títulos se realiza el mismo día de la operación inicial- y su
conversión automática en overnight, y repo overnight por compensación (ROC) que tienen por
objetivo cubrir faltantes de dinero en la cuenta de depósito para el cumplimiento de la
1 Pueden adquirir la calidad de Agente Colocador de OMAs los Establecimientos de Crédito, las Sociedades Fiduciarias, las Sociedades Comisionistas de Bolsa y las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías que cumplan con los requisitos descritos en la Circular Reglamentaria Externa DODM-142 del Banco de la República. 2 Incluyendo bonos ordinarios, certificados de depósito a término CDT, papeles comerciales y títulos provenientes de titularizaciones de cartera hipotecaria.
4
compensación interbancaria de cheques y otros instrumentos de pago. Sin embargo, el mecanismo
ROC es susceptible de habilitarse solo para Establecimientos de Crédito.
Regular la liquidez en la economía Funcionamiento Sistema
de Pagos
Tipo de Agente Colocador de
OMA
Expansión Contracción Repo
Intradía
Repo Overnight por Compensación
Transitoria Definitiva Transitoria
Definitiva Repos Depósitos
Establecimientos de Crédito
X3 X X X X X X4
SCB del PCM X2 X X X X X
SCB, SF,SAI, SAFPC X5 X4 X4 X4 X4
Fogafin X X X X X
Finagro, Findeter, FDN, Icetex, Fonade, FNA
X X X
Aseguradoras, Sociedades de Capitalización y SICFES
X X X
CRCC X
Fuente: Circular Reglamentaria Externa DEFI-354 del Banco de la República
Otras operaciones
Transferencia Temporal de Valores del FRECH
El Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria (FRECH) es un fondo de la Nación
creado en el año 1999 con la finalidad de ofrecer coberturas de riesgo entre los flujos denominados
en tasa de interés DTF efectiva anual y flujos denominados en tasa efectiva anual de crecimiento de
la UVR, para el saldo de la cartera de vivienda de largo plazo vigente a 31 de diciembre de 2000.
El Banco de la República, en calidad de administrador del Fondo FRECH, tiene la facultad de invertir
los recursos del Fondo en títulos emitidos o garantizados por la Nación, por el Banco de la República
o Fogafin, en TDAs, en bonos hipotecarios, en titularizaciones de cartera hipotecaria y de contratos
de leasing habitacional. Sobre estos títulos, el Banco puede realizar operaciones de tesorería tales
como las transferencias temporales de valores (TTV).
3 En operaciones realizadas en cuenta propia. 4 Establecimiento de crédito que participen en el servicio de compensación interbancaria de cheques y otros instrumentos de pago del BR. 5 En operaciones realizadas en cuenta propia, de terceros o de los fondos que administran.
5
En virtud de esta facultad, el Banco brinda a los Establecimientos de Crédito y Sociedades
Comisionistas de Bolsa del Programa de Creadores de Mercado la posibilidad de acceder a títulos
admisibles en las operaciones de liquidez para ser utilizados en operaciones de reporto (repo) de
expansión transitoria adjudicadas por subasta o ventanilla, en operaciones de reporto intradía (RI)
y su conversión overnight, y en operaciones repo overnight por compensación (ROC).
En este sentido, el Agente Colocador de OMA puede entregar al Banco de la República:
1. Bonos hipotecarios y titularizaciones de cartera hipotecaria y de contratos de leasing
habitacional, con calificación crediticia igual o superior a AA+,
2. Certificados de Depósito a Término emitidos por entidades que tengan la calificación
crediticia más alta para el endeudamiento de corto y de largo plazo y que no ostenten la
calidad de filiales o subsidiarias del Agente Receptor FRECH, ni por su matriz, filiales o
subsidiarias de ésta.
La activación de la TTV-FRECH requiere de la suscripción previa de un Contrato Marco para la
celebración de estas operaciones, y que el agente colocador haya participado en la subasta semanal,
le haya sido adjudicada alguna porción de los recursos y haya realizado el pago del costo fijo
anunciado en la convocatoria de la subasta. Así, el Agente podrá utilizar este mecanismo desde el
día de la subasta hasta el día hábil inmediatamente anterior al de la nueva subasta.
A pesar de que el mecanismo permite a los Agentes Colocadores realizar operaciones TTV para
conseguir títulos que son admisibles en la OMA transitoria de expansión, los recursos del Fondo
FRECH disponibles para la realización de estas operaciones han disminuido considerablemente en
la última década, pasando de convocatorias semanales promedio de $400.000 millones de pesos en
2009 a $115.280 millones de pesos en 2019, año en el cual la última subasta convocó solamente
$19.014 millones de pesos6. Más aún, el valor promedio convocado en subasta TTV-Frech durante
2019 representa únicamente el 1.35% del convocado en la subasta OMA transitoria de expansión,
que en promedio durante el mismo periodo de tiempo se ubicó en 11.7 billones de pesos.
Tal reducción obedece a que los recursos administrados en el fondo FRECH han sido destinados en
parte a financiar el Programa de Cobertura Condicionada para Créditos de Segunda Generación, una
iniciativa originada luego de la crisis financiera de 2008 para estimular el sector construcción vía
subsidios a la tasa de interés de créditos hipotecarios para vivienda nueva tipo VIS y VIP7, programa
que se ha mantenido a lo largo de los años8.
Apoyos Transitorios de Liquidez
El Banco ejerce el rol de prestamista de última instancia, que tiene por objetivo reducir el efecto
contagio generado por dificultades de liquidez de una entidad crediticia sobre otras entidades
6 Cifras tomadas de la Serie Histórica de Subasta FRECH, Banco de la República. 7 Vivienda de Interés Social y Vivienda de Interés Prioritario. Ficha Técnica Programa de Cobertura Condicionada para Créditos de Segunda Generación, 2013. Banco de Proyectos de Inversión Social BPIN, Departamento Nacional de Planeación. 8 Documento CONPES 3977 de 2019
6
financieras. Los Apoyos Transitorios de Liquidez consisten en la entrega de títulos de contenido
crediticio de deuda no soberana a cambio de dinero entre establecimientos de crédito y el Banco
Central, y están dirigidos únicamente a Establecimientos de Crédito.
El apoyo transitorio de liquidez (ATL) puede ser invocado hasta por un monto igual al 15% de los
pasivos de la entidad para con el público, por un plazo máximo inicial de 30 días calendario,
prorrogable hasta completar 180 días calendario.
Durante la vigencia del ATL, la entidad no puede realizar operaciones monetarias activas ni aquellas
que incrementen la cartera de créditos o las cuentas de inversiones.
El acceso al Apoyo Transitorio de Liquidez se realiza mediante contratos de descuento y/o
redescuento, en donde la entidad solicitante endosa títulos valores de contenido crediticio a favor
del Banco, a cambio del pago de contado del valor equivalente. Al cabo del tiempo establecido, el
Banco podrá exigir al establecimiento de crédito o al emisor de los títulos la restitución de tales
sumas, a cambio de los títulos.
Para acceder al mecanismo ATL, la entidad debe acreditar, entre otras, el cumplimiento de
condiciones de solvencia, de normas sobre límites individuales de crédito y de concentración de
riesgos, y no haber suspendido el pago de sus obligaciones.
Los títulos valores de contenido crediticio admisibles para los apoyos transitorios de liquidez
incluyen:
1. Los provenientes de operaciones de cartera de establecimientos de crédito, calificados en
categoría “A”, desmaterializados o inmaterializados
2. Los provenientes de inversiones financieras, calificados dentro del grado de inversión
3. Los que constituyen inversiones forzosas, calificados dentro del grado de inversión
4. Los emitidos en el exterior, calificados dentro del grado de inversión
No son admisibles:
1. Los títulos representativos de cartera a cargo de accionistas o asociados que posean una
participación en el capital social superior al 1%
2. Los provenientes de inversiones financieras emitidos por filiales, subsidiarias o matriz del
establecimiento de crédito
3. Pagarés que respalden activos que se expidan con ocasión de litigios o sentencias
4. Títulos valores provenientes de operaciones de cartera donde el otorgante se encuentre en
el sistema SARLAFT del establecimiento de crédito
7
Importancia de contar con un mecanismo permanente de admisibilidad de títulos de deuda
privada en operaciones de liquidez en Colombia
Partiendo de que las operaciones transitorias de expansión están habilitadas para Establecimientos
de Crédito y Sociedades Comisionistas de Bolsa del Programa de Creadores de Mercado, se hace
necesario contemplar mecanismos adicionales que estén dirigidos al mercado en general, que
permitan suavizar los ciclos de liquidez y cumplimiento así como optimizar el uso de los portafolios
de deuda privada9.
Entre tanto, valdría la pena considerar la opción de admitir portafolios de deuda privada no solo en
OMA’s Transitorias de Expansión, sino en operaciones de repo-intradía (RI) que pueden ser
habilitadas para todos los Agentes Colocadores de OMA.
Estas opciones son válidas en mercados profundos y sofisticados, así como en algunos mercados
emergentes, donde existen alternativas para irrigar liquidez y así suplir las demandas de recursos,
sin que sea necesario recurrir a mecanismos de última instancia, que requieren que previamente se
haya materializado algún riesgo de liquidez o se haya comprometido la estabilidad del sistema
financiero.
La siguiente tabla describe de manera general los instrumentos disponibles en algunos mercados
internacionales, y que pueden estudiarse como punto de partida para considerar su implementación
en Colombia, buscando dinamizar el mercado monetario a partir de portafolios de deuda privada.
Admisibilidad de títulos de deuda no soberana como colateral en Operaciones de Mercado
Abierto – Experiencia Internacional
Banco Central
Disponibilidad
Colaterales Elegibles (en adición a la Deuda Soberana)
Banco Central Europeo
Permanente
Titularizaciones
Títulos de deuda emitidos por entidades clasificadas como regionales o locales por el Eurosistema
Títulos de deuda emitidos por entidades multilaterales y organizaciones internacionales
Grandes emisiones de bonos garantizados
Bonos garantizados tradicionales y otros bonos garantizados
Títulos de deuda emitidos por entidades no financieras
Bonos emitidos por entidades financieras distintas a entidades de crédito
Bonos de utilización de activos
Banco Nacional de Suiza
Permanente Títulos emitidos por entidades multilaterales o internacionales y entidades del sector privado
Banco de la Reserva de Australia
Permanente
Títulos emitidos por gobiernos extranjeros o entidades multilaterales
Títulos garantizados por el gobierno australiano
Títulos garantizados por un gobierno extranjero
Titularizaciones
Títulos no subordinados y títulos respaldados por activos
Otros activos
Bonos municipales
9 Los portafolios de deuda privada fueron castigados fuertemente desde el año 2010, a partir de la implementación de Basilea y del IRL.
8
Banco de Japón
Permanente
Bonos corporativos
Bonos respaldados por activos
Bonos emitidos por gobiernos extranjeros
Papeles comerciales
Fideicomisos de inversión inmobiliaria
Banco Central de Chile
Permanente
Bajo la modalidad de línea de crédito de liquidez:
Títulos emitidos por empresas bancarias
Bonos hipotecarios cuyo emisor sea una empresa distinta al garante
Certificados de depósito a plazo emitidos por entidades bancarias Bajo la modalidad de compra de títulos (REPO)
Títulos emitidos por el Banco Central de Chile
Bonos hipotecarios cuyo emisor sea una entidad bancaria
Banco Central de Reserva del Perú
Permanente Bonos corporativos en moneda nacional emitidos por empresas del sector real
Títulos hipotecarios en moneda nacional como bonos bancos, cédulas y otros
Conclusiones y Recomendaciones
Las operaciones de corto plazo destinadas a proveer liquidez buscan mantener el equilibrio en el
sistema de pagos, facilitando a entidades estables y solventes cumplir sus compromisos de pago.
Sin embargo, las necesidades de liquidez que pueden suplirse a través de OMAs transitorias de
expansión requieren del uso intensivo de portafolios de deuda pública y se dirigen a pocos agentes
del mercado, mientras los portafolios de deuda privada tienen utilidad limitada, donde la eficiencia
en el uso de portafolios puede mejorar sustancialmente cuando existen mecanismos abiertos a
todos los ACOs y variedad de colaterales admisibles.
Los mecanismos alternos vigentes en Colombia que admiten títulos diferentes a deuda soberana
son insuficientes. Tal es el caso de las TTV-FRECH, mecanismo que ha disminuido su monto
subastado aceleradamente en los últimos años, alcanzando en promedio de 2019 el equivalente a
1.35% del valor convocado en OMA Transitoria de Expansión. También en este caso, el mecanismo
es dirigido a unos pocos participantes, siendo estos ACOs que ostenten la calidad de Establecimiento
de Crédito o Sociedad Comisionista de Bolsa participante en el Programa de Creadores de Mercado
del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
En consecuencia, de darse una flexibilización de la regulación en el mercado financiero sobre la
admisibilidad de títulos de deuda privada en operaciones de Expansión y Repo Intradía, se habilitaría
una importante y positiva alternativa que permitiría dar un uso alterno a los portafolios de deuda
privada, partiendo de que el esquema de admisibilidad contemple medidas de control de riesgo que
evalúen parámetros de alta calidad crediticia, estabilidad en la estructura de pagos, y márgenes de
descuento (haircut) aplicables por categoría.
9
ANEXOS
Banco Central Europeo (BCE)
Requisitos de Admisibilidad
El Banco Central Europeo cuenta con un conjunto de instrumentos para garantizar el
funcionamiento controlado del mercado monetario y para ayudar a satisfacer las necesidades de
liquidez de forma eficiente y organizada.
Para ser admisibles como garantía en operaciones de crédito del Eurosistema, los títulos deben
cumplir con los siguientes criterios:
- Tener una elevada calidad crediticia especificada en el marco de la evaluación del crédito
del Eurosistema (ECAF), que se basa en información de evaluación crediticia emitida por
agencias calificadoras de riesgo, unidades de evaluación de crédito de los Bancos Centrales
y otras fuentes.
o Contar con una calificación de calidad crediticia de mínimo 3 de acuerdo con el
ECAF, la cual consiste en una probabilidad de incumplimiento máxima de 0.4% en
un horizonte temporal de un año.
o Al evaluar la calidad crediticia de un título, Sistema podrá tener en cuenta criterios
y rasgos institucionales del emisor.
- Los instrumentos de deuda deberán tener hasta su amortización final un principal fijo o un
principal resultante de añadir un diferencial a un único tipo de índice de inflación de la zona
euro en un determinado momento.
- Los instrumentos de deuda pueden tener cualquiera de las estructuras de cupones hasta su
amortización final. Sin embargo, si la estructura del título es cupón a tasa variable y el
cálculo del interés del cupón da lugar a un valor negativo dicho título no se considerará
como activo admisible.
- Para ser admisibles, los instrumentos de deuda deberán ser emitidos o avalados por bancos
centrales de los estados miembros, entidades del sector público, agencias, entidades de
crédito, sociedades financieras distintas de entidades de crédito, sociedades no financieras,
bancos multilaterales de desarrollo u organizaciones internacionales.
- Las titularizaciones de activos podrán ser admisibles cuando los activos que respaldan el
título pertenezcan a una de las siguientes clasificaciones de cartera:
a) Préstamos hipotecarios residenciales
b) Préstamos hipotecarios comerciales
c) Préstamos a pequeñas y medianas empresas
d) Préstamos para la adquisición de automóviles
10
e) Préstamos de consumo
f) Derechos de crédito derivados de arrendamientos financieros
g) Derechos de crédito derivados de tarjetas de crédito
- No son admisibles los tramos o subtramos de los bonos de titularización de activos que no
se encuentren subordinados a otros tramos de la misma emisión durante la vida del activo.
Medidas de Control de Riesgos
El BCE puede aplicar las siguientes medidas de control de riesgos para activos admisibles:
- Aplicación de descuentos o haircuts sobre valores de mercado
- Llamado a Margen: Cuando el valor de los activos admisibles cae por debajo de un nivel
determinado, el BCN de origen exigirá a la entidad de contrapartida que presente activos
adicionales o efectivos mediante un ajuste de márgenes. Así mismo, si el valor de los activos
admisibles supera un nivel determinado después ser valorizado nuevamente, el BCN podrá
devolver el exceso de activos o efectivo.
- Establecimiento de límites al uso de bonos emitidos por una entidad de crédito o por
cualquier otra entidad con la que la entidad de crédito tenga vínculos estrechos.
- Establecimiento de límites en relación a los emisores, deudores o avalistas.
- Exclusión del uso de ciertos activos como activos de garantía en operaciones de crédito del
Eurosistema.
Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts)
La política de descuentos aplicables a los colaterales admisibles se basa en la clasificación del título
de acuerdo con:
- La categoría de calidad crediticia de acuerdo con los criterios de evaluación de crédito
establecidos en el ECAF, según la probabilidad de incumplimiento de la emisión en un
horizonte temporal de un año, que puede ser:
Calidad Crediticia
Probabilidad de Incumplimiento
Calificación Crediticia
Categoría 2 0.10% A- hasta AAA Categoría 3 0.40% BBB- hasta BBB+
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- La clasificación, según el tipo de emisor y de deuda:
Clasificación Emisor Tipo de Deuda
I Banco Centrales Gobierno Central
Deuda de largo plazo Deuda de mediano plazo
Papeles comerciales y Certificados de depósito
II
Gobiernos Locales Emisores Supranacionales del EEE
Agencias Instituciones de Crédito
Deuda de largo plazo Deuda de mediano plazo
Papeles comerciales y Certificados de depósito
III Corporativos y otros emisores
Deuda de largo plazo Deuda de mediano plazo
Papeles comerciales
IV Corporaciones Financieras
Otras Instituciones de Crédito
Deuda de largo plazo Deuda de mediano plazo
Papeles comerciales y Certificados de depósito
Teniendo en cuenta los dos factores mencionados, los recortes o descuentos aplicables sobre el
título se determinan utilizando la siguiente tabla de referencia:
Categorías de Recorte
Calidad Crediticia
Vida Residual
Clasificación I Clasificación II Clasificación III Clasificación IV Cupón
fijo Cupón cero
Cupón fijo
Cupón cero
Cupón fijo
Cupón cero
Cupón fijo
Cupón cero
Categorías 1 y 2 ECAF
0 -1 0,5 0,5 1,0 1,0 1,0 1,0 7,5 7,5 1 - 3 1,0 2,0 1,5 2,5 2,0 3,0 10,0 10,5 3 - 5 1,5 2,5 2,5 3,5 3,0 4,5 13,0 13,5 5 - 7 2,0 3,0 3,5 4,5 4,5 6,0 14,5 15,5 7 - 10 3,0 4,0 4,5 6,5 6,0 8,0 16,5 18,0 + 10 5,0 7,0 8,0 10,5 9,0 13,0 20,0 25,5
Categoría 3 ECAF
0 -1 6,0 6,0 7,0 7,0 8,0 8,0 13,0 13,0 1 - 3 7,0 8,0 9,5 13,5 14,5 15,0 22,5 25,0 3 - 5 9,0 10,0 13,5 18,5 20,5 23,5 28,0 32,5 5 - 7 10,0 11,5 14,0 20,0 23,0 28,0 30,5 35,0 7 - 10 11,5 13,0 16,0 24,5 24,0 30,0 31,0 37,0 + 10 13,0 16,0 19,0 29,5 24,5 32,0 31,5 38,0
12
Banco Nacional de Suiza (BNS)
Requisitos de Admisibilidad
Las operaciones REPO pueden realizarse mediante subastas o directamente entre el BNS y la entidad
que requiere liquidez. En ambos casos la contraparte debe cubrir los fondos recibidos por al menos
el 100% del colateral elegible.
Actualmente, el Banco Nacional de Suiza acepta como garantía en las operaciones de liquidez los
certificados de deuda denominados en francos suizos y moneda extranjera siempre y cuando
cuenten con las siguientes características:
- Títulos emitidos por bancos centrales, entidades del sector público, instituciones
supranacionales o internacionales y entidades del sector privado.
- Bonos Respaldados, emitidos por entidades financieras siempre y cuando la entidad o su
subsidiaria no sean entidades domésticas.
- Títulos emitidos por el Banco de Bonos hipotecarios o por el Instituto de Bonos Hipotecarios
de los bancos cantonales10.
- Títulos emitidos por emisores domiciliados en Suiza o miembros de la Unión Europea (EU)
o del Área Económica Europea (EEA).
- Títulos denominados en Franco Suizo, Euro, Dólar de Estados Unidos, Libra Esterlina, Corona
Danesa, Corona Sueca, Corona Noruega.
- Títulos de instituciones supranacionales independientemente de su lugar de emisión.
- Títulos con calificación crediticia no inferior a AA-/Aa3, concepto emitido por al menos una
Agencia Calificadora de Riesgo reconocida por el Organismo de Supervisión del Mercado
Financiero de Suiza.
- Títulos que hayan sido emitidos por un volumen mínimo para títulos denominados en
francos suizos de CHF 100 millones, y el equivalente a CHF 1 billón para títulos denominados
en moneda extranjera.
- Títulos que se encuentren listados y sean negociados en una bolsa o mercado
representativo de Suiza o de la Unión Europea.
- Títulos con principal fijo
10 Los bancos cantonales son 24 entidades financieras suizas, de los cuales 21 tienen una garantía estatal ilimitada. (https://www.kantonalbank.ch/de-CH/Kantonalbanken/Portrait/Regionales-Banking)
13
El Banco Nacional de Suiza puede en cualquier momento excluir de la lista títulos sin obligación a
proveer justificación alguna. No permite el uso de colaterales emitidos por la contraparte que
solicita liquidez, o cuando la entidad controle directa o indirectamente al menos el 20% de los
derechos de capital o de voto.
El proceso de cumplimiento de estas operaciones se realiza mediante el mecanismo de “Delivery vs
Payment”.
Medidas de Control de Riesgos
Cada título se valora diariamente a precios de mercado, y su valor se compara con el valor adeudado
por concepto de la operación de liquidez. Si en las operaciones repo el valor de mercado de la
garantía entregada es inferior al equivalente al 110% del valor recibido, el deudor deberá colocar
garantías adicionales, en forma de más títulos o efectivo.
En caso de que el título entregado en garantía salga de la lista de títulos admisibles el deudor deberá
restituir inmediatamente el valor de la garantía con efectivo o con otros títulos que mantengan la
calidad de admisibles.
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Banco Central de la Reserva del Perú (BCRP)
Requisitos de Admisibilidad
Hasta el año 2008, el Banco Central de la Reserva de Perú recibía como garantía en las operaciones
de liquidez únicamente títulos de deuda emitidos por el banco central o por el Tesoro Público y en
moneda nacional, incluyendo aquellos con índice de Valor Adquisitivo Constante (VAC). A partir de
2008, el BCRP autorizó la admisibilidad de carteras de créditos o participaciones en fideicomisos
como garantía, con el fin de proveer liquidez en moneda nacional.
Las Operaciones de Reporte de Valores a Cambio de Moneda Nacional pueden ser realizadas a
través de subastas u operaciones directas. Los títulos elegibles como colateral son los siguientes:
- Títulos emitidos por el BCRP
- Títulos en moneda nacional emitidos por la República del Perú que se encuentren inscritos
en el Registro Central de Valores y Liquidaciones CAVALI S.A ICLV.
- Títulos hipotecarios en moneda nacional como bonos, cédulas, letras y otros que determine
el BCRP.
- Bonos corporativos emitidos en moneda nacional por empresas del sector real, que cuenten
con calificación mínima de AA por al menos dos calificadoras de riesgo.
- Bonos corporativos emitidos en Dólares de los Estados Unidos
- Los títulos utilizados como colateral deben tener vida residual de por lo menos un día hábil
posterior al vencimiento de la operación.
Medidas de Control de Riesgos
En la definición de los criterios y títulos admisibles, el Banco Central de Reserva del Perú:
- Se reserva el derecho a decidir el tipo de título que aceptará en cada subasta u operación
directa y su monto.
- Determinará el monto de los títulos que las entidades entregarán en cada operación
teniendo en cuenta los criterios de valoración y descuentos o haircuts definidos.
- El BCRP podría negociar o intercambiar dichos valores sin perjuicio a entregar los mismos o
similares al momento de la recompra.
15
- En la vigencia de la operación, el BCRP asumirá los derechos políticos que puedan derivarse
de títulos colocados como garantía. A las entidades participantes le corresponderán los
derechos económicos que generen los títulos durante la vigencia de la operación.
- La valoración de los títulos se realizará tomando como referencia el precio más
representativo del día hábil anterior a la fecha de la subasta o de la operación directa.
- Durante la vigencia de la operación, el BCRP puede realizar llamado a margen si el valor de
mercado total de los valores entregados se reduce al 75% del monto global del haircut. La
entidad participante deberá transferir al BCRP valores del mismo tipo u otros establecidos
como elegibles para reconstruir el monto inicial de los valores.
Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts)
El BCRP aplica un haircut al valor de mercado de acuerdo al tipo de título y su plazo al vencimiento,
este valor resultante debe ser mayor o igual al monto pactado de recompra. La siguiente tabla se
utiliza para establecer el descuento a aplicar:
Vida Residual (Años)
Corporativos (PEN)
Corporativos VAC (PEN)
Corporativos (USD)
0- 1 3.0 6.0 3.0 1- 5 5.0 9.0 5.0
5 – 10 7.0 14.0 7.0 +10 14.0 19.0 14.0
16
Banco de la Reserva de Australia (RBA)
El banco central de Australia cuenta con tres mecanismos diferentes para proveer liquidez a los
agentes de mercado, siendo estas las OMAs de Corto Plazo, las OMAs de Largo Plazo y las Facilidades
Permanentes de Liquidez.
1. Las Operaciones de Mercado Abierto de Corto Plazo se realizan a través de subasta bajo la
modalidad de venta definitiva o venta con pacto de recompra, donde los colaterales
entregables pueden ser títulos de deuda pública o privada siempre y cuando tengan
vencimiento inferior a 18 meses. El banco central podrá negar la admisibilidad del colateral
si este es presentado por una entidad que tenga relación alguna con el emisor.
2. En las Operaciones de Mercado Abierto de Largo Plazo se admitirán como garantía aquellos
títulos de deuda pública que tengan vencimiento superior a 18 meses.
3. Facilidades Permanentes de Liquidez: Disponible para las entidades que sean miembros del
Sistema de Información y Transferencias del Banco de la Reserva de Australia. Este
mecanismo funciona a través de Repos que son originados sin fecha de vencimiento.
Requisitos de Admisibilidad
Los títulos admisibles como colaterales en las operaciones Repo deben cumplir con las siguientes
condiciones:
- El título es emitido en dólares australianos, y se debe custodiar en el depósito central
de valores Austraclear.
- El título no tiene vencimiento durante la vida de la operación Repo, ni tampoco en
fechas cercanas a la liquidación del mismo.
- El título tiene una estructura estándar de pago de capitales e intereses.
- El título cumple con la siguiente calificación mínima:
Emisor Calificación Crediticia Mínima11
Gobierno de Australia N/A
Entidades Públicas No Nacional N/A
Gobiernos Extranjeros o Entidades Supranacionales AAA
Títulos No Subordinados y Bonos Respaldados
- Madurez residual mayor a un año BBB-
- Madurez residual menor o igual a un año Contar con al menos calificación de Emisor por parte de dos agencias
Titularizaciones A-1 o AAA
Otros activos A-1 O AAA
11 Las calificaciones crediticias que se tienen en cuenta son las emitidas por Standard and Poor’s o una agencia que cuente con el reconocimiento equivalente.
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Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts)
El Banco de reservas de Australia aplica un margen de descuento para los títulos comprados bajo la
modalidad de REPO de la siguiente manera:
Emisor / Clase Calificación Crediticia Mínima
Margen por tiempo residual de maduración
0 - 1 años
1 - 5 años
5 - 10 años
> 10 años
Gobierno Australiano N/A 1 2 2 2 Deuda Pública No Nacional N/A 1 2 2 2 Gobiernos Extranjeros o Entidades AAA 2 3 4 4 Títulos avalados por Gobierno Australiano N/A 2 3 4 4 Títulos avalados por Gobierno Nueva Zelanda AAA 2 3 4 4 Títulos No Subordinados / Respaldados por Activos
AAA 6 7 8 10 AA- 10 12 14 16 A- 12 14 16 18 BBB- 18 22 26 30
24 n/a n/a n/a Titularizaciones Estandarizadas A-1 o AAA 10 - 15 10 - 15 10 - 15 10 - 15 Titularizaciones (Otras) A-1 o AAA 15 - 20 15 - 20 15 - 20 15 - 20 Otros activos A-1 O AAA 6 7 8 10
El margen se aplica de la siguiente manera:
Precio de Compra = Valor de Mercado
Ratio de Margen
Donde:
Ratio de Margen = 1 + Margen
100
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Banco de Japón (BoJ)
El Banco de Japón dispone de dos herramientas para ejecutar las Operaciones de Mercado Abierto,
las cuales son:
1. Operaciones para proveer liquidez al mercado
2. Operaciones para absorber liquidez del mercado.
Requisitos de Admisibilidad
En la primera categoría, el Banco Central de Japón tiene varios tipos de operaciones incluyendo:
- Préstamos para Proveer Liquidez contra Garantías Conjuntas. Bajo esta modalidad, el BoJ
puede recibir bonos del gobierno nacional, bonos municipales, bonos con garantía, bonos
corporativos, papeles comerciales y títulos de corto plazo.
- Compras Outright. Consiste en la compra que hace el BoJ de bonos de deuda pública
emitidos por parte el Gobierno Nacional
- Compras Outright de títulos de deuda pública a corto plazo (T-BILLS).
- Compras Outright sobre papeles comerciales y bonos corporativos. Para ser admisibles
como colaterales los papeles comerciales deben ser emitidos por corporaciones de
inversión inmobiliaria, empresas extranjeras con garantía o debe ser respaldados por
activos.
- Compras de ETF´S y Fideicomisos de inversión inmobiliaria de Japón. Para ser admisibles
deben estar listados en una bolsa de valores en Japón. Los ETF’S deben replicar el
comportamiento del Índice de precios de acciones de Tokio (TOPIX), el Nikkei 225 o el Nikkei
400 (JPX – Nikkei 400).
- Ventas con pacto de recompra sobre títulos emitidos por el gobierno de Japón.
- Ventas con pacto de recompra sobre papeles comerciales
Para hacer uso de los mecanismos anteriormente descritos que permiten el uso de títulos de
deuda privada como colaterales es necesario que los títulos:
o Tengan una calificación crediticia mínima igual a A, emitida por una Agencia
Calificadora autorizada por el BoJ
o Cumplimiento de criterios de solvencia establecidos sobre el emisor.
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Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts)
El Banco Central de Japón aplica un descuento o Haircut sobre el valor del colateral dependiendo
de la clase del título a recibir como garantía, de acuerdo con la siguiente tabla:
Emisor / Vencimiento (años)
< 1 1 - 5 5 - 10 10 - 20 20 - 30 >30
Bonos emitidos por el Gobierno de Japón
1% 1% 2% 3% 5% 7%
Bonos de tasa variable emitidos por el Gobierno de
Japón
2% 2% 2% 4% - -
Bonos sin cupón emitidos por el Gobierno Nacional de
Japón (STRIPS)
2% 2% 3% 4% 6% 9%
Bonos indexados a la inflación emitidos por el Gobierno
Nacional de Japón
7% 4% 5% 6% 8% 10%
Bonos emitidos por el Gobierno de Japón que
cuentan con una garantía
2% 2% 3% 4% 6% 8%
Bonos Municipales 2% 2% 3% 4% 6% 8%
Bonos Corporativos 3% 3% 4% 5% 7% 9%
Bonos Respaldados por Activos
3% 3% 4% 5% 7% 9%
Fideicomisos de Inversión inmobiliaria
3% 3% 4% 5% 7% 9%
Bonos Emitidos por Gobiernos Extranjeros
3% 3% 4% 5% 7% 9%
Papeles Comerciales 4% - - - - -
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Banco Central de Chile (BCCh)
Las principales herramientas utilizadas por el Banco Central de Chile para regular la liquidez de la
economía son las Operaciones de Compra de Títulos de Crédito con Pacto de Retroventa (REPO), la
Línea de Crédito de Liquidez y el Depósito de liquidez.
La Compra de títulos de crédito consiste en la compra de activos financieros mediante Repos,
mientras la Línea de Crédito de Liquidez consiste en la entrega de títulos constituyendo Prenda a
favor del BCCh. Los activos comprados o en prenda se entregan a cambio de un monto en pesos
donde en la misma operación se pacta la obligación realizar la operación inversa en un plazo
determinado (generalmente un día). Estas operaciones no tienen un monto máximo e incluyen un
cobro de una tasa de interés única que equivale a la tasa de política monetaria más 25 puntos
básicos adicionales.
Por su parte, el Depósito de Liquidez permite a los bancos depositar sus excedentes de liquidez
recibiendo la tasa de política monetaria menos 25 puntos básicos.
Requisitos de Admisibilidad
Bajo la modalidad de Línea de crédito de Liquidez se pueden entregar como colaterales:
- Títulos emitidos por el Banco Central de Chile o por la Tesorería General de la República.
- Títulos emitidos por empresas bancarias, que cumplan con las siguientes características:
o Letras de crédito cuyo emisor sea una empresa bancaria distinta del garante.
o Bonos hipotecarios cuyo emisor sea una empresa bancaria distinta del garante,
estos títulos pueden estar en pesos chilenos o en Unidades de Fomento y tienen
que ser pagaderos en moneda corriente nacional.
o Pagarés o Certificados de Depósito a plazo fijo emitidos por empresas bancarias,
siendo estos emitidos en pesos chilenos o en Unidades de Fomento.
Bajo la modalidad de Compra de Títulos de Crédito con Pacto de Retroventa (REPO) el Banco Central
de Chile acepta como colaterales:
- Títulos emitidos por el Banco Central de Chile
- Bonos Hipotecarios cuyo emisor sea una empresa bancaria
Los títulos emitidos por empresas bancarias deberán que contar con una calificación crediticia
equivalente o superior a la categoría A, otorgada por al menos dos entidades calificadoras de riesgo
distintas que estén inscritas en la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras o en la
Superintendencia de Valores y Seguros.
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Márgenes de Descuento sobre Valores de Mercado (Haircuts)
El Banco Central de Chile aplica un descuento o Haircut a los títulos de deuda privada que determina
como elegibles para realizar las operaciones de mercado abierto, estos descuentos se determinan
de la siguiente manera:
Vencimiento (días)/Calificación
Títulos en CLP(A) Títulos en CLP (AA en adelante)
Hasta 98 15% 10%
Desde 99 a 360 15% 10%
Desde 361 15% 10%
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Referencias
1. Banco Central de Chile. (2009). Reglamento Operativo de la Línea de Crédito de
liquidez en Moneda Nacional para Empresas Bancarias con Garantía Prendaria
(LCGP). Disponible en http://www.bcentral.cl/-/carta-circular-20-de-enero-de-
2009. Santiago, Chile.
2. Banco Central de Reserva del Perú. LEY Nº 30052 (2013). Lima, Perú.
3. Banco Central Europeo. (2014). Sobre la Aplicación del Marco de la Política
Monetaria del Eurosistema (BCE/2014/60) Disponible en
https://www.ecb.europa.eu/ecb/legal/pdf/oj_jol_2015_091_r_0002_es_txt.pdf).
4. Banco Nacional de Suiza. (2015). Guía del Banco Nacional de Suiza sobre
Instrumentos de Política Monetaria. Disponible en
https://www.snb.ch/en/mmr/reference/snb_legal_geldpol_instr2015/source/snb
_legal_geldpol_instr2015.en.pdf).
5. Colaterales Elegibles Banco de la Reserva de Australia. (2018). Disponible en
https://www.rba.gov.au/mkt-operations/resources/tech-notes/eligible-
securities.html
6. Guías de colaterales elegibles: Banco de Japón. (2018). Disponible en
http://www.boj.or.jp/en/mopo/measures/term_cond/yoryo18.htm/
7. Resolución Externa N° 2 de 2015, BR
8. Circular Reglamentaria Externa DEFI-354 del Banco de la República
9. Circular Reglamentaria Externa DODM-142 del Banco de la República.
10. Ficha Técnica Programa de Cobertura Condicionada para Créditos de Segunda
Generación, Banco de Proyectos de Inversión Social BPIN - DNP, 2013.
11. Documento CONPES 3977 de 2019: Declaración de Importancia Estratégica del
Proyecto de Inversión Implementación del Programa de Cobertura Condicionada
para Créditos de Vivienda Segunda Generación Nacional, a través del Programa
Cobertura a la Tasa de Interés y del Proyecto Subsidio Familiar de Vivienda Nacional,
a través de los Programas Mi Casa Ya y Semillero de Propietarios.