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REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO SESIÓN ORDINARIA Nº 017-2018 5 DE SETIEMBRE DEL 2018 Acta de la reunión ordinaria celebrada por el Directorio Legislativo a las once horas con quince minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciocho. Presentes los señores diputados Carolina Hidalgo Herrera, Presidenta; María Inés Solís Quirós, Vicepresidenta; Luis Fernando Chacón Monge, Primer Secretario e Ivonne Acuña Cabrera, Segunda Secretaria. Asimismo estuvo presente el señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo. ARTÍCULO 1.- Se lee el acta de la sesión ordinaria No 016-2018, celebrada por el Directorio Legislativo el 22 de agosto del 2018 y previo a su aprobación se revisa el acuerdo tomado en el artículo 21, relativo a la revaloración de los puestos de la Defensoría de los Habitantes de la República. Se lleva a cabo una amplia discusión con respecto al tema y además se conoce el contenido del oficio AL-DRHU- OFI-2163-2018, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, en el cual plantea que las anualidades de los funcionarios legislativos para este segundo semestre, en consistencia con la directriz girada por el Poder Ejecutivo, la resolución definida por la Dirección General del Servicio Civil y la Contraloría General de la República, fueron congeladas en el monto que se aplicó para el primer semestre de este año. En función de lo anterior, el señor Cascante Micó, llama la atención que en la propuesta de revaloración salarial enviada por la Defensoría de los Habitantes, para este segundo semestre, se mantiene el incremento en el rubro de anualidades, según los porcentajes que ellos tienen definidos en las diferentes clases de puestos. Por tanto, con base en el criterio vertido por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio AL- DRHU-OFI-2163-2018, se modifica el acuerdo tomado en el _________________________________ SESIÓN ORDINARIA N° 017-2018 5 de setiembre del 2018 Página N° 1

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REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO

SESIÓN ORDINARIA Nº 017-2018

5 DE SETIEMBRE DEL 2018

Acta de la reunión ordinaria celebrada por el Directorio Legislativo a las once horas con quince minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciocho. Presentes los señores diputados Carolina Hidalgo Herrera, Presidenta; María Inés Solís Quirós, Vicepresidenta; Luis Fernando Chacón Monge, Primer Secretario e Ivonne Acuña Cabrera, Segunda Secretaria. Asimismo estuvo presente el señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo.

ARTÍCULO 1.- Se lee el acta de la sesión ordinaria No 016-2018, celebrada por el Directorio Legislativo el 22 de agosto del 2018 y previo a su aprobación se revisa el acuerdo tomado en el artículo 21, relativo a la revaloración de los puestos de la Defensoría de los Habitantes de la República.

Se lleva a cabo una amplia discusión con respecto al tema y además se conoce el contenido del oficio AL-DRHU-OFI-2163-2018, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, en el cual plantea que las anualidades de los funcionarios legislativos para este segundo semestre, en consistencia con la directriz girada por el Poder Ejecutivo, la resolución definida por la Dirección General del Servicio Civil y la Contraloría General de la República, fueron congeladas en el monto que se aplicó para el primer semestre de este año.

En función de lo anterior, el señor Cascante Micó, llama la atención que en la propuesta de revaloración salarial enviada por la Defensoría de los Habitantes, para este segundo semestre, se mantiene el incremento en el rubro de anualidades, según los porcentajes que ellos tienen definidos en las diferentes clases de puestos.

Por tanto, con base en el criterio vertido por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio AL-DRHU-OFI-2163-2018, se modifica el acuerdo tomado en el artículo 21, a fin de ordenar a la Defensoría de los Habitantes que mantenga en la escala salarial para el segundo semestre del 2018, el mismo monto de la anualidad aplicado el semestre anterior, tal y como lo dispuso en ese sentido la Contraloría General de la República y esta Asamblea Legislativa.

Hecha la anterior modificación, se aprueba el acta de la sesión ordinaria No 016-2018, celebrada el 22 de agosto del 2018.

ARTÍCULO 2.- Se conoce oficio PAC-JF-065-18/19, recibido el 23 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Víctor Manuel Morales Mora, Jefe de Fracción del Partido Acción Ciudadana, mediante el cual solicita nombrar a la señora Yansy Vargas Solis, cédula No. 6-400-535, en el puesto No. 017285 de Asesor Especializado B-R, a partir del 15 de agosto y hasta el 31 de octubre de 2018.

La señora Vargas Solís estará destacada en Asesores de esa agrupación política.

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5 de setiembre del 2018Página N° 1

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SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Víctor Manuel Morales Mora, Jefe de Fracción del Partido Acción Ciudadana, mediante oficio PAC-JF-065-18/19, nombrar a la señora Yansy Vargas Solis, cédula No. 6-400-535, en el puesto No. 017285 de Asesor Especializado B-R, a partir del 15 de agosto y hasta el 31 de octubre de 2018.

La señora Vargas Solís estará destacada en Asesores de esa agrupación política. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 3.- Se conoce oficio PAC-JF-067-18/19, con fecha 27 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Víctor Manuel Morales Mora, Jefe de Fracción del Partido Acción Ciudadana, mediante el cual solicita tramitar la renuncia del señor Leonardo Mata Pereira, cédula No 2-620-522, al puesto No 017274 de Asesor Especializado BR, a partir del 28 de agosto del 2018.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Víctor Manuel Morales Mora, Jefe de Fracción del Partido Acción Ciudadana, mediante oficio PAC-JF-067-18/19, aceptar la renuncia del señor Leonardo Mata Pereira, cédula No 2-620-522, al puesto No 017274 de Asesor Especializado BR, a partir del 28 de agosto del 2018. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 4.- Se conoce oficio PAC-JF-082-18/19, con fecha 31 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Víctor Manuel Morales Mora, Jefe de Fracción del Partido Acción Ciudadana, mediante el cual solicita al Directorio Legislativo realizar el nombramiento del señor José Daniel Mora Bolaños, cédula No 7-190-127, en el puesto No 017274 de Asesor Especializado BR, a partir del 1 de setiembre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

El señor Mora Bolaños estará destacado en el despacho de la diputada Paola Vega Rodríguez.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Víctor Manuel Morales Mora, Jefe de Fracción del Partido Acción Ciudadana, mediante oficio PAC-JF-082-18/19, nombrar al señor José Daniel Mora Bolaños, cédula No 7-190-127, en el puesto No 017274 de Asesor Especializado BR, a partir del 1 de setiembre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

El señor Mora Bolaños estará destacado en el despacho de la diputada Paola Vega Rodríguez ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 5.- Se conoce oficio FRN-029-08-18, con fecha 27 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Carlos Avendaño Calvo y la señora Mónica Catalán Marín, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Restauración Nacional, respectivamente, mediante el cual solicitan al Directorio Legislativo nombrar a la señora Adriana María Quirós Sáenz, cédula No 1-1569-647, en el puesto No 102014 de Asistente de Fracción Política 1, a partir del 1 de octubre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Carlos Avendaño Calvo y la señora Mónica Catalán Marín, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Restauración Nacional, respectivamente, mediante oficio FRN-029-08-18, nombrar a

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la señora Adriana María Quirós Sáenz, cédula No 1-1569-647, en el puesto No 102014 de Asistente de Fracción Política 1, a partir del 1 de octubre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

La señora Quirós Sáenz estará destacada en el despacho de la diputada Mileidy Alvarado Arias. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 6.- Se conoce oficio AL-DA-FUSC No. 67-2018, con fecha 29 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicitan nombrar al señor José Pablo Céspedes Rodríguez, cédula No. 2-767-155, en el puesto No. 110082 de Asistente de Fracción Política 2, a partir del 1 de setiembre del 2018 y hasta el 31 de agosto del 2019.

El señor Céspedes Quirós estará destacado en el despacho de la diputada María Inés Solís Quirós.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio AL-DA-FUSC No. 67-2018, nombrar al señor José Pablo Céspedes Rodríguez, cédula No. 2-767-155, en el puesto No. 110082 de Asistente de Fracción Política 2, a partir del 1 de setiembre del 2018 y hasta el 31 de agosto del 2019.

El señor Céspedes Quirós estará destacado en el despacho de la diputada María Inés Solís Quirós. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 7.- Se conoce oficio AL-DA-FUSC No. 68-2018, con fecha 29 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicitan nombrar al señor Marco Tulio Fallas Prado, cédula No. 9-052-426, en el puesto No. 08949 de Asesor Especializado BR, en sustitución del señor Carlos Andrés Robles Obando, quien se encuentra incapacitado. Rige a partir del 18 de agosto del 2018 y mientras dure dicha incapacidad.

El señor Fallas Prado estará destacado en el despacho del diputado Óscar Cascante Cascante.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio AL-DA-FUSC No. 68-2018, nombrar al señor Marco Tulio Fallas Prado, cédula No. 9-052-426, en el puesto No. 08949 de Asesor Especializado BR, en sustitución del señor Carlos Andrés Robles Obando, quien se encuentra incapacitado. Rige a partir del 18 de agosto del 2018 y mientras dure dicha incapacidad.

Lo anterior por cuanto es criterio de este Directorio Legislativo que las incapacidades pueden presentarse  de manera continua o discontinua, siendo que cuando mantienen continuidad en el tiempo, deben ser entendidas como una, no solo para el pago de los subsidios derivados de esta, sino para la sustitución del funcionario incapacitado. Por lo tanto, la interpretación correcta del artículo 12 de la sesión 76-2003,

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debe realizarse bajo el principio de continuidad de la incapacidad, en el sentido que si bien tanto el inicio como el término de las incapacidades se disponen por medio de documentos que emite el centro de salud correspondiente, dependiendo de la evolución del paciente, la posibilidad de sustituir a un servidor se realizará con base en la continuidad de esta y no de la emisión de los comprobantes periódicos que sustentan dicha incapacidad. Partiendo de lo anterior, los treinta días a los que se hace referencia en el artículo 12 de cita, para poder sustituir a un funcionario incapacitado, deben ser entendidos y contabilizados de manera continua, en caso de existir más de una boleta de incapacidad.

El señor Fallas Prado estará destacado en el despacho del diputado Óscar Cascante Cascante. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 8.- Se conoce oficio AL-DA-FUSC No. 63-2018, con fecha 28 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicitan mantener en las respectivas plazas por un período de cuatro años y no de uno como se había consignado originalmente a los siguientes funcionarios:

Lineth Saborío Chaverri, cédula No. 1-1254-660, en el puesto No. No. 098035 de Asesor Especializado BR.

Randall Mata Mora, cédula No. 4-215-406, en el puesto No. 111337 de Asistente de Fracción Política 2.

Marjorie Vega Sojo, cédula No. 4-118-092, en el puesto No. 098073 de Asistente de Fracción Política 1.

Eliana Paola Sáenz Salazar, cédula No. 1-766-721, en el puesto No. 098026 de Asesor de Fracción Política 1R.

Kattia Martin Cañas, cédula No. 4-123-548, en el puesto No. 098038 de Asesor Especializado BR.

Los anteriores funcionarios se encuentran destacados en el despacho de la diputada Shirley Díaz Mejía.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio AL-DA-FUSC No. 63-2018, mantener en las respectivas plazas por un período de cuatro años y no de uno como se había consignado originalmente a los siguientes funcionarios:

Lineth Saborío Chaverri, cédula No. 1-1254-660, en el puesto No. No. 098035 de Asesor Especializado BR.

Randall Mata Mora, cédula No. 4-215-406, en el puesto No. 111337 de Asistente de Fracción Política 2.

Marjorie Vega Sojo, cédula No. 4-118-092, en el puesto No. 098073 de Asistente de Fracción Política 1.

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Eliana Paola Sáenz Salazar, cédula No. 1-766-721, en el puesto No. 098026 de Asesor de Fracción Política 1R.

Kattia Martin Cañas, cédula No. 4-123-548, en el puesto No. 098038 de Asesor Especializado BR.

Los anteriores funcionarios se encuentran destacados en el despacho de la diputada Shirley Díaz Mejía. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 9.- Se conoce oficio AL-DA-FUSC No. 64-2018, con fecha 28 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicitan, por acuerdo de esa fracción política, realizar los siguientes movimientos de personal:

Cesar el nombramiento de la señora Kattia Martin Cañas, cédula No. 4-123-548, en el puesto No. 098080 de Asesor Especializado AR, a partir del 31 de agosto del 2018.

Nombrar de la señora Kattia Martin Cañas, cédula No. 4-123-548, en el puesto No. 098038 de Asesor Especializado BR, a partir 1 de setiembre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

La señora Martin Cañas continuará destacada en el despacho de la diputada Shirley Díaz Mejías.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio AL-DA-FUSC No. 64-2018, y por acuerdo de esa fracción política, realizar los siguientes movimientos de personal:

Cesar el nombramiento de la señora Kattia Martin Cañas, cédula No. 4-123-548, en el puesto No. 098080 de Asesor Especializado AR, a partir del 31 de agosto del 2018.

Nombrar de la señora Kattia Martin Cañas, cédula No. 4-123-548, en el puesto No. 098038 de Asesor Especializado BR, a partir 1 de setiembre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

La señora Martin Cañas continuará destacada en el despacho de la diputada Shirley Díaz Mejías. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 10.- Se conoce oficio AL-DA-FUSC No. 65-2018, con fecha 28 de agosto del

2018, suscrito por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicitan nombrar a la señora María Marta Salazar Muñoz, cédula No. 1-1251-597, en el puesto No. 078956 de Asesor Especializado BR. Rige a partir del 1 de setiembre del 2018 y hasta el 31 de agosto del 2019.

La señora Salazar Muñoz estará destacada en el despacho de la diputada María Vita Monge Granados.

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SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio AL-DA-FUSC No. 65-2018, nombrar a la señora María Marta Salazar Muñoz, cédula No. 1-1251-597, en el puesto No. 078956 de Asesor Especializado BR. Rige a partir del 1 de setiembre del 2018 y hasta el 31 de agosto del 2019.

La señora Salazar Muñoz estará destacada en el despacho de la diputada María Vita Monge Granados. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 11.- Se conoce oficio AL-DA-FUSC No. 66-2018, con fecha 28 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicitan mantener a la señora Alexandra Quirós Arias, cédula No. 1-1241-335, en el puesto No. 107211 de Asesor Especializado AR, por un período de cuatro años y no de uno como se había consignado originalmente.

La señora Quirós Arias se encuentra destacada en el despacho de la diputada María Vita Quirós Granados.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio AL-DA-FUSC No. 66-2018, mantener a la señora Alexandra Quirós Arias, cédula No. 1-1241-335, en el puesto No. 107211 de Asesor Especializado AR, por un período de cuatro años y no de uno como se había consignado originalmente.

La señora Quirós Arias se encuentra destacada en el despacho de la diputada María Vita Monge Granados. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 12.- Se conoce oficio AL-DA-FUSC No. 69-2018, con fecha 3 de setiembre del 2018, suscrito por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicita nombrar a la señora Ethel Abarca Amador, cédula No. 1-746-874, en el puesto No. 098080 de Asistente de Fracción Política 2, a partir del 1 de septiembre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

La señora Ethel Abarca Amador estará destacada en el despacho de la diputada Shirley Díaz Mejías.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Erwen Masís Castro y la señora Paola Sáenz Salazar, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio AL-DA-FUSC No. 69-2018, nombrar a la señora Ethel Abarca Amador, cédula No. 1-746-874, en el puesto No. 098080 de Asistente de Fracción Política 2, a partir del 1 de septiembre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

La señora Ethel Abarca Amador estará destacada en el despacho de la diputada Shirley Díaz Mejías. ACUERDO FIRME.

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ARTÍCULO 13.- Se conoce oficio FRN-IAC-0180-09-2018, suscrito por la diputada Ivonne Acuña Cabrera, mediante el cual solicita nombrar al señor Juan Diego López Quirós, cédula No 2-505-248, en el puesto No 112269 de Asesor Especializado BR, a partir del 1 de setiembre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por la diputada Ivonne Acuña Cabrera, mediante oficio FRN-IAC-0180-09-2018, nombrar al señor Juan Diego López Quirós, cédula No 2-505-248, en el puesto No 112269 de Asesor Especializado BR, a partir del 1 de setiembre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 14.- Se conoce oficio AL-DRHU-OFI-2059-2018, con fecha 23 de agosto del 2018, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual se refiere a la siguiente situación:

Mediante acuerdo del Directorio Legislativo de la sesión N° 001-2018 realizada el 2 de mayo del 2018, en su artículo 5 se nombró a la señora Laurent Orietta Céspedes Hernández, en el puesto N° 72498 de Asesor Especializado AR a partir del 1 de mayo del 2018, en la fracción del Partido Restauración Nacional (despacho de la diputada Carmen Chan Mora).

La señora Céspedes Hernández es ciudadana cubana y al momento del nombramiento (1 de mayo del 2018) se encontraba tramitando la cédula de residencia en Costa Rica por lo que resultaba improcedente formalizar el nombramiento dado que no poseía una situación migratoria que le permitiera trabajar en este país.

El día de hoy, 23 de agosto del 2018, la compañera presentó el documento cédula de residencia temporal donde se indica que cuenta con libre condición por lo que puede ser nombrada a partir de esta fecha según los requisitos que ostenta.

Es por lo anterior que solicita se actualice el acuerdo de nombramiento indicado a fin de que conste con fecha cierta en el expediente de la señora Céspedes Hernández.

SE ACUERDA: Con base en el criterio vertido por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio AL-DRHU-OFI-2059-2018, modificar el acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 5 de la sesión N° 001-2018, celebrada el 2 de mayo del 2018, con el propósito de establecer que el nombramiento de la señora Laurent Orietta Céspedes Hernández, en el puesto No 072498 de Asesor Especializado AR, rige a partir del 23 de agosto del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

La señora Céspedes Hernández estará destacada en el despacho de la diputada Carmen Chan Mora. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 15.- Se conoce oficio AL-DRHU-OFI-2043-2018, con fecha 21 de agosto del 2018, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual indica que el cese de la funcionaria Aracy Araya Calderón, cédula 1-1528-0447 se dispuso a partir del 6 de agosto 2018, según artículo 8 de la sesión extraordinaria N° 15-2018, celebrada por el Directorio Legislativo el 13 de agosto del 2018, fue

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comunicado a su Departamento por oficio AL-DRLE-OFI-657- 2018 el día 16 de agosto del 2018.

El Departamento de Recursos Humanos comunica dicho cese de funciones mediante oficio AL-DRHU-OFI-2011-2018, al día siguiente, 17 de agosto del mismo año a las 11 horas, fecha en la cual ella estaba todavía laborando.

Es por ese motivo que la funcionaria recibió el pago completo de la primera quincena de agosto 2018 y además ella solicita a la administración superior la cancelación de los 2 días restantes (16 y 17 de agosto 2018).

En conversación con la señora Araya se llegó al acuerdo de que, a fin de no tener que recurrir a la recuperación del monto pagado de más en esa quincena y sabiendo que ella laboró hasta el 16 de agosto, se solicitaría que el rige del cese fuese a partir del 15 de agosto.

Asimismo indica el señor Cascante Micó, en la misma sesión del 13 de agosto se tomó el acuerdo de nombrar en la plaza de la señora Araya, al señor Mario Hidalgo con rige a partir del 7 de agosto, a quién también se le comunica el 17 de agosto.

En virtud de que no se puede pagar a dos funcionarios en un mismo puesto y que el señor Hidalgo formalizó su nombramiento hasta el 20 de agosto, solicita que el rige de su nombramiento sea a partir del 16 de agosto del 2018. SE ACUERDA: Con base en el criterio vertido por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio AL-DRHU-OFI-2043-2018, modificar los acuerdos tomados por el Directorio Legislativo en el artículo 8 de la sesión No 15-2018, para que se lean de la siguiente manera:

“SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Carlos Avendaño Calvo y Mónica Catalán Marín, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Restauración Nacional, respectivamente, y por acuerdo de esa fracción política y la justificación correspondiente, tomar las siguientes disposiciones:

1. Cesar el nombramiento de la señora Aracy Araya Calderón, cédula No. 1-1528-447, en el puesto No. 098048 de Asesor de Fracción Política 1R, a partir del 15 de agosto del 2018.

Dicha funcionaria está destacada en el despacho del diputado Eduardo Cruickshank Smith.

2. Nombrar al señor Mario Hidalgo Carmona, cédula No. 1-714-743, en el puesto No. 098048 de Asesor de Fracción Política 1R, a partir del 16 de agosto del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022.

El señor Hidalgo Carmona estará destacado en el despacho del diputado Eduardo Cruickshank Smith”. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 16.- Se conoce correo electrónico suscrito por el señor Sergio Ramírez Acuña, Director a.i. del Departamento de Proveeduría, mediante el cual indica que el compañero Luis Fernández Bolaños fue intervenido quirúrgicamente, producto de una enfermedad delicada. Él ya tiene varios meses de estar

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incapacitado por esta razón y a partir del mes de setiembre iniciará un tratamiento que se va a extender por seis meses al menos.

Hasta la fecha el compañero Fernández no ha sido sustituido, por lo que sus funciones han debido distribuirse entre otros compañeros, quienes con un alto sentido de colaboración y responsabilidad han contribuido en ello; sin embargo, en este escenario de que su ausencia se prolongue por seis meses, al menos, sí parece lógico y prudente que el Directorio Legislativo autorice su sustitución, mientras dure dicha ausencia. Lo anterior es de mucha relevancia, en especial si se toma en cuenta que viene el periodo de fin de año, en el cual el trabajo propio de la Proveeduría se incrementa sustancialmente, a los efectos de dar por concluidos todos los procedimientos de contratación pendientes, así como el inicio de los procedimientos a realizar a inicios del otro año, al igual que la realización de inventarios, elaboración de informes y otros asuntos.

En ese orden de cosas, hace la respetuosa sugerencia de nombrar a Sofía Rivera Jiménez, quien ya ha laborado tiempo atrás en esa Proveeduría, y quien puede desempeñarse de manera muy eficiente en las diferentes áreas de ese departamento, según se le requiera, cosa que ya ha hecho con anterioridad de forma muy satisfactoria.

Las principales funciones de la señora Rivera Jiménez, serían las siguientes:

1.) Preparación de negociados de contratación directa.

2.) En el Área de Gestión y Control.

La compañera es una persona que resulta multifuncional y su mística y dedicación ya la han podido comprobar en otras oportunidades en las cuales ha laborado para la Proveeduría.

SE ACUERDA: En virtud de las necesidades imperiosas de los procesos administrativos que se llevan a cabo en el Departamento de Proveeduría, por la vía de la excepción, nombrar a la señora Sofía Rivera Jiménez, cédula No 1-1656-059, en el puesto No 078949 de Trabajador Especializado 1, en sustitución del señor Luis Fernández Bolaños, quien se encuentra incapacitado. Rige a partir del 1 de setiembre del 2018 y mientras dure dicha incapacidad. La señorita Rivera Jiménez estará destacada en el Departamento de Proveeduría.

Este nombramiento queda sujeto a la verificación de requisitos por parte del Departamento de Recursos Humanos.

ARTÍCULO 17.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la función Pública, el contenido de este artículo es de carácter confidencial hasta su resolución final.

ARTÍCULO 18.- SE ACUERDA: Debido a las denuncias y cuestionamientos presentados a consideración de este Órgano Colegiado (principalmente en cuanto a uso de redes sociales y otros), tomar las siguientes disposiciones:

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1. Por no estar en vigencia dentro del ordenamiento jurídico costarricense un régimen disciplinario administrativo aplicable a los diputados a la Asamblea Legislativa que faculte a este Directorio Legislativo a autorizar la apertura de procedimientos administrativos en su contra, instruir a la Dirección Ejecutiva para que rechace ad portas las denuncias recibidas con estos fines, e indicar a los interesados que pueden acudir a la instancia que consideren pertinente.

2. Solicitar al Departamento de Asesoría Legal que presente ante este Directorio Legislativo una propuesta para definir los parámetros de admisibilidad de las denuncias que se presenten contra los funcionarios de fracción política que se encuentran bajo el régimen de confianza, a fin de poder hacer la respectiva valoración, de previo a ordenar la apertura de alguna investigación.

ARTÍCULO 19.- Se conoce oficio AL-DALE-OFI-0281-2018, con fecha 30 de agosto del 2018,

suscrito por el señor Freddy Camacho Ortiz, Director a.i. del Departamento de Asesoría Legal, mediante el cual indica que, de conformidad con lo dispuesto por el Directorio Legislativo, en el artículo 25 de la sesión ordinaria N° 016-2018, celebrada el pasado 22 de agosto de 2018, remite propuesta de convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Asamblea Legislativa y el Instituto Nacional de la Mujer (INAMU), mediante el cual se autoriza el préstamo temporal de la funcionaria legislativa María Eugenia Salazar Umaña a dicha entidad. Lo anterior, a fin de que sea elevado al Directorio Legislativo para su consideración.

No omito manifestarle que dicho documento cuenta con el visto bueno del señor Antonio Trejos Mazariegos, Jefe de Despacho de la Presidencia Ejecutiva del INAMU.

SE ACUERDA: Autorizar a la diputada Carolina Herrera Hidalgo, Presidenta de la Asamblea Legislativa a suscribir el siguiente convenio de cooperación institucional:

CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Y EL INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES PARA EL PRESTAMO TEMPORAL DE UNA FUNCIONARIA

Entre nosotras, CAROLINA HIDALGO HERRERA, mayor, costarricense, casada, cédula de identidad número uno mil ciento cincuenta y tres- cero trescientos ochenta, abogada, vecina del distrito de San José del cantón Central de Alajuela, diputada para el periodo constitucional 2018-2022 y en calidad de Presidenta de la Asamblea Legislativa por la legislatura comprendida entre el primero de mayo de dos mil dieciocho al treinta de abril de dos mil diecinueve, según consta en el acta N° 1 de la sesión solemne ordinaria celebrada por el Plenario Legislativo el 1° de mayo del 2018 y PATRICIA MORA CASTELLANOS, mayor, costarricense, viuda, cédula de identidad uno cero cuatrocientos setenta y uno cero doscientos sesenta y uno, socióloga, vecina de Barrio Escalante de San José, según consta en el artículo segundo, de la sesión ordinaria número uno del Consejo de Gobierno, celebrada el día ocho del mes de mayo del año dos mil dieciocho, publicado en el diario oficial La Gaceta, en el Alcance número noventa y cuatro, del nueve de mayo del año dos mil dieciocho, Presidenta Ejecutiva con rango de Ministra de la Condición de la Mujer, según Acuerdo N° 05-P artículo primero, en adelante y para efectos de este convenio denominados la “ASAMBLEA y el “INAMU”, respectivamente, acordamos celebrar el presente convenio interinstitucional para el préstamo temporal de la funcionaria legislativa MARÍA EUGENIA SALAZAR UMAÑA, en adelante FUNCIONARIA, costarricense, mayor, divorciada, cédula de identidad número dos-cero cuatrocientos cuarenta y nueve-cero ochocientos veintiséis, vecina de San José, Cantón de Tibás, con fundamento en los siguientes considerandos y cláusulas:

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CONSIDERANDO

1. Que la actividad de la Administración Pública debe obedecer en un todo al principio de legalidad contenido en el bloque de legalidad, especialmente a lo consignado en el cuerpo fundamental de su actuar, Ley General de la Administración Pública. En el caso de la Asamblea Legislativa, al cumplimiento de los alcances constitucionales que determinan su ámbito de acción e injerencia.

2. Que el artículo 112 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil dispone que los servidores cubiertos por este Régimen podrán ser trasladados con carácter transitorio a desempeñar otros cargos, en otras instituciones del Estado, sin detrimento, ni afectación de sus derechos y deberes estatutarios.

3. Que la Procuraduría General de la República en criterio N° C-071-2001 de 13 de marzo de 2001, señaló que: “…En el caso concreto, el traslado temporal de un funcionario, sólo podría suscitarse por la existencia de una necesidad, tal que, requiera realmente sus servicios en otro sitio de la Administración Pública, sin que con ello, se venga a mermar su salario, categoría y condiciones de su cargo y demás condiciones estatutarias que le rigen” Indicando además en dicho oficio, que el ente Contralor ha dispuesto que: “En todo el sector público debe de existir una correlación entre los recursos humanos contratados y las necesidades institucionales, por lo que, acceder a prestar y trasladar sin contraprestación alguna para la prestataria, lo que evidencia es un exceso de recursos humanos y un consecuente mal manejo de los recursos públicos a su disposición…". Razón por la cual los convenios interinstitucionales de préstamo de funcionarios deben darse con carácter restrictivo y para situaciones en donde ambas instituciones tengan proyectos conjuntos que así lo ameriten.

4. Que la Contraloría General de la República en oficio Nº DI-AA-833 (ref. 03153) del 23 de marzo del 2001 señaló que: “…entratándose del préstamo de funcionarios entre entidades, este Despacho ha indicado que sólo es factible si se desarrolla dentro del marco de proyectos conjuntos, que se encuentran dentro de las competencias propias de las entidades pactantes”. Para este fin tanto el INAMU como la ASAMBLEA establecerán labores conjuntas, mediante las cuales ambas partes serán beneficiadas, tanto con el trabajo a desempeñar como con propuestas futuras a desarrollar entre ambas instituciones.

5. Que en concordancia con lo señalado la Contraloría General de la República en informe de Fiscalización Operativa y Evaluativa Nº FOE-IP- 4/2000 y oficio Nº DI-AA-833 (ref. 03153) del 23 de marzo del 2001, refiere a las condiciones mínimas que se deben verificar para la formalización de convenios para el préstamo temporal de funcionarios.

6. Los beneficios para el INAMU y la ASAMBLEA redundan en el seguimiento de proyectos en aras de lograr una mejor función de la gestión pública que compete a cada una de las instituciones. Adicionalmente el INAMU obtendrá un canal de comunicación directo con los temas de su interés que le permitirá mantenerse informada de los alcances de las discusiones y trabajo legislativo que refiera a temáticas de su área.

7. Que para lograr esos objetivos se hace necesario el traslado temporal de recurso humano que tenga conocimiento en materia de procedimientos parlamentarios y desarrollo de proyectos.

8. Que mediante oficio INAMU-PE-452-08-2018 del 09 de agosto de 2018 la señora Patricia Mora Castellanos, en su condición de Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) y Ministra de la Condición de las Mujeres, manifestó su intención de contar por un período que va del 1° de setiembre del 2018 al 30 de abril del 2022, con los servicios de la servidora María Eugenia Salazar Umaña, con el fin de que le colabore en proyectos específicos de interés público y nacional que beneficiarán a ambas instituciones.

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9. Que dado el perfil profesional de la FUNCIONARIA, así como su experiencia en temas en la Unidad Técnica de Igualdad y Equidad de Género, los jerarcas firmantes consideran necesario que sea destacada temporalmente en el INAMU, para lograr una mejor función de la gestión pública que compete a ambas instituciones.

10. Que la FUNCIONARIA se encuentra anuente para ser reubicada de manera temporal y en calidad de préstamo en el INAMU, con el propósito de colaborar en los proyectos conjuntos que ambas instituciones llevarán a cabo.

POR TANTOLA ASAMBLEA LEGISLATIVA Y EL

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERESACUERDAN

Suscribir el presente convenio institucional para el traslado temporal y en calidad de préstamo de la servidora Salazar Umaña, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Que mediante acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo Nº ___ de la sesión ordinaria Nº ____-2018 de ___ de _____ de 2018, se autorizó a la diputada Carolina Hidalgo Herrera, Presidenta de la ASAMBLEA, a suscribir un convenio de cooperación interinstitucional con el INAMU para el préstamo temporal de la FUNCIONARIA, cédula 204490826, quien ocupa en propiedad el puesto N° 53152 de Profesional 2B, en la Unidad Técnica de Igualdad y Equidad de Género, con el fin de apoyar y coordinar acciones conjuntas entre ambas instituciones y desarrollo de proyectos.

SEGUNDA: Alcance del convenio: Que mediante el presente convenio se buscará que la funcionaria brinde asesoramientos en temas de propuestas relacionadas con los derechos de las mujeres, la igualdad y equidad de género, que se encuentren en la corriente legislativa y que sean de interés para el INAMU, así como que se encargue del desarrollo de futuros proyectos de mejora institucional.

TERCERA: Funciones a desarrollar por parte de la servidora traslada:

1. Servir de enlace entre el despacho del INAMU y la ASAMBLEA.2. Asesorar en temas relacionados con propuestas para la promoción y defensa de los derechos

de las mujeres, la igualdad y equidad de género, que se encuentren en la corriente legislativa y que sean de interés para el INAMU.

3. Ser la encargada en el desarrollo de posibles proyectos de ley de mejora institucional.4. Asesorar al INAMU en servicios especializados de Planificación y Promoción Económico-

Social; procedimiento parlamentario; iniciativas de ley, entre otros.

CUARTA: Responsabilidades de la ASAMBLEA. La ASAMBLEA sin perjuicio de cualquier responsabilidad derivada del presente convenio se compromete a:

1. Ceder en préstamo al INAMU los servicios de FUNCIONARIA, durante la vigencia del presente convenio, por una jornada a tiempo completo no mayor a cuarenta y ocho (48) horas semanales, siguiendo las disposiciones de la normativa vigente y las políticas establecidas por el Departamento de Recursos Humanos de la ASAMBLEA.

2. Garantizar que la funcionaria conservará todos sus derechos y garantías laborales y administrativas que le corresponden durante el período de vigencia del presente traslado, manteniendo además de estos su condición salarial al momento de su reincorporación a la ASAMBLEA, luego de concluido los propósitos del presente acuerdo.

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3. Brindar toda la ayuda logística que legal y materialmente le sea permitida, a efecto de coadyuvar con la obtención de los propósitos planteados en el presente acuerdo.

4. Cubrir presupuestariamente la totalidad del salario y pluses legales que la funcionaria devenga, quien continuará remunerando todo tipo de incentivo y sobresueldos que por ley es acreedora y que le otorga la ASAMBLEA, así como las demás condiciones y extremos laborales (vacaciones, aguinaldo, salario escolar, dedicación exclusiva e incapacidades, entre otros), aumentos y ajustes que correspondan según el Estatuto del Servicio Civil y la legislación laboral vigente, durante el plazo de este convenio de préstamo.

5. La plaza N° 53152 ocupada por la FUNCIONARIA continuará perteneciendo presupuestariamente a la ASAMBLEA, por lo que a su cargo estará el pago del salario de la funcionaria, así como el pago de cargas sociales y las demás prestaciones y beneficios sociales, carrera administrativa y salarial.

QUINTA: Responsabilidades del INAMU. Sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad derivada del presente acuerdo el INAMU se compromete a:

1. Otorgar a la FUNCIONARIA todas las facilidades propias del INAMU y necesarias para el adecuado desempeño de labores que realizará, así como respetar todos sus derechos laborales.

2. Coordinar que el puesto y las funciones que desempeñará la citada funcionaria en el INAMU deberán establecerse en el marco de acción institucional y del presente convenio, así como ser definidas directamente por su jefatura inmediata o a quien ella designe, según lo demande la gestión e implementación del presente acuerdo.

3. Cubrir de conformidad con el artículo 4, inciso d) del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte de la Contraloría General de la República, los gastos por viáticos de giras y/o viajes al interior y exterior del país (hospedaje, transportes y alimentación, entre otros), que eventualmente, debido a sus actividades y en el ejercicio de su desempeño pudiera realizar la funcionaria. Así como, los costos por concepto de inducción, si esto fuese necesario, durante el periodo de vigencia de este convenio.

4. Reportar directamente al administrador de la ASAMBLEA desde la perspectiva disciplinaria y contractual, lo referente a cualquier incumplimiento o falta en materia laboral en que incurra la funcionaria cedida, a efecto de que la ASAMBLEA en su condición de patrono, tome las acciones que correspondan, debiendo documentar dicho reporte con las pruebas pertinentes. La eventual aplicación del régimen disciplinario relativo a eventuales sanciones será competencia exclusiva de la ASAMBLEA.

SEXTA: De las responsabilidades de la funcionaria. Sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad derivada del presente convenio o definida por su jefatura inmediata, la funcionaria se compromete a:

1. Emplear todos sus conocimientos, formación profesional y experiencia con el máximo de diligencia para la ejecución satisfactoria de sus funciones según las instrucciones de sus superiores. Desempeñar sus funciones bajo la supervisión directa de la señora Patricia Mora Castellanos, Presidenta Ejecutiva del INAMU.

2. Coordinar de previo con dicha Jefatura el momento oportuno para el disfrute de sus vacaciones y permisos. Que, de conformidad con la información suministrada por el Departamento de Recursos Humanos de la ASAMBLEA, la FUNCIONARIA cuenta con un saldo de vacaciones 11 días del periodo 2016-2017; 26 días del periodo 2017-2018 y 15.12 días proporcionales 2018-2019.

3. Someterse a las directrices generales del INAMU, en cuanto a horarios, vacaciones, permisos, acceso a instalaciones, uso de equipos y otras normas internas atinentes.

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4. Reportar directamente al administrador del convenio del INAMU, en caso de robo o daño de los activos/herramientas de trabajo suministradas. En caso de un accidente laboral, realizar el reporte del mismo directamente al administrador del INAMU para el trámite respectivo ante Recursos Humanos y el INS. Paralelamente deberá informar del caso al administrador del convenio de la ASAMBLEA.

SETIMA: De los administradores del convenio. Con el objeto de supervisar la correcta ejecución del presente acuerdo y velar por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones de las partes, así como gestionar y facilitar la coordinación de todos los aspectos técnicos y administrativos que se requieran, las partes nombran a las siguientes personas como administradores del convenio:

1. La ASAMBLEA designa al MBA. Pedro Solano García, Director Administrativo, teléfonos 2243-2029 / 2030, correo electrónico: [email protected]

2. El INAMU designa a la señora Patricia Mora Castellanos, Presidenta Ejecutiva del INAMU, teléfono 2527-8405, correos electrónicos: [email protected] ;o [email protected]

3. Las partes acuerdan que, en caso de sustitución de los administradores del convenio supra señalados, deberán informar por escrito a la otra parte, los datos y calidades correspondientes de quienes los sustituirán. De lo contrario, se entenderá que los administradores aquí designados actuarán en este cargo durante todo el plazo del convenio.

4. El Administrador del presente convenio por parte del INAMU, deberá informar por escrito, al Administrador del convenio de la ASAMBLEA, cada vez que se apruebe el disfrute de vacaciones de la funcionaria, con el fin de que el Departamento de Recursos Humanos de la ASAMBLEA lleve el registro correspondiente.

OCTAVA: De las divergencias. De presentarse algún problema o divergencia en la ejecución de este acuerdo, este deberá ser resuelto inicialmente por los administradores designados y de no haber acuerdo a ese nivel, el diferendo se someterá ante las autoridades suscribientes, quienes decidirán en definitiva.

NOVENA: De las relaciones laborales.

1. Queda expresamente estipulado que no existe ninguna relación laboral entre el INAMU y la FUNCIONARIA, quien continuará siendo servidora regular de la ASAMBLEA, conservando todos los derechos laborales de los que actualmente goza.

2. De presentarse un accidente laboral, una enfermedad o cualquier otra situación que haga necesario un periodo de incapacidad médico del recurso humano cedido, la ASAMBLEA no está en la obligación de sustituir dicho recurso. Aplica lo mismo en caso de suspensiones disciplinarias, despido bajo cualquier causal o bien por la muerte de la funcionaria.

3. En caso de que la FUNCIONARIA incumpla las obligaciones asumidas en el presente convenio o incurra en faltas conforme las normas que rigen las relaciones laborales del personal del INAMU, el Administrador del convenio por parte del INAMU pondrá formalmente en conocimiento de los hechos, al administrador del convenio por parte de la ASAMBLEA, a efecto de que esa institución proceda según corresponda.

4. Que en caso de persistir alguna inconformidad que no pueda ser resuelta por las autoridades institucionales, según el debido proceso, este convenio y el proyecto complementario, el órgano de alzada será siempre el llamado a otorgar la vía administrativa, según lo indicado en el artículo 350 de la Ley General de Administración Pública, en efecto el artículo 26 le otorgará al recurrente la facultad de apelar la presente resolución.

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DÉCIMA: De las modificaciones. Cualquier modificación sustancial a los términos del presente convenio deberá ser acordada por las partes mediante la celebración por escrito de la respectiva adenda. Caso contrario, de considerar los Administradores de Convenio nombrados al efecto, que las modificaciones que se requieran realizar no afectan sustancialmente el convenio, podrán realizarlas bajo su entera responsabilidad, mediante simple intercambio de notas, igualmente deberán informar al respecto a las personas jerarcas suscribientes y constar dicha gestión dentro del expediente respectivo que custodia cada entidad.

DÉCIMO PRIMERA: De la vigencia.

1. El presente convenio de préstamo temporal de funcionaria rige a partir del 1° de setiembre del 2018 y hasta el 30 de abril del 2022. Vencido este plazo el INAMU se compromete a reintegrar a sus funciones en la ASAMBLEA a la FUNCIONARIA.

2. Las partes podrán conjunta o individualmente, dar por finalizado de manera anticipada el presente convenio, dando aviso a las otras partes con al menos 30 días de antelación.

3. Cualquiera que fuere la causa de finalización del convenio, las actividades en ese momento en ejecución deberán ser completadas por la funcionaria cedida en préstamo en su totalidad.

4. Una vez vencido el plazo la funcionaria sujeta a préstamo procederá en forma inmediata a reintegrarse a sus labores en la ASAMBLEA, en la Unidad Técnica de Igualdad y Equidad de Género con las mismas condiciones y derechos laborales que le asistían de previo al convenio, excepto que durante su ejecución se haya producido una recalificación del puesto o ascenso.

DÉCIMO SEGUNDA: Estimación de la cuantía. Dado que el objeto del presente convenio se basa en la prestación de servicios en proyectos conjuntos, se considera de cuantía inestimable.

El presente convenio se firma en tres tantos que serán conservados por cada una de las partes involucradas.

En fe de lo anterior firmamos en San José, a los ____ días del mes de __________ del 2018. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 20.- Se conoce oficio AL-DALE-OFI-0271-2018, con fecha 21 de agosto del 2018, suscrito por el señor Freddy Camacho Ortiz, Director a.i. del Departamento de Asesoría Legal, mediante el cual indica que de conformidad con lo dispuesto por el Directorio Legislativo, en el artículo 12 de la sesión ordinaria N° 011-2018, celebrada el pasado 4 de julio de 2018, remito la propuesta del convenio de cooperación interinstitucional entre la Asamblea Legislativa y el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), mediante el cual se estaría autorizando el préstamo temporal de la funcionaria Laura Milena Contreras Mora a esta Institución (despacho del diputado Pedro Muñoz Fonseca). Lo anterior, a fin de que sea elevado al Directorio Legislativo para su consideración. Agrega que la propuesta adjunta cuenta con el aval del Departamento Legal del INA.

SE ACUERDA: Autorizar a la diputada Carolina Herrera Hidalgo, Presidenta de la Asamblea Legislativa a suscribir el siguiente convenio de cooperación institucional:

CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA EL PRÉSTAMO DE FUNCIONARIA ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE, LA ASAMBLEA

LEGISLATIVA Y LAURA MILENA CONTRERAS MORA

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Entre nosotros, el Instituto Nacional de Aprendizaje, en adelante INA, cédula jurídica número cuatro-cero cero cero-cero cuarenta y cinco mil ciento veintisiete-treinta y uno, representado en este acto por el señor ANDRES VALENCIANO YAMUNI, mayor, divorciado, titular de la cédula de identidad número uno- mil ciento sesenta y nueve- cero setecientos trece, vecino de Montes de Oca, Licenciado en Ingeniería Industrial, Máster en Negocios Internacionales, en calidad de Presidente Ejecutivo, nombramiento efectuado según el artículo segundo del acta de la Sesión Ordinaria número uno del Consejo de Gobierno celebrada el ocho de mayo del dos mil dieciocho, publicado en el diario oficial La Gaceta número ochenta y tres del catorce de mayo del dos mil dieciocho y la Asamblea Legislativa, en adelante la ASAMBLEA, cédula jurídica número dos-doscientos-cero cuarenta y dos ciento cincuenta y tres, representado en este acto por la señora CAROLINA HIDALGO HERRERA, mayor, casada, titular de la cédula de identidad número uno mil ciento cincuenta y tres-cero trescientos ochenta, casada, Abogada, vecina del distrito de San José del cantón Central de Alajuela, en calidad de Presidenta de la Asamblea Legislativa, diputada para el periodo constitucional 2018-2022 por la legislatura comprendida entre el primero de mayo de dos mil dieciocho al treinta de abril de dos mil diecinueve, según consta en el acta N° 1 de la sesión solemne ordinaria celebrada por el Plenario Legislativo el 1° de mayo del 2018 y LAURA MILENA CONTRERAS MORA, mayor, soltera, cédula de identidad número cinco doscientos ochenta y quinientos veintitrés, Administradora de Empresas, vecina de Sardinal, Carrillo, Guanacaste; convenimos en firmar el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional de Préstamo de Funcionaria, para lo cual manifestamos:

CONSIDERANDO

I. Que de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, la Administración deberá actuar sometida al Ordenamiento Jurídico, y por tanto, solo podrá realizar aquellos actos que estén expresamente autorizados por este.

II. Que la ASAMBLEA y el INA son instituciones públicas, cuya actividad debe estar enmarcada por los principios fundamentales del servicio público, a fin de asegurar su eficacia y eficiencia, en función de los intereses públicos que deben proteger. Por ello, es imprescindible que unan esfuerzos para la consecución de los fines y objetivos comunes, mediante el uso racional de sus recursos, tanto materiales como humanos.

III. Que entre los objetivos primordiales del INA y la ASAMBLEA se encuentran el coadyuvar al aprovechamiento racional de los recursos públicos, así como al mejoramiento continuo y sostenible de la calidad de vida del costarricense y del desarrollo socio-económico del país en general.

IV. Que el INA es creado bajo la Ley N°6868, siendo una institución autónoma que brinda Servicios de Capacitación y Formación Profesional en todos los sectores de la economía, para impulsar el desarrollo económico y contribuir con las condiciones de vida y de trabajo del pueblo costarricense.

V. Que la ASAMBLEA requiere asesoría especializada en temas relacionados con el área social, para desarrollar e implementar estrategias con el fin de fortalecer la reactivación de la economía y con ello mejorar la fuerza laboral de nuestro país, y estudiar la creación e implementar de alternativas interinstitucionales conjuntas, que pueden resolver el vacío existente en la demanda laboral.

VI. Que para lograr ese objetivo se hace necesario el intercambio de recurso humano con especialidad y trayectoria en el diseño y ejecución de proyectos en las materias anteriormente citadas, que coadyuve en la expedita aprobación de proyectos de interés para ambas entidades y de urgencia según las necesidades del país.

VII. Que los principios que se desprenden del artículo 112 inciso a) del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil autoriza a la Administración para que realice traslado o reubicaciones de funcionarios, de forma transitoria, para desempeñar otros cargos, como consecuencia de la suscripción de convenios interinstitucionales; siempre que no le cause perjuicio grave al servidor objeto del movimiento.

VIII. Que la Procuraduría General de la República en criterio N° C-071-2001 de 13 de marzo de 2001, señaló que: “…En el caso concreto, el traslado temporal de un funcionario, sólo podría suscitarse por la existencia de una necesidad, tal que, requiera realmente sus servicios en otro sitio de la Administración Pública, sin que con ello, se venga a mermar su salario, categoría y condiciones de su cargo y demás condiciones estatutarias que le rigen” Indicando además en dicho oficio, que el ente Contralor ha dispuesto que: “En todo el sector público debe de existir una correlación entre los recursos humanos contratados y las necesidades institucionales, por lo que, acceder a prestar y trasladar sin contraprestación alguna para la prestataria, lo que evidencia es un exceso de recursos humanos y un consecuente mal manejo de los recursos públicos a su disposición…". Razón por la cual, los convenios interinstitucionales de préstamo de funcionarios deben darse con carácter restrictivo y para situaciones en donde ambas instituciones tengan proyectos conjuntos que así lo ameriten.

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IX. Que la Contraloría General de la República en oficio Nº 3991-99 del 23 de marzo del 2001 señaló que: “…entratándose del préstamo de funcionarios entre entidades, este Despacho ha indicado que sólo es factible si se desarrolla dentro del marco de proyectos conjuntos, que se encuentran dentro de las competencias de las propias de las entidades pactantes”. Para este fin tanto el INA como la ASAMBLEA establecerán labores conjuntas, mediante las cuales ambas partes serán beneficiadas, tanto con el trabajo a desempeñar como con propuestas futuras a desarrollar entre ambas instituciones.

X. Que el señor Pedro Muñoz Fonseca, Diputado por el Partido Unidad Social Cristiana, mediante oficio AL-FPUSC-14-OFI-089-2018, de fecha 20 de junio de 2018, manifestó su intención de contar con los servicios de la señora LAURA MILENA CONTRERAS MORA, con el fin de que le colabore como Asesora en su Despacho, diseñando proyectos específicos de interés público y nacional que beneficiarán a ambas instituciones.

XI. Que el perfil profesional de la FUNCIONARIA acuña más de 15 años de experiencia en administración de empresas en la ejecución de proyectos de investigación y estudios de diversa naturaleza, propios del proceso o procesos en los cuales se ubica, mediante la aplicación de técnicas y métodos de investigación, que permiten formular soluciones y recomendaciones para la toma de decisiones. Atiende y resuelve situaciones de trabajo aplicando los conocimientos teóricos y prácticos del área profesional correspondiente al proceso o proyecto establecido en el área de gestión. Además, define la procedencia de actos y acciones tanto técnicas como administrativas, con base en el análisis de información y las normativas vigentes aplicables a su actividad, de los cuales los jerarcas firmantes consideran necesario que sea destacada en la ASAMBLEA, para lograr una mejor función de la gestión pública que compete a ambas instituciones.

XII. Que los beneficios para el INA y la ASAMBLEA redunda, en que la FUNCIONARIA realizará funciones de asesora, coordinará acciones interinstitucionales, dará seguimiento a los estudios de investigación, efectuará visitas a las comunidades, se encargará de los diagnósticos para organizar y planear la aplicación de la estrategia como tal, asimismo, dará seguimiento a la ejecución de proyectos que beneficien, tanto el desarrollo institucional del Instituto Nacional de Aprendizaje, como cumplir las metas propuestas por el Despacho del Diputado Pedro Muñoz Fonseca. Además, ejecutará otras labores propias del Despacho.

XIII. Que mediante oficio PE-999-2018 de fecha 7 de junio de 2018, el Máster Andrés Valenciano Yamuni, Presidente Ejecutivo del INA, manifiesta su aceptación para que la FUNCIONARIA sea trasladada a la ASAMBLEA y ceder de manera temporal los servicios de la citada señora.

XIV. Que la FUNCIONARIA se encuentra anuente para ser reubicada de manera temporal en la ASAMBLEA, con el propósito de colaborar en los proyectos conjuntos que ambas instituciones llevarán a cabo.

XV. Que siendo el ánimo de colaboración y solidaridad insignes estandartes entre las Partes, el presente convenio se desarrolla dentro del marco de cooperación entre ambas entidades, promoviendo la comunicación y coordinación interinstitucional y los mecanismos de cooperación necesarios en todo lo referente a las labores propias del Despacho del Diputado Pedro Muñoz Fonseca.

XVI. Que mediante acuerdo tomado por el Directorio Legislativo, en el artículo Nº12 de la sesión ordinaria Nº 011-2018 del 4 de julio del 2018, se autorizó a la Diputada Carolina Hidalgo Herrera, Presidenta Legislativa, a suscribir un convenio de cooperación interinstitucional para el préstamo temporal de la servidora LAURA MILENA CONTRERAS MORA, cédula 502820523, quien ocupa en propiedad el puesto de Profesional de Apoyo 1B en la Unidad Regional Chorotega, para que preste sus servicios temporalmente a la ASAMBLEA específicamente en el Despacho del Diputado Pedro Muñoz Fonseca, bajo la jefatura del mismo Diputado. Por su parte, el Máster Andrés Valenciano Yamuni, Presidente Ejecutivo del INA, mediante oficio PE-999-2018 de fecha 7 de junio de 2018, manifestó su aprobación sobre el traslado de la señora CONTRERAS MORA a la ASAMBLEA y ceder de manera temporal los servicios de la citada señora

POR TANTO

Las partes acuerdan suscribir el presente convenio, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: OBJETO DEL CONVENIO

Que el presente convenio tiene por objeto que el INA ceda a la ASAMBLEA de manera temporal y en calidad de préstamo los servicios profesionales de la señora LAURA MILENA CONTRERAS MORA, quien realizará funciones como asesora en el desarrollo e implementación de estrategias, con el fin de fortalecer la reactivación de la economía y con ello mejorar la fuerza laboral del país, estudiar la creación e

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implementación de alternativas interinstitucionales conjuntas que puedan resolver el vacío existente en la demanda laboral, así como otras funciones propias del Despacho del Diputado Pedro Muñoz Fonseca. El INA, en cabeza de la FUNCIONARIA, dará seguimiento a los proyectos de ley y demás iniciativas legislativas que resulten de interés para esta institución, a fin de dar apoyar y coordinar acciones conjuntas para desarrollar programas, reformas de ley y las propuestas que sean necesarias para lograr una incidencia e impacto en procura de la reducción de la brecha social de nuestro país.

SEGUNDA: RESPONSABILIDADES DEL INA

El INA sin perjuicio de cualquier responsabilidad derivada del presente convenio, se compromete a:

2.1. Ceder en préstamo a la ASAMBLEA los servicios de la FUNCIONARIA.

2.2. La plaza ocupada por la FUNCIONARIA, continuará perteneciendo presupuestariamente al INA, por lo que a su cargo estará el pago del salario y demás pluses legales que la funcionaria devenga, así como las demás condiciones y extremos laborales (vacaciones, aguinaldo, salario escolar e incapacidades, entre otros), aumentos y ajustes que correspondan según el Estatuto del Servicio Civil y la legislación laboral y salarial vigente, durante el plazo de este convenio de préstamo.

La FUNCIONARIA percibe una remuneración mensual por concepto de salario bruto de un millón doscientos cuatro mil veinte colones con cincuenta céntimos(₡1,204,020.50), y por concepto de salario escolar un monto bruto mensual de cien mil doscientos noventa y cuatro colones con noventa y un céntimos (₡100,294.91), el mismo que será cancelado en enero del año subsiguiente, el cual estará sujeto a rebajo de retenciones por concepto de cargas sociales, según consta en certificación PSA-CONS-02499-2018 del 14 de agosto 2018, emitida por la Unidad de Recursos Humanos del INA.

2.3. Garantizar que la funcionaria conservará todos sus derechos y garantías laborales y administrativas que le corresponden durante el período de vigencia del presente traslado, manteniendo además de estos su condición salarial, los beneficios laborales de su puesto actual como Profesional de Apoyo de la Unidad Regional Chorotega del INA, luego de concluido los propósitos del presente acuerdo.

2.4. Brindar toda la ayuda logística que legal y materialmente le sea permitida, a efecto de coadyuvar con la obtención de los propósitos planteados en el presente acuerdo.

2.5. Aplicar el régimen disciplinario relativo a suspensiones sin goce de salario y despido.

TERCERA: RESPONSABILIDADES DE LA ASAMBLEA.

Sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad derivada del presente acuerdo, la ASAMBLEA se compromete a:

3.1. Garantizar que la FUNCIONARIA conservará todos sus derechos y garantías laborales que le correspondan durante la vigencia del Convenio.

3.2. Otorgar a la FUNCIONARIA, todas las facilidades propias de la ASAMBLEA y necesarias para el adecuado desempeño de la asesoría que brindará, así como respetar todos sus derechos laborales.

3.3. Coordinar que el puesto y las funciones que desempeñará la FUNCIONARIA en la ASAMBLEA deberán establecerse en el marco de acción institucional y del presente convenio, así como ser definidas directamente por su jefatura inmediata, según lo demande la gestión e implementación del presente acuerdo.

3.4. Cubrir de conformidad con el artículo 4, inciso d) del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte de la Contraloría General de la República, los gastos por viáticos (hospedaje, transportes y alimentación, entre otros), que eventualmente y en razón de sus actividades y en el ejercicio de su desempeño, pudiera realizar la funcionaria.

3.5. Cubrir los costos por concepto de capacitación de la FUNCIONARIA, si esto fuese necesario durante el periodo de vigencia de este convenio, para poder cumplir con su objetivo.

3.6. Reportar directamente al administrador del INA en materia laboral (desde la perspectiva disciplinaria y contractual) lo referente a cualquier incumplimiento o falta en que incurra la funcionaria cedida, a efecto de que el INA en su condición de patrono, tome las acciones que correspondan, debiendo documentar dicho reporte con las pruebas pertinentes. La eventual aplicación del régimen disciplinario relativo a eventuales sanciones será competencia exclusiva del INA. La ASAMBLEA queda facultada para:

a. Realizar llamadas de amonestación orales a la FUNCIONARIA.

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b. Realizar amonestaciones escritas a la FUNCIONARIA, debiendo incluir un original de las mismas dentro del expediente que al efecto abrirá y mantendrá la ASAMBLEA. Asimismo, enviará una copia al Administrador del Convenio en el INA.

c. Si la falta se considera grave, el caso deberá trasladarse al INA, para que este realice el debido proceso.

CUARTA: DE LAS RESPONSABILIDADES DE LA FUNCIONARIA

Sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad derivada del presente convenio o definida por su jefatura inmediata, la funcionaria se compromete a:

4.1. Desarrollar el objeto de este convenio y brindar asesoría a la ASAMBLEA mediante el Despacho del Diputado Pedro Muñoz Fonseca, en temas relacionados con proyectos de ley y reformas en temas laborales, empleo para las mujeres y empleo juvenil, así como en el análisis de política pública, específicamente su diseño, implementación y evaluación en el campo del trabajo.

4.2. Apoyar a solicitud del INA las tareas y proyectos específicos de su interés.

4.3. Emplear todos sus conocimientos, formación profesional y experiencia con el máximo de diligencia para la ejecución satisfactoria de sus funciones, según las instrucciones de sus superiores.

4.4. Desempeñar sus funciones bajo la supervisión directa del Diputado Pedro Muñoz Fonseca.

4.5. Someterse a las directrices generales de la ASAMBLEA, en cuanto a horarios, vacaciones, permisos, acceso a instalaciones, uso de equipos y otras normas internas atinentes.

4.6. Reportar directamente al administrador del convenio de la ASAMBLEA, en caso de robo o daño de los activos/ herramientas de trabajo suministradas. En caso de un accidente laboral, realizar el reporte del mismo directamente al administrador del INA para el trámite respectivo ante Recursos Humanos y el INS. Paralelamente deberá informar del caso al administrador del convenio de la ASAMBLEA.

4.7. Someterse a la jornada establecida, siguiendo las disposiciones de la normativa vigente y las políticas establecidas por la ASAMBLEA.

QUINTA: VACACIONES, INCAPACIDADES Y PERMISOS

Las vacaciones a disfrutar deben ser días a derecho. Una vez acordado entre el Administrador del Convenio por parte de la ASAMBLEA y la FUNCIONARIA los días a disfrutar de vacaciones, la FUNCIONARIA informará por escrito al Administrador del Convenio por parte del INA, para que éste lleve el registro de sus vacaciones y realice el trámite correspondiente.

Según certificación URH-PSA-CERT-1449-2018, de fecha 14 de agosto del 2018, al momento de firma del convenio, la FUNCIONARIA tiene el siguiente saldo de vacaciones:

PERÍODO FECHA CUMPLIMIENTODÍAS A

DERECHO

DÍAS DISFRUTADO

SSALDO ESTADO

2016/2017 16/01/2017 26 10 16 A derecho2017/2018 16/01/2018 26 0 26 A derecho2018/2019 16/01/2019 30 0 12 Porcentual

En caso de incapacidades, la FUNCIONARIA informará por escrito al Administrador del Convenio por parte del INA, para que éste realice el trámite respectivo en dichos temas.

En caso de permisos personales, estos se coordinarán con el Administrador del Convenio por parte de la ASAMBLEA.

SEXTA: ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN

Con el objeto de supervisar la correcta ejecución del presente acuerdo y velar por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones de las partes, así como gestionar y facilitar la coordinación de todos los aspectos técnicos y administrativos que se requieran, las partes nombran a las siguientes personas como administradores del convenio:

Por parte de la ASAMBLEA se nombra al Diputado Pedro Muñoz Fonseca o a quien este designe.

Por parte del INA se nombra a la persona que ostente el puesto del Presidente Ejecutivo del INA o a quien este designe.

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Las partes acuerdan que, en caso de sustitución de los coordinadores del convenio aquí designados, se deberá informar previamente mediante oficio a la otra parte, debiendo suministrar los datos y calidades correspondientes de quienes los sustituirán. De lo contrario, se entenderá que los coordinadores aquí designados actuarán en este cargo durante todo el plazo del presente CONVENIO.

SÉTIMA: DIVERGENCIAS

De presentarse alguna divergencia o posible incumplimiento de alguna de las partes durante ejecución de este convenio, deberá ser resuelta por las personas coordinadoras designadas.

Si las partes no se ponen de acuerdo en la solución de la divergencia o incumplimiento, se podrá recurrir a la rescisión del Convenio por mutuo acuerdo en documento escrito firmado por ambos representantes. En caso contrario, podrán realizar el análisis del incumplimiento o divergencia para determinar si se inicia el procedimiento de rescisión o resolución unilateral del convenio que corresponda al caso, aplicando de forma supletoria los procedimientos establecidos en la Ley General de Administración Pública y la Ley de Contratación Administrativa, y su Reglamentos, en cuanto a la figura de la resolución y recisión contractual según corresponda.

La rescisión o resolución no afectará las actividades que se encuentren en ejecución, por lo tanto, estas deberán finalizar normalmente.

OCTAVA: EVALUACIÓN

Este convenio, será evaluado por ambas partes cuando lo estimen conveniente, sea en forma conjunta, o en forma individual. La FUNCIONARIA presentará al administrador del INA un oficio cada seis meses, en el que el administrador por parte de la ASAMBLEA indicará si está o no, conforme con los servicios prestados por la FUNCIONARIA y así determinar la continuación del presente convenio. Los ADMINISTRADORES o quien estos designen, serán los responsables de coordinar la realización de dichas evaluaciones en forma conjunta o individual según corresponda.

NOVENA: RELACIONES LABORALES.

Queda expresamente estipulado, que no existe relación laboral entre la FUNCIONARIA y la ASAMBLEA, por lo tanto, el INA tendrá el carácter de patrono hacia la FUNCIONARIA y asumirá íntegramente la responsabilidad derivada de dicha relación y los riegos relacionados en sus respectivas labores.

De presentarse un accidente laboral, una enfermedad o cualquier otra situación que haga necesario un periodo de incapacidad médica de la FUNCIONARIA cedida en préstamo, el INA no estará en la obligación de sustituir dicho recurso humano. Aplica lo mismo en caso de suspensiones disciplinarias, despido bajo cualquier causal o bien por la muerte de la FUNCIONARIA.

En caso de que la FUNCIONARIA incumpla las obligaciones asumidas en el presente convenio o incurra en faltas conforme el Estatuto de Servicio Civil, en concordancia con las demás normas que rigen las relaciones laborales del personal de la ASAMBLEA, el administrador del convenio pondrá formalmente en conocimiento de los hechos al administrador del INA, a efecto de que esa institución proceda según corresponda.

DÉCIMA: DE LAS MODIFICACIONES

Cualquier modificación a los términos del presente convenio deberá ser acordada por las partes mediante la celebración por escrito de la respectiva adenda.

DÉCIMA PRIMERA: VIGENCIA

El presente convenio de préstamo temporal de funcionario rige a partir de la firma correspondiente y hasta el 30 de abril del 2020 y puede ser prorrogado hasta por dos años más, con solicitud expresa con dos meses de anticipación al vencimiento del período respectivo.

Las partes podrán conjunta o individualmente, dar por finalizado de manera anticipada el presente convenio, previo aviso a las otras partes con al menos 30 días de antelación.

Cualquiera que fuere la causa de finalización del convenio, las actividades en ese momento en ejecución, deberán ser completadas por la funcionaria cedida en préstamo en su totalidad.

Una vez vencido el plazo, la FUNCIONARIA sujeto a préstamo procederá en forma inmediata a reintegrarse a sus labores en el INA, con las mismas condiciones y derechos laborales que le asistían de previo al convenio, excepto que durante su ejecución se haya producido una recalificación del puesto o ascenso que beneficie al funcionario.

DÉCIMA SEGUNDA: ESTIMACIÓN

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Por parte del INA, se estima el presente convenio de cooperación interinstitucional en la suma de un millón doscientos cuatro mil veinte colones con cincuenta céntimos (¢1.204.020.50) correspondiente al salario a devengar por la FUNCIONARIA mensualmente.

Por parte de la ASAMBLEA, el presente convenio se considera de cuantía inestimable.

DÉCIMA TERCERA: CONFORMIDAD DE LA FUNCIONARIA

La FUNCIONARIA; conocedora de los alcances de las cláusulas anteriores manifiesta su conformidad para con su traslado a la ASAMBLEA, específicamente al Despacho del Diputado Pedro Muñoz Fonseca y se compromete a respetar la normativa jurídica disciplinaria vigente, que regula las relaciones de servicio entre la ASAMBLEA y sus funcionarios. Toda notificación que deba realizar cualquiera de las partes de conformidad con el presente convenio, se hará por escrito en los siguientes domicilios contractuales:

DÉCIMA CUARTA: NOTIFICACIONES

Toda notificación que deba realizar cualquiera de las partes de conformidad con el presente convenio, se hará por escrito en los siguientes domicilios contractuales:

EN FE DE LO ANTERIOR QUE ES NUESTRA PLENA SATISFACCIÓN FIRMAMOS TRES TANTOS, UNO PARA CADA PARTE, EN LA CIUDAD DE SAN JOSÉ, AL SER LOS ___ DÍAS DEL MES __________ DEL AÑO 2018.

ARTÍCULO 21.- Se conoce oficio AL-DPRO-OFI-1180-2018, con fecha 30 de agosto del

2018, suscrito por señor Sergio Ramírez Acuña, Director a.i. Departamento de Proveeduría, mediante el cual remite para la autorización del Directorio Legislativo, la siguiente licitación:

Modalidad Descripción Códigopresupuestario

Presupuestoestimado

anualLicitación pública N° 2018LN-000002-01

Alquiler de equipo de cómputo

1-1-3-10-6 ¢ 275.000.000.00

Este negociado será adjudicado por un año, prorrogable por tres años adicionales, para un total de cuatro años.

Se adjunta copia de resolución de inicio AL-DVAD-RES-078-2018, en la cual se solicita iniciar la respectiva contratación. SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el señor Sergio Ramírez Acuña, Director a.i. del Departamento de Proveeduría, mediante oficio AL-DPRO-OFI-1180-2018, autorizar el inicio del siguiente procedimiento y su presupuesto estimado:

Modalidad Descripción Códigopresupuestari

o

Presupuestoestimado

anual

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POR PARTE DEL INA POR PARTE DEL ASAMBLEA POR PARTE DE LA FUNCIONARIA

Presidencia EjecutivaTel: 2210-6206Fax: 2231-6303

Correo electrónico:[email protected]

Despacho de DiputadoTel: 2531-6850Fax: 2531.6852Correo electrónico:[email protected]

Celular: 8973-5183Correo electrónico:[email protected]

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Licitación pública N° 2018LN-000002-01

Alquiler de equipo de cómputo

1-1-3-10-6 ¢ 275.000.000.00

ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 22.- Se conoce oficio DERS-059-18, con fecha 20 de agosto del 2018, suscrito por el diputado Erick Rodríguez Steller, mediante el cual indica que la condición de ser un legislador independiente agrega una importante carga laboral, tanto en las funciones legislativas atinentes a las sesiones de Plenario, como al nivel administrativo, de asesores y asistentes. Apelando a un interés público y en razón del entorno político actual en la Asamblea Legislativa, sería muy beneficioso para ese despacho contar con mayor apoyo en temas de asesoría política, económica, fiscal, presupuestaria y hacendaría, entre otros, aptitudes que muy pocos asesores legislativos ofrecen.

En razón de lo anterior, solicita poder contar con la asignación del funcionario Rodney López Rojas, cédula de identidad número dos cuatrocientos cuarenta y tres, trescientos ocho, destacado en la Jefatura del Área de Suministros y Bienes Muebles del Departamento de Proveeduría, para asignarlo a este despacho e incorporarlo a las funciones, en conjunto con el resto del equipo asesor con que cuenta este diputado.

Atendiendo a la experiencia y conocimiento legislativo del funcionario supra citado, está seguro que será muy ventajoso el contar con su colaboración, en el entendido de que el Departamento de Proveeduría, sabrá solventar su ausencia temporal con una persona idónea que lo sustituya por este período constitucional, y contará con mi aval para que en caso que usted lo requiera, les preste colaboración.

SE ACUERDA: Previo a tomar alguna resolución con respecto al tema, solicitar al señor Sergio Ramírez Acuña, Director a.i. del Departamento de Proveeduría, su criterio en relación con la solicitud planteada por el diputado Erick Rodríguez Steller, tendiente a que se destaque al señor Rodney López Rojas en su despacho. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 23.- Se conoce oficio NPP-PAC-076-2018, con fecha 5 de setiembre del 2018, suscrito por la diputada Nielsen Pérez Pérez, mediante el cual solicita visto bueno para un viaje que realizará a Paraguay, del 18 al 22 de setiembre del 2018, para con ello, proceder con los trámites administrativos de su póliza de viaje. El motivo del viaje es participar de la Semana de la Democracia, que se llevará a cabo del 19 al 21 de setiembre del 2018, en la ciudad de Asunción.

Dicha actividad, se enmarca en el proyecto “Fortalecimiento de los derechos políticos y el liderazgo de las mujeres paraguayas, en el contexto del proceso electoral y postelectoral de 2018”. Indica que se le ha invitado como diputada y por sus conocimientos en la agenda mujer, para participar de las reflexiones sobre la realidad de las mujeres en puestos de representación y toma de decisiones.

SE ACUERDA: Autorizar la participación de la diputada Nielsen Pérez Pérez en la Semana de la Democracia, que se llevará a cabo del 19 al 21 de setiembre del 2018, en la ciudad de Asunción, Paraguay.

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Asimismo se acuerda autorizar a la legisladora Pérez Pérez únicamente la emisión de la póliza de viaje. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 24.- Se conoce oficio AL-FPLN-040-OFI-ALDO-066-2018, con fecha 28 de agosto del 2018, suscrito por la diputada Ana Lucía Delgado Orozco, mediante el cual indica que en razón de que en el mes de octubre se celebra el Día Nacional del Adulto Mayor en Costa Rica, su despacho desea rendirle un homenaje a esos hombres y mujeres tan valiosas, que tanto han dado.

Por lo anterior, solicita se realicen las gestiones necesarias para la autorización del uso del salón del Plenario un día viernes del mes de octubre de 9 a.m. a 12 p.m., el cual coordinará con el Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo para realizar un simulacro de "Diputado por un día". A este acto estarán asistiendo 57 adultos mayores.

SE ACUERDA: Informar a la diputada Ana Lucía Delgado Orozco que lamentablemente no será posible dar curso a su requerimiento, en virtud de que mediante acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 25 de la sesión No 003-2018, celebrada el 16 de mayo de los corrientes, se dispuso que el Plenario sería de uso exclusivo para la sesiones, a fin de resguardar los equipos de grabación que se encuentran instalados en las curules.

ARTÍCULO 25.- En ese mismo sentido se conoce oficio AL-DCLE-OFI-0049-2018, suscrito

por la señora Sonia Cruz Jaén, Directora del Departamento de Comisiones Legislativas, mediante el cual se refiere a la nota de la funcionaria Hannia Durán Barquero, cédula 1-0414-0566, quien ocupa una plaza de Jefatura en el puesto N° 000190, en la que informa que se acogerá a la jubilación a partir del 1° de julio del 2018,

Sobre el particular, solicita que se gestione ante el Directorio Legislativo, un plan de movimientos de personal a lo interno del Área de Comisiones Legislativas IV, a efecto de lo cual presenta un breve diagnóstico de la situación actual del Departamento y de dicha área:

Diagnóstico del Departamento de Comisiones Legislativas:

Departamento dedicado a procesos sustanciales de la formación de la ley, el control político y otros procedimientos especiales de las comisiones legislativas.

Conformado por 45 funcionarias de niveles técnicos y profesionales, divididos en ocho áreas administrativas, una Unidad de Control, una Unidad de Cooperación Internacional, una Subdirección y una Dirección.

Representa casi el 4% de la población legislativa que tiene a cargo más del 60% del proceso de la ley y otros procesos.

Jefaturas altamente especializadas en los procesos de la ley, la aprobación de textos desde las Comisiones Permanentes con Potestad Legislativa Plena, las investigaciones, los nombramientos y ratificación de jerarcas, las consultas de constitucionalidad, los presupuestos de la República, los convenios internacionales y las redacciones finales de los proyectos de ley, entre otros asuntos de rango constitucional y del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

Responsabilidades que conllevan riesgos significativos, con consecuencia del error que podrían generar vicios en el procedimiento, posibilidad de retrasos en el proceso de la ley y las investigaciones, los nombramientos y otros temas sensibles, así como posibles nulidades por

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aplicación administrativa inapropiada en asuntos como las consultas legislativas y el cumplimiento de los plazos establecidos.

Cumplimiento de todos y cada uno de los acuerdos legislativos tomados durante las sesiones legislativas de las más de 40 comisiones por año, en labores como consultas legislativas, transcripción de actas, actualización de textos cada vez que se aprueban cambios, elaboración de informes después de cada sesión e ingreso en el Sistema Informático Legislativo (SIL)-Mantenimiento, actualización de los expedientes, programación de audiencias, convocatorias, confrontación de textos, elaboración de dictámenes y de informes entre otras labores.

De las 8 jefaturas, al menos 4 son interinas, lo que refleja poca estabilidad de la jerarquía departamental, situación que se muestra también en un alto porcentaje del personal que lo integra, quienes cuentan con un entrenamiento en el proceso de la ley que resulta vital rescatarlo.

La curva de aprendizaje del proceso de la ley en el Departamento de Comisiones Legislativas requiere de al menos 2 años para los puestos técnicos y profesionales y de al menos 4 años para las jefaturas. La capacitación en estas labores especializadas es brindada por las propias jefaturas pues no existe una instancia que tenga el conocimiento y la experiencia para brindarla.

Diagnóstico del Área Comisiones Legislativas IV:

Es el área donde ha laborado la señora Hannia Durán Barquero por más de 30 años y quien está presentando la renuncia por jubilación.

Instancia dedicada a brindar servicios en la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales, la Comisión Permanente Especial de Ambiente, la Comisión Permanente Especial de Nombramientos y comisiones especiales sobrevinientes.

En esta área se inició la experiencia de proyectos vía Ley de Iniciativa Popular, regida por procesos y plazos diferenciados del proceso ordinario de la ley.

Con experiencia en investigaciones legislativas en materia ambiental y el proceso de dictamen de expedientes legislativos del agro, el ambiente y otras materias.

Única área dedicada al procedimiento especial de nombramientos y ratificación de jerarcas en la Comisión Permanente Especial de Nombramientos, que utiliza metodologías y procedimientos especiales para la selección y elaboración de informes que se trasladan al Plenario Legislativo para su decisión final.

Jefatura que ha brindado inducción al personal a su cargo y que requiere de su debido fortalecimiento ante su renuncia.

Equipo de trabajo del área conformado en la actualidad por 4 funcionarias y la jefatura:

Hannia Durán, Jefa de Área Cinthya Díaz Tatiana Orúe Renelda Rodríguez Gloriana Martínez

La señorita Cinthya Díaz cuenta con el perfil idóneo para ser nombrada en esta jefatura; es licenciada en Administración, con más de 20 años de experiencia en la Asamblea Legislativa, destacada en el Área Comisiones Legislativas IV desde hace más de 6 años, ha sustituido a la jefatura en todas sus ausencias a lo largo de estos años, ha mostrado dominio en los procesos de todas las comisiones asignadas y ha recibido la guía y entrenamiento especializado de la jefatura saliente, con requisitos académicos y de personal a cargo cumplidos con holgura.

Por su parte, la señora Gloriana Martínez, tiene una plaza de nivel técnico que pertenece al Departamento de Comisiones, donde laboró por más de 3 años con entrenamiento y experiencia en los procesos a cargo. Estuvo destacada en fracción política durante los 4 años recién pasados y esa dirección gestionó el regreso a

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partir del 1° de mayo de 2018 de la señora Martínez por el conocimiento y experiencia acumulada, además de la preparación académica como licenciada en la carrera de Derecho que requiere de un puesto acorde con las funciones profesionales que se le han asignado. En razón de ello, esa dirección respetuosamente recomienda a la señora Martínez para que se le nombre en el puesto que deja vacante la señorita Díaz, una vez sea nombrada en la jefatura que deja vacante la señora Hannia Durán.

Continuando con el análisis de la situación de esta área, es importante mencionar que se requiere nombrar en la plaza que dejaría vacante la señora Martínez a una funcionaria de nivel técnico para labores que de otra manera no estarían cubiertas. Es por ello, que esa dirección recomienda a la señorita María José Moreno, para que sea nombrada en el puesto técnico 2 que pertenece a la señora Martínez, con el fin de no disminuir la cantidad actual de funcionarias del área en cuestión y para garantizar a los señores diputados, asesores y usuarios, la continuidad de sus servicios especializados. Justamente, la señorita Moreno tiene más de 2 años de experiencia en la Asamblea Legislativa y un entrenamiento previo en el Departamento de Comisiones que se desea rescatar por lo difícil de lograr estas capacitaciones en materias que no se imparten en ninguna otra instancia. Actualmente, y desde el mes de abril, la señorita Moreno se encuentra sin nombramiento.

El perfil del funcionario del Departamento de Comisiones Legislativas:

El perfil académico y laboral de los puestos de jefatura del Departamento de Comisiones Legislativas, deben cumplir con gran rigurosidad una serie de requisitos académicos y de un mínimo de experiencia superior a los cuatro años para el caso de las jefaturas, con el fin de garantizar la mejor asesoría a los señores diputados, liderazgo y guía idónea en el antes, durante y el después de las sesiones, así como el cumplimiento de todos y cada uno de los acuerdos legislativos, con altos estándares de especialización en las comisiones a cargo, el dominio de la plataforma informática de mantenimiento del Sistema Informático Legislativo (SIL), el manejo del Reglamento de la Asamblea Legislativa y normativa del derecho parlamentario, experiencia en la aplicación de más de trecientos procesos legislativos a cargo, así como de otras responsabilidades administrativas y legislativas.

Por su lado, los movimientos de personal a lo interno del departamento en las plazas que van quedando vacantes, permiten reconocer la denominada carrera parlamentaria en una instancia considerada esencial en los procesos de la formación de la ley, el control político y otros procesos especializados del Parlamento costarricense.

Con fundamento en los anteriores argumentos, respetuosamente sugiere al Honorable Directorio Legislativo, un plan de nombramientos ante la dificultad de presentar una terna, en el marco del mayor respeto por la carrera parlamentaria de sus funcionarias en el área donde se han especializado y garantizando con ello la calidad de sus servicios en el proceso de la ley y las investigaciones. En estas circunstancias se busca estabilidad en el Área Comisiones Legislativas IV, instancia que realiza labores esenciales y estratégicas, por lo que presenta a disposición la siguiente propuesta:

Cesar del puesto de Profesional 1 B, N° 098070, a la funcionaria Cinthya Díaz Briceño, cédula 9-0104-0520, que pertenece al Departamento de Comisiones Legislativas y nombrarla en el puesto N°000190, Jefe de Área, que pertenece al Departamento de Comisiones y que deja vacante la señora Hannia Durán, a partir del 1° de julio del 2018. La señorita Díaz Briceño cumple con todos los requisitos académicos y de experiencia establecidos en el Reglamento de Personal. La señora Cinthya Díaz, cuenta con una licenciatura en Administración desde1998, con más de 20 años de laborar en la Asamblea Legislativa, destacada desde hace 6 años en el área administrativa que atiende la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales, la Comisión Permanente Especial de Ambiente, la Comisión Permanente Especial de Nombramientos y diversas comisiones especiales, desde donde ha brindado sus servicios realizando funciones de tipo profesional y especializadas en el proceso de la ley, las investigaciones y el trámite especial de los nombramientos y ratificación de jerarcas. Estas labores del ámbito parlamentario, le han permitido acumular conocimientos especializados en áreas esenciales de la Asamblea Legislativa que no podrían ser asumidas por una persona sin experiencia, debido a los altos riesgos en la consecuencia del error sobre procesos sensibles de la ley y el control político. Por su parte, la señora Hannia Durán, en su calidad de jefa saliente, ha venido dando capacitación “in situ” a través de los años a la servidora Cinthya Díaz, quien además del buen desempeño en el proceso de la ley, se destaca por el dominio del SIL-Mantenimiento, siendo Comisiones la instancia que más datos ingresa a ese Sistema con enlace al Portal Legislativo. Asimismo, posee amplia experiencia en la realización de consultas parlamentarias, la transcripción de actas, actualización de expedientes, actualización, confrontación y concordancias de textos, así como el conocimiento de otros procesos administrativos propios del Departamento de Comisiones Legislativas. Además, cuenta con el requisito de personal a

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cargo por más de 4 años. Se adjunta el curriculum vitae de la señorita Cinthya Díaz, como muestra de su idoneidad en el puesto, con una carrera administrativa encomiable y demostrable, por lo que queda en la mejor disposición de ampliar cualquier información que se requiera.

Autorizar un permiso sin goce de salario, para la señora Gloriana Martínez Carballo, quien ocupa el puesto Técnico 2, N° 015259 y nombrarla en el puesto Profesional 1 B, N° 098070 que deja la señorita Díaz Briceño, a partir del 1 de julio del 2018 y hasta el tiempo del rige de este nombramiento. Este movimiento de puesto le permitirá a la señora Gloriana Martínez consolidar su experiencia como licenciada en Derecho, en el área administrativa que tiene a cargo la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Agropecuarios y Recursos Naturales, la Comisión Permanente Especial de Ambiente, la Comisión Permanente Especial de Nombramientos y diversas comisiones especiales. La señora Martínez se ha desempeñado por más de 3 años en Comisiones y actualmente tiene funciones profesionales. La funcionaria Martínez cumple con todos los requisitos académicos y de experiencia establecidos en el Reglamento de Personal y cuenta con el perfil idóneo para consolidar aún más una carrera administrativa en el Departamento de Comisiones Legislativas. Se adjunta el currículo de la señora Martínez y queda en la mejor disposición de ampliar la información que se sirvan requerir.

Nombrar en el puesto Técnico 2, N° 015259, a la señorita María José Moreno, a partir del 1° de julio del 2018 y hasta el tiempo del rige de este nombramiento. La señorita Moreno, tiene más de 2 años de experiencia en la Asamblea Legislativa y un entrenamiento previo en el Departamento de Comisiones que se desea rescatar por lo difícil de lograr estas capacitaciones en materias que no se imparten en ninguna otra instancia. Actualmente, y desde el mes de abril, la señorita Moreno se encuentra sin nombramiento. Se adjunta el currículo y queda en la mejor disposición de ampliar la información que se sirvan requerir.

Ante la vacante por jubilación de la jefatura de la señora Hannia Durán Barquero, resulta necesario reacomodar a lo interno del Departamento al personal más experimentado, conservando todas y cada una de las plazas, con el propósito de garantizar a los diputados los servicios especializados que se les brinda en las más de cuarenta comisiones legislativas a cargo.

Para esa dirección y en virtud de la escasez de personal especializado, es de la más alta importancia el apoyo del Directorio Legislativo en los movimientos de personal propuestos, dada la necesidad de que esos puestos sean ocupados por funcionarias del Área y del propio Departamento de Comisiones, mantenerlos y no disminuirlos, garantizando que tengan experiencia previa ya que se requiere de varios años de inducción y dominio en los procesos para poder asumir los puestos de jefatura y profesionales, así como conocimientos específicos para los puestos técnicos.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por la señora Sonia Cruz Jaén, Directora del Departamento de Comisiones Legislativas, mediante oficio AL-DCLE-OFI-0049-2018, tomar las siguientes disposiciones:

1. Cesar el nombramiento de la señora Cinthya Díaz Briceño, cédula No. 9-0104-0520, en el puesto N° 098070 de Profesional 1B. Rige a partir del 31 de agosto del 2018.

2. Nombrar interinamente a la señora Cinthya Díaz Briceño, cédula No. 9-0104-0520, en el puesto N° 000190 Profesional Jefe 1, a partir del 1 de setiembre del 2018.

Este nombramiento se realiza por tres meses y será prorrogado por periodos iguales hasta que el Directorio Legislativo ordene la realización del concurso interno correspondiente y queda sujeto a la verificación de requisitos por parte del Departamento de Recursos Humanos.

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La señora Díaz Briceño estará destacada en el Departamento de Comisiones Legislativas.

________________________Nota: La diputada Hidalgo Herrera deja constando su voto en contra de esta disposición, en virtud de que considera de que estos nombramientos deben pasar por un proceso de selección de personal.

ARTÍCULO 26.- SE ACUERDA: Tomar las siguientes disposiciones en relación con las eventuales solicitudes para trasladar el asiento de la Asamblea legislativa, fuera de la capital de la República:

1. Instruir al Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo, para que las actividades y agendas que contemplan y le dan un sentido regional a la sesión del Plenario, sean del conocimiento previo del Directorio Legislativo, a fin de que este Órgano Colegiado realice las valoraciones del caso y tome las medidas que se consideren necesarias.

2. Instruir a la Administración para que tome en cuenta que los

espacios que se designen para el desarrollo de las sesiones del pleno deben, en todo momento, resguardar la seguridad y la solemnidad que amerita una sesión del Plenario Legislativo.

Se solicita a la Dirección Ejecutiva para que haga esta disposición del conocimiento de los señores diputados. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 27.- Se conoce oficio AL-DDEI-OFI-0047-2018, suscrito por el señor Fernando Román Carvajal, Director del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional, mediante el cual emite el criterio técnico de esa dependencia con respecto a la propuesta de fortalecimiento del Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos, el cual se transcribe a continuación:

“El proceso de fortalecimiento de este departamento tiene ya varios años de estarse estudiando, siendo que con esta propuesta se integran algunas ideas discutidas en diversas reuniones de trabajo e incluso algunas que ya habían sido consideradas en el Informe D.E.I. 04-02-2012 del año 2012, referente al: “Estudio de revisión y fortalecimiento del Departamento de Servicios Técnicos, en cumplimiento del Acuerdo No. 22, de la Sesión No. 10-2010, celebrada por el Directorio Legislativo, el 8 de julio de 2010”.

Ya nuestro departamento con fecha 23 de abril del 2018 había recibido vía el correo electrónico institucional, copia de la propuesta, por lo que la misma ya había sido exhaustivamente revisada y remitida el 21 de mayo del 2018 con una serie de observaciones, solicitudes de aclaración y ampliación de algunos elementos, que ha criterio de este órgano asesor requerían fortalecerse.

El día 7 de junio del 2018, vía el correo electrónico institucional, se recibió del señor Edgar Coto, funcionario de aquel departamento, la propuesta revisada y con la incorporación de los requerimientos anotados por nuestro departamento, lo que la hace desde nuestro punto de vista una propuesta técnicamente viable y que permite a ese departamento fortalecerse en temas sensibles como lo son la asesoría jurídica parlamentaria en materia constitucional, por cierto un gran pendiente en su estructura formal.

Adicionalmente, como se indica en la motivación de la propuesta es necesario fortalecer el proceso de gestión y control, corrigiendo incluso la incongruencia técnica, de asignar a la unidad

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orgánica a cargo del mismo con el nivel jerárquico de unidad, además de las funciones altamente profesionales que se ejecutan como apoyo a la gestión gerencial de la dirección departamental y no solo como una unidad que controla la productividad de los asesores, lo que constituiría una visión sumamente parcializada de su quehacer; eso significa que se debe corregir su nivel jerárquico y su nombre para hacerlo acorde con sus funciones, pasando de llamarse Unidad de Control de Gestión a Área de Gestión y Control.

La propuesta también ajustan las funciones del Área de Investigación y Gestión Documental de acuerdo con su nuevo rol asesor y elaborador de informes técnicos, a solicitud de la dirección departamental, lo que significa que se amplió la cartera de sus productos. Lo que incide para fortalecer la productividad asesora del departamento, que es de un 85% con respecto a los primeros 10 proyectos de ley en los diferentes órdenes del día de los órganos legislativos y que es de un 60.7% con respecto al universo de proyectos de ley en la corriente legislativa, siendo que eso representa oportunidades de mejora en la productividad.

Con respecto al impacto presupuestario de implementar estas recomendaciones, la propuesta indica que es nulo; nuestro análisis comprueba que efectivamente el posible impacto podría darse por la creación de la nueva Área Jurídica Constitucional, específicamente el impacto se debería por crear un puesto de Profesional Jefe 1; también con respecto al cambio de nivel jerárquico y nombre de la Unidad de Control de Gestión por Área de Gestión y Control el posible impacto tendría el mismo motivo de creación de un puesto de Profesional Jefe 1; para establecer si es necesario crear esas dos jefaturas se determina del organigrama propuesto que habrían 9 áreas, incluyendo claro está a las dos citadas; este dato se contrasta con la última relación de puestos, al 01-mayo-2018, suministrada por la Jefatura de Área de Administración de Salarios del Departamento de Recursos Humanos, el día 18 del presente mes, donde se puede determinar que en ese departamento hay un puesto de Profesional Jefe 2A y ocho puestos de Profesional Jefe 1, es decir, no hace falta crear puestos de jefatura adicionales; con lo cual se determina que efectivamente la propuesta no tiene por qué impactar el presupuesto institucional.

De acuerdo con nuestro estudio y el análisis de la propuesta, en el ámbito de la conocida situación de ese departamento, además de la consideración del informe D.E.I. 04-02-2012 del año 2012, referente al: “Estudio de revisión y fortalecimiento del Departamento de Servicios Técnicos…” siendo que aún persisten algunas condiciones y oportunidades de mejora que son consideradas en esta propuesta; por lo que concluye este departamento asesor que la propuesta que se anexa es técnicamente viable y se recomienda a la administración superior la aprobación de la misma y la implementación de las recomendaciones en ella anotadas”.

A continuación se presenta la propuesta de fortalecimiento del Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos:

I. Justificación

La actual estructura orgánica del Departamento de Estudio, Referencias y Servicios Técnicos, conocido como Departamento de Servicios Técnicos, fue aprobada mediante acuerdo del Directorio Legislativo en la sesión N.° 179-2005 de 26 de setiembre de 2005 (artículo 39).

Desde esa fecha, la dinámica institucional ha cambiado bastante, lo que ha obligado a la Dirección departamental a realizar ajustes en la organización interna, a fin de ajustar el trabajo del Departamento a los cambios y exigencias de los señores y señoras diputados, así como a atender los requerimientos de otros actores que utilizan nuestros servicios en forma permanente.

Por ejemplo, ante el aumento en la solicitud de elaboración de informes técnicos solicitados con prioridad, la Dirección ha ampliado la responsabilidad de elaboración y análisis de informes al personal del Área de Investigación y Gestión documental. De igual manera, se ha asignado a colaboradores de esta área la atención de órganos legislativos para brindar asesoría verbal.

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Por otra parte, se hace necesaria la creación de una nueva área que venga a suplir la creciente necesidad de ofrecer asesoría especializada en materia de derecho constitucional, brindando apoyo a órganos especializados como la Comisión Permanente Especial sobre Consultas de Constitucionalidad, la Comisión Especial de Reglamento, las comisiones con potestad legislativa plena o el Plenario Legislativo.

Los cambios que afronta la institución promueven la revisión y la propuesta de ajustes a lo interno de algunos procesos y subprocesos, así como de las características de los productos y servicios, poniendo de manifiesto la necesidad de analizar la organización interna y funcionamiento, con miras a introducir modificaciones que garanticen una mayor optimización, eficiencia y eficacia de los recursos, dentro de un esfuerzo de mejoramiento de la calidad de los servicios de asesoría técnica que se brinda a los órganos legislativos.

II. Competencia institucional

El Departamento de Servicios Técnicos desempeña una función estratégica como órgano asesor en el proceso de formación de la ley. Es ésta su mayor fortaleza, reconocida y legitimada por los diferentes órganos legislativos de la Institución. En este sentido, la División Legislativa, mediante la Directriz N.° 03-2014 de 22 de setiembre de 2014 señaló: “La asesoría que se brinda a los órganos legislativos desde el área administrativa, respecto de los procedimientos a seguir en los trámites de los asuntos, corresponde a las funcionarias y funcionarios del Departamento de Servicios Técnicos, únicamente.” (Directriz N.° V)

Por su parte, estas responsabilidades están incorporadas en el Reglamento Interno del Departamento de Servicios Técnicos, aprobado por el Directorio Legislativo en la Sesión N.° 140-1998 de 22 de enero de 1998, que señala: “El Departamento Servicios Técnicos es una oficina de apoyo técnico profesional al servicio de la Asamblea Legislativa, del Directorio, de las Comisiones y de los diputados. Dependerán administrativamente de la División Legislativa, y en materia técnica del Directorio Legislativo.” (Artículo 1)

Esta labor de asesoría de planta institucional tiene su fundamento en lo establecido en el Reglamento de la Asamblea Legislativa (RAL) en sus artículos 118 y 122, en lo que se refiere a la elaboración de informes técnicos sobre la viabilidad jurídica, económica, social y ambiental de cada uno de los proyectos de ley que ingresan a la corriente legislativa. Complementariamente, Servicios Técnicos atiende y evacúa consultas técnicas que en forma escrita o verbal, demandan los órganos legislativos en materia de interpretación reglamentaria y procedimental, o por el fondo sobre asuntos de interés parlamentario.

Otra de las funciones sustantivas del Departamento está referida a la asesoría verbal que se brinda a la totalidad de las comisiones legislativas, en la que los funcionarios han demostrado poseer vasta experiencia y conocimiento especializado tanto en materia de interpretación del RAL, procesal, laboral, técnica y procedimiento legislativo, como en materia constitucional, jurídica, económica, social y ambiental.

Relacionado con lo anterior, los legisladores y legisladoras en el transcurso de los últimos años han diversificado el tipo de solicitudes de información y productos técnicos que requieren para poder ejercer las funciones que tienen asignadas constitucional y reglamentariamente, como lo son la formación de la ley, la representación de la ciudadanía y el control político.

Sobre esta base, se enfoca la presente propuesta de reorganización: ajustar la organización interna del Departamento según los nuevos requerimientos institucionales surgidos de las solicitudes de los legisladores y legisladoras, lo que ha modificado el tipo de productos y servicios que ellos requieren para cumplir con sus responsabilidades.

III. Situación actual: Estructura y conformación_________________________________

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IV. 3.1 Estructura orgánicaLa actual estructura departamental, así como la delimitación funcional está definida en el Manual de funciones y estructura de la organización Técnico – Administrativa de la Asamblea Legislativa –MaFE–.

El Departamento cuenta en la actualidad con la siguiente estructura orgánica:

Fuente: Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional (2017). Manual de funciones y estructura de la organización técnico – administrativa de la Asamblea Legislativa (MaFE).

3.1.1 Dirección

A cargo del Director y la Subdirectora, con las funciones estipuladas en el Manual de Estructura y Funciones Técnico Administrativas de la Asamblea Legislativa. Cuenta con el apoyo de dos secretarias que realizan las funciones de recepcionistas, apoyo secretarial y administrativo.

3.1.2 Consejo asesor

Integrado por las y los Jefes de las Áreas, es un órgano “staff” que brinda asesoría en sus competencias a la Dirección del Departamento y que por su relevancia en el proceso de asesoría parlamentaria, a cargo de este departamento, sería conveniente que se refleje en el organigrama como una especie de comité asesor. Este es constituido por la convocatoria de la dirección departamental para atender los asuntos que considere pertinentes.

3.1.3 Unidad de Control de Gestión

Es una instancia técnica de asesoría y apoyo a la Dirección y Jefaturas de Áreas en la retroalimentación de los procesos de trabajo y productos desarrollados por el Departamento. Responsable de las actividades referidas al sistema de planificación, evaluación y control del Departamento, es el enlace con el DEI para los asuntos de planificación estratégica y control interno; y enlace con el Departamento de Recursos Humanos para atender lo relativo al Teletrabajo. Todo ello con el propósito de brindar de forma eficiente, eficaz y oportuna insumos de calidad a los órganos legislativos. Se debe destacar que según el MaFE esta unidad tiene como unas de sus funciones: “Conocer el resultado o el impacto que pueda tener la puesta en ejecución de determinadas leyes o, en su defecto, las dificultades encontradas en su implementación.”, la

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que se considera que obedece más a las competencias del Área de Investigación y Gestión Documental. A cargo de un Profesional Jefe 1.

3.1.4 Área de Investigación y Gestión Documental (AIGD)

Es la encargada de apoyar el trabajo de la dirección departamental y el personal asesor en la gestión documental y desarrollo de investigaciones requeridas para los dictámenes, estudios, consultas y asesoría que brinda el Departamento (asesoría escrita y verbal). También atiende solicitudes de otros órganos y unidades institucionales; asimismo requerimientos planteados directamente por las señoras y señores diputados. Recientemente se ha integrado al proceso de elaboración de informes técnicos y atención de asesoría verbal en los órganos legislativos.

Actualmente, colaboradores de esta área atienden los órganos legislativos: Comisión Especial de la Región Brunca, Comisión Permanente Especial de Ambiente y Comisión Permanente Especial de Discapacidad y Adulto Mayor. Asimismo, el personal jurídico y el asesor especializado en materia ambiental del AIGD han elaborado informes técnicos sobre varias materias: cooperativismo (20660), Régimen de Zonas Francas (20464), Sistema Nacional de Educación (20675), combustibles y biocombustibles (20382), Bienestar Animal (19461), atención de emergencias (20555), Pesca y Acuicultura (19500), titulación de tierras (20581), reservas biológicas (20465), entre otras. A cargo de un Profesional Jefe 1.

3.1.5 Área Económica

Brinda asesoría, realiza estudios, evacua consultas y presta apoyo profesional relacionado con el proceso de formación de la ley y solicitudes de las y los diputados, comisiones legislativas, División Legislativa, Dirección Ejecutiva en materia económica. A cargo de un Profesional Jefe 1.

3.1.6 Área Socio Ambiental

Brinda asesoría, realiza estudios, evacua consultas y presta apoyo profesional relacionado con el proceso de formación de la ley y solicitudes de las y los diputados, Comisiones, División Legislativa, Dirección Ejecutiva en los temas sociales, demográficos, de salud, educación, ambiente, turismo, seguridad, ciencia y tecnología, municipalidades, electoral, niñez, género, pobreza y minorías, entre otros. También brinda asesoría in situ. A cargo de un Profesional Jefe 1.

3.1.7 Áreas Jurídicas

Representan, de alguna forma, la columna vertebral de la asesoría parlamentaria que brinda el Departamento a los órganos legislativos, de manera escrita y verbal. Desde el año 2003 la asesoría jurídica ha funcionado por especialidades en cuatro áreas, cada una de ellas con el mismo nivel de responsabilidad, complejidad y volumen de funciones en el campo jurídico, según las competencias contenidas en los manuales institucionales:

1. Área Jurídica Económica Administrativa, que atiende los temas de Derecho Público, Contencioso, Administrativo, Penal, Laboral y Económico.

2. Área Jurídica Hacendaria, que atiende los temas de Derecho Tributario, Fiscal, Hacendario, Presupuestario, patentes, autorizaciones municipales y empréstitos.

3. Área Jurídica Social Agropecuaria, que atiende los temas de Derecho de Familia, Agrario, Ambiental, género, educación, salud, niñez y propiedad intelectual.

4. Área Jurídica Internacional y Comercio Exterior, que atiende los temas de Derecho Internacional, Tratados comerciales y Derechos Humanos.

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Están a cargo de funcionarios con puestos de Profesional Jefe 1 y un caso de Profesional Jefe 2A.

3.2 Composición del Departamento

El Departamento, está constituido actualmente por 79 funcionarios, pero de ellos solo 57 funcionarios se encuentran destacados, prestando sus funciones al Departamento, lo que corresponde al 72,2% y 22 funcionarios (27,8%) están destacados en las fracciones políticas u otras áreas administrativas de la Institución.

Debe hacerse la aclaración que 3 funcionarios están ubicados presupuestariamente en otros departamentos, pero por acuerdo del Directorio Legislativo se encuentran destacados en Servicios Técnicos:

En la tabla siguiente se muestra la distribución de los 56 funcionarios que se encuentran destacados en el departamento.

Personal destacado en el Departamento

Unidad Orgánica Funcionarios

Dirección 3*Unidad de Control de Gestión 5Área Económica 8Área Socio Ambiental 5Área de Investigación y Gestión documental 9Jurídica Económica Administrativa 5Jurídica Internacional y Comercio Exterior 5Jurídica Hacendaria 6Jurídica Social Agropecuaria 11

Total 57* Nombramiento en sustitución de la Subdirección pospuesto por el DirectorioFuente: Elaboración propia, información departamental – 2018.

La composición profesional del Departamento es multidisciplinaria, con un peso importante en las Ciencias Jurídicas. Entre las especialidades académicas y profesionales destacamos: Derecho (con especialidades en diferentes materias), Economía, Ciencias Económicas, Administración, Planificación y Ciencias Sociales (Sociología, Criminología, Ciencias Políticas, Materia ambiental, Relaciones Internacionales, entre otros.)

Cabe destacar que de los 55 funcionarios en puestos de profesional, 47 brindan asesoría escrita y verbal en los órganos legislativos (85%), los restantes ocho funcionarios profesionales básicamente están dedicados a funciones de investigación, recopilación de antecedentes, atención de consultas de legisladores/personal asesor, elaboración de informes y atención de funciones administrativas de control y seguimiento. Estos funcionarios están ubicados en las áreas de Control de Gestión e Investigación y Gestión documental.

Los 22 funcionarios y funcionarios que se encuentran ubicados fuera de Servicios Técnicos, poseen especialidades en Derecho, Economía, Ciencias Económicas, Ciencias Sociales y Administración; estos se encuentran prestando funciones en las instancias que se indican en la tabla siguiente, destacándose que 19 de ellos estás destacados en fracciones políticas. Dos puestos pertenecientes a este Departamento están pendientes de nombramiento, ambos códigos estaban destacados en la Fracción del Partido Acción Ciudadana.

Personal destacado en otras instancias

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Instancia Institucional FuncionariosFracción de Liberación Nacional 7Fracción de la Unidad Social Cristiana 7Fracción de Frente Amplio 1Fracción de Restauración Nacional 4Departamento de Servicios Parlamentarios 1Directorio (en nombramiento) 2

Total 22Fuente: Elaboración propia, información departamental – 2018.

Valoración de riesgo

El mayor riesgo asociado a la labor de asesoría que brinda el Departamento, tanto en forma escrita, como la que brinda de manera presencial en las Comisiones, está relacionado con la posibilidad de que la misma sea inoportuna, de mala calidad, que no responda a los requerimientos de los órganos legislativos, o que en el peor de los casos, se induzca a error a los legisladores y legisladoras en el ejercicio de sus funciones.

Con el objetivo de minimizar la ocurrencia de problemas, periódicamente, la Unidad de Control de Gestión examina las funciones, riesgos asociados, controles aplicados y criterios de prioridad, que permitan determinar la efectividad de las medidas establecidas y su incidencia en la mejora.

Atender el compromiso de la oportunidad en la entrega de los informes técnicos, y ante la imposibilidad material de que todos los proyectos de ley cuenten con su respectivo informe, desde hace varios años, se estableció como política de contingencia del Departamento, que al menos los 10 primeros lugares del Orden del Día de las Comisiones, deberían contar con informe técnico previo al dictamen correspondiente. A partir de ese momento, se incorporó la variable “oportunidad con que se elaboren los informes técnicos” como un elemento fundamental de la gestión de calidad del Departamento.

Para verificar si se estaba siendo oportuno y se cumplía con la política departamental de los 10 primeros lugares del Orden del Día, se revisan los proyectos de ley que conformaban el Orden del Día de las Comisiones Permanentes Ordinarias y Permanentes Especiales, para determinar cuántos disponían de ese insumo entregado con anterioridad al dictamen respectivo por parte de la Comisión; para ello, se utilizaron todos los órdenes del día de un período determinado (Ordinario o Extraordinario).

Los resultados derivados de este ejercicio pusieron en evidencia que el porcentaje de cumplimiento promedio fue de un 85% aproximadamente, lo cual se considera aceptable, en tanto que el Departamento está siendo oportuno en la entrega de los informes técnicos previo a su discusión; en el ámbito de la política de los 10 primeros lugares de los órdenes del día de aquellos órganos legislativos.

Sin embargo, con respecto al universo de los proyectos de ley en trámite en los diferentes órganos legislativos (incluidos en las órdenes del día) este porcentaje de cumplimiento se estima en 60,7% del total de expedientes legislativos en discusión. 1

Por otro lado, se ha establecido como directriz interna que la atención de las consultas solicitadas por los legisladores y legisladores, así como por los diferentes órganos legislativos, poseen prioridad en la ejecución de las responsabilidades del personal asesor. De esta forma, se ha logrado atender el 100% de las solicitudes de informes e investigaciones solicitadas con prioridad.

En el cumplimiento de estos cometidos, el sistema de información del Departamento (SIST) es la herramienta de apoyo a la labor de control y seguimiento de la asesoría escrita y verbal, el cual es

1 Número de expedientes con informe técnico en relación con todos los proyectos de ley en los diferentes órdenes del día de los órganos legislativos.

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alimentado por las Jefaturas y los asesores registrándose la etapa en la que se encuentra cada expediente asignado.

En la actualidad, se coordina con el Departamento de Informática la actualización de esta herramienta a fin de ajustarla a los nuevos requerimientos institucionales, que también han variado con el paso del tiempo. Por ejemplo, el contar con una porción significativa de asesores y asesoras incorporados al programa institucional de Teletrabajo (41,1% del total de funcionarios y funcionarias en el Departamento), crea la necesidad de acceder a este programa externamente a la Institución.

Propuesta de reorganización

El objetivo de la presente propuesta es ajustar la organización interna del Departamento a los nuevos requerimientos institucionales surgidos de las solicitudes de los legisladores y legisladoras, lo que ha modificado el tipo de productos y servicios que ellos requieren de nuestro Departamento para cumplir con sus responsabilidades.

La siguiente tabla detalla en la primera columna los productos “tradicionales” que ha elaborado el Departamento, en la segunda se mencionan nuevas responsabilidades que se desarrollan a solicitud de los despachos de legisladores y legisladoras.

Comparativo de productos y responsabilidades

Responsabilidades genéricas Nuevos requerimientos de loslegisladores y legisladoras

Elaborar Informes Técnicos sobre expedientes legislativos

Elaborar informes de la Comisión de Redacción (IRE) y bitácoras de los expedientes aprobados en los diferentes órganos

Asesorar presencialmente en los órganos legislativos

Monitoreo de las sesiones del Plenario Legislativo a fin de atender los requerimientos de información del personal asesor

Atender consultas sobre procedimiento parlamentario

Elaborar investigaciones sobre temas específicos a solicitud de los legisladores, personal asesor u órganos legislativos (sobre proyectos de ley o temas concretos).

Recopilar y enviar información documental a legisladores y asesores

Elaboración de análisis comparativos de leyes y textos de expedientes a solicitud de los legisladores, asesores y órganos legislativos

Actualizar repositorio de leyes, decretos, reglamentos, jurisprudencia, normativa interna, de la Contraloría, de la Procuraduría, de la Sala Constitucional y Tribunales, etc. por descriptor. (Para atender los requerimientos de los legisladores)

Asesorar y atender consultas del Plenario Legislativo sobre aspectos específicos de las sesiones del Plenario, procedimiento, viabilidad y oportunidad (Estas se evacuan como consultas escritas, las cuales poseen un procedimiento interno específico)

Elaborar estudios de antecedentes/ registrales a fin de tramitar ante el Registro Público las certificaciones requeridas en el análisis de los expedientes legislativos

Realizar el control y seguimiento del desempeño del personal asesor en las diferentes modalidades laborales (Atendiendo recomendaciones del Departamento Legal y Auditoria Interna)

Organizar información y documentos sobre materia atinente a la asesoría que brinda el Departamento

Atender reuniones sobre temas específicos a solicitud de los legisladores (temas de interés con representantes de sectores sociales)Apoyar a la Presidencia del Directorio: organización y desarrollo del Parlamento Joven y otras actividadesDesarrollo de investigaciones ex post de la ley (Se desarrolla actualmente una investigación a

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solicitud de la Dirección Ejecutiva)Ofrecer charlas y orientaciones sobre técnica legislativa y procedimiento parlamentario a las Fracciones Legislativas

Fuente: Elaboración propia, información departamental – 2018.

La presente propuesta se enfoca en tres acciones concretas:

creación de un área orientada a la materia constitucional, ajuste de las funciones del Área de Investigación y Gestión Documental (AIGD),Cambio de la nomenclatura de la Unidad de Control de Gestión y traslado de una función a la AIGD. Con estas modificaciones en la organización de nuestro Departamento se logran atender los cambios más importantes que han afectado el desarrollo de nuestras responsabilidades.

5.1 Creación del Área Jurídico Constitucional

Desde el 2 de mayo del 2011 y hasta la fecha, el Departamento de Servicios Técnicos brinda asesoría presencial en el Plenario Legislativo. Esta responsabilidad, al igual que la asesoría presencial que se brinda en las tres Comisiones con Potestad Legislativa Plena, la Comisión Especial de Reglamento y la Comisión Especial de Consultas de Constitucionalidad conlleva las siguientes funciones y actividades:

1. Estudio y monitoreo de todos los expedientes que ingresan al Orden del Día del Plenario, de las Comisiones con Potestad Legislativa Plena, Comisión Especial de Reglamento y la Comisión Permanente Especial sobre Consultas de Constitucionalidad, de acuerdo con el Informe técnico jurídico elaborado sobre el expediente legislativo.

2. Conocimiento de los reportes (Bitácoras) que se elaboran en el Departamento en torno a los proyectos dictaminados afirmativamente por las comisiones permanentes ordinarias, por las comisiones permanentes especiales y por las comisiones especiales, según sea el caso.

3. Asesorar al Presidente del Directorio, de las Comisiones Plenas, Comisión Especial de Reglamento y de la Comisión Permanente Especial sobre Consultas de Constitucionalidad en cuanto a la conexidad entre el texto de la iniciativa original y el texto dictaminado en discusión.

4. Asesorar a la mesa Directiva en cuanto a aspectos de procedimiento (consultas, votación, publicación, delegación y constitucionalidad).

5. Conocimiento de los informes técnicos jurídicos que se emiten por cada informe de mociones vía artículo 137 del RAL (en sus cuatro días) sobre los proyectos de ley que sean mocionados en el Plenario Legislativo.

6. Emitir criterio en torno a la conexidad entre el texto dictaminado afirmativamente en comisión y el texto del proyecto de ley una vez incluidas las mociones vía artículo 137 aprobadas, sea en el primer, segundo, tercero o cuarto día.

Debido a que gran parte de las consultas y requerimientos de criterio que se presentan al Departamento de Servicios Técnicos por parte de los órganos legislativos, está vinculado al tema de constitucionalidad, se torna necesaria la creación de un área especializada en la cual se concentre el abordaje del enfoque constitucional y funja como el paso inicial del proceso de asesoría jurídica en tanto que es una instancia especializada dentro del Departamento de Servicios Técnicos no solo en la materia constitucional, sino, en el conocimiento de la aplicación de la Constitución Política, el Reglamento y el marco normativo del Congreso.

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Dado su alto nivel de especialización en materia constitucional se convierte en una instancia de referencia que le permitiría –a la vez– instruir y acompañar en esta especialidad a las demás áreas Jurídicas e Interdisciplinarias que así lo requieran. La naturaleza y características de las Comisiones Permanentes Especiales de Reformas al Reglamento y la de Consultas de Constitucionalidad, derivan en tareas y actividades de gran afinidad y estrecha vinculación con la asesoría presencial que se brinda en el Plenario Legislativo y en las Comisiones con Potestad Legislativa Plena. Con mayor frecuencia, los informes técnicos y opiniones técnico-jurídicos elaborados por Servicios Técnicos han servido de insumo a la propia Sala Constitucional en sus resoluciones sobre asuntos parlamentarios.

Es necesario que esta Área esté a cargo de un Profesional en Derecho con amplios conocimientos en temas de constitucionalidad y vasta experiencia en materia de procedimiento parlamentario e interpretación reglamentaria. Esta Área dispondrá de al menos cuatro profesionales en Derecho con experiencia en estas especialidades.

Para la conformación de esta nueva Área no se requiere la creación de plazas nuevas en tanto que se tomarán de la plantilla de asesores jurídicos del Departamento.

5.2 Área de Investigación y Gestión documental

El Área de Investigación y Gestión documental ha experimentado cambios importantes en los últimos años, desarrollando importantes productos y servicios que se convierten en insumos relevantes de apoyo a la labor asesora, principalmente en la elaboración de investigaciones, recopilación de información, recopilación de antecedentes, diseño y mantenimiento de bases de datos, elaboración de análisis comparativos, monitoreo de los órganos legislativos, entre otros.

Con el aumento en la solicitud de productos y servicios por parte de los legisladores y legisladoras, así como de los diferentes órganos legislativos y clientes internos y externos, la dirección departamental ha tenido que ampliar las responsabilidades de elaboración y análisis de informes y consultas técnicas al personal del Área de Investigación y Gestión Documental.

Esta Área, sin dejar de cumplir con las funciones previamente asignadas, ha cumplido con las nuevas responsabilidades asignadas a su personal, según la materia y el área de especialidad de cada uno de ellos. Recordemos que esta área está constituida con profesionales en Derecho, Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales, Comercio Internacional, Economía, Administración y Gerencia.

De igual manera, se ha asignado a colaboradores de esta área la atención de órganos legislativos a fin de brindar asesoría verbal presencial. En este sentido, podemos mencionar la Comisión Permanente Especial de Discapacidad y Adulto Mayor, la Comisión Especial de Ambiente y la Comisión Especial de la Región Brunca. Respecto al análisis y elaboración de informes técnicos, el personal asesor del AIGD examina las iniciativas relativas a la materia que atienden las comisiones asignadas; asimismo, han realizado informes y consultas técnicas relacionadas con varias materias: Cooperativismo (Exp. 20660), Régimen de Zonas Francas (Exp. 20464), Sistema Nacional de Educación (Exp. 20675), combustibles y biocombustibles (Exp. 20382), Bienestar Animal (Exp. 19461), atención de emergencias (Exp. 20555), Pesca y Acuicultura (Exp. 19500), titulación de tierras (Exp. 20581), reservas biológicas (Exp. 20465), entre otras.

En cumplimiento a los requerimientos de la atención de la asesoría técnica de los legisladores, de los órganos legislativos, de los departamentos de la Institución, de funcionarios, así como de otras instituciones públicas, centros de enseñanza, profesionales liberales, estudiantes, etc.; esta Área ha implementado nuevos métodos de trabajo que no solo les permite realizar investigaciones de alta complejidad, sino que atienden sus responsabilidades de forma eficiente y eficaz; de igual

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manera, se realizan investigaciones especializadas en muy variadas materias tales como: sociopolítica, comunicación política, economía, género, cultura, social y ambiental, histórica, entre otras.Por último, consideramos que debe trasladarse una de las funciones que tiene asignada en la actualidad la Unidad de Control de Gestión al Área de Investigación: “Conocer el resultado o el impacto que pueda tener la puesta en ejecución de determinadas leyes o, en su defecto, las dificultades encontradas en su implementación.” (MaFE)

Lo anterior por cuanto, la experiencia que ha adquirido el grupo de investigación del AIGD en el desarrollo de estudios, investigaciones y búsqueda de antecedentes les permitiría desarrollar esta responsabilidad apropiadamente.

5.3 Contexto de la Unidad de Control de Gestión

Considerando que las circunstancias persisten y atendiendo las recomendaciones del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional (DEI), en su Informe D.E.I. 04-02-2012 del año 2012, referente al: “Estudio de revisión y fortalecimiento del Departamento de Servicios Técnicos, en cumplimiento del Acuerdo No. 22, de la Sesión No. 10-2010, celebrada por el Directorio Legislativo, el 8 de julio de 2010”, que en su recomendación 4, expuso:

“.- Con el objetivo de fortalecer el proceso interno de gestión de la calidad y control departamental, así como implementar en el corto plazo nuevas metodologías, métodos y herramientas para propugnar por una asesoría más efectiva, eficaz y eficiente, se recomienda transformar la Unidad de Control de Gestión, en el Área de Gestión y Control y nombrar al respectivo jefe de área. Lo anterior para dar relevancia absoluta a los procesos y actividades internas departamentales para el mejoramiento continuo de la gestión de calidad en la asesoría parlamentaria y adicionalmente, para ser consistentes con la normativa interna en materia de niveles jerárquicos, denominaciones y división de las estructuras internas departamentales, corrigiendo ese roce con respecto a esa normativa. “

Esta Dirección departamental coincide en la conveniencia y la oportunidad de fortalecer el proceso interno de gestión de la calidad y control departamental que actualmente lleva a cabo la Unidad de Control de Gestión. Sin embargo, se requiere avanzar conceptualmente a la gestión más que al control mediante la implementación en el corto plazo de nuevas metodologías, métodos y herramientas para apostar por una asesoría más efectiva, eficaz y eficiente, como lo indicó el DEI.

La nomenclatura de “Unidad” no corresponde con la relevancia que se requiere para impulsar procesos y actividades internas departamentales para el mejoramiento continuo de la gestión de calidad en la asesoría parlamentaria. Tampoco es consistente con la normativa interna en materia de niveles jerárquicos, denominaciones y división de las estructuras internas departamentales, por lo que se considera debe variar su nombre y asignarle el nivel de área. En este sentido, se propone el nombre de: Área de Gestión y Control.

En este sentido, consideramos que por la índole de las responsabilidades asignadas, por las competencias, por el grado de responsabilidad, complejidad y volumen de trabajo que la Unidad que ha tenido que asumir es necesario modificar el nivel que posee a lo interno del Departamento.

Por otro lado, ante el aumento de las responsabilidades que posee la Dirección departamental, ésta Unidad ha asumido la representación del Departamento en algunas comisiones institucionales, grupos de trabajo y en actividades organizados por la jerarquía superior; situación que sugiere que la Unidad debe poseer una categoría similar a las demás áreas departamentales, ya que la representación de la organización no debe estar asignada a instancias de nivel intermedio o inferior.

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Con el cambio sugerido, no se requiere la creación de plazas nuevas ni asignar nuevas responsabilidades. Esta unidad ya cuenta con la organización y el personal necesario para la ejecución de los procesos asignados.

Consideraciones finales

La propuesta de estas modificaciones en la organización interna del Departamento de Servicios Técnicos pretende atender los cambios que se han originado en el transcurso de los años, ante la solicitud de nuevos requerimientos, productos y servicios de los legisladores y legisladoras.

Esta situación ha motivado la revisión de los tipos de productos y servicios que solicitan los diputados y diputadas, de manera que se tenga definida la cartera de nuestros productos; aunado al interés de mejorar los controles establecidos, procurando elevar la calidad de los mismos. Lo importante es reducir o minimizar los riesgos, sin que ello signifique poner obstáculos en la labor asesora que se brinda.

Nuestro Departamento ha realizado un esfuerzo importante a fin de sistematizar y replantear los métodos de trabajo con el objetivo de mejorar la calidad de la asesoría desde una óptica institucional. Este esfuerzo va más allá del acto de participar en una sesión de una comisión, consideramos que principalmente deben mejorarse los procesos de trabajo y los sistemas de control y seguimiento.

Desde el año 2006 el Departamento de Servicios Técnicos ha cumplido las directrices giradas relativas a mejorar la calidad de los productos y servicios que brinda el departamento, lo que ha significado una mayor exigencia y responsabilidad tanto de los funcionarios con puestos de jefatura con el de los demás profesionales. (Artículo 8, Sesión Directorio N.° 53-2007)No obstante lo anterior hay una serie de elementos que a nivel organizacional deben ser corregidos y se deben fortalecer en el futuro: gestión del recurso humano, perfil del personal asesor, actualización profesional y capacitación.

Recomendaciones

7.1 Creación del Área Jurídica Constitucional

Propuesta de funciones:

Son funciones del área jurídica asesora en materia constitucional:Realizar estudios técnicos sobre asuntos específicos de interés a solicitud del Plenario, el Directorio y las comisiones legislativas y evacuar consultas que sobre el trámite legislativo formule la Dirección Ejecutiva, especialmente en materia constitucional.Realizar estudios y rendir informes técnicos relativos a los proyectos de ley que se presenten a la Asamblea Legislativa.Asesorar a los órganos legislativos en materia de fondo y de procedimientos parlamentarios.Asesorar a los órganos legislativos en materia constitucional.Evacuar consultas solicitadas por los diputados y los órganos legislativos en materia constitucional.

7.2 Traslado de función

Trasladar la función que tiene asignada en la actualidad la Unidad de Control de Gestión al Área de Investigación y Gestión Documental referente a “Conocer el resultado o el impacto que pueda tener la puesta en ejecución de determinadas leyes o, en su defecto, las dificultades encontradas en su implementación.”

7.3 Modificación de funciones del Área de Investigación y Gestión Documental (AIGD)_________________________________

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Replanteamiento de funciones:

Funciones del Área de Investigación y Gestión documental:1. Apoyar el trabajo de la Dirección, las áreas asesoras y personales en la gestión

documental y las investigaciones requeridas para los dictámenes, estudios, consultas y asesoría del Departamento (asesoría escrita y verbal).

2. Recopilar, indexar, seleccionar y archivar documentos atinentes a las funciones del Departamento, tales como leyes, decretos, reglamentos y jurisprudencia de los tribunales de justicia, así como de los poderes del Estado, la Procuraduría General de la República, la Contraloría General de la República y otras instituciones.

3. Analizar, compilar y ordenar las sentencias de la Sala Constitucional para conocer el criterio de este Tribunal sobre los asuntos que trata.

4. Organizar la información y los documentos sobre materia atinente a la asesoría que realiza el Departamento.

5. Recopilar selectivamente los documentos y elaborar series (“dossiers”) sobre temas parlamentarios de trascendencia nacional.

6. Obtener antecedentes, estudios registrales y certificaciones, entre otros, en el Registro de la Propiedad.

7. Asistir a los asesores en estudios sobre los proyectos de ley.8. Realizar estudios técnicos y atender consultas sobre asuntos específicos

delegados por la dirección departamental y a solicitud del Plenario, el Directorio, las comisiones legislativas y los diputados, y evacuar las consultas que formule la Dirección departamental y la Dirección Ejecutiva.

9. Realizar, por delegación de la dirección departamental, estudios y rendir informes técnicos relativos a los proyectos de ley que se presenten a la Asamblea Legislativa.

10. Asesorar, por delegación de la dirección departamental, a los órganos legislativos en materia de fondo y de procedimientos parlamentarios.

11. Realizar los estudios técnicos necesarios para conocer el resultado o el impacto que pueda tener la puesta en ejecución de determinadas leyes o, en su defecto, las dificultades encontradas en su implementación.

12. Realizar otras labores propias de su competencia, encargadas por sus superiores.

Nota: El destacado resaltan los cambios propuestos.

7.4 Cambio nomenclatura de la Unidad de Control de Gestión

Denominación actual Nueva denominaciónUnidad de Control de Gestión Área de Gestión y Control

7.5 Organigrama PropuestoOrganigrama

Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos

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SE ACUERDA: Con base en el criterio vertido por el señor Fernando Román Carvajal, Director del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional, mediante oficio AL-DDEI-OFI-0047-2018, crear el Área Jurídica Constitucional en el Departamento de Servicios Técnicos, para lo cual se dispone lo siguiente:

1. Las funciones de dicha área serán las siguientes:

Realizar estudios técnicos sobre asuntos específicos de interés a solicitud del Plenario, el Directorio y las comisiones legislativas y evacuar consultas que sobre el trámite legislativo formule la Dirección Ejecutiva, especialmente en materia constitucional.

Realizar estudios y rendir informes técnicos relativos a los proyectos de ley que se presenten a la Asamblea Legislativa.

Asesorar a los órganos legislativos en materia de fondo y de procedimientos parlamentarios.

Asesorar a los órganos legislativos en materia constitucional. Evacuar consultas solicitadas por los diputados y los órganos

legislativos en materia constitucional.

2. Trasladar la función que tiene asignada en la actualidad la Unidad de Control de Gestión al Área de Investigación y Gestión Documental referente a “Conocer el resultado o el impacto que pueda tener la puesta en ejecución de determinadas leyes o, en su defecto, las dificultades encontradas en su implementación.”

3. Modificar las funciones del Área de Investigación y Gestión Documental (AIGD), de la siguiente manera:

Apoyar el trabajo de la Dirección, las áreas asesoras y personales en la gestión documental y las investigaciones requeridas para los dictámenes, estudios, consultas y asesoría del Departamento (asesoría escrita y verbal).

Recopilar, indexar, seleccionar y archivar documentos atinentes a las funciones del Departamento, tales como leyes, decretos, reglamentos y jurisprudencia de los tribunales de justicia, así como de los poderes del Estado, la Procuraduría General de la República, la Contraloría General de la República y otras instituciones.

Analizar, compilar y ordenar las sentencias de la Sala Constitucional para conocer el criterio de este Tribunal sobre los asuntos que trata.

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Organizar la información y los documentos sobre materia atinente a la asesoría que realiza el Departamento.

Recopilar selectivamente los documentos y elaborar series (“dossiers”) sobre temas parlamentarios de trascendencia nacional.

Obtener antecedentes, estudios registrales y certificaciones, entre otros, en el Registro de la Propiedad.

Asistir a los asesores en estudios sobre los proyectos de ley.

Realizar estudios técnicos y atender consultas sobre asuntos específicos delegados por la dirección departamental y a solicitud del Plenario, el Directorio, las comisiones legislativas y los diputados, y evacuar las consultas que formule la Dirección departamental y la Dirección Ejecutiva.

Realizar, por delegación de la dirección departamental, estudios y rendir informes técnicos relativos a los proyectos de ley que se presenten a la Asamblea Legislativa.

Asesorar, por delegación de la dirección departamental, a los órganos legislativos en materia de fondo y de procedimientos parlamentarios.

Realizar los estudios técnicos necesarios para conocer el resultado o el impacto que pueda tener la puesta en ejecución de determinadas leyes o, en su defecto, las dificultades encontradas en su implementación.

Realizar otras labores propias de su competencia, encargadas por sus superiores.

4. Modificar la nomenclatura de la Unidad de Control de Gestión a Área de Gestión y Control.

5. Avalar el organigrama propuesto en el punto 7.5 de la propuesta, con excepción del Consejo Asesor, el cual se elimina.

La anterior aprobación se otorga en el entendido de que no representará costo económico ni de recurso humano de ninguna índole para la institución. -767-768-

Se levanta la sesión a la 1 p.m.

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