comunicado empadronamiento

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COMUNICADO DIRIGIDO A ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS PÚBLICOS Y PRIVADOS: Se hace de conocimiento que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 033-2014-SA , establece la obligación de que los establecimientos farmacéuticos públicos y privados a nivel nacional, que cuenten con autorización sanitaria de funcionamiento o se encuentren registrados como establecimientos farmacéuticos ante la autoridad competente, deberán empadronarse en forma gratuita, presentando vía correo electrónico a las direcciones: [email protected] y [email protected] , el formulario virtual de empadronamiento en un plazo no mayor a 03 meses. Pasos a seguir: : 1. Ingresar a la pagina web de DIGEMID: http://www.digemid.minsa.gob.pe/Empadronamiento/Principal/ EmpadronarEstablecimiento.aspx 2. Continuar con los pasos o instructivo indicados en dicha página, 3. Finalmente hacer en clic en Generar archivo y enviar el documento generado a uno de los dos correos antes indicados. Nota: “DECENIO DE LA S PERSO NA S CO N DISCA PA CIDA D EN EL PERU“ A ño de la Prom oción de la Industria Responsable y del Com prom iso Clim ático” BOTICAS, FARMACIAS, DROGUERÍAS, LABORATORIOS, SERVICIOS DE FARMACIAS Y BOTIQUINES

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Comunicado DIGEMID-2014-2015

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BOTICAS, FARMACIAS, DROGUERAS, LABORATORIOS, SERVICIOS DE FARMACIAS Y BOTIQUINES

COMUNICADODIRIGIDO A ESTABLECIMIENTOS FARMACUTICOS PBLICOS Y PRIVADOS:

Se hace de conocimiento que, la Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N 033-2014-SA, establece la obligacin de que los establecimientos farmacuticos pblicos y privados a nivel nacional, que cuenten con autorizacin sanitaria de funcionamiento o se encuentren registrados como establecimientos farmacuticos ante la autoridad competente, debern empadronarse en forma gratuita, presentando va correo electrnico a las direcciones: [email protected] y [email protected], el formulario virtual de empadronamiento en un plazo no mayor a 03 meses.

Pasos a seguir:: 1. Ingresar a la pagina web de DIGEMID:http://www.digemid.minsa.gob.pe/Empadronamiento/Principal/EmpadronarEstablecimiento.aspx2. Continuar con los pasos o instructivo indicados en dicha pgina, 3. Finalmente hacer en clic en Generar archivo y enviar el documento generado a uno de los dos correos antes indicados.

Nota: Vencido el plazo (el 06 de febrero del 2015), se dispondr el CIERRE DEFINITIVO de los establecimientos farmacuticos que no cumpliera con empadronarse, segn lo dispuesto por la norma citada.

DIRECCIN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS DIGEMID