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MINISTERIO DE DEFENSA CONCURSO PUBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL 1/56 BASES ADMINISTRATIVAS CONCURSO PÚBLICO N.º 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACIÓN CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA SEGÚN RELACION DE ITEMS

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MINISTERIO DE DEFENSA CONCURSO PUBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL

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BASES ADMINISTRATIVAS

CONCURSO PÚBLICO N.º 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL

CONTRATACIÓN CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA

SEGÚN RELACION DE ITEMS

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Nombre: MINISTERIO DE DEFENSA RUC N°: 20131367938

1.2 DOMICILIO LEGAL

Av. Arequipa Nº 291 – Urb. Santa Beatriz – Lima – Perú

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto seleccionar a la Compañía de Seguros o al Consorcio de Compañías de Seguros debidamente registrados por la Superintendencia de Banca y Seguros para la contratación conjunta de Seguros Marítimos del Pliego 026 del Ministerio de Defensa (Ejército Peruano, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú), según relación de ítems, por un periodo de 12 meses y de acuerdo a las características que se detalla en las presentes bases.

1.4 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a US $ 689,760.50 (Seiscientos ochenta y nueve mil setecientos sesenta y 50/100 Dólares de los Estados Unidos de América), de acuerdo a la relación de ítems adjunta, incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Diciembre del 2007.

ITEM DESCRIPCION DEL SEGURO

VALOR REFERENCIAL

(US $)

VALOR REFERENCIAL (EXPRESADO EN LETRAS)

1 SEGUROS MARITIMOS 573,319.00 Quinientos setenta y tres mil trescientos diecinueve y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América

2 PANDI 116,441.50 Ciento dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y uno y 50/100 Dólares de los Estados Unidos de América

Los límites máximos y mínimos del valor referencial total por cada ítem ascienden a:

ITEM Nº LIMITE MINIMO 70% LIMITE MÁXIMO 110%

1 US $ 401,323.30

CUATROCIENTOS UN MIL TRESCIENTOS VEINTE Y TRES Y 30/100

Dólares de los Estados Unidos de América

US $ 630,650.90

SEISCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 90/100

Dólares de los Estados Unidos de América 2 US $ 81,509.05

OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS NUEVE

Y 05/100 Dólares de los Estados Unidos de América

US $ 128,085.65

CIENTO VEINTE Y OCHO MIL OCHENTA Y CINCO Y 65/100

Dólares de los Estados Unidos de América Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) el valor Referencial por cada ítem y aquellas que fueren inferiores al setenta por ciento (70%) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.

Para otorgar la Buena Pro las propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite antes establecido, se deberá contar con la asignación suficiente de recursos y la aprobación

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del Titular del Pliego, quedando suspendido el otorgamiento de la Buena Pro, en tanto se cumpla con este requisito.

1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Ordinarios 1.6 SISTEMA DE CONTRATACION

El presente proceso se rige por el sistema de suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7 MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Por financiamiento de las Entidades Participantes en la presente Compra Corporativa Facultativa.

1.8 ALCANCE DEL SERVICIO

El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de las presentes Bases en el Capítulo IV.

1.9 BASE LEGAL

• Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. • Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008. • Decreto Supremo N° 083-2004-PCM – Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias, en adelante la Ley. • Decreto Supremo N° 084-2004-PCM – Aprueba el Reglamento de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias, en adelante el Reglamento.

• Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ley N° 27143 - Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional • Ley N° 27633 – Ley que modifica la Ley de Promoción Temporal de Desarrollo Productivo

Nacional. • Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública • Resolución Ministerial Nº 1325-2007 DE/SG del 18 de diciembre del 2007, que designa al

Comité Especial. • Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de

la Superintendencia de Banca y Seguros, sus Normas Modificatorias Complementarias

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

CAPITULO II

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Prepublicación de las Bases: Del 22.01.08 al 28.01.08 Convocatoria………………………………………….…: 29.01.08 Registro de Participantes……………………………: Del 30.01.08 …. al 14.02.08 Formulación de Consultas y/u

Observaciones a las Bases…………………………….: Del 30.01.08 al 05.02.08 Absolución de Consultas y

Observaciones a las Bases…………………………….: 07.02.08 Integración de las Bases……………………………...: 12.02.08

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Presentación de Propuestas…………….………......: 19.02.08 El acto público se realizará en la Sala de Sesiones de la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa, sito en la Av. Boulevard S/N, San Borja, Lima (Cuartel General del Ejercito – Segundo Piso a las 10:00 horas

Evaluación de Propuestas………………………………...19.02.08 Otorgamiento de la Buena Pro….………………………19.02.08

El acto público se realizará en la Sala de Sesiones de la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa, sito en la Av. Boulevard S/N, San Borja, Lima (Cuartel General del Ejercito – Segundo Piso a las 16:00 horas

2.2 CONVOCATORIA Se efectuará a través de la publicación en el SEACE, de conformidad con lo señalado en el Artículo 104° del Reglamento, la misma que se realizará en la fecha señalada en el cronograma.

2.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (01) día después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 107º del Reglamento.

El registro de los participantes se realizará en la Mesa de Partes de la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa, sito en la Av. Boulevard S/N, San Borja, Lima (Cuartel General del Ejercito – Segundo Piso , altura del Banco Continental, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 9:00 .a 12:00 horas, previo pago de la suma S/.12.00 (Doce con 00/100 Nuevos Soles) a la Cuenta Corriente No. 0000-308641 del Banco de la Nación, por derecho de participación.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 108º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse.

2.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo de cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 110º del Reglamento.

Se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa, sito en la Av. Boulevard S/N, San Borja, Lima (Cuartel General del Ejercito – Segundo Piso , altura del Banco Continental, en la fecha señalada en el cronograma, en el horario de 9:00. horas a 12:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial del CONCURSO PÚBLICO N° 0001-2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, pudiendo acompañar opcionalmente un disquete conteniendo las consultas y/u observaciones.

MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

2.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial, con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, en la

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sede de la Entidad y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado (Formato Nº 02), de conformidad con lo establecido en el Artículo 110º del Reglamento, en el plazo señalado en el cronograma del proceso de selección.

La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.

ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL CONSUCODE Los observantes tienen la opción de solicitar que las bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE, dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de consultas y/u observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

El Comité Especial incluirá en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados.

El participante presentará al Comité Especial el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito correspondiente al pago de la tasa prevista en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de CONSUCODE.

2.6 MEDIOS ELECTRÓNICOS DE COMUNICACIÓN

Los participantes que soliciten ser notificados electrónicamente, deberán consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efectos de las notificaciones a que hubiere lugar.

2.7 INTEGRACION DE LAS BASES

El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía, ni modificadas por autoridad administrativas alguna.

Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 117º y 118º del Reglamento.

2.8 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

2.8.1 Forma de Presentación de Propuestas Las propuestas se presentarán en acto público, en la Sala de Sesiones de la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa, sito en la Av. Boulevard S/N, San Borja, Lima (Cuartel General del Ejercito – Segundo Piso, ALTURA Banco Continental., en la fecha y hora señalada en el cronograma, debiendo estar dirigidas al Comité Especial del Concurso Público N° 0001-2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL.

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Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas del proceso de selección se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

2.8.1.1. Presentación de Propuestas y Apertura de Propuesta Técnica: Los actos de recepción de propuestas, apertura de sobres, y otorgamiento de la Buena Pro, se llevarán a cabo en Acto Público, el mismo que se realizará con la participación de Notario Público, de un representante del Órgano de Control Institucional y de Inspectoría General en calidad de observadores Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 01). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal o apoderado acreditado también con carta poder simple (Formato Nº 01).

Las propuestas se presentarán en original y tres (03) copias en dos sobres debidamente cerrados. El primero contendrá la propuesta técnica (Sobre Nº 01) y el segundo la propuesta económica (Sobre Nº 02), de la siguiente manera:

SOBRE N° 01: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE “2”: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

Señores NMINISTERIO DE DEFENSA Att.: Comité Especial

Concurso Público N° 0001-2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA Objeto del proceso: CONTRATACIÓN CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA, SEGÚN RELACION DE ITEMS ITEM Nº ……………….

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA ORIGINAL Y (XX) COPIA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

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Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno (01).

Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

El acto público de presentación de propuestas, se iniciará cuando el Comité Especial empiece a llamar a los postores en el orden en que se registraron como participantes, para que entreguen los sobres conteniendo ambas propuestas. Si al momento de ser llamado, el postor no se encontrase presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún postor es omitido, podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor y verificará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases. De no ser así, el Comité Especial, devolverá los documentos al postor, salvo que éste exprese su disconformidad, en cuyo caso, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 125 º del Reglamento.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada propuesta técnica. Luego procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por el Notario,

Señores NMINISTERIO DE DEFENSA Att.: Comité Especial

Concurso Público N° 0001-2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA Objeto del proceso: CONTRATACIÓN CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA, SEGÚN RELACION DE ITEMS ITEM Nº ……………….

SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA ORIGINAL Y (XX) COPIA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

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por los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

2.8.1.2. Apertura de Propuestas Económicas y Otorgamiento de la Buena Pro:

Al inicio del acto público, el Comité Especial hará de conocimiento de los postores, a través de un cuadro comparativo, el puntaje obtenido en las propuestas técnicas y su correspondiente orden de prelación, indicando además las propuestas descalificadas, de ser el caso.

A continuación, el Notario procederá a la entrega al Comité Especial de los sobres que contienen las propuestas económicas. El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) y las que fueren inferiores al setenta por ciento (70%) del valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 72º del Reglamento. Asimismo, se tendrá en cuenta lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 130º del Reglamento.

El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, considerando que se trata de un proceso de selección para la CONTRATACIÓN CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026: DEFENSA, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el orden establecido por el artículo 133º del REGLAMENTO, a excepción de la Prorrata entre los postores ganadores, debido a que LA ENTIDAD por razones técnicas y económicas otorgará la buena pro a un solo postor por la totalidad del programa de seguros marítimos requerido dada la indivisibilidad del objeto de la contratación.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario Público, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta y el cuadro comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publiquen en el SEACE. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

2.8.2 Contenido de las Propuestas

Por cada item al cual se presenten los postores se deberán presentar los sobres Nº 1 y Nº 2.

2.8.2.1 SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA

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El sobre Nº 1 de cada item contendrá, además de un índice de documentos1, la siguiente documentación:

Documentos Obligatorios:

a) Copia simple de Constancia vigente de Inscripción en el Registro Nacional de

Proveedores, Capitulo de Servicios. b) Carta de presentación y Declaración Jurada de datos del postor

Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo N.º 1.

c) Declaración Jurada en la que el postor declare que su oferta cumple los Términos de Referencia contenidos en el Capítulo IV de las presentes Bases - Anexo Nº 02.

d) Declaración Jurada del postor de acuerdo al Artículo 76º del Reglamento - Anexo Nº 03.

e) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, según lo dispuesto en la Directiva N.° 003-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada con la Resolución N,° 063-2003-CONSUCODE/PRE (Artículo 37º de la Ley), según Anexo N° 04.

f) Presentación del Anexo Nº 08, donde se indicará el plazo de pago de Siniestros, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y de Seguros.

Documentos Facultativos:

g) Documentación relativa a factores de evaluación. La Experiencia en la Especialidad se calificará por cada Item al cual se postula, considerando el monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de coberturas de seguros en general, durante un periodo determinado no mayor a diez (10) años los cuales se contarán a partir de la fecha de presentación de propuestas hacia atrás.

Con la finalidad que las propuestas presentadas estén más ordenadas y ello facilite la labor del Comité Especial al momento de la evaluación, es recomendable que los postores presenten un cuadro detallado donde consten los documentos que acreditarán la experiencia del postor, para lo cual podrá utilizar el modelo del Anexo Nº 06 de las bases.

h) Declaración Jurada de Servicios Prestados dentro del Territorio Nacional, en aplicación de

la Ley Nº 27633, de ser el caso - Anexo Nº 05.

2.8.2.2 SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONOMICA El Sobre N° 2 de cada item, deberá contener la Propuesta Económica con la siguiente información:

Valor total de la oferta económica, en Dólares de los Estados Unidos de America, incluido todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar. Por lo tanto, la Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. Anexo N.º 7.

El monto del total por cada ítem deberá ser expresado hasta con dos (2) decimales.

2.9 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

1 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

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La evaluación de la propuesta se realizará en dos (02) etapas: la evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos

2.9.1 Evaluación Técnica Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los términos de referencia contenidos en el Capítulo IV de las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de 80 puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

2.9.2 Evaluación Económica Si la propuesta económica excede en más del 10% ó es menor al 70% del valor referencial, se tendrá por no presentada.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

2.9.3 Determinación del Puntaje Total Una vez calificadas las propuestas mediante la evaluación técnica y económica se determinará el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.60 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.40

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De acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional y sus modificatorias, la bonificación adicional del 20% se aplicará siempre que los postores beneficiados hayan presentado la Declaración Jurada correspondiente.

2.10 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Se otorgará la Buena Pro al postor que obtenga el mayor puntaje total. La Buena Pro se entenderá notificada en el acto público, sin admitir prueba en contrario, sin perjuicio de su publicación en el SEACE.

2.11 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

El consentimiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

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CAPÍTULO III

INFORMACIÓN ADICIONAL

3.1. VALIDEZ DE LA OFERTA La validez de la oferta deberá mantenerse durante el proceso de selección hasta suscribir el contrato, de ser el caso. Para ser considerada válida una propuesta deberá cumplir con lo establecido en las presentes bases. La documentación presentada por el postor no deberá tener borradura, enmendadura o corrección alguna.

3.2 DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, se procederá conforme a los plazos y procedimientos para suscribir el contrato con cada Unidad Ejecutora Participante que se establecen en el artículo 203° del Reglamento.

El contrato será suscrito por cada Unidad Ejecutora Participante de la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 198° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar a cada Unidad Ejecutora Participante, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso,

cuya vigencia es hasta la conformidad de la última prestación del servicio; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. Copia de DNI del Representante Legal; Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa; Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado; Copia del RUC de la empresa; Copia de la Constancia de Registro de Empresa de Seguros emitida por la

Superintendencia de Banca y Seguros, de LA ASEGURADORA. Cartas emitidas por los Reaseguradores al broker de Reaseguro o Compañía de Seguros

debidamente firmadas y selladas donde se confirme que la propuesta tiene un respaldo del 100 % de soporte de Reaseguro para las coberturas indicadas en el Anexo 01, para la relación de las embarcaciones marítimas materia de este concurso, de el/los item(s) adjudicado(s). Las cartas deberán detallar claramente la fecha de emisión, nombre de la empresa Reaseguradora, nombre del suscriptor, número de teléfono de la empresa Reaseguradora y dirección de correo electrónico. Los Reaseguradores que otorgan este respaldo de Reaseguro, deberán ser los mismos que suscriban el riesgo a la firma del contrato. Los Reaseguradores que respaldan la propuesta deberán tener una calificación de riesgo no menor a la indicada en el Artículo 2 del Capítulo I de la Resolución SBS No. 282-2003 emitida por Standard & Poors o por AM Best.

El postor que obtenga la Buena Pro entregará las Pólizas respectivas a la firma del contrato. En caso ello no fuera posible por causa justificada, otorgará una cobertura provisional de seguros sustentada documentalmente y por el total de el(los) item(s) adjudicado(s), hasta por treinta (30) días, la que regirá a partir de las 00:00 horas del día de la suscripción del contrato. La entrega de las pólizas a LA UNIDAD EJECUTORA obligatoriamente tendrá que realizarse antes de la finalización de la vigencia de la cobertura provisional antes mencionada, de lo contrario deberá extenderse la cobertura provisional por otro periodo equivalente y se aplicarán las penalidades que establece el

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Reglamento. En caso no se entregaran las Pólizas antes de la culminación de este último periodo, sin perjuicio de las penalidades que corresponden, procederá la resolución del contrato y la indemnización pertinente por los perjuicios que se deriven del incumplimiento.

3.3 DE LAS GARANTIAS

El único medio de garantía que debe presentar el contratista es la carta fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a cada Unidad Ejecutora Participante de la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato correspondiente. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la última prestación del servicio.

GARANTIA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

3.4 EJECUCION DE GARANTIAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 221° del Reglamento.

3.5 VIGENCIA DEL CONTRATO

La vigencia del contrato se extenderá por DOCE MESES de acuerdo al siguiente detalle por cada ítem: PARA ITEM Nº 1: SEGUROS MARITIMOS: EJERCITO DEL PERU- EP Unidad Ejecutora (UE). 003: EP. A partir de las 00.00 hrs. del día 03 de Abril 2008, hasta las 00.00 hrs. del día 03 de Abr. 2009. MARINA DE GUERRA DEL PERU - MGP Unidad Ejecutora (UE). 004: MGP. A partir de las 00.00 hrs. del día 03 de Abril 2008, hasta las 00.00 hrs. del día 03 de Abr. 2009. FUERZA AEREA DEL PERU - FAP Unidad Ejecutora (UE). 005: FAP. A partir de las 00.00 hrs. del día 03 de Abril 2008, hasta las 00.00 hrs. del día 03 de Abr. 2009.

ITEM Nº 2: PANDI: MARINA DE GUERRA DEL PERU - MGP Unidad Ejecutora (UE). 004: MGP. A partir de las 00.00 hrs. del día 20 de Febrero 2008, hasta las 00.00 hrs. del día 20 de Febrero. 2009.

3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 222° y 225° del Reglamento.

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3.7. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

La forma de pago de las primas, se efectuará en cuatro (4) trimestres, en cuotas iguales, sin intereses. El pago será a los treinta (30) días de iniciado el trimestre.

El pago se realizará considerando el tipo de cambio venta indicado por la Superintendencia de Banca y Seguros el mismo que se publica en el Diario Oficial el Peruano a la fecha de emisión de la Orden de Servicio.

El pago se realizará previa conformidad del servicio por parte de la Oficina y/o Dirección que cada Unidad Ejecutora designe, para lo cual EL CONTRATISTA deberá haber presentado la Factura correspondiente.

El monto facturado deberá incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales respectivos conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar, de acuerdo a su propuesta técnica y económica, debiendo presentar su factura. La conformidad se otorgará en un plazo que no excederá de los diez (10) días de prestado el servicio y el pago se efectuará dentro del plazo de diez (10) días naturales computados desde la conformidad del servicio, conforme a lo establecido por el artículo 238º del Reglamento.

Durante la vigencia del contrato los precios se mantendrán fijos y no estarán sujetos a reajuste alguno.

3.8 DISPOSICIONES FINALES

El presente proceso se rige por las bases y lo que establece el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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CAPITULO IV

TERMINOS DE REFERENCIA

CONTRATACIÓN CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026: DEFENSA, SEGÚN RELACION DE ITEMS

ITEM Nº 1

SEGUROS MARITIMOS PARA EL EJERCITO DEL PERU I.- PROGRAMA DE COBERTURA 1.- TIPO : SEGURO DE CASCO Y MAQUINARIA DE EMBARCACIONES

NO PESQUERAS, RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS Y ACCIDENTES PERSONALES PARA TRIPULANTES Y PASAJEROS.

2.- ASEGURADO : MINISTERIO DE DEFENSA Y/O EJERCITO DEL PERU (EP).

3.- PERIODO DE COBERTURA : 365 DÍAS NATURALES A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE

LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 4.- RADIO DE NAVEGACIÓN : AGUAS SUDAMERICANAS

Dentro de los radios de navegación de cada embarcación.

5.- INTERES ASEGURABLE LAS NAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL

ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION DE EMBARCACIONES PARA CUBRIR:

a.- CONTRA PERDIDA O DAÑO ACCIDENTAL A LAS

NAVES, PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES, USO, MANTENIMIENTO, MIENTRAS ESTEN NAVEGANDO Y/O AMARRADA.

b.- LA RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL DEL ASEGURADO

Y ACCIDENTES PERSONALES DE PASAJEROS Y TRIPULANTES, (MIENTRAS ESTEN ABORDANDO PERMANEZCAN EN LA NAVE Y SE ENCUENTREN DESEMBARCANDO) PROVENIENTE DE LAS OPERACIONES, USO Y MANTENIMIENTO DE EMBARCACIONES DEL ASEGURADO, SEGÚN LA RELACION.

6.- USOS : COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR EL

EJERCITO DEL PERU INCLUYENDO USO DE RECREACIÓN E INSTRUCCIÓN DE SUPERVIVENCIA.

7.- CONDICIONES

COMUNES : ASEGURADOS ADICIONALES; PERDIDAS PAGADERAS; ACUERDOS DE LIBERACION DE RESPONSABILIDADES; RENUNCIA DE DERECHOS DE SUBROGACION; ACUERDOS CONTRACTUALES Y/O COMO PUEDAN SER ACORDADOS POR EL ASEGURADOR.

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8.- FORMA DE PAGO : PAGOS EN CUATRO ARMADAS TRIMESTRALES EN PARTES

IGUALES, SIN INTERESES NI RECARGOS ADICIONALES. 9.- AVISOS DE

CANCELACION : 30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS. 10.- JURISDICCION

Y ARBITRAJE : LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y JURISDICCION DEL PERU.

11.- EXTENSION

DE VIGENCIA : ES ACORDADO QUE LA VIGENCIA DE LA POLIZA PODRA SER EXTENDIDA A SOLICITUD DEL ASEGURADO HASTA POR UN PERIODO DE 90 DIAS A PRORRATA EN LOS MISMOS TERMINOS Y CONDICIONES.

II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA 1.- CASCO MARÍTIMO Y RESPONSABILIDAD CIVIL.

a.- Perdida Total Absoluta b.- Perdida Total Constructiva c.- Gastos de Salvamento al 100% d.- Responsabilidad Civil Frente a Terceros (lesiones corporales y daños a la propiedad),

Limite Único combinado US$ 500,000.00 cualquier persona/ocurrencia/embarcación. e.- Responsabilidad Civil por colisión 4 x 4 f.- Averías particulares por incendio y/o explosión. g.- Averías particulares por varadura y/o encalladura y/o hundimiento, volcadura y colisión con

objeto sumergido, fijo o flotante. h.- Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada. i.- Institute War and Strikes Clauses Hulls Time 01-11-95 Cl-281. j.- Cláusula 356 INSTITUTE RADIOACTIV CONTAMINATION EXCLUSION CLAUD 01-10-90 Se precisa que esta Cláusula se mantiene debido a que obedece a las necesidades de la

unidad ejecutora respectiva k.- Cláusula A507 PROTECCION AND INDEMNITY SP-23 (REVISED) con limites de

responsabilidad hasta el 100% de la suma asegurada de cada embarcación, modificada para amparar también Responsabilidad Legal Extracontractual por daños que puedan causarse a terceros por contaminación accidental de la vía marítima, resultante de derrames o descarga de Hidrocarburos desde las embarcaciones aseguradas.

l.- Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro. m.- Gastos de Salvataje, Auxilio o Reflotamiento hasta el 100% del valor de la embarcación. n.- Deducible aplicable para cada y toda pérdida, excepto Pérdida Total Absoluta o Pérdida

Total Constructiva; 5 % del Valor Acordado. o.- Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% de la

prima neta. 2.- ACCIDENTES PERSONALES.

a. SUMA ASEGURADA: Suma asegurada Capital: Beneficios según la Escala “E” de Lloyd’s, items 1 al 9.

1) POR MUERTE Y/O INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL Y/O TOTAL: Tripulantes : US$ 100,000.00 cada persona. Pasajeros : US$ 100,000.00 cada persona.

2) POR INCAPACIDAD PARCIAL TEMPORAL/TOTAL

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US$ 220.00 diarios, hasta un máximo de 365 días por persona/accidente (sin Deducible).

3) GASTOS DE CURACIÓN US$ 20,000.00 por persona/accidente (sin deducible)

4) SEPELIO. US $ 4,000.00.

3.- SINIESTRALIDAD: No se registra ningún tipo de accidentes en los cinco últimos años.

4.- RELACIÓN DE EMBARCACIONES POR ASEGURAR EN NÚMERO DE CATORCE (14) UNIDADES:

EMBARCACIONES

Nº MATRICU

LA S. ASEG

TRIP/

PASAJ.

AÑO

PESO

Nº DE MOTOR Y/O

FABRICACION

ESLO-RA

MAN-GA

MATE-RIAL DE

CONS-TRUC

UU

1 DESLIZADOR BRUTZ LANDAU. MOD - 168

779571596 US$ 12,000.00 8 198

0 1 Tn

MOTOR DE FUERA DE BORDA 40HP YAMAHA M-E40G./Nº SO31643

4.80 MTS

1.65 MTS

ALUMINIO

CEC-31

2 DESLIZADOR BRUTZ LANDAU. MOD - 168

075724C595

US$ 12,000.00 8 198

0 1 Tn

MOTOR DE FUERA DE BORDA 40HP YAMAHA MOD- E40JMS./Nº 10421

4.80 MTS

1.65 MTS

ALUMINIO

BCT-312

3 DESLIZADOR BRUTZ LANDAU. MOD - 168

075725C595

US$ 12,000.00 8 198

0 1 Tn

MOTOR DE FUERA DE BORDA EVIN RUDE 55HP S/M./Nº 03320734

4.80 MTS

1.65 MTS

ALUMINIO

BCT-312

4

DESLIZADOR BRUTZ LANDAU. MOD - 168

679481394 US$ 13,000.00

9

1980 1 Tn

MOTOR DE FUERA DE BORDA 40HP YAMAHA MOD- E40JMS./Nº 10493

5.40 MTS

2.00 MTS

ALUMINIO

BCT-312

5

DESLIZADOR BRUTZ LANDAU. MOD - 168

679971394 US$ 13,000.00

9

1980 1 Tn

MOTOR DE FUERA DE BORDA 40HP YAMAHA MOD- E40JMS./Nº 10494

5.40 MTS

2.00 MTS

ALUMINIO

BCT-312

6 DESLIZADOR BRUTZ LANDAU. MOD - 168

070389B494

US$ 13,000.00 9 198

0 1 Tn

MOTOR DE FUERA DE BORDA 55HP SMAY YAMAHA. MOD M-E55C./Nº L-606645

5.40 MTS 2 MTS ALUMI

NIO BCT-312

7 MOTOCHATA LEONCIO PRADO EP - 010

US$ 90.000,00 80

1980

80Tn VOLVO 350 HP

20.00

MTS

10.00 MTS ACERO BT-

115

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8 MOTOCHATA P. MUÑIZ SEVILLA EP - 005

US$ 80.000,00 06

1982

45Tn

DONG FENG 180 HP

12.00

MTS

3.00 MTS ACERO BINT-

115

9 BOTE DESLIZADOR OTORONGO EP- 006 US$

10.000,00 10 P/C P/C POR CON FIRMAR

POR CONFIRMAR

POR CONFIRMA

R

POR CONFIR

MAR

BS - 17

10

LANCHA PATRULLERA DESL. ALUM T- 300

EP - 0053 US$ 9.627,00 20 198

4 10Tn Nº 4811370 6.00

MTS 1.80 MTS

POR CONFIR

MAR

BS - 83

11

LANCHA PATRULLERA DESL. ALUM T- 300

EP - 0054 US$ 9.627,00 20 198

4 10Tn Nº 4807547 6.00

MTS 1.80 MTS

POR CONFIR

MAR

BS - 17

12

LANCHA PATRULLERA DESL. ALUM T- 300

EP - 0058 US$ 9.627,00 20 198

4 10Tn Nº 4809313 6.00

MTS 1.80 MTS

POR CONFIR

MAR

BS - 28

13

LANCHA PATRULLERA DESL. ALUM T- 300

EP - 0059 US$ 9.627,00 20 198

4 10Tn Nº 4828425 6.00

MTS 1.80 MTS

POR CONFIR

MAR

BS - 28

14

LANCHA PATRULLERA DESL. ALUM T- 300

EP - 0062 US$ 9.627,00 20 198

4 10Tn Nº 4828355 6.00

MTS 1.80 MTS

POR CONFIR

MAR BS - 3

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ITEM Nº 1

SEGUROS MARITIMOS PARA LA MARINA DE GUERRA DEL PERU A) SEGURO DE CASCOS MARITÍMOS Y RESPONSABILIDADES:

I.- PROGRAMA DE COBERTURA

1.- TIPO: SEGURO DE CASCO Y MAQUINARIA DE EMBARCACIONES NO PESQUERAS Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS.

2.- ASEGURADO: MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) Y/O MARINA DE GUERRA DEL PERU (MGP)

3.- PERIODO DE COBERTURA: 365 DÍAS NATURALES A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

4.- RADIO DE NAVEGACION: AGUAS JURISDICIONALES DE LA REPUBLICA DEL PERU

5.- INTERES ASEGURABLE: LAS NAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION DE EMBARCACIONES PARA CUBRIR:

• CONTRA PERDIDA O DAÑO ACCIDENTAL A LAS

NAVES, PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES, USO, MANTENIMIENTO, MIENTRAS ESTEN NAVEGANDO Y/O AMARRADA; INCLUYENDO TODO BIEN CONECTADO A ELLAS, NADA EXCLUIDO. COMPRENDE CASCO-MAQUINARIA-MATERIALES EQUIPOS Y OTROS.

6.- USOS: COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR LA

MARINA DE GUERRA DEL PERU INCLUYENDO USO DE RECREACIÓN E INSTRUCCIÓN DE SUPERVIVENCIA.

7.- FORMA DE PAGO: PAGOS EN CUATRO (4) ARMADAS TRIMESTRALES EN PARTES IGUALES, SIN INTERESES NI RECARGOS ADICIONALES.

8.- AVISOS DE CANCELACIÓN: 30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS. 9.- JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE: LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y JURISDICCIÓN DEL PERU 10.- INSPECCIÓN DE LAS NAVES: EL COSTO POR LA INSPECCIÓN DE LAS NAVES

ESTARA A CARGO DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS 11.- EXTENSIÓN DE VIGENCIA: ES ACORDADO QUE LA VIGENCIA DE LA POLIZA

PODRA SER EXTENDIDA A SOLICITUD DEL ASEGURADO HASTA POR UN PERIODO DE 90 DIAS A PRORRATA EN LOS MISMOS TERMINOS Y CONDICIONES.

II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA

1.- CASCO MARÍTIMO Y RESPONSABILIDAD CIVIL B.A.P. “SUPE” Y B.A.P. “NOGUERA” a. Institute Time Clauses Hulls (01/11/95). b. Institute Adittional Perils Clauses Hulls (01/11/95) c. Institute War and Strikes Clauses Hulls - Time (01/11/95) d. Ship-to-Ship Transfer Clause, según modelo adjunto.

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e. Cut Through Clause y Carta de Compromiso de Reasegurador lider, según modelo adjunto.

LANCHA DE BAHIA “NACO-I” y “NACO-II” a. Institute Time Clauses – Hulls Port Risks including Limited Navitation (20/07/87). b. Institute Adittional Perils Clauses Hulls (01/11/95). c. Incluir CL A507 Protection and Indemnity SP-23 con $ 180,000.00 y $ 80,000.00

de limite asegurado, por cada embarcación, respectivamente, que ampare danos por polución o contaminación del mar por hidrocarburos, otras sustancias oleosas u otro tipo de sustancias, multas u otros pagos impuestos por autoridad, y daños y/o pérdida de cargamento hasta un limite equivalente a la suma asegurada u otras responsabilidades frente a terceros, tripulantes o no.

d. Institute War and Strikes Clauses Hulls Time (01/11/95). e. Ship-to-Ship Transfer Clause, como en modelo adjunto. f. Cut Through Clause y Carta de Compromiso de Reasegurador lider, según

modelos.

CONDICIONES ESPECIALES PARA TODOS LOS BUQUES: a.- Gastos de Salvamento al 100% b.- Responsabilidad Civil Frente a Terceros (lesiones corporales y daños a la

propiedad), Limite Único combinado US$ 500,000.00 cualquier persona/ocurrencia/embarcación.

c.- Responsabilidad Civil por colisión 4 x 4 d.- Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada. e.- Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro. f.- Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 30% sobre la base del 70%

del total de las primas netas, deduciendo importe de siniestros ocurridos durante el periodo.

2. DEDUCIBLES

B.A.P “SUPE”: No mayor de US$ 15,000.00 aplicable por separado a cada accidente, evento u ocurrencia. B.A.P. “NOGUERA”: No mayor de US$ 10,000.00 aplicable por separado a cada accidente, evento u ocurrencia. LANCHA DE BAHÍA “NACO I” y “NACO II”: No mayor de US$ 3,500.00 aplicable por separado a cada accidente, evento u ocurrencia.

3.- SINIESTRALIDAD

Ninguna de las embarcaciones registra ningún tipo de siniestros en los últimos CINCO (05) años.

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4.- RELACION DE EMBARCACIONES POR ASEGURAR EN NÚMERO DE CUATRO (04) UNIDADES NAVALES

MOTORES SUMA

ASEGURADA N°

NOMBRE DE

EMBARCACION

TIPO USO CONSTRUCTOR

AÑO DE

CONSTRUCCI

ON

Nº DE

MATRICULA TIPO AÑO

FAB.

ESLORA

MTS

MANGA MTS

PUNTAL MTS

T.R.B. TON.

D.W.T.

TM.

MATERIAL DE

CONSTRUCCION US $

1 B.A.P. SUPE BUQUE TANQUE

TRANSPORTE HIDROCARBUROS

FOSNAVAG – NOGUERA 1965 CO-15455-

SM MAK N/A 66,80 9,52 4,12 509.06 N/A ACERO 500.000,00

2 B.A.P. NOGUERA

BUQUE TANQUE

TRANSPORTE HIDROCARBUROS

HENRY C. GREBE E. INC. SHIPAYARD CHICAGO ILLINOIS - USA

1945 CO-22855-MM

GENERAL MOTOR N/A 53,04 9,90 4,67 715,28 N/A ACERO 300.000,00

3 LANCHA NACO-I

AUXILIAR REMOLCADOR BAHIA

SERVICIO EN BAHIA

COTECNI S.A. – PERÚ 1991 CO-10898-

SM VOLVO PENTA N/A 12,20 4,26 1,84 10,97 N/A MADERA 80.000,00

4 LANCHA NACO-II

AUXILIAR REMOLCADOR BAHIA

SERVICIO EN BAHIA

COTECNI S.A. – PERÚ 1991 CO-10898-

SM VOLVO PENTA N/A 12,20 4,26 1,84 10,97 N/A MADERA 80.000,00

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B) SEGURO DE CASCOS MARITÍMOS, RESPONSABILIDADES Y ACCIDENTES PERSONALES

I.- PROGRAMA DE COBERTURA

1.- TIPO: SEGURO DE CASCO Y MAQUINARIA DE

EMBARCACIONES NO PESQUERAS, RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS Y ACCIDENTES PERSONALES.

2.- ASEGURADO: MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) Y/O MARINA

DE GUERRA DEL PERU (MGP) 3.- PERIODO DE COBERTURA: 365 DÍAS NATURALES A PARTIR DEL DÍA

SIGUIENTE DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 4.- RADIO DE NAVEGACIÓN: AGUAS JURISDICCIONALES DE LA REPUBLICA DEL

PERU.

5.- INTERES ASEGURABLE: LAS NAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION DE EMBARCACIONES PARA CUBRIR:

* CONTRA PERDIDA O DAÑO ACCIDENTAL A

LAS NAVES, PROVENIENTE DE LAS OPERACIONES, USO, MANTENIMIENTO, MIENTRAS ESTEN NAVEGANDO Y/O AMARRADA; INCLUYENDO TODO BIEN CONECTADO A ELLAS, NADA EXCLUIDO. COMPRENDE CASCO – MAQUINARIA – MATERIALES – EQUIPOS Y OTROS.

6.- USOS: COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR LA

MARINA DE GUERRA DEL PERU INCLUYENDO USO DE RECREACIÓN E INSTRUCCIÓN DE SUPERVIVENCIA.

7.- FORMA DE PAGO: PAGOS EN CUATRO (4) ARMADAS TRIMESTRALES

EN PARTES IGUALES, SIN INTERESES NI RECARGOS ADICIONALES.

8.- AVISOS DE CANCELACIÓN: 30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS. 9.- JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE: LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y

JURISDICCIÓN DEL PERU 10.- INSPECCIÓN DE LAS NAVES: EL COSTO POR LA INSPECCIÓN DE LAS NAVES

ESTARA A CARGO DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS

11.- EXTENSIÓN DE VIGENCIA: ES ACORDADO QUE LA VIGENCIA DE LA POLIZA PODRA SER EXTENDIDA A SOLICITUD DEL ASEGURADO HASTA POR UN PERIODO DE 90 DIAS A PRORRATA EN LOS MISMOS TERMINOS Y CONDICIONES.

II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA

1.- CASCO MARÍTIMO Y RESPONSABILIDAD CIVIL:

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LANCHA DE RECREO “LOS ARGONAUTAS” Y EL YATE “NEPTUNO a. Pérdida Total Absoluta. b. Pérdida Total Constructiva. c. Gastos de Salvamento al 100%. d. Averías Particulares por Incendio y/o Explosión y/o Varadura y/o Encalladura

y/o Hundimiento y/o Volcadura y/o Colisión con objeto sumergido, fijo o flotante.

e. Póliza de seguro basada en el Condicionado General 92/71-EF-97 para seguro de casco y maquinaria de embarcaciones no pesqueras.

f. Institute Yacht Clauses CL.328, incluyendo responsabilidad frente a terceras partes, costas legales y gastos de salvamento.

g. Institute Yacht Clauses Transit Clause CL.122. h. Institute War and Strikes Clauses Yacht CL.329. i. Institute Yacht Clauses Machinary Damages Ext. CL.332. j.- Institute War and Strikes Clauses Hulls Time 01-11-95 CL-281. k.- Cláusula 356 INSTITUTE RADIOACTIV CONTAMINATION EXCLUSION CLAUSE

01-10-90 y CL 356A 1/11/02. l.- Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro. m.- Gastos de Salvataje, Auxilio o Reflotamiento hasta el 100% del valor de la

embarcación. q.- Institute Clauses – Hulls Parts Removed Clause 1/11/95 CL.364. r.- Ship – to – Ship Transfer Clause. s.- Institute Time Clauses – Hulls Part Leased Equipament Clause 1/11/95 CL. 362.

B.A.P. “GAUDEN” a. Pérdida Total Absoluta. b. Pérdida Total Constructiva. c. Gastos de Salvamento al 100%. d. Averías Particulares por Incendio y/o Explosión y/o Varadura y/o Encalladura

y/o Hundimiento y/o Volcadura y/o Colisión con objeto sumergido, fijo o flotante.

e. Póliza de seguro basada en el Condicionado General 92/71-EF-97 para seguro de casco y maquinaria de embarcaciones no pesqueras.

f. Institute Time Clauses – Hulls Port Risks Including Limited Navigation 20/7/87 CL.312 eliminando los numerales 3.1, 6 y 10.3.10 para incorporar los riesgos de Terremoto y/o Erupción Volcánica y/o Contaminación Accidental del mar, con los siguientes limites asegurados y deducibles de acuerdo con el numeral 13.1 : US$ 10,000.00.

g. La Institute Time Clauses Hulls Port Risks Including Limited Navigation 20/7/87 CL.312, comprende dentro de los alcances, condiciones y como allí se encuentran definidas bajo los puntos 7 (Polución) y 10 (Protección e Indemnización), la cobertura de Responsabilidad Civil frente a terceros) hasta US$ 180,000.00 de Limite asegurado (Valor Casco y Máquina de la Embarcación B.A.P. “Gauden”), respectivamente.

h. Institute Bulk Oil Clauses 1/2/83 CL. 273, con respecto al combustible para buques transportado como carga a granel a bordo del B.A.P. “Gauden” – Esta cobertura se encuentra sujeta a un limite asegurado máximo de US$ 200,000.00 y US$ 20,000.00 de deducible aplicable por cada accidente y/u ocurrencia.

i. Institute War and Strikes Clauses Hulls Time 01-11-95 CL-281. j. Institute Time Clauses – Hulls Leased Equipement Clauses 1/11/95 CL-362. k. Institute Time Clauses – Hulls Parts Removed Clause 1/11/95 CL-364. l. Ship – to – Ship Transfer Clause.

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B.A.P. “LA MACHA” Y BAP. “CARRILLO” a. Pérdida Total Absoluta. b. Pérdida Total Constructiva. c. Gastos de Salvamento al 100%. d. Averías Particulares por Incendio y/o Explosión y/o Varadura y/o Encalladura

y/o Hundimiento y/o Volcadura y/o Colisión con objeto sumergido, fijo o flotante.

e. Póliza de seguro basada en el Condicionado General 92/71-EF-97 para seguro de casco y maquinaria de embarcaciones no pesqueras.

f. Institute Time Clauses – Hulls Port Risks including Limited Navigation 20/7/87 CL.312 but Free from Particular Average under Clause 5 (Perils) unless caused by Fire and/or Lightning and/or Explosion and/or Stranding and/or Grounding and/or Sinking and/or Collision and/or Contac of the vessel with any external object other than water, as well as deleting Clauses 3.1, 6 and 10.3.10 absolutely.

g. Institute War and Strikes Clauses Hulls Time 01-11-95 CL-281. h. Institute Time Clauses – Hulls Leased Equipement Clauses 1/11/95 CL-362. i. Institute Time Clauses – Hulls Parts Removed Clause 1/11/95 CL-364.

CONDICIONES ESPECIALES PARA TODOS LOS BUQUES: a. Institute Radioactive Contamination, Chemical, Biological, Bio-Chemical and

Electromagnetic Weapons Exclusión Clause 10/11/03 CL-370. b. Institute Cyber Attack Exclusion Clause 10/11/03 CL-380. c. Clausula Nuclear Energy Risks Exclusion Clause (Marine) 1/11/89. d. Gastos de Salvamento al 100% e. Responsabilidad Civil Frente a Terceros (lesiones corporales y daños a la

propiedad), Limite Único combinado US$ 500,000.00 cualquier persona/ocurrencia/embarcación.

f. Responsabilidad Civil por colisión 4 x 4 g. Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada. h. Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro. i. Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 30% sobre la base del

70% del total de las primas netas, deduciendo importe de siniestros ocurridos durante el periodo.

2.- ACCIDENTES PERSONALES:

LANCHA DE RECREO “LOS ARGONAUTAS” Y EL YATE “NEPTUNO

a.- SUMAS ASEGURADAS: 1) POR MUERTE Y/O INVALIDEZ PERMANTE:

Tripulantes :US$ 100,000.00 cada persona. Pasajeros :US$ 100,000.00 cada persona.

2) POR INCAPACIDAD PARCIAL TEMPORAL/TOTAL

US$ 220.00 diarios, hasta un máximo de 365 días por persona/accidente (sin Deducible).

3) GASTOS DE CURACIÓN

US$ 20,000.00 por persona/accidente (sin Deducible)

b.- CONDICIONES: 1) Póliza de Seguro de Londres, basada en el Condicionado General K (A)

NMA-2318, Endoso de Gastos Médicos (Accidente), LSW-726. 2) Escala de Beneficios “E” de Lloyd’s, ítems del 1 al 9; 3) Cláusula de Exposición y Desaparición, NMA 981 y NMA 1442. 4) Cláusula de extensión de Guerra de viajes al extranjero “B” NMA 785.

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5) Se Incluye Guerra (sujeto a la Cláusula de Exclusión Limitada de Guerra NMA 2582), motines, conmoción civil y daños maliciosos.

6) Endoso de Gastos Médicos. 7) Inclusión transporte de bebés en brazos, sujeto a la Cláusula de

Distribución “A” AV-35. 8) En el caso de muerte de una persona asegurada, la Compañía pagará el

costo de los gastos funerarios hasta el límite máximo de US$ 4,000.00 por cada persona.

9) Acuerdos Contractuales y Financieros celebrados por el Asegurado Original, Acuerdos de Indemnización, Alquiler, Violación de Garantía, Manipuleo y Soporte en el mar, Pérdidas Pagaderas, Liberación de Responsabilidades y Acuerdos similares incluidos automáticamente como a su vencimiento.

10) Responsabilidad Civil frente a terceros (lesiones corporales y danos a la propiedad) Limite Único Combinado $ 100,000.00, cualquier persona, ocurrencia, embarcación, como se encuentra definidos bajo la cláusula de Protección e Indemnización.

11) Se deja constancia que la edad limite para transportar pasajeros en estas embarcaciones, estará comprendida entre los 5 hasta los 75 anos de edad.

12) Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 30% sobre la base del 70% del total de las primas netas, deduciendo importe de siniestros ocurridos durante el periodo.

3.- DEDUCIBLES:

LANCHA DE RECREO “LOS ARGONAUTAS”, YATE “NEPTUNO”, B.A.P “LA MACHA” Y BAP. “CARRILLO”: 1.5 % de la Suma Asegurada por Casco, Equipos y Maquinarias, excepto en caso de Pérdida Total Absoluta y/o Constructiva.

4.- SINIESTRALIDAD:

Ninguna de las embarcaciones registra ningún tipo de siniestros en los últimos CINCO (05) años, tanto en la cobertura de Casco Marítimos como de Accidentes Personales.

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5.- RELACION DE EMBARCACIONES POR ASEGURAR EN NÚMERO DE CINCO (05) UNIDADES NAVALES:

5.1) SEGURO DE CASCO MARÍTIMO Y RESPONSABILIDADES:

MOTORES N°

NOMBRE EMBARCACI

ON TIPO CONSTRUCTO

R AÑO Nº

MATRICULA TIPO AÑO

FAB.

ESLORA MTS

MANGA MTS

PUNTAL MTS

T.R.B. TON.

D.W.T. TM.

MATERIAL CONSTRUC

CION

SUMA ASEGURADA

US $

1 LOS ARGONAUTAS CATAMARÁN

SEER ENTERPRISES – USA

1992 CO11407-DM

MARINER 1996 1996 9,14 2,50 0,80 1,50 20,00

ALUMINIO FIBRA DE VIDRIO CUB. DE MADERA

24.225,00

2 B.A.P. NEPTUNO YATE ATTEARS

YACHTS - USA 1979 CO19756-DM

DETROIT DIESEL GM

16,20 4,80 2,60 43,23 N/A FIBRA DE VIDRIO 270.000,00

3 B.A.P. GAUDEN

AUXILIAR CISTERNA DE PETROLEO

HENRY C. GREBE E. INC. SHIPAYARD CHICAGO ILLINOIS - USA

1944 ACP-119 DETROIT DIESEL ALLISON

1984 53,04 9,90 4,67 715,28 N/A ACERO 300.000,00

4 B.A.P. LA MACHA

BUQUE OCEANOGRÁFICO

SIMA – CHIMBOTE 1983 AEH-174 CATERPIL

LAR 21,00 5,30 68,50 N/A ACERO 445.950,00

5 B.A.P. CARRILLO

BUQUE OCEANOGRÁFICO

ASTILLEROS SHEM - HOLANDA

1983 OBMS VOLVO 2002 33.06 6.87 3.85 170.00 N/A MADERA 850,000.00

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5.2) SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES:

CAPACIDAD

NOMBRE DE

EMBARCACION

TIPO PROPIETARIO CONSTRUCTOR

AÑO DE CONSTRUCCI

ÓN

Nº MATRICUL

A

MOTOR AÑO

FABRICACION TRIP. PASAJ.

1 LOS ARGONAUTAS CATAMARÁN MGP SEER ENTERPRISES

- USA 1993 CO11407-DM MARINER 1996 3 16

2 B.A.P. NEPTUNO YATE MGP HATTEARS YACHTS

- USA 1979 CO-19756-DM

DETROIT DIESEL GM 6 15

TOTALES: 9 31

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C) SEGURO DE CASCOS MARÍTIMOS, RESPONSABILIDADES Y PANDI DE EMBARCACIONES – HOYA AMAZÓNICA I.- PROGRAMA DE COBERTURA

1.- TIPO: SEGURO DE CASCO Y MAQUINARIA DE EMBARCACIONES NO PESQUERAS, RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS Y PROTECCIÓN E INDEMNIZACIÓN.

2.- ASEGURADO: MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) Y/O MARINA

DE GUERRA DEL PERU (MGP) 3.- PERIODO DE COBERTURA: 365 DÍAS NATURALES A PARTIR DEL DÍA

SIGUIENTE DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 4.- RADIO DE NAVEGACIÓN: RIOS NAVEGABLES DE LA HOYA AMAZONICA DE

LA REPUBLICA DEL PERU. 5.- INTERES ASEGURABLE: LAS NAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR

EL ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION DE EMBARCACIONES PARA CUBRIR:

a.- CONTRA PERDIDA O DAÑO ACCIDENTAL A

LAS NAVES, PROVENIENTE DE LAS OPERACIONES, USO, MANTENIMIENTO, MIENTRAS ESTEN NAVEGANDO Y/O AMARRADA; INCLUYENDO TODO BIEN CONECTADO A ELLAS, NADA EXCLUIDO. COMPRENDE CASCO – MAQUINARIA – MATERIALES – EQUIPOS Y OTROS.

b.- LA RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL DEL

ASEGURADO Y PROTECCIÓN E INDEMNIZACIÓN.

6.- USOS: COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR LA

MARINA DE GUERRA DEL PERU, INCLUYENDO USO DE RECREACIÓN E INSTRUCCIÓN DE SUPERVIVENCIA.

7.- FORMA DE PAGO: PAGOS EN CUATRO (4) ARMADAS TRIMESTRALES

EN PARTES IGUALES, SIN INTERESES NI RECARGOS ADICIONALES.

8.- AVISOS DE CANCELACIÓN: 30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS. 9.- JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE: LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y

JURISDICCION DEL PERU. 10.- INSPECCIÓN DE LAS NAVES: EL COSTO POR LA INSPECCIÓN DE LAS NAVES

ESTARA A CARGO DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS

II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA

1.- CASCO MARÍTIMO, RESPONSABILIDAD CIVIL Y PANDI:

E/F “ZAMBRANO”, E/F “ TAPUINA, M/CH “HUAZAGA”, M/CH “ CHINGANAZA”, A/F “343”, A/F “344”, A/F “346”.

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a.- Pérdida Total Absoluta b.- Pérdida Total Constructiva c.- Gastos de Salvamento al 100%. d.- Póliza de seguro basada en el Condicionado General 92/71-EF-97 para seguro

de casco y maquinaria de embarcaciones no pesqueras. e.- Responsabilidad Civil Frente a Terceros (Lesiones corporales y daños a la

propiedad), Límite Único Combinado US$ 500,000.00, cualquier persona/ocurrencia/embarcación.

f.- Responsabilidad civil por colisión 4/4. g.- Averías Particulares por Incendio y/o Explosión. h.- Averías Particulares por Varadura y/o Encalladura y/o Hundimiento, volcadura y

colisión con objeto sumergido, fijo o flotante. i.- Cláusula A507 PROTECCION AND INDEMNITY SP-23 (REVISED) con limites de

responsabilidad hasta el 100% de la suma asegurada de cada embarcación, modificada para amparar también Responsabilidad Legal Extracontractual por daños que puedan causarse a terceros por contaminación accidental de la vía marítima, resultante de derrames o descarga de Hidrocarburos desde las embarcaciones aseguradas

k.- Institute War and Strikes Clauses Hulls Time 01-11-95 CL-281. n.- Institute Yacht Clauses CL.328, incluyendo responsabilidad frente a terceras

partes, costas legales y gastos de salvamento.

CONDICIONES ESPECIALES PARA TODOS LOS BUQUES: a. Institute Radioactive Contamination, Chemical, Biological, Bio-Chemical and

Electromagnetic Weapons Exclusión Clause 10/11/03 CL-370. b. Institute Cyber Attack Exclusion Clause 10/11/03 CL-380. c. Clausula Nuclear Energy Risks Exclusion Clause (Marine) 1/11/89. d. Cláusula 356 INSTITUTE RADIOACTIV CONTAMINATION EXCLUSION CLAUSE

01-10-90 y CL 356A 1/11/02. e. Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada. f. Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro. g. Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 30% sobre la base del

70% del total de las primas netas, deduciendo importe de siniestros ocurridos durante el periodo.

2.- DEDUCIBLE:

1.5 % de la Suma Asegurada, excepto en caso de pérdida total absoluta y/o constructiva.

3.- SINIESTRALIDAD

No se registra ningún tipo de accidentes.

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4.- RELACION DE EMBARCACIONES POR ASEGURAR EN NÚMERO DE SIETE (07) UNIDADES NAVALES:

MOTORES

N° NOMBRE

DE EMBARCACION

TIPO DE EMBARCACI

ON

PROPIETARI

O

CONSTRUCTOR

AÑO DE

CONSTR.

Nº DE

MATRICULA TIPO AÑO

FAB.

ESLORA MTS

MANGA MTS

PUNTAL MTS

T.R.B. TON.

D.W.T. TM.

MATERIAL

DE CONSTRUCCION

SUMA ASEGURAD

A (US $)

1 E/F

"ZAMBRANO" AER-187

EMPUJADOR FLUVIAL MGP SIMA -

IQUITOS 1976 IQ-17456-EF CATERPILLAR 1976 16.10 6.49 1.97 78.28 N/A ACERO 89,450.00

2 E/F

"TAPUINA" AER-180

EMPUJADOR FLUVIAL MGP SIMA -

IQUITOS 1973 IQ-19014-EF

GENERAL MOTOR 1973 13.10 5.53 2.00 88.60 N/A ACERO 89,450.00

3 M/ F

"HUAZAGA" ABP-337

MOTOCHATA FLUVIAL MGP SIMA -

IQUITOS 1974 IQ-17455-EF CATERPILLAR 1974 29.90 6.02 1.53 110.84 N/A ACERO 73,150.00

4 M/CH

"CHINGANAZA" ABP-338

MOTOCHATA FLUVIAL MGP SIMA -

IQUITOS 1974 IQ-19015-EF

VOLVO PENTA 1974 30.00 6.00 1.52 259.79 N/A ACERO 73,150.00

5 ARTEFACTO

FLUVIAL "343"

BARCAZA MGP SIMA -IQUITOS 1975 IQ-17457-

AF N /A N /A 42.63 12.18 2.80 335.22 N/A ACERO 130,000.00

6 ARTEFACTO

FLUVIAL "344"

BARCAZA MGP SIMA -IQUITOS 1975 TRAMITE N /A N /A 42.60 12.40 2.52 421.49 N/A ACERO 130,000.00

7 ARTEFACTO

FLUVIAL "346"

BARCAZA MGP SIMA -IQUITOS 1975 IQ-19676-

AF N /A N /A 45.70 12.15 3.90 392.83 N/A ACERO 130,000.00

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D) SEGURO DE CASCOS NO MARÍTIMOS Y RESPONSABILIDADES

I.- PROGRAMA DE COBERTURA

1.- TIPO: SEGURO DE CASCOS NO MARÍTIMOS Y RESPONSABILIDADES.

2. ASEGURADO: MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) Y/O

MARINA DE GUERRA DEL PERU (MGP) 3. PERIODO DE COBERTURA: 365 DÍAS NATURALES A PARTIR DEL DÍA

SIGUIENTE DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

4.- RADIO DE NAVEGACIÓN: AGUAS JURISDICIONALES DE LA REPUBLICA

DEL PERU. 5.- INTERES ASEGURABLE: LAS BOYAS HAN SIDO CONSTRUIDAS POR

DIRECCIÓN DE HIDROGRAFIA Y NAVEGACIÓN, NO EXISTIENDO MARCAS DE FABRICANTES, SOLO LA DE ALGUNOS COMPONENTES, DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION DE BOYAS A CUBRIR.

6.- USOS: COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR

LA MARINA DE GUERRA DEL PERU. 7.- FORMA DE PAGO: PAGOS EN CUATRO (4) ARMADAS

TRIMESTRALES EN PARTES IGUALES, SIN INTERESES NI RECARGOS ADICIONALES.

8.- AVISOS DE CANCELACIÓN: 30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS. 9.- JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE: LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y

JURISDICCION DEL PERU. 10.- INSPECCIÓN DE LAS NAVES: EL COSTO POR LA INSPECCIÓN DE LAS NAVES

ESTARA A CARGO DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS

II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA

1.- CASCOS NO MARÍTIMOS Y RESPONSABILIDADES:

BOYAS OCEANOGRAFICAS Y SEÑALIZACIÓN NAUTICA

a.- Pérdida Total Absoluta. b.- Pérdida Total Constructiva c.- Gastos de Salvamento al 100%. d.- Averías Particulares por Varadura y/o Encalladura y/o Hundimiento, Volcadura y

Colisión. e.- Robo, Hurto, Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo. h.- Gastos de Salvataje, Auxilio o Reflotamiento hasta el 100% del valor. CONDICIONES ESPECIALES PARA TODOS LOS BUQUES

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a. Institute Radioactive Contamination, Chemical, Biological, Bio-Chemical and

Electromagnetic Weapons Exclusión Clause 10/11/03 CL-370. b. Institute Cyber Attack Exclusion Clause 10/11/03 CL-380. c. Clausula Nuclear Energy Risks Exclusion Clause (Marine) 1/11/89. d. Cláusula 356 INSTITUTE RADIOACTIV CONTAMINATION EXCLUSION CLAUSE

01-10-90 y CL 356A 1/11/02. e. Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada. f. Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro. g. Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 30% sobre la base del

70% del total de las primas netas, deduciendo importe de siniestros ocurridos durante el periodo.

2.- DEDUCIBLE :

1.5 % de la suma asegurada.

3.- SINIESTRALIDAD

ASEGURADORA AÑOPRIMA

NETA EN USD $

MONTO INDEMNIZADO

USD $

PORCENTAJE SINIESTRALIDAD

% COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS 2002 80,988.66 0.00 0.00

MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS

2002 25,702.33 0.00 0.00

MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA SEGUROS Y REASEGUROS

2003 28,129.29 161,590.35 574.50

COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS 2003 30,261.69 172,559.13 570.20

COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS 2004 33,973.83 6,430.25 18.90

COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS 2005 575,938.96 0.00 0.00

COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS * 2006 68,443.07 15,130.00 22.11

* Prima Neta Total, correspondiente a la vigencia de la Póliza de Seguros de

Cascos No Marítimos Nro. 3101-501525, periodo de vigencia 03 enero 2006 hasta el 03 abril 2007.

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4.- RELACION DE BOYAS: 4.1) BOYAS DE SEÑALIZACIÓN NAÚTICA POR ASEGURAR EN NÚMERO DE QUINCE (15) UNIDADES:

N° NOMBRE DE LA BOYA MATERIAL DE CONSTRUCCIÓ

N MODELO LINTERNA EQUIPOS UBICACIÓN LATITUD LONGITUD

SUMA ASEGURAD

A US$.

1 BOYA "EX -PACHITEA" (CENTRO) FIBRA DE VIDRIO SB-510 CARMANAH601 N/A RADA EXTERIOR

PUERTO CALLAO 12°03´33.7´

´S 77°11´15.7´

´W 7,565.00

2 BOYA "EX-CHIMBOTE" CAUCHO NAVCARE BKL-120 N/A RADA EXTERIOR PUERTO CALLAO

12°02´15.2´´S

77°11´10.5´´W 6,857.00

3 BOYA "KARAKUMI" FIBRA DE VIDRIO SB.510 CARMANAH 601 N/A RADA EXTERIOR PUERTO CALLAO

12°01´53.3´´S

77°10´25.4´´W 7,565.00

4 BOYA BUQUE PERQUERO HUNDIDO CAUCHO BCP-1520-

UCHI CARMANAH 601 N/A RADA EXTERIOR PUERTO CALLAO

12°02´27.3´´S

77°10´19.2´´W 8,515.00

5 BOYA N°3 CAUCHO BCP-1520-UCHI CARMANAH 601 N/A RADA EXTERIOR

PUERTO CALLAO 12°02´14.5´

´S 77°08´44.0´

´W 7,565.00

6 BOYA SEPARADORA DE TRAFICO MARITIMO ACERO CILINDRO ZNLB-100 ML-300 N/A RADA EXTERIOR

PUERTO CALLAO 12°02´11.4´

´S 77°12´37.7´

´W 133,017.00

7 BOYA IMAP (CENTRO) FIBRA DE VIDRIO SB-510 CIEGA N/A RADA EXTERIOR IMAP-ANCON

11°44´36.8´´S

77°10´25.5´´W 7,250.00

8 BOYA IMAP(NORTE) FIBRA DE VIDRIO P4-L CIEGA N/A RADA EXTERIOR IMAP-ANCON

11°44´´20.0´´S

77°10´27.0´´W 1,500.00

9 BOYA IMAP (SUR) FIBRA DE VIDRIO P4-l CIEGA N/A RADA EXTERIOR IMAP-ANCON

11°44´54.0´´S

77°10´28´´W 1,500.00

10 BOYA SEPARADORA DE TRAFICO MARITIMO (PISCO)

CAUCHO ESPUMA DE POILIETILENO

BCP-1520-UCHI ML-300

UN PANEL SOLAR SM-50-H UNA BATERIA

SECUNDARIA A 12 V. 102 A/H

PUERTO DE SAN MARTIN RADEX

(PISCO) 13º42`28.0"S 76º17`27.0"

W 10,470.00

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N° NOMBRE DE LA BOYA MATERIAL DE CONSTRUCCIÓN MODELOLINTERNA EQUIPOS UBICACIÓN LATITUD LONGITUD

SUMA ASEGURADA

US$.

11 BOYA AMARRE PLAYA CASINO METALICA PEDESTAL CONICA CARMANAH N/A

PLAYA CASINO ISLA SAN LORENZO

(CALLAO) 1º05`19.0"S 77º12`11.0"W 2,582.00

12 BOYA A-9 FIBRA DE VIDRIO SB-510 CARMANAH N/A RADA EXTERIOR

PUERTO CALLAO 12º03'31,6"S 77º09'27,1"W 7,565.00

13 BOYA BALNEARIO MARINA- ANCON METAL AMARRE PL5 CIEGA N/A RADA EXTERIOR

BALNEARIO 11º46'27,1"S 77º11'41,8"W 1,500.00

14 BOYA LEONES (ILO) FIBRA DE VIDRIO SB-510 CARMANAH N/A PUERTO ILO 17º41'01,0"S 71º22'49,6"W 7,565.00

15 BOYA MOTONAVE TWIN STAR (PROA) CAUCHO NAVCARE BKL-120 N/A RADA EXTERIOR

PUERTO CALLAO º02'15,2408"S77º11'10,4639"W 6,857,50

4.2) BOYAS OCEANOGRÁFICAS POR ASEGURAR EN NÚMERO DE DOS (02) UNIDADES

N° NOMBRE DE LA BOYA

MATERIAL DE CONSTRUCCION SERIE DIÁMETRO

MTS

ALTURA DESDE LA SUPERFICIE DEL AGUA HASTA LA

PARTE SUPERIOR DEL MÁSTIL MTS

PESO TOTAL

KGS

COLOR FLOTANTE LATITUD LONGUITUD

SUMA ASEGURADA

US$

1 BOYA "VIRGEN DEL CARMEN" POLIETILENO 00WS04 2,70 4,00 924 AMARILLO 05°00.00S 085°00.00W 319,971.14

2 BOYA "SAN PABLO" POLIETILENO 00WS01 2,70 4,00 924 AMARILLO 08°00.00S 085°00.00W 319,971.14

Page 35: CONCURSO PÚBLICO N.º 001/2008 ... - Ministerio de Defensa

MINISTERIO DE DEFENSA CONCURSO PUBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL

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ITEM Nº 1

SEGUROS MARITIMOS PARA LA FUERZA AEREA DEL PERU

I.- PROGRAMA DE COBERTURA

1.- TIPO : SEGURO DE CASCO, RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS Y ACCIDENTES PERSONALES PARA TRIPULANTES Y PASAJEROS.

2.- ASEGURADO : MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) Y/O FUERZA AEREA

DEL PERU (FAP) Y/O ESCUELA DE SUPERVIVENCIA EN EL MAR (ESMAR).

3.- PERIODO : DOCE MESES, DESDE EL 03 DE ABRIL DEL 2008 HASTA

EL 03 DE ABRIL DEL 2009. 4.- RADIO DE NAVEGACIÓN : AGUAS SUDAMERICANAS 5.- INTERÉS ASEGURABLE : LAS NAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL

ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACIÓN DE EMBARCACIONES PARA CUBRIR:

a.- CONTRA PÉRDIDA O DAÑO ACCIDENTAL A LAS

NAVES, PROVENIENTE DE LAS OPERACIONES, USO, MANTENIMIENTO, MIENTRAS ESTÉN NAVEGANDO Y/O AMARRADA.

b.- LA RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL DEL

ASEGURADO Y ACCIDENTES PERSONALES DE PASAJEROS Y TRIPULANTES (MIENTRAS ESTÉN ABORDANDO PERMANEZCAN EN LA NAVE Y SE ENCUENTREN DESEMBARCANDO), PROVENIENTE DE LAS OPERACIONES, USO Y MANTENIMIENTO DE EMBARCACIONES DEL ASEGURADO, SEGÚN LA RELACIÓN.

6.- USOS : COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR LA

FUERZA AÉREA DEL PERÚ, INCLUYENDO USO DE RECREACIÓN E INSTRUCCIÓN DE SUPERVIVENCIA EN EL MAR.

7.- CONDICIONES

COMUNES : ASEGURADOS ADICIONALES; PÉRDIDAS PAGADERAS; ACUERDOS DE LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDADES; RENUNCIA DE DERECHOS DE SUBROGACIÓN; ACUERDOS CONTRACTUALES Y/O COMO PUEDAN SER ACORDADOS POR EL ASEGURADOR.

8.- FORMA DE PAGO : SUJETO AL PAGO EN CUATRO ARMADAS

TRIMESTRALES DE ACUERDO A LO PACTADO CON LA ASEGURADORA.

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9.- AVISOS DE CANCELACIÓN : 30 DÍAS, PARA TODOS LOS CASOS. 10.- JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE : LA PÓLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y JURISDICCIÓN

DEL PERÚ. 11.- EXTENSIÓN DE VIGENCIA : ES ACORDADO QUE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA

PODRÁ SER EXTENDIDA A SOLICITUD DEL ASEGURADO HASTA POR UN PERIODO DE 90 DÍAS A PRORRATA EN LOS MISMOS TÉRMINOS Y CONDICIONES.

13.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA QUE OBTENGA LA BUENA PRO : a.- EMITIR LA PÓLIZA DE SEGURO EN CUATRO

EJEMPLARES EN EL IDIOMA OFICIAL DEL PERÚ (CASTELLANO) Y LAS CLÁUSULAS QUE ESTUVIEREN EN EL IDIOMA INGLÉS, DEBERÁN SER TRADUCIDAS AL IDIOMA CASTELLANO POR CUENTA DE LA EMPRESA ASEGURADORA.

b.- ENTREGAR A LA FUERZA AÉREA DEL PERÚ, LA

HOJA DE CALCULO EN FORMA DETALLADA DE LAS TASAS Y PRIMAS APLICADAS.

II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA 1.- CASCO MARÍTIMO Y RESPONSABILIDAD CIVIL CONDICIONES: a.- Pérdida Total Absoluta. b.- Pérdida Total Constructiva. c.- Gastos de Salvamento al 100%. d.- Responsabilidad Civil Frente a Terceros (Lesiones corporales y daños a la

propiedad), Límite Único Combinado US$ 500,000.00, cualquier persona/ocurrencia/embarcación.

e.- Responsabilidad civil por colisión 4 x 4. f.- Averías Particulares por Incendio y/o Explosión. g.- Averías Particulares por Varadura y/o Encalladura y/o Hundimiento, volcadura y

colisión con objeto sumergido, fijo o flotante. h.- Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada. i.- Institute War and Strikes Clauses Hulls Time 01-11-95 CL-281. j.- Cláusula 356 INSTITUTE RADIOACTIV CONTAMINATION EXCLUSION CLAUSE

01-10-90. k.- Cláusula A507 PROTECCION AND INDEMNITY SP-23 (REVISED) con límites de

responsabilidad hasta el 100% de la Suma Asegurada de cada embarcación, modificada para amparar también Responsabilidad Legal Extracontractual por daños que puedan causarse a terceros por contaminación accidental de la vía marítima, resultante de derrames o descarga de Hidrocarburos desde las embarcaciones aseguradas.

l.- Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro. m.- Gastos de Salvataje, Auxilio o Reflotamiento hasta el 100% del valor de la

embarcación.

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n.- Deducible aplicable para cada y toda pérdida, excepto Pérdida Total Absoluta o Pérdida Total Constructiva; el 5 % del Valor Acordado.

ñ.- Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% de la prima neta.

2.- ACCIDENTES PERSONALES a.- SUMA ASEGURADA: Suma Asegurada Capital: Beneficios según la Escala “E” de Lloyd’s, ítems 1 al 9.

1) POR MUERTE Y/O INVALIDEZ PERMANENTE: Tripulantes : US$ 100,000.00 cada persona. Pasajeros : US$ 100,000.00 cada persona.

2) POR INCAPACIDAD PARCIAL TEMPORAL/TOTAL US$ 220.00 diarios, hasta un máximo de 365 días por persona/accidente (sin

Deducible).

3) GASTOS DE CURACIÓN US$ 20,000.00 por persona/accidente (sin Deducible)

b.- CONDICIONES: 1) Póliza de Seguro de Londres, basada en el Condicionado General 92/71-EF

para seguro de Casco y Maquinaria de Embarcaciones No pesqueras. 2) Institute Yacht Clauses Transit Clau CL. 3) Institute Yacht Clauses Marchinery Damage Ext. CL. 332. 4) Institute War and Strikes Clauses Yacht CL. 329. 5) Institute Yacht Clauses CL.328, incluyendo Responsabilidad Frente a

Terceros, portes, costos legales y gastos de salvamento. 6) Institute Clauses – Hulls Parts Removed Clause 1/11/95 CL.364. 7) En el caso de muerte de una persona asegurada, la Compañía pagará el

costo de los gastos funerarios hasta el límite máximo de US$ 3,000.00 por cada persona.

8) Acuerdos Contractuales y Financieros celebrados por el Asegurado Original, Acuerdos de Indemnización, Alquiler, Violación de Garantía, Manipuleo y Soporte en el mar, Pérdidas Pagaderas, Liberación de Responsabilidades y Acuerdos similares incluidos automáticamente como a su vencimiento.

9) Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% de la prima neta.

III.- INFORMACIONES TÉCNICAS 1.- RADIO DE NAVEGACIÓN USUAL: a.- Para el Yate, 3 millas náuticas, desde la Bahía de Ancón, hacia la playa de la

Marina y Santa Rosa. b.- Las Lanchas, 1 milla náutica, desde el muelle de la Escuela de Supervivencia

hacia toda la Bahía de Ancón. c.- Los botes de pesca, 5 millas náuticas, los que se desplazan por la Bahía de Ancón

e Islas de Ancón y Santa Rosa. d.- Las motos acuáticas, 2 millas náuticas y se desplazan por la playa de la Escuela

de Supervivencia, Yacth Club de Ancón, Santa Rosa y la playa San Francisco. 2.- FRECUENCIA DE UTILIZACIÓN: a.- El Yate se utiliza principalmente durante la temporada de verano, los días

sábados y domingos y en forma eventual cualquier día de la semana, así como en época de invierno, cuando lo dispone el Alto Mando de la FAP; igualmente por tratarse de una nave de uso presidencial en cualquier momento del año puede modificarse la ruta de navegación usual.

b.- Las Lanchas, se utilizan principalmente durante la temporada de verano, los días sábados y domingos, así como en forma interdiaria en los días de la semana y en

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época de invierno eventualmente en apoyo a los cursos de supervivencia en el mar.

c.- Los botes de pesca, son embarcaciones que se emplean en la temporada de verano todos los días de la semana y en época de invierno en forma eventual en apoyo a los cursos de supervivencia.

d.- Las motos acuáticas son utilizadas principalmente los días sábados y domingos y en forma eventual cuando lo disponga el Alto Mando de la Fuerza Aérea, pudiendo ser trasladadas a otras aguas del Perú.

3.- SINIESTRALIDAD BOTE “SOL” a.- El 13-06-2007 sufrió la embarcación denominada “SOL” la pérdida de un motor

y daño a su estructura en la localidad de Ancón, como consecuencia de la rotura del cabo que la mantiene unida al fondeadero; posteriormente se le encontró varada en la playa de Ancón.

b.- Se encuentra en proceso de evaluación por parte de los Ajustadores. 4.- LAS EMBARCACIONES POR ASEGURAR EN NUMERO DE TRECE (13), SE

DETALLA EN LA RELACIÓN ADJUNTA.

No.

EMBARCACION

ES

NOMBRE DE EMBARCACI

ON

AÑO DE FABRICACIÓN

MODELO MATERIA

L DEL CASCO

MOTOR-MARCA SERIE Nº

CAPACIDAD PAX/T

RIP

VALOR COMERCIAL US$

1 YATE CORMORAM 1982 SILVERTON FIBRA DE VIDRIO

MOTOR Nº 1 PERKINS

MOTOR Nº 2 PERKINS

TV 70062U64281

8 TV70062U642

618

25 85.000,00

2 LANCHA DOES "1" 1982 DESLIZADOR ALUMINIO SUZUKI 4002-906355 05 2.000,00

3 LANCHA DOES "2" 1982 DESLIZADOR ALUMINIO SUZUKI 4002-906351 05 2.000,00

4 LANCHA COFAP 1982 BALLOTA FIBRA DE VIDRIO EVINRUDE 10286460 06

6.000,00

5 LANCHA BIENESTAR 1982 BALLOTA FIBRA DE VIDRIO EVINRUDE R8268567 06

6.000,00

6 LANCHA ORCA 1996 AMERICANO FIBRA DE VIDRIO JHONSON J5670511 05

4.000,00

7 LANCHA TORMENTA 1996 AMERICANO FIBRA DE VIDRIO JHONSON G-03047524 05

4.000,00

8 LANCHA MARSELLA 1982 AMERICANO FIBRA DE VIDRIO JHONSON J5670591 06

6.000,00

9 BOTE SOL 1982 BOTE DE PESCA MADERA YAMAHA S600339 12 1.500,00

10 LANCHA JEM 1993 BALLOTA FIBRA DE VIDRIO YAMAHA

6ES-LO20268X 06

6.000,00

11 LANCHA ESMAR 1982 ALAGUAZO FIBRA DE VIDRIO EVINRUDE RS157748 15

12.000,00

12

MOTO ACUATIC

A DELFIN 1 2000 JET SKY BOMBARDIER

FIBRA DE VIDRIO SEA DOO

22NC4439D-696-5817 02

5.000,00

13

MOTO ACUATIC

A DELFIN 2 2000 JET SKY BOMBARDIER

FIBRA DE VIDRIO SEA DOO

22NC4499D-696-5817 02

5.000,00

T O T A L US$ 100

144.500,00

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ITEM Nº 2

SEGURO PANDI - PROTECCION AND INDEMNITY – P & I

MARINA DE GUERRA DEL PERU

I.- PROGRAMA DE COBERTURA

1.- TIPO: SEGURO PANDI (PROTECCION AND INDEMNITY – P&I. 2.- ASEGURADO: MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) Y/O MARINA DE

GUERRA DEL PERU (MGP) 3.- PERIODO DE COBERTURA: 365 DÍAS NATURALES A PARTIR DE la 00.00 HRS DEL

20 FEBRERO 2008 HASTA LAS 00.00 HRS DEL DIA 20 FEBRERO 2009, O AL DÍA SIGUIENTE DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO

4.- RADIO DE NAVEGACION: AGUAS JURISDICIONALES DE LA REPUBLICA DEL PERU

5.- INTERES ASEGURABLE: LAS NAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION DE EMBARCACIONES.

6.- USOS: COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR LA MARINA DE GUERRA DEL PERU

7.- FORMA DE PAGO: PAGOS EN CUATRO (4) ARMADAS TRIMESTRALES EN PARTES IGUALES, SIN INTERESES NI RECARGOS ADICIONALES.

8.- AVISOS DE CANCELACIÓN: 30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS. 9.- JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE: LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES YJURISDICCIÓN

DEL PERU 10.- INSPECCIÓN DE LAS NAVES: EL COSTO POR LA INSPECCIÓN DE LAS NAVES

ESTARA A CARGO DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA

1) REQUERIMIENTO TÉCNICOS – PROTECCIÓN E INDEMNIZACIÓN (P&I) a. Esta cobertura podrá ser atendida por los Clubes y/o Armadores a prima fija de P&I

con reconocido prestigio internacional en el ramo, miembros del “International Group de Londres” y adecuadamente calificados por aquellos calificadores como “Standard & Poor´s”.

b. Los Clubes y/o Aseguradores a prima fija participantes deberán basar sus propuestas en como mínimo las condiciones y sumas aseguradas solicitadas.

c. Sin prejuicio de lo anterior, también podrá evaluarse las propuestas que contengan términos más ventajosos a los solicitados.

2) CONDICIONES DE COBERTURA

a. Para amparar responsabilidades respecto de hombres de mar, pasajeros, personas distintas de hombres de mar o pasajeros gastos de cambio de derrota.

b. Responsabilidades y gastos en relación con desertores, polizones y refugiados. c. Responsabilidades por salvamento de vidas humanas. d. Responsabilidades por colisión con otros buques (4/4). e. Responsabilidad por perdidas o daños a la propiedad de terceros, contaminación

del mar por hidrocarburos, otras sustancias oleosas u otro tipo de sustancias hasta él limite de la suma asegurada por cada buque, protección del medio ambiente.

f. Responsabilidad por remolque. g. Responsabilidad derivada de ciertas indemnizaciones y contratos, gastos por

cuarentena.

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h. Responsabilidad por cargamento, contribuciones en avería gruesa no recuperables proporción del buque en la avería gruesa.

i. Propiedad a bordo del buque asegurado. j. Remuneración especial de los salvadores. k. Multas, investigaciones y procedimientos penales. l. Responsabilidades y gastos incurrido por orden de los administradores. m. Gastos y costos jurídicos. n. Gastos y costos de peritos y de medidas preventivas.

CONDICIONES ESPECIALES PARA TODOS LOS BUQUES: a. Institute Radioactive Contamination, Chemical, Biological, Bio-Chemical and

Electromagnetic Weapons Exclusión Clause 10/11/03 CL-370. b. Clausula Nuclear Energy Risks Exclusion Clause (Marine) 1/11/89. c. Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada. d. Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro. e. Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 30% sobre la base del 70% del

total de las primas netas, deduciendo importe de siniestros ocurridos durante el periodo.

3) SUMAS ASEGURADAS POR CADA EMBARCACIÓN

a. B.A.P. “SUPE”: $ 5;000,000.00 b. B.A.P. “NOGUERA”: $ 1´000,000.00

Total Suma Asegurada: $ 6’000,000.00

4) DEDUCIBLES

a. CARGA: No mayor de $ 5,000.00 por cada viaje b. COLISION: No mayor de $ 5,000.00 por accidente u ocurrencia c. TRIPULACION: No mayor de $ 5,000.00 por accidente u ocurrencia d. CONTAMINACION: No mayor de $ 5,000.00 por accidente u ocurrencia e. OTROS: No mayor de $ 5,000.00 por accidente u ocurrencia

5) SINIESTRALIDAD

AÑO UNIDAD NAVAL CONCEPTO IMPORTE

2001 NO REGISTRO SINIESTRO NO REGISTRO SINIESTRO $ 0.00

2002 NO REGISTRO SINIESTRO NO REGISTRO SINIESTRO $ 0.00

2003 NO REGISTRO SINIESTRO NO REGISTRO SINIESTRO $ 0.00

2004 NO REGISTRO SINIESTRO NO REGISTRO SINIESTRO $ 0.00

2005

NO REGISTRO SINIESTRO NO REGISTRO SINIESTRO $ 0.00

2006

NO REGISTRO SINIESTRO NO REGISTRO SINIESTRO $ 0.00

6) RELACIÓN DE EMBARCACIONES CONSIDERADAS EN LA COBERTURA SEGURO

PANDI (PROTECCIÓN E INDEMNIZACIÓN - P&I), en número de DOS (02) unidades

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NOMBRE DE

EMBAR-CACIÓN

AÑO CONS-TRUC-CION

PROPIETA-RIO

ARMADOR TIPO

ESLO-RA

MTS

MAN-GA

MTS

PUN-TAL MTS

T.R.B. TON.

CLASIFICA-CION

RADIO DE

ACCION

Nº DE MATRICU-LA

SUMA ASEGURADA

(VALOR CONVENIDO)

US$

1 B.A.P. SUPE 1965 FOSNAVAG

– NOGUERA BUQUE TANQUE 66,80 9,52 4,12 509.06

ISTHMUS BUREAU

OF SHIPPING

LITORAL PERUAN

O

CO-15455-SM

5.000.000,00

2 B.A.P. NOGUERA

1945

HENRY C. GREBE E.

INC. SHIPAYARD CHICAGO ILLINOIS -

USA

BUQUE TANQUE 53,86 9,72 4,70 544.88 SIN CLASE

LITORAL PERUAN

O

CO-22855-MM

1.000.000,00

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CAPITULO V

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PRIMERA ETAPA: EVALUACION TECNICA

(Puntaje Máximo: 100 Puntos)

La evaluación técnica comprende dos (02) etapas: 1. ADMISIÓN

Se verificará si la propuesta cumple con los Términos de Referencia del Capítulo IV y si contiene los documentos obligatorios solicitados (Numeral 2.8.2.1 de las Bases), de lo contrario la propuesta será desestimada.

2. CALIFICACIÓN

Se asignará puntaje a la propuesta, de acuerdo a los factores y criterios que se señalan a continuación:

FACTOR REFERIDO AL POSTOR PUNTAJE MAXIMO: 100 PTOS

Experiencia en la actividad Máximo 100 puntos

Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios de manejo de la cartera de seguros en general, durante los ultimos diez (10) años) a la fecha de la presentación de la propuesta hasta por un monto máximo de cinco (05) veces el valor referencial del Item al cual se presente cada postor. Tal experiencia se acreditará con copia simple de comprobantes de pago cancelados o, en su defecto, con copia de contratos y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio con un máximo de diez (10) servicios. En caso los postores acrediten su experiencia con contratos de ejecución periódica que aún se encuentran en ejecución, solo se validará la experiencia efectivamente adquirida a la fecha de presentación de propuestas, debiendo acreditarse con el contrato respectivo y los comprobantes de pago cancelados a efectos de sustentar los montos efectivamente ejecutados. La asignación de puntaje por cada Item será de acuerdo al siguiente cuadro:

ITEM Nº 1

Monto Facturado Acumulado (US $)

Puntaje Asignado

Mayor o Igual a 2.866.595,00 100 Mayor o Igual a 2.293.276,00 y Menor a 2.866.595,00 90 Mayor o Igual a 1.719.957,00 y Menor a 2.293.276,00 80

ITEM Nº 2 Monto Facturado Acumulado

(US $) Puntaje

Asignado Mayor o Igual a 582.207,50 100 Mayor o Igual a 465.766,00 y Menor a 582.207,50 90 Mayor o Igual a 349.324,50 y Menor a 465.766,00 80

PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.

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FORMATO N° 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACION DEL REPRESENTANTE

Lima,………………………………………….. Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.- ……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificada con RUC Nº ……………………………… tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con el Concurso Público N° 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, a fin de acreditar a nuestro representante: ……………………………. (nombre del representante) identificado con DNI. Nº ………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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FORMATO N° 02

MODELO DE SOLICITUD DE REGISTRO DE PARTICIPANTES

Lima,………………………………………….. Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.- El que suscribe, Sr(a): ______________________, identificado con DNI Nº_________________, representante Legal de la empresa ________________________________________________, que para efecto del presente proceso de selección, solicito ser notificado a el/los correo/(s) electrónico/(s) consignado/(s) en el cuadro siguiente, comprometiéndome a mantenerlo/(s) activo/(s) durante el período que dure dicho proceso. DATOS DEL PARTICIPANTE: Nombre o Razón Social: R. U. C Nº Nº Teléfono (s) Fijos Nº Teléfono (s) Móvil (es) Nº Fax

Correo(s) Electrónico(s):

________________________________________ (1)................................................................. (2)................................................................ (1) Nombre del representante legal (2) Documento Nacional de Identidad (DNI) NOTA: Al momento de registrase en las instalaciones de la Entidad sírvase traer la presente solicitud debidamente llenada y firmada conjuntamente con la boleta de deposito o voucher por derecho de participación. Asimismo, se le hará entrega de un croquis para un fácil el acceso a los Actos Públicos.

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ANEXO N.° 01

CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.- Estimados Señores:

El que se suscribe, Representante Legal de .................., identificado con DNI Nº ................., RUC Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad: Nombre o Razón Social Domicilio Legal RUC Teléfono Fax

Autorización Municipal Municipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

Participa en Consorcio

SI NO Nombre de las Empresas que participan en Consorcio Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3

Lima,……………………………………. ----------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO N° 02

DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA DEL SERVICIO

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.- Estimados Señores: En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por el ministerio de Defensa y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el Servicio de COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) para las Unidades Ejecutoras participantes, de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo IV de las Bases. Lima, ……………………………………. -------------------------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 03

DECLARACIÓN JURADA (ART. 76º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES

DEL ESTADO)

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.-

De nuestra consideración:

(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ................, domiciliado en .........................................., Representante Legal de la empresa ……………………………; que se presenta como postor del CONCURSO PUBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, para la CONTRATACION DEL SERVICIO DE COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2), declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el

Estado, conforme al Art. 9º TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de

selección. 3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos

del presente proceso de selección. 4.- Me comprometo a mantener la oferta durante el proceso de selección y a suscribir el

contrato, en caso que resulte favorecido con la Buena Pro. 5.- Conozco las sanciones contenidas en el TUO de la Ley Nº 26850 y su Reglamento,

aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, así como en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Lima, ………………………………………

-------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 04

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO. (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.- Estimados señores: Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta al CONCURSO PÚBLICO N° 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL , responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los servicios correspondientes al objeto de la referencia. Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad ……………………. el contrato correspondiente. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación ……………………… ………………………

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación …………………….. ……………………..

………………………………………….. ………………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2

Lima, …………………………………………

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ANEXO N.° 05

DECLARACION JURADA DE SERVICIOS PRESTADOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.- Mediante el presente declaramos ante el Ministerio de Defensa que nuestra representada, presta servicios dentro del territorio nacional, en los términos de la Ley N.º 27633, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, del Decreto Supremo No. 003-2001-PCM y de la Resolución Ministerial No. 043-2001-ITINCI/DM. Lima, …………………………………………..

------------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N.° 06

EXPERIENCIA DEL POSTOR Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.- El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad) N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con Domicilio Legal en......................................................................., detallamos lo siguiente:

Nº CLIENTE OBJETO DEL SERVICIO

(a)

N° CONTRATO O FACTURA

IMPORTE DEL CONTRATO O

FACTURA

FECHA DE INICIO Y TÉRMINO

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 TOTAL

Lima, ………………………………………

-----------------------------------------------------------------

Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 07

CARTA DE PROPUESTA ECONOMICA (MODELO POR CADA ITEM AL CUAL SE POSTULA)

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.- Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente: PARA EL ITEM Nº 1:

CONCEPTO

COSTO TOTAL (US $)

CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL

PLIEGO 026 : DEFENSA

ITEM Nº 1

PARA EL ITEM Nº 2:

CONCEPTO

COSTO TOTAL (US $)

CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL

PLIEGO 026 : DEFENSA

ITEM Nº 2

El valor referencial incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, costos laborales, conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro costo que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar. Lima, ……………………………………….

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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ANEXO N° 08

COMPROMISO DE PAGO DE SINIESTROS

Señores COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PÚBLICO Nº 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACION CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) Presente.-

El que suscribe, Representante Legal de ................................................................................,

identificado con DNI o Libreta Electoral No. ................. DECLARO BAJO JURAMENTO que mi

representada se compromete a cumplir con los pagos de los siniestros en el plazo establecido

en la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y de Seguros.

Lima, ……………………………………….

----------------------------------------------------------- Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa

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PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, el contrato de contratación del servicio de ……….., que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO Con fecha …… ., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del CONCURSO PÚBLICO N.º 001/2008/MINDEF/VRD/DGGAD/DL para la contratación de servicio de COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS DEL PLIEGO 026 : DEFENSA ITEM Nº _____ (1 o 2) , a ………………………cuyos detalles, y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLAUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es fijar las obligaciones y derechos de las partes contratantes, así como las condiciones bajo las cuales LA ASEGURADORA brindará los servicios de seguros marítimos destinado a cubrir los daños materiales y consecuenciales de los bienes marítimos de LA ENTIDAD. CLAUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del servicio materia del presente contrato asciende a US $. ………………… a todo costo, incluido IGV. Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 238° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes. Las primas facturadas en Dólares se cancelara en moneda nacional, para lo cual se efectuará al tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en el Diario Oficial “El Peruano” y según lo establecido en la Directiva de Tesorería para el correspondiente año Fiscal. CLAUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia del presente contrato se extenderá de acuerdo al siguiente detalle, hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA. PARA ITEM Nº 1: SEGUROS MARITIMOS: EJERCITO DEL PERU- EP UE. 003: EP. A partir de las 00.00 hrs. del día 03 de Abril 2008, hasta las 00.00 hrs. del día 03 de Abr. 2009.

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MARINA DE GUERRA DEL PERU - MGP UE. 004: MGP. A partir de las 00.00 hrs. del día 03 de Abril 2008, hasta las 00.00 hrs. del día 03 de Abr. 2009. FUERZA AEREA DEL PERU - FAP UE. 005: FAP. A partir de las 00.00 hrs. del día 03 de Abril 2008, hasta las 00.00 hrs. del día 03 de Abr. 2009.

ITEM Nº 2: PANDI: MARINA DE GUERRA DEL PERU - MGP UE. 004: MGP. A partir de las 00.00 hrs. del día 20 de Febrero 2008, hasta las 00.00 hrs. del día 20 de Febrero. 2009. CLAUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLAUSULA SETIMA: GARANTIAS EL CONTRATISTA entregará para la firma del presente contrato y para cada Unidad Ejecutora la garantía correspondiente, las cuales serán solidarias, irrevocables, incondicionales y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: - De fiel cumplimiento del contrato: US $…………………., carta fianza bancaria equivalente al

diez por ciento (10%) del monto total del contrato - Adicional por el monto diferencial: US $…………………., de ser el caso. Esta(s) garantía(s) es (son) otorgada(s) por entidades autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros o consideradas en la última lista de Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva. La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberán encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA. CLAUSULA OCTAVA: EJECUCION DE GARANTIAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías de Fiel Cumplimiento de Contrato y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarla(s). CLAUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio por Cada Unidad Ejecutora se regula por lo dispuesto en el Artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En el caso de existir observaciones se levantará un Acta de Observaciones, en la que se indicará claramente en que consisten éstas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo prudente para su subsanación, según los plazos establecidos en el Reglamento. Si después del plazo otorgado a EL CONTRATISTA, Cada Unidad Ejecutora de LA ENTIDAD considera que no se ha cumplido a cabalidad con la subsanación, podrá resolver el contrato. CLAUSULA DÉCIMA: DECLARACION JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

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CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicio ocultos. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PENALIDADES POR RETRASO INJUSTIFICADO Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual del Item adjudicado, en concordancia con el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

0.10 x Monto Penalidad Diaria =

F x Plazo en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta días Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir; asimismo, procederá a comunicar este hecho al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes. CLAUSULA DECIMO TERCERA: RESOLUCION DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 41º, inciso c), y 45º de la Ley, y los artículos 224º y 225º de su Reglamento; de darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CLAUSULA DECIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. CLAUSULA DECIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En lo no previsto en este contrato, en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.

CLAUSULA DECIMO SEXTA: ARBITRAJE Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado.

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Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 272º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. CLAUSULA DECIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PUBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLAUSULA DECIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las Bases, la propuesta técnico económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de ………. al ………………………… “LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”