conferencia de pago referenciado
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PAGO REFERENCIADO
UNIVERSIDAD AUTONOMA INDIGENA DE MEXICO
LIC. FRANCISCO JAVIER CHAN MEDINA
1.El contribuyente realiza cálculo de los impuestos en papeles de trabajo
2.Si resulta impuesto a “cargo” o saldo a “favor”, debe ingresar al portal
bancario
2a.Si resultado “cero”, ingresa al Portal del SAT
para presentar la Declaración informativa
de razones por las cuales no se realiza el pago
ESQUEMA DE PAGOS ELECTRÓNICOS (NEPE)
SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS (DyP)
1.El sistema calcula automáticamente los impuestos
al captura ingresos, deducciones
y demás datos según el régimen fiscal
DyP
NEPE
Datos generalesDel contribuyente
RFC
Nombre, denominación o razón social
De la declaración Obligaciones fiscales
Tipo de declaración
Periodicidad
Ejercicio
Periodo
ESTRUCTURA
ESTRUCTURA
Determinación del impuesto
Monto de ingresos
acumulables
Monto de deducciones autorizadas
Coeficiente de utilidad
Monto de los acreditamientos
Resultado:
• A cargo• En cero• A favor
Cantidad determinada a cargo
ESTRUCTURA
Determinación del pago
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Personas Físicas obligadas
Estructura del formato electrónico
Procedimiento de presentación
Tipos de complementarias
Puntos a considerar para presentar la declaración
TEMARIO
CONTENIDO
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PERSONAS FISICAS OBLIGADAS
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Personas Físicas obligadas a utilizar DyP
LAS PERSONAS FÍSICAS que:
En el último ejercicio fiscal, hayan manifestado ingresos superiores a $1’000,000
Las que opten, al presentar el primer pago a través del Servicio de Declaraciones y Pagos
(No podrán variar la opción durante el ejercicio fiscal)
A partir del mes de septiembre de 2012 los pagos provisionales y definitivos de agosto y subsecuentes
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Sujetos NO obligados a utilizar DyP
Los REPECOS
Seguirán presentando sus declaraciones en las Entidades Federativas
Los que enteran el IEPS a Entidades Federativas de cuotas por venta de gasolina y diesel (respecto de está obligación)
Servicio de Declaraciones y Pagos
Es un formato electrónico para presentar
las declaraciones provisionales y definitivas
directamente en el portal del SAT
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El pago se realiza utilizando el servicio de
depósito referenciado (línea de captura)
que se obtiene del Acuse emitido por el SAT
al momento de presentar la declaración
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Servicio de Declaraciones y Pagos
Formato electrónico
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Se presenta una sola declaración con todas las obligaciones de la misma periodicidad y fecha de vencimiento (mensual, bimestral, trimestral, etc.)
Realiza cálculos aritméticos automáticos
Contiene el prellenado de los ingresos y deducciones de periodos anteriores
Permite el llenado en línea o fuera de línea (conexión a Internet)
FUNCIONALIDADES Y VENTAJAS
Formato electrónico
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En las declaraciones complementarias se cuenta con un prellenado, sólo se modifica la información a corregir
Permite consultar en línea la información enviada:
Declaración presentada (todas las obligaciones)
Obligación individual
Podrá reimprimir la declaración presentada y su acuse de recibo
FUNCIONALIDADES Y VENTAJAS
Formato electrónico
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Se elimina la presentación de declaraciones: Informativa de razones por las cuales no se realiza
el pago (aviso en cero)
Corrección de datos
Para realizar el pago NO deben utilizar
Tarjeta tributaria
Formato de tarjeta tributaria
Hojas de ayuda
FUNCIONALIDADES Y VENTAJAS
Formato electrónico
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Los campos incluyen “Ayudas (?)” para precisar el dato que deben capturar
FUNCIONALIDADES Y VENTAJAS
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ESTRUCTURA DEL FORMATO ELECTRONICO
Estructura de la declaración
Formato Electrónico
Datos generales
Determinación de impuesto
Determinación de
pago
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PROCEDIMIENTO DE PRESENTACION
Procedimiento de presentación
Ingreso• www.sat.gob.mx > “Mi Portal”
> “Pago referenciado” con CIEC
Captura• Información de sus
obligaciones fiscales
Envío • Una sola declaración con
todas las contribuciones
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Procedimiento de presentaciónAcuse• Emitido por el SAT, de acuerdo
al resultado:• A cargo, incluye línea de
captura• Únicamente a favor y en
cero, no incluye línea de captura
Pago• En el portal bancario o ventanilla
bancaria con la línea de captura contenida en el acuse emitido por el SAT
Recibo • La institución de crédito emite
recibo bancario
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DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS
Declaraciones complementari
asModificación de obligacionesObligación no
presentada
Dejar sin efecto
Esquema anterior
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Reglas II.2.8.5.3., II.2.8.5.4., II.2.8.6.3., II.2.8.6.4., II.2.8.6.5. y II.2.9.3. RMF 2012
MODIFICACIÓN DE OBLIGACIONES
Se presenta:
• Cuando la línea de captura ya no es vigente
• Para modificar la “determinación de impuesto” o “determinación de pago”
26Reglas II.2.8.5.3 y II.2.8.5.4 RMF 2012
OBLIGACIÓN NO PRESENTADA
Aplica:
• Cuando no se presentó una o más de las obligaciones de un mismo periodo
27Reglas II.2.8.6.3 y II.2.8.6.5 RMF 2012
DEJAR SIN EFECTO OBLIGACIÓN
Procede:• Para corregir el concepto del impuesto
declarado. El monto que en su caso se haya pagado en la declaración que se deja sin efecto se refleja como saldo a favor
28Regla II.2.8.6.4. RMF 2012
ESQUEMA ANTERIOR
Procede:
• Para la PRIMERA complementaria de una declaración presentada en el esquema anterior de pago electrónico (NEPE)
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ESQUEMA ANTERIOR
Procede:
• Para obligaciones no declaradas en la primera declaración complementaria presentada en el Servicio de DyP
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Límite de ComplementariasNO se contabilizan para el límite del artículo
32 del CFF, las complementarias que se presenten para:
Modificar datos de
actualización y recargos
Por errores relativos al periodo de pago o al
concepto de impuesto declarado
Por obligaciones
omitidas, siempre que no se modifiquen
los datos declarados en
las otras obligaciones
fiscales
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Reglas I.2.12.1., I.2.12.2. y I.2.12.3. RMF 2012
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PUNTOS A CONSIDERAR PARA PRESENTAR LA
DECLARACION
Antes de presentar la declaración•Verificar y actualizar las obligaciones fiscales registradas en el RFC (ISR, IETU, IVA, retenciones de ISR, etc.)
•Contar con CIEC
•Bitácora de información:
• Ingresos y deducciones del ejercicio• Pagos provisionales anteriores• Acreditamientos que procedan• Retenciones, en su caso
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Regímenes combinados para ISR
Para contribuyentes que tributen en dos o más regímenes para efectos del ISR, se generan apartados diferentes para capturar los datos correspondientes a cada uno
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Selección de obligaciones a declararSe puede generar el formato electrónico sin seleccionar todas las obligaciones
Posteriormente presentar declaración complementaria:
“Obligación no presentada”
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Podrán seleccionarse obligaciones adicionales a las registradas en el RFC del mismo periodo
Debe presentarse el aviso
“Actualización de Obligaciones” en “Mi Portal”
Selección de obligaciones a declarar
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Captura de la primera declaración en DyP
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Únicamente para la primera declaración en DyP, tratándose de IETU e ISR, los contribuyentes con ingresos por:
•Actividad empresarial (Régimen General e Intermedio)
•Servicios Profesionales (Honorarios)
En los campos de “periodos anteriores” deberán capturar cero (0)
CAMPOS QUE SE CAPTURAN CON CERO “0”
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Captura de la primera declaración en DyP
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En los campos “Ingresos del periodo” y “Deducciones del periodo” se captura el total de periodos anteriores más lo del mes
Captura de la primera declaración en DyP
Deducciones en Arrendamiento
Podrán seleccionar “SI” para aplicar la opción deducción opcional y se determinará automáticamente el monto a disminuir de los ingresos
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Cuando “NO” aplica la opción, el monto de deducciones autorizadas se captura en forma manual
Deducciones en Arrendamiento
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El monto del “Impuesto predial” se captura por separado
Deducciones en Arrendamiento
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Régimen intermedio
Se determina automáticamente el monto del pago provisional correspondiente a la Entidad Federativa
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Régimen intermedio
Deberá seleccionar “SI”, cuando se entera directamente a la Entidad Federativa el impuesto (5%)
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Régimen intermedio
El pago para la Federación incluye el acreditamiento de pagos realizados a la Entidad Federativa hasta el mes de cálculo
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IDE Acreditable
El IDE que podrá acreditar contra el ISR propio o el retenido a terceros, es exclusivamente el recaudado en el mismo mes de cálculo
No deben incluir cantidades recaudadas de otros meses del ejercicio
46 Artículo 8 LIDE
IDE recaudado durante el ejercicio
IDE acreditado en meses anteriores
IDE por recuperar
Enero $ 1,000 $ 1,000 -
Febrero $ 1,000 $ 500 $ 500
Marzo $ 1,000 $ 1,000 -
Abril $ 1,000 $ 700 $ 300
Mayo $ 1,000 $ 1,000 -
Junio $ 1,000 - $ 1,000
Julio $ 1,000 $ 1,000 -
Agosto $ 1,000
Total $ 8,000 $ 5,200 $ 1,800
IDE Acreditable
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IDE Acreditable
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Presentación de la declaración y pago
ENVÍO de la DECLARACIÓNRECOMENDABLE presentarla a partir del primer día del
mes siguiente al que corresponda y antes
de la fecha límite
PAGODeberá realizarse a
más tardar en la fecha límite que
corresponda (establecida en el acuse de envío)
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Acuse de recibido emitido por el SAT
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• Medio de pago “Obligados a pagar por internet”
• Vigencia de la línea de captura (Incluye los días adicionales de acuerdo al 6º dígito numérico del RFC)
Medios de pago
Internet
• Personas físicas que realicen actividades empresariales y en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron ingresos superiores a $2’421,720
• Quienes NO realicen actividades empresariales y en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron ingresos superiores a $415,150Ventanilla
bancaria
• Los que no se encuentren en los supuestos anteriores
Artículo 20 CFF, Reglas I.2.11.1. y II.2.8.5.1. RMF 201251
Declaraciones anteriores
A partir de la incorporación al Servicio de Declaraciones y Pagos (Pago Referenciado):
Todas las declaraciones de periodos anteriores deben presentarse a través de dicho Servicio
Normales extemporáneas
Complementarias
52Reglas II.2.8.5.1 y II.2.9.3. RMF 2012
SE PRESENTABAN POR MEDIO DEL
ESQUEMA ANTERIOR DE
PAGOS ELECTRÓNICOS
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