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Conferencia sobre Valor en Aduana y Precios de Transferencia
Dirección Nacional de Aduanas25 de Noviembre de 2010
Juan Martín Jovanovich
2
Conferencia sobre Valor en Aduana y Precios de TransferenciaDirección Nacional de Aduanas
25 de Noviembre de 2010
Artículo 1 del Código de Valor del GATT/OMC:
El valor en aduana de las mercancías importadas será el valor de transacción, es decir, el precio realmente pagado o por pagar por las mercancías cuando éstas se venden para su exportación al país de importación, ajustado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, siempre que concurran las siguientes circunstancias:
Que no exista una vinculación entre el comprador y el vendedor o que, en caso de existir, que tal vinculación no haya influido en el precio.
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25 de Noviembre de 2010
… que se demuestre que con el precio se alcanza a recuperar todos los costos y se logra un beneficio que está en consonancia con los beneficios globales realizados por la empresa en un período de tiempo representativo … en las ventas de mercancías de la misma especie o clase, con lo cual quedaría demostrado que el precio no ha sufrido influencia.
Art. 1.2(a) y nota interpretativa
Si el precio se hubiera ajustado de manera conforme con las prácticas normales de fijación de precios seguidas por la rama de producción de que se trate o con el modo en que el vendedor ajuste los precios de venta a compradores no vinculados con él, quedaría demostrado que la vinculación no ha influido en el precio.
Primer Ejemplo
Segundo Ejemplo
Los ejemplos de las Notas son solamente ilustrativos. Deben ser utilizados únicamente como punto de partida y a efectos interpretativos.
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Armonización de reglas/estándares sobre precios de transferencia.
Ley de Impuesto a la Renta
Derecho Aduanero
Reglas sobre Precios de
Transferencia
M: Valor en
Aduana Art 1.2(a)
M: Costo de Venta /
Costo de Adquisición
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Valor de transacción Valor de transacción - PPOP- PPOP
Vinculación influyó Vinculación influyó en el precio?en el precio?
SISI
Métodos Métodos SecundariosSecundarios
Rechazo VT Rechazo VT - PPOP- PPOP
Hay venta para Hay venta para exportación al país de exportación al país de
importación?importación?
NONO
Valores Valores criterio Art. criterio Art.
1.2(b)1.2(b)
COS COS Test Test Art. Art.
1.2(a)1.2(a)
Precios de TransferenciaPrecios de Transferencia
Acepto VT - Acepto VT - PPOPPPOP
Valor de Valor de transacción - transacción -
PPOPPPOP
Precios de TransferenciaPrecios de Transferencia
Arm’s lengthArm’s length No Arm’s lengthNo Arm’s length
Acepto el Acepto el precioprecio
Ajusto o Ajusto o sustituyo el sustituyo el
precioprecio
ADUANAADUANA IMPUESTOSIMPUESTOS
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• Pregunta: ¿Es fácil establecer valores de transacción que no estén afectados por la vinculación?
• Respuesta: En la gran mayoría de los casos no lo es.
• Elementos que hacen difícil la determinación de un valor arm’s length:
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• El vendedor no vende productos comparables a ninguna empresa independiente.
• El comprador no compra productos comparables a ninguna empresa independiente.
• Los productos comparables se tranzan entre empresas vinculadas.• Los productos tienen características que los diferencian de otros
similares.• Existen marcas comerciales.• Las empresas compradoras actúan en niveles comerciales
diferentes.• Las empresas compradoras no son comparables con otras
empresas compradoras de productos idénticos o similares (niveles de gastos de A&P, activos, etc.)
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• Art. 9 Modelo Convenio OCDE: “Cuando dos empresas estén, en sus relaciones comerciales o financieras, unidas por condiciones aceptadas o impuestas que difieran de las que serían acordadas por empresas independientes, los beneficios, que habrían sido obtenidos por una de las empresas de no existir dichas condiciones, y que, de hecho, no se han realizado a causa de las mismas, podrán incluirse en los beneficios de dicha empresa y someterse a imposición en consecuencia.”
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• 8 Capítulos• 4 Anexos• 230 hojas• Incluye explicaciones sobre análisis económico y de comparabilidad, 6 metodologías
para determinar precios de transferencia y capítulos especiales para intangibles, servicios, APAs y CCAs.
Directrices sobre Precios de Transferencia para Empresas Multinacionales y Administraciones Tributarias –
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
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Complementar el artículo 1.2(a) del
Acuerdo
Comparar arts. 2 a 7 del Acuerdo:
Precio de Mercaderías Idénticas o similares ≠ CUP
Valor deducido ≠ RPM
Valor reconstruido ≠ C+
MNT y Profit Split = ØLos arts. 2 a 7 NO son normas sobre precios de transferencia
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Método CUP
Precio pagado o por pagar entre partes
vinculadas
$ 35
Comparable 1 = $40
DE
TE
RM
INO
CO
MP
AR
AB
ILID
AD
DE
LA
S T
RA
NS
AC
CIO
NE
SComparable 2 = $38
Comparable 3 = $37
Comparable 4 = $35
Comparable 5 = $34
Comparable 6 = $33
Rango Intercuartil
3er cuartil
37,75
Mediana
36
1er cuartil
34,25
PPOP
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Tested Party
Margen Bruto
40%
Comparable 1 = 80%
DE
TE
RM
INO
CO
MP
AR
AB
ILID
AD
DE
LA
S T
RA
NS
AC
CIO
NE
S
An
ális
is F
un
cio
nal
Comparable 2 = 45%
Comparable 3 = 40%
Comparable 4 = 37%
Comparable 5 = 36%
Comparable 6 = 1%
Rango Intercuartil
3er cuartil
43,75%
Mediana
38,5%
1er cuartil
36,25%
Margen Tested Party
Cost plus
Margen bruto: utilidad bruta sobre
costo ventas
(UB/CV)
Resale Price
Margen bruto: utilidad bruta sobre
ventas netas
(UB/VN)
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Tested Party
Margen Bruto
13%
Comparable 1 = 30%
DE
TE
RM
INO
CO
MP
AR
AB
ILID
AD
DE
LA
S T
RA
NS
AC
CIO
NE
S
An
ális
is F
un
cio
nal
Comparable 2 = 15%
Comparable 3 = 12%
Comparable 4 = 11%
Comparable 5 = 10%
Comparable 6 = 1%
Rango Intercuartil
3er cuartil
14,25%
Mediana
11,5%
1er cuartil
10,25%
Margen Tested Party
TNMM (versión cost plus)
Margen operativo: utilidad operativa (EBIT) sobre costo producción y
SGAE
También pueden utilizarse otros factores de rentabilidad
TNMM (versión resale)
Margen operativo: utilidad operativa (EBIT)
sobre ventas netas
También pueden utilizarse otros factores de rentabilidad
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Estudio de Caso 1
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• Importación de colorantes– Precio FOB unitario declarado por ICO por producto
Colorex001:• Año 07, despacho IC05aaa, fecha 8/sep: 2,80• Año 07, despacho IC04bbb, fecha 15/nov: 2,80• Año 08, despacho IC05ccc, fecha 8/feb: 2,85• Año 08, despacho IC05ddd, fecha 19/jun: 2,85Vendedor: XCO Brasil
– Precio FOB unitario aportado por Aduana por producto Colorex001 – Importador: Textilex S.A.:
• Año 07, despacho IC05XXX, fecha 7/dic: 3,60• Año 08, despacho IC05YYY, fecha 15/feb: 3,65• Año 08, despacho IC05ZZZ, fecha 25/abr: 3,65• Año 08, despacho IC05VVV, fecha 25/jun: 3,80Vendedor: XCO Brasil
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• Antecedentes:– Aduana notifica un requerimiento de información con relación a
importaciones de tres productos, y solicita justificar que la vinculación no influyó en el precio según art. 1.2(b) (valores criterio)
– Efectúa un ajuste con respecto a otros productos y períodos no incluidos en el requerimiento
– No da oportunidad al importador de brindar detalles adicionales
• Conclusiones de la Aduana:– Precios a Textilex son “valores criterio”– Diferencia entre precios de venta de XCO a Textilex y a ICO
demuestran que vinculación influyó en el precio– Aduana rechaza el valor de transacción como base de
valoración– Valora la mercadería según método del art. 2 (valor de
transacción de mercaderías idénticas)
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• Errores de la Aduana - Procedimiento– No da oportunidad de brindar detalles adicionales y
justificar que vinculación no influyó en el precio– Exige al importador utilizar “valores criterio” - No toma
en cuenta art. 1.2(c).
• Errores de la Aduana – Técnicos– No analiza diferencias de nivel comercial
• Textilex es cliente de ICO en otros productos e, incluso, en algunos de los productos ajustados
• Textilex utiliza los productos como insumo: Es fabricante de textiles – ICO es importador, fabricante y distribuidor mayorista de colorantes.
– No analiza diferencias de volumen• Textilex compra a XCO 7% de lo que compra ICO.
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• ICO probó – Que el rechazo del valor de transacción (art. 1) fue incorrecto y– Que el V.A. determinado (art. 2) también fue incorrecto
• Sin embargo, esto solamente no alcanza…• La carga de la prueba acerca de los efectos de la
vinculación sobre el precio recae sobre ICO• => ICO debe probar este extremo• Caso contrario, la Aduana podría utilizar otro método
secundario para determinar el V.A.• ¿Cómo utilizar en forma adecuada un EPT en sede ¿Cómo utilizar en forma adecuada un EPT en sede
aduanera?aduanera?
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• ICO tiene dos actividades– Fabricación de colorantes– Distribución mayorista de colorantes (importación de producto y reventa
en el mismo estado)• El EPT analiza estas dos actividades en forma separada. Utiliza el
MNT• Rango de márgenes de utilidad operativa ajustada de comparables:
Estudio Precios de Transferencia – ICO – 2007
Ventas: $ 200.000
Costo ventas: ($ 130.000)
Gastos generales y administración: ($ 30.000)
Utilidad Operativa (UO): $ 40.000
Margen operativo (como % sobre ventas): 20 %
Márgenes operativos ajustados - Distribución – Rango arm’s length
Comparable 1 25%
Comparable 2 15%
Comparable 3 8%
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ANÁLISIS DE TRANSACCIONES COMBINADAS
Estado de Resultados de MG Distributor
Ventas $ 200.000
Costo de ventas ($ 130.000)
Gtos Gen y Adm ($ 30.000)
UO $ 40.000
Margen UO 20 %
(como % sobre ventas)
Colorex001Precio arm’s length
$ 100.000
Colormix100Precio arm’s length
$ 30.000
Total$ 130.000
XCOCommercial InvoicePurchaser: ICO SA.Date: 15/11/2007
Qty Product Unit Price Total Price
23214 Colorex001NCM 3203.00.19
$ 2,80 $ 65.000
6500 Colormix100NCM 3203.00.11
$ 10,00 $ 65.000
TOTAL $ 130.000
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Valor de transacción
% DIE DIE
Colorex001NCM 3203.00.19
$65.000 10% $6.500
Colormix100NCM 3203.00.11
$65.000 2% $1.300
Impacto tributario total $7.800
Valor arm’s length
% DIE
DIE
Colorex001NCM 3203.00.19
$100.000 10% $10.000
Colormix100NCM 3203.00.11
$30.000 2% $600
Impacto tributario total $10.600
El análisis combinado de transacciones es muy común al aplicar los métodos RPM, C+ y MNT.
Sólo puede realizarse con propósitos de comparabilidad.
El Acuerdo es de carácter transaccional, pero el art. 1.2(a) no prohíbe la posibilidad de analizar combinadamente un número de transacciones.
Debe efectuarse una asignación apropiada del precio global entre los distintos bienes (o servicios).
Se pueden encontrar ciertos lineamientos en el Comentario 8.1 del CTVA.
ANÁLISIS DE TRANSACCIONES COMBINADAS
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• Necesidad de segmentar estado de resultados• Se puede analizar el ejercicio completo• No es necesario (ni, en general, adecuado) analizar una sola
transacción
Estudio Precios de Transferencia – ICO – 2007
Ventas de Colorex001 (o línea de productos misma NCM): $ 100.000
Costo ventas: ($ 65.000)
Gastos generales y administración (asignados en forma razonable): ($ 15.000)
Utilidad Operativa del segmento (UO): $ 40.000
Margen operativo (como % sobre ventas): 20 %
Márgenes operativos ajustados - Distribución – Rango arm’s length
Comparable 1 25%
Comparable 2 15%
Comparable 3 8%
… que se demuestre que con el precio se alcanza a recuperar todos los costos y se logra un beneficio que está en consonancia con los beneficios globales realizados por la empresa en un período de tiempo representativo … en las ventas de mercancías de la misma especie o clase, con lo cual quedaría demostrado que el precio no ha sufrido influencia.
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Ajustes de Precios de Transferencia al Final del Ejercicio
Caso 2
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Despacho de Importación Servicio Aduanero
Importador: MG Argentina Distributor SA. País MFecha: 3/5/2005Posición arancelaria #: 8517.11
Cant.1
Descripción-- Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono- Teléfonos; videófonos
Valor de transacción
$ 100
% DIE30
Valor en Aduana
$ 100
DIE$ 30
MG US Manufacturing CoCommercial InvoicePurchaser: MG Argentina Distributor SA.
Date: 3 May 2005
Qty Product Price
1 TelephoneHS 8517.11
$ 100
Total $ 100
Estudio Precios de Transferencia - TNMM – 7 Feb 2006
Ventas: $ 200
Costo ventas: ($ 100)
Derechos importación: ($ 30)
Gastos generales y administración: ($ 10)
Utilidad Operativa (UO): $ 60
Margen operativo (como % sobre ventas): 30 %
Márgenes Op de Comparables – Rango arm’s length
Comp 1 25%
Comp 2 15%
Comp 3 8%
Resultados si la UO de MG Distributor fuera la mediana:
Costo ventas: $ 123
Derechos Importación: $ 37
Utilidad operativa: $ 30
Margen operativo: 15%
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Valor de transacción declarado: $ 100 NO ARM’S LENGTH
Valor de transacción luego de ajustes: $ 123
La Administración Tributaria no tiene interés en el ajuste
Reduce la ganancia imponible a efectos del impuesto a las gananciasPero John, como valorador del servicio aduanero, tiene que
rechazar el valor de transacción como base de valoración:
ARM’S LENGTH
Sin embargo, John no puede efectuar ajustes de precios de transferencia a efectos de la valoración en aduana.
Art. 8.4 del Acuerdo
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Solución posible:Cláusula de Revisión de
Precios / Precios Fórmula
Demorar la determinación definitiva del valor en aduana –
Arts 1 y 13
Los ajustes compensatorios (o year-end adjustments) generalmente se efectúan al finalizar el ejercicio fiscal, cuando los costos y gastos del importador ya se han cerrado, lo que obviamente ocurre con posterioridad al despacho de importación. MG Distributor probablemente no podría efectuar estos ajustes al momento de la declaración de las mercaderías ante el Servicio Aduanero.
COMENTARIO 4.1 DEL CTVA
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Inconsistencias al determinar los efectos de la vinculación sobre el precio en sede aduanera e
impositiva
Caso 3
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Durante el día, John trabaja en el Equipo de Valoración del Servicio Aduanero del País M
MG Distributor importó teléfonos en el País M. El vendedor fue MG Manufacturing SA, una compañía vinculada residente en el País X. John tiene dudas con respecto a la aceptabilidad del precio pagado o por pagar.
John examina las circunstancias de la venta y decide que el precio no estuvo afectado por la vinculación entre el comprador y el vendedor.
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25 de Noviembre de 2010
John es muy trabajador y sufre de insomnio, por lo que consiguió un trabajo de noche en la División de Precios de Transferencia de la Administración Tributaria del País M.
MG Distributor Co está bajo una inspección de precios de transferencia y, casualmente, John fue asignado al caso. Una de las transacciones bajo examen es la compra de teléfonos a MG Manufacturing SA. MG Distributor Co le presenta a John su estudio de precios de transferencia, el cual evalúa el carácter arm’s length de la transacción a través del método TNMM. John no está satisfecho con el estudio de precios de transferencia y decide que el precio de compra no es arm’s length.
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Durante el día, John piensa que el precio pagado o por pagar no ha estado afectado por la vinculación entre las partes.
Por la noche, John piensa que el precio difiere del que habría sido acordado entre partes independientes.
Esto es claramente contradictorio
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25 de Noviembre de 2010
Juan Martin Jovanovich Abogado Jovanovich, Pallaoro & Wurcel Esmeralda 718 - Piso 16CC1007ABH – Buenos Aires – Argentina Tel +54 11 5277 2823 Fax +54 11 5277 2824 Cel +54 9 11 5102 3434 [email protected]