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1 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA OFICINA DE PRESUPUESTO E INVERSIONES PROCESO PRESUPUESTARIO AÑO FISCAL 2016 (RESUMEN EJECUTIVO) Octubre, 2015

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CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA OFICINA DE PRESUPUESTO E INVERSIONES

PROCESO PRESUPUESTARIO AÑO FISCAL 2016 (RESUMEN EJECUTIVO)

Octubre, 2015

2

INDICE

Presentación 3 I. Aspectos Constitucionales del CNM 4 II. Misión 5 III. Vision 5 IV. Objetivos Estratégicos 5 V. Resultados Alcanzados en los años anteriores, 6

VI. Resultados Ejercicio Fiscal 2015 10 VII. Identificación de Problemas 11 VIII. Selección y Nombramiento 13

IX. Evaluación y Ratificación Jueces y Fiscales 25

X. Procesos Disciplinarios 28

XI. Capacidad Institucional 29

XII. Determinación de Metas 2014 – 2016 31 XIII. Sustentación de los Mayores Gastos 32

XIV. Demanda Adicional 33

XV. Demanda Global Ejercicio Fiscal 2015 34

3

PRESENTACIÓN

El Consejo Nacional de la Magistratura, en cumplimiento a la “Directiva N° 002-2015-EF/50.01 — Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual, aprobada por la Resolución Directoral N° 003-2015-EF/50.01, ha elaborado el presente documento: “Presupuesto 2016 del Pliego 021 Consejo Nacional de la Magistratura – Resumen Ejecutivo”. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), ha asignado al Consejo Nacional de la Magistratura, como presupuesto para el ejercicio fiscal 2016, la suma de S/.48,392,745.00 el cual resulta insuficiente para atender de manera real y efectiva las funciones que la Constitución le asigna, las cuales son: seleccionar y nombrar, evaluar y ratificar y aplicar acciones disciplinarias a jueces y fiscales entre otros. El monto asignado por el MEF para el 2016 es S/.48,392,745.00, importe que resulta insuficiente ya que las necesidades reales del CNM para dicho año ascienden a S/. 56, 984,611.00 nuevos soles, por toda fuente, por Recursos Ordinarios la suma de S/. 54, 034,611.00 y, por Recursos Directamente Recaudados el importe de S/. 2, 950,000.00 La escases de recursos limitará el cumplimiento de obligaciones de naturaleza ineludible, como son el pago CTS y beneficios sociales de los señores Consejeros que cumplirán su mandato en el 2016, .Para el año 2016 se ha solicitado una Trasferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia, cuya sustentación técnica esta expresada en la Exposición de Motivos, que forma parte del presente Informe, cubrir gastos de publicación de convocatorias de concursos y reglamentos, servicios de consultoría para los exámenes escritos, evaluaciones de desempeño, y otros. Como es de conocimiento, el Consejo Nacional de la Magistratura tiene la misión de contribuir al mejoramiento del Sistema de Administración de Justicia para lo cual debe desarrollar una serie de procesos tendentes a seleccionar y nombrar a jueces y fiscales de todos los niveles que superen las evaluaciones respectivas y separar a magistrados que no ameriten permanecer en la Judicatura, mediante procesos de evaluación y de orden disciplinario. El documento contiene la visión, misión, objetivos generales, objetivos específicos y una sucinta evaluación de los resultados del año 2014 a través de los indicadores de desempeño, así como el avance de la ejecución presupuestaria del presente año al 31 de agosto. Luego analiza comparativamente la asignación presupuestaria de los años 2014 y 2015 por fuente de financiamiento, genéricas del gasto, funciones y actividades y proyecciones de gasto y metas para el ejercicio fiscal 2016. Finalmente, el documento detalla la demanda adicional de recursos para que el Consejo Nacional de la Magistratura pueda cumplir en forma eficiente las funciones asignadas por la Constitución Política del Perú.

San isidro, Octubre de 2015

4

FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO PARA EL AÑO FISCAL 2016

RESUMEN EJECUTIVO

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

I.- ASPECTOS CONSTITUCIONALES DEL CNM

ATRIBUCIONES DEL CONSEJO

Constitución de 1993 Artículo 150º El Consejo Nacional de la Magistratura se encarga de la selección y el nombramiento de los Jueces y Fiscales, salvo cuando éstos provengan de elección popular. El Consejo Nacional de la Magistratura es independiente y se rige por su Ley Orgánica FUNCIONES DEL CONSEJO

Constitución Artículo 154º / 182º y 183º / Ley Nº 26397 Artículo 1º/2º y 21

Son funciones del Consejo Nacional de la Magistratura:

1. Nombrar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los Jueces y Fiscales de todos los niveles. Dichos nombramientos requieren el voto conforme de los 2/3 del número legal de sus miembros.

2. Ratificar a los Jueces y Fiscales de todos los niveles cada 7 años. Los no ratificados no pueden reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público. El proceso de ratificación es independiente de las medidas disciplinarias.

3. Aplicar la sanción de destitución a los Vocales de la Corte Suprema y Fiscales Supremos y, a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de Fiscales Supremos, respectivamente, a los Jueces y Fiscales de todas las instancias. La resolución final, motivada y con previa audiencia del interesado es inimpugnable.

4. Extender a los Jueces y Fiscales el título oficial que los acredita.

COMPOSICIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Constitución Artículo 155º / Ley Nº 26397 Artículo 17 y 20

Uno elegido por los Vocales Supremos Titulares de la Corte Suprema

Uno elegido por la Junta de Fiscales Titulares Supremos

Uno elegido por los Rectores de las Universidades Nacionales

Uno elegido por los Rectores de las Universidades Particulares

Uno elegido por los miembros de los Colegios de Abogados

Dos elegidos por los miembros de los Colegios Profesionales no abogados

5

Nombrar y/o remover al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales de acuerdo con el artículo 182º de la Constitución y la Ley, y al Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

II. MISIÒN

Nombrar y ratificar a jueces, fiscales, Jefes de ONPE y RENIEC probos y competentes, así como destituir a los que transgredan sus responsabilidades, a través de procesos justos y transparentes, para contribuir con el fortalecimiento de la administración de justicia y la institucionalidad de la democracia.

III. VISION

Organismo constitucional autónomo con elevado nivel de credibilidad, que innova formas inteligentes de evaluación, y desarrolla procesos justos y transparentes en la incorporación y separación de magistrados y autoridades civiles - administrativas, para consolidar instituciones públicas que sean reconocidas y aceptadas por la sociedad en su función de administración de justicia, de legalidad y fortalecimiento del sistema democrático.

IV. OBJETIVOS ESTRATEGICOS

En concordancia con la Visión y Misión del Consejo Nacional de la Magistratura contemplada en el Plan Estratégico Institucional para el período 2013-2017 y el proceso presupuestario para el citado período, se ha propuesto el siguiente objetivo estratégico general:

Brindar servicios de calidad desarrollando procesos eficaces, eficientes y transparentes soportados en tecnologías de información.

El objetivo glosado se alinea con los planes estratégicos institucionales del Ministerio Público, el Plan Estratégico Decenal 2008-2017 del Poder Judicial, el Plan estratégico de Tecnologías de la Información del Poder Judicial 2012-2016 y Marco Macroeconómico Multianual 2016-2018; así mismo se alinean con la Política Nacional de Modernización, Políticas de Estado del Acuerdo Nacional y el Plan Bicentenario Perú hacia el 2021.

En el marco del objetivo general señalado, en orden de prelación se anotan los objetivos específicos siguientes:

Nombrar a jueces y fiscales del Poder judicial y del Ministerio Público; así como al jefe de la ONPE y de la RENIEC.

Evaluar y ratificar a los jueces y fiscales que han cumplido 7 años en el ejercicio de la función jurisdiccional; y al Jefe de la ONPE y de la RENIEC por cuatro años.

Aplicar acciones de control disciplinario a los jueces y fiscales que transgredan sus funciones.

6

2.1 PERSONAL Y OBLIGACIONES

SOCIALES151,600.00 - -

2.2 PENSIONES Y

PRESTACIONES SOCIALES- 502,610.00 502,609.45 100.00

2.3 BIENES Y SERVICIOS 700,000.00 2,578,364.00 2,342,900.04 90.87

2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO

FINANCIEROS120,000.00 729,277.00 581,506.13 79.74

971,600.00 3,810,251.00 3,427,015.62 89.94

GENERICA PIA 2014 PIM 2014 DEVENGADOS %

V. RESULTADOS ALCANZADOS AÑOS ANTERIORES

El Consejo Nacional de la Magistratura a pesar de tener funciones constitucionales de gran relevancia social y un evidente significado económico, por el nombramiento de jueces y fiscales que ostentan la facultad de generar seguridad jurídica, tiene un presupuesto modesto, es el caso por ejemplo que para el año fiscal 2015 el presupuesto asignado representa el 0.018% del presupuesto del sector público, hecho que evidencia la carencia de recursos para la operatividad institucional, así como, para la realización de proyectos de relativa envergadura en lo concerniente a las funciones constitucionales, que signifiquen cambios trascendentes y duraderos.

Para los años 2012, 2013 Y 2014 el presupuesto institucional modificado (PIM) del Pliego Consejo Nacional de la Magistratura por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, representan las sumas de S/. 19’169,761; S/. 25’085,685 Y s/., respectivamente, los que en los cuadros siguientes se han desagregado a nivel de genéricas de gasto, para mostrar la ejecución y el avance porcentual que han registrado en los citados años.

PRESUPUESTO, EJECUCIÓN Y AVANCE FINANCIERO AÑOS ANTERIORES Fuente Financiamiento: Recursos Ordinarios 2014

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados 2014

Teniendo como marco el presupuesto mostrado en los cuadros precedentes a nivel de genéricas de gasto y por fuentes de financiamiento; en el cuadro siguiente se registra a nivel de las metas establecidas

7

según la estructura funcional programática, el presupuesto con su respectivo nivel de ejecución de gastos y el avance porcentual correspondiente, para el año 2014.

Avance Físico de Metas Presupuestales

8

10,466,600.00 12,207,500.00 12,184,877.36 99.81

561,000.00 1,068,906.00 1,046,249.03 97.88

11,363,000.00 13,197,003.00 12,949,770.60 98.13

136,000.00 154,661.00 154,659.89 100.00

120,000.00 806,277.00 581,506.13 72.12

22,646,600.00 27,434,347.00 26,917,063.01 98.11

PIA 2014 PIM 2014 EJECUCION % EJECUCION

1,889,000.00 2.1 REMUNERACIONES

1,296.00 2.2 PENSIONES

36,000.00 2.3 BBSS

22,800.00 2.3 BBSS

1,949,096.00

TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS MEF

RECURSOS ORDINARIOS

488,651.00 2.6 EQUIPOS

1,850,000.00 2.3 BBSS

500,000.00 2.3 BBSS

2,838,651.00

TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS MEF

RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

EJECUCION PRESUPUESTAL 2014

INCREMENTO DE PIA A PIM DE S/.4’787, 747.00

9

El CNM tuvo una ejecución presupuestal del 98% al cierre del Ejercicio 2014

10

2.1 PERSONAL Y OBLIGACIONES

SOCIALES 12,450,000.00 7,885,915.40 4,564,084.60 12,450,000.00 100.00

2.2 PENSIONES Y PRESTACIONES

SOCIALES 1,313,420.00 846,755.41 466,664.59 1,313,420.00 100.00

2.3 BIENES Y SERVICIOS 12,525,577.00 6,921,161.90 5,604,415.10 12,525,577.00 100.00

2.5 OTROS GASTOS 136,000.00 60,504.48 75,495.52 136,000.00 100.00

2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO

FINANCIEROS 16,522,591.00 925,374.25 15,597,216.75 16,522,591.00 100.00

42,947,588.00 16,639,711.44 26,307,876.56 42,947,588.00 100.00

GENERICA PIM 2015EJECUCION AL

31.08.2015

EJECUCION

PROYECTADA A

DICIEMBRE 2015

%PROYECTADO

SEPT A DIC

VI. RESULTADOS EJERCICIO FISCAL 2015

EJECUCION DE GASTO VS PRESUPUESTO AL 31.08.2015

RECURSOS ORDINARIOS

(EN NUEVOS SOLES)

GENERICA PIM 2015 EJECUCION SALDO %

2.1 PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 12,300,000.00 7,756,365.40 4,543,634.60 63.06

2.2 PENSIONES Y PRESTACIONES SOCIALES 769,424.00 467,672.86 301,751.14 60.78

2.3 BIENES Y SERVICIOS 10,495,016.00 6,133,277.16 4,361,738.84 58.44

2.5 OTROS GASTOS 136,000.00 60,504.48 75,495.52 44.49

2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 16,006,091.00 632,744.00 15,373,347.00 3.95

39,706,531.00 15,050,563.90 24,655,967.10 37.90

Ejecución Presupuestal Proyectada al Segundo Semestre 2015

11

Ejecución Presupuestal 2011 al 2016

Nota: Como se aprecia en el presente cuadro el presupuesto del CNM ha crecido, toda vez que se tiene

aprobado el Proyecto de Construcción del nuevo local Institucional, dado que en el 2015 vía Decreto

Supremo Nº 138-2015-EF se autoriza una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia en el

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, al Pliego 021 – Consejo Nacional de la

Magistratura, el importe de DIECISEIS MILLONES SEIS MIL NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS

SOLES (S/. 16 006 091,00), destinados a financiar la ejecución del Proyecto “ Mejoramiento de los servicios

de Selección y Nombramiento, Evaluación y Ratificación y Procesos Disciplinarios de jueces y fiscales del

CNM a nivel nacional mediante el fortalecimiento integral de la organización” con código SNIP N° 232365,

se incorpora al Presupuesto del CNM con Resolución Nº 065-P-CNM del 06 de mayo de 2015.

Y para el siguiente ejercicio presupuestal el MEF ha asignado en el Proyecto de Presupuesto para el

Ejercicio 2016 el importe de S/. 21, 661,745.00, para dar continuidad al citado Proyecto.

VII. IDENTIFICACION DE PROBLEMAS.-

PROBLEMAS QUE LIMITAN LA OPERATIVIDAD DEL CNM:

a) Procesos funcionales:

Se mantiene un alto nivel de provisionalidad de jueces y fiscales (54%)

Débil integración e informatización de los procesos funcionales.

Las decisiones relacionadas con las sentencias de reincorporación de magistrado, de otras

instituciones como el Poder Judicial y Tribunal Constitucional, generan cambios permanentes

para el número de las plazas puestas en concurso lo que frustra las expectativas de los

postulantes a dichas plazas.

Limitada preparación de los postulantes a magistrados, lo que conlleva a un bajo índice de

nombramiento para las plazas convocadas a concurso.

17,297,666.83

22,069,065.59

28,207,301.42 27,517,954.00

42,947,588.00

48,392,745.00

-

10,000,000.00

20,000,000.00

30,000,000.00

40,000,000.00

50,000,000.00

60,000,000.00

2011 2012 2013 2014 2015 2016

Ejecución Presupuestal 2011 al 2016 (PROYECTADA)

EJECUCIONPRESUPUESTAL

EJECUCIONPRESUPUESTALPROYECTADA

12

Limitada implementación de mecanismos para una adecuada selección de magistrados, debido

a la débil concepción integral del Perfil Ideal de jueces y fiscales.

Incumplimiento de plazos en los procesos funcionales.

b) Procesos administrativos y de apoyo:

Limitada normatividad que impide al CNM aplicar la función disciplinaria a los magistrados de

niveles inferiores a Supremos, debido a que dicha función está inmersa en el Poder Judicial y el

Ministerio Público.

Carencia de un sistema informático que integre información de los organismos integrantes del

Sistema de Administración de Justicia.

Baja disponibilidad de los aplicativos informáticos de los procesos técnicos funcionales para los

usuarios internos y externos.

Insuficiente tiempo asignado por el artículo 36° de la Ley Orgánica del CNM para ejercer la

presidencia del Consejo, lo cual impide consolidar la política institucional.

Incumplimiento de los magistrados para actualizar información en el registro de jueces y fiscales.

En el personal contratado bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), se

observa alta rotación.

Problemática: Provisionalidad de Jueces y Fiscales En el Poder Judicial y Ministerio Público hay un total de 9,305 magistrados, de los cuales el 66%,

6,117 son titulares y el 34%, 3,188 son provisionales.

Este elevado índice de provisionalidad, resulta por el crecimiento del poder judicial y el ministerio público, el incremento de nuevas plazas creadas para la implementación del nuevo Código Procesal Penal, la mayor demanda de atención en todo el país.

13

VIII. Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales

El Consejo Nacional de la Magistratura en el año 2014 llevó a cabo nueve (09) convocatorias para

cubrir plazas de Jueces y Fiscales, ocho (08) de ellas en el marco del Acceso Abierto y una (01)

de Ascenso. Como resultado de ello, fueron evaluados 12,072 postulantes y nombrados en

votación ordinaria 990 magistrados. Asimismo fueron votados en condición de Candidatos en

Reserva 185, los que sumados a los primeros, hacen un total de 1,175 magistrados nombrados.

.

N° POSTULANTES

Nombrados

Votación

Ordinaria

Nombrados

Candidatos

Reserva

TOTAL

NOMBRADOS

1 1 2 3

2 - 10 10

3 145 145

- 11 11

- 134 134

4 3 - 3

3 - 3

- - -

5 1 1

6 786 100 21 121

216 25 8 33

570 75 13 88

7 225 22 3 25

71 6 2 8

154 16 1 17

8 3,176 439 - 439

710 83 - 83

2,466 356 - 356

9 4,239 340 - 340

1,575 118 - 118

2,664 222 - 222

10 779 69 - 69

489 42 - 42

290 27 - 27

11 389 19 - 19

12 2,239 - - -

227 - - -

2,012 - - -

13 239 - - -

174 - - -

65 - - -

12,072 993 182 1,175

MINISTERIO PÚBLICO

Totales

09-2014 Jueces y Fiscales Superiores

PODER JUDICIAL

PODER JUDICIAL

MINISTERIO PÚBLICO

07-2014 Jueces Especializados y Jueces de Paz

Letrados de Lima y Lima Este

ago-14

PODER JUDICIAL

MINISTERIO PÚBLICO

MINISTERIO PÚBLICO

05-2014 Jueces y Fiscales Superiores

abr-14

PODER JUDICIAL

PODER JUDICIAL

MINISTERIO PÚBLICO

MINISTERIO PÚBLICO

mar-14

02-2014 Plazas de Difícil Cobertura

PODER JUDICIAL

PODER JUDICIAL

MINISTERIO PÚBLICO

02-2012 Fiscal Supremo

01-2014 Plazas de Difícil Cobertura

PODER JUDICIAL

MINISTERIO PÚBLICO

MINISTERIO PÚBLICO

02-2013 ASCENSO: Jueces superiores, Jueces

Especializados y Mixtos, Fiscales Adj. Superiores y

Provinciales

01-2013 Jueces de Paz Letrados y Fiscales Adj.

Provinciales

PODER JUDICIAL

01-2012 Jueces Superiores

03-2012 Fiscales Superiores

Convocatorias

RESUMEN ESTADÍSTICO POR CONVOCATORIAS

Convocatorias y Magistrados Nombrados - Año 2014

14

La planificación de las Convocatorias del año 2014, para cubrir plazas de Jueces y Fiscales, fue

elaborada teniendo en consideración el nuevo Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolución N°049-2014-CNM del 28 de febrero de 2014, habiéndose proyectado seis (06) convocatorias inicialmente y posteriormente se han agregado tres (03) más.

El Consejo Nacional de la Magistratura, estructuró el cuadro de plazas vacantes analizando la información estadística de los últimos cuatro (04) años e identificando las plazas de Difícil Cobertura, denominación que se ha concedido a aquellas plazas que hubieran quedado vacantes en por lo menos dos (02) convocatorias anteriores, otorgándoseles a los postulantes una bonificación extraordinaria, asimismo se identificaron a los Distritos Judiciales con mayor número de plazas vacantes, sumado a ello el pedido del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por que se priorice la provisión de magistrados titulares al Distrito Judicial de Madre de Dios.

El CNM, al 23 de septiembre de 2015, ha evaluado a 523 postulantes, habiendo nombrado a 263

magistrados en votación ordinaria y 564 en condición de Candidatos en Reserva, los que sumados hacen un total de 827 magistrados nombrados, significando ello un incremento del 38.75% respecto del número proyectado (596), en el Plan Operativo Institucional 2015 (POI).

En el año 2015 se proyectaron cinco (05) convocatorias inicialmente, sin embargo, posteriormente

POSTULANTES

Nombrados

Votación

Ordinaria

Nombrados

Candidatos

Reserva

TOTAL

NOMBRADOS

3,851 297 23 320

8,221 696 159 855

12,072 993 182 1,175

RESUMEN POR INSTITUCIÓN AÑO 2014

Magistrados Nombrados - Año 2014

Total 2014

PODER JUDICIAL

MINISTERIO PÚBLICO

Convocatorias

15

el Pleno del Consejo aprobó dos (02) convocatorias más. De otro lado, en el presente ejercicio 2015 se llevaron a cabo diez (10) procedimientos de votación

para el nombramiento de Candidatos en Reserva: Votación extraordinaria de Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 001-2014-SN/CNM

(Artículo 68° del Reglamento de Concursos); Votación extraordinaria de Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 002-2014-SN/CNM

(Artículo 68° del Reglamento de Concursos); Votación extraordinaria de Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 007-2014-SN/CNM

(Artículo 68° del Reglamento de Concursos); Votación extraordinaria de Candidato en Reserva del Poder Judicial de la Convocatoria N° 004-

2014-SN/CNM (Artículo 68° del Reglamento de Concursos); Votación extraordinaria de Candidato en Reserva del Poder Judicial de la Convocatoria N° 008 -

2014-SN/CNM (Artículo 68° del Reglamento de Concursos); Votación extraordinaria de Candidatos en Reserva para cubrir plazas del Poder Judicial en los

Distritos Judiciales de Ayacucho, Apurímac, Huancavelica y Junín, creadas en virtud de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, atendiendo un pedido del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial;

Votación para el nombramiento excepcional de Candidatos en Reserva de las Convocatorias N°

004, 007 y 008-2014-SN/CNM en una plaza de ubicación geográfica distinta en el mismo Distrito Judicial e institución;

Votación para el nombramiento excepcional de Candidatos en Reserva que fueron objeto de

bonificación de 5 o 10 puntos en la etapa de Calificación Curricular, en el marco de las Convocatorias N° 001, 003 y 004-2014-SN/CNM, en una plaza de ubicación geográfica distinta en el mismo Distrito Judicial e institución.

16

PROYECCIÓN DE CONVOCATORIAS* AÑO 2016

* "Metas Multianuales 2016 – 2018".

Proyección efectuada en consideración a la vigencia del Nuevo Modelo Procesal Penal en seis (06)

Distritos Judiciales: Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Callao y Ventanilla en el año 2016.

PJ MP

001-2015-SN/CNM Nacional Juez Supremo 1 -

002-2015-SN/CNM Nacional Fiscal Supremo - 1

003-2015-SN/CNM

Ascenso

004-2015-SN/CNM

Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho,

Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Junín, La

Libertad, Lima, Loreto, Madre de Dios,

Moquegua, Pasco, Puno, San Martin, Tacna,

Tumbes y Ucayali

Jueces Superiores 36 -

005-2015-SN/CNM

Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho,

Cajamarca, Huancavelica, Ica, Junín,

Lambayeque, Lima, Lima Norte, Nacional,

Pasco, San Martin, Tumbes y Ucayali

Fiscal Adjunto Supremo y Fiscales

Superiores 29

006-2015-SN/CNM

Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa,

Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica,

Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad,

Lambayeque, Lima, Lima Norte, Lima Sur,

Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura,

Puno, San Martín, Santa, Sullana, Tacna,

Tumbes, Ucayali, Ventanilla

Jueces Especializados y Mixtos 137 -

Ayacucho, Cajamarca, Cañete, Cusco,

Huancavelica,

Junín, Lima, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios,

Piura, Sullana

TOTAL 261 146

007-2015-SN/CNM Jueces de Paz Letrados 34 -

Convocatoria Distritos Judiciales y Fiscales PlazasVacantes

Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho,

Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco,

Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque,

Lima, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Pasco,

Puno, San Martin, Santa, Tumbes y Ucayali

Jueces Superiores, Jueces

Especializados y Mixtos, Fiscal

Superior, Fiscales Adjuntos

Superiores y Fiscales Provinciales

53 116

J y F

Supremos

F.Adjunto

Supremo y

Superior, J y

F Superior, J.

Especializado

y F. Provincial

J.Paz Letrado

y F. Adjunto

Provincial

(4to Nivel)(2do y 3er

Nivel)(1er Nivel)

N° Convocatorias 1 3 1 5

N° de Plazas Convocadas 1 887 891 1,779 Se utilizó una proyección basada en una

ecuación lineal entre los años 2009 y 2015

Nivel 1: 4 postulantes por plaza

Niveles 2 y 3: 5 postulantes por plaza

 Nivel 1: 23% postulantes aprobados.

Niveles 2 y 3: 27 postulantes aprobados.

Promedio del porcentaje de postulantes

aprobados en el examen escrito entre los años

2011 al 2014 Nivel 1: 82 % postulantes aprobados en el

examen escrito.

Niveles 2 y 3: 78 % postulantes aprobados en el

examen escrito.

Promedio del porcentaje de postulantes

aprobados en la calificación curricular entre los

años 2009 al 2014

N° de Promedio de

Sentencias, Dictamenes,

Resol. y otros por

Postulante

30 7,182 4,920 12,132  6 documentos por postulante aprobado en

examen escrito.

N° de Nombramientos (T ítulos) 1 692 620 1,313  Se utilizó una proyección basada en una

ecuación lineal entre los años 2009 y 2014

N° de Postulantes Aprueban

Examen Escrito5 1,197 820 2,022

N° de Postulantes que

aprueban Calificación

Curricular5 934 672 1,611

CONCEPTO TOTAL OBSERVACIONES

N° de Postulantes 30 4,435 3,564 8,029

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En la Dirección de Selección y Nombramiento existe:

Buen ambiente laboral, Recursos humanos motivados y contentos. Pro actividad en la gestión. Procesos técnicos y administrativos de calidad en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, sustentados en programas informáticos desarrollados conjuntamente con la Oficina de Tecnologías de la Información (OTI), alguno de ellos de reciente creación u optimización.

Se ha elaborado un software para la administración de las Plazas Vacantes, encontrándose

en etapa de prueba, se proyecta su implementación en el corto plazo.

Calificación Curricular –Desempeño Profesional

En el presente ejercicio, el Presidente de la institución solicitó la reestructuración de la calificación de documentos del Desempeño Profesional presentados por los postulantes, que involucró optimizar los dos formatos anteriores a diecisiete (17) formatos estructurados y la creación de una Unidad de Calificación que congrega a profesionales especialistas en diversas materias que tienen a su cargo dicha tarea.

Por su parte la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento siguiendo con las

innovaciones,dispuso que los documentos sean distribuidos a los respectivos especialistas,

por medio digital.

La Dirección de Selección y Nombramiento implementó con celeridad los cambios

necesarios en el software para la calificación, de manera que dio aplicación inmediata en

las Convocatorias N°s 001 y 003-2014-SN/CNM y siguientes aportando al proceso, la

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distribución aleatoria de estos documentos digitalizados a los respectivos especialistas

quienes los califican de manera anónima, haciendo uso de archivos digitales debidamente

codificados.

Se implementó un nuevo software para la calificación que se inició en plan piloto con la

Convocatoria N° 002-2014-SN/CNM y tras las mejoras y adecuaciones necesarias tomando

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como modelo el software de la DSN, entró en producción a partir de la Convocatoria N° 004-

2014-SN/CNM.

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Mejoras en los Procesos de Selección y Nombramiento

Pruebas, adecuación e implementación del nuevo software Intranet:

Módulo de aptitud (En producción):

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Módulo de Calificación Curricular (En piloto):

Módulo de Reconsideración contra la Calificación Curricular (En producción):

22

Módulo de Hoja de Vida (En producción):

Actualización y mejora continua en la Ficha de Inscripción por internet, implementando los

cambios necesarios para la adecuación al reglamento que entró en vigencia durante el

presente año, inclusión de información adicional sobre información familiar, información laboral

y estudios académicos.(Guía para información familiar impresa – Ver documentación anexa).

Comunicación permanente con los postulantes mediante correo electrónico.

En el presente año, se han absuelto de más de 1,500 consultas y solicitudes por correo electrónico, además se han remitido aproximadamente 110,000 correos electrónicos con comunicaciones y notificaciones diversas utilizado la plataforma operativa existente en la institución.

Candidatos en Reserva

El día 14 de enero del presente año, el Pleno del Consejo, nombró a 97 Candidatos en Reserva en aplicación de la Décima Primera Disposición Transitoria y Final del Reglamento de Concursos, vigente en aquella oportunidad, haciendo uso de un módulo informático que permitió que los postulantes y la ciudadanía en general pudiesen acceder a la citada votación.

Publicación de Videos Tutoriales con el apoyo de la Oficina de Imagen Institucional, para facilitar

al postulante la presentación de su Currículo Vitae.

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24

Existe una comisión especial conformada por miembros del Poder Judicial y Consejo Nacional de la Magistratura que se encuentra revisando la Ley de la Carrera Judicial.

Se ha nombrado un coordinador del Poder Judicial que actuará como enlace con el Consejo Nacional de la Magistratura a fin de brindarnos la información necesaria para los procesos de selección y nombramiento.

Poco espacio físico en el área que ocupa la Dirección lo que ocasiona falta de comodidad para trabajar.

Falta de equipos informáticos para el personal de la Dirección. Falta de impresoras, scanner de alta velocidad. Programas informáticos no culminados. Falta de personal permanente, de acuerdo a lo previsto en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP)

de la Dirección. Personal nuevo sin experiencia en las funciones que desarrolla la Dirección ocasiona lentitud

en la ejecución de los procedimientos. Existen cambios constantes por parte del Poder Judicial y Ministerio Público, de las plazas

Sometidas a concurso. Falta de información oportuna por parte del Ministerio Público sobre plazas vacantes existentes. Información insuficiente sobre las medidas disciplinarias, quejas y/o denuncias de los postulantes que

registran tanto el Poder Judicial como el Ministerio Público.

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IX. EVALUACION Y RATIFICACION DE JUECES Y FISCALES

La Dirección de Evaluación Integral y Ratificación brinda el apoyo jurídico y técnico a la Comisión Permanente de Evaluación y Ratificación de Magistrado del Consejo Nacional de la Magistratura en los procesos de evaluación integral y ratificación de magistrados, conforme lo establecido el artículo 154 inciso 2 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el numeral 21° inciso b) de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura N° 26397, que consiste en ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada 7 años, fortaleciendo con ello sistema de justicia.

Cuenta con Personal calificado, con experiencia en los procesos de evaluación integral y ratificación de magistrados de todos los niveles, así como del Jefe de la ONPE y RENIEC. Cumplimiento de labores en estricta observancia de la Constitución, Ley Orgánica y demás normas que regulan el proceso de evaluación integral y ratificación de magistrados, Trabajo bajo presión, Reserva de la información que se obtiene como consecuencia del proceso de evaluación integral y ratificación de magistrados. Aspecto tecnológico: En colaboración con el Oficina de Informativa, se está implementando el formato de datos y del informe individual de evaluación de magistrados en forma virtual, en el caso formato, este deberá ser completado por el magistrado evaluado a través de la página web, estos datos se replicaran en el informe individual colaborando básicamente en reducir plazos. La situación coyuntural del último semestre (caso Ancash) y (Caso Orellana); han demando recursos importantes de la Dirección, para atender requerimientos internos y externos (elaboración de informes, respuesta de Oficios, atención de Memorándum, copias de los expedientes, etc.). Actualmente y debido a la disminución de magistrados a evaluar durante el presente año, se recortó el personal que ya tenía experiencia en los procesos individuales de evaluación y ratificación de magistrados. Debido a que el Consejo Nacional de la Magistratura no cuenta con un adecuado servicio de courier o mensajería, no es posible notificar oportunamente y eficientemente a todos los magistrados comprendidos en los Procesos de Evaluación Integral y Ratificación y a los ciudadanos que presentan cuestionamientos, debido a que, en muchos casos, devuelven las cedulas de notificación (sobre todo en los casos de los magistrados no ratificados) y en otros casos, se extravían las cedulas. Se solicitó personal para el apoyo de los nuevos procesos de evaluación (incremento de convocatorias), ello dará lugar a que se tenga que capacitar al nuevo personal, lo conlleva a retraso en los procesos de evaluación y ratificación.

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CONVOCATORIAS.

(*) La proyección ANUAL se realiza tomando en consideración lo siguiente:

Magistrados nombrados por el CNM;

Magistrados Reincorporados;

Magistrados Ratificados, entre otros.

(**)La Ley de la Carrera Judicial (vigente desde 07.05.2009) señala en Artículo 97:

"En caso un Juez accediera por Concurso Público o ASCENSO al nivel inmediato superior de la Judicatura, el cómputo a efectos de las evaluaciones se inicia a partir del acceso al nuevo cargo" .

En ese sentido, los magistrados que ascienden al nivel inmediato superior, ya no son convocados a los procesos de evaluación integral y ratificación de magistrados

Para el ejercicio 2016, se proyecta someter a 398 magistrados a los procesos de evaluación integral y ratificación

AÑONUMERO DE

MAGISTRADOS

PROYECTADOS

NUMERO DE

MAGISTRADOS

CONVOCADOS

JEFE DEL

RENIEC.

2014 74 (*) 41 (**) 1

EVALUACION DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL

PERIODO 2014.

(*) La proyección ANUAL se realiza tomando en consideración lo siguiente: 1) Magistrados nombrados por el CNM (Concurso Públicos); 2) Magistrados Reincorporados; 3) Magistrados Ratificados, entre otros. (**) La Ley de la Carrera Judicial (vigente desde 07.05.2009) señala en Artículo 97: “En caso un Juez accediera por Concurso Público o ASCENSO al nivel inmediato superior de la Judicatura, el cómputo a efectos de las evaluaciones se inicia a partir del acceso al

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de magistrados, esa cantidad se puede reducir dependiendo de los magistrados que asciendan al nivel inmediato superior, que renuncien a sus cargos, entre otros motivos, más aun considerando que el Consejo Nacional de la Magistratura en coordinación con el Poder Judicial y el Ministerio Público vienen buscando la disminución de la provisionalidad.

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X. PROCESOS DISCIPLINARIOS Las metas programadas para cada año se realizan en base a una proyección mediante fórmulas estadísticas, puesto que las labores que cumple la Dirección de Procesos Disciplinarios no son posibles de programar, ya que las actividades dependen de las denuncias presentadas y los pedidos de destitución formulados por el Poder Judicial o el Ministerio Público.

PROYECCIÓN EJECUCIÓN

PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS 116 174

APERTURA DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR 12 16

APERTURA DE PROCESO DISCIPLINARIO 41 45

RESOLUCIONES EMITIDAS 366 267

METAS2014

2016

PROYECCIÓN

PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS 125

APERTURA DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR 3

APERTURA DE PROCESO DISCIPLINARIO 40

RESOLUCIONES EMITIDAS 251

METAS

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XI. CAPACIDAD INSTITUCIONAL

Recursos Humanos: De conformidad a la estructura orgánica y las competencias y funciones establecidas en el ROF, el Consejo cuenta con un CAP de 160 cargos distribuidos en los diferentes órganos y unidades orgánicas; de los 9tJales al 31 de diciembre de 2012 tenían la condición de ocupadas 69 cargos, incluyendo a los señores Consejeros, los que representan en conjunto el 43.1 % del total de cargos necesarios. De donde se desprende que 91 cargos (56.9 %) se encontraban en la condición de "previsto", que no se podían cubrir por que el Pliego no contaba con recursos presupuestarios de libre disponibilidad para su financiamiento y convertirlos en plaza, y por otro lado las limitaciones establecidas en las normas de austeridad de las leyes anuales de presupuesto del sector público, que prohíben el ingreso de nuevo personal.

Mediante la Sexagésima Octava de las Disposiciones Complementarias y Finales, inciso g), numeral 2, de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se exonera, por única vez, al Consejo Nacional de la Magistratura, de lo establecido en el numeral 8.1 de la citada Ley, que prohíbe el ingreso de personal en el sector público por servicios personales y señala en el último párrafo de la citada norma, que "las exoneraciones establecidas en los numerales 1 y 2 de la presente disposición, se sujetan al presupuesto institucional del Pliego respectivo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, sin afectar el cumplimiento de las metas ..., y sin afectar la prestación de los servicios públicos que realiza la entidad en el cumplimiento de sus funciones...".

Tecnología:

Los Funcionarios, directivos, profesionales y técnicos, que cumplen las funciones misionales y los que

prestan asesoramiento y apoyo, si bien cuentan con computadoras, un gran porcentaje de los equipos han

cumplido su vida útil o simplemente con el avance de la tecnología vienen quedando obsoletos, en este

sentido a efectos de ir reemplazando paulatinamente aquellos que se encuentran en una situación crítica,

como parte de la programación se está considerando la asignación de recursos financieros para la compra

de nuevos equipos de cómputo y de esa manera mejorar en algo la capacidad tecnológica del Consejo

Nacional de la Magistratura.

Organización:

En concordancia a los objetivos específicos señalados, el Consejo Nacional de la Magistratura según la estructura orgánica aprobada por el Reglamento de Organización y Funciones para el cumplimiento de las funciones misionales, tiene tres (03) órganos de línea: Dirección de Selección y Nombramiento; Dirección de Evaluación Integral y Ratificación y Dirección de Procesos disciplinarios, que actúan como órganos de soporte técnico de las Comisiones Permanentes integradas por los señores Consejeros, como son las Comisiones Permanentes de Selección y Nombramiento, Evaluación Integral y Ratificación y de Procesos Disciplinarios. Según el citado instrumento de gestión, el Consejo además cuenta con órganos y unidades orgánicas de dirección, asesoría, apoyo, control, defensa jurisdiccional, entre otros, según el marco normativo que regula la operatividad institucional del Sector Público.

Infraestructura:

El Consejo cuenta con un local propio, sito en la Avenida Paseo de la República N° 3285, que registra un área útil de aproximadamente de 2,800 m2 repartidos en cuatro niveles, con una antigüedad de más de 50 años, cuya distribución de ambientes mediante tabiquería están deteriorados e inadecuados que a través de los años ha resultado totalmente insuficientes para albergar a los trabajadores, por lo que desde hace varios años el Consejo cuenta con dos (02) locales anexos, uno en la Avenida Paseo de la República N° 3295 San Isidro y el otro en la Avenida José Pardo N° 601 Miraflores. Precisamente por la antigüedad del local que está en una situación de deterioro y por haber resultado insuficiente para albergar a todo el personal y no contar con ambientes adecuados para la prestación de servicios a los señores magistrados (jueces y Fiscales de todos los niveles), abogados y público en general que concurre a gestionar, se ha

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visto por conveniente la construcción de un nuevo local, que a la fecha está en la etapa final la elaboración del estudio definitivo o expediente técnico (Proceso de aprobación en la Municipalidad de San Isidro, en este sentido, se está previendo los recursos financieros orientados para la construcción del nuevo local; sin embargo, a pesar de ésta deficiencia objetiva el Consejo opera en el cumplimiento de sus competencias y funciones.

Optimización de las Acciones Centrales:

Las Acciones Centrales comprende las actividades orientadas a la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros del Consejo Nacional de la Magistratura, dentro de este contexto están el Planeamiento y Cooperación Técnica, Presupuesto e Inversiones, Acciones de la Alta Dirección, Acciones Administrativas, Acciones Jurídico-Administrativos, Acciones de Control y Tecnologías de la Información, que contribuyen de manera transversal al logros de los resultados a través de los órganos de línea..

Optimización de las Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Producto — APNOP.

Las Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Producto, comprende las actividades para la atención de las funciones misionales que por el momento no resultan en la entrega de un producto, como son Procesos Disciplinarios, Evaluación de Magistrados y la Expedición c4 Títulos y Juramentación de Jueces y Fiscales; así como Registrar, actualizar los expedientes de jueces y fiscales y finalmente dentro de esta clasificación está el pago de pensiones y el Proyecto Mejoramiento de los Servicios de Selección y Nombramiento, Evaluación y Ratificación y Procesos Disciplinarios de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura a nivel Nacional..

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XII. Determinación de las Metas

METAS INSTITUCIONALES 2014-2016

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XIII. SUSTENTACIÓN DE LOS MAYORES CONCEPTOS DE GASTO

Compensación por Tiempo de Servicios.- Merece especial mención la Compensación por Tiempo de Servicios y Beneficios Sociales de los señores Consejeros, que en el año 2016 cumplen su mandato. De conformidad a la Resolución N° 179-2010-CNM de 16 de junio de 2010, cuya copia se adjunta, se resuelve reconocer el derecho a percibir el pago por compensación por tiempo de servicios sobre la base de la remuneración total mensual de S/ 15,600, por cada año completo de servicios o fracción de seis meses, igual como se ejecuta en el Poder Judicial respecto a los Jueces Supremos; por lo que les corresponde un Total de S/. 78,000 por los cinco años de mandato a cada Consejero. La misma resolución reconoce el derecho a percibir el pago por concepto de Compensación Vacacional sobre la base de la misma remuneración total por cada ciclo laboral anual completo, que son susceptibles de acumular hasta dos ciclos y para las Vacaciones Truncas el pago es proporcional al tiempo laborado computado por dozavas partes hasta por la suma de S/. 31,200 por cada Consejero, más las cargas sociales de S/. 2,808, para este último concepto. En este sentido se plantea recursos hasta por la suma de S/. 225,000 para la CTS, Vacaciones no Gozadas y Vacaciones Truncas de los señores Consejeros que cumplen su mandato en el año 2016.

Adicionalmente se considera el Depósito de CTS de años anteriores de los trabajadores administrativos, de conformidad a la Disposición Complementaria Final del DS. N° 004-97- TR, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, modificada por el DS.N° 010-2013-TR, en este sentido se requiere la suma de S/. 3, 964,548, por años anteriores.

Bienes y Servicios.- En materia de Bienes y Servicios, se considera prioritariamente las obligaciones contractuales y los servicios básicos de luz, agua teléfono, mensajería, seguros, entre otros, así como lo concerniente a los servicios prestados por terceros para los procesos funcionales y la operatividad institucional, que en gran parte de ellos no supera la tasa inflacionaria anual prevista en el Marco Macroeconómico Multianual (MMM) vigente.

Merece especial mención, que el Aplicativo Informático de Programación habilitado por el Ministerio de Economía y Finanzas tiene registrado el PIM 2014 para la Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios; dicho PIM actúa como techo presupuestario, como tal limita una programación auténtica del Pliego, este hecho origina que la Meta Alta Dirección y las otras Metas de la Estructura Funcional Programática "Acciones Centrales" resulten sin coberturar diferentes conceptos de gasto que por ser nuevos o por la naturaleza del gasto merecen un tratamiento especial, en este contexto se sustenta los conceptos de gasto y/o específicas de gasto cuya proyección registra montos mayores a la tasa de inflación anual prevista en el Marco Macroeconómico Multianual, vigente y al techo registrado por el MEF, como demanda adicional.

El Consejo Nacional de la Magistratura actualmente tiene tres (03) locales: i) sede central Av. Paseo de la República N° 3285; ii) sede Anexo1 Av. Paseo de la República N° 3295 (alquilado los pisos 2, 3, 4, 5) y iii) sede anexo 2 Av. José Pardo N° 601 Miraflores (asignado en uso).

La "Construcción del Nuevo Local Institucional" autorizado por la Quincuagésima Tercera de las Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 29951 —Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en el terreno de la sede principal que actualmente ocupa el CNM, obliga el alquiler de un local acorde con las necesidades para la operatividad institucional.

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XIV. DEMANDA ADICIONAL

Pasajes y gastos de Transportes 236,878.00

Viaticos y Asignaciones por Comisión de Servicio 236,878.00

Otros servicios de Publicidad y Difusión 501,652.00

Consultorias Personas Jurídicas 600,000.00

Consultorías Personas Naturales 480,000.00

Asesorías Persona Natural 660,000.00

Estudios e Investigación 371,812.00

Otros Servicios de Informática 266,850.00

Contrato Administrativo de Servicios CAS 654,750.00

Contribuciones a Essalud del CAS 58,298.00

S/. 4,067,118.00

DEMANDA ADICIONAL - BIENES Y SERVICIOS

Derecho por concepto de antecedentes judiciales y

penales151,800.00

Derechos administrativos por concepto de arbitrios

(impuestos a la municipales)184,400.00

336,200.00

DEMANDA POR CONCEPTO DE OTROS GASTOS

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XV. DEMANDA GLOBAL PARA EL EJERCICIO PERSUPUESTAL 2016, INCLUYE LA DEMANDA ADICIONAL