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FECHA ADHESIÓN: Venta Bono de Inicio Bono de frontal Publicidad TIPO DE RECAUDO DE ESTE CONTRATO Contrato de adhesión: Aquel en el que las cláusulas son dispuestas por el productor o proveedor, de manera que el consumidor no puede modificarlas, ni puede hacer otra cosa que aceptarlas o rechazarlas. El presente pedido de tarjetas es un contrato de adhesión. favor leer el CONTRATO DE ADHESIÓN al respaldo y realizar los tramites necesarios para su aceptación CONDICIONES DEL RECAUDO DE ESTE CONTRATO: Primero.- Cuando el recaudo es producto de un Bono de Inicio o Bono de Frontal, se trata de un " ingreso recibido para terceros” (cuenta 2815 del PUC para comerciantes, Decreto 2650 de 1993), que será reintegrado o transferido inmediatamente al momento del pago al beneficiado(a) Señor(a):_____________________________________________________________ cédula:______________________código:______________ Segundo.- Cuando es un Contrato Publicidad el valor a recaudar es cero, porque se trata de un obsequio y no se originan comisiones, ni bonificaciones, ni compensaciones para ninguna de las partes. Tercero.- Cuando es un Contrato Venta, el pago debe ingresar a SÍ ASÍ S.A.S. y el Empresario Independiente y/o vendedor recibirá las compensaciones o comisio- nes pactadas a que hubiere lugar, las cuales se tasan del valor de la venta de las tarjetas antes de impues- tos. Nombre, cédula y codigo del Vendedor:___________________________________________________ _______________________________________________________________________________________ LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO VENTA: IVA: TOTAL: FECHA NACIMIENTO: TIPO DE TAJETA TITULAR FECHA NACIMIENTO: TIPO DE TAJETA BENEFICIARIO 1 FECHA NACIMIENTO: TIPO DE TAJETA BENEFICIARIO 2 FECHA NACIMIENTO: TIPO DE TAJETA BENEFICIARIO 3 FECHA NACIMIENTO: TIPO DE TAJETA BENEFICIARIO 4 FECHA NACIMIENTO: TIPO DE TAJETA BENEFICIARIO 5 FECHA NACIMIENTO: TIPO DE TAJETA BENEFICIARIO 6 FECHA NACIMIENTO: TIPO DE TAJETA BENEFICIARIO 7

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Page 1: Contrato de adhesión: Aquel en el que las FECHA cláusulas ......CONTRATO DE ADHESIÓN Y CONDICIONES NEGOCIALES GENERALES DE COMPRA Y USO DE LAS TARJETAS SÍ ASÍ S.A.S El número

FECHAADHESIÓN:

VentaBono de InicioBono de frontalPublicidad

TIPO DERECAUDO

DE ESTECONTRATO

Contrato de adhesión: Aquel en el que las cláusulas son dispuestas por el productor o proveedor, de manera que el consumidor no puede modificarlas, ni puede hacer otra cosa que aceptarlas o rechazarlas. El presente pedido de tarjetas es un contrato de adhesión.

favor leer el CONTRATO DE ADHESIÓN al respaldo y realizar los tramites necesarios para su aceptación

CONDICIONES DEL RECAUDO DE ESTE CONTRATO: Primero.- Cuando el recaudo es producto de un Bono de Inicio o Bono de Frontal, se trata de un " ingreso recibido para terceros” (cuenta 2815 del PUC para comerciantes, Decreto 2650 de 1993), que será reintegrado o transferido inmediatamente al momento del pago al bene�ciado(a) Señor(a):_____________________________________________________________cédula:______________________código:______________ Segundo.- Cuando es un Contrato Publicidad el valor a recaudar es cero, porque se trata de un obsequio y no se originan comisiones, ni boni�caciones, ni compensaciones para ninguna de las partes. Tercero.- Cuando es un Contrato Venta, el pago debe ingresar a SÍ ASÍ S.A.S. y el Empresario Independiente y/o vendedor recibirá las compensaciones o comisio-nes pactadas a que hubiere lugar, las cuales se tasan del valor de la venta de las tarjetas antes de impues-tos. Nombre, cédula y codigo del Vendedor:__________________________________________________________________________________________________________________________________________

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

VENTA:

IVA:

TOTAL:

FECHANACIMIENTO:

TIPO DE TAJETA TITULAR

FECHANACIMIENTO:

TIPO DE TAJETA BENEFICIARIO 1

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CONTRATO DE ADHESIÓN Y CONDICIONES NEGOCIALES GENERALES DE COMPRA Y USO DE LAS TARJETAS SÍ ASÍ S.A.SEl número de este contrato es el mismo número de la tarjeta del titular. En cumplimiento del Estatuto del Consumidor, ley 1480 de 2011, artículo 37. CONDICIONES NEGOCIALES GENERALES Y DE LOS CONTRATOS DE ADHESIÓN: El comprador adherente declara estar informado suficiente, anticipada y expresamente sobre las condiciones generales de compra, uso de las tarjetas y que Conoce el contenido de la cobertura, de las exclusiones y de las garantías. CAPITULO 1. SOBRE LAS TARJETAS SÍ ASÍ Y SUS BENEFICIOS: El presente contrato se suscribe entre SÍ ASÍ S.A.S y el comprador de la Tarjeta titular. Cada tarjeta tiene una fecha de vencimiento impresa, contada a partir de la fecha de la firma del presente contrato. PRIMERO.- La tarjeta acredita el derecho para acceder al servicio de descuentos; debe presentarse con el documento de identidad al momento de utilizarse. SEGUNDO.- La Tarjeta es intransferible, claramente personalizada con los datos especificados por el comprador (numeral 3, artículo 47, ley 1480 de 2011). TERCERO.- SÍ ASÍ y las Tarjetas que la representan, no son entidades promotoras de salud (EPS), tampoco son medicina Prepagada, ni seguros médicos, tampoco son entidades que ofrezcan servicios de urgencias o emergencias médicas y por si mismas no prestan servicios de salud. No son tarjetas de crédito, ni débito, ni financieras. No son pólizas de seguros, tampoco sistemas prepagados, ni seguros de asistencia a las personas, el hogar, o al vehículo, u otros que se le parezcan, y por si mismas no prestan estos servicios. CUARTO.- Las Tarjetas son productos que permiten disfrutar de acceso a un grupo de empresas, instituciones y profesionales con quienes hemos pactado mediante convenios atención preferencial y descuentos, sin límite de uso, ni carencias, ni límites de edad; que aquí se denominarán: el aliado y/o los aliados. Dichos convenios hacen parte integral de este contrato; y el titular acepta utilizar únicamente los convenios vigentes disponibles. CAPITULO 2.- SOBRE LOS TITULARES Y BENEFICIARIOS: QUINTO.- Son Tarjeta-usuarios: el Titular que suscribe este contrato y puede ser una persona natural o jurídica y los beneficiarios son aquellos para quienes se compran tarjetas adicionales y se registran en el mismo formulario de este contrato. SEXTO.- El Titular que adquiere una tarjeta SÍ ASÍ MÉDICA y/o SÍ ASÍ MI MASCOTA tiene derecho a incluir los beneficiarios que necesite comprando una tarjeta para cada uno, sin importar el grado de consanguinidad. SEPTIMO.- Las otras tarjetas pueden incluir entre cinco y siete beneficiarios en cualquier grado de consanguinidad, según el plan estableci-do en el manual de productos y/o Contrato Comercial de Venta Independiente. OCTAVO.- La Tarjeta SÍ ASÍ EMPRESARIO solo puede ser adquirida por nuestros Empresa-rios Independientes activos. CAPITULO 3.- SOBRE LA TARJETA: NOVENO.- las tarjetas del titular y beneficiarios deberán ser devueltas en caso que SÍ ASÍ lo exija, en cumplimiento de los términos de este contrato. DÉCIMO.- En caso de pérdida de la tarjeta, debe solicitarse la expedición de una copia, previa presentación del denuncio y la cancelación del valor vigente para su expedición. CAPITULO 4.- SOBRE LOS PAGOS: ONCE.- el Titular responderá a los aliados por todas las facturas que se ocasionen o compromisos generados por la utilización de la tarjeta en su poder y las de los beneficiarios. Todo incumplimiento del Titular o los beneficiarios, bloqueará todos los servicios y las tarjetas del grupo. DOCE.- el valor de la tarjeta será ajustado cada año de acuerdo al salario mínimo legal vigente o de una forma racional a criterio de SÍ ASÍ. TRECE.- El precio pagado por la tarjeta da derecho a utilizar los servicios por una vigencia proporcional al valor sufragado. CATORCE.- A criterio del titular puede comprarse una tarjeta con vencimiento menor o superior al año y se pagará el valor correspondiente a la vigencia pactada. CAPITULO 5.- SOBRE LOS SERVICIOS: QUINCE.- Los aliados atenderán los servicios domiciliarios en las direcciones residenciales y/o empresariales que aparezcan registradas. Los servicios de salud a domici-lio, al vehículo y transporte, en el lugar donde se encuentre el tarjeta-usuario, siempre y cuando sea un perímetro de cobertura establecido por el aliado. Todos los servicios estarán disponibles solo en las áreas de cobertura y/o en las sedes de nuestros aliados, en los horarios y días establecidos. DIECISEIS.- los servicios pueden ser solicitados en horas de oficina directamente a SÍ ASÍ y/o al aliado, y los servicios 24 horas al aliado en los diferentes horarios previamente establecidos. DIECISIETE.- Los números telefónicos y direcciones para solicitar servicios a los aliados serán suministrados oportunamente al titular en la página web u otros medios establecidos a criterio de SÍ ASÍ. DIECIOCHO.- El tarjeta-usuario tiene la obligación de informar oportunamente a SÍ ASÍ cuando un servicio, beneficio o descuento no le sea suministra-do correcta, oportuna y satisfactoriamente. DIECINUEVE.- SÍ ASÍ velará por la total satisfacción del usuario y que los servicios le sean prestados oportunamente, pero si por alta demanda o muchas solicitudes al mismo tiempo o alta ocupación de las empresas, instituciones o profesionales aliados; catástrofes, asonadas, terrorismo, congestión en el tráfico, aislamiento e inmovilidad, inundaciones; fallas en los servicios públicos, apagones, infartos telefónicos, calamidades y otras causas ajenas a nuestra voluntad, el servicio no llega a tiempo o no puede prestarse, los tarjeta-usuarios exonerarán de toda responsabilidad a SÍ ASÍ y sus aliados. VEINTE.- Los casos prioritarios se atenderán con la mayor rapidez posible pero nuestros usuarios deben ser previsivos y solicitar los servicios con suficiente anticipación y aceptan que se debe acordar con el aliado la atención más pronta posible. CAPITULO 6.- SOBRE LA GARANTÍA: VEINTIUNO.- SÍ ASÍ garantiza que todos los convenios, sus beneficios y descuentos, están pactados por escrito y asume el compromiso de realizar alianzas estratégicas con las mejores empresas, instituciones y acreditados profesionales para garantizar excelentes servicios y productos con los mejores descuentos del mercado y exige la mejor atención para sus usuarios, realizando controles de calidad permanentes. SÍ ASÍ garantiza la entrega de la tarjeta activada y disponible para su uso inmediato; no utilizarla es responsabilidad del comprador. VEINTIDOS.- el acceso a todos los servicios y beneficios que SÍ ASÍ ofrece están sujetos a la disponibilidad y capacidad del aliado en el momento de solicitarse. VEINTITRES.- SÍ ASÍ garantiza un mínimo de veintiun (21) convenios. VEINTICUATRO.- Las empresas, instituciones y profesionales aliados, mediante el convenio y/o alianza suscrito con SÍ ASÍ, garantizan cumplir todos los requisitos exigidos por la ley para su funcionamiento y asumen toda responsabilidad por daños causados a las personas o sus bienes durante la presta-ción de los servicios, y responden por la calidad de los productos, servicios, beneficios, tarifas y descuentos especiales que se ofrecen a los clientes de SÍ ASÍ, por tanto, toda reclamación el usuario debe dirigirla directamente a la empresa o profesional que prestó el servicio y debe informar inmediatamente a SÍ ASÍ para llevar un control de la calidad y cumplimiento del aliado. VEINTICINCO.- Por vencimiento o suspensión de un convenio, incumplimiento de un aliado, fuerza mayor o caso fortuito, SÍ ASÍ sin previo aviso, en cualquier época, podrá retirar de su portafolio a un aliado, y por los servicios y beneficios que dejen de prestarse no habrá derecho a ningún tipo de reclamación. Exceptúese cuando la empresa llegue a ofrecer menos de 21 convenios. VEINTISEIS.- le corresponde al tarjeta-usuario informarse sobre las novedades en los servicios, productos y alianzas, visitando la página web o directamente en nuestra oficina. CAPITULO 7.- SOBRE LA PÉRDIDA DE LOS DERECHOS, LOS PAGOS Y LAS RENOVACIONES: VEINTISIETE.- En general se desactivaran y perderán los derechos de uso de la tarjeta, quienes cometan abusos que afecten el patrimonio o provoquen daños a equipos, vehículos, herramientas, infraestructura de la red de aliados. Así mismo quienes brinden mal trato al personal que presta los servicios o les causen lesiones o por su mal comportamiento sean declarados no gratos. VEINTIOCHO.- quien pierda los derechos, incumpla pagos, o solicite retracto después de haber ordenado sus tarjetas claramente personalizadas, no tendrá derecho a ninguna restitución, devolución, ni indemnización, ni en dinero, ni en especie, dado que este es un contrato que comienza con el acuerdo del consumidor desde la fecha de su adhesión (numeral 1 y numeral 3, artículo 47, ley 1480 de 2011). VEINTINUEVE.- Es entendido que el Titular y los beneficiarios adquieren voluntariamente la responsabilidad de cancelar la totalidad del valor de las tarjetas y los valores que se deriven del uso de la misma, facultando a SÍ ASÍ para exigirlo así. Los valores no pagados, correspondientes a la compra de la tarjeta y uso de los beneficios y servicios, prestan mérito ejecutivo mediante el presente documento y se autoriza a SÍ ASÍ para reportar a las centrales de riesgo a sus titulares morosos por cualquier concepto. TREINTA.- Todo pago, en todos los casos, será compensado solamente con tiempo de uso de la tarjeta y no es sujeto a ningún tipo de devolución en efectivo, ni en especie; exceptúese aquellos casos donde SÍ ASÍ no pueda cumplir con un mínimo de 21 convenios vigentes disponibles para uso del Tarjeta-usuario o no cumpla con las clausu-las de este contrato. CAPITULO 8.- TRATAMIENTO DE DATOS Y ACEPTACION DEL REGLAMENTO: TREINTA Y UNO.- El titular y los beneficiarios autorizan a SÍ ASÍ S.A.S de una manera consciente, expresa, inequívoca, libre y voluntaria, para dar tratamiento a los datos aquí consignados. El uso concedido incluye la facultad para entregar, transferir o transmitir la información para fines propios del desarrollo de la tarjeta y aceptan recibir información comercial de SÍ ASÍ y sus aliados por medio de correos electrónicos, mensajes de texto, redes sociales, llamadas telefónicas, comunicaciones escritas y demás medios que se estimen convenientes. TREINTA Y DOS.- La información suministrada del titular y beneficiarios, en las casillas de pedido de tarjetas hace parte integral de este contrato; las partes aceptan su contenido y declaran conocerlo, se comprometen a cumplirlo y hacerlo cumplir de los beneficiarios y todo aquello no estipulado en él se regirá conforme a las leyes colombianas y el código de comercio. TREINTA Y TRES.- El pago total de este contrato efectuado por cualquier medio o el pago de al menos la primera cuota; o la firma de un Reconocimiento de Deuda, o la suscripción de este formato físico, son constancia de la aceptación del adherente a las condiciones negociales generales del presente contrato, y se le hace entrega de una copia, como constancia escrita de la compra. Expedido en la ciudad de:_____________ el día: del mes: del año:

SE ANEXA COMPROBANTE DE PAGO O FIRMA DEL ADHERENTE COMPRADOR: FIRMA DEL EMPRESARIO INDEPENDIENTE Y/O VENDEDOR:

CEDULA:

NOMBRE:CÉDULA: CODIGO:NOMBRE: