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Contrato General de Obra – Modalidad EPC Página 1 de 24 CONTRATO GENERAL DE OBRA MODALIDAD EPC Conste por el presente contrato de obra que celebran de una parte: [auxiliar_nombre] Identificado con RUC: [auxiliar_ruc] Domiciliado en: [auxiliar_direccion], distrito de [auxiliar_distrito], provincia de [auxiliar_provincia], región [auxiliar_region]. Inscrito en la partida N° [auxiliar_partida] del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de [auxiliar_oficina_registral]. Debidamente representada por su Gerente General: [representante_titulo] [representante_nombre], identificado con DNI N° [representante_dni] En adelante se le llamará El Cliente, y de la otra parte: A & B CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS GENERALES S.A.C. Identificado con RUC: 20535747262 Domiciliado en: Calle Corrientes 111 3er piso, distrito de Surquillo, provincia de Lima, región Lima. Inscrito en la partida N° 12461191 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao. Debidamente representada por su Gerente General: Don José Carlos BALVIN REYES, identificado con DNI N° 06602190. En adelante se le denominará El Contratista; ambas partes convienen lo siguiente: ANTECEDENTES PRIMERO : Propiedad Del Cliente El Cliente es propietario del terreno ubicado en: [obra_direccion], distrito de [obra_distrito], provincia de [obra_provincia], región [obra_region]. Dónde se ejecutarán los trabajos materia del presente contrato. SEGUNDO : Actividad Del Contratista. El Contratista es una persona jurídica de derecho privado constituida bajo el régimen de sociedad anónima, cuyo objeto social principal es dedicarse a la construcción civil y equipamiento de piscinas, hidromasajes, efectos de agua, pozos profundos, sistemas contra incendio, sistemas de presión, elevación, transferencia y filtración de agua, y servicios complementarios CONDICIONES GENERALES TERCERO : Especificación del Servicio. El Cliente requiere, sobre la propiedad descrita, la prestación de los siguientes servicios: [esp_servicio] Para lo cual contrata por el presente instrumento Al Contratista. CUARTO : Modalidad del Contrato. El contrato se celebra mediante la modalidad EPC 1 (Ingeniería, Procura y Construcción). El Contratista es responsable de la ingeniería al detalle 2 , de la aplicación o selección correcta de los productos 3 que elija, y de los servicios directos que va a ejecutar. QUINTO : Responsabilidad del Contratista por la Ingeniería El Contratista desarrollará su propia ingeniería, por tanto proporcionará Al Cliente, según el tipo de servicio: 1) memorias de cálculo, 2) esquemas sanitarios, eléctricos o mecánicos, 3) detalles de instalación de accesorios en concreto o similar, y 4) planos de confección de tableros eléctricos.

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Contrato General de Obra – Modalidad EPC

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CONTRATO GENERAL DE OBRA

MODALIDAD EPC

Conste por el presente contrato de obra que celebran de una parte:

[auxiliar_nombre] Identificado con RUC: [auxiliar_ruc] Domiciliado en: [auxiliar_direccion], distrito de [auxiliar_distrito], provincia de [auxiliar_provincia], región [auxiliar_region]. Inscrito en la partida N° [auxiliar_partida] del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de [auxiliar_oficina_registral]. Debidamente representada por su Gerente General: [representante_titulo] [representante_nombre], identificado con DNI N° [representante_dni]

En adelante se le llamará El Cliente, y de la otra parte: A & B CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS GENERALES S.A.C. Identificado con RUC: 20535747262 Domiciliado en: Calle Corrientes 111 3er piso, distrito de Surquillo, provincia de Lima, región Lima. Inscrito en la partida N° 12461191 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao. Debidamente representada por su Gerente General: Don José Carlos BALVIN REYES, identificado con DNI N° 06602190.

En adelante se le denominará El Contratista; ambas partes convienen lo siguiente:

ANTECEDENTES

PRIMERO : Propiedad Del Cliente El Cliente es propietario del terreno ubicado en:

[obra_direccion], distrito de [obra_distrito], provincia de [obra_provincia], región [obra_region].

Dónde se ejecutarán los trabajos materia del presente contrato.

SEGUNDO : Actividad Del Contratista. El Contratista es una persona jurídica de derecho privado constituida bajo el régimen de sociedad anónima, cuyo objeto social principal es dedicarse a la construcción civil y equipamiento de piscinas, hidromasajes, efectos de agua, pozos profundos, sistemas contra incendio, sistemas de presión, elevación, transferencia y filtración de agua, y servicios complementarios

CONDICIONES GENERALES

TERCERO : Especificación del Servicio. El Cliente requiere, sobre la propiedad descrita, la prestación de los siguientes servicios:

[esp_servicio] Para lo cual contrata por el presente instrumento Al Contratista.

CUARTO : Modalidad del Contrato. El contrato se celebra mediante la modalidad EPC1 (Ingeniería, Procura y Construcción). El Contratista es responsable de la ingeniería al detalle2, de la aplicación o selección correcta de los productos3 que elija, y de los servicios directos que va a ejecutar.

QUINTO : Responsabilidad del Contratista por la Ingeniería El Contratista desarrollará su propia ingeniería, por tanto proporcionará Al Cliente, según el tipo de servicio: 1) memorias de cálculo, 2) esquemas sanitarios, eléctricos o mecánicos, 3) detalles de instalación de accesorios en concreto o similar, y 4) planos de confección de tableros eléctricos.

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SEXTO : Responsabilidad del Contratista por la Procura o Adquisición El Contratista es responsable de la gestión de adquisición y transporte4 de los productos3 a obra, necesarios para lograr el servicio ofrecido, y garantiza: 1) la calidad de tales productos, 2) el suministro de repuestos5, y 3) el servicio técnico respectivo. Esta responsabilidad está limitada de acuerdo a lo especificado en el presente contrato.

SÉPTIMO : Responsabilidad del Contratista por la Construcción o Instalación El Contratista es responsable de la construcción y/o instalación de los productos3 suministrados, cumpliendo la normatividad técnica, la legislación laboral, los reglamentos de seguridad y salud en el trabajo, vigentes.

OCTAVO : Entrada en vigencia o Fecha de Suscripción El contenido del presente contrato será legalmente vinculante para ambas partes desde el siguiente día hábil a su suscripción. Ese día será llamado: Fecha de Suscripción.

NOVENO : Normatividad Técnica El Contratista seguirá sus estándares de diseño de ingeniería, arquitectura, construcción, ejecución, operación y mantenimiento, siempre y cuando estos igualen o superen la legislación nacional6 vigente al momento de la prestación del servicio. De no existir la legislación nacional respectiva, o no ser precisa, se usarán normas internacionales de naciones o instituciones privadas de reconocido prestigio y aceptación mundial.

DÉCIMO : Definición y Alcance de las Proformas Una proforma es una propuesta técnico-económica que contiene una lista de productos3 a suministrar en orden de importancia, y una lista de servicios por realizar en orden de ejecución; a los ítems en cada proforma se les denominará partidas7. Su objetivo es brindar referencialmente una lista de productos3 y servicios principales, con valores unitarios8 y cantidades para fijar el precio de cada proforma.

UNDÉCIMO : Alcances de la Ingeniería del Detalle El Cliente entiende que las proformas presentadas por El Contratista son elaboradas, antes de pactar este acuerdo, a nivel de ingeniería conceptual9 o básica10; estas se basan en datos o necesidades generales proporcionadas por El Cliente, o por una inspección preliminar Del Contratista o por la revisión general de planos, memorias o similares. El Contratista está obligado recién a realizar la ingeniería de detalle una vez firmado el presente contrato. El Cliente reconoce que, durante el proceso de ingeniería de detalle2, El Contratista podrá variar las cantidades especificadas en cada partida de productos o servicios, o podrá cambiar las características de los productos o especificaciones de las partidas de servicios, por: 1) omisión de partidas, 2) “fe de erratas”, 3) diferencia de “metrados”, o por 4) inconsistencias técnicas11. Una vez realizada la ingeniería de detalle, a la nueva proforma se le denominará: “Proforma Auditada”, El Contratista la enviará Al Cliente para su conocimiento.

DUODÉCIMO : Cambios no permitidos en las Proformas El Contratista no realizará cambios en la(s) proforma(s) por decisión propia, cuando se afecten: 1. Las especificaciones técnicas de los materiales de los productos3 de contacto directo

constante con el usuario (tales como tuberías, válvulas, barandas, escaleras, estructuras metálicas, acabados de madera, bombas, motores, carpintería de madera en general y servicios similares), o que sean necesarios para evitar daños por corrosión, oxidación o efectos ambientales similares.

2. La elección del color, modelo, tamaño o forma de los acabados de construcción (pepelmas, cerámicos en general, pinturas, piedras o revestimientos similares), y en los aparatos sanitarios (cabinas de ducha, tinas de hidromasaje, spas o similares).

DECIMOTERCERO : Cambios permitidos en las Proformas El Contratista podrá cambiar, sin necesidad del consentimiento Del Cliente, 1. La marca, modelo o cantidad de los equipos, accesorios o complementos, siempre y cuando:

1) garanticen la misma calidad del producto, 2) tengan un valor económico similar, y 3)

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aseguren que se cumplirá con el diseño de ingeniería para lograr la especificación del servicio.

2. Los materiales de fabricación o alguna otra característica técnica, siempre y cuando: 1) no alteren el diseño de ingeniería para lograr la especificación del servicio, 2) aseguren la misma duración, facilidad de operación y costo de mantenimiento de los productos, y 3) no cambien la elección pactada con El Cliente por el color, tipo de material, formato o tamaño.

DECIMOCUARTO : Precio Total del Contrato El contrato podrá contener una o más proformas, estas son parte integrante del contrato. A la suma del precio de todas las proformas se le denominará: Precio Total del Contrato.

DECIMOQUINTO : Modalidad del Precio Pactado. La modalidad del precio pactado es a precio fijo o “suma alzada”.

DECIMOSEXTO : Obligaciones Del Contratista por la modalidad del Precio Pactado Los cambios permitidos que pueda realizar El Contratista durante el proceso de la ingeniería al detalle no variarán el precio de ninguna proforma, salvo aquellos casos descritos como adicionales. Los errores en “metrados” o en la relación de partidas, o en las características de los productos para lograr la especificación del servicio no darán motivo Al Contratista para intentar justificar un cambio del precio de la(s) proforma(s).

DECIMOSÉPTIMO : Obligaciones Del Cliente por la modalidad del Precio Pactado El Cliente no realizará deducciones por partidas o cantidades que no se hayan entregado o realizado, a no ser por lo establecido en el presente instrumento, por cuanto El Contratista es responsable del servicio final brindado según la modalidad del contrato, y de las garantías que se establezcan. El Cliente se compromete a no solicitar valorizaciones o realizar pagos por avances de partidas, debiendo respetarse las condiciones y plazos de pago establecidas en el presente contrato. El Cliente no solicitará la posesión y dominio de cualquier tipo de producto3 sobrante.

DECIMOCTAVO : Orden de Compra o de Servicios En caso El Cliente sea una persona de naturaleza jurídica, deberá emitir una orden de compra o de servicio por cada proforma, donde se indique: 1) datos Del Cliente y Del Contratista, 2.) tipo de moneda, valor, descuentos, impuesto y precio de la proforma, 3) resumen o glosa de la proforma, y si se desea la lista de partidas (cantidades, descripción, unidades de medida y valores parciales), 4) modalidad, forma y cronograma de pagos, y 5) firma de representantes autorizados Del Cliente.

DECIMONOVENO : Ajustes al precio por cambios económicos o legales. El Contratista sólo podrá solicitar un aumento en el precio de la(s) proforma(s) sí y solo sí al menos una de las siguientes condiciones: 1) las variables macroeconómicas (inflación de precios minoristas y mayoristas, y, el PBI nacional), 2) los aranceles u otras tasas a las importaciones, 3) los impuestos directos, 4) tipo de cambio, o 5) los conceptos y tasas remunerativas de los salarios, provoquen un alza en el costo superior al 15% del total del precio del contrato. De darse el caso arriba descrito, es responsabilidad Del Contratista demostrar el hecho; ante lo cual, El Cliente se obliga a reconocer y pagar por tales incrementos.

VIGÉSIMO : Reserva de dominio Ambas partes convienen en que la transmisión de la propiedad de aquellos productos entregados por El Contratista que no se utilicen para la manufactura o transformación o que no pierdan su integridad, se hará efectiva una vez se cancele el íntegro del precio de cada proforma a la que pertenezca cada producto. Mientras tanto, El Cliente sólo tendrá derecho a la posesión de los mismos, y no podrá venderlos o entregarlos en garantía o posesión a un tercero.

VIGÉSIMO PRIMERO : Garantías por el primer pago y por el fiel cumplimiento El presente instrumento establece las circunstancias, condiciones y formas en las que El Contratista se obliga a emitir o aceptar tales garantías, respectivamente.

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VIGÉSIMO SEGUNDO : Pagos posteriores En caso se acuerde más de un pago, se establecerá con precisión el término de una etapa o proceso de ejecución como condición para realizar el pago respectivo.

VIGÉSIMO TERCERO : Cómputo de los plazos Los plazos de ejecución acordados se indicarán en días hábiles: cinco (5) días a la semana de lunes a viernes, dado que varios servicios brindados por El Contratista: 1) son de alta especialización, 2) requieren más de una etapa para su correcta ejecución, y 3) necesitan de labores previas y complementarias constantes por parte Del Cliente.

VIGÉSIMO CUARTO : Obras de menor cuantía Una obra de menor cuantía se establece siempre y cuando el conjunto de las proformas del presente instrumento cumple al menos una de las siguientes condiciones: 1. El plazo de ejecución total no sea mayor a 3 días hábiles para obras de una sola etapa. 2. El plazo de ejecución total no sea mayor a 5 días hábiles para obras con más de una etapa. 3. El precio total del contrato no supere las dos (02) UIT, cuando la especificación del servicio

detallada en la(s) proforma(s) incluya una mezcla de partidas de productos y servicios. 4. El precio total del contrato no supere una (01) UIT, cuando la especificación del servicio

detallada en la(s) proforma(s) sólo incluya partidas de servicios.

VIGÉSIMO QUINTO : Condiciones para las obras de menor cuantía Las obras de menor cuantía se sujetarán a todas las condiciones descritas en el presente instrumento, a no ser que se indique lo contrario.

DEL PRECIO Y LA FORMA DE PAGO

VIGÉSIMO SEXTO : Del alcance del precio El precio pactado servirá Al Contratista para: 1. Suministrar los productos3 indicados en las proformas, o sus equivalencias; validados por la

ingeniería al detalle previa a la instalación. Transporte a obra según lo acordado. 2. Cubrir costos de mano de obra y dirección técnica especializada, uso y/o alquiler de equipos

de construcción, y otras herramientas, según se necesiten. 3. Asumir gastos administrativos, tributos de toda clase, cargas e indemnizaciones laborales,

seguros de accidentes laborales y de vida ley. 4. Generar utilidades Al Contratista. 5. Cualquier otro costo o gasto necesario para ejecutar la obra y cumplir con todo el contrato.

VIGÉSIMO SÉPTIMO : Precio Total del Contrato Para el cumplimiento de la especificación del servicio y del contrato, El Cliente pagará Al Contratista una retribución o precio total del contrato, incluido el Impuesto General a la Ventas, ascendente a:

[moneda] [precio_num] ( [precio_let] )

Detallado por la(s) siguiente(s) proforma(s), dónde se indica(n) los descuentos respectivos: N° Detalle Valor Valor Dscto Impuesto Parcial

[p01_n] [p01_d] [p01_v] [p01_vd] [p01_i] [p01_p] [p02_n] [p02_d] [p02_v] [p02_vd] [p02_i] [p02_p] [p03_n] [p03_d] [p03_v] [p03_vd] [p03_i] [p03_p] [p04_n] [p04_d] [p04_v] [p04_vd] [p04_i] [p04_p] [p05_n] [p05_d] [p05_v] [p05_vd] [p05_i] [p05_p] [p06_n] [p06_d] [p06_v] [p06_vd] [p06_i] [p06_p] [p07_n] [p07_d] [p07_v] [p07_vd] [p07_i] [p07_p] [p08_n] [p08_d] [p08_v] [p08_vd] [p08_i] [p08_p] [p09_n] [p09_d] [p09_v] [p09_vd] [p09_i] [p09_p]

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[p10_n] [p10_d] [p10_v] [p10_vd] [p10_i] [p10_p] [p11_n] [p11_d] [p11_v] [p11_vd] [p11_i] [p11_p] [p12_n] [p12_d] [p12_v] [p12_vd] [p12_i] [p12_p] Totales: [valor_total] [imp_total] [precio_num]

VIGÉSIMO OCTAVO : Modalidad por pronto pago En estos casos El Cliente abonará en un solo pago el íntegro del precio total del contrato, y las detracciones correspondientes.

VIGÉSIMO NOVENO : Alcances de la modalidad por pronto pago En caso se acuerde un descuento por pronto pago, este derecho sólo afecta al precio total del contrato, en ningún caso El Cliente exigirá algún beneficio adicional, reducción de plazos de entrega, o cualquier otra modificación al contrato.

TRIGÉSIMO : Métodos de Pago El Cliente podrá pagar mediante cheque al día, cheque de gerencia, depósito bancario o transferencia interbancaria en la misma moneda de las proformas.

TRIGÉSIMO PRIMERO : Abonos en otras monedas Si se abona en una moneda diferente, El Cliente aceptará el tipo de cambio que El Contratista le indique. El tipo de cambio no podrá ser mayor o menor a los precios de cambio estándares establecidos por las principales instituciones financieras, no aplica ninguna clase de tipo de cambio preferencial.

TRIGÉSIMO SEGUNDO : Registro de la fecha de pago En todos los pagos, la fecha de pago se considerará cuando los importes estén disponibles en la cuenta bancaria Del Contratista, en día hábil de lunes a viernes, antes de las 1430 horas; caso contrario, la fecha de pago se registrará el siguiente día hábil.

ADICIONALES Y DEDUCCIONES

TRIGÉSIMO TERCERO : Adicionales por vicios ocultos en el terreno o en la estructura El Contratista solicitará adicionales por vicios ocultos en los siguientes casos: 1. Si después de excavar, demoler o remover concreto o similar, o des-instalar o desmontar

productos3 o similares, encuentre objetos, rocas, otras instalaciones o cualquier otra interferencia que demore o haga imposible cumplir con las especificaciones técnicas, o con los plazos establecidos, o que su permanencia no brinde la seguridad al instalador, operador o usuario del servicio.

2. Si se comprueba que la resistencia del terreno o la capacidad de carga de la estructura existente no soportará una nueva estructura de concreto o acero.

3. En caso de existir información o estudios técnicos, pero se descubra que la calidad técnica mínima requerida por El Contratista para garantizar su trabajo no se cumple: en casos como la calidad del terreno para construcciones de obras civiles, la capacidad de estructuras para soportar cargas de cualquier tipo, entre otros.

TRIGÉSIMO CUARTO : Adicionales por solicitud del cliente El Contratista solicitará adicionales por solicitud Del Cliente, cuando: 1. Se solicite el suministro de productos o ejecución de servicios que no estén detallados en

partida alguna de cualquier proforma. 2. Se solicite el aumento en más del 10% de la cantidad de unidades de una partida de servicios

claramente indicados en la proforma. 3. Se solicite el aumento en más del 10% el valor de una partida de suministro de productos

descritos en una proforma. 4. Se solicite una modificación, ampliación, refacción o trabajo complementario, y ya se hayan

ejecutado labores, y estas se deban demoler, remover, destruir, des-instalar o desmontar; El Cliente, además del adicional, pagará por los trabajos antes mencionados.

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TRIGÉSIMO QUINTO : Adicionales por labores previas o complementarias El Contratista solicitará adicionales para realizar labores previas o complementarias, cuando: 1. El Cliente no haya podido cumplir inicialmente con las facilidades para la ejecución de

labores y pruebas respectivas, como agua limpia13, energía eléctrica14 e iluminación, a no ser que tales facilidades estén expresamente detalladas en las proformas.

2. Necesite realizar trabajos porque otros trabajos previos o complementarios realizados, ejecutándose o por realizar de parte Del Cliente o por terceros bajo su dirección o supervisión se superponen o interfieren o lo harán; como en el caso de remodelaciones, refacciones sobre estructuras de concreto o aplicación de revestimientos o instalación de aparatos sanitarios, entre otros; y, se necesiten labores no contempladas para garantizar el servicio Del Contratista.

3. Requiera cumplir con los plazos y, El Cliente no haya completado las labores previas o complementarias para la correcta ejecución de las labores Del Contratista sin interferencias, como el suministro de agua, desagüe, electricidad en general, limpieza, desmontajes, demoliciones, transportes o actividades similares.

4. El Cliente no pueda cumplir con las labores de acarreo vertical, en el interior de la propiedad, de productos y herramientas, y estas labores no estén detalladas en las proformas.

TRIGÉSIMO SEXTO : Adicionales por alteraciones del entorno El contratista solicitará adicionales por el entorno cuando: 1. Se descubra que las variables externas que no dependen Del Contratista, puedan afectar o

afecten la construcción o instalación de equipos o la correcta operación o mantenimiento de los mismos, como: variaciones en tensión, potencia y frecuencia eléctrica; niveles de agua en cisternas o pozos; calidad, balance, velocidad, temperatura y presión de agua; suministro de energía (cableado); niveles de humedad relativa, condensación, corrosión, oxidación y ruido del ambiente o del agua o del aire; o, cambios en el medio ambiente: lluvias, desprendimiento de material orgánico, velocidad del viento, presencia de sólidos en el aire (polvo o similares), actividad animal de todo tipo, entre otras circunstancias.

2. Cuando, producto de actos de Dios, vandalismo, robo, o similares sea necesario rehacer, refaccionar, demoler o desmontar los trabajos ya realizados.

3. Otras consideraciones propias del medio ambiente.

TRIGÉSIMO SÉPTIMO : Adicionales por Diseño de Ingeniería y Arquitectura A no ser que esté indicado en alguna proforma con una partida específica, El Contratista no está obligado a elaborar y entregar: 1) planos de arquitectura o ubicación, 2) planos de estructuras, instalaciones sanitarias, eléctricas o mecánicas, 3) planos isométricos, de montantes o diagramas unifilares, 4) planos de fabricación, de detalles de instalación de equipos o accesorios, 5) memorias descriptivas o similares, o 6) programas para automatización. Si la autoridad competente solicita justificaciones para realizar aprobaciones, El Contratista las elaborará respaldándolas en cálculos de ingeniería, datos de los fabricantes y en la normatividad vigente, nacional o internacional. Si además, la autoridad competente requiere la ejecución de los servicios indicados en el primer párrafo, El Cliente los cancelará por adelantado.

TRIGÉSIMO OCTAVO : Gestión y aceptación de adicionales El Contratista solicitará los adicionales de manera oportuna y formalmente. El Cliente aceptará o denegará un adicional en un plazo máximo de tres días hábiles de recibida la solicitud, y comunicará su decisión por el mismo medio. Si El Cliente incumple el plazo anterior, El Contratista extenderá el plazo de ejecución o paralizará la obra, dependiendo de las implicancias de la no ejecución del adicional. Si El Cliente deniega el adicional dentro del plazo, El Contratista no recibirá pago alguno. En caso no exista acuerdo para aceptar un adicional o para ser ejecutado por un tercero. El Cliente eximirá Al Contratista de cualquier responsabilidad, mediante comunicación formal.

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TRIGÉSIMO NOVENO : Deducciones El Contratista puede aceptar deducciones cuando sea evidente que algunos productos3 o servicios o no se han entregado o no se han realizado, respectivamente; y a su vez, la suma de los productos y servicios antes mencionados deberá superar el 15% del precio total del contrato. El Contratista elaborará una valorización de las partidas indicadas por El Cliente para verificar el valor de las posibles deducciones.

CUADRAGÉSIMO : Obras previas, complementarias o nuevas Las obras previas o complementarias que no superen el 35% del precio total del contrato no requerirán un nuevo contrato, formarán parte de este contrato con las mismas condiciones, mediante una adenda, excepto por la forma de pago. Otro tipo de obras o con porcentajes mayores al 35% se ejecutarán bajo un nuevo contrato, de no acordarse lo contrario.

DE LOS PAGOS

CUADRAGÉSIMO PRIMERO : Cálculo del monto de los pagos Todos los pagos se calcularán como un porcentaje del precio de cada proforma o del precio total del contrato.

CUADRAGÉSIMO SEGUNDO : Monto del Primer Pago El Contratista entregará los documentos contables12 el mismo día de la firma del contrato. El Cliente, se compromete a pagar el:

[ppago_p]% del precio total del contrato, ascendente a [moneda] [ppago_num] ( [ppago_let] )

De toda la proforma o proformas como pago inicial, por adelantado antes del inicio de los servicios. En caso de optar por la modalidad por pronto pago, este será el único pago a realizarse.

CUADRAGÉSIMO TERCERO : Fecha del primer pago. El Cliente realizará el primer pago como máximo hasta el quinto día hábil después de suscribirse el contrato; y, en caso se deban entregar productos en garantía, El Cliente tendrá un plazo de tres días hábiles para realizar el primer pago, después de la recepción de los productos en garantía. Si El Cliente tiene procesos internos que le impidan cumplir lo anterior, tomará sus previsiones para no incumplir el contrato.

CUADRAGÉSIMO CUARTO : Lucro cesante por el primer pago no realizado En caso El Cliente no cumpla con abonar el primer pago, El Contratista exigirá el 30% del precio total del contrato como lucro cesante, más el precio de todos los productos entregados en garantía o servicios ejecutados, si así fuere el caso.

CUADRAGÉSIMO QUINTO : Cronograma de Pagos Posteriores Si el contrato tuviese más de una proforma, cada una de estas podrá tener una forma diferente de pago. Las cuáles se describen a continuación, con las condiciones que le precedan:

N° Detalle Porcentaje Condición [pcp01_n] [pcp01_d] [pcp01_p] [pcp01_c] [pcp02_n] [pcp02_d] [pcp02_p] [pcp02_c] [pcp03_n] [pcp03_d] [pcp03_p] [pcp03_c] [pcp04_n] [pcp04_d] [pcp04_p] [pcp04_c] [pcp05_n] [pcp05_d] [pcp05_p] [pcp05_c] [pcp06_n] [pcp06_d] [pcp06_p] [pcp06_c] [pcp07_n] [pcp07_d] [pcp07_p] [pcp07_c] [pcp08_n] [pcp08_d] [pcp08_p] [pcp08_c] [pcp09_n] [pcp09_d] [pcp09_p] [pcp09_c]

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[pcp10_n] [pcp10_d] [pcp10_p] [pcp10_c] [pcp11_n] [pcp11_d] [pcp11_p] [pcp11_c] [pcp12_n] [pcp12_d] [pcp12_p] [pcp12_c] [pcp13_n] [pcp13_d] [pcp13_p] [pcp13_c] [pcp14_n] [pcp14_d] [pcp14_p] [pcp14_c] [pcp15_n] [pcp15_d] [pcp15_p] [pcp15_c] [pcp16_n] [pcp16_d] [pcp16_p] [pcp16_c] [pcp17_n] [pcp17_d] [pcp17_p] [pcp17_c] [pcp18_n] [pcp18_d] [pcp18_p] [pcp18_c] [pcp19_n] [pcp19_d] [pcp19_p] [pcp19_c] [pcp20_n] [pcp20_d] [pcp20_p] [pcp20_c]

CUADRAGÉSIMO SEXTO : Condiciones y Plazos para los Pagos Posteriores Los pagos se realizarán luego de: 1) concluir el proceso indicado en el cronograma, 2) suscripción de documento que acredite el hecho, y 3) entrega del documento contable respectivo. El Cliente tendrá un plazo máximo de cinco (05) días hábiles para realizar el pago, cumplidas las condiciones descritas. En caso El Cliente se retrase en la fecha de los pagos, El Contratista postergará la fecha de término parcial o total de la obra, en el mismo lapso de tiempo que El Cliente demore el pago. Si El Cliente realiza pagos de importes menores a lo acordado, El Contratista podrá postergar el plazo de entrega parcial o total de la obra.

CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO : Condiciones para el pago de obras de menor cuantía Todos los contratos que sean considerados de menor cuantía, por este instrumento, deberán ser cancelados por adelantado.

CUADRAGÉSIMO OCTAVO : Condiciones generales para el pago de adicionales. El Cliente pagará el cien (100%) por ciento del precio de todos los adicionales cuando se cumpla al menos una de las siguientes condiciones: 1. El precio del adicional o grupo de adicionales sea menor o igual al treinta y cinco (35%) por

ciento del precio total del contrato. 2. El precio del adicional o grupo de adicionales sea menor o igual a dos (02) UIT.

CUADRAGÉSIMO NOVENO : Condiciones para el pago de adicionales mayores En caso un adicional o grupo de adicionales supere las condiciones generales para el pago de adicionales, El Cliente pagará el setenta (70%) por ciento como pago inicial, y la diferencia al término de la(s) proforma(s) adicional(es), independientemente de la culminación de otras proformas o de la obra en su totalidad.

QUINCUAGÉSIMO : Condiciones y Plazos para el último pago de cada proforma o del total del contrato Este pago se realizará luego de: 1) concluir la totalidad de la proforma, 2) suscripción del acta de entrega y garantía de cada proforma, y 3) entrega del documento contable respectivo. El Cliente tendrá un plazo máximo de diez (10) días hábiles para realizar el pago, cumplidas las condiciones descritas.

QUINCUAGÉSIMO PRIMERO : Pago de adicionales Los adicionales se pagarán en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles desde que: 1) se acepte el adicional y 2) se presente el documento contable correspondiente. Si no se realiza el pago de acuerdo a lo pactado, El Contratista postergará el plazo de término parcial o total de la obra, en el mismo lapso de tiempo que El Cliente demore el pago.

QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO : Pago de detracciones. El Cliente abonará la detracción, acorde a lo establecido por la autoridad competente, en la cuenta especial para estos fines, el mismo día que realice cada pago Al Contratista.

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Un pago será considerado realizado, acorde al contrato, cuando El Cliente realice el pago de la detracción; de no ser así, El Contratista aumentará el plazo de entrega parcial o total de la obra, en el mismo tiempo que El Cliente demore este pago.

GARANTÍA POR EL PRIMER PAGO

QUINCUAGÉSIMO TERCERO : Garantía en productos por el primer pago. En caso, el primer pago supere el 35% del precio total del contrato, El Contratista entregará en garantía productos para la prestación del servicio, de las diversas proformas, hasta por un máximo del 70% del primer pago.

QUINCUAGÉSIMO CUARTO : Plazo de entrega de productos garantizando el primer pago El Contratista tendrá un plazo de hasta 10 días hábiles, después de la firma del contrato, para entregar estos productos; mientras se avanza con la ingeniería al detalle y los respectivos procesos administrativos de cotización, adquisición, registro y/o transporte.

QUINCUAGÉSIMO QUINTO : Garantía mediante título valor por el primer pago Siempre y cuando el primer pago supere el 35% del precio total del contrato y El Contratista no pueda entregar productos en garantía que alcancen el porcentaje acordado por el primer pago, porque los productos deban fabricarse, importarse u otros motivos aceptados por El Cliente, El Contratista firmará una título valor o letra por cada proforma que requiera entrega de productos en garantía y por un monto igual al 70% del primer pago de cada una de estas. El título valor no requerirá garantía de un tercero. La fecha de inicio de cada letra será cuando se realice el primer pago, y la de término será quince días calendario posterior al plazo de entrega acordado, como tiempo para cubrir imprevistos.

QUINCUAGÉSIMO SEXTO : Renovación del título valor En caso existan prórrogas justificadas, El Contratista renovará el título valor con los nuevos plazos aceptados por El Cliente.

QUINCUAGÉSIMO SÉPTIMO : Plazo de entrega de productos garantizados por título valor El plazo de entrega de productos en garantía por título valor será el tiempo en días calendario que demore la fabricación, importación u otro proceso, para productos similares, que es de conocimiento común en el mercado. El plazo de entrega tendrá una prórroga hasta quince días calendario adicional, sin penalidades. Tiempo acordado para entrega de productos:

N° Detalle de productos Días calendario [ptv01_n] [ptv01_d] [ptv01_p] [ptv02_n] [ptv02_d] [ptv02_p] [ptv03_n] [ptv03_d] [ptv03_p] [ptv04_n] [ptv04_d] [ptv04_p] [ptv05_n] [ptv05_d] [ptv05_p]

QUINCUAGÉSIMO OCTAVO : Obligaciones Del Cliente sobre el título valor El Cliente mantendrá el título valor en cartera, y no podrá cambiar este estado bajo ninguna condición. Tampoco podrá endosarlo a un tercero. Deberá devolverlo a más tardar el siguiente día hábil posterior a la entrega de los productos indicados.

QUINCUAGÉSIMO NOVENO : Garantías por pronto pago El Contratista entregará una combinación de productos y título valor hasta por un máximo del 70% del precio total del contrato, siempre y cuando el cliente lo requiera de manera formal. Se seguirán los mismos procedimientos citados anteriormente para la entrega de productos y para la devolución del título valor.

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GARANTÍA POR FIEL CUMPLIMIENTO

SEXAGÉSIMO : Fondo de Garantía de Fiel Cumplimiento Este fondo se compone de un porcentaje de cada pago que es retenido por El Cliente, con excepción del último pago. El Contratista emitirá el documento contable respectivo por el monto o porcentaje acordado de cada pago, sin deducir el porcentaje de la retención. El porcentaje del fondo de garantía será del diez (10%) por ciento.

SEXAGÉSIMO PRIMERO : Uso del Fondo de Garantía por Fiel Cumplimiento El Cliente, sin necesidad de aprobación Del Contratista, sólo podrá usar exclusivamente el fondo de garantía por fiel cumplimiento para culminar el servicio especificado en este contrato, sí y sólo si, el presente instrumento ha sido resuelto por causas imputables Al Contratista.

SEXAGÉSIMO SEGUNDO : Condiciones para retener el Fondo de Garantía El Cliente retendrá un porcentaje como fondo de garantía, si y sólo si se cumple al menos una de las siguientes condiciones: 1. Cuando el precio total del contrato supere las quince (15) UIT, indistintamente del tipo de

servicio de cada proforma. 2. Cuando el plazo de ejecución sea ininterrumpido y supere los treinta (30) días hábiles. 3. Cuando el plazo de ejecución tenga más de una etapa de ejecución y la suma de los plazos

de ejecución de cada etapa supere los cuarenta y cinco (45) días hábiles. 4. Cuando alguna o varias proforma(s) sea(n) específicamente de obras civiles, donde se

ejecuten trabajos de acero de refuerzo, concreto armado, enlucidos, instalación de revestimientos o similares, y esta(s) proforma(s) supere(n) las cinco (5) UIT. No se incluirán proformas por demoliciones, refacciones o similares.

SEXAGÉSIMO TERCERO : Fondo de Garantía de pagos por adicionales En caso se cumplan las condiciones para retener el fondo de garantía, también se retendrá el fondo de garantía a los pagos de los adicionales u obras complementarias.

SEXAGÉSIMO CUARTO : Devolución del fondo de garantía por fiel cumplimiento El Cliente abonará todas las retenciones del fondo de garantía al mismo tiempo que realiza el último pago del precio total del contrato o de la última proforma.

DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN

SEXAGÉSIMO QUINTO : Jornada de labor y trabajo nocturno El contrato considera una jornada de labor de 48 horas semanales, en 6 días a la semana. La jornada diaria de labor se cumplirá acorde con la legislación vigente y con lo aceptado por El Cliente entre las 0600 y 2200 horas. Labores fuera de este horario serán trabajo nocturno y generarán un pago adicional.

SEXAGÉSIMO SEXTO : Jornada de labor atípica Si El Contratista acepta laborar más de cuarenta y ocho (48) horas semanales y la autoridad competente lo permite, el plazo de ejecución se reducirá en el mismo porcentaje de horas adicionales que se pueda laborar. En caso El Cliente no pueda garantizar un tiempo de cuarenta y ocho (48) horas semanales por motivos ajenos Al Contratista, el plazo de ejecución aumentará en el mismo porcentaje de menos horas que se labore a la semana.

SEXAGÉSIMO SÉPTIMO : Días hábiles Días no considerados como hábiles: 1. Los domingos no se laborará por ser día de descanso semanal. 2. Los días de vacaciones generales Del Contratista, debidamente indicados en su página web

no serán considerados como hábiles.

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3. No serán considerados hábiles los doce feriados legales al año; ni los feriados extraordinarios, nacionales o locales, decretados por autoridad competente.

4. No serán considerados hábiles los feriados establecidos por los sindicatos generales o específicos del sector laboral, o los fijados por El Cliente mismo.

5. No serán considerados hábiles las huelgas, independientemente de su legalidad, que afecten directa o indirectamente al sector laboral donde se realice la obra.

SEXAGÉSIMO OCTAVO : Actividades preparatorias Estas son, pero no exclusivamente, labores de ingeniería de detalle, elaboración de planos y esquemas; adquisiciones; gestiones administrativas, selección y contratación de personal; gestión y transporte de herramientas, productos y personal; acoplamiento de motores, fabricación de aparatos sanitarios, de accesorios, soportes, recubrimiento de tuberías, confección de tableros, entre otras labores para el inicio de los trabajos; según sea el tipo estos: El plazo máximo, en días hábiles, para estas actividades de acuerdo al tipo de obra, será:

SEXAGÉSIMO NOVENO : Plazos preparatorios para sistemas de agua sumergibles 1. Instalaciones de pozo profundo con tubería hasta 3”: 10 días. 2. Instalaciones de pozo profundo con tubería superior a 3”: 15 días. 3. Instalación de sistema de bombeo sumergible, excepto pozo profundo, hasta 2”: 7 días 4. Instalación de sistema de bombeo sumergible, excepto pozo profundo, hasta 4”: 12 días

SEPTUAGÉSIMO : Plazos preparatorios para sistemas de agua de superficie 1. Instalación de equipo de bombeo en cuarto de máquinas, hasta 2”, excepto PCI: 5 días. 2. Instalación de equipo de bombeo en cuarto de máquinas, hasta 4”, excepto PCI: 7 días. 3. Instalación de equipo de bombeo en cuarto de máquinas, superior a 4”, excepto PCI: 12 días.

SEPTUAGÉSIMO PRIMERO : Plazos preparatorios para equipamiento de piscinas, fuentes y pozas de hidromasaje 1. Equipamiento de piscina, fuentes o poza de hidromasaje (redes y caseta) hasta 2”: 7 días. 2. Equipamiento de piscina, fuentes o poza de hidromasaje (redes y caseta) hasta 4”: 10 días. 3. Equipamiento de piscina, fuentes o poza de hidromasaje (redes, caseta) mayor a 4”: 15 días.

SEPTUAGÉSIMO SEGUNDO : Plazos preparatorios para tratamiento de agua, y proceso y transferencia de líquidos no combustibles 1. Instalación de sistema de tratamiento de agua Simplex: 5 días. 2. Instalación de sistema de tratamiento de agua Twin: 10 días. 3. Instalación de sistema de Proceso & Transferencia Sumergidos h. 2”: 5 días 4. Instalación de sistema de Proceso & Transferencia Sumergidos h. 4”: 10 días

SEPTUAGÉSIMO TERCERO : Plazos preparatorios para automatización y control de motores 1. Instalación de tablero de automatización y control de motores: 7 días. 2. Instalaciones de sistemas de detección contra incendio h. 10 niveles o 4 000m²: 7 días. 3. Instalaciones de sistemas de detección contra incendio áreas mayores: 12 días.

SEPTUAGÉSIMO CUARTO : Plazos preparatorios para sistemas de extinción de incendios 1. Instalaciones de red contra incendio hasta 4” o 200 rociadores: 12 días. 2. Instalaciones de red contra incendio hasta 6” o 400 rociadores: 17 días. 3. Instalaciones de red contra incendio, dimensiones mayores: 25 días. 4. Equipamiento de sistema contra incendio en caseta hasta 4”: 10 días 5. Equipamiento de sistema contra incendio en caseta superior a 4”: 15 días 6. Equipamientos con bombas normadas: según proveedor.

SEPTUAGÉSIMO QUINTO : Plazos preparatorios para fabricaciones en fibra de vidrio 1. Fabricación de tinas de hidromasaje, hasta 3 unidades: 12 días.

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2. Fabricación de spa de fibra de vidrio, 1 unidad: 17 días.

SEPTUAGÉSIMO SEXTO : Plazos preparatorios para obras civiles y revestimientos 1. Construcción de piscina, fuente o poza de hidromasaje hasta 100m²: 7 días. 2. Construcción de piscina, fuente o poza de hidromasaje hasta 400m²: 12 días. 3. Construcción de piscina, fuente o poza de hidromasaje mayor a 400m²: 17 días. 4. Revestimiento interior sumergido hasta 180m²: 7 días. 5. Revestimiento interior sumergido superior a 180m²: 12 días.

SEPTUAGÉSIMO SÉPTIMO : Plazos preparatorios en obras fuera de Lima Estos plazos se sumarán a los plazos arriba indicados para cada especialidad: 1. En casos de instalaciones en Lima Exterior: se agregarán 3 días. 2. En casos de instalaciones en provincias (capitales): se agregarán 5 días. 3. En casos de instalaciones en provincias (fuera de ciudad): se agregarán 7 días. 4. En casos de instalaciones en el extranjero: se agregarán 12 días.

SEPTUAGÉSIMO OCTAVO : Visita Previa Dentro de las actividades preparatoria se define la visita previa como el acto que ejecuta El Contratista en la obra para: 1. Ajustar la ingeniería al detalle. 2. Dar indicaciones a su personal o a personal Del Cliente. 3. Realizar verificación visual del estado de la obra antes de la recepción del terreno o de las

facilidades. 4. Recibir el terreno y/o las facilidades, antes del inicio de obra. 5. Presentar a su personal ante los representantes Del Cliente. El Cliente deberá brindar todas las facilidades para las visitas previas. La visita previa jamás se considerará como fecha de inicio de obra.

SEPTUAGÉSIMO NOVENO : Consideraciones para el inicio de obra Para considerar la fecha efectiva de inicio de obra, se deberán cumplir todas las siguientes condiciones, según corresponda al tipo de servicio: 1. Acta de Recepción de Terreno, para evitar interferencias: El terreno u obra deberá

encontrarse accesible a pie, y para vehículos y herramientas sin necesidad de equipos o trabajos adicionales, limpio y sin obstáculos, debidamente delimitado, y, con un área segura y exclusiva para guardar materiales y herramientas.

2. Acta de Recepción de Facilidades para ejecución de labores y pruebas: El Cliente deberá mantener un suministro constante de agua limpia13; suministro constante de energía eléctrica14; iluminación adecuada para labores nocturnas, en sitios oscuros o dónde se requiera una labor de precisión, y seguridad para el instalador. Las facilidades se deben encontrar en el mismo nivel donde se ejecuten los trabajos y a no más de 30 metros de estos.

3. Aprobación por parte Del Cliente de planos de arquitectura, trazado o replanteo en obra; niveles de piso terminado, entre otras medidas; ubicación de equipos; instalación e identificación de tuberías para agua y ductos de electricidad para realizar las conexiones respectivas; debidamente documentado.

4. Aprobación por parte Del Cliente de colores, formatos, medidas o modelos de los acabados y revestimientos15, y/o de los aparatos sanitarios y griferías16; cuando el tipo de servicio así lo requiera.

5. En caso El Cliente sea responsable de suministrar algunos productos para el inicio de obra o sea encargado del transporte, es necesario que estos productos sean suministrados inicial y constantemente para asegurar siempre un ritmo normal de ejecución de labores de 5 días hábiles, antes que se agoten los suministros.

6. El Cliente deberá haber cumplido las labores previas indicadas por El Contratista en un acta, boleta de servicio, notificación digital o en la proforma o en las especificaciones de los fabricantes de los productos. Las labores complementarias o paralelas no son requisito indispensable para fijar la fecha de inicio de obra.

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7. En caso El Cliente nombre un supervisor y/o un responsable técnico de la obra, deberá comunicar y presentar al responsable designado antes del inicio de obra.

OCTOGÉSIMO : Fecha efectiva de Inicio de Obra La fecha efectiva de inicio de obra indica el día desde el cuál comienza a contabilizarse el plazo de ejecución total de la obra, o los plazos parciales; por tanto, la fecha de suscripción del contrato o la fecha del primer pago jamás se considerarán como la fecha efectiva de inicio de obra. En el transcurso del plazo para cumplir las actividades preparatorias, ambas partes podrán ir cumpliendo las consideraciones para el inicio de obra, según sea su responsabilidad. La fecha efectiva de inicio de obra se fijará automáticamente, el día hábil siguiente después de cumplirse todas las condiciones siguientes: 1. Culminación de las actividades preparatorias o del vencimiento del plazo máximo para estas. 2. Cumplimiento de ambas partes de las consideraciones para inicio de obra. 3. Cancelación del primer pago, según contrato.

OCTOGÉSIMO PRIMERO : Plazo de ejecución Cada proforma podría tener un plazo de ejecución diferente, según lo siguiente: Plazos de ejecución, en días hábiles:

Proforma 1: Detalle de proforma 1: Plazo de ejecución de la proforma 1:

OCTOGÉSIMO SEGUNDO : Etapas de ejecución de la obra Si un trabajo, descrito en cada proforma, requiere fraccionarse en más de una etapa, se indicará de la siguiente manera:

Proforma: Detalle de proforma: Nombre de Etapa 1: Condición para inicio de etapa 1: Plazo de ejecución de etapa 1: Condición para término de etapa 1: Nombre de Etapa 2: Condición para inicio de etapa 2: Plazo de ejecución de etapa 2: Condición para término de etapa 2:

En ningún caso el plazo de ejecución de todas las etapas de la misma proforma será diferente al plazo de ejecución total de la misma.

OCTOGÉSIMO TERCERO : Ejecución de trabajos con consideraciones especiales En general, toda aplicación de revestimientos sumergidos, instalación final de aparatos sanitarios, equipo de detección de incendios, accesorios especiales, o servicios similares, deberán ejecutarse al final del proyecto17 total Del Cliente, y/o pocos días antes de la entrega a los usuarios finales, para asegurar la calidad del servicio, la integridad de los productos, y evitar el hurto o vandalismo. Por tanto, el tiempo de ejecución, podrá fraccionarse en etapas si es necesario.

OCTOGÉSIMO CUARTO : Compromiso de Entrega El Contratista se compromete a entregar la obra totalmente concluida dentro del plazo de cada proforma, a no ser que se produzcan eventos descritos en este contrato que alteren dichos plazos.

DE LA EJECUCIÓN

OCTOGÉSIMO QUINTO : Subcontratistas El Contratista podrá subcontratar los servicios de terceros en su totalidad o en parte según su propio criterio y discreción.

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El Contratista es responsable por el accionar de sus subcontratistas, de la misma manera que responde por cada miembro de su propia organización.

OCTOGÉSIMO SEXTO : Seguridad en el trabajo El Cliente es responsable de informar y hacer cumplir las normas de seguridad en el trabajo de acuerdo a la legislación vigente, con excepción de aquellos contratos dónde se especifique que El Contratista mantenga un residente de obra. Por tanto, todo el personal Del Contratista está obligado a seguir tales indicaciones y a asistir a cualquier evento sobre seguridad que El Cliente establezca.

OCTOGÉSIMO SÉPTIMO : Limpieza del área de trabajo El Contratista es responsable de mantener limpio y ordenado su área de trabajo durante la ejecución diaria de labores, y de no ser posible, lo hará al término de cada jornada diaria.

OCTOGÉSIMO OCTAVO : Horario de ingreso y salida de personal Del Contratista El personal Del Contratista podrá ingresar hasta treinta (30) minutos antes de la hora acordada para inicio de labores y podrá salir hasta treinta (30) minutos después de la hora acordada como término de jornada de labor. Igualmente podrán ingresar o salir a cualquier hora dentro de la jornada de labor acordada, sin necesidad de exponer motivas para tal efecto.

OCTOGÉSIMO NOVENO : Órdenes emitidas por El Cliente El Cliente no podrá emitir órdenes a ningún personal Del Contratista específicamente sobre: procedimientos constructivos o de instalación, preparación o dosificación de mezclas, especificaciones técnicas sobre instalación o construcción, secuencia de trabajos, y plazos o tiempos de preparación previa, ejecución o espera entre cada proceso o etapa. Con excepción de que no se estén cumpliendo las especificaciones técnicas propuestas por El Contratista.

NONAGÉSIMO : Ingreso de productos listados como partidas Todos los productos listados como partidas serán entregados por El Contratista en las instalaciones Del Cliente a no ser que sean obras fuera de Lima y El Cliente asuma los costos de transporte. Los productos serán revisados por ambas partes antes de la firma del documento contable respectivo: guía de remisión, a partir del momento de la recepción El Contratista ya no es responsable de la custodia e integridad de tales productos.

NONAGÉSIMO PRIMERO : Custodia de Productos El Cliente es responsable de la custodia y seguridad de los productos que ha recibido mediante documento formal contable: guía de remisión, inclusive de los productos que ya han sido instalados o de aquellos que han sido solicitados para su instalación y están en proceso de ser instalados.

NONAGÉSIMO SEGUNDO : Ingreso de materiales no listados como partidas Los materiales de construcción, materiales generales de instalación, materiales de instalación mecánica, sanitaria y eléctrica, materiales de limpieza y mantenimiento, materiales de embalaje y protección serán entregados sin necesidad de la formalidad o recepción que deben considerarse para los productos listados en partidas.

NONAGÉSIMO TERCERO : Ingreso y Retiro de herramientas, sobrantes y material excedente. El Cliente facilitará el ingreso y retiro de herramientas, sobrantes y material excedente, a discreción Del Contratista.

NONAGÉSIMO CUARTO : Área de almacén El Cliente dispondrá de un área exclusiva para que El Contratista guarde sus herramientas y materiales, esta área será de uso exclusivo Del Contratista, y estará prohibido el acceso de cualquier persona ajena Al Contratista. El Cliente no podrá trasladar o desmontar el almacén sin el conocimiento previo y consentimiento Del Contratista.

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FUERZA MAYOR Y CASOS FORTUITOS

NONAGÉSIMO QUINTO : Causas de fuerza mayor o actos de Dios Son los hechos que no se pueden evitar y no se pueden prever. Se aceptarán prórrogas en los siguientes casos: 1) desastres naturales como terremotos, tsunamis, inundaciones, deslizamientos, deforestaciones, contaminación ambiental, 2) fenómenos naturales como lluvias intensas, granizadas, fuertes vientos, muy altas o muy bajas temperaturas, congelamientos o heladas, y 3) conflicto externo o interno, declarado o no.

NONAGÉSIMO SEXTO : Casos fortuitos Son los hechos que no se pueden evitar, pero se podrían prever hasta cierto límite razonable. Ambas partes deben emplear los medios mínimos para prevenir estas ocurrencias o limitar los daños derivados de los siguiente casos: guerra, invasiones, acciones terroristas, asonadas, tumultos civiles, insurrección, huelgas, conflictos laborales, expropiación, confiscación, incautación, destrucción o anexión por cualquier autoridad gubernativa o policial, sea legal o de facto y/o que sus agentes ordenasen embargos de sus bienes, catástrofes naturales, bloqueos por accidente de transporte, retraso en el abastecimiento de materiales por causa de proveedores (huelga, accidentes etc...,en fábrica), asalto o robo de productos y herramientas fuera del local de ejecución de la obra; o, incendio o destrucción de productos, materiales o herramientas en la vía pública o en los almacenes del contratista; y, inundaciones y cambios en los parámetros de suministro de energía.

NONAGÉSIMO SÉPTIMO : Responsabilidad del Contratista frente a un acto de fuerza mayor o caso fortuito Durante la ocurrencia de una causal de fuerza mayor o caso fortuito, El Contratista deberá: 1. Tomar todas las medidas a su alcance para la protección y continuidad de la obra, con el

propósito de disminuir en lo posible los daños que pudieran resultar. 2. Deberá hacer cualquier esfuerzo razonable para eliminar sin demora las consecuencias de

dicha fuerza mayor. 3. Si El Contratista cree que la obra no puede ser concluida en el tiempo estipulado en el

presente contrato debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, deberá notificar de manera inmediata Al Cliente.

NONAGÉSIMO OCTAVO : Responsabilidad Del Cliente frente a un acto de fuerza mayor o caso fortuito En caso de producirse cualquiera de las circunstancias mencionadas, El Cliente tomará las siguientes medidas: 1. Facilitar Al Contratista para realizar los trabajos para reparar o mitigar los posibles daños. 2. Hará cualquier esfuerzo razonable para eliminar las interferencias que afecten la realización

o continuidad de la obra. 3. Aceptará los adicionales que El Contratista presente para la continuidad de la obra.

NONAGÉSIMO NOVENO : Procedimiento para notificar causas de fuerza mayor o casos fortuitos En caso de producirse cualquiera de las circunstancias mencionadas, la parte interesada deberá notificar a la otra parte dentro de los tres (03) días hábiles de producida la causal, sin perjuicio de la comunicación escrita que deberá remitir dentro de los siete (07) días hábiles posteriores a la fecha de ocurrido el hecho, informando sobre todo sus aspectos y anexando la documentación demostrativa.

PRÓRROGAS

CENTÉSIMO : Prórrogas de responsabilidad DEL CLIENTE De existir algún inconveniente en el desarrollo de la ejecución de las obras por parte de EL CLIENTE, que retrase el tiempo de término de la obra, estos hechos variarán el plazo previsto indicado en las cláusulas sobre el tiempo de ejecución y sobre etapas de ejecución de la obra.

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Son causales de prórroga de responsabilidad de EL CLIENTE, las siguientes circunstancias, pero no las únicas: 1. Cualquier tipo de adicional descrito en la cláusula sobre adicionales. 2. El incumplimiento de las fechas de pago descritas en el presente contrato. 3. La solicitud de cualquier otro trabajo complementario o previo para conseguir la

especificación del servicio que se ejecuten en la misma área de la obra, o impidan el acceso a ella o generen cualquier otro tipo de retraso.

4. La solicitud de EL CLIENTE para modificar las especificaciones técnicas de la obra, por cuanto esta modificación implicará un mayor plazo, como por ejemplo: 1) cambios en el área construida, dimensiones y medidas, 2) cambios en formas, tamaños y modelos, 3) cambios en variables de diseño como: presión, caudal, y velocidad del agua, nivel de líquidos, temperatura, calidad del agua, balance (pH), velocidad del agua; corriente eléctrica, consumo de energía, tensión, cantidad y secuencia de fases, velocidad del viento, entre otras, 4) ubicación de equipos, accesorios, entre otros, 5) cambios solicitados por autoridad competente debido a las modificaciones 6) otros cambios de similar origen.

5. La búsqueda de información o de otros productos o servicios no especificados o identificados al inicio del contrato, que demoren la toma de una decisión por parte de EL CLIENTE.

6. Si el tiempo que requiere El Cliente en la toma de decisiones, como la elección del color, forma, tamaño, ubicación, tipo de acabado o material, demora la procura o instalación de un producto; este tiempo será considerado como una prórroga hasta que El Cliente tome la decisión o hasta que El Contratista culmine todo el proceso de procura o instalación, lo que ocurra primero.

7. Otros trabajos contratados por El Cliente a terceros, que puedan interferir con la ejecución normal de la obra, o con el proceso de pruebas y entrega de obra, o puedan dañar, sin necesidad de una certeza clara, los equipos, acabados, aparatos o impedir o alterar la futura operación normal diseñada y especificada por El Contratista.

CENTÉSIMO PRIMERO : Otro tipo de Prórrogas En varias cláusulas del presente contrato figuran posibles circunstancias en las que El Contratista podrá solicitar la prórroga respectiva sin necesidad de la aprobación por parte Del Cliente. Además de las razones mencionadas, El Contratista tendrá derecho a prórrogas en los siguientes casos: Cuando se presenten casos de fuerza mayor o casos fortuitos.

CENTÉSIMO SEGUNDO : Condiciones generales para las prórrogas En todos los casos enumerados la prórroga procederá si no es culpa del contratista. Las prórrogas de plazo no generan mayor costo ni mayores gastos generales ni utilidades. Cuando El Contratista considere que se justifique una prórroga del plazo, deberá comunicarlo por escrito Al Cliente en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles a partir de la fecha en que se produzca la causa que justifique la prórroga, o se haga evidente la inminencia de ello. El Cliente, previa coordinación con El Contratista, resolverá el pedido Del Contratista dentro de los cinco (05) días hábiles de recibida la solicitud, luego de lo cual si no hubiera respuesta se entenderá aceptada la prórroga por el tiempo solicitado.

ENTREGA Y RECEPCIÓN DE OBRA

CENTÉSIMO TERCERO : Pruebas previas El Contratista antes de la entrega formal de la obra, realizará sus propias pruebas para asegurar la calidad e integridad del trabajo. El plazo para estas pruebas forma parte del tiempo total de ejecución de cada proforma. Si por cualquier motivo El Cliente no pueda suministrar agua limpia13, energía eléctrica14, conexión a desagüe, u otros suministros o acciones para realizar las pruebas respectivas, el plazo de entrega variará hasta cubrir el mismo tiempo de la demora por parte Del Cliente. El Contratista dejará constancia de que no se han cumplido todas las condiciones para realizar sus pruebas.

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CENTÉSIMO CUARTO : Fin del plazo para entrega de obra El plazo de ejecución de cada proforma culminará cuando El Contratista comunique formalmente18 su intención de entregar cada trabajo mediante un documento llamado: Nota de Entrega de Obra. Junto con la Nota de Entrega de Obra, si el trabajo incluye algún tipo de servicio de instalación de productos del tipo equipo, se entregará un Protocolo de Pruebas para Entrega de Obra para que El Cliente tenga conocimiento de las acciones a ejecutarse, de los parámetros a verificarse y de cómo se realizarán las mediciones, el día de la entrega de obra.

CENTÉSIMO QUINTO : Condiciones técnicas para entrega de obra. De acuerdo al tipo de trabajo, El Cliente es responsable de mantener un suministro, permanente, definitivo y completo, acorde a lo exigido por El Contratista, por los fabricantes de los productos, por la reglamentación vigente, y por las buenas prácticas de instalación o construcción, de: 1. Energía eléctrica14 hasta el tablero instalado o punto de conexión Del Contratista. 2. Agua limpia13, en el cuarto de máquinas o donde lo indique El Contratista. 3. Conexión a desagüe19 según se requiera. 4. Áreas libres para correcta operación, mantenimiento preventivo o correctivo, limpieza, y

desmontajes. 5. Seguridad para evitar intrusiones que puedan causar daños a personas o a productos; o que,

faciliten el hurto de los productos instalados. 6. Otras consideraciones de acuerdo al tipo de servicio ejecutado o del producto instalado. En caso El Cliente no cumpla a tiempo con todas estas condiciones, no exigirá Al Contratista la entrega final de la obra o de cada proforma. Y, será de su entera responsabilidad cualquier gasto derivado por el mal uso de los productos o servicios, o por las averías que se puedan producir por terceros, o por los hurtos.

CENTÉSIMO SEXTO : Día de entrega de obra El Cliente deberá recibir la Nota de Entrega de Obra, y anexos si los hubiese, y tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para responder la comunicación y fijar una fecha oficial de entrega de cada proforma. El Cliente fijará la fecha de entrega de obra en un plazo máximo de 7 días hábiles después de recibida la Nota de Entrega de Obra, caso contrario, El Contratista asumirá, al final de ese plazo, que la obra ha sido aceptada sin observaciones. El día oficial de la entrega de cada proforma, será el día que ambas partes verifiquen que se ha cumplido con todo lo indicado en el Protocolo de Pruebas para Entrega de Obra; o, al final del plazo establecido de 7 días hábiles, si El Cliente no fija la fecha de entrega obra.

OBSERVACIONES

CENTÉSIMO SÉPTIMO : Reporte de observaciones El Cliente sólo podrá realizar observaciones después de que El Contratista lo notifique formalmente para realizar la entrega de obra y sobre la base del protocolo de pruebas de funcionamiento.

CENTÉSIMO OCTAVO : Plazo y levantamiento de observaciones El Contratista deberá realizar las subsanaciones del caso dentro de los siguientes siete (07) días hábiles de comunicadas las referidas observaciones.

OTRAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES

CENTÉSIMO NOVENO : Otras Obligaciones Del Contratista. 1. Hacer cumplir las normas de seguridad de acuerdo a los reglamentos de Construcción Civil. 2. Proporcionar las herramientas y equipos de seguridad que sean necesarias en forma

obligatoria a todo el personal que trabaje en la obra. 3. Empleará personal calificado y debidamente identificado para ejecutar la obra objeto del

presente contrato.

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4. Ejecutar los trámites respectivos al presente contrato directamente desde su oficina principal, sólo podrán ingresar al lugar de la obra las personas que tengan autorización de los contratantes.

5. El supervisor es la única persona en dar información, aspectos operativos y técnicos, además de firmar el acta de entrega.

6. En caso el terreno donde se preste el servicio sea fuera de los límites establecidos de las ciudades de Lima y Callao, El Contratista sólo será responsable del transporte dentro de los límites de la ciudad.

CENTÉSIMO DÉCIMO : Otras obligaciones Del Cliente. 1. Gestionar las licencias de construcción, remodelación o modificación, y las licencias de

funcionamiento y operación, requeridas por la autoridad competente, salvo que expresamente estos servicios se encuentren en alguna partida.

2. Gestionar cualquier otro tipo de autorizaciones, permisos, servidumbres o similares ante autoridad competente, vecinos, juntas de propietarios u otros terceros.

3. El Cliente deberá mantener el acceso constante a servicios higiénicos, especialmente en caso de labores de jornada diaria superior a cuatro horas, o en trabajo nocturno.

PERSONAS RESPONSABLES

CENTÉSIMO UNDÉCIMO : Responsables de parte del cliente. El cliente designará las personas que cumplan las siguientes funciones: 1. Responsable Técnico de Obra 2. Recepción y entrega de productos 3. Seguridad o Vigilancia 4. Seguridad Laboral 5. Pagaduría

DOCUMENTACIÓN Y COMUNICACIONES

CENTÉSIMO DUODÉCIMO : Documentos contables 1. Documentos contables12: Estos deberán ser emitidos de acuerdo a las normas de la autoridad

competente; para acreditar la recepción, deberán tener sello o firma del cliente o su representante, y fecha y hora de recepción.

2. Guías de Remisión: Igual que un documento contable, se cumplirán todos los requisitos; sólo se emitirán guías de remisión por productos detallados en la proforma, o por sus equivalentes; los productos tipo materiales no requerirán guía de remisión a no ser que por el medio de transporte o por su cantidad, sea requerida la emisión de la misma.

CENTÉSIMO DECIMOTERCERO : Cronograma de obra 1. Cronograma de obra: Se elaborará considerando sólo los días hábiles, la secuencia de

ejecución de servicios se basará en la proforma y en la especificación del servicio una vez que haya sido auditada20 por El Contratista

2. Este cronograma sólo se elaborará cuando se cumpla que: 1) el monto total del contrato supere las 20 UIT21, 2) el proceso de ejecución sea constante, y 3) el plazo de ejecución sea mayor a 30 días hábiles.

CENTÉSIMO DECIMOCUARTO : Documentos de obra Todos los documentos de obra están mencionados en el presente contrato, deben estar firmados según se indique por alguna de las partes o por sus representantes, y son: 1. Acta de Recepción de Terreno.

2. Acta de Recepción de Facilidades.

3. Justificación por Modificaciones.

4. Análisis de Trabajo Seguro (ATS)

5. Boletas de Servicio.

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6. Protocolos de Prueba, específicos.

7. Cronograma de Obra.

8. Nota de Entrega de Obra.

9. Protocolo de Pruebas para Entrega de Obra.

10. Guía de Mantenimiento Preventivo.

11. Manuales del Fabricante.

12. Acta de Entrega y Garantía de Obra.

13. Notificación de resolución de contrato.

CENTÉSIMO DECIMOQUINTO : Medios electrónicos Los correos electrónicos serán considerados como comunicación oficial, en ningún caso sustituirán a los documentos de obra.

CENTÉSIMO DECIMOSEXTO : Otros documentos Se podrán aceptar otros documentos necesarios, si ambas partes así lo acuerdan.

CAUSALES DE RESOLUCIÓN

CENTÉSIMO DECIMOSÉPTIMO : Causales imputables Al Contratista. El contrato será resuelto por parte Del Cliente de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial por al menos una de las siguientes causas: 1. El incumplimiento injustificado de cualquiera de las obligaciones por parte de Del

Contratista. 2. No contar con la capacidad técnica para continuar la ejecución de la obra 3. No contar con la solvencia económica para continuar la ejecución de la obra 4. Transferir parcial o totalmente el presente contrato sin la debida autorización Del Cliente. 5. Si El Contratista se negara hasta tres veces a ejecutar las obligaciones que resulten

procedentes de acuerdo a los términos del presente contrato. 6. Si El Contratista se rehúsa a someterse al procedimiento de solución de controversias

previsto en las cláusulas sobre solución de controversias y en la de arbitraje. 7. Si El Contratista no ha cumplido con un avance de al menos un sesenta y siete (67%) por

ciento del valor de todas las partidas de servicios en cada plazo fijado, sin justificación.

CENTÉSIMO DECIMOCTAVO : Causas Imputables Al Cliente. El contrato será resuelto por parte Del Contratista de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial por al menos una de las siguientes causas: 1. Si El Cliente se rehúsa a someterse al procedimiento de solución de controversias previsto

en las cláusulas sobre solución de controversias y en la de arbitraje. 2. Si El Cliente contrata, paga o indica a personal Del Contratista para realizar las mismas

labores o similares u otras, en la misma propiedad o en otra. 3. Si la ejecución de la obra es suspendida por orden Del Cliente por un periodo mayor a tres

(03) días hábiles consecutivos o por un total de siete (07) días hábiles, y que tal suspensión no haya sido provocada directamente por El Contratista.

4. Si El Cliente no abona el íntegro de los pagos acordados en un plazo mayor a los cinco (05) días hábiles posterior a la fecha de vencimiento.

5. Si El Cliente ha incumplido con el vencimiento de tres fechas de pago. 6. Si El Cliente transfiere parcial o totalmente la titularidad del presente contrato, o se asocia a

un tercero, sin la respectiva aprobación Del Contratista.

CENTÉSIMO DECIMONOVENO : Procedimiento para notificar causales de resolución de contrato Si alguna de las partes tiene motivos para imputar causas de resolución de contrato a la otra parte, deberá hacerlo por escrito, en el domicilio indicado y dentro de un día hábil. El día de recepción será considerado en día hábil y antes de las 1430 horas.

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CENTÉSIMO VIGÉSIMO : Plazo para responder por imputaciones para resolución de contrato El plazo que ambas partes acuerdan para responder será de siete (07) días hábiles; entre las 0900 horas hasta las 1800 horas se podrán recibir las notificaciones. La respuesta de la parte que imputa causales de resolución no demorará más de tres (03) días hábiles, y se aplicarán los mismos procedimientos, y debe indicar claramente si acepta o no las justificaciones o explicaciones de la parte demandada.

CENTÉSIMO VIGÉSIMO PRIMERO : Constatación Física Si alguna de las partes no está de acuerdo con la respuesta a la notificación de causal de resolución; esta parte solicitará una constatación física en un plazo no mayor a tres (03) días hábiles de notificar a la otra parte. El Cliente y El Contratista se reunirán en obra, debidamente representados por sus representantes legales y por los responsables técnicos, donde se realizará la constatación física de la obra, efectuando un inventario de materiales, equipos y herramientas, y un análisis del avance de obra de acuerdo a las partidas indicadas en las proformas auditadas. Se levantará un acta de intervención por Notario Público que será suscrita por ambas partes. El costo del servicio notarial será asumido por la parte demandante, sin perjuicio de aplicar el cargo a la otra parte en proceso arbitral o judicial.

PENALIDADES

CENTÉSIMO VIGÉSIMO SEGUNDO : Condiciones generales sobre penalidades Las penalidades se aplicarán después del periodo de gracia de 8 días calendario en cualquier caso, a ambas partes, si se cumple dentro de este periodo no habrá cobro por penalidad.

CENTÉSIMO VIGÉSIMO TERCERO : Penalidades por incumplimiento de parte Del Cliente El Cliente, deberá asumir la responsabilidad en el incumplimiento de las feches de pago establecidas, asumiendo una penalidad de 0,3% por día calendario del importe correspondiente a cada pago, desde la fecha de incumplimiento, incluyendo el periodo de gracia.

CENTÉSIMO VIGÉSIMO CUARTO : Penalidades por incumplimiento de parte Del Contratista En el caso El Contratista no pueda cumplir con el lazo final acordado para la entrega total de la obra, asumirá una penalidad de 0,5% por cada día calendario del importe de la proforma o proformas que no hayan sido culminadas.

GARANTÍA DE OBRA

CENTÉSIMO VIGÉSIMO QUINTO : Causas principales de fallas de productos o servicios 1. Causas sobre Diseño e Ingeniería. (D) 2. Causas atribuibles al Producto. (P) 3. Causas relativas a la Instalación. (I) 4. Causas relativas a la Protección del producto o sistema. (S) 5. Causas relativas a la operación del producto o sistema. (O) 6. Causas relativas al mantenimiento. (M) 7. Otras Causas. (X) 8.

CENTÉSIMO VIGÉSIMO SEXTO : Garantía por el diseño de ingeniería. El Contratista asume expresamente la responsabilidad técnica por la veracidad, calidad y eficacia de la obra efectuada, según el diseño de ingeniería al detalle, de acuerdo a la modalidad del contrato mientras estén vigentes: 1) la reglamentación en la fecha que se hizo el diseño, 2) las exigencias técnicas de los fabricantes de productos, y 3) la vida útil del producto indicada por los respectivos fabricantes.

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CENTÉSIMO VIGÉSIMO SÉPTIMO : Garantía por el producto El Contratista garantiza el buen funcionamiento y operatividad los productos hasta por un (01) año desde la firma del acta de entrega de cada proforma, libre de servicio técnico preventivo, entendiéndose que es responsabilidad Del Cliente realizar la limpieza y mantenimiento respectivo desde el primer día después de la entrega de la obra

CENTÉSIMO VIGÉSIMO OCTAVO : Garantía por la instalación o construcción El Contratista garantiza la correcta instalación de los productos y servicios hasta por siete (07) años desde la firma del acta de entrega de cada proforma, condicionado al constante servicio técnico preventivo, entendiéndose que es responsabilidad Del Cliente seguir realizando la limpieza y mantenimiento respectivo desde el primer día después de la entrega de la obra, y los mantenimientos correctivos que sean necesarios conforme venzan las garantías de los productos de cada fabricante.

CENTÉSIMO VIGÉSIMO NOVENO : Garantía por la protección del producto o sistema El Contratista garantiza la correcta protección de productos o sistemas de los productos y servicios hasta por siete (07) años desde la firma del acta de entrega de cada proforma, condicionado al constante servicio técnico preventivo y que estas protecciones siempre se mantengan activas.

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO : Exclusiones de la garantía por causas relativas a la operación del Producto o Sistema El Contratista no será responsable por las siguientes causas, desde el primer día posterior a la entrega: 1. Cambio de parámetros de diseño. 2. Cambio de parámetros de operación. 3. Interferencia de terceros sistemas o equipos. 4. Operación Incorrecta 5. Falta de suministro de energía o fuente de agua 6. Continuar operando sin reportar fallas y/o alarmas

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO PRIMERO : Exclusiones de la garantía por causas relativas al mantenimiento El Contratista no será responsable por las siguientes causas, desde el primer día posterior a la entrega: 1. Falta de limpieza y/o desinfección. 2. Falta de mantenimiento preventivo de productos. 3. Mantenimiento incorrecto. 4. Servicio Técnico brindado por terceros.

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO SEGUNDO : Exclusiones de la garantía por otras causas como: El Contratista no será responsable por las siguientes causas, desde el primer día posterior a la entrega: 1. Modificaciones realizadas por terceros 2. Des-ensamblaje o des-instalación de productos sin autorización Del Contratista. 3. Fallas producidas por fallas de otros productos suministrados por terceros 4. Vandalismo o actos criminales 5. Actos de Dios

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO TERCERO : Garantía por el primer año. El Contratista se obliga a subsanar a entera satisfacción Del Cliente cualquier parte o partes de la obra que sea defectuoso, durante el primer año, contados a partir de la fecha de aceptación y recepción de la obra por El Cliente, siempre y cuando, sean su responsabilidad.

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DISPOSICIONES FINALES

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO CUARTO : Exención de Responsabilidad El Cliente deberá enviar su autorización por escrito para realizar los cambios, y la aceptación de las consecuencias de su decisión, eximiendo de cualquier responsabilidad civil o penal Al Contratista, cuando: 1. Insista en cambiar especificaciones técnicas reglamentadas por ley. 2. Desee omitir las recomendaciones o exigencias técnicas que los fabricantes de los productos

indican para la correcta selección, aplicación, labores previas, instalación o construcción, operación, mantenimiento preventivo, reparación, para recambios de, para evitar intrusiones, mala operación, cuidado del medio ambiente o protección del mismo.

El Contratista podrá paralizar la obra hasta que reciba el documento que lo exima de responsabilidad.

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO QUINTO : Domicilio de las partes. Ambas partes renuncian al fuero de su domicilio y se someten expresamente a la jurisdicción de los Jueces de Lima Sur. Todas las notificaciones judiciales se realizarán al domicilio señalado en la introducción; estos domicilios sólo podrán variarse mediante aviso por carta notarial, que surtirá efecto desde el quinto día hábil de ser notificado.

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO SEXTO : Confidencialidad. Las partes guardarán la confidencialidad requerida respecto a los documentos empleados en la celebración del presente contrato, no pueden divulgarlos a terceras personas ajenas a su ejecución o supervisión, mientras el contrato se cumpla con normalidad.

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO SÉPTIMO : Solución de controversias Las discrepancias sobre la interpretación y los alcances del presente contrato que se presenten hasta la entrega final de la obra serán solucionadas en lo posible en trato directo entre las partes, mediante el envío formal de comunicación solicitando reunión en obra o dónde ambas partes se pongan de acuerdo, en un plazo no mayor a tres días hábiles a partir de recibida la comunicación por alguna de las partes; reunión a la que ambas partes están obligadas a asistir, así como terceros que sean invitados por cualquiera de las partes, que tengan injerencia directa o indirecta en la supervisión, ejecución o decisiones de obra, o suministro de productos. Posterior a la reunión, El Cliente o el representante que el designe firmarán la Boleta de Servicio emitida por El Contratista, en caso de tratarse de temas técnicos. En caso de acordarse otros asuntos diferentes a los temas técnicos o de ejecución, ambas partes redactarán un Acta de Reunión que formará parte de este contrato como un anexo.

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO OCTAVO : Arbitraje En caso ambas partes no se pongan de acuerdo o no se presenten hasta en tres pedidos formales y consecutivos a reunión, cualquiera de las partes podrá solicitar el arbitraje, antes de recurrir a la vía civil ordinaria, la otra parte estará obligada a asistir al arbitraje. Ambas partes se comprometen a elegir de común acuerdo a un árbitro calificado técnicamente en un plazo no mayor a 15 días calendario de recibida la notificación para asistir al arbitraje.

CENTÉSIMO TRIGÉSIMO NOVENO : Referencias legales Todo lo no previsto en el presente contrato se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil en su parte pertinente. Las partes en señal de conformidad y aceptación de todo lo estipulado en el presente contrato, firman el presente documento por duplicado

En Lima, a los ___ días del mes de __________ del año 201__. ____________________ _____________________ EL CLIENTE EL CONTRATISTA

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Notas:

1 EPC: es un acrónimo inglés que significa Engineering, Procurement and Construction, es decir, Ingeniería, Compras y Construcción. 2 Ingeniería de detalle: es la fase de implantación del proyecto, contempla realizar una revisión de la ingeniería básica, a fin de adecuar y actualizar el proyecto a posibles nuevas exigencias, redimensionamientos, cambios en el entorno, nuevas políticas oficiales (ambiente) e incluso nuevos objetivos del proyecto. 3 Producto: es, pero no exclusivamente, un equipo de bombeo, limpieza, filtración, balance, desinfección, temperado o calentamiento de agua; motores, equipo electrónico, de automatización, de iluminación, o equipo eléctrico en general; complemento para lo anterior; acabados, revestimientos, aparatos sanitarios o griferías; accesorio y componentes: electrónicos, eléctricos, de limpieza, filtración, balance, desinfección, sanitarios, mecánicos; repuestos; materiales generales de instalación y herramientas consumibles; materiales de instalación sanitaria, eléctrica o mecánica; materiales de construcción; materiales de mantenimiento, limpieza, embalaje o protección; y, productos en proceso de fabricación. 4 Transporte: sólo es considerado en la ciudad de Lima y Callao, a no ser que en alguna partida de una proforma se especifique con claridad alcances mayores. 5 Repuestos: Son las piezas de recambio de productos cuyo precio supere las 2 UIT, que sean del tipo equipos, motores o complementos, que el fabricante los distribuya, y que sean la piezas más importantes; los repuestos serán suministrados hasta por un lapso de 5 años o hasta que el fabricante descontinúe el modelo del producto, lo que ocurra primero. 6 Básicamente se refiere al RNE (Reglamento Nacional de Edificaciones), pero no exclusivamente. 7 Partida: Cada una tiene un detalle, país de origen y marca si es un producto, un tipo de unidad, una cantidad de unidades, un valor unitario, y puede tener un descuento por partida. 8 Valor unitario: un valor unitario de un producto o servicio no contiene el impuesto general a las ventas. 9 Ingeniería Conceptual: Es la primera etapa de un proyecto, donde se plantean ideas y conceptos sobre viabilidad técnica, costos, rentabilidad, requerimientos generales del cliente y algunos procesos. 10 Ingeniería Básica: Es la segunda etapa de un proyecto, se profundiza todo lo realizado en la etapa de la ingeniería conceptual, se revisan las instalaciones físicas, se realiza el dimensionamiento y un listado de los equipos principales, pre-selección de proveedores y la revisión de los diagramas de procesos. 11 Inconsistencia Técnica: Se refiere a que cuando un producto o servicio depende de otro, este último puede estar sobre o sub-dimensionado, o cuando el producto o servicio está sobre o sub-dimensionado para la unidad de medida de referencia. 12 Documento contable: son los documentos autorizados por la autoridad competente en materia de impuestos, estos puede ser factura, ticket factura, boleta de venta, ticket boleta, nota de crédito, nota de débito, o cualquier otro, inclusive las guías de remisión. 13 Suministro de agua limpia: se refiere al suministro constante de agua sin presencia de sólidos, sin material orgánico, ni sólidos disueltos en agua, con un pH entre 7,0 y 7,8, alcalinidad no mayor a 160ppm, a temperatura ambiente, libre de cloruros, nivel aceptable de desinfectante residual; y, en algunos casos deberá ser potable, cuando así se indique. 14 Suministro de energía eléctrica: se refiere a que la potencia eléctrica (en kilowatts), la corriente (amperios), la tensión (voltios), la frecuencia eléctrica (hertz), las fases y la secuencia de las mismas, el balance de cargas, la puesta a tierra, la protección contra fugas a tierra, la protección contra rayos, se encuentren dentro de los parámetros que los fabricantes de productos y herramientas establecen; y, tengan un suministro constante, y estable. Igualmente, se refiere al tipo y calibre del conductor eléctrico que evite caídas de tensión durante la operación o por la acción del medio ambiente. 15 Acabados y revestimientos: se refiere a un tipo de productos como pepelmas, “porcelanatos”, cerámicos en general, pinturas, piedras o revestimientos similares, terrazos o granitos lavados, revestimientos sumergidos; o, similares. 16 Aparatos sanitarios y griferías: se refiere a un tipo de productos como cabinas de ducha, tinas de hidromasaje, spas, saunas, cuarto de vapor, desagües, mezcladoras, platos de ducha; o, similares 17 Proyecto: Entiéndase por todos los trabajos encargados Al Contratista y a terceros, en todo el terreno propiedad del cliente. 18 Comunicación digital o escrita 19 Conexión a desagüe: Empalme de la tubería del desagüe, drenajes o reboses del sistema instalado hacia la red de desagüe de la propiedad, considerando que sistema bombea agua a presión, esta red debe ser independiente hasta la caja principal de desagüe de toda la propiedad y con el tipo de tubería y conexiones adecuados para soportar esta presión.

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20 Proforma auditada: Es la proforma final, una vez se haya concluido con la ingeniería de detalle, se haya confirmado la elección y cantidad de los productos, y se hayan detallado todos los servicios en cantidad y unidades correctas, estableciéndose el mejor agrupamiento y secuencia de ejecución de los mismos. 21 UIT: Unidad Impositiva Tributaria vigente en el año que se firme el contrato.