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CONTRATOS INTERNACIONALES Legislación del Comercio Internacional

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Page 1: Contratos internacionales legislación

CONTRATOS INTERNACIONALES

Legislación del Comercio Internacional

Page 2: Contratos internacionales legislación

MARCO GENERAL:

CONTRATOSParte I

Page 3: Contratos internacionales legislación

Definición de

contrato

Según art. 1351 del

Código Civil Peruano, el

contrato se define como el

acuerdo de dos o más

partes para crear, regular,

modificar o extinguir una

relación jurídica

patrimonial.

Page 4: Contratos internacionales legislación

Principios que gobiernan los

contratos

Page 5: Contratos internacionales legislación

Requisitos del contrato

Los requisitos del contrato son los mismos que plantea el art.

140 del Código civil.

El acto jurídico es la manifestación de la

voluntad destinada a crear, regular, modificar o

extinguir relaciones jurídicas. Para su validez s

requiere:

1.- Agente capaz.

2.- Objeto física y jurídicamente posible.

3.- Fin lícito.

4.- Observancia de la forma prescrita bajo

sanción de nulidad.

Page 6: Contratos internacionales legislación

Tipos de contratos

Contratos a título oneroso y a título gratuito

Contratos bilaterales e individuales

Contratos solemnes y no solemnes

Contratos reales, consensuales y literales

Contratos nominados e innominados

Contratos principales, accesorios y derivados

Contratos de adhesión

Page 7: Contratos internacionales legislación

Art. 1151 del Código civil

Cumplimiento

parcial, tardío o

defectuoso

El Cumplimiento parcial,

tardío o defectuoso de la

obligación de hacer por

culpa del deudor, permite al

acreedor adoptar

cualquiera de las siguientes

medidas:

1. Artículo 1150°.- Opciones del

acreedor en caso de

incumplimiento

2. Considerar no ejecutada la

prestación, si resulta sin utilidad

para él.

3. Exigir al deudor la destrucción

de lo hecho o destruirlo por

cuenta de él, si le fuese

perjudicial.

4. Aceptar la prestación ejecutada,

exigiendo que se la

contraprestación, si la hubiere.

Exigir que la

prestación sea

ejecutada por

persona distinta al

deudor y por

cuenta de éste.

Exigir la ejecución

forzada del hecho

prometido, a no ser

que sea necesario

para ello emplear

violencia contra la

persona del deudor.

INCISO 1 INCISO 2

Page 8: Contratos internacionales legislación

Según art. 1155.- Prestación imposible por culpa del acreedor.

Si la prestación resulta imposible por culpa del acreedor, la obligación del deudorqueda resuelta, pero éste conserva el derecho a la contraprestación, si la hubiere.Igual regla se aplica cuando el cumplimiento de la obligación depende de unaprestación previa del acreedor y, al presentarse la imposibilidad, éste hubiera sidoconstituido en mora.Si el deudor obtiene algún beneficio con la resolución de la obligación, su valorreduce la contraprestación a cargo del acreedor.

Según art. 1156.- Prestación imposible sin culpa de las partes.

Si la prestación resulta imposible sin culpa de las partes, la obligación del deudorqueda resuelta. El deudor debe devolver en este caso al acreedor lo que por razónde la obligación haya recibido, correspondiéndole los derechos y acciones quehubiesen quedado relativos a la prestación no cumplida.

Según art. 1154.- Prestación imposible por culpa del deudor.Si la prestación resulta imposible por culpa del deudor, su obligación quedaresuelta, pero el acreedor deja de estar obligado a su contraprestación, si lahubiere, sin perjuicio de su derecho de exigirle el pago de la indemnización quecorresponda.La misma regla se aplica si la imposibilidad de la prestación sobreviene despuésde la constitución en mora del deudor.

Page 9: Contratos internacionales legislación

Extinción de las obligaciones

Se encuentran regulados por el Código Civil, en sus artículos

1220º al 1313º.

Pago Dación en

pago Compensación Condonación

Transacció

n Mutuo disenso Consolidación

Page 10: Contratos internacionales legislación

Código Civil

Peruano como

norma supletoria

Art. 1356.- Carácter supletorio de las normas sobre contratos, del Código Civil:

“Las disposiciones de la ley sobre contratos son supletorias a la voluntad de las partes, salvo que sean imperativas”.

Page 11: Contratos internacionales legislación

CONTRATACIÓN

INTERNACIONALParte II

Page 12: Contratos internacionales legislación

LEGISLACIÓN APLICABLE DERECHO INTERNACIONAL

El Derecho Internacional establece las reglas que son aplicables a las situaciones

que vinculan a dos o más países (Derecho Internacional Público) o a dos o más

personas de distintos países (Derecho Internacional Privado).

Derecho Internacional

Privado

Encontramos las reglas necesarias para regular las

relaciones contractuales celebradas entre personas

de distintos países.

Las Reglas con las

cuales las partes

contratantes pueden

actuar, es de vital

importancia para las

operaciones

internacionales.

Las legislaciones de los países de las partes

contratantes pueden alterar los efectos del contrato,

convirtiéndolos en INEJECUTABLES.

Ejempl

oContrato en el que se van a

comercializar bienes de un país con

otro.

Dicho país el comercio de dichos

bienes sea ilegal, a diferencia del

país de origen en el que dichos

bienes pueden ser comercializados

libremente.

Page 13: Contratos internacionales legislación

Reglas de Derecho Internacional aplicables a los contratos:

Aplicación de Tratados Internacionales

En el Perú, están comprendidas en los artículos 2046° al 2111° del Código Civil. Deben ser

concordadas con las reglas de Derecho Internacional Privado establecidas por el país o

países de las personas con las que se ha celebrado el contrato.

Existan Tratados

Internacionales

suscritos por el Perú

Estos Tratados serían los aplicables a las

relaciones contractuales en lo que fueran

pertinentes.

No Existan Tratados

Internacionales

suscritos por el Perú

utilizará las reglas de Derecho Internacional

Privado contenidas en el Código Civil y, ante el

vacío de estas, se aplicará la doctrina en

materia de Derecho Internacional Privado

Reconocimiento de personas jurídicas extranjeras

Es importante establecer cuál es el

reconocimiento o la posibilidad de

operar que tienen las personas

jurídicas extranjeras en nuestro

país. El artículo 2073° del Código

Civil

Las personas jurídicas

extranjeras son reconocidas por

nuestra legislación y pueden

realizar operaciones en nuestro

territorio, sujetándose a la

legislación nacional que sea

aplicable a tales operaciones.

Page 14: Contratos internacionales legislación

Conceptos GeneralesContrato internacional, es un pacto o convenio, oral o escrito, entre partes

que se obligan a cumplir sobre materia o cosa determinada, intervienen

personas físicas o jurídicas de diferentes nacionalidades.

Elementos del contrato internacional

1. Personales 2. Formales 3. Materiales

Contenido

Consentimiento

CumplimientoImportancia de la Contratación Internacional

Se plantea desde 2 perspectivas diferentes:

Perspectiva

económica

Perspectiva

jurídica

instrumento de las

transacciones de

mercancías y el soporte

fundamental del comercio

internacional.

•Coexistencia de diferentes

sistemas jurídicos.

•Inexistencia de un marco jurídico

legal.

•Falta de órganos jurisdiccionales

internacionales.

Page 15: Contratos internacionales legislación

Contenido

Identificación de las partes

Producto, normas y

características

Valor total del contrato

Condiciones de transporte

y Seguro

Periodos de entrega o de

envió

Impuestos, aranceles y

tasas

Documentos, Licencias y permisos

Condiciones y Medios de

pago

Idioma, Jurisdicción

Cláusulas generales del contrato internacional:

Page 16: Contratos internacionales legislación

Hacen referencia a los tribunales de justicia que son competentes para

resolver un conflicto derivado de una relación contractual.

Mecanismo de

Arbitraje

Las partes podrán establecer dónde será

llevado el arbitraje y quiénes serán los árbitros.

Sometimiento a

Tribunales de

JusticiaLa regla general es que el ente competente será

el Poder Judicial, el cual será pactado por las

partes

Las reglas de

Derecho

Internacional

PrivadoEl Código Civil dispone que los tribunales

peruanos sean competentes para resolver los

conflictos sobre relaciones patrimoniales.

Determinación de la Jurisdicción

Page 17: Contratos internacionales legislación

Contrato de FranquiciaUna empresa (el franquiciador) cede a otra (el franquiciado) el derecho a la

explotación de un determinado sistema para comercializar ciertos productos

y/o servicios, todo ello a cambio de una contraprestación económica.

El contenido esencial del contrato de franquicia viene

determinado por tres elementos que caracterizan a la

franquicia:

Marca

• El uso de una denominación o rótulo común y una presentación uniforme de los locales

Know-how

• conjunto de conocimientos o procesos prácticos verificados por el franquiciador y fruto de su experiencia.

Apoyo continuado

• La prestación continua por el franquiciador de asistencia comercial y técnica durante la vigencia del acuerdo

Page 18: Contratos internacionales legislación

Antecedentes

1850

• Una Compañía con sede en Stanford, creó un mecanismo de distribución para la colocación de sus productos, que principalmente eran máquinas de coser

1898

• General Motors lo utilizó para expandir su red de distribuidores

1930

• Howard Johnson estableció la primera franquicia de 25 negocios en cadena

1950-1960

• Aparecieron los llamados “gigantes de la franquicia”, MacDonalds, Burger King, Pizza Hut,Sheraton y varios servicios de alquiler de vehículos, lavandería, peluquería.

Su origen estuvo en los Estados Unidos

Page 19: Contratos internacionales legislación

Características del Contrato

Las partes del Contrato

franquiciante

franquiciatario

Transmite o cede el uso del Know how y de

su propiedad intelectual dentro del área

geográfica determinada.

Pagar precio por el uso del know how, para

explotarlo económicamente en su negocio o

empresa.

Bilateral:

Las partes se

obligan

recíprocamente, una

transmite su Know

how y la otra paga

un precio por ello.

Conmutativo:

genera obligaciones

equivalentes para

ambas partes.

De Ejecución

Sucesiva

Las obligaciones de las

partes se deben cumplir

continuamente en el

tiempo de duración.

De

colaboración

empresarial

las partes persiguen un

mismo fin que es

propender por el éxito

comercial del negocio.

Page 20: Contratos internacionales legislación

Obligaciones de las partes:

DEL FRANQUICIANTE

• Transferir el uso de losderechos de know how y lapropiedad intelectual de sunegocio en un áreadeterminada

• Garantizar la tenencia, eluso, la explotacióneconómica y el disfrutepacífico de dichosderechos durante lavigencia del contrato.

• Proporcionar lacapacitación, elentrenamiento losmanuales técnicos yoperativos del negocio.

DEL FRANQUICIATARIO

• Pagar el precio ocontraprestación por latransmisión de losderechos de uso sobre elknow how y propiedadintelectual.

• Usar dichos derechos paraexplotar comercialmente elnegocio bajo lascondiciones físicas ygeográficas contratadas.

• Permitir auditoria fiscal,financiera y contable alfranquiciante

Page 21: Contratos internacionales legislación

Clases de Franquicia

Franquicia

Maestra

Franquicia

Individual

Franquicias

Múltiples

Franquicias

de Productos

Franquicias

de Servicios

Franquicia

Corner

Otorga exclusividad

para desarrollar la

franquicia en una

determinada región

Un comerciante

adquiere los derechos

de explotar el modelo

del empresario en una

sola unidad.

se instalan en pocos m2

y forman parte

integrante de un mega

espacio o mega evento.

Adquiere los

derechos de

explotar el modelo

del empresario en

un número

determinado de

locales en un área

acordada.

se trasmite la

posibilidad de vender

dentro de un local,

determinados

productos del

franquiciante

transferencia del saber

en la prestación de un

determinado servicio

como capacitación,

asesoramiento

contable, jurídico, etc.

Page 22: Contratos internacionales legislación

Ventajas del Contrato

Desventajas del Contrato:

FRANQUICIANTE: FRANQUICIATARIO:

Los gastos de inversión inicial del negocio

corren por cuenta del franquiciatario.

Adquirirá conocimientos comerciales,

técnicos y operativos de un negocio

internacional

Sus marcas y nombres comerciales tendrán

un impacto internacional.

Aprovechará las economías de escala en

las áreas de compras o aprovisionamiento,

ventas, mercadeo o publicidad.

Podrá aumentar su volumen de ventas. Tendrá asistencia y capacitación

permanente en todas las áreas de su

negocio

FRANQUICIANTE: FRANQUICIATARIO:

Dependerá del buen manejo del negocio del

franquiciatario

Poco margen de creatividad e iniciativa

privada en la explotación y promoción de su

negocio

Perderá en cierto grado el control de su

negocio.

Toma de decisiones limitadas por las

exigencias del franquiciante

Aumentarán sus costos administrativos a

causa del control, inspección y vigilancia

Estará sometido constantemente a la

inspección y vigilancia

Page 23: Contratos internacionales legislación

Contrato de Compraventa Internacional

Es un acuerdo de voluntades de dos o más partes con el propósito

de definir obligaciones jurídicas para crear, transmitir, modificar o

extinguir derechos y obligaciones de las mismas.

Para que se configure un contrato debe existir:

Oferta Aceptación

Propuesta de contrato dirigida a una o

más personas (información del oferente,

mercancía, condiciones de pago,

momento y lugar de entrega, etc.).

Debe señalar: Las mercancías, cantidad

y precio.

Consentimiento respecto de la oferta.

La aceptación de contenga adiciones,

limitaciones u otras modificaciones, se le

considera como una contra oferta, que a

su vez requerirá aceptación de la otra

parte para que se perfeccione el

contrato.

Page 24: Contratos internacionales legislación

Obligaciones del vendedor y compradorDel vendedor Del comprador

Transmitir la propiedad del producto

vendido

Entregar el producto vendido en los

términos pactados

Conservar y custodiar el producto que se

ha obligado a entregar

Entregar al comprador los títulos de

propiedad del bien.

Prestar garantía o saneamiento en caso

de ser necesario.

Pagar el precio en el lugar y tiempo

pactado

Prestar garantías pactadas en caso de

precio aplazado

Recibir el producto comprado

Pagar los intereses pactados en caso de

precio aplazado.

Abonar los gastos de transporte, salvo

pacto contrario.

En caso de incumplimiento…

Del vendedor, el comprador podrá… Del comprador, el vendedor podrá…

Exigir al vendedor el cumplimiento de su

obligación

Rebajar el precio de la mercancía

Podrá declarar resuelto el contrato

Solicitar una indemnización por los daños y

perjuicios

Exigir que el comprador pague el precio,

que reciba la mercancía o que cumpla las

demás obligaciones

Fijar plazo suplementario

Page 25: Contratos internacionales legislación

Solicitud de cotización

(comprador)

CotizaciónOferta inicial(vendedor)

Aceptación Nacimiento del contrato

Propuesta de modificación a la

cotización(contraoferta)(Comprador)

Propuesta parcial de aceptación

(2da contraoferta)(vendedor)

• Entrega de la mercancía

• Trans. De propiedad• Entrega de

documentos

• Pagar el precio• Recepcionar la

mercancía

EJECUCION DEL CONTRATO

Obligación del

vendedor

Obligación del

comprador

Esquema de compraventa internacional

Page 26: Contratos internacionales legislación

Comisión de las naciones unidas

para el derecho mercantil

internacional (UNCITRAL)

1992 - Guía Jurídica de la CNUDMI sobre Operaciones de Comercio

Compensatorio Internacional

1983 - Normas uniformes sobre cláusulas contractuales por las que se

establece una suma convenida en razón de la falta de cumplimiento

1980 - Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de

Compraventa Internacional de Mercaderías

1974 - Convención sobre la prescripción en materia de compraventa

internacional de mercaderías

Page 27: Contratos internacionales legislación

Guía Jurídica de la

CNUDMI sobre

Operaciones de

Comercio

Compensatorio

Internacional

La Guía Jurídica se propone servir de ayuda a las partes en la negociación

de sus operaciones de comercio compensatorio internacional señalando

los problemas jurídicos propios de estas operaciones, examinando la

manera de abordarlos y sugiriendo, cuando se juzga oportuno, soluciones

que las partes podrían concertar entre ellas.

Normas uniformes

sobre cláusulas

contractuales por

las que se establece

una suma

convenida en razón

de la falta de

cumplimiento

Las presentes normas se aplican a los contratos internacionales en que las

partes hayan acordado que, en caso de falta de cumplimiento por una

parte (el deudor), la otra parte (el acreedor) tendrá derecho a obtener del

deudor una sima convenida, ya sea en concepto de pena o indemnización.

Convención de las

Naciones Unidas

sobre los Contratos

de Compraventa

Internacional de

Mercaderías

En la Convención de Viena de 1980 se establecen dos principios

generales sobre la materia.

• Partes que tengan sus establecimientos en Estados diferentes.

• Suministro de mercaderías propias del comercio internacional.

Convención sobre la

prescripción en

materia de

compraventa

internacional de

mercaderías

La Convención sobre la Prescripción establece reglas uniformes sobre el

plazo dentro del que una parte en un contrato de compraventa

internacional de mercancías debe entablar una acción judicial contra otra

parte para hacer valer una reclamación dimanante del contrato.

Page 28: Contratos internacionales legislación

Convención de Viena (1980)En la Convención de Viena de 1980 se establecen

dos principios generales sobre la materia.

• Partes que tengan sus establecimientos en

Estados diferentes.

• Suministro de mercaderías propias del

comercio internacional.

No se aplica, por lo tanto, a:

• Las mercaderías compradas para el uso

personal.

• Contratos de prestación de servicios.

• Compraventas judiciales, o en subastas.

• Valores mobiliarios, títulos o efectos de

comercio y dinero.

• Compraventas de buques, embarcaciones,

aerodeslizadores y aeronaves.

Page 29: Contratos internacionales legislación

Convención de Viena

La Convención destina siete

artículos al capítulo de la formación

del contrato; desde el artículo 14

hasta el artículo 24. Los primeros

cuatro artículos se refieren a la

oferta o propuesta de celebrar un

contrato; los artículos 18 y 22 se

refieren a la aceptación a la

propuesta, y los artículos 23 y 24

determinan el momento en que

se perfecciona el contrato.

La Convención en su artículo 23

establece: “el contrato se

perfeccionará en el momento de

surtir efecto la aceptación de la

oferta conforme a lo dispuesto en la

presente Convención”.

El artículo 24 dispone textualmente:

"a los efectos de esta Parte de la

presente Convención, la oferta, la

declaración de aceptación o

cualquier otra manifestación de

intención "llega" al destinatario

cuando se le comunica verbalmente

o se entrega por cualquier otro

medio al destinatario personalmente,

o en su establecimiento o dirección

postal o, si no tiene establecimiento

ni dirección postal en su residencia

habitual".

Page 30: Contratos internacionales legislación

Contrato de Distribución

TIPOS Contratos

de

distribución

exclusiva

En este tipo de contratos el distribuidor el fabricante nombra un

único distribuidor para una zona geográfica en concreto (región,

país, etc..), no pudiendo el fabricante canalizar ventas en el

territorio objeto de exclusiva a través de otro distribuidor o

agente independiente.

Contrato de

distribución

selectiva

El fabricante limita la venta de sus productos a un número

limitado de distribuidores, configurando un sistema de

distribución homogéneo frente a los consumidores, realizando

para ello una cuidada selección cualitativa o cuantitativa de los

distribuidores autorizados

Es aquel contrato en el cual una empresa (fabricante) se compromete a

vender sus productos a otra empresa (distribuidor) con carácter exclusivo o

no, en un determinado territorio y con fines de reventa en los mismos. Se

entiende por reventa a la venta de bienes sin transformar, en el mismo estado

en que fueron comprados

Page 31: Contratos internacionales legislación

Contenido del contrato de distribución

Pasamos brevemente a comentar las

cláusulas mas típicas que suelen conformar

los contratos de distribución en la práctica.

Territorio, productos y exclusividad

Obligación de no competencia

Organización de ventas, promoción y ferias

Condiciones de suministro

Volumen mínimo de ventas:

Información confidencial y propiedad

industrial

Obligación de stock y servicios postventa

Terminación anticipada del contrato

Indemnización por clientela

Resolución de disputas

Ley aplicable

Page 32: Contratos internacionales legislación

Contrato de agencia

Obligaciones a cargo del agenciado

a. Remuneración

b. Asistencia e información

Prestaciones a cargo del agente

a. Mediación y promoción

b. Actuación por cuenta del agenciado

c. Estabilidad o permanencia

d. Independencia

e. Cooperación

f. Lealtad y buena fe

g. Acatamiento de instrucciones

Es aquel contrato en virtud del cual una de las partes, denominada «agente»

(persona física o jurídica), se obliga frente a otra, llamada «principal», de

manera continuada o estable y a cambio de una remuneración, a promover en

un determinado territorio actos y operaciones de comercio por cuenta ajena, o

a promoverlos y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como

intermediario independiente, sin asumir el riesgo y ventura de tales

operaciones.

Page 33: Contratos internacionales legislación

TIPOS DE

JOINT

VENTURE

Corporativo

o societario Se constituye mediante la figura de la sociedad

anónima

Las partes son los socios

Los aportes conforman el patrimonio social

Contractual •Se instrumentaliza a través de contratos no

asociativos

•Participación en contribuciones y riesgos

•No se constituye una sociedad con personalidad

jurídica independiente

Internacional •Proyectos de grandes proporciones

•Penetración a nuevos mercados

Joint venture se emplea en el comercio internacional para designar un

acuerdo de colaboración, principalmente entre sociedades de capital para

llevar a cabo una o varias transacciones con ánimo de lucro y sin ánimo de

continuidad. El carácter internacional se lo proporciona bien el que al menos

uno de los socios tenga su sede central fuera del país de operación de la

empresa conjunta, o bien por realizar un nivel de actividad significativo en

más de un país.

Contrato joint venture

Page 34: Contratos internacionales legislación

Elementos esenciales

Derechos sobre la propiedad intelectual

Clausulas relativas a impuestos

Clausula de moneda

Aportaciones de capital y constitucion de la empresa.

Documentos auxiliares o colaterales al contrato

Convenio de administracion

Convenio de transferencia tecnologica

Convenio del mercadeo y distribucion

Convenio de marcas y patentes.

Page 35: Contratos internacionales legislación

El joint venture en el Perú

Nuestro país, aún con sus dificultades políticas, sociales y económicas, constituye un escenario importante para hacer negocios. Pero este sistema del Joint Venture no está muy difundido, principalmente por la falta de una Visión Empresarial competitiva.

A continuación mostramos las siguientes Prioridades de las Empresas Peruanas para formar un Joint Venture

• Inversión extranjera en operaciones

• Penetración de mercados y cobertura más competitiva

• Inversión en I + D para desarrollar nuevos productos

• Mejorar la capacidad productiva para el comercio exterior

• Desarrollo de productos

La regulación peruana

no es precisa ya que la

ley de sociedades es

una forma regular esta

y ademas de decretos

de ley que tambien se

emitieron y son una

forma de regular estos

contratos.

Tambien se avala en

general como contrato

y esta sometido al

codigo civil (art. 1353,

1354 y 1355)

Page 36: Contratos internacionales legislación

Contrato de transferencia de

tecnología

Nociones previas fabricar o comercializar un producto, para prestar un servicio o para gestionar

de forma eficaz una empresa.

Desde un punto de vista jurídico

la tecnología reúne los

requisitos necesarios para

poder ser considerado un bien

inmaterial

Es objeto de tutela por el ordenamiento jurídico a través del derecho de la propiedad industrial

Prosee un valor patrimonial en la medida en que permite a

su titular fabricar productos de mejor calidad y más competitivos

Goza de entidad suficiente para ser objeto de negocios

jurídicos la transferencia no implica necesariamente un

cambio de titularidad

sino únicamente que aquel que tiene un dominio sobre un

procedimiento

De fabricación, comercialización o gestión (proveedor),

proporciona a la otra parte

Page 37: Contratos internacionales legislación

La importancia funcional social del contrato de licencia en los procesos de transferencia de tecnología

• Artículo 7: la protección y la observación de los derechos de propiedad intelectual deberán contribuir a la promoción de la innovación tecnológica y a la transferencia

• El artículo 66.2: los países desarrollados miembros ofrecerán a las empresas e instituciones de su territorio incentivos destinados a fomentar y propiciar la transferencia.

Importación de Tecnología

• Artículo 12.- Los contratos de licencia de tecnología, de asistencia técnica, de servicios técnicos, de ingeniería básica y de detalle y demás contratos tecnológicos de acuerdo con las respectivas legislaciones de los Países Miembros, serán registrados ante el organismo nacional competente del respectivo País Miembro.

Page 38: Contratos internacionales legislación

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Page 39: Contratos internacionales legislación

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Page 40: Contratos internacionales legislación

Contrato de licencia para el uso y

explotación de marcas y patentes

• Importancia y justificación

• Cada año cientos de miles de patentes son solicitadas y concedidas en todo el mundo. Sólo en los Estados Unidos, hoy en día, existen más de cuatro millones y medio de patentes.

Origen de las patentes

El concepto de patente (del latín patere, abierto al público) surgió 2.500 años atrás en la ciudad griega de Síbaris, para premiar con la exclusividad de explotación durante un año a los inventores de nuevos lujos.

Siglos más tarde, en 1474, la Reública de Venecia decreta la obligatoriedad de comunicar al Estado todas las invenciones que hayan sido llevadas a la práctica.

• La Clasificación Internacional de Patentes (CIP), establecida por el Arreglo de Estrasburgo de 1971, prevé un sistema jerárquico de símbolos independientes del idioma para clasificar las patentes y los modelos de utilidad con arreglo a los distintos sectores de la tecnología a los que pertenecen.

Sistema de patentes internacionales

Page 41: Contratos internacionales legislación

Contrato de know how

El término Know-how, es una expresión inglesa que significa saber

cómo.

“arte de fabricación”

“Es un saber no protegido por derechos de tutela, industriales.

no se circunscribe a lo técnico; no se trata en todos los casos de

cesión de tecnología, sino también puede tratar algún aspecto de

naturaleza comercial.

Page 42: Contratos internacionales legislación

Partes que intervienen

propietario del saber o conocimiento que otorga la licencia o permiso

a quien lo denominamos el cedente, y

El beneficiario, que es la persona natural o jurídica que producirá o

comercializara con la debida autorización, el saber, el conocimiento o

experiencias que corresponden al cedente.

Page 43: Contratos internacionales legislación

Naturaleza jurídica

a. Es un contrato consensual, pues se perfecciona con el

consentimiento de las partes.

b. Es bilateral: siempre deben intervenir el cedente y el beneficiario.

c. Es un contrato de prestaciones reciprocas, pues el cedente

transfiere un conjunto de técnicas o conocimientos

Page 44: Contratos internacionales legislación

CONTRATO DE KNOW-HOW

ANTECEDENTES:

CLÁUSULA PRIMERA.- EL LICENCIANTE es una persona jurídica de derecho

OBJETO DEL CONTRATO:

El LICENCIANTE aclara que la tecnología que será materia de licencia es de naturaleza eminentemente industrial

EJECUCIÓN Y PLAZO DEL CONTRATO:

CARACTERES DEL CONTRATO:

OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL LICENCIANTE:

OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO:

APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY:

COMPETENCIA ARBITRAL:

Page 45: Contratos internacionales legislación

Contrato de asistencia técnica

DEFINICIONES PREVIAS

ABONADO

GENERAL

TÉCNICA, Contratada dicha asistencia por la Empresa…………………………………………

PERIODO DE VIGENCIA

SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA (MANTENIMIENTO).

PERIODO DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO

CARGO, FACTURACIÓN Y PAGO

Page 46: Contratos internacionales legislación