contratos mercantiles

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En el Municipio de Huehuetenango Departamento de Huehuetenango el día treinta y uno de julio del año dos mil trece, KATHERINE YULIANA AGUSTÍN MENDOZA, Notaria, constituida en la quinta calle seis guion noventa y nueve de la zona uno de esta ciudad soy requerida por una parte CAMILO GILBERTO MORALES CASTRO, de treinta y ocho (38) años de edad, soltero, de profesión Abogado y Notario, Guatemalteco de este domicilio, se identifica con su Documento Personal de Identificación –DPI- con el Código Único de Identificación –CUI- No. (1612 15947 1101) Un mil seiscientos doce, espacio quince mil novecientos cuarenta y siete, espacio un mil ciento uno, emitido por el Registro Nacional de Personas –RENAP- del municipio de Retalhuleu del Departamento de Retalhuleu, el lo sucesivo denominada PARTE VENDEDORA O VENDEDOR; y por la otra parte el señor GUILLERMO ROLANDO PALACIOS (Único Apellido), de sesenta y tres (63) años de edad, casado, de profesión Auditor, Guatemalteco de este domicilio, se identifica con su Documento Personal de Identificación –DPI- con el Código Único de Identificación –CUI- No. (2668 54516 1327) dos mil seiscientos sesenta y ocho, espacio cincuenta y cuatro mil quinientos dieciséis, espacio un mil trescientos veintisiete, emitido por el Registro Nacional de Personas – RENAP- del Municipio de Guatemala departamento de Guatemala, en lo sucesivo denominada PARTE COMPRADORA o COMPRADOR.

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CONTRATOS MERCANTILE

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En el Municipio de Huehuetenango Departamento de Huehuetenango el da treinta y uno de julio del ao dos mil trece, KATHERINE YULIANA AGUSTN MENDOZA, Notaria, constituida en la quinta calle seis guion noventa y nueve de la zona uno de esta ciudad soy requerida por una parte CAMILO GILBERTO MORALES CASTRO, de treinta y ocho (38) aos de edad, soltero, de profesin Abogado y Notario, Guatemalteco de este domicilio, se identifica con su Documento Personal de Identificacin DPI- con el Cdigo nico de Identificacin CUI- No. (1612 15947 1101) Un mil seiscientos doce, espacio quince mil novecientos cuarenta y siete, espacio un mil ciento uno, emitido por el Registro Nacional de Personas RENAP- del municipio de Retalhuleu del Departamento de Retalhuleu, el lo sucesivo denominada PARTE VENDEDORA O VENDEDOR; y por la otra parte el seor GUILLERMO ROLANDO PALACIOS (nico Apellido), de sesenta y tres (63) aos de edad, casado, de profesin Auditor, Guatemalteco de este domicilio, se identifica con su Documento Personal de Identificacin DPI- con el Cdigo nico de Identificacin CUI- No. (2668 54516 1327) dos mil seiscientos sesenta y ocho, espacio cincuenta y cuatro mil quinientos diecisis, espacio un mil trescientos veintisiete, emitido por el Registro Nacional de Personas RENAP- del Municipio de Guatemala departamento de Guatemala, en lo sucesivo denominada PARTE COMPRADORA o COMPRADOR.Manifiestan los comparecientes ser de las generales antes consignadas, y de hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y ser de los datos consignados, Los comparecientes intervienen en su propio nombre y derecho D................................ y D..........................en representacin de/ D...........................en representacin de (ambos)

(Representados)

(Si se trata de persona fsica) D................., mayor de edad, vecino de ............................, domiciliado en ..........................., con documento nacional de identidad nmero ............

(Si se trata de persona jurdica) la mercantil ..........................., S.A./S.L/etc., con domicilio en ....................... y CIF nmero .........................

En uso del poder otorgado ante D.............................., Notario de ..................., el ................ de .......... de mil novecientos ..........................., bajo el nmero ................. de los de su protocolo, y por medio del cual se halla facultado para ejercitar, entre otras, las siguientes facultades: (hacer constar aquellas que se precisen para el contrato de compraventa mercantil)

Se reconocen mutuamente con capacidad suficiente para otorgar el presente contrato de compraventa mercantil y a tal fin,

EXPONEN

I.- Que CAMILO GILBERTO MORALES CASTRO (LA POPULAR S.A.) es propietario de un bien inmueble ubicado en la cuarta calle seis guion once de la zona uno de esta ciudad de Huehuetenango inscrita en el segundo registro de la propiedad inmueble que consta en la finca cien del folio del libro doscientos de Huehuetenango.

II.- Que GUILLERMO ROLANDO PALACIO (NICO APELLIDO) (LAS MARGARITAS S.A.,) tiene inters en adquirir el bien descrito en el ordinal precedente.

III.- Que por ello ambas partes, ACUERDAN, Llevar a efecto el presente contrato de COMPRAVENTA MERCANTIL, mediante las siguientes, CLAUSULAS Primera.- El objeto del presente contrato es la compraventa de ......................, que ..............S.A. (en su caso) adquiere, de conformidad a lo previsto en sus estatutos en lo referente a su objeto social, para su uso....................

Segunda.- El precio del objeto de la compraventa es de .................................... (en letra) EUROS (.......... " )., de conformidad para ambas partes.

Tercera.- El bien objeto del contrato se entregar en ................................... el da ............ de .................. del corriente ao, entre sus ........... y sus ............... horas, corriendo a cargo de la parte vendedora los gastos de dicho transporte.

Cuarta.- El pago se efecta en el presente acto mediante ................ (metlico, cheque conformado n......... de la entidad..................., etc.), cantidad que el vendedor declara haber recibido a su entera satisfaccin, sirviendo el presente documento como carta de pago.

Quinta.- El comprador declara expresamente haber reconocido el bien objeto del contrato dando su conformidad al mismo y liberando con ello al vendedor de su responsabilidad en materia de saneamiento por vicios ocultos o defectos de calidad o cantidad.

Sexta.-Todos los gastos e impuestos que se originen como consecuencia de la formalizacin, cumplimiento o extincin del presente contrato y de las obligaciones que de l se deriven sern de cargo del comprador.

Sptima.- El presente contrato tiene carcter mercantil, rigindose por sus propias clusulas, y en lo en ellas no dispuesto, por lo previsto en el Cdigo de Comercio, leyes especiales y usos mercantiles.

Octava.- Ambas partes contratantes renuncian expresamente a su fuero sometindose a los Juzgados y Tribunales de .............................

Y en prueba de conformidad con todo ello firman el presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.

El vendedor El comprador

Fdo............ Fdo...................

Don (), gerente de la empresa (), constituida en escritura pblica otorgada ante Don (), Notario de (), e inscrita en el Registro Mercantil con fecha de () de () de (), libro (), tomo (), folio (), con CIF nm. (), y con domicilio social en (), calle (), con poderes de representacin conforme a escritura pblica autorizada por Don (), Notario de () con fecha de () de () de (), de una parte; Don (),mayor de edad, vecino de (), con domicilio en () y titular de DNI nmero (), en adelante agente, de otra parte;Acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE AGENCIA, de acuerdo con las siguientes,ESTIPULACIONES1. La empresa () nombra a Don () agente, el cual ser su representante para (especificar el acto u operacin de comercio) conforme a las siguientes instrucciones (especificar). 2. Don () se obliga frente a la empresa () a promover y concluir (especificar el acto u operacin de comercio) por cuenta ajena. 3. La actuacin por medio de subagentes requerir autorizacin expresa del empresario. 4. El agente no podr desarrollar su actividad profesional por cuenta de varios empresarios durante la vigencia del presente contrato. 5. El agente se obliga a actuar lealmente y de buena fe velando por los intereses del empresario por cuya cuenta acta, en el ejercicio de la actividad encomendada. 6. Don () se obliga a comunicar a la empresa () toda la informacin de que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestin de los actos u operaciones cuya promocin y conclusin se le encomienda por el presente contrato, as como, en particular, la relativa ala solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusin o ejecucin. 7. El agente se obliga a desarrollar su actividad conforme a las instrucciones sealadas en el apartado primero del presente contrato y aquellas recibidas de la empresa (), siempre que no afecten a su independencia. 8. El agente se obliga a recibir en nombre del empresario toda clase de reclamaciones de terceros sobre defectos o vicios de calidad o cantidad de los bienes vendidos y de los servicios prestados como consecuencia de las operaciones promovidas, aunque no se hubiesen concluido. 9. La empresa () se obliga a poner a disposicin del agente, los muestrarios, catlogos, tarifas y dems documentos necesarios para el ejercicio de la actividad encomendada. 10. La empresa () se obliga a facilitar al agente todas las informaciones necesarias para el desempeo por el agente de la actividad encomendada. 11. La empresa () abonar al agente como remuneracin la cantidad de () pesetas ms una comisin consistente en el ()% de las cantidades obtenidas por la empresa () como consecuencia de las operaciones concluidas como consecuencia de la intervencin del agente durante la vigencia del presente contrato con personas, respecto a las cuales se hubieran promovido y en su caso concluido una operacin de naturaleza anloga. 12. Por las operaciones concluidas tras la terminacin de la vigencia del presente contrato, el agente tendr derecho a la comisin cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: -Que el acto u operacin se deban principalmente a la actividad desarrollada por el agente durante la vigencia del contrato, siempre que se hubieran concluido dentro de los tres meses siguientes a partir de la extincin del contrato.-Que la empresa () o el agente hayan recibido el encargo o pedido antes de la extincin del contrato de agencia, siempre que e agente hubiera tenido derecho a percibir la comisin de haberse concluido el acto u operacin de comercio durante la vigencia del contrato.-Que la comisin no corresponda a un agente anterior, salvo que , en atencin a las circunstancias concurrentes, fuese equitativo distribuir la comisin entre ambos agentes.13. La empresa () se obliga a abonar al agente los gastos que le originen el desempeo de la actividad encomendada, siempre que medie factura o recibos justificativos. 14. El presente contrato de agencia se pacta con una duracin de () aos a contar desde la fecha de hoy. Si tras la finalizacin del plazo de duracin, las partes siguen ejecutando el presente contrato, se entender que se transforma el mismo en contrato de duracin indefinida. 15. Tanto la empresa () como Don () podr dar por finalizado el contrato en cualquier momento, sin necesidad de preaviso, en las siguientes circunstancias: -En el caso de que la otra parte incumpla, total o parcialmente, las obligaciones establecidas en el presente contrato y en la ley.-Si la otra parte es declarada en estado de quiebra o se ha admitido a trmite su solicitud de suspensin de pagos.En ambos casos se entender que el contrato finaliza a la recepcin de la notificacin escrita en la que conste la voluntad de darlo por extinguido la causa e extincin.16. El presente contrato se extinguir por muerte o declaracin de fallecimiento del agente. 17. A la extincin del presente contrato de agencia, si el agente hubiese aportado nuevos clientes a la empresa () o incrementado sensiblemente las operaciones con la clientela preexistente, tendr derecho a una indemnizacin si su actividad anterior puede continuar produciendo ventajas sustanciales a la empresa (), y resulta equitativo segn las circunstancias concurrentes, sin que pueda la indemnizacin exceder del importe medio anual de las remuneraciones percibidas por el agente durante el periodo de duracin del contrato. 18. No tendr derecho el agente a la indemnizacin por clientela en los siguientes supuestos: -Cuando la empresa () hubiese extinguido el contrato por causa de incumplimiento de las obligaciones contractuales o legales establecidas para el agente.-Cuando el agente hubiese denunciado el contrato, salvo que la denuncia tuviera como causa circunstancias imputables a la empresa (), o se fundara en la edad, la invalidez o la enfermedad del agente y no pudiera exigrsele razonablemente la continuidad de sus actividades.-Cuando, con el consentimiento de la empresa, el agente hubiese cedido a un tercero los derechos y las obligaciones de que era titular en virtud del presente contrato.19. La accin para reclamar la indemnizacin por clientela prescribe al ao a contar desde la extincin del presente contrato. 20. A la extincin del contrato de agencia, el agente no podr desarrollar actividades similares a la encomendada en el presente contrato por un plazo de () aos en la zona geogrfica de (). (Tener en cuenta que en La ley 12/1992, de 27 de mayo se establece en su art.20.2 que el pacto de limitacin de la competencia no podr tener una duracin superior a dos aos a contar desde la extincin del contrato de agencia. Si el contrato de agencia se hubiere pactado por un tiempo menor el pacto de limitacin de la competencia no podr tener una duracin superior a un ao)21. Para la resolucin de cualquier problema que surja en al interpretacin o aplicacin del presente contrato ser competente el Juez del domicilio del agente. (Tener encuentra que en la ley 12/1992, de 27 de mayo se establece en la Disposicin Adicional dicha competencia, sancionando que ser nulo cualquier pacto en contrario)Manifestando su conformidad, firman Don (), como gerente de la empresa () y Don (), por duplicado y a un solo efecto, el presente contrato de AGENCIA, en () a () de () de ().