contratos y cuasicontratos

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Contratos y otras fuentes de las obligaciones “Contratos y cuasicontratos” Indira Castañeda Luna Derecho Histórico y Filosófico

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Page 1: Contratos y cuasicontratos

Contratos y otras fuentes

de las obligaciones

“Contratos y cuasicontratos”

Indira Castañeda LunaDerecho Histórico y Filosófico

Page 2: Contratos y cuasicontratos

• Contrato

Es aquel acuerdo

entre dos o más

personas respecto a

un objeto

determinado. Se

dice que hay entre

ellas convención o

pacto.

Elementos del contrato

Consentimiento de las partes

Su Capacidad

Un objeto válido

Page 3: Contratos y cuasicontratos

Clasificación de los contratos

Cla

sific

ac

ión

de

lo

s c

on

tra

tos •Contratos

verbales

•Contratos literales

•Contratos consensuales

•Contratos reales

•Contrato de Derecho Estricto

•Contrato de Buena Fe

•Contratos unilaterales

•Contratos sinolagmoticos

•Contratos innominados

Los

co

ntr

ato

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les

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lasi

fic

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en •Comodato

•Depósito

•La prenda

Los

co

ntr

ato

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les

son

cu

atr

o •La venta

•Arrendamiento

•La sociedad

•El mandato

Page 4: Contratos y cuasicontratos

Clasificaciones de contratos

Contrato de Derecho Estricto

•En los contratos de derecho estricto (stricti iuris) las partes deben atenerse exclusivamente a lo acordado y el acreedor sólo podrá exigir del deudor lo que éste "estrictamente" prometió, sin que el juez puede añadir ni quitar nada, aunque ello choque a veces con los principios elementales de la equidad. Así, en el contrato de mutuo (de derecho estricto), el mutuante (acreedor) sólo podrá pretender del mutuario (deudor) estrictamente la devolución de la cantidad prestada, pero no podrá exigir el pago de intereses o una congruente indemnización en caso de mora, si no se hubiese pactado expresamente.

Contrato de Buena Fe

•En los contratos de buena fe el acreedor no sólo podrá exigir lo prometido, sino también todo aquello que sea exigible "según la buena fe", con arreglo a las circunstancias del caso concreto. Son por ejemplo la sociedad, el comodato, el mandato, etc.

Contratos unilaterales

•Es aquel contrato que genera obligaciones solo para una de las partes en el contrato

Contratos sinalagmáticos

•Es aquel contrato que genera obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes

Contratos innominados o atípicos

•Es aquel para el que la ley no tiene previsto un nombre específico, debido a que sus características no se encuentran reguladas por ella. No están previstos por el Código Civil, porque todos los contratos lo están; simplemente son los que no están expresamente definidos en sus artículos aunque, sin perjuicio de que las partes los definan expresamente en el momento de contratar, en el marco de su autonomía de la voluntad.

Page 5: Contratos y cuasicontratos

Clasificación de los contratos reales

Comodato

• El comodato es un contrato por el cual una parte entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o bien raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso.

Depósito

• El contrato de depósito es un contrato mediante el cual el depositante cede la posesión de una cosa al depositario para que se encargue de custodiarla, debiendo éste restituirla cuando el depositante la reclame.

La prenda

• El contrato de prenda consiste en que una parte (el deudor) entrega una cosa mueble a la otra parte (el acreedor), con la finalidad de obtener una garantía y seguridad de un crédito, de tal manera que le otorga la posesión pignoraticia y con ello la facultad de retener la cosa empeñada y, en su caso, realizarla y pagarse preferentemente con el producto de dicha realización, si el deudor no cumple la obligación garantizada.

Page 6: Contratos y cuasicontratos

Clasificación de los contratos consensuales

La venta

• Es un contrato en virtud del cual una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precio.

Arrendamiento o locación

• Es un contrato por el cual una de las partes, llamada arrendador, se obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una cosa mueble o inmueble a otra parte denominada arrendatario, quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto y determinado.

La sociedad

• El contrato de sociedad es un negocio jurídico (contrato) por el que una o varias personas físicas o jurídicas acuerdan realizar sendas o aportaciones para conseguir un fin común.

El mandato

• El mandato es un contrato por el cual una persona (mandante) confía la gestión de uno o más negocios a otra (mandatario), que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera.Es un contrato consensual, bilateral imperfecto de buena fe y gratuito por lo cual una parte (mandante) encarga a otra (mandatario)la realización de una gestión.

Page 7: Contratos y cuasicontratos

• Los pactos

El Pacto (constituido)

•El pacto constituido es aquel en que una persona conviene con otra que le pagará a día fijo una deuda preexistente.

La donación

•Es un traslado de propiedad hecho a título de dadiva.

Los

pactos

Page 8: Contratos y cuasicontratos

Fuentes de las obligaciones

Cuasicontratos. Designa a aquellas obligaciones que no nacen propiamente de un

contrato. Sino que, no tomando su fundamento en un delito, parecen nacer

como de un contrato.

Así pues, los cuasicontratos se caracterizan por el dato negativo, de no ser contratos,

sino fundamentalmente porque las obligaciones que de ellos derivan nacen de un

hecho licito en el que interviene la voluntad del hombre y que ha sido previsto por la

ley, para engendrar derechos y obligaciones, a favor y a cargo de quien lo ha querido

y además lo ha ejecutado.

Page 9: Contratos y cuasicontratos

Fuentes de las obligaciones

Delito público. Cuando afecta bienes del Servicio Público

Delito Privado. Delitos cometidos entre particulares

Cuasidelitos. Corresponde a un hecho ilícito, que consiste en que una persona obra negligentemente causando daño a otra, sin distinguir si el acto se cometió con o sin la intención de dañar efectivamente al otro.

Delito.es un

hecho ilícito,

una

infracción

castigada por

la ley