cooperación internacional a la luz del mmou de la oicv

26
Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV (experiencia de la CNBV de México) Lic. Angélica González Saravia Cos 18 de septiembre 2008 Foro sobre Modelos de Supervisión Coloquio sobre casos prácticos de capacidades y funciones del supervisor; Coordinación con sus regulados y cooperación con otros supervisores

Upload: others

Post on 16-Jul-2022

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV(experiencia de la CNBV de México)

Lic. Angélica González Saravia Cos18 de septiembre 2008

Foro sobre Modelos de SupervisiónColoquio sobre casos prácticos de capacidades y funciones del supervisor; Coordinación con sus regulados y cooperación con otros supervisores

Page 2: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

ÍNDICE

1. Organización Internacional de Comisiones deValores (OICV).

2. Características del MMOU de la OICV.

3. Experiencia de la CNBV en la utilización delMMOU: Caso práctico.

4. Comentarios finales.

Page 3: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

1. Organización Internacional de Comisiones deValores (OICV)

DATOS GENERALES

Miembros:-109 miembros ordinarios. - 11 miembros asociados. - 71 miembros afiliados.

• Están representados el 90% de los mercados globales.

OBJETIVOS

• Implementar los Principios de laOICV, con el propósito de asegurarun mercado mundial de valores justo,eficiente y transparente, protegiendocon ello a los inversionistas yreduciendo el riesgo sistémico.

• Promover mayor cooperación entrelos supervisores de valores paraprevenir y combatir el fraudetransfronterizo.

Las autoridades que quieran ser miembros de la OICV, deben cumplir en su totalidad con los Objetivos y Principios de la organización.

Page 4: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Es una realidad que existe un mundo globalizado cuyas necesidades financieras y de negocio obligan a los inversionistas a realizar operaciones transfronterizas.

Es responsabilidad de las autoridades de los distintos países miembros contar conlos mecanismos idóneos para promover el desarrollo del mercado, proteger la estabilidad financiera y los derechos de los inversionistas, en el ámbito de su competencia.

Resulta inevitable el compromiso internacional de colaborar con otras jurisdicciones para que las mismas puedan cumplir con sus responsabilidades legales cuando las operaciones tengan un aspecto internacional.

Responsabilidades Internacionales

Page 5: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Derivado de los avances tecnológicos es posible que se lleven a cabo operaciones de manera más rápida y en diversas jurisdicciones. La realización de operaciones internacionales puede implicar la realización de ilícitos por la ventaja que ofrece eldeterminar la identidad del cliente o del origen del capital.

Al existir diversos países, la supervisión y la aplicación de la ley se dificulta por factores tales como: la diversidad de los regímenes legales aplicables; por las autoridades involucradas con diversos ámbitos de competencias; por la existenciade procesos a resolverse ante el poder judicial; entre otros.

Los países independientemente de que en su sistema financiero nacional no tengaentidades financieras en otras jurisdicciones o bien, que no cuente con presencia deentidades financieras de otras jurisdicciones en su territorio, sigue estando sujeta a que en su mercado se realicen operaciones transfronterizas.

Vulnerabilidad de los Sistemas Financieros Nacionales

Page 6: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

La respuesta a todo lo anterior es una: CooperaciónInternacional.El mecanismo para llevarla a cabo está en los acuerdos decooperación; y entre los esfuerzos internacionales existentesal día de hoy, el más importante resulta ser el AcuerdoMultilateral de Entendimiento sobre Consulta, Cooperación eIntercambio de Información” (MMOU), por lo siguiente:

•Número de jurisdicciones involucradas: lo hace elesfuerzo internacional con mayores resultados al día dehoy.•Mismo texto: Es un acuerdo cuyo texto es el mismo paratodos los miembros de la organización.

Solución

Page 7: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

• Proceso para ser firmante: Todos se sujetan al mismoproceso, asegurando el estándar de cooperación requeridopara todos los firmantes del acuerdo.• Compromiso adoptado e implementado.• Verificación de cumplimiento: La OICV haimplementado el proceso que asegura que el compromisoentre los firmantes se respete, brindando con elloefectividad, fomentando con ello la permanencia delmismo.•Brinda a los firmantes, iguales derechos y obligacionesen las mismas circunstancias.

Page 8: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

ReferenteInternacional

en cooperación

Situación actual:- 48 miembros ya son firmantes (40% del total).- 15 miembros están en Anexo B (12%).- 19 miembros están en proceso de revisión (16%).- 38 miembros no han iniciado el proceso (32%).

Para el año 2010, todos los miembros de la OICVdeben de sujetarse al proceso de verificación decumplimiento de los estándares de cooperación de laorganización.

Miembros nuevos

• Para ser admitidos a la OICV deben cumplir con latotalidad de los “Objetivos y Principios para laRegulación de Valores” emitidos por la Organización,entre los cuales están los Estándares requeridos porel MMOU.

Jurisdicciones Involucradas

Page 9: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Mismo texto

MMOU

TextoMMOU.

Anexo AAutoridades firmantes del

MMOU.

Anexo BAutoridades que no han

cumplido el 100% de requisitos del MMOU.

Existe uncompromiso.

Anexo C

Modelo pararequerimientos de asistencia.

Page 10: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Ámbito de Aplicación

1. Define las bases y los mecanismos necesarios para asegurar una eficaz colaboración entre sus firmantes.

2. La obligación de cooperar en los términos establecidos en el acuerdo, medianteun diálogo y cooperación eficaz entre las autoridades firmantes, facilitando el sanodesarrollo de los mercados de valores y de derivados.

3. Fortalece la presencia internacional de la jurisdicción firmante pues permite atraer inversión, brinda seguridad a los inversionistas nacionales y extranjeros, ayuda a prevenir la impunidad de la comisión de ilícitos en el mercado financiero nacional e internacional, al contar con medios para combatirlo.

Page 11: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Proceso para ser firmantes

Page 12: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

1. Obtener informacióny registros bancarios y de valores.

2. Proporcionar información a autoridades firmantes del

MMOU.

Compromiso adoptado por los firmantes:

Para reconstruir todas las transacciones.

A fin de identificar plenamente:• Operaciones realizadas.• Precio en el que se realizó.• Hora en la que se efectuó.• Participantes de la operación.• Beneficiario final.

Se establecen los aspectos sobre los que debe de existir cooperación, dando certeza a los firmantes respecto a la información a intercambiar:

• Uso de info. privilegiada; manipulación de precios, info. relevante falsa, etc.

• Registro, emisión, oferta/venta de valores y productos derivados.

• Intermediarios del mercado.

Page 13: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

3. Compartirinformación

protegida pordisposic. de

secrecíafinanciera.

4. Asistencia legal

5. Mantener confidencialidad

De manera que no existanlimitaciones que impliquenel bloqueo de la informacióno documentación uobstáculos parasuministrarla a los firmantesdel MMOU.

En investigaciones yprocedimientos legales.

Usos de la información:- Administrativo.- Civil.- Penal.

Información ydocumentación recibidapor parte de otraautoridad extranjeracomo parte de lacooperacióninternacional.

Page 14: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Un solo proceso con múltiples contrapartes (Firmantes - Anexo A)

Page 15: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

3. Experiencia de la CNBV en el uso del MMOU

1. La experiencia de la CNBV en el uso del MMOU ha sido altamente útil para el cumplimiento del mandato legal e institucional que tiene asignados la Comisión, en relación con la supervisión del mercado de valores y de derivados en México.

2. Al amparo del MMOU, la CNBV ha recibido la colaboración y asistencia de diversasautoridades de múltiples países, recibiendo información protegida por disposiciones de secrecía; siendo apoyada en procesos de investigación a través del efectivo intercambio de información, asegurando un eficaz proceso de observancia de su marco legal.

3. La CNBV ha fortalecido su colaboración en el ámbito internacional, brindandoapoyo a sus contrapartes en la realización de los procesos de supervisión, investigación y cumplimiento de la ley.

Page 16: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Ejemplo prácticoDurante el curso normal de la supervisión, monitoreo y seguimiento quelleva a cabo la CNBV sobre el mercado de valores, la Comisión detectóuna variación inusual sobre el precio de cotización y el volumenoperado de los valores de la Empresa X, durante los días 1 a 5 de abrilde 2008, sin que además dicho evento relevante hubiera sido revelado almercado conforme a la normatividad aplicable.

Detección de variación en

precio y volumen de valores de Empresa X

Se tiene motivos para sospechar que algunos miembros

del consejo de administración pudieron haber

hecho uso de información privilegiada.

Esta situación da paso a que la CNBV inicie una investigación para determinarel posible uso de información privilegiada, que está prohibida por la Ley delMercado de Valores de México.

Page 17: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Durante el análisis de la información disponible en la CNBV, se detectóque las operaciones habían sido realizadas en la Bolsa Mexicana deValores, por 3 casas de bolsas radicadas en otra jurisdicción.

Empresa X listada en la BMV

Compra-Venta de acciones de la

Empresa X, con precios y volumen

fuera de la tendencia usual de los últimos 60 días

Casa de Bolsa “A” ubicada

en Jurisdicción 1

Casa de Bolsa “B” ubicada

en Jurisdicción 1

Casa de Bolsa “C” ubicada

en Jurisdicción 1

Page 18: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Autoridad Homóloga

del Exterior solicita

info. a 3 Casas de Bolsa

localizadas en su

jurisdicción.

La información estáen poder de las casas de bolsa

ubicadas en el extranjero (jurisdicción 1).

CNBV solicita info.

a la Autoridad Homóloga

del Exterior (firmante del

MMOU).

La CNBV solicita a su contraparte en el exterior, información que le permita:

Identificar a: clientes; beneficiarios finales; fecha, precio, y volumen operado, así como cualquier otra informaciónrelevante.

Page 19: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

La Autoridad Homóloga del Exterior de la Jurisdicción 1, recibióinformación de las casas de bolsa, y la remitió a la CNBV, observándoseque:

Las casas de bolsa “A” y “B”

proporcionaron toda la

información solicitada.

La casa de bolsa “C” proporcionó

solamente información sobre

precios y cantidades, pero

no sobre los clientes

Casa de Bolsa “C” opera por cuenta y orden

de casa de bolsa

“D” en jurisdicción 2

Jurisdicción del exterior “2”

Se requiere asistencia

de la autoridad homóloga de la

jurisdicción “2”

Page 20: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Autoridad de la jurisdicción

“2” pide la información a la casa de bolsa “D”

que se encuentra en su jurisdicción

La CNBV procedió a solicitar a la Autoridad Exterior 2 la información sobre losclientes, beneficiarios finales, fechas, precios y cantidades de las operaciones hechaspor orden y cuenta de la casa de bolsa “D”.

La Autoridad Homóloga de la jurisdicción “2” solamente tenía jurisdicción sobre elmercado de valores, pero no podía obtener directamente la información sobre registrosbancarios.

No obstante, de manera consistente con el MMOU, estaba facultada para pedir estainformación a la Comisión Bancaria, a petición de un firmante del MMOU.

Casa de Bolsa “D”

proporciona información

parcial, pero no da los registros

bancarios.

Page 21: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Autoridad Homóloga

del Exteriortransmite la información

a la CNBV

Comisión Bancaria pide información

a los bancos“A” y “B”

Los bancos entregan

la información a la Comisión

Bancaria, quien la da a

Autoridad Homóloga

La Autoridad Homóloga de la jurisdicción “2” pide los registros bancarios a laComisión Bancaria, quien la solicita a los 2 bancos involucrados, y luego sela proporciona a la Autoridad Homóloga.

Los 2 bancos entregaron la información requerida, pero el banco “B” informó queparte de los fondos procedían de la Empresa “Z” radicada en esa mismajurisdicción.

Page 22: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

Autoridad de la jurisdicción

“2” pide información alRegistro Público de

Comercio sobre la Empresa “Z”

que se encuentra en su jurisdicción

La CNBV procedió a solicitarle a la Autoridad Exterior 2, información sobre la Empresa“Z” identificada por el banco “B”.

La Autoridad Homóloga de la jurisdicción “2” proporciona los nombres y demásinformación relevante sobre los directivos y accionistas de la Empresa “Z” a la CNBV,que permite identificar a directivo de la Empresa X en México, beneficiado por laoperación sujeta a investigación.

Registro Público proporciona información

sobre directivos y accionistas de la Empresa “Z”

Page 23: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

• Con toda la información recibida de parte de las Autoridades del Exterior“1” y “2”, la CNBV pudo reconstruir todas las operaciones que dieronorigen al movimiento inusual del precio y volumen de las acciones de laEmpresa X, realizadas en la Bolsa Mexicana de Valores, identificandoplenamente a los clientes y beneficiarios finales.

• Asimismo, la CNBV puedo establecer con toda precisión el uso deinformación privilegiada, e imponer las sanciones correspondientes.

• Cabe señalar que las Autoridades del Exterior “1” y “2” no tenían uninterés independiente en este caso, y de todas maneras, conforme a losestándares de cooperación del MMOU, estuvieron en posibilidad deproporcionar una completa asistencia a la CNBV.

Page 24: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

La CNBV supervisa y

detecta posible uso de

Informaciónprivilegiada

AutoridadHomóloga

de jurisdicción “2”

Investigación internacional sobre uso de información privilegiada

BMV

Acciones de la

Empresa X

Autoridad Homóloga dejurisdicción

“1”

Resumen de caso

Casa de bolsa “C” opera por cuenta y orden de casa de

bolsa “D”en

jurisdicción “2”

Bancos “A”, “B” y

“C”en

jurisdicción “2”

Registro Público de

Comercio da información

sobre Empresa “Z”

3 casas de bolsa

“A”, “B” y “C” en

jurisdicción “1”

Comisión Bancaria

de Jurisdicción “2”

Page 25: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

4. Comentarios finales

El MMOU

• Es un mecanismo de cooperación internacional quecomplementa y asegura la efectividad de lasupervisión y vigilancia de los intermediarios.

• Representa el mecanismo para realizar lacooperación y el intercambio de informaciónnecesarias para asegurar la adecuada aplicación dela ley.

• Disminuye la vulnerabilidad del sistema financiero ensu conjunto.

Page 26: Cooperación Internacional a la luz del MMOU de la OICV

• Fortalece la seguridad de los mercados y con ello laconfianza de los inversionistas, fomentando con elloel desarrollo de los mercados.

• Al ser firmante, la jurisdicción cuenta con un referentede calidad internacional al contar con el mejorestándar internacional en materia de cooperación.

• Al ser un estándar que en la práctica internacional esaltamente reconocido y valorado, es recomendableque todos los países formen parte de estemecanismo.