coordinación ejecutiva de verificación al comercio...
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Manual de Organización
Secretaría de Hacienda
Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio
Exterior
28/11/2013 12:00:00a.m.
Manual de
Organización
ValidóPresentóElaboró
Secretaría de Hacienda
Coordinación Ejecutiva de Verificación al
Comercio Exterior
”Validado de acuerdo a lo establecido en el art ículo 26,
Apartado B fracción XI de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Sonoraa, según oficio
S-2579-2013 de fecha 28/11/2013”.
María Guadalupe Ruiz Durazo
Secretaria de la Contraloría GeneralLIC. CARLOS MANUEL VILLALOBOS
ORGANISTA
SECRETARIO DE HACIENDA
LIC. CLAUDIO CUEN
ARANDA/COORDINADOR EJECUTIVO
DE VERIFICACION AL COMERCIO
EXTERIOR
ContenidoI. Introducción
II. Antecedentes
III. Marco Jurídico Administrativo
IV. Atribuciones
V. Estructura Orgánica
VI. Organigramas
VII. Objetivos y Funciones
VIII. Bibliografía
Introducción
El presente manual de organización de la Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio
Exterior, es un instrumento actualizado de información y de consulta que promueve la práctica
eficiente, eficaz y correcta ejecución de las funciones de la organización.
La consulta de dicho manual permite familiarizarse con la estructura orgánica y los diferentes
niveles jerárquicos de la Coordinación, así como identificar con claridad los objetivos y las funciones
de cada uno de los departamentos que la integran.
A fin de mantener vigente la información de este manual por ser un instrumento de consulta
frecuente, deberá ser actualizado cada seis meses, o en su caso, cuando exista alg ún cambio
organizacional en el ámbito atributivo y funcional al interior de esta Coordinación.
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Antecedentes
El día 27 de Noviembre de 1996, en uso de las facultades que en materia de Comercio Exterior le
conceden al Ejecutivo Federal los artículos 89, Fracciones X, XIII, y 131 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; artículo 39, del Código Fiscal de la Federación; y 143 de la Ley
Aduanera vigente; y de acuerdo con las facultades que la Constitución Política para el Estado Libre y
Soberano de Sonora le conceden al Ejecutivo del Estado, se suscribió entre ambos, Gobierno
Federal y del Estado de Sonora, un Convenio de Colaboración en Materia Fiscal y Administrativa en
el cual se confiere a éste último por medio de la entonces Secretaría de Finanzas, facultades de
verificación fiscal vehicular y para implementar un programa denominado “Solo Sonora”, aplicado a
través de la Secretaría de Turismo del Estado.(D.O. 27 de noviembre 1996, sección II, clausula XIII)
Además de lo expresado anteriormente, en dicho Convenio de Colaboración, la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público concedió facultades de auditoria fiscal para revisar determinados
impuestos a través de la Dirección General de Fiscalización dependiente de la Subsecretaría de
Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Estado de Sonora.(D.O. 27 de noviembre de 1997, sección
I, clausula IV, párrafo II)
Se modificó la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora; desaparece la Secretar ía
de Finanzas del Estado y se crea la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora, transmitiéndose
las facultades y atribuciones de la desaparecida dependencia a la de nueva creaci ón; y se incluyen
las concedidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de colaboración
administrativa. (Ley 26.-B.O. 53, sección XVII de 30 de diciembre de 1986 reformada mediante
decreto 26.- B.O. 51, sección X de fecha 27 de junio de 2013)
El día 13 de Enero de 2004 en el Diario Oficial de la Federación se publicó un Acuerdo por el que
se modificó el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Ejecutivo Estatal suscribiéndose un documento
conocido como Anexo 8 de dicho convenio, el cual entró en vigor al d ía siguiente de su publicación,
fecha a partir de la cual quedó reformada la disposición a que se refiere el inciso c) de la Fracción VI
de la cláusula segunda; se adicionó la Fracción VI de la cláusula segunda, y se derogó el segundo
párrafo de la cláusula novena, la cláusula decimotercera, las Fracciones XII, XIII, XIV y XV de la
cláusula decimacuarta y las cláusulas transitorias novena y décima del Convenio de Colaboración
Administrativa en Materia Fiscal Federal.
Asimismo, quedó derogado el anexo número 12 al Convenio de Colaboración Administrativa en
Materia Fiscal para la verificación de la legal estancia en Territorio Nacional de bebidas alcohólicas,
cerveza y tabaco de procedencia extranjera celebrado por el Estado publicado en el Diario Oficial de
la Federación el día 09 de Junio de 1994. Por medio del mencionado Anexo 8 se concedieron
facultades en materia de Comercio Exterior a la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora.
(D.O.F. 13 de enero de 2004)
El día 14 de Junio de 2004, en el Boletín Oficial del Estado de Sonora, se publicó el Reglamento
Interior de la Secretaría de Hacienda, en el cual quedó establecido, en su artículo Tercero, que dicha
dependencia contará para la atención, estudio, planeación y resolución de los asuntos de su
competencia, entre otras unidades administrativas y órganos desconcentrados, con la Coordinación
Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior.(B.O. 10, sección II, 4 de agosto 2008)2
En el artículo Decimocuarto del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda se especifican
las atribuciones que le corresponden a la Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio
Exterior, la cual estará conformada por la Dirección General de Verificación de Mercancías de
Procedencia Extranjera y la Dirección General de Verificación de Vehículos de Procedencia
Extranjera.
Con fecha 29 de Septiembre de 2004 en el Diario Oficial de la Federación se publicó una
modificación al Anexo 8 del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal a
través del cual se amplían facultades delegadas al Estado de Sonora en materia de Comercio
Exterior, mismas que hasta la fecha se encuentran vigentes.
(D.O. reformado el 19 de agosto 2004)
Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal, celebrado entre la Secretaría de
Hacienda y crédito Público y el Estado de Sonora (D.O del 10 de Noviembre de 2006).
Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal, celebrado entre la Secretaría de
Hacienda y crédito Público y el Estado de Sonora (D.O del 17 de Junio de 2009).
El día 18 de Agosto de 2005 se modifica y publica el Reglamento Interior de la Secretar ía de
Hacienda en el Boletín Oficial del Estado de Sonora, en el cual queda establecido en el art ículo
Tercero que la Secretaría de Hacienda contará con una nueva Unidad Administrativa denominada
Dirección General de Visitas Domiciliarias la cual estará adscrita a la Coordinación Ejecutiva de
Verificación al Comercio Exterior. Asimismo, en el artículo 35 de dicho reglamento, quedaron
establecidas las atribuciones genéricas que le corresponden a la citada Dirección General, las cuales
se modificaron en la reforma al Reglamento Interior del 04 de Agosto del 2008 en el Bolet ín Oficial
No. 10 sección II.
El día 11 de Abril de 2008 en el Diario Oficial de la Federación se publicó el acuerdo por el que se
modifica el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, el cual se suscribe
Anexo 8, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Ejecutivo Estatal, dicha
modificación que abarcan las facultades para realizar auditorías y revisiones de escritorio fue
publicada el 14 de Abril de 2008 en el Boletín Oficial del Estado.
Dentro del Plan Estatal de Desarrollo 2009-2015. Nuestro objetivo principal es mantener y
fortalecer la Coordinación del Gobierno con el Sector Productivo y Comercial, aplicando una seria de
acciones Administrativas, más eficientes y transparentes, con el fin de mejorar la efectividad en la
Fiscalización y reducir la evasión y Contrabando de Bienes, aumentando las oportunidades de
nuestros Ciudadanos, para que sus ideas se conviertan en Empresas y éstas contribuyan al
Desarrollo Social y Económico de Nuestro Estado de Sonora.
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Marco jurídico
•Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
(D.O. del 5 de Febrero de 1917, Reformada el 21 de Septiembre de 2000).
•Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora.
(B.O. del 15 de Septiembre de 1917, Reformada el 08 de Diciembre de 1993).
•Ley de Hacienda del Estado de Sonora.
•Ley Orgánica N° 26 del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora.
• (B.O. N° 53 Sección XVII del 30 de Diciembre de 1985).
•Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
•Ley N° 54 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los
Municipios (B.O. N° 29, Sección II del 09 de Abril de 1984).
•Ley N° 40 de Planeación del Estado de Sonora
(B.O. N° 10 del 02 de Febrero de 1984).
•Ley N° 113 de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público Estatal
(B.O. N° 41 Sección I del 19 de Noviembre de 1987).
•Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal del Estado de Sonora, Enero de 2005.
•Ley de Coordinación Fiscal D.O.F 24 de Junio de 2009.
•Ley N° 40 del Servicio Civil para el Estado de Sonora
(B.O. N° 17 del 27 de Agosto de 1977).
•Ley Aduanera y su Reglamento 2 de Febrero de 2006.
•Ley de Comercio Exterior 21 de Diciembre de 2006 y su Reglamento 20 de Diciembre de 2000.
•Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior Junio de 2010 y sus
modificaciones.
•Ley del Servicio de Administración Tributaria 6 de Mayo de 2009 y su Reglamento 29 de Abril de
2010.
•Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas 4 de Agosto de2008.
B.O. N° 48 Sección III del 14 de Diciembre de 1998. Reformado en B.O. N° 39 Sección I
del 13 de Noviembre de 2000).
•Código Fiscal de la Federación D.O.F 10 de Mayo de 2011.
•Código Fiscal del Estado.
•Convenio de adhesión a la Coordinación Fiscal.
•Acuerdos y otras disposiciones relativas a la exportación e importación.
•Ley del Impuesto General de Importación.
•Acuerdo de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal entre el Gobierno Federal por
conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado (28 de Julio de
1995).
•Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, (B.O. Nº14 Sección I del 18 de Agosto de
2005).
•Acuerdo por el que se modifica el Convenio de Colaboración Administrativa, en Materia Fiscal
Federal, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Sonora, y se
suscribe el Anexo no.8 de dicho Convenio publicado en el Dof 11 de Abril del 2008.
•Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal, celebrado entre la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y el Estado de Sonora (D.O del 10 de Noviembre de 2006).
•Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal, celebrado entre la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y el Estado de Sonora (D.O del 17 de Junio de 2009).4
Atribuciones
De acuerdo con el Artículo 14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, Corresponde a
la Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior las siguientes atribuciones:
I. Colaborar, en coordinación con la Dirección General de Auditoría Fiscal, en la formulación del
programa operativo anual de fiscalización concurrente, en donde se establecen los números de actos
en materia de visitas domiciliarias, auditorías, revisiones de escritorio, verificaciones de origen y
verificaciones de la legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o manejo en
territorio nacional de toda clase de mercancías de procedencia extranjera y verificación de la legal
importación, estancia o tenencia, transporte o manejo en territorio nacional de veh ículos de
procedencia extranjera, excepto aeronaves.
II. Proponer al Secretario los sistemas, programas operativos y procedimientos para la pr áctica
de visitas domiciliarias, auditorias, verificaciones de origen y de verificaciones de mercanc ías en
centros de almacenamiento, distribución o comercialización, tianguis, mercados sobre ruedas,
puestos fijos y semifijos en la vía pública, inclusive en transporte y de vehículos, de procedencia
extranjera, así como de revisiones de escritorio, de acuerdo a la normatividad, lineamientos, pol íticas y
criterios establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
III. Ordenar la práctica de visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones de origen y de
verificaciones de mercancías de procedencia extranjera en centros de almacenamiento, distribución o
comercialización, tianguis, mercados sobre ruedas, puestos fijos y semifijos en la v ía pública, inclusive
en transporte, a fin de comprobar su legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o
manejo en territorio Nacional, así como de revisiones de escritorio, de conformidad con la legislaci ón
fiscal y aduanera aplicables y, en su caso, el embargo precautorio de los mismos.
IV. Ordenar la práctica de visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones de origen y de
verificaciones de vehículos de origen y procedencia extranjera, en centros de almacenamiento,
distribución o comercialización, tianguis o lotes donde se realice la exhibición de los mismos para su
venta, a fin de comprobar su legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o manejo
en territorio Nacional así como de revisiones de escritorio, de conformidad con la legislaci ón fiscal y
aduanera aplicables, y en su caso, el embargo precautorio de los mismos.
V. Ordenar la verificación de vehículos de procedencia extranjera en circulación, aún y cuando no
se encuentren en movimiento, inclusive en las zonas de inspección permanente a fin de comprobar su
legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o manejo en territorio nacional, de
conformidad con la legislación fiscal y aduanera aplicables, y en su caso, el embargo precautorio de
los mismos.
VI. Resolver el procedimiento administrativo en materia aduanera y determinar en su caso, los
impuestos, su actualización y accesorios, cuotas compensatorias, derecho de trámite aduanero, así
como las demás regulaciones y restricciones no arancelarias que correspondan, que resulten a cargo
de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, con motivo de la práctica de visitas
domiciliarias, auditorías, revisiones de escritorio, verificaciones de origen y actos de verificaci ón, de
conformidad con las disposiciones fiscales y aduaneras en materia de su competencia.
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VII. Constituirse en depositaria de las mercancías, medios de transporte o vehículos embargados
precautoriamente, o designar depositarias de las mercancías a terceras personas e incluso al propio
interesado, hasta que quede firme la resolución respectiva o, en su caso, hasta que se resuelva la legal
devolución de las mercancías, medios de transporte o vehículos, e informar a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público sobre dicha situación, en materia de su competencia.
VIII. Resguardar y custodiar las mercancías, medios de transporte o vehículos que hayan sido
embargados precautoriamente hasta que quede firme la resolución dictada en el procedimiento
administrativo en materia aduanera o hasta que se resuelva legalmente la devoluci ón de los mismos,
en materia de su competencia.
IX. Expedir y autorizar las constancias de identificación que acrediten al personal para el desarrollo
de las visitas domiciliarias, auditorías, revisiones de escritorio, verificaciones de origen y
verificaciones de mercancías de procedencia extranjera, inclusive en transporte, así como para las
visitas domiciliarias y verificaciones de vehículos de origen o procedencia extranjera y para la práctica
de las notificaciones derivadas del ejercicio de tales atribuciones.
X. Acordar con el superior jerárquico el destino de las mercancías que hayan sido adjudicadas a
favor del Estado; así como la destrucción, donación, asignación o venta de mercancías perecederas,
de fácil descomposición o deterioro o de animales vivos, embargados precautoriamente, en los
términos de la legislación aduanera, en materia de su competencia.
XI. Imponer las multas que correspondan en el ámbito de su competencia, relacionadas con el
incumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras y, en su caso, condonarlas cuando procedan.
XII. Celebrar acuerdos con los municipios de la Entidad a fin de que estos últimos se constituyan en
depositarios de las mercancías, medios de transporte o vehículos embargados precautoriamente,
hasta que quede firme la resolución respectiva o, en su caso, hasta que se resuelva la legal devolución
de los mismos, e informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre dicha situación.
XIII. Registrar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los lugares en que habrán de ser
depositadas las mercancías, medios de transporte y vehículos embargados de conformidad con el
Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y anexos correspondientes, as í
como solicitar su habilitación.
XIV. Acordar con el superior jerárquico el destino de los vehículos que hayan sido adjudicados a
favor del Estado, a la propia Secretaría u otras Dependencias para que realicen funciones de derecho
público, así como a los Municipios o a sus organismos descentralizados.
XV. Intercambiar, previo acuerdo con el superior jerárquico, los vehículos que hayan sido
adjudicados a favor del Fisco Estatal con otras Entidades Federativas, de conformidad con la
normatividad que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
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XVI. Enajenar, previo acuerdo del superior jerárquico, los vehículos que hayan sido adjudicados a
favor del Fisco Estatal, siempre que éstos estén inutilizados permanentemente para la circulación, en
los términos de la normatividad que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
XVII. Dar aviso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en caso de siniestro de vehículos
adjudicados, dentro de las 48 horas siguientes a que esto ocurra.
XVIII. Expedir certificaciones de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia.
XIX. Informar a la Procuraduría Fiscal de los hechos de que tenga conocimiento con motivo de
sus actuaciones que puedan constituir infracciones administrativas, delitos fiscales o delitos de los
servidores públicos de la Secretaría en el desempeño de sus respectivas funciones, acompañando, en
su caso, la cuantificación del perjuicio sufrido al Fisco Estatal.
XX. Resolver, en los casos que proceda, el levantamiento del embargo precautorio y la entrega de
las mercancías, medios de transporte o vehículos embargados precautoriamente, antes de la
conclusión del procedimiento aduanero.
XXI. Designar los peritos que se requieran para la formulación de los Dictámenes Técnicos
relacionados con los asuntos de su competencia.
XXII. Revisar y, en su caso, modificar o revocar las resoluciones administrativas de car ácter
individual no favorables a un particular, emitidas por sus subordinados jerárquicamente, en los
términos del penúltimo y ultimo párrafos el Artículo 36 del Código Fiscal de la Federación.
XXIII. Enajenar para su exportación, aquellas mercancías que le hubieren sido
asignadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de la
Legislación Federal aplicable.
XXIV. Aplicar el tratamiento que establezcan las disposiciones Federales, tratándose de
mercancía que represente perjuicio para la Seguridad Nacional, la Salud Pública y el Medio Ambiente.
XXV. Informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del inicio del procedimiento
administrativo en materia aduanera, dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la
fecha del embargo precautorio.
XXVI. Remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, trimestralmente, un informe sobre
los procedimientos administrativos en materia aduanera que se hayan iniciado en el ámbito de su
competencia, y sobre el estado procesal en que se encuentren los mismos.
XXVII. Participar, en la materia de su competencia, en la formulación de los Convenios y Acuerdos
de Coordinación con las Autoridades Fiscales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y
evaluar sus resultados.
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XXVIII. Ejercer las atribuciones conferidas a la Entidad en el Acuerdo que establece el
Programa "Sólo Sonora" para apoyar y facilitar los trámites que deben cumplir los Turistas Extranjeros
y los Mexicanos residentes en el extranjero, para importar temporalmente sus veh ículos de
procedencia extranjera al País, para que circulen exclusivamente en el territorio del Estado.
XXIX. Supervisar la instalación y funcionamiento de los módulos establecidos para la
tramitación de los permisos de importación temporal, de cancelación de permisos y desprendimiento
de los hologramas al retornar los vehículos al extranjero, internados al amparo del Acuerdo de la
materia.
XXX. Supervisar la instalación y funcionamiento de los módulos de revisión y control de vehículos
extranjeros importados temporalmente al amparo del Acuerdo de la materia, en los puntos de salida
hacia otras Entidades Federativas.
XXXI. Supervisar la implementación, de acuerdo a las Atribuciones Conferidas por las
disposiciones que regulan la materia, las medidas tendientes a impedir la salida del territorio del
Estado hacia el resto de las demás Entidades Federativas de la República de los vehículos
importados temporalmente al País a través del Programa "Sólo Sonora" que ostenten el holograma
exclusivo del mismo.
XXXII. Establecer y supervisar la organización y funcionamiento de los lugares de
almacenamiento necesarios para el depósito de las mercancías, medios de transporte o vehículos
embargados precautoriamente, así como los vehículos que se embarguen por vencimiento de los
plazos de importación temporal o por encontrarlos de manera ilegal en el País, así como a mantenerlos
en las condiciones físicas en que se encuentren al momento del embargo.
XXXIII. Supervisar los programas de difusión relativos a los beneficios que se otorgan en el
Acuerdo de la materia, a los turistas extranjeros y Mexicanos residentes en el extranjero que importen
temporalmente sus vehículos, así como los requisitos y procedimientos para la importación temporal
de los mismos.
XXXIV. Aprobar y coordinar el diseño o producción del holograma de control que se utilizará en
los vehículos que circulen únicamente en la Entidad, conforme a las características que señala el
Acuerdo de la materia, así como de los formatos de las solicitudes y permisos de importaci ón
temporal en cuyo reverso deberán constar las advertencias y sanciones que se aplicarán a los
usuarios que infrinjan las disposiciones legales.
XXXV. Ser enlace ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto del Servicio
de Administración Tributaria, en materia de vehículos de procedencia extranjera, así como mantener la
comunicación y coordinación con las aduanas del País, las autoridades aduaneras Federales y las
demás autoridades locales de la Entidad, para el ejercicio de sus atribuciones.
XXXVI. Aprobar las formas oficiales y demás documentos, en el ámbito de su competencia,
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requeridos por las disposiciones fiscales Estatales o Federales, en su caso, así como los instructivos
para su utilización por parte de los contribuyentes.
XXXVII. Requerir a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados,
para que exhiban y, en su caso, proporcionen la contabilidad, declaraciones, avisos, datos u otros
documentos e informes, así como recabar a los Servidores Públicos y de los Fedatarios Públicos, los
informes y datos que tengan con motivo de sus funciones, todo ello para proceder a su revisi ón a fin de
comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales, así como autorizar o negar pr órrogas para su
presentación. Emitir los oficios de observaciones y el de conclusión de la revisión.
XXXVIII. Dar a conocer a los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados los
hechos u omisiones imputables a éstos, conocidos con motivo del ejercicio de las facultades
señaladas en este artículo y hacer constar dichos hechos u omisiones en el oficio de observaciones o
en la última acta parcial que se levante.
XXXIX. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables y las que le delegue el
Secretario.
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Estructura Orgánica
05.05 - Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior
05.05.01 - Dirección de Control y Seguimiento
05.05.01.01 - Departamento de Oficialía de Partes
05.05.01.02 - Departamento de Asistencia al Contribuyente
05.05.01.03 - Departamento de Auditorías Internas
05.05.01.04 - Departamento de Donaciones del Extranjero.
05.05.01.05 - Departamento de Trámites y Gestión
05.05.02 - Subdireccion de Recinto Fiscal
05.05.02.01 - Departamento Administrativo
05.05.02.02 - Departamento de Inventarios de Mercancia
05.05.02.03 - Departamento de Inventario de Vehiculos
05.05.03 - Enlace Administrativo
05.05.03.01 - Departamento de Recursos Humanos
05.05.03.02 - Departamento de Recursos Materiales y Operativos
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ORGANIGRAMA
Subdireccion de
Recinto Fiscal
Dirección de
Control y
Seguimiento
Depto
Donaciones
del
extranjero
.
Depto de
Oficialia de
Partes
Coordinacion
Ejecutiva de
Verificacion al
Comercio Exterior
N12
N11
N10
Depto de
Auditorias
Internas
Enlace
Administrativo
Depto de
Recursos
Humanos
Depto
Administrativo
N9N9
Depto
Tramites y
Gestion
N9 N9 N9
Depto
Asistencia al
contribuyente
N9
N5
Depto
Inventariode
Mercancia
Depto
Inventario de
Vehiculos
Depto de Rec
Materiales y
Operativo
N9N9
N9
N10
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Objetivos y Funciones
Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior05.05
Objetivo:
Prevenir la introducción ilegal de mercancías de procedencia extranjera a la Entidad,
protegiendo la industria Nacional dentro del marco legal aplicable.
Funciones:
•Proponer al Secretario los sistemas, programas operativos y procedimientos para la pr áctica
de visitas domiciliarias y de verificación de mercancías.
•Dirigir y controlar el funcionamiento técnico y administrativo de las direcciones adscritas a esta
Coordinación ejecutiva, con base en las atribuciones y responsabilidades que les correspondan.
•Verificar la legal importación, estancia o tenencia, transporte o manejo en la Entidad de toda
clase de mercancías de procedencia extranjera de una manera eficaz y eficiente.
•Ordenar la práctica de visitas domiciliarias y de verificación de mercancías de procedencia, de
conformidad con la legislación fiscal y aduanera aplicables y en su caso, el embargo precautorio de
los mismos.
•Ordenar la verificación de vehículos de procedencia extranjera en circulación, inclusive en las
zonas de inspección permanente a fin de comprobar su legal importación, estancia o tenencia en
territorio nacional.
•Resolver el procedimiento administrativo en materia aduanera y determinar en su caso, los
impuestos, a cargo de los contribuyentes.
•Realizar lo conveniente para constituirse en depositaria de las mercanc ías, medios de
transporte o vehículos embargados precautoriamente, hasta que se firme la resolución respectiva,
o en su caso, hasta que se resuelva la legal devolución de las mercancías, e informar a la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre las situaciones, en materia de su competencia.
•Resguardar y custodiar las mercancías, medios de transporte o vehículos que hayan sido
embargados precautoriamente.
•Expedir y autorizar las constancias de identificación que acrediten al personal para el desarrollo
de las visitas domiciliarias, verificaciones de mercancías de procedencia extranjera y
verificaciones de vehículos de procedencia extranjera y para la práctica de las notificaciones
derivadas del ejercicio de tales atribuciones.
•Acordar con el superior jerárquico el destino de las mercancías que hayan sido adjudicadas a
favor del Estado.
•Imponer las multas que corresponden en el ámbito de su competencia, relacionadas con el
incumplimiento de las obligaciones fiscales y aduaneras y condonarlas en los casos que procedan.
•Celebrar acuerdos con los Municipios de la Entidad a fin de que estos últimos se constituyan en
depositarios de la mercancía embargada precautoriamente, hasta que quede firme la resolución
respectiva.
•Registrar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los lugares en que habrán de ser
depositadas las mercancías, así como solicitar su habilitación.
•Acordar con el superior jerárquico el destino de los vehículos que hayan sido adjudicados a
favor del Estado, a la propia dependencia u otras dependencias para que realicen funciones de
derecho público, así como a los municipios o a sus organismos descentralizados.12
•Enajenar, previo acuerdo del superior jerárquico, los vehículos que hayan sido adjudicados a
favor del fisco estatal, siempre que estos estén inutilizados permanentemente para la circulación,
en los términos de la normatividad que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
•Dar aviso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en caso de siniestro de vehículos
adjudicados, dentro de las 48 horas siguientes a que esto ocurra.
•Expedir certificaciones de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia.
•Informar a la Procuraduría Fiscal de los hechos de que tenga conocimiento con motivo de sus
actuaciones que puedan constituir infracciones administrativas, delitos fiscales o delitos de los
servidores públicos de la Secretaría de Hacienda.
•Resolver, en los casos que proceda, el levantamiento del embargo precautorio y la entrega de
las mercancías, medios de transporte o de vehículos embargados precautoriamente, antes de la
conclusión del procedimiento aduanero.
•Designar los peritos que se requieran para la formulación de los dictámenes técnicos
relacionados con los asuntos de su competencia.
•Revisar y, en su caso, modificar o revocar las resoluciones administrativas de car ácter
individual no favorables a un particular, emitidas por sus subordinados jerárquicamente, en los
términos del penúltimo y ultimo párrafos del Artículo 36 del Código Fiscal de la Federación.
•Enajenar para su exportación, aquellas mercancías que le hubieren sido asignadas por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos de la legislación federal aplicable.
•Aplicar el tratamiento que establezcan las disposiciones federales, tratándose de mercancía
que represente perjuicio para la Seguridad Nacional, la Salud Pública y el Medio Ambiente.
•Informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del inicio del procedimiento
administrativo en materia aduanera.
•Remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, trimestralmente, un informe sobre los
procedimientos administrativos en materia aduanera que se hayan iniciado en el ámbito de su
competencia, y sobre el estado procesal en que se encuentren los mismos.
•Participar, en la materia de su competencia, en la formulación de los convenios y acuerdos de
coordinación con las autoridades fiscales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y evaluar
sus resultados.
•Ejercer las atribuciones conferidas a la Entidad en el Acuerdo que establece el Programa “Sólo
Sonora” para apoyar y facilitar los trámites que deben cumplir los turistas extranjeros y los
mexicanos residentes en el extranjero, para importar temporalmente sus vehículos.
•Supervisar y vigilar la instalación y funcionamiento de los módulos establecidos para la
tramitación de los permisos de importación temporal.
•Implementar las medidas tendientes a impedir la salida del territorio del Estado hacia el resto
de las Entidades Federativas de la República de los vehículos importados temporalmente al País a
través del Programa “Sólo Sonora” que ostenten el holograma exclusivo del mismo.
•Establecer y supervisar la organización y funcionamiento de los lugares de almacenamiento
necesarios para el depósito de las mercancías, medios de transporte o vehículos embargados
precautoriamente.
•Supervisar y evaluar los programas de difusión relativos a los beneficios que se otorgan a los
turistas extranjeros y mexicanos residentes en el extranjero que importen temporalmente sus
vehículos, así como los requisitos y procedimientos para la importación temporal.
•Aprobar y coordinar el diseño o producción del holograma de control que se utilizará en los
vehículos que circulen únicamente en la Entidad, así como los formatos de las solicitudes y
permisos de importación temporal.
•Ser enlace entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto del Servicio de
Administración Tributaria, en materia de vehículos de procedencia extranjera.
•Aprobar las formas oficiales y demás documentos, en el ámbito de su competencia, requeridos
por las disposiciones fiscales Estatales o Federales, en su caso, así como los instructivos para su
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utilización por parte de los contribuyentes.
•Controlar el funcionamiento técnico y administrativo de las diferentes direcciones, con base a
sus propias las atribuciones y responsabilidades, a fin de lograr las metas que le correspondan del
plan de desarrollo vigente en el Estado de Sonora.
•Verificar que los puestos directivos de esta Coordinación sean ocupados por personal
capacitado y cumpla con los requisitos establecidos para cada dirección.
•Tener y mantener en buenas condiciones el o los lugar donde se realizarán las funciones de
carga, descarga, manejo, almacenaje y custodia de mercancía embargada precautoriamente.
•Establecer las estrategias y mecanismos idóneos para la realización de las atribuciones
conferidas a la Dirección de Control y Seguimiento, a fin de dar cumplimiento a los objetivos de
trabajo.
•Dar respuesta y canalizar clara y oportunamente las peticiones que se han turnado al
Coordinador, tanto a nivel interno como externo, supervisando la entrega a la persona o autoridad
interesada y, así mismo, dar cumplimiento a las funciones conferidas a esta Coordinaci ón Ejecutiva
(envío de tarjetas, oficios, etc).
•Brindar atención de calidad a las organizaciones e instituciones civiles, ciudadanía en general,
que solicitan algún apoyo relacionado con esta Coordinación Ejecutiva.
•Mantener una constante comunicación y coordinación permanente con las Autoridades
Hacendarias en lo relativo a los Decretos, Reglamentos, etc. que faciliten y permitan una mejor y
oportuna realización y avance de los sistemas de donaciones que realiza esta Coordinación.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
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Dirección de Control y Seguimiento05.05.01
Objetivo:
Dirigir y optimizar las gestiones necesarias para recibir donaciones libres de impuestos y su
entrega a las dependencias que lo soliciten; así como el control y seguimiento a oficios, circulares y
demás documentación dirigida a las diferentes direcciones de esta Coordinación Ejecutiva.
Funciones:
•Elaborar el presupuesto de egresos calendarizado de la Coordinación Ejecutiva, en base a las
necesidades de la misma.
•Apoyar al Coordinador Ejecutivo en la organización de la recepción de la documentación
recibida por esta Dependencia.
•Implementar un control de la documentación y el archivo de la Coordinación.
•Supervisar el control de la documentación que se recibe y se emite por esta Coordinación.
•Atender y tramitar en tiempo y forma la correspondencia oficial del Titular, relacionadas con
esta Dirección.
•Gestionar el seguimiento de las peticiones ante las instancias correspondientes.
•Mantener un archivo de las notas de prensa diarias que se publican en la prensa de la
localidad, referente a las funciones relacionadas con esta Organización.
•Diseñar tarjetas, cartas y oficios dirigidos a los Funcionarios Municipales, Estatales y
Ciudadanía en general.
•Atender personalmente, a las personas que solicitan alguna petición o gestión propia de esta
oficina.
•Supervisar las áreas y observar el cumplimiento de las metas y objetivos, para posteriormente
elaborar los reportes mensuales y anuales de rendimiento.
•Mantener una estrecha relación con las Autoridades e Instituciones extranjeras que tengan el
interés en donar mercancía al Estado.
•Realizar las gestiones necesarias ante las Autoridades de Comercio Exterior del SAT para que
se puedan llevar a cabo las donaciones.
•Supervisar el llenado de los formatos de donación de acuerdo a las características que requiere
la Ley Aduanera.
•Elaborar e integrar los formatos “Declaración de Mercancías donadas al Fisco Federal
conforme al artículo 61 Fracción XVII de la Ley Aduanera”.
•Orientar a los donantes sobre los requisitos que deberán reunir las cartas de donación.
•Apoyar en la integración de documentos necesarios de los Municipios e Instituciones para
acreditarse ante el SAT como donatarios y así recibir donativos libres de impuestos.
•Apoyar en las diferentes aduanas, en el momento de la revisión de la mercancía.
•Mantener comunicación y coordinación permanente con las Autoridades Jurídicas de las
Aduanas establecidas en el Estado.
•Establecer y mantener un proceso de capacitación, convivencia y sensibilización del personal
asignado a las áreas de atención y servicios al contribuyente.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
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Departamento de Oficialía de Partes05.05.01.01
Objetivo:
Este departamento es el encargado de controlar y dar seguimiento a documentación recibida, la
cual va dirigida a esta Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior.
Funciones:
•Recibir documentación mediante sello de recibido que contenga fecha y hora de su recepción.
•Llevar un registro de cada uno de los asuntos que competan a la coordinación y a las
direcciones adscritas a “CEVCE” mediante clasificación de asuntos y captura sintetizada.
•Clasificar diariamente la documentación de acuerdo al orden de importancia.
•Distribuir documentación recibida de acuerdo a instrucción recibida por coordinador “CEVCE”.
•Llevar un control numérico de consecutivos de oficios clasificando la documentación recibida.
•Controlar y captura de respuesta de oficios recibidos y en responsiva de seguimiento de cada
dirección de acuerdo a instrucción de la coordinación.
•Fotocopiar documentos recibidos.
•Controlar archivos, folios recibidos.
•Llevar registro y control de visitas recibidas.
•Canalizar a los contribuyentes que requieran de servicios y canalizarlos a la direcci ón que
competa otorgar atención de asuntos según se trate.
•Otorgar apoyo a las direcciones que requieran información de oficios recibidos y el status que
guardan en seguimiento.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
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Departamento de Asistencia al Contribuyente05.05.01.02
Objetivo:
Facilitar a los contribuyentes a la actualizacion de Constancias de regularizaci ón,brindando
atención y orientación general sobre asuntos relativos sobre la legal estancia de vehículos de
procedencia extranjera dentro de territorio Nacional.
Funciones:
•Brindar atención y orientación personal a los contribuyentes que acuden diariamente a solicitar
información sobre vehículos de procedencia extranjera, para que procedan a realizar
posteriormente sus trámites fiscales.
•Atender a las Agencias y Tesorerías Municipales de la Entidad, fax, valija o mensajería, para el
análisis de problemáticas relacionadas con el área de vehículos regularizados, y proponer las
alternativas de solución a las mismas.
•Atender a las Entidades Federativas solicitantes de información al Estado de Sonora, sobre los
distintos decretos y medios para obtener emplacamiento foráneo, así como intercambio de datos y
sugerencias para lograr los trámites correspondientes cuando el usuario pretende obtener placas
en el Estado de Sonora.
•Apoyar a la titular del la dirección en la revisión de oficios, informes y correspondencia, a
través de su asistente, a fin de detectar errores u omisiones de redacción y ortografía en texto
general y tratándose de asuntos que involucren vehículos de procedencia extranjera.
•Asesorar y capacitación al personal designado por mi superior, en los asuntos del área de
atención al contribuyente, asuntos de vehículos de procedencia extranjera y elaboración de textos, a
fin de desahogar los asuntos correspondientes, así como en la interpretación y aplicación de los
distintos decretos existentes. Lo anterior, para los casos en que el suscrito no se encuentre
desempeñando sus funciones.
•Elaborar diversa correspondencia (redacción de textos), de respuestas a las distintas
instancias locales y foráneas en asuntos del área de verificación de documentos y vehículos de
procedencia extranjera que hayan sido importados o regularizados por medio de alg ún decreto de
carácter Federal.
•Verificar y validar documentos de los distintos Decretos de regularización definitiva de vehículos
previos al de 1992, para determinar su autenticidad o falsedad a fin de que una vez asignado su
registro, pasen a formar parte del padrón estatal vehicular del Estado de Sonora.
•Apoyar a las agencias fiscales locales en la verificación de pedimentos de importación, a
través de la “consulta remota” al SAT La verificación se realiza actualmente solicitando el apoyo
del personal de la dirección general de visitas domiciliarias y previa instrucción de mis superiores.
•Atender a petición del titular, las solicitudes de información y/o verificación de documentos o
vehículos que eventualmente solicitan las distintas dependencias de la administraci ón Estatal,
Municipal o descentralizada, para el desahogo de los asuntos que son de su competencia, en su
caso, sugerir la respuesta y elaborar el documento que corresponda.
•Manejar el sistema SIIAF y SIRLOAD para consultas al padrón Estatal vehicular anterior y
actual, que permitan determinar la legal propiedad de los vehículos que se pretende emplacar por
parte de los contribuyentes solicitantes del servicio.
•Investigar autenticidad de series vehiculares a través del sistema VINASSIST para detectar
errores o falsedad en los datos proporcionados por el público que acude a realizar sus trámites
fiscales.
•Colaborar y asesorar al personal de la dirección general de visitas domiciliarias y dirección
general jurídica, para la aclaración de dudas referentes a series vehiculares de unidades de
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procedencia extranjera, en la descripción de marca, tipo, línea, serie, capacidad, etc., sobre todo
en la integración de los PAMAS., siempre y cuando sea a solicitud de dicho personal y con
anuencia de mi superior jerárquico.
•Coordinar con las distintas aéreas de la Subsecretaría de Ingresos y Dirección General de
Recaudación Estatal, para apoyar y eficientar el servicio al público solicitante, en aquellos asuntos
en que sea necesaria la intervención de otras instancias para la resolución de los mismos.
•Atender y asesorar al grupo de gestores que a diario acuden a informarse o aclarar dudas
sobre asuntos relacionados con la legal estancia de unidades de procedencia extranjera en M éxico
(importación, regularización, legalización, inscripción, etc.).
•Capacitar teórica y prácticamente a dos personas de reciente ingreso, adscrito a la Dirección
de Control y Seguimiento y asignado al área de atención al contribuyente, a fin de contar con más
personal capacitado en los asuntos inherentes a la misma.
•Coordinar permanentemente al personal del área de SIIAF, a fin de mantener actualizado el
sistema de “Administración de Obligaciones” en el modulo de “padrón vehicular”, para contar con
información constante y confiable en el desarrollo del trabajo.
•Elaborar el informe de actividades semanal y trimestral, a solicitud del Superior Jerárquico, a fin
de elaborar el reporte general a nivel dirección y coordinación.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
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Departamento de Auditorías Internas05.05.01.03
Objetivo:
Contribuir a la mejora continua de las áreas adscritas a la Coordinación Ejecutiva de
Verificación al Comercio Exterior(CEVCE), mediante la realización de auditorias que permitan
detectar corregir y prevenir deficiencias en los procedimientos.
Funciones:
•Elaborar proyectos de auditoría, mediante el análisis de los procedimientos y funciones de las
áreas.
•Realizar las auditorias programadas a las diferentes Direcciones de la CEVCE.
•Elaboración y actualización de los manuales de organización y procedimiento de la CEVCE y
de sus áreas adscritas.
•Actualizar las plantillas del Sistema de Información de Recursos Gubernamentales (SIR).
•Participar en la conformación de las series documentales de la CEVCE y áreas adscritas, para
el Sistema Integral de Archivos (SIA).
•Ser enlace para la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.
•Revisar el Sistema de Solicitudes de Información Pública (SSIPSON), y atender las peticiones
de información.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
19
Departamento de Donaciones del Extranjero.05.05.01.04
Objetivo:
Asistir y gestionar el trámite de Importación Libre de Impuestos de Donaciones del Extranjero
ante las autoridades correspondientes del Servicio de Administración Tributaria hasta ver
concluido el trámite con la entrega de la mercancía.
Funciones:
•Asistir a donatarios y donadores en la generación de documentos para el trámite de Donación
del Extranjero.
•Dar seguimiento y control de expedientes del trámite de donación del Extranjero.
•Hacer el acto de recepción ante aduanas México de la mercancía recibida en donación.
•Promover y dar información del trámite en dependencias, instituciones y municipios.
•Presenciar y gestionar el trámite de importación en aduanas
•Presenciar la verificación aduanal de la mercancía importada en aduanas.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
20
Departamento de Trámites y Gestión05.05.01.05
Objetivo:
Este departamento se encarga de controlar y dar seguimiento a los diferentes procesos
generados en las demás áreas de esta Dirección,esto es con el fin de obtener análisis de
resultados que se desprenden de auditorias realizadas. Como también detectar, corregir y prevenir
deficiencias en los procedimientos de las Direcciones Generales adscritas a esta Coordinación.
Funciones:
•Resguardar la información generada en las auditorías, mediante el análisis de los
procedimientos y funciones de las áreas.
•Apoyar en las auditorias programadas a las diferentes Direcciones de la CEVCE.
•Elaborar y actualizar de los manuales de trámites y servicios.
•Recopilar información de las demás direcciones adscritas a la CEVCE para utilizar en las
actualizaciones de los manuales de organización.
•Recopilar información de las demás direcciones adscritas a la CEVCE para utilizar en las
actualizaciones de los manuales de procedimiento.
•Orientar a las áreas adscritas con las series documentales de la CEVCE y para el Sistema
Integral de Archivos (SIA).
•Resguardar solicitudes del Sistema de Solicitudes de Información Pública (SSIPSON) y
archivar.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
21
Subdireccion de Recinto Fiscal05.05.02
Objetivo:
La Subdireccion de Recinto Fiscal esta encargado de coordinar la recepción, almacenamiento,
devolución ó asignaciones de la mercancía y vehículos bienes embargados que se encuentran bajo
la guarda y custodia de la Coordinación Ejecutiva de Verificación de Comercio Exterior. Así como
la supervision en la elaboración de clasificaciones arancelaria, cotización y avalúo de los bienes.Al
mismo tiempo organiza y coordina al personal que labora directa o indirectamente en Recinto
Fiscal.
Funciones:
•Recibir físicamente en el recinto fiscal las mercancías y vehículos embargados de para la
guarda y custodia de los mismos.
•Verificar los documentos legales de entrega y recepción de los bienes embargados
precautoriamente iniciando así el procedimiento correspondiente.
•Implementar sistema para el control de inventario de los bienes en guarda y custodia de
mercancía y vehículos embragados precautoriamente en Recinto Fiscal.
•Elaborar el dictamen de Clasificación Arancelaria, Cotización y Avalúo de mercancías y
vehículos embargados precuatoriamente, y supervisar que se elaboren y se entreguen en tiempo y
forma dichas clasificaciones arancelarias.
•Realizar mejoras continuas en los procesos administrativos y operativos acerca del
funcionamiento del recinto fiscal.
•Supervisar al personal de vigilancia de los patios de resguardo.
•Proporcionar la atención adecuada a personal de Instituciones de Gobierno, Contribuyentes ó
representantes legales, que reciben ó entregan mercancía.
22
Departamento Administrativo05.05.02.01
Objetivo:
Departamento encargado de administrar los asuntos propios del Recinto Fiscal con respecto al
control documental de la mercancía y vehículos resguardados embargados precautoriamente en la
bodega de resguardo en Recinto Fiscal de la Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio
Exterior.
Funciones:
•Tramitar la reposición del fondo de caja chica asignado al Recinto Fiscal.
•Realizar registro e inventarios de las requisiciones surtidas de papeler ía y artículos de limpieza
a las unidades administrativas de la coordinación.
•Elaborar expedientes de las donaciones de mercancia adjudicada al fisco, asignaciones y
liberaciones de vehículos que se encuentran bajo resguardo en Recinto Fiscal, así como los
vehículos turnados a esta coordinación.
•Verificar que los registros efectuados en la base de datos de los veh ículos y mercancías estén
correctos y actualizados.
•Verificar y dar seguimiento a las actas de asignación de vehículos hasta la entrega en las
dependencias y/o entidades de la administración.
•Realizar informes e inventarios de la situación y ubicación que guardan los vehículos y
mercancías que estén bajo resguardo del Recinto.
•Desarrollar aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
•Apoyar en el control de de asistencia del personal de la unidad ubicada en el Recinto Fiscal.
•Capturar en el sistema de requisiciones las solicitudes de servicios y adquisiciones de las
unidades administrativas ubicadas en el Recinto Fiscal.
•Apoyar en el control de gasolina en bitácora por vehículo oficial de las unidades administrativas
ubicadas en el Recinto Fiscal.
23
Departamento de Inventarios de Mercancia05.05.02.02
Objetivo:
Este Departamento es el encargado de organizar y ubicar correctamente la mercanc ía que
ingresan en el Recinto Fiscal mediante embargo de precautorio de la misma.
Funciones:
•Recibir mercancías del personal de visitas domiciliarias y/o mercancías en tránsito.
•Realizar en conjunto inventario físico de la mercancía decomisada, verificando que corresponda
con la mercancía recibida.
•Mantener actualizado inventario electrónico de toda la información vertida referente a la guarda
y custodia de mercancía embragada precautoriamente.
•Depositar las cajas y/o bultos con el número de PAMA y/o expediente, según corresponda.
•Proporcionar información al departamento administrativo de la mercancía recibida, así como
la ubicación del pasillo y anaquel en donde se encuentra.
•Entregar personalmente las mercancías ya sea por devolución y/o donación.
•Organizar las mercancías de acuerdo a su estatus (decomisada y/o adjudicada).
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
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Departamento de Inventario de Vehiculos05.05.02.03
Objetivo:
Departamento encargado de resguardo y custodia de vehículos decomisados, verificando y
clasificándolo para llevar un control de ubicación y de clasificación arancelaria del mismo.
Funciones:
•Recibir vehículos puestos a disposición previo embargo.
•Realizar inventario físico en los formatos establecidos, verificando que corresponda la
información de los documentos del vehículo que se está recibiendo.
•Identificar el vehículo en el vidrio frontal con el número de PAMA que le corresponde.
•Depositar los vehículos dentro del recinto fiscal que le corresponda, de acuerdo a las
condiciones del mismo y la capacidad de recinto fiscal.
•Alimentar la base de datos con información de los vehículos en resguardo.
•Enviar la información al departamento administrativo.
•Resguardar las llaves de los vehículos embargados
•Entregar personalmente los vehículos devueltos, asignados o destruidos.
•Mantener vigilancia constante en recinto fiscal, para verificar el cuidado correcto de los
vehículos resguardados.
•Elaborar un listado especificando el estado de los vehículos en resguardo (bueno, malo,
regular).
•Mantener espacios disponibles en el recinto fiscal para los vehículos que vayan llegando.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
25
Enlace Administrativo05.05.03
Objetivo:
Este Enlace Administrativo esta encargado de lograr la máxima eficiencia en la utilización de los
recursos humanos, materiales financieros, y en el ejercicio del presupuesto autorizado a la
Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior.
Funciones:
•Supervisar y Coordinar el presupuesto de egresos calendarizado de la Coordinaci ón Ejecutiva,
en base a las necesidades de la misma.
•Supervisar el seguimiento del presupuesto de la Coordinación Ejecutiva y vigilar el
cumplimiento de lo programado.
•Elaborar proyectos de ampliación de recursos, cuando lo autorizado sea insuficiente.
•Verificar que la Coordinación cuente con un programa de trabajo para la aplicación de sus
atribuciones y desarrollo de sus funciones.
•Supervisar el cumplimiento de los programas y planes de trabajo, así como el logro de metas y
objetivos de la Coordinación.
•Supervisar el pago de viáticos, pasajes de avión y demás requerimientos solicitados por las
diferentes Direcciones que conforman la Coordinación Ejecutiva.
•Coordinar el control sobre el inventario de bienes muebles de la Coordinación.
•Supervisar ante la Secretaría de Hacienda la reposición del Fondo de caja chica autorizado por
la Coordinación Ejecutiva.
•Tramitar reposición de gastos ante la Dirección General de Administración de la Secretaría de
Hacienda.
•Autorizar el trámite ante la Dirección General de Recursos Humanos la actualización de la
plantilla de personal, mediante altas, bajas y demás movimientos, de acuerdo a las normas
establecidas.
•Realizar trámites ante las diferentes dependencias Federales, Estatales y Municipales, con
relación a los servicios indispensables para el funcionamiento de los órganos administrativos que
integran la Coordinación Ejecutiva.
•Supervisar el funcionamiento de los vehículos asignados a la Coordinación y otorgar los
suministros necesarios como combustible, mantenimiento y otros.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
26
Departamento de Recursos Humanos05.05.03.01
Objetivo:
Departamento que se encarga de elaborar, mantener, actualizar y responder los requerimientos
del área de Recursos Humanos en la Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior.
Funciones:
•Elaborar tarjetas informativas y oficios de las diferentes índoles del área.
•Llevar control de altas para ingreso de personal al Gobierno del Estado (armar expedientes).
•Llevar control de bajas y finiquitos de personal.
•Controlar nomina y compensaciones.
•Dar seguimiento a requerimientos de personal: incentivos/estímulos, incapacidades, permisos.
•Controlar asistencia y notificación de incidencias.
•Dar seguimiento a padrón de obligados: notificación de altas y bajas de personal,
declaraciones iniciales y anuales.
•Controlar inventario de muebles de oficina y equipo de cómputo.
•Actualización de directorio de personal.
•Actualizar la estructura organización.
•Recabar información para elaboración de gafetes.
•Controlar el inventario de papelería y surtir las requisiciones hechas por las diferentes
Direcciones de la coordinación.
•Actualizar competencias laborales de los diferentes puestos.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
27
Departamento de Recursos Materiales y Operativos05.05.03.02
Objetivo:
Departamento Encargado de administrar recursos financieros, para mejora de control de los
Recursos materiales y operativos de la Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio
Exterior.
Funciones:
•Apoyar en la elaboración del presupuesto de egresos, así como calendarización del mismo.
•Elaborar recibos de viáticos, oficios de comisión y solicitar recursos necesarios para el pago
de viáticos previamente autorizados ante la Secretaría de Hacienda.
•Revisar informes por comisión realizada de viáticos solicitados ante la Secretaría de
Hacienda.
•Llevar el control de los vehículos oficiales a través de la actualización de los resguardos.
•Coordinar la elaboración de los Objetivos y metas de las áreas, que se elaboran
trimestralmente, turnarlas a la Secretaría de Hacienda (Dirección General de Administración).
•Revisar uso de recursos asignados a ésta Coordinacion atraves de trámites realizados.
•Tramitar pago de facturas que se realizan por caja chica de necesidades requeridas por ésta
Coordinación, así como revisión de facturas que cumplan con requisitos Fiscales.
•Dar seguimiento a órdenes de servicio vehicular y registrar en bitácora los servicios otorgados.
•Captura de requisisiones y servicios en sistema autorizado.
•Llevar un control de gasolina en bitácora por vehículo oficial,confirmarlo por Control-Net.
•Realizar y enviar un concentrado de vehículos por períodos vacacionales o cuando así lo
requiera la Secretaría Hacienda.
•Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
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Bibliografía
•Guía básica para elaborar los manuales de organización (Febrero de 2013)
•Guía para elaborar organigramas (Febrero de 2013)
•www.congresoson.gob.mx
•www.cddhcu.gob.mx
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