(cría de cinco o más gallos) - monterey county, california
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Operaciones de cría de gallos (cría de cinco o más gallos)
Enmienda al Título 8 (Control de animales) del Código del condado de Monterey para añadir nuevos términos
definidos al capítulo 8.04 y añadir el capítulo 8.50 para la regulación de operaciones de cría de gallos.
∗ Antecedentes ∗ Ordenanza sobre operaciones de cría de gallos ∗ Proceso de obtención de permisos ∗ Requisitos del permiso ∗ Dispensas ∗ Proceso de apelación de la decisión del permiso o dispensa ∗ Control de expedientes ∗ Proceso de inspección ∗ Aplicación de la norma ∗ Alcance público
Desglose de la presentación
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∗ Copia de la ordenanza ∗ Diagrama de tramitación de la solicitud ∗ Formulario de solicitud 100 ∗ Formulario de dispensa 110 ∗ Formulario de dispensa 120 ∗ Mapa ejemplar del sitio ∗ Plan ejemplar de manejo de estiércol ∗ Plan ejemplar de manejo de plagas ∗ Copia de la presentación
Información a su disposición para esta tarde
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∗ Los esfuerzos anteriores por parte de la Agencia de Manejo de Recursos del Condado de Monterey (RMA, por sus siglas en inglés) de establecer una ordenanza sobre gallos se basaban en requisitos de ruido y demarcación de parcelas.
∗ Entusiastas de la avicultura, así como operaciones 4H, FFA y operaciones avícolas habían formulado inquietudes sobre los componentes de la ordenanza.
Antecedentes
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∗ En agosto de 2013, se determinó que la mejor forma de abordar el desarrollo de una ordenanza sería por medio del Servicio de Animales del condado de Monterey, de conformidad con el Título 8 (Control de animales).
∗ La nueva versión de la ordenanza se centraría en el impacto ambiental y tratamiento humanitario de los gallos, así como la eliminación de la práctica de atar gallos a postes, en vez de en el número de gallos dentro de una propiedad.
Antecedentes (continuación)
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Título 8 (Control de animales) del Código del condado de Monterey (CCM) enmendado para incluir regulaciones a las operaciones de cría de gallos de cinco o más gallos en toda propiedad individual dentro del área no incorporada del condado de Monterey Aclaración: Esta no es una ordenanza relativa al ruido. El tema del ruido es tratado en: ∗ Título 8, CCM (Control de animales) ∗ como una queja de ruido ante la oficina del alguacil ∗ o la nueva Ordenanza sobre ruido nocturno, Título 10,
Capítulo 10 6 del CCM
Ordenanza sobre operaciones de cría de gallos
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La ordenanza establece 1. requisitos de solicitud del permiso 2. proceso de apelación por denegación del permiso 3. dispensas (no hay cuota por revisar las solicitudes de
dispensa por parte del Servicio de Animales o la oficina del comisionado de agricultura)
4. normas del permiso 5. aplicación de las normas
Operaciones de cría de gallos continuación
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∗ ¿Cuáles son los requisitos? ∗ ¿Cómo se solicita el permiso? ∗ ¿Cómo se solicita una dispensa?
Proceso de obtención del permiso
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Requisitos del permiso Formulario 100
Solicitud del permiso para cinco gallos o más. El Servicio de Animales recibe y tramita la solicitud. 11
Solicitud ante el funcionario del control de animales (formulario 100) Para propiedades con cinco o más gallos
∗ La ordenanza estipula que se debe incluir información
detallada de contacto y datos de las instalaciones, así como un plan de manejo de estiércol y control de plagas, con un mapa del sitio que señale los corrales de gallos.
∗ Comprobante de interés único legal o equitativo sobre la propiedad o consentimiento escrito del propietario para la crianza de gallos.
Requisitos del permiso
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Solicitud ante el funcionario del control de animales (formulario 100) ∗ Declaración de que no ha habido condenas de ningún delito de
peleas de gallos ilegales ni ningún otro crimen de crueldad contra los animales en ningún estado, y de que los gallos no han sido ni serán criados, usados ni vendidos para peleas de gallos ilegales, ni estarán disponibles de ningún otro modo para este fin.
∗ Inspección inicial de las instalaciones para determinar el
cumplimiento con las normas del permiso. ∗ Se cobra una cuota de permiso de $270 si aprueba la inspección.
Requisitos del permiso (continuación)
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Mapa del sitio
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CORRALES PARA GALLOS
GALLOS/ GALLINAS
Nom
bre de las instalaciones
Dirección de las
instalaciones xyz gallos
Mapa del sitio de la operación de cría de gallos
CORRALES PARA GALLOS
GALLOS/ GALLINAS
CORRALES PARA GALLOS
∗ Si se le niega el permiso, tendrá prohibido tener cinco o más gallos en una propiedad del condado de Monterey, y se emitirá una Notificación de infracción; además, se le dará una Notificación de cumplimiento para que disminuya la cría de cinco o más gallos.
∗ Puede presentar una apelación de la notificación de
infracción ante la Junta de Supervisores, según se describe en el Título 1.22 del Código del condado de Monterey.
Proceso de apelación
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Diagrama de tramitación de dispensas
¡No se requiere el formulario de dispensa si tiene cuatro gallos o menos!
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. Operaciones de cría de gallos que son gestionadas por menores y patrocinadas por escuelas públicas o privadas registradas con el Departamento de Educación de California: se tramita la solicitud sin costo por medio del Servicio de Animales (formulario 110). . Operaciones de cría de gallos que son gestionadas por menores y tienen el fin de promover un programa de desarrollo juvenil de la National Future Farmers of America o 4-H: se tramita la solicitud sin costo por medio del Servicio de Animales (formulario 110) . Para la solicitud se requiere una declaración de que no ha habido condenas de ningún delito de peleas de gallos ilegales ni ningún otro crimen de crueldad contra los animales en ningún estado, y de que los gallos no han sido ni serán criados, usados ni vendidos para peleas de gallos ilegales, ni estarán disponibles de ningún otro modo para este fin.
Dispensas .
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Diagrama de tramitación de dispensas
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¡No se requiere el formulario de dispensa si tiene cuatro gallos o menos!
∗ Operación avícola: la solicitud se tramita sin costo por medio de la oficina del Comisionado de Agricultura (formulario 120)
∗ Entusiasta de la avicultura:la solicitud se tramita sin costo por medio de la oficina del Comisionado de agricultura(formulario 120)
. Para la solicitud se requiere una declaración de que no ha habido condenas de ningún delito de peleas de gallos ilegales ni ningún otro crimen de crueldad contra los animales en ningún estado, y de que los gallos no han sido ni serán criados, usados ni vendidos para peleas de gallos ilegales, ni estarán disponibles de ningún otro modo para este fin.
Dispensas .
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El Servicio de Animales llevará un registro de todos los formularios. Las solicitudes de permiso con toda la documentación de apoyo
se guardará por tres años. Los formularios de inspección se guardarán por tres años. Los formularios de dispensa se guardarán en el expediente por
cinco años. Los expedientes de aplicación de normas se guardarán por tres
años.
Control de expedientes (expedientes públicos)
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Se realizarán inspecciones como resultado de: Nueva solicitud o renovación de permiso Reinspecciones Investigación de quejas Cuando no se devuelva el formulario de
cumplimiento Parte de una investigación de aplicación de la ley por
supuestas actividades de peleas de callos ilícitas
Proceso de inspección
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∗ Mantenimiento de las instalaciones ∗ Galos no atados a postes ∗ Alimentación y suministro de agua adecuados ∗ Cuidado y tratamiento de aves enfermas o lastimadas ∗ Saneamiento o desecho de desperdicios sólidos ∗ Desecho de cadáveres ∗ Control de plagas Cabe mencionar que en la ordenanza se desglosan los requisitos de cumplimiento de manera detallada.
Operación de cría de gallos Criterios de la inspección para permiso
Título 8, Sección 8.50.090 Código del condado de Monterey (MCC)
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Un alternativa a la atadura de gallos y albergues mal construidos son los corrales diseñados para permitir el libre movimiento y protección contra otros animales y el clima.
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∗ Funcionarios de control de animales (personal de inspección primario)
∗ El personal de salud ambiental podría asistir con la inspección de problemas de composta, saneamiento (basura), vectores (plagas). ∗ El departamento de aplicación del código podría también
participar para señalar estructuras ilegales o prohibidas. ∗ Los funcionarios de control de animales podrían emitir
referencias al departamento de construcción o de aplicación del código en base a observaciones y fotos.
¿Quién realiza las inspecciones?
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∗ Todas las inspecciones iniciales serán previamente programadas.
∗ Solo habrá uno o dos días por semana para realizar
inspecciones a fin de limitar el impacto en el programa de deberes del Servicio de Animales y garantizar que el personal esté disponible.
∗ No se permitirán las inspecciones de improviso, a
menos que recibamos una queja.
Protocolos de inspección
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∗ Si un funcionario del SA es llamado por las agencias de
aplicación de la ley, el funcionario del SA solo verificará si la ubicación cumple con los requisitos para el permiso.
∗ Podría ser muy probable que una respuesta del sitio debido a una investigación de las agencias del orden no califique al dueño u operador para recibir permiso si se descubre que se están realizando peleas de gallos ilícitas en las instalaciones.
Protocolos de inspección
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∗ Por medio de inspecciones y respuesta a quejas. ∗ Implementación pasiva antes de una acción de
aplicación de la ley ∗ Cada infracción del Título 8 representa una infracción
individual, y supone una infracción individual cada día que se siga cometiendo.
aplicación de las normas
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∗ Se pueden imponer y se impondrán multas, penalidades y cuotas de inspección (recuperación de costos) de $135 la hora.
∗ Aplicable en virtud del Código del co. de Monterey
como delito menor ∗ Aplicable en virtud del Capítulo 1.22 del Código del
co. de Monterey
Aplicación de las normas
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Iniciativas de alcance público sobre la implementación de la ordenanza ∗ Junta de Asesoramiento del Programa de Control de
Animales del Condado de Monterey ∗ Junta de Desarrollo Juvenil 4H del Comité de Agricultura
del Condado de Monterey ∗ Correspondencia por correo electrónico y cartas a la
lista de contactos pública ∗ Reuniones de alcance comunitario el 23 de junio en
Prunedale, el 24 de junio en King City y el 25 de junio en Marina.
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∗¿Preguntas?
Información de contacto Servicio de Animales del condado de Monterey (831) 769-8850 [email protected]
Preguntas/Información de contacto
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