crease la reserva de biosfera tawahka asangni y el parque ~1

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    Repblica de Honduras, C.A.

    CREANSE LA RESERVA DE BIOSFERATAWAHKAASANGNI Y EL PARQUE NACIONAL PATUCA, EN LA ZONA

    DEL RIO PATUCA

    Publicado en el Diario Oficial La " GACETA " No.29,052 del martes 21 de Diciembre de

    1999.

    DECRETO No.157-99

    El Congreso Nacional.

    CONSIDERANDO:Que la reforestacin del pas y la conservacin de bosquees de conveniencia nacional y de inters colectivos.

    CONSIDERANDO:Que es deber del Estado dictar medidas de proteccin delos derechos e intereses de las comunidades indgenas existentes en el pas,

    especialmente de las tierras y bosques donde estuvieren asentadas.CONSIDERANDO:Que es obligacin del Estado velar por la conservacin de

    aquellas reas naturales indispensables para el mantenimiento de la biodiversidad,para el desarrollo digno y sostenido del ser humano.

    CONSIDERANDO: Que para el correcto cumplimiento de los mandatosconstitucionales y legales existentes, as como, de las iniciativas centroamericanasrespecto al establecimiento del Corredor Biolgico Mesoamericano, es necesariodenominar una categora de manejo a la regin conocida como Tawahka y otracategora de manejo a la regin del Patuca Medio, las cuales en adelante, serndenominadas como Reserva de Biosfera Tawahka Asangni y Parque Nacional Patuca,

    respectivamente.

    CONSIDERANDO:Que parte de la citada rea ha sido propuesta por el puebloTawahka para ser considerada como Reserva de Biosfera, quien histricamente hahabitado la zona.

    CONSIDERANDO: Que es necesario que el Estado dicte medidas deproteccin, especialmente el de la tierra y bosques, para obtener ms y mejoresbeneficios, tanto para los locales como para la nacin, no solo escnico-cultural, sino

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    econmico y financiero.

    CONSIDERANDO: Que en la decimonovena reunin de Presidentes deCentroamrica celebrada el 12 de octubre de 1994, en Nicaragua, se aprob elestablecimiento del Corredor Biolgico Mesoamericano, del cual ambas reaspropuestas forman parte.

    CONSIDERANDO:Que en las cuencas de los ros Patuca, Blanco, Cuyamel,Cuyamelito, Capapn, Patastes, Ulak-Was y Coco o Sergovia, se encuentranecosistema importantes de gran biodiversidad, pero de muchas fragilidad, los cualesestn sufriendo fuerte presin por la demanda de tierras y de sus recursos, aconsecuencia del frente agrcola, ganadero y forestal que ha destruido riquezassimilares en otras reas del pas.

    CONSIDERANDO:Que la regin contiene sitios culturales y arqueolgicas devalor excepcional siendo una de las ltimas grandes extensiones de bosques latifoliadodel pas que est amenazada por el proceso de deforestacin y acaparamiento detierras.

    CONSIDERANDO: Que en base a las justificaciones que anteceden, esprocedente declarar la creacin de la Reserva de Biosfera Tawahka Asangni y elParque Nacional Patuca, como parte del Sistema Nacional de Area Protegidas deHonduras (SINAPH).

    POR TANTO,

    DECRETA:

    ARTICULO 1.- Cranse la Reserva de Biosfera Tawahka Asangni y el Parque

    Nacional Patuca, en la zona del ro Patuca Medio, al suroeste de la regin naturalconocida como la Mosquitia, en los departamentos de Olancho, Gracias a Dios, Colny El Paraso, dentro de los lmites establecidos en los Artculos 3 y 5 de este Decreto.

    Se constituye con el propsito de conservar la biodiversidad y el equilibrioecolgico as como, asegurar a la poblacin autctona del territorio, la sostenibilidad yconvivencia armnica con su entorno, en el marco de su cultura ancestral, paragarantizar la perpetuidad de este patrimonio de la nacin, en beneficio de la humanidady del pueblo hondureo, especialmente de los habitantes de la zona.

    ARTCULO 2.- Son objetivos especficos de la ley:

    1) Proteger la biodiversidad, la integridad ecolgica y las cuencas hidrogrficas dela zona;

    2) Complementar la seccin hondurea del Corredor Biolgico Mesoamericanocontinuo de bosques latifoliados, protegidas, conformado por la Reserva deBiosfera de Ro Pltano, la Reserva de Biosfera Tawahka Asangni y el ParqueNacional Patuca;

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    3) Promover el desarrollo sostenible de la zona y detener el avance del frente decolonizacin, la deforestacin y otras formas de explotacin no sostenible de losrecursos;

    4) Promover la investigacin cientfica de los recursos naturales y culturales paraapoyar las actividades de desarrollo sostenible de la zona;

    5) Proteger al pueblo Tawahka como parte de la herencia cultural de Honduras,promoviendo su desarrollo social, as como, respetando sus tradiciones,conocimientos, prcticas y costumbres culturales; y,

    6) Asegurar la efectiva administracin de la Reserva de Biosfera Tawhka Asangni ydel Parque Nacional Patuca, con la participacin protagnica del puebloTawahka y de los dems habitantes de la zona.

    ARTCULO 3.- La Reserva de Biosfera Tawahka Asangni, tiene una extensinsuperficial de doscientos treinta y tres mil ciento cuarenta y dos hectreas (233.142has), veinticinco rea (25 as) y noventa y cinco punto treinta y una centireas (95.31centireas) conforme, a los lmites siguientes:

    Punto No. 1 (LAT.1443'51" N; LONG. 85 14' 10" O.), partiendo de la boca del roCuyamelito se sube por margen derecho hasta alcanzar el nacimiento del mismo ro.

    Punto No. 2 (LAT. 14 48' 42" N; LONG. 85 18' 36" O.), de este punto se siguecon rumbo N., 05 00' O., y a una distancia aproximada de 7.1 kms., hasta alcanzar elcerro de Guasparami (625m.).

    Punto No. 3 (LAT. 14 52' 37" N; LOGN. 85 18' 65" O.), de este punto se siguecon rumbo N., 15 30' O., y una distancia de 1.6 kms., hasta alcanzar el ro Waspransi.

    Punto No. 4 (LAT. 14 53' 27" N; LOGN. 85 18' 10" O.), de este punto se subepor la margen derecha del ro hasta alcanzar su nacimiento.

    Punto No. 5 (LAT. 14 54' 23" N; LOGN. 85 29' 25" O.), de este punto se siguecon rumbo N., 05 00' O., y a una distancia de 3.3 kms., hasta alcanzar el cerro ms alto(1030m).

    Punto No. 6 (LAT. 14 56' 10" N; LOGN. 85 29' 38" O.), de este punto se siguerumbo N., 700' O., y a una distancia de 5.1 kms., hasta alcanzar el ro Wamp.

    Punto No. 7 (LAT. 14 58' 36" N; LOGN. 85 38' 20" O.), de este punto se siguecon rumbo N., 700' O., y a una distancia de 4.5 kms., hasta alcanzar el ro Wamp.

    Punto No. 8 (LAT. 15 00' 59" N; LOGN. 85 29' 06" O.), de este punto se baja porla margen derecha del ro Wamp hasta alcanzar la desembocadura del ro Pao.

    Punto No. 9 (LAT. 15 04' 37" N; LOGN. 85 02' 04" O.), de este punto se subepor la margen derecha del ro Pao por una distancia aproximada de 14 kms., hasta

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    alcanzar (sobre la margen derecha) la desembocadura de un crique tributario sinnombre.

    Punto No. 10 (LAT. 15 08' 32" N; LONG. 85 00' 12" O.), de este punto se subepor la margen derecha del crique hasta alcanzar su nacimiento.

    Punto No. 11 (LAT. 15 11 38" N; LOGN. 84 55' 12" O.), de este punto sigue conrumbo N., 75 30' E., y a una distancia de 2.8 kms. Hasta alcanzar el nacimiento delcrique Tapalwas.

    Punto No. 12 (LAT. 15 12' 0" N; LOGN. 84 53' 37" O.), de este punto se baja porel margen derecha del crique Tapalwas hasta alcanzar su desembocadura en el roPatuca.

    Punto No. 13 (LAT. 15 03' 37" N; LOGN. 84 50 03" O.), de este punto se subepor la margen derecha del ro Patuca hasta alcanzar un punto enfrente de ladesembocadura del crique Pansana (sobre la margen izquierda del ro Patuca).

    Punto No. 14 (LAT. 15 02' 54" N; LOGN. 84 50' 00" O.) de este punto se cruzael ro Patuca con un rumbo S., 21 30' E., y con un distancia de 200m., hasta alcanzar ladesembocadura del crique Pansana.

    Punto No. 15 (LAT. 15 02' 48" N; LOGN. 84 49' 55" O.), de este punto se siguecon rumbo S., 20 0., y con una distancia de 1.3 kms., hasta alcanzar la cima del cerroCipul (362m).

    Punto No. 16 (LAT. 15 02' 22" N; LOGN. 84 50' 08" O.), de este punto se siguecon rumbo S., 38 E., y con una distancia de 2.2 kms., hasta alcanzar un cerro sinnombre (341m).

    Punto No. 17 (LAT. 15 01' 10" N; LOGN. 84 49' 23" O.), de este punto se siguecon rumbo S., 26 E., y con una distancia aproximada de 6.1 kms., hasta alcanzar uncerro sin nombre (527m).

    Punto No. 18 (LAT. 15 00' 21" N; LOGN. 84 46' 10" O.), de este punto se siguecon rumbo S., 03 30' E., y con una distancia de aproximadamente 15.6 kms., hastaalcanzar el cerro La Roca (365m).

    Punto No. 19 (LAT. 14 51' 55 N; LONG. 84 45' 42" O.), de este punto se siguecon rumbo S., 56 O., y con una distancia de aproximadamente 7 kms, hasta alcanzar ladesembocadura del ro Awawas en el ro Coco o Segovia.

    Punto No. 20 (LAT. 14 49' 48" N; LONG. 84 48' 59" O.), de este punto se subepor la margen derecha del ro Coco o Segovia, hasta alcanzar la desembocadura de laquebrada Ispail Likan o Cao Mataron a un Espaol.

    Punto No. 21 (LAT. 14 36' 35" N; LONG. 85 02' 38" O.), de este punto se subepor la margen derecha de la quebrada Ispail Likan o Cao Mataron a un Espaol hastaalcanzar su nacimiento.

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    Punto No. 22 (LAT. 14 37' 20" N; LOGN. 85 04' 42" O.), de este punto se sigue

    con rumbo S., 79 O., y con una distancia aproximada de 2.5 kms., hasta alcanzar uncerro sin nombre (400+m).

    Punto No, 23 (LAT. 14 37' 05" N; LOGN. 85 06' 03" O.), de este punto se sigue

    con rumbo N., 65 O., y con una distancia aproximada de 7.9 kms., hasta alcanzar uncerro sin nombre (550m).

    Punto No. 24 (LAT: 14 37' 55" N; LONG. 85 10' 23" O.), de este punto se siguecon rumbo N., 65 O., y con una distancia aproximada de 11.3 kms., hasta alcanzarconfluencia de la quebrada El Pescado con el ro Patuca.

    Punto No. 25 (LAT. 14 40' 47" N; LONG. 85 15' 36" O.), de este punto se bajapor la margen del ro Patuca hasta alcanzar un punto enfrente de la desembocaduradel ro Cuyamelito (sobre la margen izquierda).

    Punto No. 26 (LAT. 14 43' 52" N; LONG. 85 14' 07" O.), de este punto se cruzael ro Patuca con rumbo N., 69 y 30' O., y con una distancia de 100m hasta alcanzar elpunto de partida o punto No. 1, cerrndose as el permetro del polgono.

    ARTCULO 4.- La Reserva Parque Nacional Patuca, tiene una extensinsuperficial estimada de trescientos setenta y cinco mil quinientos ochenta y cuatrohectreas (375,584 has), conformado por los polgonos siguientes:

    Punto No.1.-Longitud 654400, latitud 1555150, de este punto se sigue aguasarriba del ro Coco o Segovia hasta llegar a la desembocadura del ro Yamale.

    Punto No.2.- Longitud 644005, latitud 158800, de este punto aguas arriba del ro

    Yamale, pasando por la aldea Villanueva, hasta llegar a una de las vertientes delmismo ro.

    Punto No. 3.- Longitud 629748, latitud 1565500, se sigue al Norte fanco OE a500 metros llegando al nacimiento del Ro Cuyamelito.

    Punto No. 4.- Sigue aguas abajo hasta llegar a su desembocadura con el RoPatuca, longitud 636800, latitud 1583900.

    Punto No. 5.- De este punto se sigue aguas abajo del Ro Patuca, hasta llegar ala desembocadura de la quebrada Las Milpas, con coordenadas longitud 640504,latitud 1582197.

    Punto No. 6.- Sigue aguas arriba de la quebrada de Las Milpas, hasta llegar auna de sus vertientes con cordenadas longitud 645154, latitud 1598940.

    Punto No. 7.- Se sigue rumbo N. 31EW. A un cerro sin nombre con una alturade 535 metros y una distancia de 6.5 kilmetros con coordenadas longitud 641800,latitud 1604650.

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    Punto No. 8.- Se sigue a una de las vertientes del Ro Ulak-Was, con unadistancia de 200 metros, N. 53EW.

    Punto No. 9.- Se sigue el Ro Ulak-Was, hasta la confluencia del Ro Pataste yel Ro Blanco, con coordenadas longitud 647080, latitud 1609300.

    Punto No. 10.- Se sigue aguas abajo del Ro Blanco, hasta su desembocaduradel Ro Cuyamel con coordenadas longitud 670745, latitud 1621925.

    Punto No. 11.- Sigue aguas abajo del Ro Cuyamel, hasta la desembocaduradel Ro Capapn con cordenadas longitud 668254, latitud 1626525.

    Punto No. 12.- Se sigue el agua arriba del Ro Capapn, hasta su nacimiento,con coordenadas longitud 65580, latitud 1647000.

    Punto No. 13.- De este punto hacia el nacimiento del Ro Negro N. 32EE., y 500metros de distancia.

    Punto No. 14.- Se sigue aguas abajo del Ro Negro, pasando por la poblacindel mismo nombre hasta la desembocadura del Ro Wamp con coordenadas longitud660650, latitud 1663400.

    Punto No. 15.- Se sigue a la margen izquierda del Ro Wamp, hasta llegar alpunto con coordenadas longitud 663750, latitud 1660660.

    Punto No. 16.- Siguiendo con rumbo S., 8EE., y una distancia de 4.5 kilmetrosal cerro Sin Nombre, con una altura de 1155 metros, con coordenadas longitud662000, latitud 1656165.

    Punto No. 17.- Seguimos con rumbo S., 27EW., y una distancia de 5.1kilmetros al cerro Sin Nombre, con una altura de 1030 metros con coordenadaslongitud 662000, latitud 1651700.

    Punto No. 18.- Seguimos con rumbo S., 7EE., y una distancia de 3.3 kilmetros,con coordenadas longitud 662350, latitud 1648425, hasta llegar al nacimiento del RoWasprasni.

    Punto No. 19.- De este punto se sigue la margen izquierda del ro, hasta llegar alas cordenadas longitud 681400, latitud 1647000.

    Punto No 20.- Siguiendo con rumbo S., 5EW., y con una distancia de 1.6

    kilmetros, se llega al cerro Wasprasni con una altura de 6.25 metros.

    Punto No. 21.- Se sigue con rumbo S., 5EE., y con una distancia 7.1 kilmetroshasta llegar al nacimiento del Ro Cuyamelito.

    Punto No. 22.- Se sigue por la margen izquierda del Ro Cuyamelito, hastallegar a su desembocadura en el Ro Patuca, con coordenadas longitud 689900, latitud169225.

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    Punto No. 23.- SE sigue al margen izquierdo del Ro Patuca, hasta llegar a la

    desembocadura del Ro El Pescado, con coordenadas, longitud 686650, latitud1623675.

    Punto No. 24.- Se sigue con rumbo S., 64EE., con distancia de 11.3 kilmetros

    hacia el cerro, con una altura de 550 metros.

    Punto No. 25.- Seguimos con rumbo S., 82EE., y una distancia de 7.9kilmetros, con un cerro de 425 metros de altura.

    Punto No. 26.- Se sigue con rumbo N., 78EE., y con una distancia de 2.5kilmetros, llegando al nacimiento de la quebrada Ispail Likan.

    Punto No. 27.- De este punto se sigue aguas debajo de la quebrada Ispail Likan,hasta llegar a su desembocadura con el Ro Coco o Segovia, con coordenadas,longitud 710700, latitud 1615900.

    Punto No. 28.- Se sigue aguas arriba del Ro Coco Segovia, pasando por lamargen derecha, hasta llegar frente a la desembocadura del Ro Lakus concoordenadas, longitud 712900, latitud 1615900.

    Punto No. 29.- Siguiendo hacia el Sur, por el Ro Coco o Segovia hasta llegar alpunto con coordenadas, longitud 699100, latitud 1581350, en el lugar de Bucay y laconfluencia del Ro Bucay con el Ro Coco o Segovia.

    Punto No. 30.- Se sigue hacia el Sur-Oeste, aguas arriba del Ro Coco oSegovia, pasando por los lugares Kisik-Sik, con Ponkawas, Atiwas, La Marrana hastallegar al punto inicial, ubicado en las aproximidades del lugar llamado tuburus.

    ARTICULO 5.- La Administracin Forestal del Estado (AFE) mediante laestructura institucional del Sistema Nacional de reas Protegidas, ser responsable dela administracin y manejo de la Reserva de Biosfera Tawahka-Asangni y del ParqueNacional Patuca; como tal, definir y ejecutar, las acciones necesarias, con laparticipacin protagnica de las municipalidades respectivas, la poblacin organizadade la zona y, en su caso la Federacin Indgena Tawahka de Honduras (FITH), encoordinacin con la Secretara de Estado, las dems Instituciones Gubernamentales ylas Organizaciones No Gubernamentales sin fines de lucro.

    ARTCULO 6.- La Administracin Forestal del Estado (AFE) podr celebrarconvenio o contrato con las Municipalidades, la Federacin Tawahka de Honduras

    (FITH) y cualquier otra organizacin sin fines de lucro especializada en la conservacinde recursos naturales, para el manejo y administracin total o parcial de la reserva.

    ARTICULO 7.- La tierras delimitadas en esta ley, que sean propiedad delEstado de Honduras o especficamente de la Administracin Forestal del Esta (AFE),se declaran y constituyen patrimonio inalienable, imprescriptible, irreductible y nogravable de la Reserva de Biosfera Tawahka-Asangni y del Parque Nacional Patuca,quedando solamente excluidos del patrimonio estatal, los ttulos otorgados a favor de la

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    Federacin Indgena Tawahka de Honduras (FITH), y los otorgados a otrosadjudicatarios antes del 19 de agosto de 1997. No se reconocer ningn ttulo otorgadoa dicho adjudicatarios que no estn inscritos en el Registro de la Propiedad antes deesa fecha, salvo los otorgados a la Federacin Indgena Tawahka de Honduras (FITH)y a la Administracin Forestal del Estado (AFE).

    ARTICULO 8.- El uso de la tierra y otros recursos naturales dentro de laReserva de Biosfera Tawahka Asangni y del Parque Nacional Patuca, debersometerse a las normas legales establecidas, a un plan de manejo y a su reglamentocorrespondiente; el Plan de Manejo ser elaborado por la Administracin Forestal delEstado (AFE), en forma directa o mediante convenios, en su caso previo acuerdo conla Federacin Indgena Tawahka de Honduras (FITH), las municipalidades, lapoblacin organizada y cualesquiera otra institucin sin fines de lucro especializada enla materia.

    ARTCULO 9.- El patrimonio cultural y arqueolgico que se encuentra dentro dela Reserva de Biosfera Tawahka-Asangni y el Parque Nacional Patuca, pertenece alEstado de Honduras; su custodia y preservacin estar bajo la responsabilidad delInstituto Hondureo de Antropologa e Historia quien para el mejor cumplimiento de susfines y funciones podr delegar esta responsabilidad, mediante acuerdo y convenio. LaFederacin Indgena Tawahka de Honduras (FITH), las municipalidades, la poblacinorganizada y cualquiera otra institucin sin fines de lucro especializada en la materia.

    ARTCULO 10.- Los trabajos de delimitacin y demarcacin de los lmitesexteriores de la Reserva de Biosfera Tawahka-Asangni y el Parque Nacional Patuca,deber iniciarse dentro de los Treinta (30) das siguientes a la vigencia de esta ley.

    ARTICULO 11.- La Administracin Forestal del Estado (AFE) por accin directao por medio de la celebracin de convenios, dentro de un (1) ao plazo a partir de la

    vigencia de esta ley, previo acuerdo con la Federacin Indgena Tawahka de Honduras(FITH) y la poblacin organizada asentada dentro de la Reserva y el Parque, concluirla elaboracin de la zonificacin de la misma, incluyendo una o ms zonas ncleos,todas debidamente delimitadas y demarcadas. Si no se llegara a un acuerdo condichas organizaciones, la zonificacin ser establecida de oficio por la AdministracinForestal del Estado (AFE) en el siguiente mes.

    ARTICULO 12.- El censo de las personas fsicamente asentadas en la zona deamortiguamiento de la Reserva y del Parque, ser el instrumento legal que reconozcala permanencia dentro de dicha zona y les confiar derecho a permanecer en suinterior, siempre y cuando stos se apaguen a la normativa especial de la Reserva odel Parque, segn sea el caso y al Plan de Manejo que los regula.

    Los derechos conferidos por este Artculo son personalismos y no podrntransferirse, transmitirse, enajenarse, embargarse ni grabarse a ningn ttulo.

    ARTICULO 13.- La ocupacin y el uso de los recurso naturales dentro de lapropiedad del Estado, por personas particulares asentadas dentro de la Reserva y delParque, antes de la emisin de esta ley, se regularn mediante contratos o conveniosentre la Administracin Forestal del Estado (AFE) y las personas interesadas.

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    ARTCULO 14.- La persona que dejar de habitar voluntariamente en la

    Reserva y del Parque por ms de un (1) ao, no tendr derecho a reasentarse en lamisma, en ningn tiempo, salvo que pertenezca a la etnia Tawahka o haya nacido enella.

    ARTICULO 15.- Queda prohibida toda intervencin humana en las zonasncleos de la Reserva de Biosfera Tawahka Asangni y el Parque Nacional Patuca,salvo en labores cientficas, de rescate y de conservacin.

    ARTICULO 16.- Dentro de la Reserva de Biosfera Tawahka-Asangni y delParque Nacional Patuca, queda prohibida toda actividad de explotacin industrial de losrecursos naturales, la extraccin de flora y fauna silvestre con fines comerciales y todaactividad que pudiera deteriorar el ambiente de la misma.

    ARTCULO 17.- El Gobierno de Honduras a travs de la autoridad competente,realizar las gestiones necesarias ante la UNESCO, para integrar la Reserva deBiosfera Tawahka-Asangni, a la red internacional de reas protegidas del Programa ElHombre y La Biosfera.

    ARTCULO 18.- El Poder Ejecutivo reglamentar el presente Decreto en elplazo mximo de sesenta (60) das, contados a partir de su vigencia.

    ARTICULO 19.- El presente Decreto entrar en vigencia a partir de la fecha desu publicacin en el Diario Oficial La Gaceta.

    Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Saln deSesiones del Congreso Nacional, a los veinte das del mes de octubre de milnovecientos noventa y nueve.

    RAFAEL PINEDA PONCEPresidente

    JOS ALFONSO HERNNDEZ CORDOVASecretario

    JOS NGEL SAAVEDRA POSADASSecretario

    Al Poder Ejecutivo.

    Por Tanto: Ejectese.

    Tegucigalpa, M.D.C., 29 de octubre de 199

    CARLOS ROBERTO FLORES FACUSEPresidente Constitucional de la Repblica

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    El Secretario de Estado en los Despachos de Recurso NaturalesSILVIA XIOMARA GMEZ