cuadro derecho constitucional

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Republica Bolivariana de Venezuela Universidad Fermin Toro Escuela de Derecho Barqusimeto – Edo Lara Derecho Constitucional Alumna María F. Roberto C.I 27.120.466 SAIA B

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Page 1: Cuadro derecho constitucional

Republica Bolivariana de Venezuela

Universidad Fermin ToroEscuela de Derecho

Barqusimeto – Edo Lara

Derecho Constitucional

Alumna María F. RobertoC.I 27.120.466

SAIA B

Page 2: Cuadro derecho constitucional

Tipos de Derechos

Concepto Diferenciación

Civiles

Son todos esos derechos que pertenecen a cada una de las personas que conforman la colectividad.

Protegen la vida personal del individuo y son los más conocidos por la gente. Se gozan desde la concepción siendo así el derecho a la vida como el primero de estos.

Políticos

Conjunto de derechos que tienen los ciudadanos para manifestar su opinión con respecto a aspectos de orden político, como las Elecciones, que es una de las formas de participación de la Sociedad.

Estos por otra parte son ejercidos a partir de que se cumpla la mayoría de edad (18 años). El principal de estos se manifiesta en el derecho a ejercer el voto.

Sociales y de Las Familias

Derechos que tienen por objeto la regulación y protección de las instituciones propias del Derecho de Familia, así como también todo lo referido a la Salud, y todo lo relacionado al desarrollo social de los ciudadanos venezolanos.

Por su parte el Estado se encarga de velar por estos derechos para que los ciudadanos se puedan desarrollar sin problemas en su entorno sin presentar problemas, bien sea familiar, en materia de salud, entre otros.

Page 3: Cuadro derecho constitucional

Tipos de Derechos

Concepto Diferenciación

Culturales y Educativos

Conjunto de normas que tienen por objeto la ratificación, garantización, acceso y protección de la Cultura, así como también del Sistema Educativo.

Estos están orientados a garantizar que las personas y las comunidades tengan acceso a la cultura y puedan participar en aquella que sea de su elección., para asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación. También se obliga al Estado a encargarse de garantizar una educación de calidad para todos los ciudadanos.

Económicos

Conjunto de preceptos jurídicos que establecen los lineamientos que garantizan y regulan todo lo referido a la Iniciativa Privada y a la Libertad Empresarial así como la autoridad del Estado para controlar dicha actividad.

Centrado en el ámbito económico se dirige al derecho a la propiedad individual y colectiva, al desarrollo, bienestar y seguridad económica.

Page 4: Cuadro derecho constitucional

Tipos de Derechos

Concepto Diferenciación

De los Pueblos Indígenas

Son el conjunto de preceptos jurídicos que reconocen y garantizan las diversas formas de manifestaciones de los grupos indígenas venezolanos, así como la protección y la participación en diferentes ámbitos de la vida nacional.

A diferencia de los demás derechos que se aplican a todos los individuos, éstos son exclusivamente para los indígenas venezolanos en virtud de proteger su identidad y garantizar su inclusión en la sociedad.

Ambientales

Son el conjunto de preceptos jurídicos que establecen los elementos protectores referidos a la conservación del ambiente, diversidad biológica, fauna y parques nacionales.

Este derecho por su parte ha de ser protegido por todos los protagonistas de la vida social, es decir, los individuos, las comunidades, los poderes públicos y las entidades privadas.. Sus normas van encaminadas más principalmente a la prevención y al cuidado y no a la sanción.

Page 5: Cuadro derecho constitucional

Tipos de Garantías

Concepto Diferenciación

Individual o Constitucional

Venezuela que a través de su constituyente incluyó las garantías de respeto a los derechos humanos (que en “latu sensu” eso son las garantías individuales) en su constitución, plasmando en derecho positivo la obligación de los órganos de gobierno de respetar los derechos y de restituir estos cuando haya habido una violación o un abuso por parte de la autoridad.

Éstas garantías como su nombre lo indica, se encuentran consagradas directamente en nuestra Constitución, en el respeto a los Derechos Humanos y es deber del Estado su cumplimiento.

Personales

Seguridad que se ofrece para el cumplimiento de una obligación, ya sea mediante una tercera persona.

Las garantías personales por su parte y como su nombre lo indica son responsabilidad de cada uno de los individuos obligados a ellas.

Page 6: Cuadro derecho constitucional

Tipos de Garantías

Concepto Diferenciación

Reales

Seguridad que se ofrece para el cumplimiento de una obligación, ya sea mediante una cosa o bien determinado (garantía real), que puede ser sobre un bien mueble o sobre un bien inmueble. Entendemos como garantías reales aquellas con las cuales se asegura el pago de la obligación principal con uno o varios bienes, que pueden ser del deudor o de un tercero.

Las garantías reales al igual que las personales son responsabilidad de cada individuo, pero a diferencia de las constitucionales en las que el Estado se encarga de el cumplimiento de ellas. En la garantía real el acreedor tiene un derecho de preferencia sobre el bien o bienes afectados, para el cumplimiento de la obligación principal.

Específicas o Jurisdiccionales

Se trata de instrumentos que se ofrecen a los ciudadanos para que, en caso de vulneración de un derecho fundamental pueden acudir a ellos y obtener la preservación del derecho o el restablecimiento del mismo

Éste es responsabilidad de las personas y de los tribunales. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos. Es un recurso para la protección de los derechos y libertades de cada uno.