curso especializado en dd.hh._primera sesión
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Curso Especializado en Derechos Humanos
Piero Vásquez AgüeroHuancavelica, 2009
1. Evolución Histórica
Aproximaciones
Existencia de leyes inmutables oponibles a
todo tipo de autoridades.
Ejemplos: Grecia, Roma, Cristianismo, etc.
1. Evolución Histórica
Primera etapa:
Límites al poder de la Corona Británica Carta Magna de 1215
Habeas Corpus Act 1679
Bill of Rights 1689
1. Evolución Histórica
Segunda Etapa:
La “constitucionalización” Revolución Americana: “Sostenemos como evidentes por sí mismas dichas verdades: que
todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos
inalienables; que entre éstos están la Vida, la Libertad y la búsqueda de la Felicidad.” Revolución Francesa: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las
distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común
¿y en América Latina? Declaración de Independencia de Venezuela: el olvido y
el desprecio de los derechos del pueblo ha sido hasta ahora la causa de los males que éste ha sufrido
por tantos años, ha resuelto declarar, como declara solemnemente ante el universo todo, esos
mismos derechos inajenables, a fin de que todos los ciudadanos puedan comparar continuamente los
actos del gobierno con los fines de la institución social
1. Evolución Histórica
Tercera etapa:
La “internacionalización” política de los DD. HH. Carta de las Naciones Unidas.
Con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las
relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones, basadas en el respeto al principio
de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, la
Organización promoverá: c) el respeto universal a los derechos humanos y
a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza,
sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades
1. Evolución Histórica
Tercera etapa:
La “internacionalización” política de los DD. HH.
Declaración Americana de los Derechos y los Deberes del Hombre.
Todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están por
naturaleza de razón y conciencia, deben conducirse fraternalmente los unos con los otros.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los
derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la
conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo
en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de
creencias;
1. Evolución Histórica
Tercera etapa:
La “internacionalización” jurídica de los DD. HH. Los Pactos Internacionales de alcance universal
Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
En la región americana Convención Americana de Derechos Humanos.
Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en materia
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
1. Evolución Histórica
Tercera etapa:
La “internacionalización” jurídica de los DD. HH. y el reconocimiento de las
particularidades: Mujer
Niño
Trabajadores Migratorios
Discriminación racial
Tortura
Personas con discapacidad
…..Pueblos Indígenas
1. Concepto de los DD. HH.
¿qué es un derecho? Facultad o garantía que alguien ostenta para hacer algo.
¿qué son los derechos humanos entonces? inherentes a nuestra naturaleza de seres humanos que tienen como
finalidad garantizarnos una vida digna, y que permiten proteger el
desarrollo pleno de nuestras capacidades humanas y satisfacer nuestras
variadas necesidades fisiológicas, espirituales y sociales, volviéndolas
exigibles y oponibles al Estado. Es decir, los DDHH constituyen límites al
poder estatal, estableciendo un conjunto de comportamientos (hacer y no
hacer) para respetarlos y protegerlos efectivamente.
1. Concepto de los DD. HH.
¿qué es un derecho? Facultad o garantía que alguien ostenta para hacer
algo.
La existencia del derecho para el individuo
inmediatamente genera algún tipo de obligación
para el estado: hacer – no hacer
1. Concepto de los DD. HH.
¿qué son los derechos humanos entonces? inherentes a nuestra naturaleza de seres humanos que tienen como
finalidad garantizarnos una vida digna, y que
permiten proteger el desarrollo pleno de nuestras capacidades humanas y
satisfacer nuestras variadas necesidades fisiológicas, espirituales y sociales,
volviéndolas
exigibles y oponibles al Estado. Es decir, los DDHH constituyen límites al
poder estatal, estableciendo un conjunto de comportamientos (hacer y no
hacer) para respetarlos y protegerlos efectivamente.
ES UN CONCEPTO MULTIDIMENSIONAL
1. Concepto de los DD. HH.
a. Naturaleza multidimensional de los DD. HH. Dimensión ética
Dimensión normativa
Dimensión política
Dimensión histórica
2. Contenido de los DD. HH.
Fuentes para determinar el contenido
Artículo 2º
Artículo 3º
Tratados de Derechos Humanos
Interpretaciones y construcciones jurisprudenciales del TC.
Interpretaciones de los órganos que supervisan los tratados
sobre DD. HH.
2. Contenido de los DD. HH.
Constitucionalmente: Vida Identidad (nombre) Integridad moral, psíquica y
física Libre desarrollo y bienestar Igualdad ante la ley Libertad de conciencia y
religión Libertad de información, opinión, expresión Acceso a la información
Intimidad Honor Libertad y propiedad intelectual Inviolabilidad de domicilio
Inviolabilidad de documentos y comunicaciones Libertad de tránsito y residencia
Libertad de reunión Libertad de asociación Libertad contractual Trabajo
Propiedad Derechos políticos Identidad étnica y cultural (uso de idioma) Petición
y respuesta Nacionalidad A la paz, disfrute de tiempo libre y descanso Libertad y
seguridad personal Garantías del debido proceso Principio de legalidad y no
retroactividad Derechos del niño, adolescente, madre, adulto mayor Protección
de la familia Salud Seguridad Social Educación Derechos sindicales Asilo
Consulta Agua Verdad
2. Contenido de los DD. HH.
Internacionalmente: Derecho a la alimentación Derecho a la protección judicial Derecho a
la circulación y residencia Derecho a la rectificación o respuesta Derecho a la constitución y
protección de la familia Derecho a la salud Derecho a la educación Derecho a la seguridad
social Derecho a la igualdad ante la ley Derecho a la vida Derecho a la indemnización por
error judicial Derecho a las garantías judiciales Derecho a la integridad personal Derecho a
los beneficios de la cultura Derecho a la libertad de asociación Derecho a un medio
ambiente sano Derecho a la libertad de conciencia y de religión Derecho al desarrollo
progresivo Derecho a la libertad de pensamiento y de expresión Derecho al nombre Derecho
a la libertad y seguridades personales Derecho al trabajo digno Derecho a la nacionalidad
Derecho de reunión Derecho a la propiedad privada Derecho a no ser sometido a esclavitud
o trabajo forzoso. Derecho a la protección de la honra y de la dignidad Derechos políticos
Derechos sindicales
2. Contenido de los DD. HH.
Las listas pueden ser interminables….
¿cómo determinar el contenido? Determinación del contenido esencial de un derecho
Contenido Esencial: STC TC 1417-2005-AA/TC Este Tribunal Constitucional considera que la determinación del contenido esencial de los derechos fundamentales
no puede efectuarse a priori, es decir, al margen de los principios, los valores y los demás derechos
fundamentales que la Constitución reconoce. En efecto, en tanto el contenido esencial de un derecho fundamental
es la concreción de las esenciales manifestaciones de los principios y valores que lo informan, su determinación
requiere un análisis sistemático de este conjunto de bienes constitucionales, en el que adquiere participación
medular el principio-derecho de dignidad humana, al que se reconducen, en última instancia, todos los derechos
fundamentales de la persona.
En tal sentido, el contenido esencial de un derecho fundamental y los límites que sobre la base de éste resultan
admisibles, forman una unidad (Häberle, Peter. La libertad fundamental en el Estado Constitucional. Lima: Fondo
Editorial de la PUCP, 1997, p. 117); por lo que, en la ponderación que resulte necesaria a efectos de determinar la
validez de tales límites, cumplen una función vital los principios de interpretación constitucional de “unidad de la
Constitución” y de “concordancia práctica”, cuyo principal cometido es opmitimizar la fuerza normativo-axiológica
de la Constitución en su conjunto
2. Contenido de los DD. HH.
Las listas pueden ser interminables….
¿cómo determinar el contenido? Determinación del contenido esencial de un derecho
Contenido Esencial: Manuel Medina Guerrero
“en cuanto integrantes del contenido constitucionalmente protegido, cabría distinguir,
de un lado, un contenido no esencial, esto es, claudicante ante los límites
proporcionados que el legislador establezca a fin de proteger otros derechos o bienes
constitucionalmente garantizados, y, de otra parte, el contenido esencial,
absolutamente intangible para el legislador; y, extramuros del contenido
constitucionalmente protegido, un contenido adicional formado por aquellas
facultades y derechos concretos que el legislador quiera crear impulsado por el
mandato genérico de asegurar la plena eficacia de los derechos fundamentales”
¿el contenido esencial será el mismo siempre?
¿el contenido no esencial no importa?
2. Contenido de los DD. HH.
Fuentes para la determinación del contenido
esencial: Marco General: atribuible a todos los seres humanos
Marco específico: grupos socialmente vulnerables
General: derecho a la propiedad. (PIDCP o CADH)
Específico: la propiedad comunal de los pueblos indígenas. (C.
169 + Sentencia Yakye Axa vs. Paraguay CorteIDH)
2. Contenido de los DD. HH.
Determinación del contenido esencial del Derecho a la vida
Constitución: (2º, 1) Toda persona tiene derecho a la
vida.
Utilizando la IV DFT integro los Tratados de DD. HH.:
CADH: nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente
CorteIDH: no impedimento para el acceso a las condiciones de vida
digna
*** este es el contenido esencial, no restringible.
2. Contenido de los DD. HH.
Trabajo en grupo: Contenido de otros derechos:
Igualdad ante la ley y no discriminación
Integridad personal
Acceso a la justicia
Derechos políticos
*** contemplar tanto el contenido esencial, no esencial y adicional.
3. Características
Clasificación Clásica división
Primera generación
Segunda generación
Tercera generación
…. Y algunos hablan de la “cuarta generación”..
Concepto clave: interdependencia
3. Características
Clasificación Concepto clave: interdependencia – Declaración y programa de acción de Viena de
1993
5. Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y
están relacionados entresí. La comunidad internacional debe tratar los derechos
humanos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y
dándoles a todos el mismo peso. Debe tenerse en cuenta la importancia de las
particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios
históricos, culturales y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cuales
fueren sus sistemas políticos, económicos yculturales, de promover y proteger todos
los derechos humanos y las libertades fundamentales.
3. Características
Características Inherentes Universales
Exigibles Inalienables
Inviolables Imprescriptibles
InterdependientesIndivisibles
Irrevocables Progresivos
3. Características
¿Dónde se encuentran recogidos los DD. HH?
Positivización de los DD. HH.
Sistemas de Protección
Sistema Universal
Sistema Interamericano
También: sistema africano, sistema europeo y Corte Penal
Internacional.
3. Características
Sistema Universal Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Pacto Internacional de Derechos Económicas, Sociales y Culturales
Convención para la Eliminación de la Discriminación Racial
Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
Convención contra la Tortura y y Otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes
Convención sobre los Derechos del Niño
Convención para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores
Migratorios y de sus Familiares
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CRPD)
3. Características
Sistema Interamericano Convención Americana de los Derechos Humanos.
Protocolo en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Protocolo relativo a la abolición de la pena de muerte.
Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura.
Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas
Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la
violencia contra la mujer.
Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de
discriminación contra las personas con discapacidad.
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Nacional
Ámbito Internacional
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito NacionalProcesos de constitucionalidad
Habeas Corpus: libertad personal, integridad personal y libertad de circulación.
Proceso de Amparo: todo derecho con “sustento constitucional directo” - ¿y los
derechos recogido en los tratados de derechos humanos son también derechos
constitucionales?
Habeas data: acceso a la información pública, retiro de información, y
actualización de información
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Nacional ¿y los derechos recogidos en los tratados de derechos humanos son
también derechos constitucionales?
Rango de los tratados: Todos los tratados
Tratados de DD. HH.
Funciones Función normativa de tratados de DD. HH.
Función interpretativa de los tratados de DD. HH.
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Actores principales: Sujetos de Derecho
Internacional (deberes y derechos + capacidad
activa + capacidad pasiva)
Los Estados
Las Organizaciones Internacionales
Los Individuos
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Obligaciones de los Estados:
Obligación de respetar – no violar
Obligación de garantía – adopción de medidas Prevención
Investigación
Sanción
Reparación
Deber de implementación
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Elementos generales
Subsidiariedad: agotamiento de recursos
¿siempre? No! cuando haya violaciones al debido proceso, cuando
no existan procedimientos, cuando se impida agotar los recursos
internos, etc.
Buscan declarar la responsabilidad internacional de los estados
Los estados deben aceptar expresamente la competencia de los
órganos de protección.
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Elementos generales
Son procesos contenciosos
No todos terminan con una sentencia, pero sí con una decisión: Sentencia - CorteIDH
Recomendaciones - CIDH
Decisiones – Comités de NNUU
¿y la Corte Internacional de Justicia? ¿y la Corte Penal Internacional?
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Elementos generales
Se establece la responsabilidad
internacional de los Estados en tanto
Sujetos de Derecho Internacional
Litis: violación o restricción
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Elementos generales
Restricciones válidas: Hecha por ley
Fin legítimo
Necesario en una sociedad democrática Medida adecuada
Proporcional
Menos gravosa
¿Todos los derechos se pueden restringir?
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Sistemas de Protección de Derechos Humanos Sistema Universal de Derechos Humanos - SUDH
Sistema Interamericano de Derechos Humanos – SIDH
Hay otros sistemas como el africano o el europeo, que no se aplican al
Perú
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Sistema Universal de Derechos Humanos
Sistema convencional
Sistema extraconvencional
4. Protección de los DD. HH.
Sistema Universal de Derechos Humanos
Sistema convencional Proyecto de un pacto de derechos humanos encomendado a la
Comisión de Derechos Humanos en 1946 (1 solo tratado).
Los Estados occidentales plantearon la división en dos cuerpos: derechos de “primera” y “segunda” generación.
Los Estados socialistas abogaban por la interdependencia e indivisibilidad de todos los DDHH.
Las diferencias ideológicas generaron una demora en la elaboración de los pactos, que fueron adoptados el 19 de diciembre de 1966.
4. Protección de los DD. HH.
Sistemas Universal de Derechos Humanos – Sistema Convencional
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Fue adoptado unánimemente el 19 de diciembre de 1966, y entró en vigor el 23
de marzo de 1976. Contempla derechos no contenidos en la DUDH. Art. 4: cláusula de suspensión. Crea el CDH como órgano de control. 2 protocolos adicionales:
1 Protocolo Facultativo del PIDCP (Protocolo I), adoptado por la AG el 16 de diciembre de 1966. Entró en vigor, al igual que el PIDCP, el 23 de marzo de 1976. Faculta al CDH a atender comunicaciones individuales.
2 Protocolo Facultativo destinado a abolir la Pena de Muerte (Protocolo II), adoptado por la AG el 15 de diciembre de 1989. Entró en vigor el 11 de julio de 1991 Excepción: reserva para aplicación en tiempo de guerra.
4. Protección de los DD. HH.
Sistemas Universal de Derechos Humanos – Sistema Convencional
Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Adoptado el 19 de diciembre de 1966, y entró en vigor el 3 de enero de 1973.
Mayor desarrollo que la DUDH, pero menor desarrollo que el Protocolo de San Salvador.
Progresiva implementación de los DESC. Obligación de garantizar y de adoptar medidas (medidas positivas y negativas).
No contiene cláusula de suspensión (flexibilidad de implementación).
No crea el CDESC. Este es creado por Resolución del ECOSOC el 28 de mayo de 1985.
4. Protección de los DD. HH.
Sistema Universal de Derechos Humanos - Sistema Convencional
Otros Tratados y sus órganos de supervisión
Convención ÓrganoPIDCP CDHPIDESC CDESCConvención contra la discriminación racial CEDRConvención contra la tortura CATConvención sobre los derechos del niño CRCConvención sobre trabajadores mirgatorios CTMConvención sobre discriminación de la mujer CEDAWConvención sobre los derechos de las personas con discapacidad CRPD)Convención sobre desaparición forzada (no en vigor) CED
4. Protección de los DD. HH.
Sistema Universal de Derechos Humanos – Sistema Convencional
• Órganos de control de los tratados. Generalmente 18 miembros.Funciones:
– Recibir informes de los Estados parte.– Formular observaciones y recomendaciones a los Estados parte.– Recibir y examinar comunicaciones individuales.– Examinar comunicaciones interestatales.– Iniciar investigaciones de oficio.
4. Protección de los DD. HH.
Sistema Universal de Derechos Humanos – Sistema Convencional
En el marco del sistema convencional existen dos tipos de mecanismos de control, los mecanismos no contenciosos y los mecanismos contenciosos.
Mecanismos no contenciosos:– Envío de informes periódicos a los comités.– Adopción de observaciones generales por los comités.– Investigaciones de oficio a Estados en caso de violaciones masivas y sistemáticas.
Mecanismos cuasicontenciosos :– Presentación de quejas individuales.– Presentación de comunicaciones interestatales.
4. Protección de los DD. HH.
Sistema Universal de Derechos Humanos – Sistema Convencional
Órgano Informes periódicos Denuncias individualesDenuncias estatales
Investigaciones de oficio
CDH SI SI SI NO
CDESC SI NO NO NO
CERD SI SI SI NO
CAT SI SI SI SI
CCR SI NO NO NO
CMW SI SI SI NO
CEDAW SI SI NO SI
CRPD SI SI SI NO
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Sistema Universal de Derechos Humanos
Sistema convencional
Sistema extraconvencional
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito InternacionalSistema Universal de Derechos Humanos - Sistema extraconvencional
De la Comisión de Derechos Humanos (inserta en el ECOSOC) al
Consejo de Derechos Humanos como un órgano independiente
propuesto por el SG de NNUU.
Sistema Universal de Derechos Humanos - Sistema extraconvencional
Comisión de Derechos Humanos (hoy desactivada)Órgano subsidiario del ECOSOC.
Creado por el ECOSOC en 1946.
Composición interestatal: 53 miembros estatales.
Esta Comisión se creó con un triple propósito: – Formular una Declaración de derechos humanos.– Adoptar un Pacto de derechos humanos -instrumento jurídico
vinculante.– Establecer medidas para la puesta en práctica de los derechos
reconocidos en la Declaración y el Pacto.
4. Protección de los DD. HH.
El Consejo de Derechos Humanos 15 de marzo de 2006. 47 miembros independientes (no estatales) geográficamente
distribuidos. Órgano de la Asamblea General. Funciones:
– Asume las funciones de la Comisión– Examen Periódico Universal.
Sistema Universal de Derechos Humanos - Sistema extraconvencional
4. Protección de los DD. HH.
Examen Periódico Universal (EPU)
Los 192 Estados miembros de la ONU son analizados por los 47 Estados del Consejo de DDHH de manera rotativa (cada 4 años).
Perú: mayo 2008. Procedimiento
– Cada Estado presenta un informe.– Alta Comisionada presenta otro informe (previa consulta a los comités de
los tratados).– Se nombra un grupo (troika) de 3 relatores que analiza a cada Estado
(se puede pedir que uno sea de la región).– Concluye con recomendaciones al Estado.
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito Internacional
Sistemas de Protección de Derechos Humanos Sistema Universal de Derechos Humanos - SUDH
Sistema Interamericano de Derechos Humanos –
SIDH
Hay otros sistemas como el africano o el europeo, que no se aplican al Perú
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito InternacionalSistema Interamericano de Derechos Humanos – SIDH
Comisión Interamericana de DD. HH.
Corte Interamericana de DD. HH.
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito InternacionalSistema Interamericano de Derechos Humanos – SIDH
Comisión Interamericana de DD. HH. Emite recomendaciones
Competencia para analizar vulneraciones a la Declaración
Americana, CADH y protocolos
Organizada en Relatorías: libertad de expresión,
afrodescendientes, mujer, migrantes, pueblos indígenas, etc.
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito InternacionalSistema Interamericano de Derechos Humanos – SIDH
Corte Interamericana de DD. HH. Se necesita una declaración además de la ratificación para
aceptar su competencia.
Competencia Contenciosa: CADH y otros instrumentos interamericanos
Consultiva: opiniones consultivas.
4. Protección de los DD. HH.
Ámbito InternacionalSistema Interamericano de Derechos Humanos – SIDH
Corte Interamericana de DD. HH. Se necesita una declaración además de la ratificación para
aceptar su competencia.
Competencia Contenciosa: CADH y otros instrumentos interamericanos
Consultiva: opiniones consultivas.
5. Políticas Públicas en DD. HH.
¿Qué entendemos por una política pública?
¿es una ley?
¿es una plan de desarrollo concertado?
¿es un curso de acción?
¿es un curso de acción con ley, presupuesto y
“voluntad política”?
5. Políticas Públicas en DD. HH.
¿Qué entendemos por una política pública?
Proceso decisional: el resultado de interacciones
múltiples en las que se participan muchos actores:
Se “burocratizan” los procesos políticos
Se “politizan” los procesos burocráticos
La decisión la toma el Estado… pero no solo el estado…
5. Políticas Públicas en DD. HH.
¿Qué entendemos por una política pública?
Acción (no práctica, no discurso)
Conjunto de decisiones
Utilización de la autoridad del estado
Respuesta a situaciones consideradas como problemas que
requieren intervención pública
***Subirats
5. Políticas Públicas en DD. HH.
¿Qué entendemos por una política pública?
Un proceso “no claro” – no es ordenado, no es racional, no tiene
principio, ni tiene final.
Los actores no coinciden plenamente sobre los problemas,
alternativas y decisiones
Múltiples factores influyen de diversa manera en el proceso:
cambio de gobierno, nuevos stakeholders, etcétera.
5. Políticas Públicas en DD. HH.
¿Cuál es el enfoque de una política pública?
La necesidad de identificar el modelo de
desarrollo que maneja el estado.
¿cuál es el fin del Estado? Y ¿qué hace el Estado?
5. Políticas Públicas en DD. HH.
Modelos de desarrollo:
Modelo que asume al individuo como un medio para
el desarrollo
Modelo que asume al individuo como el fin del
desarrollo**Pérez Murcia
5. Políticas Públicas en DD. HH.
Modelo que asume al individuo como un
medio para el desarrollo Idea que existe relación directa entre crecimiento
económico y desarrollo.
“primero crecemos, luego distribuimos”. Todos
hacemos un “sacrificio”
PBI, Crecimiento de ingresos, de bienes, servicios.
5. Políticas Públicas en DD. HH.
Modelo que asume al individuo como el fin del
desarrollo Expansión de libertades. Las posibilidades que tiene el ser
humano.
Conseguir más rentas y riqueza tiene un fin: mayor libertad. Libertad para el enriquecimiento de la vida humana
(capacidades elementales)
Libertad instrumental: forma en que contribuyen los diferentes
tipos de derechos para expandir la libertad en general.
5. Políticas Públicas en DD. HH.
Las políticas públicas con enfoque de derechos
Elementos: No discriminación
Participación
Accountability
Democracia
Descentralización
***Carlos Alza
5. Políticas Públicas en DD. HH.
Las políticas públicas con enfoque de derechos
El Enfoque de Derechos al utilizar las políticas
públicas busca formas no judiciales de hacer exigibles
los derechos humanos, mediante procesos de
deliberación que involucre a todos los actores
sociales en el debate público.
***Carlos Alza
5. Políticas Públicas en DD. HH.
Las políticas públicas con enfoque de derechos – “método”
Delimitar el derecho Contenido esencial
Dimensiones del derecho: Disponibilidad
Accesibilidad: física y económica
Calidad
Obligaciones estatales respeto,
protección,
garantía,
promoción
***Carlos Alza