d p i g p r p a s.p.d. c , d . Á u v creg y a la …€¦ · también surgieron muchas de las...

45
JULIO CノSAR GARCヘA VチSQUEZ CIUDADANO VEEDOR Calle 106A Nコ 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C. E-Mail: [email protected] 1 Bogotá D.C., 16 de Noviembre de 2006 DERECHO DE PETICIÓN EN INTERÉS GENERAL AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA AUTORIDAD DE LOS S.P.D. EN COLOMBIA,DR. ÁLVARO URIBE VÉLEZ, A LA CREG Y A LA SSPD Señores PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA AUTORIDAD DE LOS S.P.D. Atn.: Dr. ÁLVARO URIBE VÉLEZ DIRECTOR EJECUTIVO CREG Atn.: : DR. CAMILO QUINTERO MONTAÑO PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA EEB S.A. ESP Atn.: Dr. LUIS EDUARDO GARZÓN ZAR ANTICORRUPCIÓN Atn.: Dr. RODRIGO LARA RESTREPO CONGRESO DE COLOMBIA Atn.: Dr. GERMÁN VARGAS LLERAS SUPERINTENDENTE DE S.P.D. Atn.: Dra. EVA MARÍA URIBE TOBÓN Ciudad REF.: PARTE 1: DENUNCIA DE CORRUPCIÓN: TIENEN RAZÓN LOS CONGRESISTAS QUE CONSIDERAN QUE EVA MARÍA URIBE TOBÓN NO DEBERÍA ESTAR EN LA SSPD (FOLIO 1 A 42) PARTE 2: DERECHO DE PETICIÓN AL PRESIDENTE Y PRIMERA AUTORIDAD DE LOS S.P.D, A LA CREG Y A LA SSPD (FOLIO 42 A 45) Respetados Señores: Se entregará copias de este oficio entre otros a los Congresistas, Magistrados, Concejales de Bogotá. El Presidente de la República en forma inequívoca es la primera autoridad en los Servicios Públicos Domiciliarios por mandato de la Ley: CAPÍTULO IV DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS Artículo 75.- Funciones Presidenciales de la Superintende ncia de Servicios Públicos. El Presidente de la República ejercerá el control, la inspección y la vigilancia de las entidades que presten los servicios p úblicos domiciliarios, y los demás servicios públicos a los que se aplica esta Ley, por medio de la Sup erintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y, en especial, del Superintendente y sus Delegados.” Ley 142 de 1994 En este caso específico, la denuncia se realiza directamente contra quien desde el 3 de septiembre de 2002 ocupa el cargo de Superin tendente de Servicios Públicos Domiciliarios, EVA MARÍA URIBE TOBON, en asuntos que tienen que tienen que ver con hechos de corrupción en los Servicios Públicos Domiciliarios, razón por la cual no puede ser ni la Superintendente, ni su Delegado de Energía Eléctrica y Gas, David Alfredo Riaño Alarcón (subalterno de Evamaría ahora en la SSPD y antes en la CREG), quien asuma con objetividad el tramite de la denuncia, ni la respuesta al Derecho de Petición, para lo cual en la SSPD tendrán que nombrar un Superin tendente (Ad-Hoc), que asuma la respuesta. A la Doctora Eva María Uribe Tobón la he hecho destinataria de este oficio, para que de primera mano se de por enterada de la parte 1 y sí algo de lo aquí manifestado, llegara a ser incorrecto, esta en todo su derecho de rectificar. Para esta rectificación respetuosamente le ofrezco desde ahora: Entregarle cuando lo solicite, la relación de las diferentes personas a quienes les estaré haciendo llegar copia de este oficio. Rectificar, si alguno de los datos aporta dos llegara a contener alguna diferencia, para lo cual necesitaría que me hiciera llegar la comprobación documentada de mi posible error. Parte 1 : DENUNCIA DE CORRUPCIÓN 1.1 GENERALIDADES Cuando a dedo, el delegado de Eva María Uribe Tobón en Emcali , adjudicó un contrato de US$26 millones, a una entidad con la cual se demostró que tenía vínculos, varios congresistas consideraron que lo mas digno, era que Eva María Uribe Tobón renunciara de ser Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios.

Upload: buinhan

Post on 29-Sep-2018

212 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

1

Bogotá D.C., 16 de Noviembre de 2006 DERECHO DE PETICIÓN EN INTERÉS GENERAL ALPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA AUTORIDADDE LOS S.P.D. EN COLOMBIA, DR. ÁLVARO URIBEVÉLEZ, A LA CREG Y A LA SSPD

SeñoresPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y PRIMERA AUTORIDAD DE LOS S.P.D.Atn.: Dr. ÁLVARO URIBE VÉLEZDIRECTOR EJECUTIVO CREGAtn.: : DR. CAMILO QUINTERO MONTAÑOPRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA EEB S.A. ESPAtn.: Dr. LUIS EDUARDO GARZÓNZAR ANTICORRUPCIÓNAtn.: Dr. RODRIGO LARA RESTREPOCONGRESO DE COLOMBIAAtn.: Dr. GERMÁN VARGAS LLERASSUPERINTENDENTE DE S.P.D.Atn.: Dra. EVA MARÍA URIBE TOBÓNCiudad

REF.: PARTE 1: DENUNCIA DE CORRUPCIÓN:TIENEN RAZÓN LOS CONGRESISTAS QUE CONSIDERAN QUE EVA MARÍA URIBE TOBÓN NO DEBERÍAESTAR EN LA SSPD (FOLIO 1 A 42)PARTE 2: DERECHO DE PETICIÓN AL PRESIDENTE Y PRIMERA AUTORIDAD DE LOS S.P.D, A LA CREG YA LA SSPD (FOLIO 42 A 45)

Respetados Señores:

Se entregará copias de este oficio entre otros a los Congresistas, Magistrados, Concejales de Bogotá.

El Presidente de la República en forma inequívoca es la primera autoridad en los Servicios PúblicosDomiciliarios por mandato de la Ley:

“CAPÍTULO IV DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Artículo 75.- Funciones Presidenciales de la Superintende ncia de Servicios Públicos.El Presidente de la República ejercerá el control, la inspección y la vigilancia de las entidades que presten los servicios p úblicosdomiciliarios, y los demás servicios públicos a los que se aplica esta Ley, por medio de la Sup erintendencia de ServiciosPúblicos Domiciliarios y, en especial, del Superintendente y sus Delegados.”

Ley 142 de 1994

En este caso específico, la denuncia se realiza directamente contra quien desde el 3 de septiembre de2002 ocupa el cargo de Superin tendente de Servicios Públicos Domiciliarios, EVA MARÍA URIBETOBON, en asuntos que tienen que tienen que ver con hechos de corrupción en los Servicios PúblicosDomiciliarios, razón por la cual no puede ser ni la Superintendente, ni su Delegado de Energía Eléctrica yGas, David Alfredo Riaño Alarcón (subalterno de Evamaría ahora en la SSPD y antes en la CREG), quienasuma con objetividad el tramite de la denuncia, ni la respuesta al Derecho de Petición, para lo cual en laSSPD tendrán que nombrar un Superin tendente (Ad-Hoc), que asuma la respuesta.

A la Doctora Eva María Uribe Tobón la he hecho destinataria de este oficio, para que de primera mano sede por enterada de la parte 1 y sí algo de lo aquí manifestado, llegara a ser incorrecto, esta en todo suderecho de rectificar. Para esta rectificación respetuosamente le ofrezco desde ahora:

Entregarle cuando lo solicite, la relación de las diferentes personas a quienes les estaré haciendo llegarcopia de este oficio.

Rectificar, si alguno de los datos aporta dos llegara a contener alguna diferencia, para lo cual necesitaríaque me hiciera llegar la comprobación documentada de mi posible error.

Parte 1: DENUNCIA DE CORRUPCIÓN

1.1 GENERALIDADES

Cuando a dedo, el delegado de Eva María Uribe Tobón en Emcali , adjudicó un contrato de US$26millones, a una entidad con la cual se demostró que tenía vínculos, varios congresistas consideraron quelo mas digno, era que Eva María Uribe Tobón renunciara de ser Superintendente de Servicios PúblicosDomiciliarios.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

2

Finalmente todo quedo maquillado de un velo de falsa rectitud y falsa ética, sin pasar nada, ni una simpleamonestación.

“Debemos apropiarnos de todos los instrumentos y medios que nuestros adversarios puedan emplearcontra nosotros. Nos valdremos de las sut ilezas y las delicadezas de la lengua jurídica cuando tengamosque pronunciar sentencias osadas o injustas. Es necesario expresar dichos fallos en términos queparezcan morales, razonables y justos ante el pueblo.”

Protocolo VIII de los Sabios de Sion

Para todos los colombianos fue conocido, como en la definición de los altos cargos del ejecutivo, para elnuevo gobierno que se iniciaría el 7 de agosto de 2002, asesoraron Rudolf Hommes Rodríguez yArmando Montenegro Trujillo, los mismos asesores de César Augusto Gaviria Trujillo en 1986, cuandofue nombrado Ministro de Hacienda.

Del proceso de escisión de la EEB S.A. ESP, firma que nos hacían creer que estaba quebrada,constituyen en 1997 dos (2) firmas Luz de Bogotá S.A. y Capital Energía S.A., con un ca pital pagorespectivamente con un millón y quinientos mil pesos Moneda Corriente y con la cuarta descapitalizaciónde Codensa, llegaron a:

Descapitalizaciones: $4.417.288.000.000Capital Pagado $ 1.500.000

Relación = Descapitalización X 100 = 294.485.8 60%Capital pagado

Cuando empezaron las descapitalizaciones, Rudolf Hommes manifestó que a las inversiones de LuzBogotá S.A. y Capital Energía S.A.:

LES HABIA LLOVIDO MANA DEL CIELO

De la narración de los días previos a la posesión del Presidente Gaviria, escribe Mauricio Vargas en sulibro “Memorias Secretas del Revolcón” (Primera edición, pág. 109):

“Esas sesiones nocturnas fueron especialmente creativas. Nos dábamos cita en la oficina de Gavi ria en la Calle 74. RudyHommes, Fernando Brito, Fabio Villegas, Armando Montenegro, Fernando Carrillo, Rodrigo Pardo. Mario Roberto Molano,Miguel y yo. De esas sesiones surgió la idea central de los proyectos de reforma laboral, financiera, de comercio e xterior, devivienda social y, en general, el paquete económico que fue llevado meses después al Congreso para salir airoso. La vozcantante del debate la llevaban el propio Gaviria y Rudy, a quien yo acababa de conocer y en quien descubrí una personalidadfascinante. También surgieron muchas de las ideas que habían de nutrir el proyecto gubernamental de reforma constitucional,llevado en febrero del 91 a la Constituyente.”

Hasta 1986 Rudolf Hommes, había sido un completo desconocido.

Fabio Villegas era el confidente de Gaviria, hombre de su entera confianza, idéntico en todo, utilizalos mismos gestos, caras, dichos. En el libro “Ciertamente” escrito por Harl Truller y Eduardo Arias,página 37 afirman: “Mientras que el Presidente es contratenor, Villegas es Baritono. Es el amigo, elconfidente...”

Fernando Carrillo Flórez apropio del Movimiento Estudiantil que proponía una nueva Constitución,así se hizo elegir constituyente, luego Gaviria lo nombraría Ministro de Justicia. Propició un irregularcontrato con unos israelíes, para la seguridad de las cárceles, asesores que a continuacióntrabajarían entrenando al personal de Gonzalo Rodríguez Gacha. Cuando Gaviria se traslado aWashington, el lo siguió y se fue con una beca a Harvard.

Miguel Silva Pinzón, bohemio de la Calle 82, asiduo asistente a los bares Cassis y Metro, tenía elmérito de haber traído a Colombia en 1986 al Conjunto Soda Stereo. Había sido “modelo top deCarrusel y la Revista del Jueves”, tal como aparece en el Libro “Ciertamente”. Hi jo de ClemenciaPinzón Barco a quien el DAS y la DEA le iniciaron en el 2004 investigación por lavado de activos.

Fernando Brito era pereirano como Gaviria y Villegas, muy cercano a los dos y al DAS.

Mauricio Vargas Linares, en ese momento soltero, muy cercano a Gaviria, los distancio el Libro“Memorias Secretas del Revolcón”. Firmó el Decreto 533 del 01 -04-92 para autorizar la firma de loscontratos de Riesgo Compartido, que llevaron el fracaso a Telecom.

Revolcar: Echarse sobre una cosa entregándose en ellaDiccionario de la Lengua Española Aristos.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

3

Figura en la Revista La Otra Verdad No. 7 de diciembre de 2004. página 58 a 61, como el 1 de junio de2004, con el oficio LOV-DP-036, le radicaron a Mauricio Vargas Linares en la Revista Cambio, uncuestionario para aclarar unos hechos que tenían relación con su presunto difunto amante, por los cualesen audiencia pública ante el Juzgado 56 Penal del Círculo de Bogotá, el 15 de mayo de 1996 entregódeclaración por un asunto donde en 1995 Alberto Salinas por abusos sexuales, asesinó a JaimeArmando Vásquez y le contó su versión a La Revista la Otra Verdad:

“La fuente dice que en esa época tenía 8 años y los supuestos abusos de Vásquez le cambiaron la vidaen todos los aspectos, hasta llevarlo a converti rse en un asesino convicto por defender su dignidadmasculina. Hoy es un hombre con muchos problemas, incluyendo el sexual, que quiere contar esa verdada los colombianos: El drama de un hombre abusado sexualmente desde la infancia . Este seránuestro tema principal en la próxima revista.La fuente afirma que el señor Mauricio Vargas era amante de Vásquez y que Vargas incurrió en falsotestimonio contra él en la Fiscalía para ayudar a condenarlo en venganza por la muerta de su amigoíntimo. Además, que el señor Vásquez llevaba, desde alguna dependencia del Ministerio de Defensa,todo tipo de armas y municiones hasta su casa y que luego, al parecer, las vendía en el mercado negro.(...)También asegura la fuente que el señor Mauricio Vargas tenía, al parecer, algo que ver con el negocio deVásquez.”

“Las políticas que aquí llaman neoliberales se las propuso Gaviria al pueblo cuando lo escogió a él comocandidato del Partido Liberal primero y luego como Presidente. Se aprobaron en Congresos dominadospor el liberalismo oficialista y en una Asamblea Constituyente …”

Rudolf Hommes Rodríguez

No hay duda que la presencia de Armando Montenegro Trujillo y Fabio Villegas Ramírez, en elapartamento que al candidato Gaviria le acababa de regalar el ciudadano judío Pe pe Douer, en Altos deBellavista en la carrera 1 Este Nº.74 -14 Torre 6 apartamento 801, es un indicio de la ingerencia quetendría la familia judía Rothschild en el gobierno Gaviria y desde agosto de 2002 en el gobierno Uribe I.

El asunto del regalo de Douer a Gaviria, era algo de lo que se hablaba con desparpajo y sin tapujos, enlos comités de adecuación y acabados del apartamento, comités en los que yo participaba comodiseñador de las redes internas de energía eléctrica. Los memorandos que al respec to me hacían llegarlos constructores, se los dirigían igualmente a Hilda Douer, la esposa de Pepe.

Figura en la revista Semana No.539 del 1 -09-1992, paginas 28 a 33, comentando un artículo de LaPrensa:

“Espectro que entra en los negocios de seguridad d el Estado, sin licitación, con millones de dólares sin recibos, suplantando losesfuerzos nacionales, incorporando mercenarios vinculados a los crímenes mas infames que ha vivido esta nación. Sin señalesde comisiones. A la medida. Entrando y saliendo d e Palacio como PEPE por su casa.(..)No faltaron los que creyeron que se trataba de un error del editorialista, y que donde debía decir que un amigo del President eentraba y salía de Palacio como PEDRO por su casa, decía “como PEPE por su casa”, pero no era un error. La intención deldiario La Prensa era la de referirse al empresario textilero JOSÉ DOUER, conocido como PEPE por sus amigos ...Douer, de 67años, ...si es amigo de Gaviria ...lo conoció hacia el año 1981, cuando al hoy Presidente de la Repúbl ica ocupaba el cargo deViceministro de Desarrollo ...Desde ese momento ha sido no solo amigo de Gaviria sino patrocinador de sus empresas políticas.

DOUER nacido en México en una familia hebrea, se crió en Egipto y el Libano.

(...) Es mucho lo que se ha rumorado en privado sobre PEPE DOUER y su relación con Gaviria....”

La relación de Pepe Douer y Gaviria se especula que incluye algo más que negocios. Siendo SecretarioGeneral de la OEA, venía a Bogotá a entrevistarse con Douer y se les veía en un res taurante en la zonaindustrial.

Refiriéndose a Pepe Douer figura en La Nota.com del 09 -06-2004:“CIERTAMENTE a los competidores de Douer no les cae para nada en gracia que este empresario utilicesus utilidades provenientes de sus transacciones con narcod ólares y de su evasión de impuestos parasubsidiar a sus diferentes negocios. Como mínimo eso se llama competencia desleal. Pero además,¿qué clase de ejemplo es este? Un inmenso rico que aún después de atesorar cientos de millones dedólares y ya en edad avanzada sigue negociando en el mercado negro y sigue evadiendo impuestos.Las conexiones del señor Douer –y de la gente a su alrededor que ha sido afectada por su actuación - lehan servido hasta ahora para que los principales medios de comunicación d el país escriban una versióncompletamente inocua de esta historia.”

“CIERTAMENTE” es la palabra utilizada por Gaviria para dar inicio a sus argumentos o explicaciones.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

4

Pepe Douer, estrecho amigo de César Gaviria Trujillo yde Fabio Villegas Ramírez, ha figurado como dueño dePat Primo, la Revista Gato Pardo, del Noticiero CM&,del Noticiero UNO, también reconoció haber lavadodinero del narcotráfico y aceptó pagar una multa deUS$20 millones (1/3 de lo que hicieron figurar en laventa de Avianca), tal como lo dejó consignado en elacuerdo firmado con el Fiscal David Kelley.Entre los que le habían vendido dólares a don PepeDouer Ambar, que fueron descubiertos en la operaciónDólar Blanco, figuraba Clemencia Pinzón Barco, familiarde la excanciller y actual embajadora en EE.UUCarolina Barco, esposa de Fernando Gaviria Cadavid,que fue nieto de otro César Gaviria y primo lejano deAlvaro Uribe Vélez, también padrasto de Miguel SilvaPinzón quien es muy cercano a César Gaviria.Noriega el ex – Director del DAS ahora investigado,manifiesta que a él le tendieron una persecución a raízde la investigación del DAS, en la que estuvoinvolucrado Pepe Doeur y la mamá de Miguel Silva.

María NecostrataJuan de la Cruz

GaviriaDe Castro

César GaviriaCobaleda

Luis CarlosGaviria Restrepo

FernandoGaviriaCadavid

ClemenciaPinzón Barco

2

FelicianaEcheverri Gaviria

EduardoSierra Echeverri

CeciliaSierra Velásquez

AlbertoUribe Sierra

ÁlvaroUribe Vélez

MiguelSilva Pinzón

1

1 2

ClemenciaPinzón Barco

Maria Clemencia

JorgeFrancisco

Calderón Umaña

Álvaro CalderónRodríguez

Felipe CalderónJunguito

José EduardoTeresa

Junguito Hernández

RobertoJunguito Bonnet

ClemenciaElena

Calderón Nieto

FranciscoSantos Calderón

NohraElsa

Pombo Kopp

IsabelUrrutia Pombo

Juan ManuelSantos Calderón

Miguel UrrutiaMontoya

1

FernandoGavíria Cadavid

Gladys SamperKoppel

ClaraKoppel Holguín

SofíaElena

Holguín Arboleda

FranciscoCarlos

Urrutia Holguín21

2

Miguel

Silva Pinzón

Álvaro Calderón Rodríguez, viene a ser:

- Consuegro de Clemencia Pinzón Barco, involucrada con Pepe Douer en la “Operación Dólar Blanco” ymamá de Miguel Silva Pinzón el Secretario de Gaviria. Su segundo esposo Fernando Gaviria Cadavides hijo de Luis Carlos Gaviria Restrepo, embajador en Washington y Ministro de Comunicaciones deTurbay.

- Tío político del Ex Ministro de Hacienda Roberto Junguito Bonnet, a su vez respectivamenteconcuñado y tío político de Miguel Urrutia Montoya e Isabel Urrutia Pombo, que con Fabio VillegasRamírez y Armando Montenegro Trujillo, han gerenciado la firma que representa a Nathan MayerRothschild & Sons.

- Primo segundo del Vicepresidente Francisco Santos Calderón.- Primo segundo del Ministro de Defensa, Juan Manuel Santos Cald erón.Que también figuraba vendiéndole dólares a don Pepe Douer Ambar, Jaime Trujillo Dávila.

José DomingoDávila Pumarejo

SaraDávila Ortíz

JaimeTrujillo Dávila

Mary CastelloGonzález

LeopoldoKopp Castello

Olga DávilaAlzamora

Alfonso LópezPumarejo

AlfonsoLópez Michelsen

2 1

2 112

Rachel

David CastelloMontefiori

MontefioriCohen

Montefiori

EdmundoCastello Brandon

Nathan MayerRothschild

Lionel NathanRothschild

Nathan MayerI Baron Rothschild

Olga Dávila Alzamora, viene a ser:

- Tía media de Jaime Trujillo Dávila, queha figurado vendiendo dólares a PepeDouer y resultó involucrado en la“Operación Dólar Blanco”.

- Madrastra de Alfonso López Michelsen.- Nuera de Mary Castello González, que

venía a ser prima tercera de CohenMontefiori, la esposa de Nathan MayerRothschild.

Igualmente figuraba vendiéndole dólares a Don Pepe D ouer Ambar, el ciudadano judío Salomón

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

5

Eidemberg Druckman.En la Junta Directiva de ECOPETROL S.A., presidida durante el gobierno Uribe I. por Ernesto MejíaCastro, segundo renglón principal Fabio Echeverri Correa, continúa en tercer renglón principal Samu elAzout Papu, quien manifiesta públicamente, que el empresario que más admira es a Don Pepe Douer.En la Junta Directiva de Ecopetrol S.A., después de Azout, se encuentra Santiago Montenegro Trujillo (elhermano de Armando), con la suplencia del ciudadano judío José Leibovich Goldenberg.

De estos nombramientos en el Gobierno Uribe I, de Armando Montenegro y Rudolf Hommes, convienedestacar a:- Santiago Montenegro Trujillo hermano de Armando, como Director Nacional de Planeación, antes en

Anif.- Fabio Villegas Ramírez en Anif, antes en la firma que representa a Nathan Mayer Rothschild & Sons,

antes formula Vicepresidente de Noemí, antes Secretario General y Mingobierno de Gaviria. Ahoraen Avianca.

- Eva María Uribe Tobón en la Superintendencia de Servicios Púb licos Domiciliarios, antes en laAsociación Colombiana de Distribuidores de Energía – ASOCODIS, antes en la CREG, antes en laCRE, antes en la Junta Nacional de Tarifas.

Coincidencialmente los turnos en Anif, se fueron dando sucesivamente: Armando – Santiago – Fabio.

En estas sesiones nocturnas en el apartamento -oficina de Gaviria, avanzaron las ideas de privatizar losservicios públicos y la banca, tal como había sido uno de los propósitos para toda América Latina, de lareunión de Bilderberg realizada en la Toja Santiago de Compostela España, entre el 12 y 14 de mayo de1989. Es útil recordar que en 1954 cuando se fundo el grupo Bilderberg, gran mecenas y promotor delgrupo fue la familia Rothschild. Un año después, a la reunión de Bilderberg de 1989, el 7 de agosto de1990 en su discurso de posesión, Gaviria anunció la privatización de Telecom, los contratos de riesgocompartido serían su estrategia y los Rothschild los asesores para lograrlo.

“Nuevo Asalto a Telecom –Los contratos de Riesgo Compart ido … Y en el pleito con las transnacionalessobre las sumas en disputa, representa a Telecom la RC Corporate Consultants, filial de la banca deinversión Rothschild, la cual preside en Colombia Armando Montenegro Trujillo, el mismo que fueradirector de Planeación Distrital del gobierno de César Gaviria, cuando se embarcó al país en los jointventures. Si las cosas les salen a este consultor según lo previsto, recibirá por sus servicios unos nuevemil millones de pesos.”

Jorge Enrique Robledo CastilloProfesor Titular Universidad Nacional de Colombia

Rodrigo Pardo García Peña, era otro de los firmes asistentes a las sesiones nocturnas en la oficina deGaviria de la calle 74, hace figurar el Ex –ministro del Interior y Justicia Fernando Londoño Hoyos (delgobierno Uribe I), en su libro “La Parábola del Elefante”, donde analiza la Campaña Samper Presidente,de la cual hacían parte:

Funcionario: Cargo en la CampañaSamper Presidente:

Nº de veces que visitaron aFernando Botero Zea en la prisión

entre el 05-08-95 y 22-01-96:Rodrigo Pardo García -Peña Director de Comunicaciones 2Juan Carlos Posada García –Peña

Sub. Jefatura de Debate 17

José Antonio Vargas Lleras Secretario Privado 9Enrique Vargas Lleras Sub. Coordinador Grupos

Fernando Botero Zea, había sido el presidente el Concejo de Bogotá, cuando aprobaron el Acuerdo 6 de1990, al cual nos hemos de referir, por haber sido utilizado como una herramienta chueca, para tratar decamuflar el robo de las redes de distribución.

Rodrigo Pardo García – Peña quien participaba de las sesiones nocturnas, viene a ser: Primo hermano de Juan Carlos Posada García –Peña antes asesor de la Gerencia General en la

EEB S.A. ESP. y luego embajador en Caracas durante el Gobierno Uribe I y comienzos del II.

El honorable Senador Germán Vargas Lleras, sabe y conoce la cercanía de sus hermanos José Antonio yEnrique a todo este proceso de irregulares privatizaciones, apoderamientos y robos de redes, por partede las empresas partícipes en el proceso, razón por la cual para l os intereses de la familia Lleras esesencial que en la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la dirijan personascomprometidas con las empresas cercanas a los intereses que José Antonio y Enrique han servido; deesta forma Eva María mientras permanezca en la SSPD, debe ser incondicional al senador Lleras, sinimportar que pase por encima y vulnere los intereses de todos los usuarios, a los cuales supuestamentedebería defender.

El presidente de la Junta Directiva de la EEB S.A. ESP, Luis E duardo Garzón es un profundo conocedor,de cómo desde la Junta Directiva de la EEB S.A. ESP que él hoy preside, se dieron y aún se siguen

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

6

dando los lineamientos y las orientaciones para buscar el apoderamiento de los activos fijos dedistribución eléctrica, que la EEB utilizaba, pero que aproximadamente en un 98% no eran de la EEB,sino de quien los hubiere pagado, delitos que hoy representan un enriquecimiento ilícito a favor deterceros de más de $12.5 billones.

El abuelo de Germán, Enrique y José Antoni o Vargas Lleras, fue el director de tesis de Indalecio LiévanoAguirre el autor preferido de Luis Eduardo Garzón.

Figura en la revista Cambio “El personaje de 2003”, refiriéndose al Dr. Luis Eduardo Garzón:“Sus obras preferidas son el proceso de Frank Ka fka, y los tomos de historia y biografías de IndalecioLiévano.”Posiblemente por estas cercanías a su autor preferido, José Antonio Vargas Lleras se mantuvo en laGerencia General de la EEB S.A. ESP, hasta el día que por su propia iniciativa paso a traba jar conEndesa Internacional, la firma que mas se ha enriquecido con el apoderamiento de los activos fijos dedistribución que la EEB S.A. ESP operaba, pero que no había pagado.En el período 90 a 94 Armando Montenegro Trujillo dirigió Planeación Nacional y su segundo entre el 90y 92 fue Juan Luis Londoño de la Cuesta, quien igualmente había sido funcionario del Banco Mundial ydel BID, ayudo a impulsar la Ley 100 y sería Ministro de Salud y Trabajo en el gobierno Uribe I.Hoy todos los colombianos, seguim os pagando las manipulaciones y el encarecimiento de las tarifas delServicio Público Domiciliario de Energía Eléctrica, presuntamente gracias a la perversa intervención deEva María Uribe Tobón con la colaboración de su cónyuge Manuel Ignacio Dussan Villa veces, desde laJunta Nacional de Tarifas, luego desde la Comisión de Regulación Energética, pasando de esta a laComisión de Regulación de Energía y Gas (CREG); de tal forma que si el irregular encarecimiento de latarifa lo continuamos pagando todos los colombianos hoy, con cada KWH que consumamos; el delito deenriquecimiento ilícito a favor de los distribuidores de energía, se continua cometiendo día a día, cada vezque hoy consumamos un KWH. Nada ha prescrito.

1.2 UNA HISTORIA PREVIA QUE MERECE SER CONTA DA

Figura en la Revista Diners de noviembre de 2001, refiriéndose a Rudolf Hommes:

“Me matriculo como neoliberal sin titubeos”, afirma por fin el ex ministro de Hacienda Rudolf Hommes.Eran como fantasmas y se alcanzó a afirmar que no existían. Pero las gentes saben dónde están, losseñalan con el dedo y les echan la culpa de todo. Como antes a las brujas y a las mujeres infieles.Y ahora Hommes, reconoce lo que todo sospechaban: que es el Papa, el gran gurú neoliberal deColombia. Y lo parece. Con tres t ítulos en excelentes universidades norteamericanas, ex ministro deHacienda, ex rector de los Andes, consultor internacional, es un yuppi viejo que ejerce en un edificiointeligente en el norte de Bogotá, entre vitrales y luces de neón y en un santo olor a l Manhattan anterior al11 de septiembre. Es jefe precisamente de una firma venida de Manhattan: Violy,Byorum & PartnersHoldings.(...)Cuando en Colombia casi nadie reconoce lo que es, ¿usted es capaz de ser la primera persona en elpaís en declararse neoliberal?“Pues hasta ahora no había querido matricularme como neoliberal, pero después de oír a Serpa en sudiscurso de la Convención Liberal, si la escogencia es entre seguirlo a él y a Samper para que vuelvan atirarse el país como lo hicieron entre 199 4 y 1998 o ser neoliberal, creo que me matriculo como neoliberalsin titubeos”.

Cuando se sucedían esas reuniones nocturnas en la oficina de Gaviria de la calle 74, Rudolf HommesRodríguez habitaba en el Bosque Izquierdo (Perseverancia Alta), era el v ecino de apartamento delciudadano judío lituano, de 38 años, en ese momento profesor universitario de la Universidad Nacional,Antanas Mockus Sivickas.

Mockus y Hommes, hombres solos, sin cónyuge en ese momento, los dos huérfanos de padre y muydependientes de sus madres, los dos hijos de padres emigrantes desde la Alemania, Mockus habíaestado casado, el matrimonio no duro.

El papá de Mockus se había establecido en Bogotá, el de Hommes inicialmente en Bogotá, luego enUbate.

Del mismo nombre de Rudo lf, fue Hess el previsto sucesor de Adolf Hitler después de Goering,General de las S.S. y General de los secciones de Asalto del Partido Nacional Socialista.Buscando información en documentos públicos, aparecían en Bogotá, durante la guerra de los nazisen Alemania, dos alemanes llamados Rudolf y Adolf Hommes, posiblemente Adolf era hermano deRudolf.Adolf Hommes aparece en la lista negra nazis en Colombia de 1941, figuraba casado con SiebertStruve Carol que figura como loca.Rudolf Hommes en 1941, era residente en Bogotá, con cédula de extranjería 9204 Re, actividadprofesor, nacido en 1894 en Alemania y en proceso de divorcio. Después de divorciado su segunda

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

7

esposa parece que se llamo Josefina. Por motivos de indemnización de guerra en 1945, sus bien esestaban sujetos a una administración fiduciaria por parte del Ministerio de Hacienda y CréditoPúblico. Casi medio siglo después sería su hijo el Ministro de Hacienda.

Del mismo nombre de Antanas fue Smetona, un sangriento dictador de Lituania, que le c oqueteo alos nazis y pasó a Alemania junto con un grupo de lituanos. Dos días después el 17 de junio de 1940llegó al poder el gobierno popular y quienes salieron con Smetona no pudieron regresar a Lituania,hasta el verano de 1941 cuando Lituania fue ocu pada por los Alemanes.

No era muy fácil que el vecino de Hommes, que no era egresado de la Universidad Nacional y que solohacia 8 años había ingresado como instructor asistente, llegar a ser rector de la Universidad, pasando porencima de sabios y eminen tes profesores egresados de la Nacional, que llevaban toda una vida en ella.

A partir de ese momento, era necesario mover los mecanismos que desde el gobierno se tienen,actuando en el Consejo Directivo de la Universidad Nacional (donde el gobierno domina ), para llevar alvecino de Rudolf Hommes a la rectoría de la Universidad y como complemento, al amigo de Mockus,Fabio Chaparro Beltrán a la Vicerrectoría de Recursos. Allí contarían entre otras con la colaboración deAlfonso Valdivieso, a quien durante el Gobierno Gaviria lo nombrarían como Ministro de Educación(siendo Valdivieso parte de la cuota de la Familia Galán en el Gobierno).

Figura en el libro “Yo El Fiscal”, escrito por Alberto Donadío página 181:“Nos parecía a los amigos los más normal que Alfonso fuese ministro. Era como un cupo que nospertenecía. Tal vez fue ministro de Educación por su trayectoria en la academia”, expresó Gilda Azuero.(...)“Mi mujer dijo: “Pero eso es mucho ministerio picho”, observó Prada, a lo cual Valdivieso contest ó que sepodían hacer muchas cosas en el Ministerio de Educación, el mismo cargo que detentó su primo LuisCarlos Galán en la administración de Misael Pastrana”.

Solo para recordar cómo en el Consejo Directivo de la Universidad, se mueven las fichas para llevar a larectoría a quien les interese, es simple recordar que el representante del Presidente Uribe en el ConsejoDirectivo de la Universidad Nacional es Armando Montenegro Trujillo, el jefe de Eva María Uribe Tobóncuando ella actuaba como secretaria ejecutiva de la Junta Nacional de Tarifas.

Figura en la revista Semana No.1170 del 4 de octubre de 2004, pagina 25:“Se vendeUn menú bastante interesante de venta de activos presentó Colombia en Nueva York. Mientras losmedios se concentraban en el di scurso del presidente Uribe en la ONU, el director de Planeación,Santiago Montenegro, ofrecía en venta la participación de Ecopetrol en la Empresa de Energía de Bogotápor 131 millones de dólares. Montenegro también les ofreció a empresas privadas la con cesión para laconstrucción de cárceles por 180 millones de dólares.”

Con lo cual queda claro, cómo Santiago y Armando, en equipo trabajaban para vender los activos delEstado.

El vecino de Rudolf Hommes, Antanas Mockus, siempre había sido ante todo el mejor artista yaprovechando ese don, se podían impulsar las condiciones para darle un lanzamiento público, para quesu nombre fuera conocido mas allá de la Universidad Nacional.

Desde el nombramiento en la Rectoría en la Universidad Nacional, comenzó a f igurar su “alter ego” RaúlBarragán, las ideas de Mockus, Barragán se encargaba de convertirlas en realidad. Falta establecer lasrelaciones Hommes-Barragán.

En la Vicerrectoría General de la Nacional, Mockus contó con la colaboración de Jorge Hernán Cárd enasSantamaría, el hermano de Mauricio Cárdenas gerente de la EEB en 1993 – y Ministro de Desarrollo en1994, finalizando el gobierno Gaviria.

A Jorge Hernán, Mockus posteriormente colocaría en las juntas directivas de las empresas de serviciospúblicos domiciliarios del Distrito.

Llevando a Mockus a la Rectoría, era necesario ponerle a alguien que lo fuera llevando, para estopusieron a Raúl Barragán a quien Mockus le obedecería. Para documentar esta afirmación, es útil larevista Semana No.662 del 10 de enero de 1995, pagina 20, de la cual transcribiremos unos fragmentos:

“La aparición de Raúl Barragán como hombre fuerte detrás de Mockus plantea dudas sobre qué tanto va a gobernar el Alcalde yqué tanto su secretario general.El domingo pasado, al finalizar la ceremonia de posesión como alcalde mayor de Bogotá, Antanas Mockus se acercó aconversar con los periodistas que cubrían el evento y esperaban ansiosos sus primeras declaraciones. Sin embargo, cuandollevaban menos de cinco minutos de charla, s u secretario general, Raúl Barragán, lo tomó del brazo y le dijo: “Ya no masAlcalde, vámonos a trabajar”. Acto seguido los dos se dirigieron al despacho, de donde no salieron sino hasta altas horas de lanoche.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

8

(...)En una ocasión, en el Concejo de Bog otá, sucedió exactamente lo mismo. Al salir del recinto, los periodistas se fueron detrás deAntanas, pero Barragán acabo con la charla y lo llevo del brazo hasta su carro. Por eso no resultó extraño que fuera el mism oSecretario General quien el lunes p asado, el primer día de Mockus en la Alcaldía, les dijera a los periodistas que si necesitabanalgo se entendieran con él, pues Mockus no iba a salir de su despacho.Todos estos detalles son los que han llevado a la gente a hablar de Raúl Barragán como el poder detrás del trono capitalino.(...)Aunque es exagerado afirmar que Barragán es el cerebro gris de Antanas, es claro que ejerce una gran influencia sobre elAlcalde.Barragán era hace pocos días tan desconocido como Mockus hace un par de años. Su hoj a de vida es, sin embargo, tan largacomo importante:(...)Asesor del Ministerio de Obras Públicas de Costa Rica, de Planeación Nacional en Colombia y, durante tres años, de la rectorí ade la Universidad Nacional en tiempos de Mockus.(...)Desde cuando asesoró a Mockus en la Nacional su presencia al lado del hoy alcalde ha sido vital. Según algunos de suscompañeros de trabajo, Barragán hace las veces de abogado del diablo. “Es el encargado de criticar todo dice uno de loscolaboradores de Mockus. Per o no de forma destructiva. Se podría decir que es el evaluador, el termómetro de las ideas deMockus. Las iniciativas son de Antanas, pero Barragán ayuda a hacerlas realidad”.(...)De hecho, esa presencia sobria y autoritaria del nuevo Secretario Genera l es lo que ha originado que comiencen a llamarlo “ ELRASPUTÍN DE LA ALCALDÍA ”. Algunos de los que han estado en sus reuniones de trabajo comentan que, después de variosminutos de conversación, las personas terminan dirigiéndose más a Barragán que al pro pio Mockus.(...)Al propio Mockus lo han oído decir que mientras él se va a encargar de la educación ciudadana, Barragán se va a dedicar aadministrar. “Mockus va a ser el presidente y Barragán el primer ministro”

Recordemos también, que en las reunion es que realizaban en la oficina de Gaviria en la calle 74, cuandoMauricio Vargas escribe “Roberto Molano, Miguel y yo”, se refiere a Miguel Silva Pinzón, por lo cual es útiligualmente recordar, que en la primera semana de mayo de 1993, Mockus asistió al Palacio de Nariño acumplir una cita con Miguel Silva Pinzón, el Secretario General de la Presidencia y se llevo una espadade plástico color rosado de su sobrino el hijo de Ismena, la cual la continuó utilizando sombolicamentepara defenderse de la oposic ión, denominando a este comportamiento “La Estrategia de la EspadaRosa”.

Este era de los primeros ejercicios de histrionismo público, para hacerlo popular fuera de los limites de laUniversidad.

Es clara y popular la cercanía Mockus – Miguel Silva Pinzón; Mockus – Fabio Villegas (nombrando a lafirma Rothschild para asesorar la transformación de la EEB); Mockus – Hommes; (vecinos); Hommes –Montenegro; (sociedad de la tenaza); Montenegro – Eva María: (DNP, JNT, CRE); Hommes – EvaMaría: (en la CRE).

Otro ejercicio histórico, Mockus debería realizarlo en Manizales, delante de los estudiantes, su libreto lemandaba utilizar algunas palabras duras, que generaran rechazo de los estudiantes y como un actosimbólico de rechazo a la protesta de los estudiant es, se debería bajar la cremallera, escarbar por elorificio del calzoncillo, y sacar su órgano de orinar, exhibiéndolo delante del público. Como el mejorartista, desde un balcón el acto se cumplió; no solo exhibió su órgano, sino que orino a los estudia ntes,pero no logro con esta vulgaridad y acto repugnante, la fuerza publicitaria suficiente.

El culto al órgano sexual masculino, según cuenta Herodoto, aparece en Egipto, en las procesionesdonde se transportaban imágenes con enormes falos, que mediante cuerdas los sacerdotes le dabanmovimiento. En la India existió el culto a Shiva principio causal y creador, donde el falo representa laprocreación. Mockus, un artista que a sus actuaciones les busca una explicación simbólica, dejo conocersu mensaje.

Rudolf Hommes en su cuento “Don Serafín” es reiterativo con el asunto fálico, para lo cualtranscribiremos unos fragmentos:

“Siempre es un hombre de origen popular, pero con un pipí mucho mas grande que el mío (“aunque notan sabroso, papito, ¿cómo se te ocurre?”). Una vez fuimos a San Andrés y principiaron a aparecertambién negros en los libretos. Pero esas relaciones no se consuman. Se quedan planteadas en eldeseo, hasta en un beso apasionado. Ella no deja que se lo metan, “porque le da impresión.” Y sinembargo, a Don Serafín se le entregó y le dejó una huella profunda.(...)El se devolvió y se quedó quieto ahí. Ella lo miraba a la cara solamente. No se atrevía a ver si tenía laverga parada.(...)Sintió calor allá abajo y ganas de que se lo metier a. Preciso cuando estaba sintiendo así, el se dio vuelta,

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

9

la acarició suavemente, le abrió las piernas y la montó sin besarla ni decirle nada. No se movió, pero lotenía tieso y enorme como un tronco. Ella tampoco se movió. La invadió primero una sensación dedulzura y luego una de pasión. En un momento él explotó con fuerza y la inundó de semen.”

Rudolf Hommes RodríguezCuento “Don Serafín” – 2003

En el cuento don Serafín, la frase “(“aunque no tan sabroso, papito, ¿cómo te ocurre?), puede parecerfuera de contexto.

El alcance del termino “Serafín”, utilizado como título por Hommes en su cuento, lo aclararemos en elDiccionario de Ciencias Ocultas – Editorial Espasa Calpe S.A., 2001, pagina 1136:

“Serafín. (demonología) Representante del orden más elevado de los servidores angélicos de Dios. Setrata de los integrantes del Coro Primero de la Tríada Superior. Rodean el trono de Dios cantando sincésar «Santo, Santo, Santo es el Señor de las Huestes, la tierra está llena de su Gloria» (Kadosh,Kadosh, Kadosh). Al estar en comunión directa con dios, son seres luminosos, de luz pura, que alaparecerse a los hombres lo hacen en forma de seres de seis alas y cuatro cabezas. Son conocidospopularmente como las «flameantes serpientes voladoras del ray o» y han sido identificados con laserpiente o el dragón. Según Enoch, solo existieron cuatro serafines, correspondientes a las cuatrodirecciones: Metatrón, Kemuel, Natanael y Gabriel.”

Precisamente a esa serpiente se refiere Hommes cuando escribe en su cuento Serafín:

“El que no le gustó fue el de la culebra. Podía ir a ver a su familia y mirar como estaban, sin que la vieran.Le permitía deslizarse por ahí y enterarse de todo. También uno puede acercarse a la muerte tanto comoquiera y hasta morirse. Eso si que es miedoso.”

Hommes y Montenegro el Jefe de Evamaría, actuaban siempre en llave, tal como figura en el libro“Memorias Secretras del Revolcón”, escrito por Mauricio Vargas:

“y si Samper tenía en Ocampo a su más fiel y batallador lugarteni ente, Hommes contaba con Héctor JoséCadena, Luis Alfonso Torres y el propio Montenegro, quien aunque no dependía del ministro de HaciendaHABÍA PACTADO CON ÉL UNA ALIANZA TIPO TENAZA , de la cual Samper se quejaba a menudoante Gaviria.”(...)“Desde el bando samperista, la queja era otra: las negociaciones y acuerdos con Hommes yMontenegro eran según Samper y su gente, una pantomima, pues cada vez que el equipo del Ministeriode Desarrollo se oponían a algo en concreto, Hommes y Montenegro corrían a don de Gaviria aconvencerlo de ponerse de su lado y en contra de Samper.”

La TENAZA es un instrumento que sirve para sujetar con fuerza objetos, en el término “alianza tipotenaza”, claramente es entendible como un pacto entre los personas (Hommes y Montene gro), paradominar a otra persona.

El siguiente ejercicio definitivamente histriónico para Mockus, se cumpliría en el paraninfo de laUniversidad Nacional sede Bogotá; para ese día si tendría un camarógrafo que captarían totalmente elespectáculo y estarían preparados para divulgarlo por todos los canales nacionales e internacionales, losmedios harían creer que la filmación era de un aficionado. Repitiendo el estilo de Manizales, su libreto lemandaba inicialmente disgustar con sus explicaciones a los es tudiantes, ellos como una reacciónprevisible se revelarían con disgusto y en ese momento, comenzaría a dar cumplimiento a su actuación:

- Le da la espalda al público- Se suelta el cinturón y los botones de la pretina- Se baja los pantalones- Se baja los calzoncillos- Se agacha y exhibe para el público su órgano de defecación

Los actos histrónicos de desnudez no surgían en el judío lituano, como fruto de un impulso imperativo ycasi instintivo, recordemos como el Rey David baila desnudo ante el Arca, en recono cimiento a Dios quele ha hecho Rey de Israel.

El simbolismo del desnudo de Mockus, lo llevaría a la Alcaldía de Bogotá, donde bailaría con las arcasrepletas de los bienes, que en ese momento eran del Distrito y de los ciudadanos del Distrito.Mockus todo lo manejo con símbolos, practica que ha sido común en las ciencias ocultas; se empleanalegorías que no tienen identidad fácil con lo que se busca explicar, pero que al interpretarlo como unsímbolo, supuestamente corresponde a lo que se quiere mostrar. (Ej.: El falo y el órgano de defecaciónde Mockus).

El vecino de Hommes, egresado del Liceo Francés en 1969, estudio Matemáticas en México y en Francia

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

10

en la Universidad de Dijon; en 1982 había ingresado de instructor asistente en la cátedra de Topol ogía,en la Universidad Nacional; se le conocía porque cargaba permanentemente un muñequito exhibiendo elfalo, con los calzones abajo. Los gnósticos consideran que la desnudez es un símbolo del ideal místicoque se debe alcanzar, el alma debe rechazar e l vestido y el ropaje, para que desnudo el cuerpo, puedaregresar a un estado primitivo.

Mockus en la Universidad Nacional ya de rector, era conocido por los estudiantes como un payasoextravagante, se movilizaba en bicicleta, utilizaba zapatos sin medias , franela sin camisa, pero concorbata. Todo era un ejercicio de histrionismo

El camarógrafo (al que quisieron hacer aparecer como un aficionado), le dio la divulgacióncorrespondiente a los órganos de defecación de Mockus y los medios de comunicación tal como eralógico, le dieron despliegue nacional e internacional.

La revista Semana No.828 del 16 de marzo de 1998 entre las paginas 54 y 62 trae una entrevista, quePlinio Apuleyo Mendoza le hace a Mockus, de la cual transcribimos unos fragmentos:

P.M.: Plinio MendozaA.M.: Antanas Mockus“Por eso, por no haber salido nunca de la adolescencia, sigue haciendo diabluras ( símbolos decomunicación, dice él) tales como disfrazarse de Superman o de monje, pintarse la cara como un indioamazónico u orinar a sus alumnos desde un balcón.

(...)Con Mockus ocurre lo mismo. Entre menos se le entienda, más se le admira. Frente a él, la gente seestima ignorante y toma por genialidades propuestas tales como su lema “Colombiano no matacolombiano”, olvidándose que Moisés comunicó, milenio atrás, en sus tablas de la ley, un precepto algomás terminante y menos restrictivo (No matarás).

(...)Nadie, por fortuna, ha tenido el mal gusto xenófobo de recordarle a Mockus su origen extranjero.

(...)P.M.: Hablemos de su breve vida política. Ella se inició con el escándalo que produjo usted bajándoselos pantalones delante de sus alumnos, cuando era rector de la Universidad Nacional. ¿Fue algopremeditado?A.M.: No; fue espontáneo. Aunque si hubo algo premeditado. Co mo vicerrector yo había escuchado lasilbatina que los alumnos le dieron a un rector mientras leía un largo discurso. Y me había dicho: yo si nome aguantaría eso.

(...)

P.M.: ¿Cómo se explica que con ese gesto usted se hubiese hecho tan popular? Cualq uier otro rectorhabría quedado vuelto cisco en la consideración pública. Usted no. ¿Se ha preguntado por qué?A.M.: Eso pertenece al mundo de la comunicación.

(...)En Dijon un empleado de la universidad me dijo una vaina horrible.P.M.: ¿Cuál fue?A.M.: Encontró que yo había dejado el baño sucio. Entonces me llamo y me dijo: “Tal vez en su paíspuede dejar el baño así, pero aquí no. Venga y lo limpia”. Lo dijo en forma muy... muy sarcástica.

(...)P.M.: ¿El trasero al aire fue entonces algo similar ?A.M.: En la Universidad habíamos hecho un trabajo sobre lo que podíamos llamar ‘actitud científica’....Le voy a poner un ejemplo absolutamente horrible. Cuando usted empieza a leer manuales desexología en gran cantidad puede volverse impotente porqu e está mirando las cosas desde afuera.

(...)P.M.: Pero el Presidente le pidió la renuncia.A.M.: Si.P.M.: Y usted sufrió. Lloró.A.M.: Claro, claro.P.M.: Pero después de eso hay muchas otras cosas. Se ha disfrazado de Superman, ha sacado unaespada de plástico... ¿Manejo de símbolos, quizás?A.M.: Lo hago porque es un medio de gobierno.

(...)P.M.: Alguien diría: ¿qué función pedagógica o educativa puede cumplir el quitarse los pantalones en

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

11

público o echarle un vaso de agua a sus competidores en un foro?A.M.: Ah, si. Lo del vaso de agua. El que le eche a Peñalosa y el que le eche a Serpa fueron muydistintos.

(...)El matrimonio une dos cosas. Una, la jurídica. Es un contrato, y listo. Pero otra era la ceremonia, laparafernalia.P.M.: Y usted inventó la suya, ¿es eso? Con elefantes, tigres y domadores.A.M.: Si.

(…)A.M.: Esto, como en las buenas novelas, tiene lectura en varias capas. Hay gente que dice: “El tipo secaso en un circo porque todo matrimonio es un circo”. El rabino que llevé me decía: “Una cosa eracasarme y otra el circo social”.

No sobra resaltar que Mockus es judío y a los judíos les celebra la boda el rabino, tal como el mismoMockus lo explica, es conocido como en muchas ocasiones los judíos ocultan sus oríge nes Casarsesobre un elefante no es nada común, el elefante es la representación de Ganesha, el dios hindú deldestino y la sabiduría, de igual forma este dios es símbolo del conocimiento.

El mismo Mockus respecto al acto de mostrar su órgano de defecaci ón nos explica “Aunque si hubo algopremeditado”, el libreto Mockus lo tenía claro, y de la misma forma el sabia que si lograba hacer surgir desu auditorio una silbatina: “Yo había escuchado la silbatina que los alumnos le dieron a un rector ...yo sino me aguanto eso”. Si hubiera sido algo surgido de su temperamento, así hubiera permanecido yrepetidamente lo hubiera continuado realizando, cada vez que no fuera escuchado, la pataleta del niño serepite, en este caso el acto histriónico no se repitió, no fue espontáneo, fue premeditado.

El vecino de Rudolf Hommes, que ante todo era un excelente artista, debería continuar actuando con sucara de arrepentimiento y de filosofo, explicando el sentido simbólico de su comportamiento.

Mejor no podía haber sido la actuación y los bogotanos necesitaban un Alcalde capaz de organizar laciudad, ante el caos que el boyacense Jaime Castro Castro no había podido solucionar y al que conhumor los bogotanos llamaban “La Cruz de Boyacá”.

En agosto de 1994 Gaviria y Hom mes dejaron de gobernar, Hommes salió del país encargando a sumamá que le ayudara a vender el apartamento, siendo este comprado por Fabio Chaparro Beltrán, elVicerrector de la Universidad Nacional.

En octubre de 1994 lograron que Mockus ganara las elecc iones para la Alcaldía de Bogotá y comoAlcalde electo desde ese momento empezó a despachar Raúl Barragán con Mockus y CarmenzaSaldías, desde la gerencia de la EEB.

La Navidad de 1994 la pase junto con Fabio Chaparro Beltrán en Cuba y el me contaba:

- Cómo le había comprado el apartamento vecino al de Mockus, a la mamá de Hommes.

- Cómo Mockus le preguntaba cual de las tres empresas de Servicios Públicos Domiciliarios deBogotá, quería gerenciar.

- Cómo selecciono gerenciar la EEB, por ser la electricidad la disciplina de la física más afín a susespecialidades y estudios.

“Antanas dotó a Peñalosa de recursos para hacer sus obras monumentales y le dejó preparados muchosde los proyectos que vino a ejecutar.”

Rudolf Hommes RodríguezAsesor del Presidente de la República y Consultor Privado

1.3 EL 16 DE DICIEMBRE DE 1968

La Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos, que sería manejada en el gobierno de Gaviria, porArmando Montenegro Trujillo y Eva María Uribe Tobón, había sido creada por el Decreto Nacional 3069del 16 de diciembre de 1968, del cual transcribimos un fragmento:

“ARTICULO 1°.Créase la Junta Nacional de Tarifas de servicios Públicos, cuyas funciones principalesserán las de controlar y fiscalizar las tarifas de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado yenergía eléctrica, así como de las demás cuya vigilancia le señale posteriormente el Gobierno. Para losfines del presente Decreto se denominarán “entidades de servicio público” aquellas que prestan losservicios arriba mencionados.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

12

La Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos, estará adscrita al Departamento Nacional dePlaneación.

ARTICULO 2° . Las entidades de servicio público deberán mantener, para cada servicio, información ycontabilidad que cubrirán todos los aspectos de sus operaciones empleando sistemas uniformes.

ARTICULO 3°. La fijación de tarifas de servicios públicos se ceñirá a los siguientes criterios

1. Las entidades de servicio público deberán asegurar la protección de sus activos y fomentar el ahor ronacional mediante niveles de tarifas que cubran los costos reales de la prestación del servicio y proveanuna determinada rentabilidad sobre el valor de dichos activos, con el objeto de facilitar apropiadamente lafinanciación de sus programas. Para tal fin las tarifas deberán ajustarse con oportunidad a los cambios delos costos reales que alteren el equilibrio económico de la empresa y los planes trazados para atender lafutura demanda.(...)ARTICULO 8°. La Junta Nacional de Taridas de Servicios Públi cos estará formada por tres miembros detiempo completo de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República, y por el Jefe delDepartamento Nacional de Planeación, quien la presidirá...”

Eva María Uribe Tobón sabía y conocía que a 31 de diciem bre de 1990, los activos fijos de distribuciónde la EEB, eran solo de $18.047 millones, teniendo en cuenta que el Decreto 3069 -68 establecía:“deberán mantener para cada servicio, información y contabilidad que cubran todos los aspectos de susoperaciones”

La tarifa no tenía que remunerar los activos que la EEB utilizaba, pero que no eran de su propiedad,porque le estaban mandado “provean una determinada rentabilidad sobre el valor

Eva María Uribe Tobón sabía y conocía que a 31 de diciembre de 1990, lo s activos fijos de distribuciónde la EEB, eran solo de $18.047 millones, teniendo en cuenta que el Decreto 3069 -68 establecía:“deberán mantener para cada servicio, información y contabilidad que cubran todos los aspectos de susoperaciones”.

La tarifa no tenía que remunerar los activos que la EEB utilizaba, pero que no eran de su propiedad,porque le estaban mandado “provean una determinada rentabilidad sobre el valor de dichos activos” ydichos activos eran solamente $18.047 millones a 31 de diciembre de 1990.

1.4 EL 12 DE OCTUBRE DE 1984

Para reglamentar el Decreto Nacional 3069 de 1968, fue aprobado el Decreto Nacional 2545 del 12 deoctubre de 1984, del cual transcribimos un fragmento:

“ARTÍCULO 1º. Las empresas responsables por la prestación del servicio público de energía eléctrica entodo el territorio nacional, tendrán como objetivo primordial satisfacer las necesidades de la comunidad enforma que consulte los criterios de mayor cobertura, óptima calidad y menores costos del servicio.

ARTÍCULO 2º. La expansión del sector eléctrico, su administración, mantenimiento y operación, seránfinanciadas preferencialmente mediante el cobro de tarifas y la obtención de créditos.”

Desde el Decreto Nacional 2545 de 1984 quedó establecido en el artícul o 2 que la expansión de losACTIVOS DE DISTRIBUCIÓN se realizará vía tarifas. Desde la aplicación del Decreto 2545 –84 laEmpresa recibía en la tarifa, la suficiencia financiera para realizar las redes locales Nivel IV (115 kV), III(34.5 kV) y II (13.2 ó 11.4 kV).

De esta forma aplicando el decreto 2545 de 1984, en 1985 ya la tarifa era el 139% respeto al promediode la tarifa nacional:

Empresa Año 1981 Año 1985EEB $ 2.14 $8.34EPM $1.47 $4.74Total Nacional $2.21 $5.99

Las tarifas de 1985 que rec ibía la EEB tenía la suficiencia financiera para realizar la expansión de lasredes locales Nivel IV, III y II. Eso lo conocían muy bien, desde la Junta Nacional de Tarifas ArmandoMontenegro Trujillo y Eva María Uribe Tobón.Figura en el libro Colombia s e Apaga – El Caos del Sector Eléctrico, escrito por Germán JiménezMorales, en el capítulo titulado “Algo huele mal”, pagina 234:

“A juicio de la Contraloría, la EEB no cumplió el Decreto 2545 de 1984, en el cual se establecía que las

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

13

tarifas que había de cobrar por el servicio de energía eléctrica no debían superar el costo marginal degeneración, transmisión y distribución. “El costo del Guavio venía siendo incorporado a las tarifas de laEEB desde 1981; tal situación perduró hasta 1990 y significó una carga financiera injustificada para losusuarios de todo el sistema.”

Las redes locales Nivel I (120/208 Volt) como una aplicación universal en todo Colombia, las realizabanlos interesados (construían con los dineros de los compradores de las viviendas , oficinas, locales, etc),por eso desde 1980 ni un cm de red, ni un kVA de transformador, ni un cm² de local de subestación,todos ACTIVOS DE DISTRIBUCIÓN NIVEL I, los aportó la EEB, toda, absolutamente toda la Red LocalNivel I, la aportaban los interesa dos, generalmente el constructor con el dinero de los compradores deviviendas, oficinas, locales, etc.

Lo anterior lo conocía la Junta Nacional de tarifas, la CRE, la CREG entidades a las cuales es y ha sidomuy cercana Eva María Uribe Tobón, la actual S uperintendente de SPD.

1.5 EL 24 DE MAYO DE 1990

Siendo presidente del Concejo Fernando Botero Zea, es aprobado por el Concejo de Bogotá, el Plan deOrdenamiento Territorial o Acuerdo 6, el cual dedica el Título Noveno a las “Licencias para laurbanización de terrenos y para la construcción, ampliación, modificación, adecuación, reparación ydemolición de edificaciones.”

Empiezo por esta explicación que aparentemente no tiene relación con el asunto del acuerdo 6 de 1190;pero por lo mismo sin ninguna exp licación racional, la empezó a utilizar después del 13 de julio de 1999Codensa S.A ESP, cuando Eva María Uribe Tobón despachaba como Presidente de la AsociaciónColombiana de Distribuidores de Energía –ASOCODIS, desde las mismas dependencias de CodensaS.A. ESP en la avenida El Dorado #55 -51 Ofic. 201 – Tel: 225 5704.

Nunca conoceremos si esta burda idea, de fundamentar en el Acuerdo 6 de 1990 del Concejo de Bogotá,los robos de activos de distribución que Codensa S.A. ESP operaba, fue una iniciativa de E va MaríaUribe Tobón o de Roberto Ospina Pulido quien en reemplazo de ASOCODIS, siendo Roberto al mismotiempo Gerente (S) de Codensa S.A. ESP y de Luz de Bogotá, (la firma que con un capital pago de unmillón de pesos, se gano la puja la Distribución y Co mercialización de la EEB S.A. ESP, dando origen aCodensa S.A. ESP), o fue una idea de Eva María, junto con Roberto, junto con el ciudadano judíoAbraham Salomón Korman Kestemberg que luego reemplazaría a Roberto en ASOCODIS; o fue idea dealgún grupo aún más complejo con antiguos funcionarios y directivos de la EEB S.A. ESP.

En la Revista La Otra Verdad No. 6 página 90 desmienten a Eva María Uribe:

“En su misiva, Uribe Tobón también ratifica que solo duró tres meses en el sector privado donde ayudó apromover la Asociación de Distribuidores de Electricidad.(...)Sin embargo, hay que decir sobre este punto, que según el certificado especial de la Cámara deComercio de Bogotá, expedido el pasado 9 de septiembre de 2004, se establece que Uribe Tobón fue,durante 10 meses, legalmente la directora ejecutiva de la Asociación Colombiana de Distribuidores deEnergía Eléctrica (Asocodis), la cual es vigilada y controlada por la Superintendencia de ServiciosPúblicos Domiciliarios. Fue nombrada el 28 de octubre d e 1999 mediante acta 03 de la junta directiva yreemplazada el 11 de agosto de 2000, mediante el acta 09 de la junta directiva.”

Revista la Otra Verdad No. 6

La escisión de la EEB S.A. ESP, se estructuro con fundamento en la Ley 222 de 1995 que establec e:

“Artículo 43. Condicionalmente Exequible. Sentencia C -434 de 1996. Responsabilidad penal. Sinperjuicio de lo dispuesto en otras normas, serán sancionados con prisión de uno a seis años, quienes asabiendas:

1. Suministren datos a las autoridades o expid an constancias o certificaciones contrarias a la realidad.2. Ordenen, toleren, hagan o encubran falsedades en los estados financieros o en sus notas.”

Eva María Uribe Tobón, conocía con precisión el valor de los activos de distribución de la EEB, desdecuando ella con Armando Montenegro Trujillo manejaban la Junta Nacional de Tarifas y los delitospenales establecidos en el artículo 43 de la Ley 222 de 1995 presuntamente le corresponderían.

Eva María con descaro, ha tolerado falsedades en los estados finan cieros de la EEB, desde que ingresóa la Junta Nacional de Tarifas.Es útil recordar que Roberto Ospina Pulido, gerente suplente de la firma Luz de Bogotá, S.A., que resultófavorecida en la escisión de la EEB S.A. ESP, de donde surgió Codensa S.A. EESP, trabajaba en la EEBS.A. ESP como Director de Organización y Sistemas y por voluntad de Antanas Mockus y FabioChaparro, fue nombrado el 22 de marzo de 1996 en el Comité de Transformación de la EEB, llegando

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

14

Roberto a ser gerente (s) de Luz de Bogotá S.A.. , gerente (s) de Condesa S.A. ESP, Director deAsocodis, (en reemplazo de Eva María). Presidente del Consejo de Inspectoría Externa EEB – ACIEM.

Este Título Noveno del Acuerdo 6 de 1990, sería tácitamente derogado el 10 de junio de 1992, con laaprobación del Decreto Nacional 958 “Por el cual se dictan normas para el trámite y expedición delicencias de urbanización, parcelación y construcción”.

El Ministerio de Desarrollo (autor del Decreto) con el oficio 2000 -000-22957 del 26-11-2000 se pronuncióexpresamente, dejando constancia de la derogatoria tácita del Título Noveno del Acuerdo 6 de 1990:

“La respuesta...con concepto de este despacho, se encuentra en los artículos 1,2 y 3 de la Ley 153 de1887”,“Art. 1° Siempre que se advierta incongruencia en las leyes, u ocurrencia oposición entre ley anterior yley posterior, o trate de establecerse el tránsito legal de derecho antiguo a derecho nuevo, lasautoridades de la República y especialmente las judiciales, observarán las reglas contenidas en losartículos siguientes.

“Art. 2°. La ley posterior prevalece sobre la ley anterior. En caso de que una ley posterior sea contraria aotra anterior, y ambas preexistentes al hecho que se juzga, se aplicará la ley posterior”

“Arti. 3°. Estimase insubsistente una disposición legal por declaración expresa del legislador, o porincompatiblidad con disposiciones especiales posteriores, o por existir una ley nueva que regulaintegralmente la materia a que la anterior disposición se refería”.

Ratificando con esto, que el Título Noveno del Acuerdo 6 de 1990, fue reemplazado por el DecretoNacional 958 de 1992:

Las tarifas de los usuarios de Servicios Públicos Domiciliarios, se manejaban desde la Junta Nacional deTarifas, donde en el segundo semestre de 1990 (Gobie rno de Gaviria y Hommes), quien la manejaba erala economista Eva María Uribe Tobón, actual superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, la cuala su vez dependía directamente del Director del Departamento Nacional de Planeación ArmandoMontenegro Trujillo, Presidente de la Junta Nacional de Tarifas y después trabajaría para la firma judíaNathan Mayer Rothschild & Sons, primero en la firma RC Corporate Consultans y ahora con la firmadenominada AGORA.

Desde la Junta Nacional de Tarifas, a cargo de Eva María Uribe Tobón, impusieron desproporcionadosincrementos en la tarifa, tal como figura en la página 195 del Tomo III – Historia de la Empresa deEnergía de Bogotá.

“En noviembre de 1990 el Gerente de la empresa informó a la Junta Directiva la situ ación que se veníapresentando con el incremento decretado por la Junta Nacional de Tarifas; la cuestión fue que seordenaron en la Empresa unas corridas de computadores sobre casos específicos aplicados a las tarifasdecretadas por el Gobierno Nacional y se concluyó que se presentaban reajustes en los estratos 4, 5 y 6inverosímiles, es decir, aumentos que superaban el 100% y que eb muchas ocasiones llegaban al 178%.”

Al Departamento Nacional de Planeación y a la Junta de Tarifas, les llegaba toda la i nformación de lasempresas de Servicios Públicos Domiciliarios de Energía Eléctrica, entre estas se encontraba lainformación que obligatoriamente aportaba la EEB. Estas Empresas le informaban con detalle y balancesfiidedignos al DNP ( dirigida por Armand o) y a la JNT (dirigido por Armando y Eva María), respecto a losactivos fijos de distribución que era de su propiedad y la parte que no lo era, pero que operaba, esta partede las redes de la EEB operaba, pero no eran de su propiedad, la pagaban generalme nte losconstructores, propietarios de inmuebles y entes territoriales, como muy bien lo tenía que conocer EVAMARIA URIBE TOBON, desde la Junta Nacional de Tarifas.

1.6 EL 7 DE JULIO DE 1991

El 1 de enero de 1991, los activos fijos de la distribución de la EEB tenían un valor de $18.043 millones,como muy Eva María Uribe Tobón desde la J.N.T. lo sabía.

El 7 de julio de 1991, es publicada en la Gaceta Constitucional No. 114 la nueva Constitución Política deColombia, la cual ratifica el Derecho a la p ropiedad de los bienes en cabeza de quien los hubiere pagado:

“Artículo 58. Se garantiza la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyesciviles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores .”Este artículo que ya existía en la Constitución de 1886, nos garantiza el derecho que los propietarios deinmuebles, los constructores, los entes territoriales, teníamos y tenemos sobre las redes de distribuciónque hubiéremos pagado, así como la remuneración por uso de esas mismas redes.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

15

En la Constitución Política de 1886 figuraba:

“Artículo 30.- Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con justo título, conarreglo a las leyes civiles, por personas naturales o jurídicas, los cua les no pueden ser desconocidas nivulneradas por leyes posteriores.”

Igualmente Bogotá D.C. y los 95 municipios, donde la EEB era un operador de redes de distribución,continúan teniendo la propiedad de los postes, ductos y cámaras de inspección, que son inmuebles poradhesión en el subsuelo de la República, bajo el espacio público del ente territorial.

De la misma forma, Roberto Ospina Pulido, José Antonio Suárez Acevedo, Carmenza SaldíasBarreneche y otros directivos de la EEB S.A. ESP., incluyendo den tro de estos a sus Gerentes Generalesy Presidentes de su Junta Directiva (Mockus, Bromberg, Peñalosa, Mockus, Garzón), no podían realizarenriquecimiento ilícito a favor de terceros, apropiándose de los activos fijos de distribución que hubieranpagado los constructores, propietarios de inmuebles, entes territoriales, así como los activosrepresentados en el Servicio de Alumbrado Público de los respectivos municipios, de los que había sidopagado por los respectivos entes territoriales, ni de los inmuebles por adhesión (postes, ductos, cámarasde inspección) en el subsuelo de la República, debajo del espacio público de los entes territoriales.

En lo que tiene que ver con el Servicio de Alumbrado Público de los municipios, es útil recordar que laConstitución Política estableció:

“Artículo 313. Corresponde a los Concejos: 1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de losservicios a cargo del municipio.”

Dentro de estos servicios a cargo del municipio, desde las leyes 97 de 1913 y 84 de 191 5 el Servicio deAlumbrado Público, siempre se ha considerado a cargo de los municipios.

Eva María Uribe Tobón como Directora Ejecutiva, en la resolución CREG 43 del 23 de octubre de 1995,determinó violar el artículo 313 de la Constitución y reglamentar en lo que tiene que ver con elmantenimiento y la expansión del Servicio de Alumbrado Público, sin ser estas actividades competenciade la CREG, por estar a cargo de los municipios y con todo esto de la misma forma, violó el artículo 121de la constitución.

“Artículo 121. Ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuyen laConstitución y la ley.”

Constitución Política de Colombia

Cuando el ciudadano judío lituano, le entregó la presidencia de la Junta Directiva de la EEB S.A. ESP, alciudadano judío de Polonia Paul Bromberg, este con la colaboración de la Vicepresidente de la JuntaDirectiva de la EEB S.A. ESP Carmenza Saldías Barreneche y con el Gerente General de la EEB S.A.ESP Paulo Jairo Orozco Díaz, determina ron suscribir entre ellos el Convenio 766 de abril de 1997, dondeamparados en la Resolución CREG 43 -95 irregularmente suscrita por Eva María, manipularon ytergiversaron los términos para robarse el Patrimonio Distrital, representado en los activos del S ervicio deAlumbrado Público de Bogotá, y con esto dieron los primeros pasos, para que después de 1999 CodensaS.A. ESP, fortalecida por Asocodis, que era presidido por Eva María Uribe Tobón, procedieran a tratar deapropiarse de los activos del Servicio d e Alumbrado Público de Bogotá y de los 95 municipios dondeCodensa S.A. ESP era operadora de redes de energía eléctrica.

Es útil recordar que de la facultad de ciencias de la Universidad Nacional hacían parte el matemáticoAntanas Mockus y los físicos Bro mberg, Fabio Chaparro y Paulo Orozco; Saldías igualmente de laNacional pero economista de la sede Manizales, sitio donde presenció el acto histriónico de AntanasMockus, donde desde un balcón orino a los estudiantes.

1.7 EL 22 DE JULIO DE 1991

El 1 de enero de 1991, los activos fijos de distribución de la EEB, tenían un valor $18.047 millones, comomuy bien Eva María Uribe Tobón desde la J.N.T. lo sabia.

“Artículo 2.- La expansión del sector eléctrico, su administración, mantenimiento y operación, ser ánfinanciados preferencialmente mediante el cobro de tarifas ...”

Decreto 2545 del 12 de octubre de 1984

Desde el 12 de octubre de 1984, mediante el Decreto Nacional No.2545, (que reglamentaba el Decreto3069 del 68), había quedado establecido que la expansión de las redes de distribución Nivel IV, III y II serealizaría vía tarifas. De esta forma la EEEB y luego la EEB recibía en la tarifa la suficiencia financierapara realizar la expansión. De la misma manera, con estos ingresos que recibía la EEB en la tarifa,estaba en capacidad de remunerarle a los dueños de los activos fijos de distribución que la EEB operaba(pero que no había pagado), la parte correspondiente a la remuneración del activo, dejando para si

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

16

únicamente el pequeño porcentaje desti nado a la administración, operación y mantenimiento. Esto loconocía muy bien Eva María Uribe Tobón desde la Junta Nacional de Tarifas. (Creada para el Decreto3069 de 1968).

El 22 de julio de 1991, es aprobado el Decreto Ley 1842 de 1991 “Estatuto Nacio nal de los Usuarios delos Servicios Públicos Domiciliarios”, que en el artículo 10 establecía:

“Artículo 10. De la Propiedad de las Conexiones Domiciliarias. La propiedad de las redes, equipos yelementos que integran una acometida externa, será de quie n las hubiere pagado. Las empresas nopodrán disponer de las conexiones cuando fueran de propiedad de los suscriptores.”

Decreto Nacional 1842 de 1991

El Decreto Nacional 1842 del 22 de julio de 1991, nació para dar cumplimiento a un mandatoconstitucional, siendo por lo tanto considerado Decreto – Ley.

En este momento, Eva María Uribe Tobón seguía al frente de la Junta Nacional de Tarifas y ArmandoMontenegro Trujillo la presidía; manejaban la información exacta de cuales eran los activos dedistribución que la EEB había pagado y cuales eran los activos de distribución que la EEB utilizaba, peroque no habían pagado; de tal forma que sabían cual era la diferencia entre estos dos activos fijos dedistribución (que utilizaban y habían pagado), siendo obv iamente la diferencia, de personas diferentes ala EEB, no siendo justo incluir en la tarifa unos valores que “no cubran los costos reales de la prestacióndel servicio y provean una determinada rentabilidad”. (Decreto 3069 de 1968).

De lo que Eva María Uribe Tobón desde la Junta Nacional de Tarifas no podía tener ninguna duda, esque la EEB al 1 de enero de 1991 únicamente era propietario de unos activos fijos de distribución, de$18.047 millones, que era lo único que la EEB había pagado, tal como figura ba en los balancesfidedignos que la EEB aportaba a la Junta Nacional de Tarifas, activos que aproximadamente eran solo el2% de los activos fijos de distribución que utilizaba la EEB.

Igualmente Eva María debía saber, que en la contabilidad de la EEB, qu e desde el decreto 2545-84,recibía la suficiencia financiera para realizar la expansión, estos ingresos se han debido destinar a esto:

Expandir todas las redes locales nivel II, III y IV, sin trasladarse esa obligación a los suscriptorespotenciales

Remunerar el uso de las redes a los particulares que fueren compelidos por la EEB, para ejecutarredes locales nivel II y III que no les correspondía.

Si Eva María que recibía toda la información contable de la EEB, veía que lo anterior no se cumplía en laEEB, ha debido castigar a la EEB, no reconociendo cargos de uso de activos de distribución superiores a$18.047 millones, (valor el 1 -01-91) y un descuento adicional en el KwH, para compensar los valoresrecibidos por la EEB, para la expansión entre los a ños el 85 a 90, sin haberle dado el destino establecidoen el decreto.

Si nos ubicamos en el sitio donde se encuentra el medidor de energía eléctrica que sirve a un inmueble,siempre después del medidor, encontraremos un dispositivo de interrupción o cort e, que permite quitarleel servicio a quien de motivo a esto.

En el punto entre este dispositivo de corte y el medidor de energía eléctrica, se ubica la fronteracomercial, donde terminan los Servicios Públicos Domiciliarios de Energía Eléctrica:

“14.1.- Acometida. Derivación de la red local de servicio respectivo que llega hasta el registro de cortedel inmueble.”

Ley 142 de 1994

Fronteracomercial

RED Superintendenciaque vigila:

Incluye según la Ley 142de 1994:

Definición en Ley142 –94:

Antes EXTERNA SSPD Red Local y Acometida 14.17 y 14.1Después INTERNA SIC Red Interna 14.16

“14.16.- Red Interna. Es el conjunto de redes, tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema desuministro del servicio público al inmueble a partir del me didor.”

Ley 142 de 1994

Antes de la frontera comercial esta la RED EXTERNA en contraposición a la RED INTERNA que estadespués y toda la red externa era de quien la hubiere pagado, como muy bien lo sabi a Eva María UribeTobón desde la Junta Nacional de Tarifas: “La propiedad de las redes, equipos y elementos que integranuna acometida externa, será de quien las hubiere pagado”. (Decreto Ley 1842 -91), en el caso de Bogotáaproximadamente 2% era de la EE B y 98% de personas diferentes a la EEB.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

17

Como complemento a estas explicaciones, es útil transcribir de la Revista Mundo Eléctrico ColombianoNo. 65 de octubre de 2006, un fragmento del artículo “Perspectiva del proceso de cambio de la fórmulatarifaria vigente”:

(...)“El tercer período va de 1968 hasta 1983, momento en el cual se crea la Junta Nacional de Tarifas (JNT),a través del Decreto Ley 3069 de 1968, con este decreto se establecieron los criterios básicos para lafijación de las tarifas y las herramientas para su control y fiscalización. Sin embargo, esta función fuecumplida por este organismo hasta 1993, este período estuvo enmarcado por los siguientesacontecimientos: entre 1971 y 1974 hubo una congelación de tarifas y a partir de 1976, se em pezaron areajustar para contrarrestar el efecto de la inflación. El cuarto período inicia en 1984 y finaliza en 1993,durante este período se logra un avance en términos de la fijación de las tarifas, pues se establece unaúnica estructura tarifaria, que tiene en cuenta la estratificación y el concepto de cargo fijo, por medio delDecreto 2545 de 1984. En 1986 se adopta el principio de recuperación de los costos económicos, seexpide la resolución 886 de la JNT con el fin de unificar criterios entorno a l os conceptos antesmencionados de estratificación y tarifas y además “se pone en marcha un sistema de ajustes puntuales,adicionales a los mensuales, para aproximar las tarifas a sus costos reales”.

Con estos ajustes adicionales a los mensuales, realizad os a las tarifas, lograron elevar para 1990 la tarifaa un valor superior a los costos reales.

Cuando Eva María Uribe Tobón ingreso a manejar la Junta Nacional de Tarifas, igualmente sabía que latarifa, ya remuneraba con exceso los $15.123 millones, que era el valor total de los activos fijos dedistribución de la EEB, el 1 de enero de 1990.

1.8 EL 1 DE ENERO DE 1992

Del balance fidedigno de la EEB a 31 de diciembre de 1991, que resulta ser el mismo el 1 de enero de1992, aparece que los activos fijos depreciados de distribución de la Empresa de Energía de Bogotá,tenían un valor de $22127.07 millones de pesos.

De los Estados Financieros de la EEB, que preparaban sus auditores Páez Asociados & Cía. conocemosen la nota 4: “Propiedad planta y equipos ”, los valores fidedignos de los activos fijos de distribución:

31 de Diciembre de: VALORES EN MILLONES DE PESOSSin Depreciar Depreciación Depreciados

1989 18.736.34 3612.79 15.123.541990 22.524.24 4476.90 18.047.341991 27.626.17 5499.10 22.127.071992 37.549.22 8297.58 29.251.64

Es de resaltar que la Empresa de Energía de Bogotá, había comenzado su funcionamiento en agosto de1900 y desde ese momento, hasta el 1 de enero de 1992, en aproximadamente 91 años (equivalentes a1097 meses), escasamente había alcanzado a acumular unos activos fijos de distribución de $22.127.07millones de pesos, que representaba apenas un 2% de los activos fijos de distribución que utilizaba.

Esta información le llegaba con todos sus anexos a la Junta Nacional de Tarif as, que era dirigida por EvaMaría Uribe Tobón y Armando Montenegro Trujillo y con base en esta información era fundamentalmenteque se establecían las tarifas, tal como lo establecía el Decreto 3069 de 1968.

1.9 FEBRERO 1992

José Antonio Suárez Acevedo que ocupaba en la EEB, el simple cargo de Jefe de Sección, es encargadode manejar todas las actividades que tuvieran relación con las gestiones que los industriales de laconstrucción realizaban ante la Empresa de Energía de Bogotá, para lograr perfeccio nar el contrato deServicios Públicos Domiciliarios de Energía Eléctrica, para los inmuebles que construyeran.

Adicionalmente José Antonio Suárez Acevedo, atendía lo que tuviera relación con las obras querealizaban los urbanizadores y recibían intervento ría de la EEB.

En este punto es útil hacer claridad de las diferencias fundamentales y totales que existen entre urbanizary construir, con el fin de desvirtuar uno de los principales artificios en que se han venido amparando JoséAntonio Suárez Acevedo, Carmenza Saldías Barreneche, la EEB S.A. ESP., Codensa S.A. ESP, algunoscuradores urbanos, ASOCODIS (sucesivamente presidido por Eva María Uribe Tobón, Roberto OspinaPulido, Abraham Salomón Korman Kestemberg). Esta sutileza de confundir urbanizar con co nstruir,igualmente ha sido hábilmente manejado para confundir, desde la CREG, SSPD, (sitios que han recibidotoda la influencia de Eva María Uribe Tobón).

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

18

Para Bogotá, el Acuerdo 7 de 1979 (POT 1980 -1990) y después el Acuerdo 6 de 1990 (POT 1990 -2000)en el cual dedicaron el Título Noveno – Capítulo II específicamente a desarrollar el tema “ LICENCIASPARA EL DESARROLLO DE URBANIZACIÓN ”, han sido parte de los argumentos expuestos por losfuncionarios de la EEB y/o Codensa S.A. ESP. para falsamente justific ar la propiedad que tenía la EEBS.A. ESP. sobre los activos de distribución que hubieren pagado los propietarios de inmuebles, en el áreadonde la EEB S.A. ESP. era operadora de redes.

Un sitio urbano primero se urbaniza y como un paso posterior y difere nte, se edifica o construyeninmuebles para ser habitados o utilizados por personas, en los lotes urbanizados.

Un lote que no ha sido incorporado al perímetro urbano de un municipio, debe realizar un proceso deurbanización.

“URBANIZAR: Convertir en poblado una porción de terreno o prepararlo para la edificación, abriendocalles y dotándolas de alumbrado y demás servicios municipales .”

Diccionario de la Lengua Española – Aristos

Urbanizar es muy diferente a construir. El urbanizador no necesariamente es el mismo constructor y aunque lo fuera, son actividades y

responsabilidades distintas. La Licencia de Urbanización es diferente a la licencia de construcción.

En la etapa de urbanización, no se tiene derecho a los servicios públicos domiciliarios, porq ue aún noexisten inmuebles y por consiguiente aún no existen personas que habiten o utilizan de modopermanente, en los inexistentes inmuebles.

“Artículo 134.- Del Derecho a los Servicios Públicos Domiciliarios. Cualquier persona capaz decontratar que HABITE O UTILICE de modo permanente un inmueble, a cualquier título, tendrá derecho arecibir los servicios públicos domiciliarios al hacerse parte de un contrato de servicios públicos.”

Ley 142 de 1994

Por ejemplo, en la urbanización Ciudad Salitre de Bogotá D.C. (ubicada a espaldas y los alrededores deledificio que ocupaba la EEB e inicialmente Codensa y que por un tiempo fue el sitio de despacho de EvaMaría Uribe Tobón, cuando presidía en 1999 la Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía –ASOCODIS), todo esta urbanizado, pero muchos lotes urbanizados no se encuentran construidos y comono están construidos, aún no hay inmuebles para la habitación y utilización permanente por parte de laspersonas.

En todos los barrios de Bogotá D.C. por ejemplo el Polo Club, (urbanizado antes de 1958), donde paso suadolescencia y juventud Eva María, (Av. 13 No. 86 -57) si se llega a presentar el caso, de tumbar unacasa y construir allí un edificio, el desarrollo es simplemente de construir, porque la ur banización yaestuvo desarrollada y legalizada desde años atrás, cuando se construyo la casa que ahora se tumba.

En 1999 cuando Eva María Uribe Tobón desde Asocodis, despachaba desde el segundo piso de la Sedede Codensa S.A. ESP, respecto al Título Noven o del Acuerdo 6 de 1990, habían transcurrido 7 años,desde el momento donde fue tácitamente derogado por el Decreto Nacional 958 -92. Resucitar el títuloNoveno del Acuerdo 6 de 1990 era un imposible. Nadie resucita a un muerto, pero menos a un muertodesde 7 años atrás.

No obstante la EEB, Codensa, Asocodis sabían que si lograban resucitar del título Noveno, aunque fuerael Capítulo II, Artículo 524, Numeral 10, literal C, encontrarían una fracesita que mandaba que losurbanizadores (diferentes a los const ructores como ya se explico), deberían a través de la Secretaría deObras Públicas entregar al Distrito a título gratuito, las obras de urbanismo que realizaran losurbanizadores.

Allí en el título Noveno, Capítulo II, artículo 524, numeral 10, literal C , nunca se refieren a losconstructores, porque es obvio y natural que un predio se urbaniza con la licencia de urbanización y luegopara cada uno de los lotes útiles, se tramita una licencia de construcción.

Título NovenoAcuerdo 6 de 1990: Licencias: Artículos del

Acuerdo 6 de 1990:Capítulo II “Para el desarrollo de urbanización” 522 a 527Capítulo III “De construcción, demolición, ampliación, modificación,

adecuación y reparación de edificios”528 a 540

Así los funcionarios de la EEB y/o Codensa S.A. ESP y/o ASOCODIS, pretendan engañarnos a todos,haciendo creer que el artículo 524 esta en el capítulo III del Título Noveno del Acuerdo 6 de 1990, cuandoclaramente esta es en el capítulo II; lo único que logran es mostrar la pobreza de sus argumento s alengañar, con lo cual queda probada la obvia falsedad, donde el artículo 524 no puede estar incluido entre

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

19

el artículo 528 y 540.Lo curioso, es que hasta el 23 de octubre de 1997, cuando se escindió la EEB S.A. ESP, nunca utilizabaesta empresa el argumento de querer confundir el termino urbanizar con construir, fue ya en 1999 cuandoEva María Uribe Tobón como directora de ASOCODIS y despachando desde la misma sede de CodensaS.A. ESP, que con Roberto Ospina Pulido (quien la remplazaría en ASOCODIS) y otros artífices del robode los activos de distribución y su remuneración por uso, comenzaron a tratar de confundir los términosurbanizar con construir, urbanizador con constructor, etc.

Tendrían Eva María y Roberto algo que ver con este artificio de con fundir los términos?

El Título Noveno Capítulo II “ Licencias para el desarrollo de urbanización ” del Acuerdo 6 de 1990, fuereglamentado por el Decreto Distrital Nº 572 del 9 de septiembre de 1991, que establecía:

“Artículo 14. Una vez construidas las re des y las obras de infraestructura de servicios públicos, laSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS efectuará el recibo total o por etapas de las obras, para lo cual, elurbanizador responsable debe presentar los siguientes documentos:a) Acta de Entrega a la PROCURADURÍA DE BIENES DEL DISTRITO.b) Acta de Recibo de cada una de las empresas de servicios públicos.c) Póliza de estabilidad de obra de que trata el Art. 19 del presente Decreto.

Cumplidos los anteriores requisitos, la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS elaborará y entregará alinteresado en un plazo máximo de cinco (5) días, el Acta de Recibo total o por etapas de las obras.”(…)“Artículo 16. El propietario del predio objeto de la Licencia de Urbanización, debería hacer la entregamaterial total, o por etapas de las zonas de cesión con su correspondiente escrituración pública, dentrode los treinta (30) días siguientes a la terminación de las obras.

Para tales efectos el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN DISTRITAL enviará copiadel plano del proyecto u rbanístico aprobado a la PROCURADURÍA DE BIENES DEL DISTRITOCAPITAL.(…)Artículo 18. Para formalizar ante la PERSONERÍA DISTRITAL la escritura pública de cesión de las obrasde urbanismo … el interesado deberá presentar…(…)b) Acta de recibo final de la totalidad o de las etapas de las obras de urbanismo, expedida por laSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS .(…)d) Acta de recibo de las zonas a escriturar, expedida por la PROCURADURÍA DE BIENES .(…)Con la Escritura Pública de cesión, debe protocolizarse copia d e la resolución reglamentaria y copia delproyecto aprobado por el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN DISTRITAL .

Por ninguna parte en el Decreto 572 de 1991 hacian referencia a la EEB, pero si citan y vinculan al recibode las obras de urbanismo, a la SOP, PROCURADURÍA DE BIENES, DAPD, PERSONERÍA DISTRITAL.

Con lo cual queda probado, que las redes y obras de infraestructura de servicios públicos municipales ono, que realizaban los urbanizadores, se la entregaba el urbanizador al Distrito, a través de quien en unade sus funciones, actuaba como Empresa de Servicios Públicos Municipales, denominada Secretaría deObras Públicas, la cual, nada, absolutamente nada tuvo, ni tiene que ver con la EEB.

1.10 EL 28 DE FEBRERO DE 1992

Al país se le informó el 28 de febrero de 1992, de un drástico racionamiento que se iniciaría a partir del 2de marzo. Según datos de mayo de 1992, aportados por el Departamento Nacional de Planeación(dirigido por Armando Montenegro Trujillo), el 35% de la deuda externa del p aís a 31 de diciembre de1991, correspondía al sector eléctrico, alcanzando la cifra de US$5.481 millones.

El racionamiento de 1992 fue perversamente inducido, calificación que ha sido conocida en el sectoreléctrico y en este numeral trataremos de docume ntarlo.

El riesgo de un racionamiento y con suficiente anticipación, fue múltiplemente anunciado por la SociedadColombiana de Ingenieros:

- El 25 de abril de 1990 en el Periódico El Tiempo página 10ª.- En agosto de 1990 en el documento “2)sector Energétic o Colombiano sus problemas y posibles

soluciones”.- El 1 de noviembre de 1990 durante el XX Congreso Nacional de Ingeniería.- El 16 de mayo de 1991 durante las Octavas Jornadas de Ingeniería Eléctrica.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

20

Desde el Departamento Nacional de Planeación, Armando M ontenegro y Eva María Uribe hubieronperfectamente podido, con suficiente tiempo preveer y mitigar el riesgo. No hicieron nada para mitigar elriesgo, porque antes por el contrario esa era una circunstancia que podría perversamente aprovecharla.

Figura en la Revista Mundo Eléctrico Colombiano No. 31 de abril de 1998, página 12 en el artículo“Historias de unos Racionamientos Anunciados:

“Es bien sabido que el racionamiento de energía eléctrica que vivió el país a partir de marzo de 1992 fuepreviamente anunciado por la Comisión de Recursos Energéticos de la SCI y que, a pesar de habersugerido oportunamente fórmulas para conjurar este déficit, nada hizo el país para evitarlo.”

En el libro “El apagón de 1992 y el escándalo del Guavio”, escrito por el S enador Gustavo RodríguezVargas expresa en la página 21:

”-El gobierno sabía de las posibilidades de un racionamiento, pero no se tomaron medidas suficientespara evitarlo, no obstante que se podía apreciar que la política de aumentar la capacidad de las plantastérmicas estaba fracasando.(...)- Se sabía de la disminución de los caudales de los ríos, pero no se modificaron a tiempo los parámetrosutilizados para manejar el modelo operativo de ISA, con el fin de controlar el llenado de los embalses.- Se conocía la incapacidad financiera de la Empresa para continuar varios proyectos hidráulicos

como el del Guavio y la falta de recursos para atender el mantenimiento de las plantas térmicas.(...)La Comisión Nacional de Energía fue creada en 1989 y reglamenta da en 1990; pero no sabemos cuál fuesu papel durante la época previa al apagón.”

Durante el Foro Eléctrico de ACIEM en octubre de 1991 el ex -ministro Guillermo Perry manifestó:

“No esperemos hasta el momento en que ya el racionamiento sea inevitable p orque es muy posible queeso pase; sí yo creo que hay que tomar más decisiones de expansión de la generación, simultáneamentecon avanzar en el proceso de reestructuración”.

Una década antes, actuaban como empleados en ISA, Eva María Uribe Tobón en el ár ea económica yManuel Ignacio Dussan Villaveces en el área de ingeniería, dependiendo del Ingeniero Pedro Trillos y losdos dependientes del Gerente de Isa, Germán Jaramillo Olano. Tanto el uno como el otro viajaron aWashington, a ponerse al servicio de l a banca multilateral : Banco Mundial y BID; con el fin de convertirseen agentes para Latinoamérica de estos prestamistas. Buscaban en la práctica con esto, endeudar aestos países, para que desarrollaran proyectos de inversión fundamentalmente en genera ción. Fueronpréstamos sin suficiente análisis, ni estudio; en esencia Manuel Ignacio y Eva María buscaban endeudarel sector eléctrico, sin entrar a estudiar viabilidad, eficiencia, conveniencia, oportunidad etc. Se llegó acasos tan extremos como Betani a que la financiaron en un 97%.

Germán JaramilloOlano

Matilde EugeniaCano Olano

Matilde MorenoRamírez

José LisandroJosé JustinianoMoreno Estrada

SofíaLucía

MagdalenaOlano

Moreno

Juan MorenoRamírez

Darío MorenoRestrepo

Virgilio BarcoVargas

JuliaCarolina

BarcoIsackson

AndrésEchavarría Olano

María CristinaMejía Cano

Lázaro MejíaArango

Lina MorenoMejia

Alvaro UribeVélez

Matilde Moreno Ramírez viene aser:

- Abuela de Germán JaramilloOlano, que siendo gerente deISA fue jefe de Eva María yManuel Ignacio.

- Abuela de María CristinaMejía Cano, la esposa deLázaro Mejía Arango, a quienen el momento delracionamiento de 1992, lotenían de gerente en la EEB.

- Abuela de Andrés EchavarríaOlano, yerno del PresidenteVirgilio Barco Vargas ycuñado de la Ex-Canciller yactual Embajadora en EE.UU,Carolina Barco Isackson.

- Prima tercera de Lina MorenoMejía la esposa delPresidente Alvaro UribeVélez.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

21

Manuel Ignacio cuando salió de ISA para Washington, viajó con su mujer que era prima hermana dequien sería Ministro de Minas y Presidente de la CREG, Carlos C aballero Argáez:

Figura en l a Revista La otra Verdad No. 6, página 51 unas declaraciones de Eva María Uribe Tobón:

“Mi único trabajo en el sector privado tuvo duración de tres meses (Febrero -Mayo de 2000), tiempodurante el cual ayudé a promover la Asoc iación de Distribuidores de Electricidad, pero me retiré cuandoel Ministro de Minas, Dr. Carlos Caballero Argáez me propuso ser asesora del Despacho en temas dehidrocarburos.”

Rachel

Montefiori

David CastelloMontefiori

EdmundoCastello Brandon

Jorge DanielCastello González

IsabelBeatriz

Argaez Castello

Carlos CaballeroArgaez

CohenMontefiori

Nathan MayerRotschild

JosefinaAya Argaez

Eva MaríaUribe Tobón

Manuel IgnacioDussan Villaveces

12

Josefina Castello Espinosa viene a ser:

- Abuela de Carlos Caballero Argaez.- Prima cuarta de Cohen Montefiori la

esposa de Nathan Mayer Rothschild- Abuela de Josefina Aya Argaez la primera

esposa de Manuel Ignacio DussánVillaveces, que después sería el cónyugede Eva María Uribe Tobón.

Algunos compañeros de trabajo de Manuel Ignacio y Eva María en ISA, recuerdan como regresaron deWashington como cónyuges Manuel Ignacio y Eva María, lo cual no coincide con lo que declara EvaMaría para la Revista La Otra Verdad No. 6:

“1.Cuando fui secretaria de la Junta Nacional de Tarifas, no tenía ninguna relación personal con el Dr.Manuel Ignacio Dussán quién regresó en agosto de 1992 de Washington, ciudad donde vivía. Conocí aManuel Ignacio a finales de 1992;

3. 2.El Ministro de Minas, Dr. Guido Nule me no mbró en septiembre de 1993 en la Comisión de Regulación,después de haber sido nombrada promotora activa de la reforma regulatoria que procedió a la creaciónde la Comisión.3. El Dr. Dussán, se desempeñó como director de la Comisión hasta Enero de 1995, f echa en la que seretiró para dedicarse a consultorías con el BID y el Banco Mundial. Fui nombrada en Febrero de 1995Directora de la Comisión por el Ministro de Hacienda, Guillermo Perry, el Director del DNP, José AntonioOcampo y el Ministro de Minas, Jo rge Eduardo Cock. En la fecha de mi nombramiento no estaba casadacon el Dr. Dussán.”

Lo que presuntamente buscaron simplemente consultando a la oficina de persona de ISA, se puedeverificar la simultaniedad como empleados de ISA de Manuel Ignacio y Eva María, en épocas donde laempresa era aún muy pequeña. Con esto quedaría desvirtuada la rectificación “conocí a Manuel Ignacioa finales de 1992”. Eva María y Manuel Ignacio era endeudar a Colombia con unos desarrollos engeneración, sin importar que tan caro le saliera al país; para más adelante mover los mecanismos yprivatizarlos a precios muy inferiores al costo la inversión de inversión.

Eva María conocía bien como era el funcionamiento interno de ISA y por eso desde el DepartamentoNacional de Planeación y en general desde el gobierno, permitieron que esta entidad, sin asumirresponsabilidades y actuando como un ente autónomo, que manejará:

- La planificación del sistema interconectado nacional- La operación del sistema interconectado nacional- La operación de los embalses hídricos- Las directrices sobre la operación de la generación térmica

Para garantizar el dominio del gobierno sobre ISA, en 1991, siendo Ministro de Minas y Energía JuanCamilo Restrepo Salazar, el gobierno nacional adquirió el 51% del capital social de ISA.

El 9 de octubre de 1991 la Asamblea de ISA, (dominado por el gobierno nacional), reformara losestatutos y establecera que el gerente sería de libre nombramiento y remoción del Presidente (en esemomento César Gaviria).

La Junta Directiva de ISA se componía de seis (6) miembros del gobierno nacional más los gerentes deEPM y EEB.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

22

Si lograban de ISA una actuación equivocada, podían mover los mecanismos para causar undesabastecimiento de energía eléctrica del país, que les di era los argumentos para ordenar unracionamiento. Fue de público conocimiento como lograron, inducir el apagón de 1992, repetiremosalgunos hechos:

1. Desde finales de 1990 se retiro el Gerente de ISA y el Presidente Gaviria no nombró Gerente enpropiedad durante 15 meses. En estas condiciones casi acefala, con un gerente encargadofuncionó ISA, en todo el año y 3 meses anterior al racionamiento. Con esto lograron que estandoISA acefala, no se tomaran los correctivos oportunos.

2. ISA sabía que de acuerdo a s us propios registros y a los de Himat, el año 1991 había sido unode los años más secos de las últimas épocas. (Desde 1954 no se presentaba un año con tanpocas lluvias), por lo cual era un dato conocido, la disminución de llegada de agua durante 1991para llenar los embalses.

3. Desde 1991 se sabía que 1992 sería también afectado el país por un fuerte verano yadicionalmente por el Fenómeno del Niño, originando por un incremento de temperatura en elOcéano Pacífico. En estas condiciones lo previsible era e mbalsar y poner a funcionar las plantastérmicas. Contrario a toda lógica, desde septiembre de 1991, ISA permitió desocupar losembalses a niveles por debajo del 40%.

¿Quién desperdicia agua, en condiciones conocidas que se debe economizar agua?

4. ISA y la EEB habían concentrado para si, el 75% de la capacidad térmica. Conocedoras de losriesgos de desabastecimiento hídrico que podrían existir durante 1992, lo lógico ha debido ser,generar al máximo energía térmica para ahorrar agua embalsada y atender co n prioridad elmantenimiento de las térmicas. No obstante, sin entenderse las razones, 370 Mw térmicos, pordiferentes disculpas, estaban por fuera del sistema durante el racionamiento. Si estos 370 Mwhubieran estado disponibles, se hubiera alcanzado con estos suplir el 40% del racionamientoprogramado de 2150 Gwh.

5. En la víspera de iniciarse el racionamiento, el 13 de diciembre de 1991, ISA registraba en susactas de la Junta Directiva:

(...)“del análisis de resultados se concluye que un atraso de un añ o en los proyectos conduce al déficit de4.5% como valor esperado de racionamiento de energía en el mes de marzo de 1993, y de 1.7%como valor esperado de potencia en los meses de febrero a abril del mismo año”.

En diciembre de 1991, 2 ½ meses antes de a nunciar el racionamiento, aún continuaban engañandoal país, para que el racionamiento de 1992, nos cogiera de sorpresa.

ISA durante 1991, contrato un estudio para evaluar los efectos de la falta de lluvias y el Fenómenodel Niño, luego se evidente que IS A si sabía y continuaba mintiendo.

6. La capacidad instalada del país y la demanda eran:

Plantas: MW Demanda: MWHidráulicasTérmicas

65101820

Máximo 7700

8330 Promedio 5000

Luego el problema del racionamiento no se originaba en falta de capacidad, sino en falta de agua enlos embalses. Aunque en septiembre de 1991 como operador de los embalses hídricos ISA laderrochaba y permitía que otros generadores lo hicieran.

7. La capacidad de almacenamiento de los embalses alcanza para producir 12.000 Gwh y e lconsumo anual total alcanza a 32.000 Gwh, por lo cual si a los embalses no les llegara agua, lasreservas han debido alcanzar para cinco (5) meses. Luego tampoco era por falta de embalses. Elracionamiento se causó por mala operación y el gobierno había delegado en ISA la operación.La capacidad de carga del sistema de los embalses en Colombia, se ha calculado para doblar eluso del agua previsto. Si las planas no funcionaran y toda el agua se dejara salir por losrebosaderos, la cantidad de agua que se v ertería sería el doble de la que pudiera utilizar elsistema de generación.

8. El Guavio, independiente de las actos de corrupción que allí se sucedieron, habiéndose iniciadoen 1981,hubiera podido con un relativo esfuerzo, haber alcanzado a entrar en opera ciónempezando 1992. Al estar servida por un embalse lleno y adicional a la reserva existente, conesa agua se hubiera podido generar el faltante de energía. La estrategia era muy fácil: Disminuirlos desembolsos de dinero para el Guavio y con esto retarda r la terminación del proyecto. Paraesto, el BID , el 13 de noviembre de 1991, anunció que posponía indefinidamente un crédito de

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

23

US$ 200 millones destinados a la EEB, con lo cual paralizaron las obras del Guavio finalizando el91 y comenzando el 92.

9. Las empresas del sector eléctrico en general tenían un problema financiero y ni el Ministerio deHacienda a cargo de Rudolf Hommes y Planeación Nacional a cargo de Armando MontenegroTrujillo, hicieron nada para buscarle solución.

10. Desde 1989 se suscribió un Convenio entre el Gobierno de Colombia y Venezuela, se planeó undoble circuito entre los dos países, los cuales permitirían transmitir c/u 150 MW. Gracias alesfuerzo venezolano una de las líneas quedó concluida, teniendo Colombia disponibles 150 Mw,venezolanos que se hubieran podido utilizar, pero ISA no avanzó con la subestación paraingresar esta energía en el sistema interconectado Nacional y planeó que esta, solo estaríaterminada para cuando pasara el racionamiento, en agosto de 1993.

11. Mediante la Ley 51 de 1989, reglamentada con el Decreto 1425 de 1990 se creó y reglamentó laComisión Nacional de Energía y desde su creación hasta los momentos del apagón, guardosilencio, nunca actúo.

Ya en pleno racionamiento, cuando los ojos del país estaban puesto s en la operación del sistemainterconectado nacional, a cargo de ISA, inexplicablemente todo salía mal, por ejemplo:

a) Las barcazas que operarían en Cartagena, generarían 60 Mw, Isa se las contrato a una firmasin ninguna experiencia en la operación de bar cazas y sin ninguna solvencia económica; alcabo de muchos incumplimientos para entrar a operar, le decretaron la caducidadadministrativa a los contratos. Todo salió mal.

b) Las unidades estacionarias que contrato Isa, para que en la subestación El Tambor e nBuenaventura, instalaran 3 unidades de generación de 25 Mw, donde sólo trabajarían 2simultáneamente y según el contrato No. 2623 de Isa el 25 de octubre de 1992, ya estaríangenerando los 50 Mw. El 3 de febrero de 1993 el Gerente de Isa Javier Gutiérre z P, aún nohabía aplicado ni multas ni caducidad. Todo salió mal.

c) La planta termogas de Chinu, debería suministrar 115 Mw y debería estar operando desdejunio de 1981, para lo cual Germán Jaramillo Olano (que en ISA había sido el Jefe de EvaMaría y Manuel Ignacio), actuando en nombre de Isa, con José Fernando Isaza Delgado(íntimo amigo de Antanas Mockus y muy cercano a Luis Eduardo Garzón), actuando ennombre de Ecopetrol, suscribieron el contrato LEG 113 -81.ISA 1243 para el suministro degas. Inexplicablemente el gas nunca estuvo disponible y la planta no opero. En plenoracionamiento decidieron trasladar 3 de las 2 plantas de Chinu a Barranquilla, contratandopara esto a Schradder Camargo. Legalizado el contrato de traslado, sin iniciar ejecución,decidieron aprovechar un pozo recién descubierto de gas natural en San Pedro (Sucre), elcual podía empezar a suministrar gas en diciembre de 1992. El contrato con Schradder el24 de agosto de 1992 lo declararon inconveniente, Schradder sintió lesionados sus interesesy demando.

d) Los 150 Mw que Corelca licito como energía firme durante 15 años, sin justificación al 14 deagosto de 1992, declararon la licitación desierta, existiendo el número plural de oferentesque cumplían, disculpa: “se imposibilitó hacer una evaluación equitativa”.

Isabel

Beatriz

Argaez Castello

JosefinaAya Argaez

Manuel IgnacioDussán Villaveces

JorgeGaitán Cortés

ClaudiaGaitán Villegas

CarlosCaballero Argaez

Eva MaríaUribe Tobón

Cecilia

Carlota

Cortés Gregory

TeresaCamacho Cortés

Carmen LucíaSuárez Camacho

Fabio

Iván

Puyo Vasco

12

Carlos Caballero Argaez que fueMinistro de Minas y Energía y jefe deEva María, viene a ser:

- Yerno del ex - alcalde de BogotáJorge Gaitán Cortés, primosegundo de Carmen Lucía SuárezCamacho esposa de Fabio ycuñado de Iván Puyo Vasco.

- Primo hermano de Josefina AyaArgaez esposa de Manuel IgnacioDussán Villaveces y quien despuéssería cónyuge de Eva María UribeTobón.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

24

ManuelFelipe

GonzálezHelguera

JuanaMárquez Dominguez

CarmenRomero

MarujaLola

Juan MaríaFelipe

GonzálezMárquez

DavidPablo

GonzálezRomero

Con todos los disparates que dieron or igen y mantuvieron elracionamiento más grave que ha sufrido el país, el escándalo de lacorrupción en el manejo del contrato del Guavio, era grave pero noera lo más grave. Para dejar ante la opinión pública, la idea deinequívoca que Fabio Puyo Vasco era un corrupto, Puyo Vascotenía la nacionalidad colombiana y española, de la misma manerafigura casado y con hijos, pero era de público conocimiento suextrema afeminamiento. A Fabio Puyo finalmente no lo tocaron, notuvo necesidad de devolver nada de lo robado, su nacionalidadespañola le garantizó su permanencia lejos en Colombia.De César Gaviria Trujillo es conocido su gran amistad con FelipeGonzález, de la misma forma es conocido como el Grupo Bilderbergrealizó su reunión número 37 en La Toja Santi ago de CampostelaEspaña, entre el 12 y 14 de mayo de 1989, donde estuvo presenteFelipe González Presidente del Gobierno Español, siendoentrevistado por la Agencia EFE:

“P: ¿Se está bien en La Toja?F. González: Muy bien, muy bien. Verdaderamente inter esante el nivel del debate, muy, muy interesante,por la libertad del poder decir lo que se quiera, sin esas cosas que os decía ayer de construcciones deuno u otro tipo. Ha estado muy bien, muy bien. A veces es duro, pero muy bonito.P:¿Alguna perspectiva nueva de lo que se ha hablado’F: González: Hombre, ha habido un análisis muy interesante, yo creo, de relaciones Este -Oeste. Y unanálisis muy interesante, yo creo, de relaciones Este -Oste. Y un análisis muy interesante de perspectivasde la Comunidad Europea. Los dos temas han sido... que son hasta ahora, los que se ha tocado y se haprofundizado. Mañana hay uno extraordinario de Medio Ambiente, con una ponencia que ya he leído, quees espléndida, realmente está muy bien. En fin, la experiencia, muy boni ta, muy natural.”

En esencia se deja entrevistar, pero no dijo nada “muy bien muy bien”, “es duro pero muy bonito”, “unanálisis muy interesante”, “muy bonito, muy natural”.

Entre los asuntos que se hablaron en la 37 reunión de Bilderberg, fue la pri vatización de los serviciospúblicos y la banca en Latinoamérica.

También gran amigo de Felipe González, fue Enrique Sarrazola, concuñado del Ministro Carlos ArturoMarulanda. Sarrazola recibió US$20 millones por cuadrar el negocio del Metro de Medellín, con el queresulta gravemente implicado y favorecido Iván Puyo Vasco, el hermano de Fabio, con lo cual quedacerrado el circuito: Fabio con Iván, Iván con Enrique Sarrazola, Enrique con Felipe González, Felipe conCésar Gaviria, Gaviria con Hommes y Monte negro, Hommes y Montenegro con Eva María.

Del apagón de 1992-1993 nos hicieron sentir que el Estado no debe manejar los servicios públicos y enestas circunstancias el Ministerio de Minas y Energía, junto con el Departamento Nacional de Planeaciónprepararon el proyecto de la Ley Eléctrica y entre los Ministerios de Minas y Energía, Desarrollo yComunicaciones desarrollaron el proyecto de Ley de Servicios Públicos Domiciliarios, proyectos con unagran intervención de Eva María Uribe Tobón.

Corolario: El apagón fue inducido buscando con estos, la aceptación de la privatización de los serviciospúblicos y el encarecimiento de las tarifas, inicialmente trataron de hacerlo con el Decreto 700 de 1992,con el cual pretendieron iniciar la privatización del sector eléctrico, aun antes de esperar a la Ley Eléctricadel 11 de julio de 1994.

Aún sabiendo que el sector eléctrico lo privatizarían, con el Decreto 700 -92 lograron que dineros de todoslos colombianos se le inyectaran al sector eléctrico, buscando sanearle s el regalo, a quienes resultaranganadores en las pujas de privatización:

“El Decreto 700 contiene una adición presupuestal que asciende a $1.603.353 millones, de los cuales$1.189.310 (US$1.775 millones) corresponden a reestructuraciones financieras y c ruces de cuentas,$215 millones a financiación de servicios de deuda, $153.638 millones a financiación de inversión y$46.200 a la financiación de la operación comercial”.

Rudolf Hommes RodríguezAnales del Congreso 10-06-92

1.11 EL 10 DE JUNIO DE 1992

El 1 de enero de 1992 los activos fijos de la distribución de la EEB, tenían un valor de $22.127 millones,como Eva María Uribe Tobón desde la J.N.T. lo sabia.

El Decreto Nacional 958 del 10 de junio de 1992, derogó el título noveno del Acuerdo 6 de 199 0 delConcejo de Bogotá D.C.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

25

Interpolando se tendría que los Activos Fijos de Distribución de la EEB en el período de vigencia delTítulo Noveno del Acuerdo 6 de 1990, crecieron sólo en:

Período vigencia Título Novenodel Acuerdo 6 de 1990: Días del año: Activo fijo de distribución en

millones de pesos ($):Equivalente enbillones de $:

24 de mayo 1990 144 16.277.04 0.0162810 de junio de 1992 161 25.269.69 0.02527

Diferencia 8.992.65 0.00899

Se relacionan las escrituras de cesión de obras de los ur banizadores al Distrito a través de la Secretaríade Obras Públicas, desde el día siguiente a la aprobación del Acuerdo 6 de 1990 y el 17 de septiembrede 1992 cuando el Decreto Distrital Nº566 reemplazó el Decreto Distrital Nº572 de 1991:

Fecha Cesión de obras de la Urbanización al Distrito:Escritura de cesiónde obras al Distrito

Año Mes Día Nº Notaría1990 05 25 Villa Calasanz 2512 311990 10 19 Compartir 3311 301990 11 28 La Trinitaria 10358 51991 02 04 Turingia 325 251991 03 19 La Rosita 877 321991 06 08 Cadral I Etapa 2530 221991 10 09 Maratú 2788 121991 10 24 Urapanes del Sur 8263 41991 11 29 Villa del Rosario 3669 331991 12 23 La Fraguita 1561 391992 02 20 Guatiquia 405 111992 03 19 Ángeles II Sector 2112 291992 06 24 Urbibosques 5279 291992 07 24 Capri II Sector – Institucional 1566 451992 07 24 Capri II Sector 1124 461992 07 31 El Aguinaldo 5745 51992 08 04 Capri I Sector 6590 211992 09 07 Fundación Paulina y Ernesto Valenzuela 4719 9

Entre las obras que reali zaban los urbanizadores y entregaban por intermedio de la Secretaría de ObrasPúblicas al Distrito (nunca a la EEB como falsamente José Antonio Suárez, la EEB y/o Codensa S.A.ESP. quieren hacer creer), estaban los ductos, cámaras de inspección enterradas y postes enterrados enlas vías vehiculares y peatonales, así como en los parques; los cuales constituyen los inmuebles poradhesión enterrados en el subsuelo de la República, debajo del espacio público del Distrito; así como losinmuebles por destinación representados en luminarias y redes destinadas al Servicio de AlumbradoPúblico. Bienes que inequívocamente siempre le han pertenecido con títulos justos a Bogotá y los 95municipios donde la EEB actuaba como operadora de redes, así hayan pretendido José A ntonio SuárezAcevedo, Carmenza Saldías Barreneche y otros directivos de la EEB S.A. ESP. con la ayuda deASOCODIS, robárselos buscando el enriquecimiento ilícito a favor de terceros.

Recordamos que Eva María Uribe Tobón y Armando Montenegro Trujillo, des de el DepartamentoNacional de Planeación y de la Junta Nacional de Tarifas, tenían una idea real y exacta que los activos dedistribución que utilizaba la EEB eran en una mínima proporción de su propiedad y adicionalmente quelos activos del Servicio de A lumbrado Público eran de los municipios y nunca de los operadores de redeseléctricas que actuaban en estos casos como contratistas de los municipios.

1.12 EL 29 DE DICIEMBRE DE 1992

El 1 de enero de 1992 los activos fijos de la distribución de la EEB, tenían un valor de $22.127 millones,como Eva María Uribe Tobón desde la J.N.T. lo sabia.

La EEB con el conocimiento de la Junta Nacional de Tarifas, abusaba de los usuarios, tal como lo dejoconocer El Tiempo el 20 de junio de 1992, artículo que es repro ducido en la página 197 del Tomo III de laHistoria de la Empresa de Energía de Bogotá:

“Un artículo escrito por Camilo Chaparro, “Acción penal contra Energía de Bogotá”, publicado por el Tiempo,decía:La Procuraduría General de la Nación denunciará pena lmente a la Empresa de Energía de Bogotá porquepresuntamente ésta incurrió en constreñimiento ilegal, al exigir el pago de cuentas de electricidad sobrefacturadas.Y por alteración de precios serían denunciados los funcionarios encargados de realizar la l ectura de los contadores.(...)

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

26

Las contradicciones. Los investigadores de la Procuraduría consignan en el informe que las declaraciones rendidaspor los funcionarios de la Empresa sobre los factores que produjeron la sobrefacturación están llenas deincongruencias y contradicciones”.

Por el Decreto 2119 del 29 de diciembre de 1992 suscrito por Rudolf Hommes Rodríguez, reestructura elsector de minas y energía, dando origen a la Comisión de Regulación Energética (CRE), a la cual pasaríaEva María, e ingresaría su cónyuge Manuel Ignacio como Director.

“De la Comisión de Regulación Energética

ARTICULO 10. Comisión de Regulación.- Créase en el Ministerio de Minas y Energía, la Comisión deRegulación Energética, que tendrá el carácter de Unidad Administrati va Especial, cuyo objetivo será laregulación del sector minero energético y que estará integrada por:

1. El Ministro de Minas y Energía, quien lo presidirá;

2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público;

3. El Director del Departamento Nacional de Plane ación;

4. Tres (3) expertos en asuntos energéticos de dedicación exclusiva, designados por el Presidente de laRepública, para períodos de tres (3) años y serán reelegibles.

Cuando fuere necesario reemplazar total o parcialmente a los expertos, se procurará que por lo menosuno de los antiguos integrantes permanezca en la Comisión.

ARTICULO 11. Funciones de la Comisión de Regulación Energética.- En cumplimiento de su objetivo, elConsejo de Regulación Energética tendrá las siguientes funciones:

1. Regular el ejercicio de las actividades del sector energético

(...)4. Fijar las tarifas de los servicios públicos regulados y, cuando lo considere necesario, establecerformulas que utilicen las empresas oficiales o privadas que los presten.

(...)5. Establecer los requisitos generales a que deben someterse las empresas de energía para utilizar lasredes eléctricas

(...)11. Señalar criterios y normas relativas a la protección de los derechos de los usuarios, normas defacturación, comercialización y demás asuntos relativos a la relación de las empresas con los usuariosdel servicio.

12. Asumir las funciones pertinentes que en el campo energético estaban atribuidas a la Junta Nacionalde Tarifas.”

Eva María Uribe Tobón desde la Comisión de Regulación En ergética, sabía y conocía que los activosfijos de distribución de la EEB el 1 de enero de 1992 eran de sólo $22.127millones.

De la misma forma, sabía y conocía Eva María que los activos fijos de distribución que operaba la EEBera como 50 veces superior, por lo cual los $22.127 millones, representaban aproximadamente solo el2% de los activos fijos de distribución que operaba.

Que a la CRE correspondía la obligación, de establecer los requisitos que debería cumplir la EEB poroperar las redes que no le pertenecían.

Que si entren los dueños de ese 98%, de redes que la EEB operaba pero no le pertenecía, un porcentajealtísimo eran de los dueños de los inmuebles que en la mayoría de los casos eran los mismos usuarios ya la CRE le corresponde establecer la s “normas relativas a la protección de los derechos de los usuarios”,la obligación de la CRE era:

No establecer tarifas, donde nos tocara pagar por utilizar lo que a los usuarios nos pertenecía. Solo remunerar en la tarifa a los operadores de redes la A dministración, Operación y Mantenimiento,

más los activos que realmente hubieran pagado.

Este decreto 2119-92 es firmado por Gaviria y Hommes y como ya se dijo, Hommes en representacióndel Ministro de Hacienda, Armando Montenegro en representación del De partamento Nacional de

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

27

Planeación harían parte también de la CRE, la cual seria presidida por Manuel Ignacio Dussan Villavecesel cónyuge de Eva María Uribe Tobón.

Igualmente sabían en la CRE:

Que los inmuebles por adhesión representados en postes, ducto s, cámaras de inspección en elsubsuelo de la República, debajo del espacio público de los entes territoriales, pertenecía al enteterritorial y si se estaba debajo del espacio comunal privado, era a estas a quienes pertenecía

. Que el Servicio de Alumbrado Público, en forma inequívoca pertenece a los municipios, habiendo

estos contratado el suministro de Kwh con comercializadoras de energía reguladas por la CRE.

Que los operadores de redes, en los valores que recibían en las tarifas por remuneración, por uso deredes de distribución, solo podían dejar para si el 2% por administración, operación y mantenimientode las redes que no les pertenecían y deberían renumerar con la diferencia por el uso de las redes alos propietarios de las redes que utilizaba y n o le pertenecía.

Ej: EEB con aproximadamente el 2% de propiedad de las redes que utilizaba ($22.127 millones el 1 -01-92), aproximadamente:

Le correspondía a la Porcentaje depropiedad:

AOM Para la EEB Para otrosdif. EEB

EEB 2% 2% 2.00% 0Otros diferentes EEB 98% 2% 1.96% 96.04

3.96% 96.04

1.13 EL 30 DE DICIEMBRE DE 1992

El 1 de enero de 1992 los activos fijos de distribución de la EEB, tenía un valor de $22.127 millones,como lo sabían en la CRE: Rudolf Hommes, Armando Montenegro Trujillo, Man uel Ignacio Dussan y EvaMaría Uribe Tobón.

Mediante el Decreto No. 2167 del 30 de diciembre de 1992, firmado por Gaviria y Hommes, sereestructura el Departamento Nacional de Planeación, en ese momento a cargo de Armando MontenegroTrujillo y en este queda establecido:

“ARTICULO 28. SUPRESION DE LA JUNTA NACIONAL DE TARIFAS Y DE LA DIVISIÓN ESPECIALSECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA NCIONAL DE TARIFAS. -Suprímense la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos y la División Especial Secretaría Técnicade la Junta Nacional de Tarifas, cuyas funciones en los respectivos sectores serán asumidas por lascomisiones reguladoras energética, de telecomunicaciones, y de agua potable y saneamiento básico.(...)ARTICULO 33. TRASLADO DE EMPLEADOS PUBLICOS. - Cuando a un empleado público se le suprimeel empleo o cargo como consecuencia de la reestructuración del Departamento Nacional de Planeación,dentro del término previsto para ejecutar esta decisión, la autoridad competente podrá ordenar sutraslado a otro cargo o sede, en cuyo caso se reconocerán y pagarán los gastos de traslado previstos enla ley.”

En ese momento Armando Montenegro Trujillo, Eva María Uribe Tobón desde la Junta Nacional deTarifas y/o CRE conocían que a 1 de enero de 1992 los activos fijos de distribución de la EEB, tenían unvalor en el balance fidedigno de $22.127 millones.

Si automáticamente Eva María y su cónyugue Manuel Ignacio Dussan Villveces pasaban de la JuntaNacional de Tarifas, a la Comisión de Regulación Energética (CRE), es n atural y obvio que la CRE sabíay conocía que los activos fijos de distribución de la EEB. El 1 de enero de 1992, tenían un valor de$22.127 millones.

Ya en la CRE, en septiembre de 1993, Eva María fue nombraba por el Ministro de Minas y Energía paraactuar como promotora activa de la Reforma Regulatoria, de la cual surgirían las leyes 142 y 143 de1994.

1.14 EL 21 DE JULIO DE 1993

Desde 1986 y con la aprobación de la Junta Directiva de la EEEB, existió con todas las formalidades unReglamento de Servicios de la EEEB.

El 21 de julio de 1993 cuando fue aprobado el Estatuto Orgánico de Santa Fe de Bogotá, quedó allíestablecido:

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

28

“ART.167.- Contratos de servicios públicos. Entre las empresas y los usuarios de sus servicios existirá uncontrato consensual y de cláusulas uniformes, sin perjuicio de que algunas de sus estipulaciones seanobjeto de acuerdos especiales con alguno o algunos de los usuarios. Inicialmente, los reglamentos queexistan al expedirse el presente estatuto servirán de base para definir l as cláusulas de tales contratos. Alos usuarios deberá entregarse copia del texto correspondiente en la forma que determinen lasautoridades distritales”.

No obstante que en Bogotá D.C. desde 1993 estaba mandado a desaparecer al llamado “Reglamento deServicios de la EEB”, para dar cumplimiento al Decreto Nacional 1421 -93 no les importó su violación. Deotra forma no se explica, que el 8 de julio de 1994 (víspera de la salida de la Ley de Servicios PúblicosDomiciliarios el 11 de julio de 1994) mediante la Resolución de Gerencia de la EEB No. 004666 salióaprobado otro Reglamento de Servicios que modificaba el de 1986.

El 8 de julio de 1994 mediante la Resolución de Gerencia de la EEB No. 004666 fue modificado elReglamento de Servicios de la EEB.

El 17 de noviembre de 1993, mediante la Resolución 002 Manuel Ignacio fue nombrado Coordinador dela CRE, venía de Washington de la banca multilateral.

Eva María Y Manuel Ignacio desde la CRE, sabían que la EEB no podía seguir aprobando Reglamentosde Servicios y deberían haberlo reemplazado por un contrato consensual y de cláusulas uniformes, con elcual ya quedaría en evidencia el cumplimiento que deberían dar al Decreto Ley 1842 -91, donde clara yevidentemente:

“Las redes, equipos y elementos que integran una acometida externa será de quien los hubiere pagado”.

1.15 EL 28 DE OCTUBRE DE 1993

Entre la EEB y los usuarios existía un contrato de prestación de servicios públicos domiciliarios, el cualdesde el 28 de octubre de 1993 estuvo regido por el Estat uto General de Contratación de laAdministración Pública (Ley 80 de 1993), contrato que en el artículo 24 numeral 16 tiene contemplado:

“II De los principios de la contratación estatal(…)Artículo 24 Del principio de transparencia. En virtud de este prin cipio.(…)16. En las solicitudes que se presten en el curso de la ejecución del contrato, si la entidad estatal no sepronuncia dentro del término de tres (3) meses siguientes, se entenderá que la decisión es favorable a laspretensiones del solicitante en virtud del SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO . Pero el funcionario ofuncionarios competentes para dar respuesta serán responsables en los términos de esta Ley.”

Ley 80 de 1993

La Junta Nacional de Tarifas fue remplazada por la comisión de Regulación Ener gética (CRE), de la cualhacían parte Manuel Ignacio Dussan Villaveces y Eva María Uribe Tobón, respectivamente marido ymujer, desde la época en que los dos estuvieron en Washington, al servicio de la banca multilateral, quelos enviaba a Colombia y a toda Latinoamérica, buscando endeudar a los países para el desarrollo deproyectos energéticos que mas adelante, una vez realizados con deuda externa de los países, trataríande privatizar.

1.16 EL 11 DE JULIO DE 1994

Fueron aprobadas las Leyes 142 y 143 de 1994, Ley de Servicios Públicos Domiciliarios y Ley Eléctrica.

“Artículo 135.- De la propiedad de las conexiones domiciliarias. La propiedad de las redes, equipos yelementos que integran la acometida externa será de quien los hubiere pagado, si no fuere n inmueblespor adhesión.”

Ley 142 de 1994

Eva María Uribe Tobón, tuvo una amplia participación en el proyecto de leyes que se llevaron alCongreso de la República y en las discusiones de las cuales surgirían las leyes 142 y 143 de 1994.

Los inmuebles por adhesión, representados en ductos, cámaras de inspección y postes enterrados, siestán en el subsuelo de la República, debajo del espacio público de un municipio, pertenecen de acuerdoal Código Civil entre otros los artículos 738 y 739: AL MUNICIPIO. E sto lo sabe muy bien Eva María, noobstante, cuando en 1999, desde el segundo piso de Codensa S.A. ESP, siendo directora de Asocodis,buscaron robarse los inmuebles por adhesión del Distrito y de los 95 municipios donde la EEB y/oCodensa S.A. ESP eran ope radores de redes. La posición de Eva María nunca fue la de defender lapropiedad de los municipios.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

29

Todo lo que no sea inmueble por adhesión y lo pago el constructor con el dinero de los compradores delos inmuebles, pertenece al dueño del inmueble, que fue quien lo pago.

Con la Ley 142 se crearon las Comisiones de Regulación para todos los Servicios Públicos Domiciliariosy con la Ley 143 se legislo sobre la Comisión de Regulación de Energía Eléctrica y Gas (CREG); la cualdesde cuando empezó a funciona r, fue dirigida por Manuel Ignacio Dussan Villaveces el esposo de EvaMaría Uribe Tobón y de la misma forma Eva María en la CREG actuaba como comisionada.

En noviembre de 1994, la CREG dirigida por Manuel Ignacio Dussan Villaveces aprobó la ResoluciónNo.04 que establecía para el período enero de 1995 y diciembre de 1997 los cargos de uso de redes dedistribución Nivel IV (115 y 57.5 kV), Nivel III (34.5 kV), Nivel II (11.4 y 13.2 kV).

Manuel Ignacio y Eva María (marido y mujer), que sabían perfectamente que los activos fijos dedistribución que al 1 de enero de 1992 habían sido pagados por la EEB, tenían en los balancesfidedignos un valor de $22.127 millones, adicionalmente por los balances de la EEB que habían recibidoen la Junta Nacional de Tarifas, C RE y CREG, conocían que entre esta fecha y noviembre de 1994, laEEB no había invertido absolutamente nada en distribución; no obstante conociendo lo anteriordeterminaron fijar una tarifa que remunerara unos activos de distribución, así:

Nivel deTensión

Valor Activos Remunerados con laResolución CREG 04-94 en 1995

Millones de Pesos

Remuneración Anualpara 1995

(Millones de pesos)IIIIIIV

479. 630241.270550.700

52.84026.58030.670

Total 1271.600 110.090

De estos activos de distribución propie dad y pagados por la EEB, eran los $22.127 millones y ladiferencia en millones de pesos, venia a ser:

1271.600 – 22.127 = $1’249.473 Millones de pesos100% – 1.74 % = 98.26%

La EEB ESP no lo había pagado y por lo tanto no le pertenecía.

Da lo que la EEB recibía, podía dejar para si toda la remuneración correspondiente a su 1.74%, pero enlo que hacia referencia al 98.26% que no le pertenecía, solo podía dejar para sí el 2% por administración,operación y mantenimiento, teniendo la obli gación de devolvernos a los que hubiéramos pagado esosactivos, solo por el año 1995, la cantidad en millones de pesos de:

110.090 x 0.98 x 0.9826 = $106.111 Millones de pesos

La EEB dueña de unos activos de distribución de solo $22.127 millones (ene ro 1992), como muy bien loconocía Eva María Uribe Tobón desde la Junta Nacional de Tarifas, y sin invertir ni un peso, nos robo alos dueños de los activos, solo por el año 1995 la suma aproximada de:

$106.111 Millones

106.111 x 100 = 480% más que los activos que le pertenecían22.127

Esto lo logro gracias a la CREG, presidida por Manuel Ignacio Dussan Villaveces y con la activaparticipación de Eva María Uribe Tobón, que en forma inequívoca, conoció desde la Dirección de la JuntaNacional de Tarifas CRE y CREG, que los activos de distribución de la EEB a enero de 1992, tenían unvalor de solo $22.127 millones y que entra esa fecha y la Resolución CREG 04 de 1994, la EEB, no habíainvertido en ninguna red de distribución, porque todo, absolutamente todo lo tenía que pagar conexageración y sobredimensionamiento el interesado, generalmente el industrial de la construcción, con eldinero de los compradores de los inmuebles.

1.17 EL 21 DE JULIO DE 1994

El 11 de julio de 1994 fueron aprobadas las Leye s 142 y 143 de 1994 (Leyes de Servicios PúblicosDomiciliarios y de Energía) y desde la EEB, tanto el gerente Gabriel Sánchez Sierra, como José AntonioSuárez Acevedo, determinaron seguir cometiendo los actos de enriquecimiento ilícito a favor de la EEB,con la colaboración del Convenio EEB –ACIEM, suscribiendo para esto y con violación de la Ley 80 de1993 y del Estatuto Orgánico de Bogotá, el Convenio del 21 de julio de 1994 y utilizando a partir de esemomento a personal externo a la EEB, para que se enc argara de cometer los ilícitos, de violar entreotras las leyes 142 y 143 de 1994, y el Decreto Ley 1842 de 1991 dando origen a las personas jurídicasexternas a la EEB:

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

30

Persona jurídica externa a la EEB: Dirigido por:Consejo de Inspectoría Externa EEB –ACIEM Gabriel Sánchez SierraInspectoría Externa EEB –ACIEM José Antonio Suárez Acevedo

Es útil recordar, que Gabriel Sánchez Sierra, al igual que Eva María Uribe Tobón y Manuel IgnacioDussan Villaveces, formaron parte de los colombianos vinculados a l sector eléctrico, que viajaron aWashington, a trabajar con la banca multilateral, para gestionar y promover endeudar a los paíseslatinoamericanos buscando el desarrollo del sector de la energía eléctrica.

Manuel Ignacio regresó de Washington de trabaj ar en la banca multilateral, para venir a desarrollaroscuras tareas en la CRE y CREG buscando el encarecimiento de las tarifas; Manuel Ignacio de la CREGse retiro iniciando 1995 regresando como consultor al Banco Mundial y el BID. Utilizó la puerta girat oriavino de la banca multilateral, hizo lo que tenía que hacer y regreso a la banca multilateral, preparándosepara otra tarea que más adelante realizaría en Ecopetrol.

Este Convenio de Inspectoría Externa EEB – ACIEM, tuvo todos los vicios de ilegalidad , no sólo porquefue realizado para cometer actos ilícitos (Violar con personal externo a la EEB las leyes 142 y 143 de1994), sino porque se violó la Ley 80 de 1993 y el Estatuto Orgánico de Bogotá, que expresamenteprohibía cualquier tipo de convenio, d el cual surgieran nuevas personas jurídicas.

31 de Diciembrede:

Activos Fijos de Distribución de la EEB (Millones de pesos)Sin Depreciar Depreciación Depreciados

1991 27626.17 5499.10 22127.071992 37549.22 8297.58 29251.641993 55576.26 12165.98 43410.271994 78842.44 17679.61 61162.83

Interpolado al 21 de julio de 1994 cuando se suscribió el Convenio EEB –ACIEM, los activos fijos dedistribución de la EEB figuraban aproximadamente en:

Desde el inicio delConvenio EEB –ACIEM:

Días del año Activo fijo de Distribución enmillones de pesos

Equivalente en billonesde pesos

21 de julio de 1994 202 53234.98 0.0532331 de Diciembre de 1994 365 61162.83 0.06116

Diferencia 7927.86 0.00793

Es decir, que entre el 21 de julio y el 31 de Diciembre de 1 994, el robo de activos fijos de distribución conla ayuda del Convenio EEB –ACIEM, representó:

$7.928 Millones, equivalentes a $ 0.00793 billones

Y aproximadamente se sabe, que los activos fijos de distribución de la EEB, depreciados el 21 de julio de1994, tenían un valor de $61.163 – 7928 = $53.235 millones, valor que no quiere decir que hubieran sidoinversión de la EEB en el período entre el 1 de enero de 1992, cuando los activos fijos de distribucióntenían un valor de $22.127 millones y el 21 de j ulio de 1994.

Sino, simplemente el inicio de un incremento artificial de activos fijos de distribución, desde cuando con lacolaboración de José Antonio Suárez Acevedo, iniciaron la torcida en distribución, hasta el inicio delConvenio EEB – ACIEM, donde José Antonio Suárez Acevedo, sería el jefe de los inspectoresencargados de cometer los ilícitos.

$53.235 – 22.127 = $31.108 MillonesEn ese balance a 31 de diciembre de 1994, ya con cinco (5) meses y 10 días de operación del ConvenioEEB-ACIEM, algo de los activos robados a los Industriales de la Construcción alrededor de $7928millones, habían logrado artificiosamente hacerlos incluir en el balance. Pero ya desde ese momentoestaban preparándose para meter en el balance, muchos más de los activos de distr ibución, que losInspectores del Convenio EEB –ACIEM les ayudaban a robar y que los clasificaban en el balance como“obras en construcción”.

Eva María Uribe Tobón y Manuel Ignacio Dussan Villaveces, recibían en la CREG la información de cómoen la EEB, sin invertir un solo peso, sin que figurara el gasto o la inversión en activos de distribución, seincrementaban los activos, esto es, fueron testigos en nombre del Estado, para observar como la EEBESP nos robaban y prefirieron guardar un silencio cómplice.

Distribución Diciembre 1994 Diciembre 1995 Diciembre 1996Activos fijos $78.842.442.067 $107.135.429.000 $634.396.000.000Obras en construcción $169.339.132.421 $209.679.000.000 $45.434.000.000Total $248.181.574.488 $316.814.429.000 $679.830.000.000Incremento desde 1-01-92 1122% 1432% 3072%

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

31

Las obras en construcción de Distribución, corresponde a los estimativos que tenían del valor final de lasobras, a las cuales habían constreñido u obligado a suscribir un contrato de sorteo con el Consejo deInspectoría Externa EEB –ACIEM y unos contratos así llamados de “ servicios profesionalesindependientes” con los inspectores dependientes de J.A. Suárez, que serían con los que tratarían en lapráctica y materialmente, de robarse los activos fijos de distri bución que pagaban los industriales de laconstrucción, con el dinero de los compradores de los inmuebles.

Esa diferencia en Activos fijos de Distribución de la EEB S.A. ESP. en 29 meses (21 de julio de 1994 a 31de Diciembre 1996), es fruto de los activo s fijos de distribución, que se robaban los inspectores delConvenio EEB -ACIEM por instrucción de las Directivas de la EEB S.A. ESP., entre los que seencontraba Carmenza Saldías Barreneche, con la autoría material de J.A. Suárez con sus dependientesde la Inspectoría Externa de la EEB -ACIEM y con el silencio cómplice de la CREG y de la SSPD; queconocían perfectamente que el 1 de enero de 1992 los activos fijos de distribución propiedad de la EEBeran de solamente $22.127 millones y por lo cual era imposi ble, sin invertir en distribución un centímetrode conductor, un KVA de transformador, llegar a multiplicar estos activos por mas del 3.000%.

Que explicación podrá existir, cuando la EEB en 1994 y 1995, ya estaba comenzando su proceso deprivatización, no invertía absolutamente nada en distribución, porque según afirmaban personas de laEEB y/o Codensa, entre estos, J.A. Suárez y sus inspectores dependientes: La EEB estaba ilíquida.Según hacia creer la EEB no tenía casi ni para pagar la nómina, pero sin invertir, multiplicaba el valor desus activos de distribución.

El 6 de junio de 1997, Roberto Ospina Pulido, fue nombrado Presidente del Consejo de InspectoríaExterna EEB-ACIEM y Gerente de Codensa. Después del 23 de octubre de 1997 sería Gerente (s) deCodensa S.A. ESP y de Luz de Bogotá S.A. (La firma que con un capital pago de un millón de pesos seganaría la puja para dar origen a Codensa S.A. ESP). Más adelante Roberto Ospina Pulido reemplazaríaa Eva María en la dirección de Asocodis.

Figuraba en el Estatuto Nacional de Usuarios de los Servicios Públicos Domiciliarios, Decreto Ley 1842del 22 de julio de 1991:

“Artículo 39. De los cobros no autorizados. La empresa no podrá cobrar servicios no prestados, tarifas, niconceptos diferentes a los auto rizados por la autoridad competente, ni podrá adulterar la estructuratarifaria definida por cada servicio público domiciliario.”

Decreto Ley 1842 de 1994

El Convenio EEB –ACIEM se firmó el 21 de julio de 1994 y a 31 de Diciembre de 1994 , según consta enel balance de la EEB, aparecen por ejemplo: “Otros ingresos de operación”, que tienen relación a cifrasque no podían cobrar y no obstante obligaban a los inspectores del Convenio EEB –ACIEM a liquidarlos ycobrárselos a los Industriales de la Construcción, entre estos se podrían incluir:

Cobro ilegal por: Valor del cobro ilegal cobrados en 1994con la ayuda del Convenio EEB -ACIEM:

Cuota de conexión $7.732.985.799Alquiler de equipos e instalación de transformadores $1.604.935.375Utilización de subestaciones $1.066.989.641Reconocimiento de medidores $4.526.073.937

$14.930.984.752

La CREG, dirigida por Manuel Ignacio Dussan Villaveces y con Eva María Uribe Tobón entre suscomisionados, recibía esta información de la EEB, sin que pasara absolutamente nada.

Que lógica puede existir, si al 1 de enero de 1992 los activos fijos de distribución de la EEB según elbalance fidedigno tenían un valor de $22127 millones y con la ayuda de la inspectoría externa de la EEB–ACIEM, en 5 meses y 10 días entre el 21 de julio y 31 de diciembre de 1994 se robaron:

Robo con la ayuda del Convenio EEB –ACIEM: Millones de pesosEn activos fijos de distribución 7.928En cobros no autorizados 14.931Subtotal 22.856Obras en ejecución, que a 31 de dic iembre de 1994, no alcanzaron a terminar losindustriales de construcción

169.339

Robos reales de $22.856 millones, más robo de las obras en construcción que yaplaneaban robarse, lo cual totalizaba:

192.198

Todos los valores, fueron cobros irregulares que realizaron a los Industriales de la Construcción, quelegalmente no los podían hacer y para lo cual contaban, con la colaboración del Convenio EEB –ACIEM.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

32

“Artículo 2317. Pago indebido con conocimiento. Del que da lo que no debe no se presume que lo dona,a menos de probarse que tuvo perfecto conocimiento de lo que hacía, tanto en el hecho como en elderecho.”“Artículo 2318. Restitución del dinero recibido indebidamente. El que ha recibido dinero o cosa fungibleque no se le debía, es obligado a la r estitución de otro tanto del mismo género y calidad.Si ha recibido de mala fe debe también los intereses corrientes.”

Código Civil de Colombia

Ya está plenamente comprobado, que los actos de enriquecimiento ilícito, que realizaban con la ayudadel Consejo de Inspectoría Externa del la EEB –ACIEM, eran actos de mala fe.

Al 31 de diciembre de 1994 la CREG, continuaba siendo dirigida por Manuel Ignacio Dussan Villaveces,el cónyuge de Eva María, quien igualmente también era comisionada de la CREG.

No agotamos esfuerzos, para hacerle saber a la CREG, a finales de 1994 que con el así llamadoconvenio EEB – ACIEM, estaban robando a los propietarios de inmuebles, constructores, entesterritoriales.

Manuel Ignacio y Eva María, desde la CREG, se enteraron de los delitos que se venían cometiendodesde la EEB y desde el Convenio EEB – ACIEM para robarse los activos de distribución y no hicieronnada, absolutamente nada.

Desde el 6 de agosto de 1900 cuando empezó a funcionar la empresa de Luz Eléctrica de Bogotá,fundada por los hermanos Samper Brush, hasta comienzos de 1992 cuando José Antonio SuárezAcevedo cumpliendo instrucciones de sus superiores, dio inicio a los atropellos hacia los industriales de laconstrucción, habían transcurrido 91 años y 5 meses (1097 meses) y los activos fijos de distribucióndepreciados de la EEB, tenían un valor de $22.127.07 Millones, luego se podría estimar que hasta esemomento, en promedio los activos fijos de distribución habían venido creciendo a un ritmo promedio de

Crecimiento mensual promedio = 22.127.07 = $20.17 Millones mensual1097

Si analizamos el ritmo de crecimiento entre el 1 de enero de 1992 cuando José Antonio Suárez Acevedoinició el atropello hacia los industriales de la construcción y el 21 de julio de 1994 (2 años, 5 meses, 21días = 891 días equivalen a 29.7 meses) cuando se suscribió el Convenio EEB – ACIEM, el crecimientopromedio mensual había sido:

Crecimiento mensual = 53.235 – 22.127 = $1047.40 Millones mensual29.7

% incremento adicional respecto al incremento hasta 1991: 1047.40 x 100 = 5193% ¡INCREÍBLE!20.17

Este crecimiento no era normal, eso lo conocía la Comisión de Regulación Energética (CRE), dondeestaba Eva María Uribe Tobón con Manuel Ignacio Dussan Villaveces y recibían toda esta información.

En los cinco meses y nueve días (5.3 meses) que transcurrieron desde el inicio del Convenio EEB –ACIEM hasta el 31 de diciembre de 1994, cuando hicieron figurar:

Millones de $Activos fijos de distribución depreciadosObras en construcción de distribución

61.163169.339230.502

Crecimiento mensual = 230.502 = $43.490.94 Millones mensual ¡ MUCHO MAS INCREÍBLE!5.3

Desde Hasta Crecimiento promedio de Activos deDistribución en Millones de pesos

% respecto a los 91 añosinicialesMes Año Mes Año

08 1900 01 1992 20.17 10001 1992 07 1994 1047.40 519307 1994 12 1994 43490.94 215622

Esto lo conoció la CREG dirigida por Manuel Ignacio Dussan Villaveces y Eva María Uribe Tobón. ¿Seráque la CREG no caía en cuenta de los actos os curos que se sucedían en la EEB?

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

33

1.18 OCTUBRE DE 1994

Antanas Mockus Sivickas se convierte en Alcalde Mayor Electo para Bogotá D.C., y empieza a despachardesde la sede de la EEB: Carmenza Saldías Barreneche se convierte en su más fiel colaboradora, en losasuntos que tenían que ver con la Empresa de Energía de Bogotá. Desde el 1 de enero de 1995 cuandotomó posesión Mockus de la Alcaldía, igualmente pasó a ser Carmenza Saldías Barreneche laVicepresidente de la Junta Directiva de la Empresa de Energía de Bogotá y cabeza de muchasdecisiones que en esa empresa de Servicios Públicos Domiciliarios, se tomarían desde ese momento.

De tal forma que los artificios y engaños para incluir en los balances de la EEB, los activos fijos dedistribución que pagaban los industriales de la construcción con el dinero de los compradores de losinmuebles, empezaron a ser responsabilidad compartida con Carmenza Saldías Barreneche.

En estos comienzos de 1995, Manuel Ignacio Dussan Villaveces continuaba siendo el Director E jecutivode la CREG y Eva María Uribe Tobón era comisionada. La Resolución CREG 01 -95 la firma ManuelIgnacio Dussan Villaveces, la Resolución CREG 02 -95 es el nombramiento de Eva María Uribe Tobóncomo nueva Directora Ejecutiva. Manuel Ignacio ya ha habí a realizado su tarea en la resolución CREG04-94, regresa como Consultor al Banco Mundial y al BID.

Eva María Uribe Tobón como Directora Ejecutiva y Rodrigo Villamizar Alvargonzález como Presidente dela CREG, firmaron la Resolución CREG 03 a 043 de 1995. En la Resolución CREG 043 de 1995 violandoel artículo 313 de la Constitución Política, según el cual, solo los Concejos Municipales son responsablespor los Servicios Públicos Municipales, dentro de estos el Servicio de Alumbrado Público, determinaronreglamentar sobre la expansión, el mantenimiento, los inventarios, la modernización del alumbradopúblico, extralimitando las funciones de la CREG y por lo cual violando adicionalmente los artículos 6 y121 de la Constitución.

El delito de enriquecimiento ilícito a favor de terceros, ya estaba cometido cuando partiendo de unosactivos fijos de distribución el 1 de enero de 1992 de $22.127 millones, hubieran podido con artificios yengaños incrementarlos a $634.396 millones (artificioso crecimiento del 2867% ), mas $45.434 millonesen obras en construcción, pero más grave fue el engaño de esconder este robo, tal como lo explicaremosadelante.

El 3 de junio de 1996, la EEB se convirtió en una sociedad anónima por acciones, el Ministro de Minas yEnergía y al mismo tiempo presidente de la CREG, era Rodrigo Villamizar Alvargonzáles. Obviamentenadie puede ser juez y parte, porque en ese momento con derecho se puede calificar a quien así actúacomo corrupto.

En forma inexplicable Rodrigo Villamizar Alvargonzáles , quien presidía la CREG y tan cerca trabajó conEva María Uribe Tobón, era quien en nombre del Estado regulaba a la EEB, y al mismo tiempo era de laJunta Directiva de esta sociedad anónima por acciones en representación de los socios minoritarios.¡INCREÍBLE!

Eva María Uribe Tobón y todos los comisionados recibían en la CREG la información fidedigna de quepersonas que conformaban la Junta Directiva de la Sociedad Anónima por Acciones EEB S.A. ESP y porlo tanto se daban por enterados que en esa socieda d anónima en la Junta Directiva, en representaciónde los socios minoritarios, actuaba Rodrigo Villamizar Alvargonzález, exactamente la misma persona queactuaba como presidente de la CREG. ¡MAS INCREÍBLE!

Durante 1996 continuaron desde la EEB, robándose no solamente los activos fijos de distribución con laayuda del Convenio EEB – ACIEM, sino que igualmente continuaron robándose la remuneración por usode esos mismos activos.

Hasta diciembre de 1996, en la tarifa de la CREG, no se remuneraban los activo s fijos de distribuciónNivel I (120/208 V.), simplemente porque casi el 100% de esos activos eran en todo Colombia, depropiedad de personas diferentes a los operadores de redes de distribución de energía eléctrica.

Rodrigo Villamizar Alvargonzáles Presi dente de la CREG y miembro de la Junta Directiva de la SociedadAnónima por Acciones, en concierto con las demás directivas de la CREG y operadores de redes,determinaron obligarnos a pagar por los activos fijos de distribución Nivel I, que no era de la EE B, ni deningún operador de redes. En estas condiciones aprobaron la Resolución CREG 133 del 18 de diciembrede 1996, donde quedo establecido que de lo recibido por remuneración de activos de distribución Nivel I,el 2% era para los operadores de redes ( incluyendo a la EEB) por concepto de administración, operacióny mantenimiento, y el 98% era para remunerar al dueño de las redes, que en el caso de la EEB era depersonas diferentes a la EEB y de otros operadores de redes.

En razón a la Resolución CREG 1 33-96, a precios de diciembre de 1996, los cargos totales por el uso delos activos de distribución se incrementaron en un 83%, al pasar de $20.82 a $38.10 por cada KWH.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

34

Res. CREG Nivel Valor $/KW en la TarifaEspecífico Acumulado

133.96 I 17.2774 38.100504-94 II 10.9789 20.821104-94 III 4.6583 9.844204-94 IV 5.1839 5.1839

Luego en diciembre de 1996, siendo Rodrigo Villamizar Alvargonzález presidente de la CREG y miembrode la Junta Directiva de la Sociedad Anónima por Acciones EEB S.A. ESP, continuo un artificio paraocultar el robo de los activos de distribución.

La CREG tenía certeza de quien eran los activos de distribución Nivel I que utilizaban los operadores deredes.

No contentos con todos los ilícitos ya cometidos, sobre el il ícito, otros adicionales ilícitos y de esta formaresolvieron mezclar los activos de generación, transmisión, distribución y planta general, para ocultar elrobo, así:

Balance Diciembre 1996 Estado financiero Arthur Andersen Diciembre 1996Millones $ Millones $

Depreciables Edificaciones 683.460Planta de generación 3.946.269 Planta y ductos /subestaciones 2.940.877Planta de transmisión 179.552 Redes, líneas y cables 519.170Planta de distribución 634.396 Maquinaria y equipo 568.194Planta general 39.668 Equipo científico 11.630

Muebles y enseres 14.849Equipo de comunicación y computación 36.595Equipo de transporte, tracción y elevación 25.109

4.799.885 Similares 4.799.884

Si ya estaba planeado que Generación –Transmisión –Distribución serían negocios separados y la EEBS.A. ESP. desde el 3 de junio de 1996 ya era una sociedad anónima por acciones: Queda en evidencia elengaño para abrir unas cuentas no llamadas distribución, donde dieran cabida para meter “ ductos/subestaciones” “Redes, líneas y cables ” que permitieran incluir todo lo que alcanzara a robar J. A.Suárez con sus cortesanos de la EEB y del Convenio EEB –ACIEM, incluyendo dentro de estas a losmiembros de la Junta Directiva de la EEB S.A. ESP, entre los que se encontraban Antanas MockusSivickas, Carmenza Saldías Barreneche, Rodrigo Villamizar Alvargonzález (con quien Eva María UribeTobón regulo hombro a hombro desde la CREG).

Después de crecer con artificios y engaños los activos fijos de distribución a $6 34.396 millones, mas unasobras en construcción de $45.434 millones, entonces continuaron los artificios, los cuales están todosanalizados en un Derecho de Petición presentado al Presidente de la CREG, Luis Ernesto Mejía Castroel 13 de noviembre de 2002 hora 3:08 p.m. con el número de radicación CREG 010264 y el cual aún estápendiente de responder por parte de la CREG. La EEB S.A. ESP. falsamente le reportó a la CREG conprecios de diciembre de 1996 y según oficio EEB Nº720026 del 31 -07-1997 firmado por Paulo JairoOrozco Díaz, que operaba unos activos fijos de distribución de $2.262.000 millones, lo que venía a serrespecto a los activos de su propiedad el 1 de enero de 1992 de $22.127 millones, mostraron según eso,un incremento en activos así:

Desde Hasta Tiempo en meses Valor activos fijos dedistribución millones de $

Crecimiento mensual enmillones de $

07-1900 12-1991 1097 22127 20.1701-1992 12-1996 48 2262.000 47125.00

Porcentaje de lo reportado a la CREG en el oficio EEB No.720026 -97, que era realmente de la EEB:

22.127 x 100 = 1% ¡INCREÍBLE!2262.000

El 99% no era de la EEB S.A. ESP. y sin embargo la CREG que tenía a su disposición todos los balancesy la información financiera de la EEB S.A. ESP. y por la cual en su momento fue Directora Ejecutiva EvaMaría Uribe Tobón y su esposo Manuel Ignacio Dussan Villaveces, han tenido el cinismo de afirmar queellos no sabían, ni tenían por qué saber que la EEB S.A. ESP. era dueña de sólo el 1% de los activos quereportaba y fundamentó en esto su resolución 166 del 11 de septiembre de 1997. Querían hacer creer,que los $2.262.000 millones reportados por la EEB S.A. ESP. sabiendo que en el 92 eran solamente$22127 millones y no había invertido nada, se podían poner a recibir remuneración p or uso de activos por$2.262.000 millones, presumiendo la buena fe. Quedando en evidencia la complicidad que la CREG hatenido en este asunto del enriquecimiento ilícito a favor de terceros, manejado desde la EEB S.A. ESP. y

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

35

valorado a precios del 2005 en más de $12.5 billones, donde se suman los activos de distribución quehan pretendido robarse, mas la remuneración por uso correspondiente.

1.19 EL 3 DE NOVIEMBRE DE 1994

Manuel Ignacio y Eva María desde la Creg comenzaron a regular el 3 de noviembre de 1 994, en laResolución 04, establecieron:

Nivel Cargos Totales en $/KwH EEB ESP.(Precio Nov. 1994)

Especifico del Nivel AcumuladoII $ 8.2239 $15.5964III $3.4894 $ 7.3725IV $ 3.8831 $ 3.8831

“El nivel IV incluye el sistema de 57.5 kV”

“Para cada empresa se calcula el costo anual equivalente de estos activos utilizando: Una tasa de descuento del 10% anual y Una vida útil de 25 años

Los costos anuales de administración, operación y mantenimiento se estimaron como un 2% del costo total delactivo …”

La tarifa tenía dos componentes representados:

1. La renumeración del activo2. La administración, operación y mantenimiento

En la Resolución CREG 04-94 establecieron:

“Lo referente al pago de la porción de los ingresos que les corresponde a otros pro pietarios de redesdentro del mercado del distribuidor local, será regulado en Resolución aparte.”

Por lo cual mientras la CREG, respetando la Constitución y las leyes no regulara, este pago la EEB ESP,lo debería realizar con arreglo a las leyes civiles.

Tal como quedó claro en la Resolución CREG 04 de 1994, la administración, operación y mantenimientorepresentaba el 2%, se tiene :

Tarifa = Remuneración + AOMActivo

100% = 98% + 2%

Eva María y Manuel Ignacio, sabían y conocían q ue la EEB estaba ilíquida, que sus activos fijos dedistribución al 1-01-1992 eran de sólo $22.127 millones.

En la Resolución GREG 04 -94, para el año 1995 quedó establecido para un i del 10% anual y una vida deequipos del 25%.:

Distribución: NIVEL II NIVEL III NIVEL IV TOTALActivos Remunerados(millones de pesos)

473.630 241.270 550.700 1271.000

Remuneración Anual 1995(millones de pesos)

52.840 26.580 30.670 110.090

Luego es muy claro, que si la CREG estaba remunerando unos activos de dist ribución propiedad de laEEB, de $22.127 millones (precio 01 -01-92), cifra que en los ajustes de IPPT no llegaba en 1994 a$25.000, luego de la diferencia de esos activos claramente era de quien la hubiera pagado:

22.127 x 100 = 1.7% EEB y 98.3% otros diferentes a la EEB1271.000

Luego de la remuneración por uso de esos activos, la EEB ha podido dejar para sí:- El 2% del total de ingresos 110.090 x 0.02 = 2202- El 98% de los activos propios 110.090 x 0.017 x 0.98 = 1834

4036

Por lo cual han debido devolverle a los dueños de los activos, aproximadamente:

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

36

110.090-4036= $106.054 millones

Manuel Ignacio, Eva María, sabían perfectamente desde la CREG, que :

1. La CREG estaba encareciendo la tarifa con unos cargos de uso de redes de distribución en nivel II aIV, que no corresponden a la realidad.

2. La CREG podía en cualquier momento solicitar a la EEB, que le reportara como estabaremunerando los activos que excedieran los $22.127 millones, que el 01 -01-92 eran realmente de laEEB.

3. Desde 1995 los pasivos de distribución de la EEB por concepto de no haber pagado la remune raciónpor uso (aproximadamente $106.054 millones), era un valor más alto que el de los activos propios dedistribución ($22.127 millones 01 -01-1992).

1.20 EL 23 DE OCTUBRE DE 1995

La Directora Ejecutiva de la CREG, el 23 de octubre de 1995, Eva María co n la Presidencia en la CREGdel Ministro de Minas y Energía Rodrigo Villamizar Alvarogonzález, determinaron aprobar la ResoluciónNo. 043:

“Por la cual se regula de manera general el suministro y el cobro que efectúen las Empresas de ServiciosPúblicos Domiciliarios a municipios, por el servicio de energía eléctrica que se destine para alumbradopúblico”.

El titulo de la Resolución, cae dentro de las competencias de Eva María y Rodrigo, pero el veneno y elengaño van en su contenido.

Por mandato constitucional el mantenimiento, la expansión, la modernización los inventarios del Serviciode Alumbrado Público, corresponde a los Concejos Municipales:

“Artículo 313 corresponde a los Concejos: 1 Reglamenta las funciones y la eficiente prestación de losservicios a cargo del municipio”.

Constitución Política de Colombia

La CREG no tiene ninguna competencia para establecer resoluciones que reglamenten el mantenimiento,los inventarios, la expasión, la modernización del servicio de alumbrado público, no obsta nte Eva María yRodrigo pasaron por encima de la Constitución.

“Artículo 121 Ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas de los que le atribuyen laConstitución y la Ley.”

Constitución Política de Colombia

La Resolución 043, del Minis tro de Minas y Energía es violatoria de la Constitución y por eso, en esaparte violatoria no ha debido ser de obligatorio cumplimiento.

“Articulo 12 Las órdenes y demás actos ejecutivos del gobierno expedidos en ejercicio de la potestadreglamentaria, tienen fuerza obligatoria, y serán aplicados mientras no sean contrarios a la Constitución”,

Ley 153 de 1887

Con la Resolución CREG 43.95 complementada por otros engaños que falsamente dicen ampararse enesta Resolución, en abril de 1997, entre el judío P aul Bromberg, Carmenza Saldías, Paulo Orozco,respectivamente: Presidente Junta Directiva, Vicepresidente J.D. y Gerente de la EEB, suscribieron elConvenio 766-97, donde en la práctica se robaron el patrimonio representado en el servicio de alumbradopúblico de Bogotá.

1.21 EL 13 DE MARZO DE 1996

En la notaría 41 de Bogotá, se constituyó una firma denominada RC Corporate Consultants Ltda., quesería la encargada de llevar el liderazgo en la asesoría, para entregar en manos extranjeras los activosdel Estado; serían los amos de la privatización y serían los directos representantes de la banca judíaRothschild en Colombia.

Con esta escritura le da poder amplio y suficiente a Jaime Ardila Gómez para constituir la sociedad, ArdilaGómez fue un prestanombre de Fabio Villegas Ramírez.

Jaime Ardila Gómez: Fabio Villegas Ramírez:

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

37

Año de nacimiento: 1955 1955Ciudad de nacimiento: Pereira PereiraEstudios profesionales: Economista EconomistaUniversidad de Colombia donde estudio: Jorge Tadeo Lozano Jorge Tadeo LozanoEstudios de Post grado: Master en Ciencias Master en CienciasCiudad donde estudio el post -grado: Londres LondresUniversidad del post – grado: London School of Economics London School of Economics

Armando Montenegro Trujillo, con quien Eva María Uribe Tobón manejaron la Junta Nacional de Tarifas,seria el gerente desde el 2001 de esa sociedad, razón por la cual, es muy importante recalcar queArmando Montenegro Trujillo, sabía con absoluta certeza que los activos fijos de distribución p ropiedadde la EEB al 1 de enero de 1992 eran solamente $22.127 millones, tal como la EEB se lo reporto a laJunta Nacional de Tarifas cuando él la presidía.

Quien daba los poderes para constituir la oficina en Colombia, era Rubén Golberg Javkin, un judíomexicano, que en el año 2003 aparecía como:

- Presidente de la Asociación de Instituciones Financieras Internacionales, el equivalente al Anif delmundo, que involucra entre otras a la banca Rothschild, Santander, Bilbao Vizcaya, BID, BancoMundial, etc.

- Director General del Hong Kong Shanghai Bank (HSBC), el banco europeo que ha liderado eldesarrollo industrial de China.

Refiriéndose a Lionel Nathan Rothschild 13 , escribió el judío Benjamín Disraeli 15 en 1844:

“En la mayoría de las capitales había establecido un hermano u otro pariente cercano suyo en quienpodría confiar en absoluto. fue dueño y señor del mercado financiero mundial, y con ello dueño de todolo demás.”

FranciscoCarlos

Urrutia Holguín

Carlos UrrutiaValenzuela

MiguelUrrutia Montoya

Rachel

David CastelloMontefiori

Montefiori

CohenMontefioriEdmundo

Castello Brandon

Nathan MayerRothschild

Lionel NathanRothschild

Nathan MayerI Baron Rothschild

Josefina CastelloEspinosa

MercedesCarrasquilla Argáez

Rafael

María VictoriaBarrera Carrasquilla

AlbertoCarrasquilla Barrera

MercedesArgáez Ferro

LeopoldoKopp Castello

ElsaKopp Dávila

MargotElena

Bonnet Schroeder

RobertoJunguito Bonnet

ClemenciaJorge

Elena

Calderón Nieto

FranciscoSantos Calderón

Juan ManuelSantos Calderón

María Teresa

MarshaWilkie Calderón

EdgarGuetiérrez Castro

Jorge DanielMary

Castello González

NohoraElsa

Pombo Kopp

IsabelUrrutia Pombo

Olga DávilaAlzamora

1 21 Alfonso LópezPumarejo

210

46

7

9

3

2

511

18

12

13

14

Sarah

Mendes D’Costa

Mary DaFonseca Brandon

BenjaminDisraeli 15

Entre los parientes cercanos a Lionel Nathan Rothschild, figuran en Colombia:

Isabel Urrutia Pombo la asesora en nombre de Nathan Mayer Rothschild & Sons de la transformaciónde la EEB S.A. ESP, quien viene a ser: Hija de Miguel Urrutia Montoya

Nieta de Francisco Urrutia Holguín

Sobrina nieta y prima segunda de Carlos Urrutia Holguín y Carlos Urrutia Valenzuela

Prima de:

Prima en grado: De:

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

38

7 Cohen Montefiori, la esposa de Nathan Mayer Rothschild 12

8 Lionel Nathan Rothschild 13

9 Nathan Mayer I Barón Rothschild 14

7 Benjamin Disraeli 15 , Primer Ministro de la Reina Victoria

Sobrina política de Roberto Junguito Bonnet , quien a su vez era sobrino p olítico de Jorge CalderónNieto, tío de Juan Manuel y de Francisco Santos Calderón y tío político del Ex Ministro deHacienda de Belisario, Edgar Gutiérrez Castro .

Bisnieta de Olga Dávila Alzamora, segunda esposa de Alfonso López Pumarejo , quien fuepadrastro de Elsa Kopp Dávila, la suegra de Miguel Urrutia Montaya y Roberto Junguito Bonnet.

Prima cuarta de Josefina Castello Espinosa, tía política de Mercedes Carrasquilla Argáez, la abuelade Alberto Carrasquilla Barrera 11

Quién ha estado detrás de: Allí asesoraba:La capitalización y escisión de la EEB S.A. ESP: N.M. RothschildDe la privatización de las 14 electrificadoras del interior: N.M. RothschildDe la asesoría en los contratos de riesgo compartido que llevaron al fracaso aTelecom.:

N.M. Rothschild

De la privatización del aeropuerto Alfonso Bonilla Aragón: N.M. RothschildDe la asesoría para el Metro de Bogotá que después se reemplazó por Transmilenio: N.M. RothschildDe la asesoría para la licitación de los PCS: N.M. RothschildDe la asesoría para la privatización de Emtelsa S.A. ESP: N.M. RothschildDe la asesoría para la venta de acciones de la ETB S.A. ESP: N.M. Rothschildetc.

Las directivas de la firma que representa a Nathan Mayer Rothschild & Sons en Colombia, han sido:

Gerente Acta Fecha de InscripciónTitular Fabio Villegas Ramírez

Armando Montenegro Trujillo*0917

04-11-199830-03-2001

1º Suplente Eduardo Duque SuárezRafael Rivas Mallarino

0417

08-09-199730-03-2001

2º Suplente Isabel Urrutia Pombo 03 13-03-1997* Ex–jefe de Eva María Uribe Tobón en la Junta Nacional de Tarifas.

En el Acta Nº12 de RC Corporate Consultans Ltda. del 31 -03-2002, anexa a la escritura pública Nº6013 -2000 de la Notaría 6 de Bogotá figura:

“RC Corporate Consultants se ha venido co nsolidando como una de las firmas de banca de inversión másreconocidas del país gracias a la amplia trayectoria y los excelentes resultados obtenidos en procesosanteriores. Es así como adicionalmente de los mandatos vigentes fue firmado uno para la aseso ría en lavaloración para la venta de una entidad líder del sector financiero. De este nuevo mandato se espera unhonorario fijo (retainer) de US$150.000,oo y una comisión de éxito del 1% de la transacción, con unmínimo de US$450.000,oo el cual está proye ctado para ser finalizado exitosamente en diciembre delpresente año.

En cuanto a los mandatos existentes a comienzo de año, la situación ha sido igualmente provechosa parala compañía. El proyecto para la asesoría técnica y financiera al Distrito de Bogo tá para la construcciónde la primera línea del metro se encuentra en su etapa final con unos honorarios fijos recibidos deUS$780.000,oo y otros US$500.000,oo esperados por recibir. Por razones presupuestales el gobierno hadecidido posponer la ejecución del proyecto por lo cual no se espera una comisión de éxito pero se estádiscutiendo la posibilidad de liderar este proceso en el futuro.

El proyecto de la FEN para la asesoría al gobierno para la capitalización de 14 compañías de distribución,el cual se está llevando a cabo en asocio con la oficina de Rothschild en Washington, actualmente seencuentra en una etapa de implementación de algunos cambios de acuerdo con nuestrasrecomendaciones. A la fecha se han recibido honorarios por US$1.925.000,oo y se espera que para lafecha esperada de finalización sea recibidos otros US$825.000. La comisión de éxito está supeditada almonto final de la transacción la cual a su vez se espera sea concretada a finales del primer semestre delaño 2.001.

Por último, el proyecto de asesoría a la Aeronáutica Civil para privatizar el Aeropuerto de la ciudad deCali se ha finalizado exitosamente, habiendo sido entregados en concesión a un consorcio español. Sehan recibido US$186.000 como honorarios para la firma del contrato de concesión el cual se espera seaconcretado en los primeros días de junio se espera recibir una comisión de éxito de US$763.000,oo.La estrategia a seguir en la búsqueda de nuevos negocios será la de aprovechar la coyuntura abierta por

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

39

el gobierno en cuanto a que éste es consciente de la inoperancia de la administración por parte delEstado de entidades prestadoras de servicios públicos y financieros y de la urgente necesidad de lograrprivatizaciones o concesiones de las mismas. Adicionalmente, debido a la evidente crisis por la queatraviesan tanto el sector real como el financiero, surgirán oportunidades de mercado para realizarasesorías en reestructuraciones de deuda, búsqueda de nuevos socios, fusiones y adquisiciones, lascuales serán utilizadas por RC Corporate Consultants gracias al posicionamiento en el mercadocolombiano y a la trayectoria del grupo Rothschild en este tipo de gestiones en el mundo.”

En el Acta Nº13 de RC Corporate Consultans Ltda. del 8 -05-2000, anexa a la escritura pública Nº6 012-2000 de la Notaría 6 de Bogotá, figura:

“En la ciudad de Bogotá, a los ocho (8) días del mes de mayo del año dos mil (2000), siendo las nueve dela mañana (09:00 a.m.), sin previa convocatoria por encontrarse presentes y debidamente representadasla totalidad de las cuotas en que se divide el capital social, se reunió en el domicilio social la Junta deSocios de la sociedad R.C. CORPORATE CONSULTANTS LTDA., sociedad legalmente constituida deacuerdo con las leyes de la República de Colombia con domicil io en la ciudad de Bogotá, D.C., lossiguientes socios, así:”

SOCIOS REPRESENTADOS POR CUOTASROTHSCHILD MÉXICO (GUERNSEY) LIMITED Patricia Arrazola 1N.M. ROTHSCHILD & SONS (México) S.A. de C.V. Patricia Arrazola 999TOTAL 1.000

Presidió la reunión el doctor Saul Zeigen M. y actúo como Secretaria la doctora Isabel Urrutia, quienesfueron elegidos por unanimidad.”

“2. AUTORIZACIÓN AL REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD PARA CONTRATARLos socios unánimemente autorizan al representante leg al de la sociedad para que formule propuestas, ycelebre, en nombre de la sociedad el contrato de eventualmente surja de la propuesta denominada“Asesoría para la Concesión de los Servicios de Comunicación Personal –PCS. Lo anterior teniendo encuenta, que la cuantía del referido contrato excedería los límites de contratación impuestos alrepresentante legal en virtud de los estatutos sociales. Así mismo se autoriza para celebrar todos losactos pertinentes o que se deriven del mencionado contrato incluyend o la constitución de la promesa deUnión Temporal ROTHSCHILD, NERA Y GÓMEZ PINZÓN.”

Es útil recordar que Patricia Arrazola Bustillo C.C. No.45.474.629 figura en el acta de constitución deASOCODIS, en representación tanto de EPSA S.A. ESP como de Electro costa S.A. ESP y deElectricaribe S.A. ESP; acto en el cual fue nombrada Eva María Uribe Tobón como Directora Ejecutiva deASOCODIS y despachando desde la misma oficina de Codensa S.A. ESP (Av. El Dorado #55 -51 Of.201– Tel.: 221 57 04).

Coincidentemente todas estas asesorías que ha realizado RC Corporate Consultans, han sido perversaspara los intereses de Colombia.

Por ejemplo, para la capitalización y escisión de la EEB S.A. ESP, el 22 de octubre de 1996 fuenombrado N.M. Rothschild & Sons para asesora r la transformación de la EEB S.A. ESP, siendo IsabelUrrutia Pombo su Gerente Suplente. La puja se llevaría a cabo el 15 de septiembre de 1997; quincedías antes, el 26 y 27 de agosto de 1997, con las escrituras 1959 y 1975 de la notaría 16 de Bogotá, d ossociedades denominadas Luz de Bogotá S.A. y Capital Energía S.A. con un capital pagadorespectivamente de un millón y de medio millón de pesos, se prepararon para la puja.

En la constitución de estas sociedades los poderes para constituirlos los llevab an personas de la firmaBrigard & Urrutia Abogados S.A. esta firma fue fundada por Francisco Urrutia Holguín con Camilo deBrigard Saiz y era gerenciada en ese momento por Carlos Urrutia Holguín y su hijo Carlos UrrutiaValenzuela y salieron favorecidos, dando origen a Codensa y Emgesa S.A. ESP.

Ofrecieron capitalizar la EEB S.A. ESP con US$2177 millones, pero el Gerente General del Banco de laRepública, Miguel Urrutia Montoya, el papá de Isabel (la asesora de la transformación), el hijo deFrancisco (el fundador de Brigard & Urrutia), el sobrino y primo hermano respectivamente de CarlosUrrutia Holguín y Carlos Urrutia Valenzuela, poniéndole un tono patriótico a sus decisiones, establecióque los dólares de la capitalización se deberían quedar en un banco en Nueva York porque segúnargumentaba, se afectaría la banda cambiaria; con lo cual simplemente con unos avales bancariosofrecieron capitalizar, mientras lograban sacar vía utilidades y descapitalización, mucho más de lo queofrecían capitalizar con estas dos sociedades que sumaban $1.5 millones de capital pago.. Entre lasutilidades hasta el 2004 y las tres primeras descapitalizaciones han retirado:

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

40

EmpresaS.A. ESP

VALOR EN MILLONES DE PESOS COLOMBIANOSCapitali-

zación Oct.-97

Descapitalización

1 2 3 4 En Tramite TotalCodensa 1,362,190 937,895 551,000 924,600 383,070 2,796,565

Emgesa 1,016,766 566,440 400,000 0 0 966,440

Subtotal 2,378,956 1,504,335 951,000 924,600 383,070 3,763,005

EEB 355,084 414,283 240,000 0 654,283

TOTAL 2,734,040 1,918,618 1,191,000 924,600 383,070 4,417,288

EmpresaS.A. ESP

VALOR EN MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS

Capitali-zaciónOct.-97

Utilidades

1,997 1,998 1,999 2,000 2,001 2,002 2,003 2,004 2,005 20061 Semes. Total

Codensa 1,362,190 -942 65,315 124,915 118,594 98,533 137,926 147,983 232,658 274,733 805,709 2,005,424

Emgesa 1,016,766 -814 153,297 130,027 90,017 109,259 127,866 193,968 243,538 251,149 366,451 1,664,758

Subtotal 2,378,956 -1,756 218,612 254,942 208,611 207,792 265,792 341,951 476,196 525,882 1,172,160 3,670,182

EEB 355,084 334,596 25,013 237,599 185,328 133,058 443,759 200,175 166,932 582,492 700,500 3,009,452

TOTAL 2,734,040 332,840 243,625 492,541 393,939 340,850 709,551 542,126 643,128 1,108,374 1,872,660 6,679,634

EmpresaS.A. ESP

En Millones de Pesos Colombianos

CapitalizaciónOct.-97

Totaldescapilizaciones*

Total utilidades hastahasta 1 Semes. 2006 Total Dec.+Util

Codensa 1,362,190 2,796,565 2,005,424 4,801,989 353%E

mgesa

1,016,766 966,440 1,664,758 2,631,198 259%

Subtotal 2,378,956 3,763,005 3,670,182 7,433,187 312%EEB 355,084 654,283 3,009,452 3,663,735 1032%TOTAL 2,734,040 4,417,288 6,679,634 11,096,922 406%

$11096.922.000.000 Equivale a $11.1. Billones

Solo tomando la parte correspondie nte a Codensa S.A. ESP, es obvio que con los activos fijos dedistribución de $22.127, millones que la EEB tenía el 1 de enero de 1992, es imposible legalmente y sintrampas, retirar por Codensa S.A. ESP. $4.801.989 millones ($4.8 billones).

4801.989 x 100 = 21.700%22.127

Claro que con trampas y engaños todo es posible:

- Si la EEB se trataba de robar los aproximado 98% de los activos fijos de distribución que no erande la EEB, pero que esta operaba: Si se podría .Lo que pasa es que en Colombia el robo no genera derechos y los notarios en las escrituras deventa o traspaso no pueden escriturar bienes robados, sin títulos justos.

- Si la renumeración por uso, de redes de distribución que no le pertenecía a la EEB, permitían queesta se la robara: Si se podríaLo que pasa es que si la EEB no pagaba la renumeración por uso, lo que generaba era un pasivoexterno que según la Constitución, los Códigos Civil y de Comercio: aún se está debiendo.

1.22 EL 5 DE JUNIO DE 1996

El 3 de junio de 1996 LA EEB con la Escritura No.610 de la Notaría 28 de Bogotá se convirtió en unasociedad anónima por acciones, irregularmente Rodrigo Villamizar Alvarogonzález que era Presidente dela Creg, siendo el ente regulador de la EEB S.A. ESP, también era miembro de la Junta Directiva de esasociedad anónima por acciones. Nadie puede ser juez y parte.

Recordemos que durante 1995 hasta la resolución Creg 043, Rodrigo Villamizar, junto con Eva María,violaron la Constitución para regular la expansión y el mantenimient o del Servicio de Alumbrado Público.

Obvio y natural que las decisiones que Rodrigo Villamizar tomara, con perjuicio de los usuarios de la EEB

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

41

SA ESP, eran inválidas, porque su actuación en la CREG para favorecer la sociedad anónima poracciones EEB S.A. ESP, eran un acto ilegal.

Mockus que presidía la Junta Directiva de la EEB S.A ESP sabía y conocía que Rodrigo Villamizar nopodía ser de la Junta Directiva de la EEB S.A. ESP, luego es claro que presuntamente allí existía unconcierto para delinquir.

1.23 EL 18 DE DICIEMBRE DE 1996

Hasta el 18-12-1996, en la tarifa no se incluían cargos de uso por las Redes Locales de Distribución NivelI, porque no solo en el área donde la EEB S.A. ESP. actuaba como operador de red, sino que era unaregla general en todo Colombia, que ningún operador de redes invertía en las redes locales nivel I,porque:

LAS REDES LOCALES NIVEL IERAN SIEMPRE EJECUTADAS Y PAGADAS POR LOS USUARIOS,

NUNCA ERAN PAGADAS POR LOS OPERADORES DE REDES

Al tomar Rodrigo Villamizar Alvargon zález (Presidente de la CREG), secundado por Eduardo AfanadorIriarte (Director de la CREG) la decisión de aprobar la Resolución CREG 133 -96 sabían que:

Ponían a cobrar en la tarifa a los operadores de redes por el uso de unas redes que no lespertenecían, ni nunca habían sido pagados por los operadores de redes y adicionalmente que raravez eran mantenidas por los operadores de redes.

Con esto lograban provecho ilícito para los operadores de redes, que no eran propietarios de redeslocales Nivel I.

Como Rodrigo Villamizar Alvargonzález era miembro de la Junta Directiva de la EEB S.A. ESP.,podría afirmarse que lograba provecho para sí, o para la empresa de sus particulares intereses.

Por la solemnidad que reviste una resolución de la CREG, lograron induc ir a un error a todos losusuarios de Colombia, que nos vimos obligados a aceptar pagar una factura por usar las redeslocales Nivel I: que a nosotros mismos nos pertenecían.

Figuraba en el Código Penal (Decreto 100 de 1980) en ese momento vigente.

“Artículo 356. Estafa. El que induciendo o manteniendo a otro en error por medio de artificios o engañosobtenga provecho para si o para un tercero con perjuicio ajeno incurrirá en prisión de uno (1) a diez (10)años y multa de un mil a quinientos mil pesos”

Con la Resolución CREG 133-96 se incrementó el Factor D de la tarifa:

Resol.CREG Nivel

Cargos totales en $/KwHEEB S.A. ESP. (Precios Nov.1994)

Cargos totales en $/KwHEEB S.A. ESP. (Precio Dic.1996)

Específica delNivel

Acumulado Específico delNivel

Acumulado

133-96 I 1.29419 28.5383 17.2774 38.098604-94 II 8.2239 15.5964 10.9789 20.821204-94 III 3.4894 7.3725 4.6583 6.218804-94 IV 3.8831 3.8831 5.1839 6.9205

IPP Total Factor Incremento en el factor D Nivel I:Nov 1994 53.55Dic 1996 71.49 = 38.0986 x 100 = 183%

20.8212Incremento del 83%

Relación 1.3350

CiudadCargos de uso $/KwH (Nov.1994) Factor D Nivel I

Respecto aMedellín %

acum.Nivel II,III yIV Res. 04-94

Nivel IRes.133-96

TotalNivel I a IV

Bogotá 15.5964 12.9419 $28.5383 135%Medellín 12.3760 9.6386 $22.0146 100%Barranquilla 12.2395 10.3235 $22.5630 107%

El factor D de la tarifa Nivel I en 1997 fue para la EEB S.A. ESP.:

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

42

Mes $/KwH Mes $/KwHEnero 17.51 Julio 19.30Febrero 17.84 Agosto 19.37Marzo 18.43 Septiembre 19.61Abril 18.74 Octubre 20.02Mayo 18.99 Noviembre 20.20Junio 19.38 Diciembre 20.29

Este factor D Nivel I que se le pagó a la EEB S.A. ESP. en 1997 fue un engaño y les representó unosingresos aproximados de:

KwH vendidos en 1997 en Nivel I 6.300.000.000Valor promedio $/KwH 17.51+20.29 = 18.90

2Administración, operación y mantenimiento 2% equivalente a $0.378 por KwHPara remunerar el uso al dueño de las redes 98% equivalente a $18.522 por KwH

Valor en 1997 de ingresos de la EEB y/o Codensa S.A. ESP. obtenidos gracias a la Resolución CREG133-96 por cargo de uso de Redes Locales Nivel I.

VALOR POSIBLE ESTAFA EN 19976.300.000.000 X $18.522 = 116.700 Millones de Pesos

Estos valores todos son para quienes las hubieran pagado y no sólo es el área de la EEB S.A. ESP, sinotodos los de mis operadores de redes de Colombia, la casi totalidad de los activos nivel I (120/20Bv), noera de los operadores de redes.

La corrupción en la Distribución de Servicio Público Domiciliarios de Energía Eléctrica, igual continuodespués de la Resolución CREG 133 -96, pero el período aquí analizado, principalmente desde el ingresode Eva María a la Junta Nacional de Tarifas, en agosto de 1990 hasta diciembre de 1996, creemos quedefine el momento en que en el sector de distribución de energía eléctrica sufrió una perversa eincorregible torcida.

Eva María que es destinataria de este oficio junto con los demás destinatarios, deben saber, que con lasevasivas, lo único que logran es quedar más en evid encia, que si algo de lo aquí expresado no esabsoluta verdad, igualmente tiene todas las oportunidades de rectificarlo.

Parte 2: DERECHO DE PETICIÓN AL PRESIDENTE Y PRIMERA AUTORIDAD DE LOS S.P.D., A LACREG Y A LA S.S.P.D.

ESTA DENUNCIA CONTRA EVA MARÍA URIBE TOBÓN ABARCA EL PERÍODO DESDE SUINGRESO EN LA JUNTA NACIONAL DE TARIFAS HASTA LA RESOLUCIÓN CREG 133 DE 1996

2.1 ¿En la Junta Nacional de Tarifas, en la CRE, en la CREG, estaban en la obligación de conocerlos balances y contabilidad de la EE B, que servía de ingrediente para establecer la tarifa?

2.2 ¿Dónde reposan los documentos públicos anteriores al 3 de junio de 1996 (cuando la EEB seconvirtió en una sociedad anónima por acciones), que la EEB le entregaba a la J.N.T. y a la CRE,con la cual estas entidades realizaban los análisis y nos establecían las tarifas?

2.3.0 Los ciudadanos al amparo del artículo 74 de la Constitución, podemos conocer los documentospúblicos del período cuando la EEB era una entidad de carácter público incluyendo:

2.3.1 Los documentos que la EEB le entregaba a la J.N.T. y a la CRE?

2.3.2 Las actas de la Junta Directiva?

2.3.3 La información contable de la EEB, donde se relacionaba el capítulo completo de activos fijos dedistribución?

2.3.4 Los inventarios que el Distrito y/o la EEB llevaban del Servicio de Alumbrado Público de Bogotá,que le servían de referencia para facturar y cobrar el valor pactado, según contrato aprobado porel Acuerdo 60 de 1959?

2.3.5 Si algunos de los documentos públicos de las pregun tas 2.3.1 a 2.3.4 no pueden ser conocidospor los ciudadanos, justifíquenlo con fundamento en la Constitución y la Ley.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

43

2.3.6 El Presidente, la CREG, la SSPD, ante las explicaciones de la denuncia de parte 1, tienen laobligación de colaborar en la búsque da y consecución de los documentos públicos, que han deayudar a documentar la denuncia de corrupción planteada.

2.3.7 Si la respuesta 2.3.6 es negativa, favor justificarla a la luz del Código Disciplinario.

2.4.0 Si los activos fijos de distribución de la EEB, al 1-01-1992 eran de $22.127 millones, la CREGpara definir la Resolución 04 -94, en función del mandato del artículo y numeral 73.26 de laL.S.P.D.: “Pero las comisiones tendrán facultad selectiva de pedir información amplia, exacta,veraz y oportuna a quienes presten los servicios públicos a los que esta ley se refiere”. Sepregunta:

2.4.1 ¿La CREG tienen los documentos que aporto la EEB, que servirían para la definición de lastarifas establecidas en la Resolución CREG 04 -94?

2.4.2 ¿Al amparo del artículo 74 de la Constitución Política, tengo derecho a acceder a los documentospúblicos que entrego la EEB a la CREG para definir la Resolución CREG 04 -94?

2.5.0 En diversas oportunidades he dirigido Derechos de Petición al Alcalde y Presidente de l a JuntaDirectiva de la EEB Luis Eduardo Garzón, así como al Secretario de Hacienda Distrital PedroArturo Rodríguez Tobo, para que me dejen conocer de la EEB:

Balances Generales y capítulo completo de la contabilidad donde se relacionen los activos fijosde distribución del período 1990 hasta mayo de 1996.

Ante las evasivas de las personas en quien delega Luis Eduardo Garzón para que dejen conocerestos documentos públicos, por este Derecho de Petición:

2.5.1 Respetuosamente solicitamos a los destinat arios de este Derecho de Petición, para que nosdejen conocer estos documentos públicos, que contengan para este período y año, tras año elcapítulo completo de activos fijos de distribución.

2.5.2 Los activos fijos de distribución que figuran en el balan ce fidedigno de la EEB del 31 de diciembrede 1991, están valorados en $22.127 millones, los cuales deben estar discriminados, en elcapítulo completo de los activos fijos de distribución que en la pregunta 2.5.1 les solicito.Complementando la pregunta 2 .5.1, se consulta:

¿Podemos entender en sentido natural y obvio, que los activos fijos de distribución que al 31 -12-91 la EEB operaba, pero no estaban en su balance, era porque eran de otra persona natural ojurídica diferente de la EEB?

2.5.3 ¿Cuál era el valor de los activos fijos de distribución que operaba la EEB (discriminados porniveles de tensión), que utilizo la CREG en la definición de los cargos de uso de la Resolución 04 -94? Favor aportar copia de los cálculos que llevaron al establecimiento de la tarifa que figuró enla Resolución.

2.5.4.0 Desde hace un cuarto de siglo (aproximadamente) habito y utilizo unos inmuebles, donde fuiusuario de la EEEB, luego de la EEB, EEB ESP, EEB S.A. ESP y ahora de Codensa S.A. ESP.

Contrato de S.P.D. conCodensa S.A. ESP:

Uso del S.P.D. de energíaeléctrica:

0643628-50643631-80614228-4

UtilizoUtilizoHabito

Para los edificios donde están los inmuebles que utilizo y habito: Fui socio, diseñe la Red deEnergía Eléctrica Externa e Interna; tramite ant e la EEEB: El Estudio Preliminar, me aprobaron elplano de red local de energía eléctrica Nivel I y II; ordene que se contrataran las obras de RedLocal Nivel I y II; las supervisé, las entregué a la EEEB para que fueran operadas; le hiceseguimiento hasta el momento de la instalación de los medidores.

Razón por la cual, tengo certeza que en la contabilidad de la EEB en el capítulo de activos fijosde distribución no tienen porque figurar los bienes inmuebles representados en las redes localesNiveles I y II pagados por esos edificios, porque entre 1981 y 1996, las redes locales Nivel I y IInunca fueron negociadas y siempre han pertenecido a quienes las hemos pagado.

Al igual que en los inmuebles que utilizo y habito, todos los ciudadanos que en Bogotá y los 95municipios donde actuaba la EEB, que pagamos activos de distribución, de energía eléctrica,creemos estar en la misma situación. Los valores de los balances de activos fijos de distribución

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

44

($22.127 millones al 01-01-92) dejan conocer que la EEB e ra dueña solo aproximadamente del2% de los activos fijos de distribución que operaba.

Al ser propietarios de activos de distribución Nivel I y II, se pregunta:

2.5.4.1 ¿Entre el Decreto 2545-84 y el ingreso de Eva María Uribe Tobón a la Junta Nacional de Tarifas,qué Resoluciones regulaban los cargos de uso de redes de distribución, que le permitan a losoperadores de redes y en particular a la EEB, realizar la expansión como lo mandaba el artículo 2del Decreto 2545-84?

2.5.4.2 Entre el ingreso de Eva María Uribe Tobón a la Junta Nacional de Tarifas y la terminación de laJ.N.T.: ¿Qué Resoluciones regularon los cargos de uso de redes de distribución? (Favor facilitarinformación donde estas se puedan copiar).

2.5.4.3 Durante el funcionamiento de la CRE: ¿Qué Resoluciones establecían cargos de uso de redesde distribución? (Favor facilitar información donde estas se puedan copiar).

2.5.4.4 Si desde el Decreto 2545 de 1984 hasta antes de la Resolución CREEG 04 -94, la EEB reciba enla tarifa valores por cargos de uso de redes de distribución que les permitiera la expansión: ¿Hadebido remunerar la EEB a los propietarios de los activos de distribución que operaba y no lepertenecían?

2.5.4.5 Si la respuesta 2.5.4.4 llegara a ser negativa, favor just ificar a la luz de la Constitución y losCódigos Civil y de Comercio: ¿Por qué los ciudadanos estábamos obligados a pagar en la tarifapor uso de nuestros bienes, para que la EEB se lucrara por su uso, sin retribuir al dueño?

2.5.4.6 En todo Colombia y hasta el Decreto 2167-92 que suprime la J.N.T., la totalidad de las RedesLocales de Energía Eléctrica Nivel I, eran ejecutadas y pagadas por los suscriptores potenciales:¿La Junta Nacional de Tarifas tenía establecido y en que Resolución, que los usuario s de energíaeléctrica pagáramos en la tarifa cargos de uso de Redes Locales de Distribución Nivel I?

2.5.4.7 Si la respuesta 2.5.4.6 es negativa, de la misma manera, solicito me informen de los $22.127millones de activos fijos de distribución de la EEB al 31-12-1991: ¿Qué porcentaje de este valoreran Redes Locales Nivel I?

2.5.4.8 Si la Resolución CREG 04-94 expresaba “Los costos anuales de administración, operación ymantenimiento, se estimaron como un 2% del costo total del activo”, por lo cual se pr egunta: ¿LaEEB ESP a la luz de la Resolución CREG 04 -94 ha debido remunerar a los dueños de los activosNivel II y III que operaba, con el 98% de lo que recibía en la tarifa por ese concepto?

2.5.4.9 Si la respuesta 2.5.4.8 es negativa, explique que otr os componentes adicionales y en queporcentajes o cifras, tenía la tarifa de la Resolución CREG 04 -94, diferentes a la remuneraciónpor el uso del activo, mas AOM.

2.5.4.10 Si la respuesta 2.5.4.8 es negativa, favor justificar a la luz de la Constitución, Código Civil y deComercio: ¿Por qué los ciudadanos estábamos obligados a pagar en la tarifa por el uso denuestros bienes para que la EEB ESP se lucrara por su uso, sin retribuir al dueño del activo?

2.5.4.11 La Presidencia, la CREG y la S.S.P.D. a la luz de la Ley 142 de 1994 deberían velar para que laEEB no cometieran abusos con los usuarios y con los propietarios de los activos fijos dedistribución que la EEB utilizaban y no le pertenecían.

2.5.4.12 Explique como ha actuado la Presidencia, la SSPD y/o la CREG respecto a la inspección, controly vigilancia para que la EEB ESP remunera el uso de las redes que no les pertenecía, pero sioperaban, en lo que respecta a la Resolución CREG 04 -94.

2.5.4.13 Si la EEB ESP ó EEB S.A. ESP en la aplicación de la Resolución 04-94 ha debido remunerar eluso de las redes locales Nivel II y III a los dueños de los inmuebles, pertenecientes a los quepagamos activos de distribución utilizamos o habitamos y aún no lo ha hecho. Habiendo sidotrasladados estos contratos a Codensa S.A. ESP: ¿Quién nos está debiendo a los propietariosde los activos de distribución la remuneración por uso, que la EEB S.A. ESP recibió por las tarifasestablecidas en la Resolución CREG 04 -94 y nunca nos remuneró a los dueños de los activo s?

2.5.5.0 Si el 1-01-1992 los activos fijos de distribución de la EEB tenían un valor en el balance fidedignode $22.127 millones, de esta fecha al momento de realizarse la Resolución CREG 04 -94, enforma real muy poco se habían incrementado estos activo s, porque hacían creer que la EEBestaba ilíquida y por lo cual no invertía ni en un cm de cable, ni en un KVA de transformador. Deestos valores y según la respuesta que reciba de la pregunta 2.5.4.7, un porcentaje de activos eraNivel I, por lo cual act ivos Nivel II, III y IV son mucho menos.

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZ

CIUDADANO VEEDOR

Calle 106A Nº 20-10 (Antes 22A-10) Of.201 Teléfono 2 148413 - 2 148371 Fax 6 010271 Bogotá D.C.E-Mail: [email protected]

45

Según se puede deducir de la tarifa establecida en la Resolución 04 -94 y los KWH vendidos porla EEB en 1995, se tiene que la EEB recibió solo por 1995 en cargos de uso de Redes LocalesNivel II, III y IV aproximadamente $110.090 millones, cifra mayor al 500% del el total de losactivos Nivel I a IV propiedad de la EEB, por lo cual se pregunta:

2.5.5.1 ¿Cuál es la lógica aplicada por la CREG para remunerarle en un año a la EEB un valor mayor al500% del valor real de los activos fijos de distribución que eran de su propiedad.

2.5.5.2 En los informes de contabilidad que recibía la J.N.T., la CRE, la CREG y SSPD de la EEB, enalgún capítulo contable, figuro que en todo ese período, hubieran remunerado el uso de las redesque utilizaban y no les pertenecían, en el período 1984 – 1994.

2.5.5.3 Si la respuesta 2.5.5.2 es afirmativa, favor discriminar los años y las magnitudes.

2.5.5.4 Si la respuesta 2.5.5.3 es negativa, explique que actuaciones realizo la Presidenci a, la SSPD, laCREG hasta 1996 para que la EEB S.A. ESP no realizara enriquecimiento ilícito.

2.5.5.5 Desde 01-01-92 a 31-12-93, los activos fijos de distribución de la EEB crecieron de $22.127millones a $43.410 millones.

Esta información se encuentra si comparan para los años 1991, 1992 y 1993 el capítulo quediscrimina los activos fijos de distribución que la EEB le hacia llegar a la J.N.T., CRE, CREG,SSPD: Explique en que estaban representado ese incremento de activos fijos de distribución,clasificándolos por niveles de tensión.

2.5.5.6 Con los parámetros i = 10% y n = 25 años, a cuanto ha debido corresponder la remuneraciónanual de la EEB en 1995, por los cargos de uso de las redes de distribución de la ResoluciónCREG 04-94, considerando solo los activos de distribución Nivel II, III y IV que la EEB realmentehabía pagado (según información contable fidedigna), más el 2% por AOM, por los activos queoperaba y no le pertenecía.

2.5.5.7 Si los activos fijos de distribución de la EEB el 1 -01-92 eran de $22.127 millones (incluyendoNivel I). Este valor en unas cifras que la CREG estaba en capacidad de conocer, se incrementoen el valor lógico que la EEB realmente invirtió hasta la fecha de referencia de la ResoluciónCREG 04-94. Estos valores que explican el incremento en el valor de los activos fijos dedistribución de la EEB entre 01 -01-95 y 31-12-93 deberían figurar en la contabilidad de la EEBque la J.N.T, CRE, CREG y SSPD recibían. Si en la CREG en la Resolución 04 -94, estimaronunos activos Nivel II, III y IV de aproximadamente $1.271.600 millones, equivalente al 5750% delvalor de los activos de distribución de la EEB al 1 -01-92: Debemos entender que los activos dedistribución que era de otros diferentes a la EEB, era aproximadamente en millones de pesos de:1.271.000 – (22.127 – Activos Nivel I) x Factor crecimiento.

2.5.6.0 Si la respuesta 2.5.5.6 es negativa, favor explicar:

2.5.6.1 ¿Amparados en la información contable de los activos fijos de distribución de la EEB, cuál era elvalor real de los activos fijos que eran según contabilidad de la EEB, en el momento consideradoen la Resolución CREG 04-94?

2.5.6.2 ¿Cuánto recibió durante 1995 la EEB discriminado por niveles, al amparo de la Resolución CREG04-94, por remuneración por uso de redes de distribución Nivel II, III y IV?

2.5.6.3 Discriminado por niveles: ¿Cuántos KWH vendió la EEB en 1995?

2.6 Sobre alguno de los hechos aquí narrados en la Parte 1 (folios 1 a 42): ¿Existe algunainformación que no sea verdadera y considera n que debo rectificar?

En espera de unas respuestas concretas, certeras, que desaten totalmente las dudas.

Sin otro particular,

JULIO CÉSAR GARCÍA VÁSQUEZMatrícula 12713

C.C. No.19’064.942 de Bogotá