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World Data on Education Données mondiales de l’éducation Datos Mundiales de Educación VII Ed. 2010/11 IBE/2010/CP/WDE/AG

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Datos Mundiales de Educacion UNESCO 2010 Argentina

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  • World Data on Education Donnes mondiales de lducation Datos Mundiales de Educacin VII Ed. 2010/11

    IBE/2010/CP/WDE/AG

  • Datos Mundiales de Educacin. 7a edicin, 2010/11

    Argentina Versin revisada, abril 2010.

    Principios y objetivos generales de la educacin Segn la Ley de Educacin Nacional n 26.206 del 28 de diciembre 2006, la educacin y el conocimiento son un bien pblico y un derecho personal y social, garantizados por el Estado (Art. 2); la educacin es una prioridad nacional y se constituye en poltica de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberana e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadana democrtica, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo econmico-social de la Nacin (Art. 3). El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autnoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educacin integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nacin, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participacin de las organizaciones sociales y las familias (Art. 4) La educacin brindar las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formacin integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien comn (Art. 8).

    En conformidad con la Ley de 2006, los fines y objetivos de la poltica educativa nacional son los siguientes:

    Asegurar una educacin de calidad con igualdad de oportunidades y

    posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales. Garantizar una educacin integral que desarrolle todas las dimensiones de la

    persona y habilite tanto para el desempeo social y laboral, como para el acceso a estudios superiores.

    Brindar una formacin ciudadana comprometida con los valores ticos y democrticos de participacin, libertad, solidaridad, resolucin pacfica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoracin y preservacin del patrimonio natural y cultural. d) Fortalecer la identidad nacional, basada en el respeto a la diversidad cultural y a las particularidades locales, abierta a los valores universales y a la integracin regional y latinoamericana.

    Garantizar la inclusin educativa a travs de polticas universales y de estrategias pedaggicas y de asignacin de recursos que otorguen prioridad a los sectores ms desfavorecidos de la sociedad.

    Asegurar condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las personas sin admitir discriminacin de gnero ni de ningn otro tipo.

    Garantizar, en el mbito educativo, el respeto a los derechos de los/as nios/as y adolescentes establecidos en la Ley N 26.061 (Ley de Proteccin Integral de los Derechos de las nias, los nios y los adolescentes).

    Recopilado por UNESCO-IBE (http://www.ibe.unesco.org/)

  • Datos Mundiales de Educacin. 7a edicin, 2010/11

    Garantizar a todos/as el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, asegurando la gratuidad de los servicios de gestin estatal, en todos los niveles y modalidades.

    Asegurar la participacin democrtica de docentes, familias y estudiantes en las instituciones educativas de todos los niveles.

    Concebir la cultura del trabajo y del esfuerzo individual y cooperativo como principio fundamental de los procesos de enseanza-aprendizaje.

    Desarrollar las capacidades y ofrecer oportunidades de estudio y aprendizaje necesarias para la educacin a lo largo de toda la vida.

    Fortalecer la centralidad de la lectura y la escritura, como condiciones bsicas para la educacin a lo largo de toda la vida, la construccin de una ciudadana responsable y la libre circulacin del conocimiento.

    Desarrollar las competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes producidos por las tecnologas de la informacin y la comunicacin.

    Brindar a las personas con discapacidades, temporales o permanentes, una propuesta pedaggica que les permita el mximo desarrollo de sus posibilidades, la integracin y el pleno ejercicio de sus derechos.

    Asegurar a los pueblos indgenas el respeto a su lengua y a su identidad cultural, promoviendo la valoracin de la multiculturalidad en la formacin de todos/as los/as educandos/as.

    Comprometer a los medios masivos de comunicacin a asumir mayores grados de responsabilidad tica y social por los contenidos y valores que transmiten.

    Brindar conocimientos y promover valores que fortalezcan la formacin integral de una sexualidad responsable.

    Promover valores y actitudes que fortalezcan las capacidades de las personas para prevenir las adicciones y el uso indebido de drogas.

    Brindar una formacin corporal, motriz y deportiva que favorezca el desarrollo armnico de todos/as los/as educandos/as y su insercin activa en la sociedad.

    Promover el aprendizaje de saberes cientficos fundamentales para comprender y participar reflexivamente en la sociedad contempornea.

    Leyes y otras normas fundamentales relativas a la educacin La organizacin federal del pas tiene como consecuencia un complejo ordenamiento jurdico. Las bases legales que rigen la educacin nacional estn constituidas por: la Constitucin y las leyes nacionales; las constituciones y las leyes provinciales; los decretos dictados por el poder ejecutivo nacional y por los poderes ejecutivos de los gobiernos provinciales; las resoluciones ministeriales nacionales y de los gobiernos provinciales.

    Los instrumentos legislativos ms importantes son los siguientes:

    La Ley n 24.049 de 1991, mediante la cual se estableci la transferencia a las provincias de los servicios educativos que an dependan del Gobierno Nacional. La instrumentacin del proceso de descentralizacin de los servicios educativos se llev a cabo entre 1992 y 1994 mediante la suscripcin de convenios de transferencia entre el Estado nacional y cada una de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

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  • Datos Mundiales de Educacin. 7a edicin, 2010/11

    La Ley de Educacin Nacional (LEN) n 26.206 del 28 de diciembre 2006. El proceso de consulta e intercambio sobre la LEN se llev a cabo durante seis meses, a lo largo de los cuales fueron convocados todos los actores sociales. Un documento de debate, preparado por el Ministerio de Educacin de la Nacin, fue puesto a la consideracin de miles de docentes en jornadas asignadas a tal efecto en cada institucin escolar. Se organizaron jornadas de intercambio en organismos municipales, sindicales, polticos, vecinales y acadmicos, y foros de padres y estudiantes que emitieron sus opiniones y propuestas. La LEN, ampla las responsabilidades del Estado Nacional ratificando su obligacin como garante del derecho a la educacin integral permanente y de calidad para todos los habitantes de la Nacin. Sus contenidos estn claramente orientados a resolver los problemas de fragmentacin y desigualdad que afectaron al sistema educativo y a enfrentar los desafos de una sociedad en la cual el acceso universal a una educacin de calidad es requisito bsico para la plena integracin social. La LEN establece que la educacin es un bien pblico, por tanto, una responsabilidad principal e indelegable del Estado. Debe ofrecer una educacin integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nacin, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participacin de las organizaciones sociales y las familias. Estructura unificada, obligatoriedad hasta el final del secundario, universalizacin de la oferta de educacin a las nias y nios de 4 aos de edad, papel activo del Estado en aspectos clave como la definicin de contenidos y resultados de aprendizaje, la formacin docente, la evaluacin y la obligacin de intervenir cuando se presenten situaciones de emergencia son, entre muchos otros, algunos de los aspectos cruciales de la nueva ley. La Ley anterior (Ley n 24.195, Ley Federal de Educacin, sancionada en 1993), planteaba los lineamientos bsicos para la transformacin de la educacin de los niveles primario y secundario; estableci nuevos objetivos, una nueva estructura acadmica y la necesidad de nuevos contenidos para todos los niveles, as como normas para el gobierno descentralizado de la educacin.

    La Ley Nacional de Educacin Sexual Integral, sancionada y promulgada en el ao 2006, establece que todos los educandos tienen derecho a recibir educacin sexual integral en los establecimientos educativos pblicos, de gestin estatal y privada de todo el pas. Para cumplir con lo establecido por la ley se cre el Programa Nacional de Educacin Sexual Integral, que propone, entre sus objetivos, incorporar dentro de las propuestas educativas conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre la educacin sexual, promover actitudes responsables ante la sexualidad, prevenir los problemas relacionados con la salud en general y la salud sexual y reproductiva en particular y procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres.

    La Ley de Proteccin Integral de los Derechos de las nias, los nios y los adolescentes N 26.061, sancionada el 28 de septiembre de 2005 y promulgada el 21 de octubre de 2005, se enmarca en los preceptos de la Convencin sobre los Derechos del Nio y establece que los organismos del Estado, la familia y la sociedad deben asegurarles a las nias, nios y jvenes el pleno desarrollo de su personalidad hasta el mximo de sus potencialidades, as como el goce de una vida plena y digna.

    La Ley de Educacin Tcnico Profesional n 26.058, promulgada el 8 de septiembre 2005, que regula y ordena la educacin tcnico profesional en el nivel medio y superior no universitario. Tiene la finalidad de estructurar una poltica nacional y

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  • Datos Mundiales de Educacin. 7a edicin, 2010/11

    federal, integral, jerarquizada y armnica en la consolidacin de la educacin tcnico profesional. Concibe esta modalidad como una de las estrategias fundamentales para la inclusin, la equidad social, el desarrollo cientfico tecnolgico, el crecimiento econmico sostenido y la productividad de la economa nacional, dada su particular vinculacin con el mundo de la ciencia y la tecnologa, del trabajo y de la produccin. Mediante esta Ley se ha creado el Fondo Nacional para la Educacin Tcnica y la Formacin Profesional con el propsito de asegurar la mejora de las instituciones a travs de financiamiento de acciones relativas a la igualdad de oportunidades, el equipamiento y acondicionamiento edilicio y la capacitacin docente, entre otras.

    La Ley de Garanta del Salario Docente, sancionada y promulgada entre los aos 2003 y 2004, establece y unifica un ciclo lectivo anual mnimo en todos los mbitos y jurisdicciones del pas, y garantiza el cobro de sus haberes a todos los docentes. Complementando esta legislacin la Ley del Fondo Nacional del Incentivo Docente, sancionada y promulgada en el ao 2004, prorroga por cinco aos el incentivo docente, a fin de lograr un piso salarial para todos los maestros y maestras del pas y garantizar el incremento paulatino de los das de clase. La Ley n 25.864 promulgada el 8 de enero 2004 ha fijado un ciclo lectivo anual mnimo de 180 das efectivos de clase para los establecimientos educativos de todo el pas en los que se imparta educacin inicial, educacin general bsica y educacin polimodal (a partir de 2006, educacin primaria y secundaria) o sus respectivos equivalentes.

    La Ley n 24.521, relativa a la educacin superior, sancionada en 1995. Regula el nivel terciario tanto en lo que hace a la universidad como a los estudios terciarios no universitarios, entre los cuales se encuentra la formacin de docentes.

    La Ley n 26.075 sobre el financiamiento educativo, sancionada en diciembre de 2005 y promulgada el 9 de enero 2006, establece que el incremento gradual de la inversin en educacin, ciencia y tecnologa debera alcanzar en 2010 el 6% del Producto Interno Bruto (PIB). Tres aspectos concurrentes son definidos como mecanismos para poder alcanzar la previsin presupuestaria del 6 % del PIB: a) la divisin de responsabilidades de financiamiento de cada nivel de gobierno; b) el horizonte temporal de las metas anuales de recursos y c) la fuente de financiamiento de esas metas. La ley establece adems mecanismos de articulacin bilateral entre el Estado nacional y los Estados provinciales.

    Sobre la base de las disposiciones de la LEN de 2006, la obligatoriedad escolar en todo el pas se extiende desde la edad de 5 aos hasta la finalizacin del nivel de la educacin secundaria. El Ministerio de Educacin y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarn el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a travs de alternativas institucionales, pedaggicas y de promocin de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el pas y en todas las situaciones sociales (Art. 16).

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    Administracin y gestin del sistema educativo La Repblica Argentina es un estado federal dividido en 24 jurisdicciones. Cada una de ellas gobierna (decide polticamente y administra) todos los servicios sitos en su territorio, incluidos los servicios escolares.

    El Ministerio de Educacin (anteriormente, el Ministerio de Educacin, Ciencia y Tecnologa) de la Nacin, en el marco del Poder Ejecutivo nacional, constituye el ms alto nivel de conduccin de la educacin y su responsabilidad es concurrente y concertada con los Ministerios de Educacin Provinciales y la Secretara de Educacin de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires (CBA). Las provincias y la CBA tienen a su cargo la administracin y supervisin de la mayor parte de los servicios educativos, exceptuado el subsistema universitario y parte de los servicios de evaluacin superior no universitaria. La forma de organizacin poltico institucional que adopta el gobierno de la educacin en cada provincia depende de la legislacin vigente en cada caso, de las peculiaridades histrico-culturales y del desarrollo y complejidad de su sistema educativo. En algunas provincias existen ministerios de educacin, en otras secretaras de estado y en algunos casos direcciones generales.

    El Consejo Federal de Educacin (CFE, anteriormente el Consejo Federal de Cultura y Educacin) constituye el mbito de concertacin de la poltica educativa del pas. Es un organismo interjurisdiccional, de carcter permanente, presidido por el Ministro de Educacin de la Nacin e integrado por las autoridades responsables de la conduccin educativa de cada jurisdiccin y tres representantes del Consejo de Universidades. Las resoluciones del CFE son de cumplimiento obligatorio, cuando la Asamblea as lo dispone. La nueva LEN de 2006 introduce la conformacin de diferentes Consejos Consultivos que apoyarn el trabajo del CFE. Las opiniones y propuestas de los mencionados Consejos Consultivos son de carcter pblico. Ellos son: el Consejo de Polticas Educativas, el Consejo Econmico y Social y el Consejo de Actualizacin Curricular, a cargo de proponer innovaciones en los contenidos curriculares comunes (la ley federal de educacin de 1993 prevea el apoyo de dos consejos consultivos: el Consejo Econmico Social y el Consejo Tcnico Pedaggico).

    Las autoridades competentes de las provincias y de la CABA, tienen entre otras las siguientes atribuciones: a) planificar, organizar y administrar el sistema educativo de su jurisdiccin; b) aprobar el currculo de los diversos ciclos, niveles y regmenes especiales en el marco de lo acordado en el Consejo Federal; c) organizar y conducir los establecimientos educativos de gestin estatal y autorizar y supervisar los establecimientos de gestin privada en su jurisdiccin; y e) evaluar peridicamente el sistema educativo en el mbito de su competencia controlando su adecuacin a las necesidades de su comunidad, a la poltica educativa nacional y a las polticas y acciones concertadas en el seno del Consejo Federal, promoviendo la calidad de la enseanza.

    La Ciudad Autnoma de Buenos Aires, por su importancia y dimensin, funciona como una jurisdiccin ms del sistema nacional de educacin y goza de las facultades que son competencia de las administraciones provinciales. Administra

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  • Datos Mundiales de Educacin. 7a edicin, 2010/11

    servicios de enseanza preprimaria, primaria y secundaria, as como regmenes especiales.

    Las pruebas nacionales de evaluacin de los resultados de los aprendizajes enmarcadas en los Operativos Nacionales de Evaluacin desarrollados por la Direccin Nacional de Informacin y Evaluacin de la Calidad Educativa (DINIECE), se toman en tercero y sexto grados de la primaria, y en tercero y quinto de la secundaria. La DINIECE depende de la Subsecretara de Planeamiento Educativo y es responsable de: el desarrollo y la sustentabilidad del Sistema Federal de Informacin Educativa; las acciones de evaluacin del sistema educativo nacional; y el diseo y desarrollo de investigaciones vinculadas con la formulacin de las polticas educativas. Su misin es brindar informacin oportuna y de calidad para la planificacin, gestin y evaluacin de la poltica educativa y facilitar el acceso a la informacin pblica. En tanto parte del Sistema Estadstico Nacional (SEN), produce, analiza y difunde informacin sobre diferentes aspectos del sistema educativo nacional, con excepcin del nivel universitario, y desarrolla investigaciones orientadas a mejorar su calidad y equidad. El trabajo de la DINIECE est organizado alrededor de tres reas: informacin; evaluacin de la calidad educativa; e investigacin educativa.

    En el mbito del Ministerio de Educacin de la Nacin, la responsabilidad en materia de currculo est asignada a la Direccin Nacional de Gestin Curricular y Formacin Docente.

    En el mbito del Ministerio de Educacin, tambin se ha creado el Instituto Nacional de Formacin Docente como organismo responsable, entre otros, de: a) planificar y ejecutar polticas de articulacin del sistema de formacin docente inicial y continua; b) impulsar polticas de fortalecimiento de las relaciones entre el sistema de formacin docente y los otros niveles del sistema educativo; y c) aplicar las regulaciones que rigen el sistema de formacin docente en cuanto a evaluacin, autoevaluacin y acreditacin de instituciones y carreras, validez nacional de ttulos y certificaciones, en todo lo que no resulten de aplicacin las disposiciones especficas referidas al nivel universitario.

    La Ley de Educacin Tcnico Profesional n 26.058 de 2005 ha creado la Comisin Federal de Educacin Tcnico Profesional con el propsito de garantizar los circuitos de consulta tcnica para la formulacin y el seguimiento de los programas federales orientados a la aplicacin de la ley, en el marco de los acuerdos del Consejo Federal de Educacin. El Instituto Nacional de Educacin Tecnolgica (INET) est encargado de ejercer la coordinacin de la misma.

    La Mesa Federal de Educacin Permanente de Jvenes y Adultos, integrada por las mximas autoridades educativas de la modalidad, es la responsable de llevar adelante las polticas activas en cada una de las provincias y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. La Direccin de Educacin Permanente de Jvenes y Adultos es el rgano del Ministerio de Educacin a cargo de desarrollar los planes de accin y coordinar las acciones federales.

    La Ley de Educacin Superior de 1995 incorpor la exigencia de la acreditacin de los posgrados (especializaciones, maestras y doctorados), tarea que

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  • Datos Mundiales de Educacin. 7a edicin, 2010/11

    est a cargo de la Comisin Nacional de Evaluacin y Acreditacin Universitaria (CONEAU), creada por el mismo instrumento legal y reglamentada en 1996. La CONEAU es un organismo autnomo que adems de acreditar estudios de posgrado y carreras reguladas tiene a su cargo la evaluacin institucional de todas las universidades argentinas as como la formulacin de recomendaciones sobre los proyectos de nuevas instituciones universitarias. Las universidades de gestin estatal, denominadas universidades nacionales o provinciales segn la jurisdiccin en que funcionen, se crean por ley del Congreso Nacional o Provincial, segn corresponda. Las universidades privadas, en cambio, requieren autorizacin del poder ejecutivo.

    La autonoma acadmica e institucional de las universidades nacionales, provinciales y privadas (que incluye la atribucin de dictar sus propios estatutos) tiene rango constitucional, y est tambin ratificada por la Ley de Educacin Superior. Las instituciones superiores no universitarias dependen de las provincias y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y no son autnomas. El rgano de coordinacin universitaria ms relevante es el Consejo de Universidades integrado por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN, que rene a los rectores de las universidades nacionales), del Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP), de los Consejos de Planificacin Universitaria Regionales (CPRES) y por un representante del CFE.

    Segn la Ley de Educacin Nacional de 2006, los servicios educativos de gestin privada estarn sujetos a la autorizacin, reconocimiento y supervisin de las autoridades educativas jurisdiccionales correspondientes. Tendrn derecho a prestar estos servicios la Iglesia Catlica, las confesiones religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos; las sociedades, cooperativas, organizaciones sociales, sindicatos, asociaciones, fundaciones y empresas con personera jurdica y las personas fsicas. Estos agentes tendrn los siguientes derechos y obligaciones: a) Derechos: crear, administrar y sostener establecimientos educativos; matricular, evaluar y emitir certificados y ttulos con validez nacional; nombrar y promover a su personal directivo, docente, administrativo y auxiliar; formular planes y programas de estudio; aprobar el proyecto educativo institucional de acuerdo con su ideario y participar del planeamiento educativo; b) Obligaciones: cumplir con la normativa y los lineamientos de la poltica educativa nacional y jurisdiccional; ofrecer servicios educativos que respondan a necesidades de la comunidad; brindar toda la informacin necesaria para la supervisin pedaggica y el control contable y laboral por parte del Estado. Los/las docentes de las instituciones de educacin de gestin privada reconocidas tendrn derecho a una remuneracin mnima igual a la de los/las docentes de instituciones de gestin estatal, conforme al rgimen de equiparacin fijado por la legislacin vigente, y debern poseer ttulos reconocidos oficialmente. La asignacin de aportes financieros por parte del Estado destinados a los salarios docentes de los establecimientos de gestin privada reconocidos y autorizados por las autoridades jurisdiccionales competentes, estar basada en criterios objetivos de justicia social, teniendo en cuenta la funcin social que cumple en su zona de influencia, el tipo de establecimiento, el proyecto educativo o propuesta experimental y el arancel que se establezca.

    Mediante el Decreto de la Presidencia de la Nacin n 957/2009 del 23 julio 2009 se ha creado en el mbito de la Presidencia una Unidad de Planeamiento Estratgico y Evaluacin de la Educacin Argentina. Segn el Decreto, dicha

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    Unidad tendr a su cargo brindar asesoramiento a la Presidencia de la Nacin en las siguientes reas: temas estratgicos de poltica educativa, en especial, en enseanza media y en enseanza universitaria; formulacin de propuestas educativas de articulacin pblica y privada, en materia de desarrollo, integracin y capacitacin social especialmente orientadas a un modelo productivo con inclusin social; diseo de polticas de evaluacin de la calidad educativa y en la creacin de la Agencia Nacional de Evaluacin Educativa; diseo de los lineamientos generales vinculados a la planificacin estratgica, organizacin, supervisin y financiacin del sistema educativo nacional; organizar la convocatoria a la participacin de expertos nacionales e internaciones para el anlisis de estrategias de polticas educativas; presentar informes prospectivos y propuestas para la introduccin de Tecnologas de la Informacin y Comunicacin (TICs) en los distintos niveles del sistema educativo.

    Estructura y organizacin del sistema educativo Argentina: estructura de la escolaridad comn obligatoria (2006)

    Segn dispuesto por la Ley de Educacin Nacional (LEN) de 2006, la estructura del sistema educativo nacional comprende cuatro niveles (la educacin inicial, la educacin primaria, la educacin secundaria y la educacin superior), y ocho modalidades: la educacin tcnico profesional, la educacin artstica, la educacin especial, la educacin permanente de jvenes y adultos, la educacin rural, la educacin intercultural bilinge, la educacin en contextos de privacin de libertad y la educacin domiciliaria y hospitalaria. Las jurisdicciones pueden definir, con carcter excepcional, otras modalidades de la educacin comn, cuando requerimientos especficos de carcter permanente y contextual as lo justifiquen.

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    Fuente: Ministerio de Educacin, El desarrollo de la educacin. 2008.

    Educacin preprimaria

    De acuerdo a la LEN de 2006, la educacin inicial constituye una unidad pedaggica y comprende a los/as nios/as desde los 45 das hasta los 5 aos de edad inclusive, siendo obligatorio el ltimo ao. El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autnoma de Buenos Aires tienen la obligacin de universalizar los servicios educativos para los/as nios/as de 4 aos de edad. Segn la LEN, la organizacin de la educacin inicial tendr las siguientes caractersticas: a) los jardines maternales atendern a los/as nios/as desde los 45 das a los 2 aos de edad inclusive y los jardines de infantes a los/as nios/as desde los 3 a los 5 aos de edad inclusive; b) en funcin de las caractersticas del contexto se reconocen otras formas organizativas del nivel para la atencin educativa de los/as nios/as entre los 45 das y los 5 aos, como salas multiedades o plurisalas en contextos rurales o urbanos, salas de juego y otras modalidades que pudieran conformarse, segn lo establezca la reglamentacin de la ley; c) la cantidad de secciones, cobertura de edades, extensin de la jornada y servicios complementarios de salud y alimentacin, sern determinados por las disposiciones reglamentarias, que respondan a las necesidades de los/as nios/as y sus

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  • Datos Mundiales de Educacin. 7a edicin, 2010/11

    familias; d) las certificaciones de cumplimiento de la educacin inicial obligatoria en cualesquiera de las formas organizativas reconocidas y supervisadas por las autoridades educativas, tendrn plena validez para la inscripcin en la educacin primaria..

    Educacin primaria

    La Ley Federal de Educacin de 1993 haba transformado la antigua estructura de siete grados de escuela primaria y cinco de escuela secundaria en una nueva organizacin que comprenda la educacin general bsica (EGB), obligatoria, de nueve aos de duracin a partir de los 6 aos de edad, entendida como una unidad pedaggica integral organizada en tres ciclos de tres aos cada uno. La LEN de 2006 ha reintroducido la educacin primaria, obligatoria, como unidad pedaggica y organizativa destinada a la formacin de los/as nios/as a partir de los 6 aos de edad. La educacin primaria tiene 6 o 7 aos de duracin. A partir de la sancin de la LEN, en un perodo no mayor a seis aos, las provincias y la Ciudad Autnoma de Buenos Aires deben optar entre las dos estructuras posibles para los niveles de educacin primaria y secundaria (6 aos para el nivel de educacin primaria y 6 aos para la secundaria una estructura de 7 aos para la primaria y de 5 aos para el nivel de educacin secundaria) y la nueva estructura deber estar implementada en todas las jurisdicciones antes del ao 2012.

    Educacin secundaria

    Sobre la base de la Ley Federal de Educacin de 1993, despus del cumplimiento de la EGB los estudios de educacin polimodal tenan tres aos de duracin como mnimo, y contemplaban dos tipos de formacin: una formacin general para asegurar la adquisicin de un ncleo de competencias bsicas, y una formacin orientada con contenidos diferenciados definidos por las distintas instituciones. En paralelo con el nivel polimodal, se consideraba un trayecto tcnico profesional habilitante para tareas especficas y que poda llegar hasta un ao ms de estudios para obtener el ttulo de tcnico. La LEN de 2006 ha reintroducido la educacin secundaria, de carcter obligatorio, de una duracin de 6 o 5 aos. La educacin secundaria se divide en dos ciclos: un ciclo bsico, de carcter comn a todas las orientaciones, y un ciclo orientado, de carcter diversificado segn distintas reas del conocimiento, del mundo social y del trabajo.

    La educacin tcnico profesional a nivel medio (secundario) y superior no universitario est regulada por la Ley n 26.058 de 2005 y se imparte en instituciones de educacin tcnico profesional de nivel medio, instituciones de educacin tcnico profesional de nivel superior no universitario, e instituciones de formacin profesional. Las ofertas de educacin tcnico profesional se estructuran utilizando como referencia perfiles profesionales en el marco de familias profesionales para los distintos sectores de actividad socio-productivo, elaboradas por el Instituto Nacional de Educacin Tecnolgica (INET) en el marco de los procesos de consulta que resulten pertinentes a nivel nacional y jurisdiccional. De acuerdo a la Ley n 26.058 los planes de estudio de la educacin tcnico profesional de nivel medio tienen una duracin mnima de seis aos, estructurados segn los criterios organizativos adoptados por cada jurisdiccin y resguardando la calidad de tal servicio.

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  • Datos Mundiales de Educacin. 7a edicin, 2010/11

    Educacin superior

    La educacin superior no universitaria se ofrece en los Institutos Superiores de Formacin Docente o equivalentes y en los Institutos de Formacin Tcnica que otorgan ttulos profesionales y estarn articulados horizontal y verticalmente con la universidad. La duracin de los estudios vara entre dos aos y medio y cuatro aos. La formacin docente es parte constitutiva del nivel de educacin superior y tiene como funciones, entre otras, la formacin docente inicial, la formacin docente continua, el apoyo pedaggico a las escuelas y la investigacin educativa. Sobre la base de la LEN de 2006, la formacin docente se estructura en dos ciclos: a) una formacin bsica comn, centrada en los fundamentos de la profesin docente y el conocimiento y reflexin de la realidad educativa y, b) una formacin especializada, para la enseanza de los contenidos curriculares de cada nivel y modalidad. La formacin docente para el nivel inicial y primario tiene cuatro aos de duracin y se introducirn formas de residencia, segn las definiciones establecidas por cada jurisdiccin y de acuerdo con la reglamentacin existente. Asimismo, el desarrollo de prcticas docentes de estudios a distancia deber realizarse de manera presencial.

    La educacin superior de nivel universitario est bajo la responsabilidad de las

    universidades y de las instituciones acadmicas, cientficas y profesionales de reconocido nivel, siendo requisito para quienes se inscriban el haber terminado la etapa de grado o acreditar conocimiento y experiencia suficientes para el cursado del mismo. Existen diversas denominaciones de ttulos, grados, diplomas y certificaciones. En el caso de las instituciones universitarias, corresponde a stas exclusivamente el otorgar el ttulo de grado de licenciado y los ttulos correspondientes, as como otorgar los ttulos de posgrado de magster y doctor. Las carreras de grado conducentes al titulo de licenciado o equivalente solo pueden ser impartidas por instituciones universitarias; se desarrollan en un mnimo de cuatro aos y tienen una carga horaria mnima presencial de 2.600 horas reloj. Hay tres tipos de carreras posgrado: a) especializacin: profundizaciones en el dominio de un tema o rea profesional dentro de una profesin o de un campo de aplicacin de varias profesiones, a travs de un entrenamiento intensivo; la carga horaria mnima es de 360 horas reloj presenciales; b) maestra: formacin superior en una disciplina o rea interdisciplinaria, en que se profundiza la formacin terica, tecnolgica, y profesional para la investigacin y el estado de conocimiento correspondiente a esa disciplina o rea; incluye la elaboracin de un trabajo, proyecto, obra o tesis de maestra, bajo la supervisin de un director y culmina con la evaluacin por parte de un jurado; la duracin mnima es de 540 horas reloj presenciales ms un mnimo de 60 horas de tutoras y tareas de investigacin, diferentes de las horas de trabajo para la tesis; c) doctorado: tiene por objeto la obtencin de verdaderos aportes originales en una rea de conocimiento, concretizados en una tesis realizada bajo la supervisin de un director; no tiene una carga horaria mnima y culmina con la evaluacin de la tesis por parte de un jurado.

    En cuanto al ao escolar, la Ley n 25.864 de 2004 ha fijado un ciclo lectivo anual mnimo de 180 das efectivos de clase para los establecimientos educativos de todo el pas en los que se imparta educacin inicial, educacin general bsica y educacin polimodal (a partir de 2006, educacin primaria y secundaria) o sus respectivos equivalentes.

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    El proceso educativo Independientemente de la situacin de los sistemas educativos provinciales, de sus tradiciones y sus capacidades, los acuerdos alcanzados en el Consejo Federal de Educacin a partir de 1993 tuvieron dos rasgos fundamentales: un ritmo acelerado de aplicacin y una estrategia simultnea de cambio. La integralidad del cambio signific modificar al mismo tiempo la nueva estructura de ciclos y niveles, la elaboracin e implementacin de nuevos diseos curriculares, la ejecucin de programas compensatorios, el desarrollo de cursos de capacitacin para la actualizacin docente, el mejoramiento y ampliacin de la infraestructura, y la innovacin de la gestin institucional, entre otros.

    Entre los aos 1994 y 1998 se concertaron en el Consejo Federal de Cultura y Educacin los Contenidos Bsicos Comunes, los diseos curriculares, las modalidades y las formas de evaluacin de los ciclos, los niveles y regmenes especiales que componen el sistema educativo. La poltica curricular desarrollada en la dcada de 1990 defini tres niveles de especificacin curricular: el nacional, el jurisdiccional y el institucional. Los Contenidos Bsicos Comunes (CBC) para los distintos niveles del sistema educativo, definidos en el mbito nacional, procuraron establecer el universo de saberes considerados legtimos para su enseanza en las escuelas de todo el pas. El proceso de reforma curricular provoc una importante movilizacin de recursos tcnicos y financieros.

    Los productos acordados entre 1994 y 1998 fueron: los CBC para la educacin general bsica (1994) y la educacin inicial (1995); los Contenidos Bsicos Comunes y Orientados para la educacin polimodal (1997); y los Contenidos Bsicos Comunes y Contenidos Curriculares Bsicos para la formacin docente (1998). Los acuerdos de aprobacin de los CBC fueron refrendados por el Ministerio de Educacin de la Nacin por medio de diferentes resoluciones para otorgar validez nacional a los ttulos. El acuerdo de contenidos bsicos para todos los ciclos y niveles permiti a las provincias tener una base curricular comn para desarrollar sus diseos curriculares y sus orientaciones curriculares para los regmenes especiales.

    Aprobados los contenidos bsicos para cada uno de los niveles y modalidades, el Ministerio de Educacin de la Nacin organiz un proceso concertado de elaboracin de diseos curriculares con los equipos tcnicos provinciales. Las estructuras de gestin de los ministerios de educacin de las provincias, en su mayora, no contaban con reas de currculo. Esta situacin gener la necesidad de constituir equipos capaces de asumir las tareas que requera poner en marcha la definicin de diseos curriculares para los diferentes ciclos y niveles del sistema educativo provincial.

    Las provincias y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires formularon sus diseos curriculares impulsando un proceso de seleccin, contextualizacin y secuenciacin de los CBC y la definicin de la metodologa de enseanza y de los criterios de promocin y acreditacin. Los Seminarios Cooperativos para la Transformacin Curricular se constituyeron en el mecanismo de articulacin entre los

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    lineamientos producidos por el nivel nacional y las producciones de las comisiones curriculares de cada provincia. Por este medio, se procur generar un espacio para mejorar la produccin de los equipos provinciales y monitorear, desde el Ministerio nacional, el ritmo y la calidad de la produccin curricular en el mbito federal.

    Esta modalidad de trabajo tuvo lugar durante los aos 1995 a 1999. Como resultado, se elaboraron los Diseos Curriculares Compatibles, documentos que, fundamentalmente en las provincias con menor capacidad tcnica, se constituyeron en modelos a seguir. Tomando como base los diseos curriculares provinciales, las instituciones educativas debieron definir su propio proyecto curricular (Proyecto Educativo Institucional, PEI), incluyendo los proyectos de enseanza desarrollados por cada docente. Para cada uno de estos niveles de especificacin se formularon normas y mecanismos que encuadraron legal y tcnicamente el desarrollo del currculo.

    Un logro importante de este proceso fue la posibilidad de contar con contenidos renovados en forma simultnea para todo el pas. Estos contenidos, adems de atender a la equidad del sistema educativo nacional, constituyeron un marco de referencia para la formacin y capacitacin de los docentes y los parmetros de evaluacin de la calidad de los aprendizajes. Sin embargo, no lograron estipularse, en los niveles federal y jurisdiccional, criterios para priorizar contenidos y competencias mnimas para cada uno de los niveles y ciclos educativos en funcin de problemas educativos especficos y heterogneos.

    Las Estructuras Curriculares Bsicas que se concertaron federalmente contienen disposiciones respecto de las cargas horarias, cantidad, tipo de asignaturas y criterios de distribucin horaria. Se trataba un dispositivo de intermediacin entre los CBC (primer nivel de especificacin curricular) y los lineamientos o diseos curriculares de las provincias (segundo nivel de especificacin curricular). Se entiende por Estructura Curricular Bsica a una matriz que permite organizar y distribuir en el tiempo los contenidos a ensear, define las relaciones entre ellos, incorpora reglas de composicin y los agrupa en unidades de acreditacin llamadas espacios curriculares (asignaturas, materias, talleres, entre otros formatos pedaggicos). Los contenidos designan al conjunto de saberes o formas culturales cuya asimilacin y apropiacin por parte de los alumnos se considera esencial para la formacin de competencias. Se han sugerido ocho criterios para la seleccin, organizacin y formulacin de los CBC: significatividad social; extensin y profundidad; integracin y totalizacin; articulacin horizontal y vertical; actualizacin; apertura; jerarquizacin; y claridad y sencillez de los CBC.

    En la resolucin del Consejo Federal de Cultura y Educacin n 214 de abril de 2004 se propuso reducir desigualdades y recuperar la centralidad de los aprendizajes. A tal fin el Ministerio de Educacin, Ciencia y Tecnologa de la Nacin (hoy el Ministerio de Educacin), las Provincias y la Ciudad Autnoma de Buenos Aires se comprometieron a: desarrollar una poltica orientada a dar unidad al sistema; identificar un ncleo de aprendizajes prioritarios desde el nivel inicial hasta la educacin polimodal/media y su consecuente incidencia en la formacin docente; y realizar todas las acciones necesarias para posibilitar el acceso a los aprendizajes prioritarios.

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    La propuesta aprobada en el seno de la Asamblea del Consejo Federal de Educacin, procur asegurar una base de unidad al sistema atendiendo a la diversidad de sus realidades y generar intervenciones que constituyan ayudas a la tarea del aula. Plante trabajar sobre dos procesos articulados y desarrollados cooperativamente entre el Ministerio Nacional, los Ministerios Provinciales y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en particular para identificar un ncleo de aprendizajes prioritarios, que acten como referentes y estructurantes de: la tarea docente; la informacin y participacin de la familia y otros sectores de la comunidad; la formalizacin de compromisos de accin de los gobiernos provinciales y de la ciudad de Buenos Aires; las acciones de los distintos programas del Ministerio Nacional; los procesos de evaluacin de la calidad; y las decisiones relacionadas con la movilidad interjurisdiccional de los alumnos.

    Actualmente, las polticas curriculares establecidas por el Ministerio de Educacin (ME) para cada uno de los niveles y modalidades del sistema educativo son definidas a partir de la conviccin de que la educacin debe brindar las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formacin integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en cada educando la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien comn. A partir de esto y con el propsito de asegurar una educacin de calidad, la cohesin y la integracin nacional, la nueva LEN de 2006 establece que el ME en acuerdo con el Consejo Federal de Educacin, es el responsable de: definir estructuras y contenidos curriculares comunes y ncleos de aprendizaje prioritarios en todos los niveles y aos de la escolaridad obligatoria, estableciendo mecanismos de renovacin peridica total o parcial de dichos contenidos.

    En el marco de la necesaria actualizacin del currculo escolar en todos los niveles del sistema educativo, dentro de las acciones desarrolladas por el ME se ha priorizado la introduccin de nuevos contenidos en reas fundamentales para la formacin ciudadana de nuevas generaciones. Entre stas, se pueden mencionar la educacin sexual, la alfabetizacin cientfica y los derechos humanos. En esta lnea tambin se consideran prioritarias la lectura y escritura y la enseanza de las ciencias. Adems la LEN establece que debern formar parte de los contenidos curriculares comunes en todas las jurisdicciones una perspectiva regional latinoamericana, particularmente de la regin del MERCOSUR, en el marco de la construccin de una identidad nacional abierta y respetuosa de la diversidad; la causa de la recuperacin de nuestras Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur; el ejercicio y construccin de la memoria colectiva sobre los procesos histricos y polticos que quebraron el orden constitucional y terminaron instaurando el terrorismo de Estado; el conocimiento de los derechos de las nias, nios y jvenes, establecidos en la Convencin sobre los Derechos del Nio, as como el conocimiento de la diversidad cultural de los pueblos indgenas y sus derechos y de aquellos contenidos y enfoques que contribuyan a generar relaciones basadas en la igualdad, la solidaridad y el respeto entre los sexos.

    Los ncleos de aprendizaje prioritarios (NAP) constituyen un conjunto de saberes que deben formar parte de la educacin de todas las nias, nios y jvenes. El objetivo es generar igualdad de posibilidades de acceso a los conocimientos que

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    contribuyan a su integracin social plena y al sostn de valores que favorezcan el bien comn, la convivencia social, el trabajo compartido y el respeto por las diferencias.

    El punto de partida de la aprobacin de los NAP estuvo dado por una gran preocupacin frente a las desigualdades existentes en el interior del sistema educativo, en un escenario sumamente heterogneo y fragmentado a lo largo y a lo ancho del pas. En ese contexto, surgi la necesidad de ejecutar polticas para avanzar en la conformacin de una plataforma comn; recuperar la centralidad de la enseanza y promover aprendizajes, en el sentido de construccin de la ciudadana. Se aspir as, a que los aprendizajes prioritarios contribuyeran a asegurar una base de unidad del sistema educativo nacional y a garantizar que todos los habitantes alcanzaran competencias, capacidades y saberes equivalentes con independencia de su ubicacin social y territorial.

    De tal modo en el ao 2004, en el marco del Consejo Federal de Educacin (CFE), las autoridades educativas de todas las jurisdicciones acordaron la aprobacin de los NAP para el nivel inicial y primer ciclo de educacin primaria de las reas de lengua, ciencias sociales, ciencias naturales y matemtica (Resolucin del CFE n 228/04). El acuerdo no implic un desconocimiento de las definiciones logradas hasta ese momento por cada jurisdiccin en sus respectivos diseos curriculares. Por el contrario, la identificacin colectiva de los NAP sita a cada una de ellas, sobre la base de sus particularidades locales, en oportunidad de poner el acento en aquellos saberes considerados comunes entre jurisdicciones e ineludibles desde una perspectiva de conjunto. Los NAP fueron elaborados por representantes polticos, tcnicos, supervisores y docentes de las provincias argentinas y de la Ciudad de Buenos Aires y por los equipos tcnicos del Ministerio.

    Por medio de la Resolucin n 37/07 del mes de noviembre 2007, la Asamblea del CFE aprob los NAP para el primer ciclo de la educacin primaria de las reas de formacin tica y ciudadana, de educacin artstica, de educacin tecnolgica y de educacin fsica. Las jurisdicciones conservan la autonoma necesaria para disponer distintos formatos y tiempos para la enseanza de los NAP concertados y tienen la posibilidad de adecuarla a la realidad de sus sistemas educativos y a las normativas jurisdiccionales correspondientes al nivel y al ciclo.

    En sntesis, un ncleo de aprendizajes prioritarios en la escuela refiere a un conjunto de saberes centrales, relevantes y significativos, que incorporados como objetos de enseanza, contribuyan a desarrollar, construir y ampliarlas posibilidades cognitivas, expresivas y sociales que los nios ponen en juego y recrean cotidianamente en su encuentro con la cultura, enriqueciendo de ese modo la experiencia personal y social en sentido amplio. Estos NAP sern un organizador de la enseanza orientada a promover mltiples y ricos procesos de construccin de conocimientos, potenciando las posibilidades de la infancia pero atendiendo a la vez ritmos y estilos de aprendizaje singulares a travs de la creacin de mltiples ambientes y condiciones para que ello ocurra.

    Los NAP se secuencian anualmente, atendiendo a un proceso de diferenciacin e integracin progresivas y a la necesaria flexibilidad dentro de cada ciclo y entre ciclos. En ese ltimo sentido, la secuenciacin anual pretende orientar la revisin de las prcticas de enseanza en funcin de lo compartido entre provincias, y

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    no debe interpretarse como un diseo que sustituye o niega las definiciones jurisdiccionales, construidas atendiendo a las particularidades histricas, culturales, geogrficas, de tradiciones locales y regionales.

    Los aprendizajes definidos no deben ni pueden ser interpretados linealmente como indicadores de acreditacin vinculantes con la promocin de los alumnos. Deben considerarse como indicios de progreso de los alumnos, los que determinarn las intervenciones docentes pertinentes. Asimismo, las decisiones sobre la acreditacin y/o promocin de los alumnos debern ser definidas en el marco de las polticas y las normativas sobre evaluacin vigentes en cada jurisdiccin. El propsito de que los aprendizajes priorizados se constituyan en una base comn para la enseanza no implica que sta se reduzca solamente a ellos y tampoco a las reas seleccionadas en esta primera etapa. Las propuestas de enseanza debern buscar un equilibrio y una integracin entre saberes de carcter universal y aquellos que recuperan los saberes sociales construidos en marcos de diversidad socio-cultural; entre saberes conceptuales y formas diversas de sensibilidad y expresin; entre dominios y formas de pensar propios de saberes disciplinarios especficos y aquellos comunes que refieren a cruces entre disciplinas y modos de pensamiento racional y crtico que comparten las diferentes reas/disciplinas objeto de enseanza. En este cuadro general, se aspira a que los aprendizajes priorizados otorguen cohesin a la prctica docente y acten como enriquecedores de las experiencias educativas surgidas de los proyectos institucionales y de las polticas provinciales.

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    Educacin preprimaria (educacin inicial)

    Los objetivos de la educacin inicial, de acuerdo a lo que expresa la Ley Nacional de Educacin de 2006, son los siguientes:

    Promover el aprendizaje y desarrollo de los/as nios/as de 45 das a 5 aos de edad inclusive, como sujetos de derechos y partcipes activos/as de un proceso de formacin integral, miembros de una familia y de una comunidad.

    Promover en los/as nios/as la solidaridad, confianza, cuidado, amistad y respeto a s mismo y a los/as otros/as.

    Desarrollar su capacidad creativa y el placer por el conocimiento en las experiencias de aprendizaje.

    Promover el juego como contenido de alto valor cultural para el desarrollo cognitivo, afectivo, tico, esttico, motor y social.

    Desarrollar la capacidad de expresin y comunicacin a travs de los distintos lenguajes, verbales y no verbales: el movimiento, la msica, la expresin plstica y la literatura.

    Favorecer la formacin corporal y motriz a travs de la educacin fsica. Propiciar la participacin de las familias en el cuidado y la tarea educativa

    promoviendo la comunicacin y el respeto mutuo. Atender a las desigualdades educativas de origen social y familiar para

    favorecer una integracin plena de todos/as los/as nios/as en el sistema educativo.

    Prevenir y atender necesidades especiales y dificultades de aprendizaje. La Ley tambin seala que todos los establecimientos que presten servicios de

    educacin inicial (sean de gestin estatal o privada) deben ser autorizados y supervisados por las autoridades educativas de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires. Este control se hace extensivo a las actividades pedaggicas dirigidas a nios/as menores de tres aos, las que debern estar a cargo de personal especializado.

    Le compete a la educacin inicial la atencin de la poblacin infantil desde su

    nacimiento hasta los 6 aos de edad. El nivel inicial es el primer trayecto del sistema educativo, como tal, constituye una experiencia importante e irrepetible en la historia personal, en algunos casos decisiva, respecto del logro de futuros aprendizajes y de trayectorias escolares completas.

    Se imparte educacin inicial en jardines de infantes de dependencia nacional, provincial y municipal y de rgimen oficial y privado. En cuanto a las modalidades de organizacin, bsicamente pueden distinguirse dos tipos de establecimientos: a) los Anexos pueden llegar a funcionar con el mismo plantel directivo del establecimiento, compartiendo el edificio, ya sea de nivel primario o secundario; los anexos que estn organizados bajo el sistema de nuclearizacin dependen de otro director; b) los Autnomos cuentan con direccin propia y funcionan como entidades independientes.

    En las instituciones de gestin privada se incluyen las iniciativas de sindicatos y empresas como as tambin las instituciones de gestin mixta es decir, aquellas que reciben un aporte estatal para atender los salarios docentes.

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    Los servicios de educacin preprimaria estn estructurados en dos ciclos: el jardn maternal que atiende nios desde los 45 das a los 2 aos, y el jardn de infantes que atiende nios de 3, 4 y 5 aos; siendo la sala de 5 aos obligatoria desde el ao 1993 (Ley Federal de Educacin).

    Algunas escuelas cuentan con gabinete psicopedaggico; otras veces un gabinete escolar o psicopedaggico atiende a un grupo de escuelas o a una zona. Cuando existen, su funcin est centrada en la orientacin educacional. El gabinete tiene tambin una funcin institucional hacia el centro escolar. Hay escuelas que tambin cuentan con una serie de servicios tales como mdicos, dentistas o asistentes sociales. En algunas provincias estos servicios se ofrecen por grupos de escuelas y su sede es el distrito, la zona o el conjunto de distritos escolares. Por otra parte, existe una asistencia social al escolar que se dirige bsicamente a compensar las deficiencias educativas que tienen su origen en las causas socio-econmicas y que comprende distintos aspectos. El subsidio por escolaridad est previsto para todos los trabajadores en relacin de dependencia por cada hijo en el nivel. Adems, el boleto escolar cubre a todos los estudiantes de nivel inicial, preferentemente de escuelas pblicas. La copa de leche y los comedores escolares atienden a un elevado porcentaje de los alumnos, aun cuando no siempre es posible ofrecer una alta cuota calrica.

    Ciertas jurisdicciones cuentan con becas, cuyos montos no siempre son suficientes, y con la provisin de la denominada canasta escolar, que incluye vestimenta, tiles escolares y textos. Estas canastas, as como muchas veces las becas, tienden a ser distribuidas mediante actividades de tipo cooperativo.

    La educacin fsica est incorporada al nivel con algunas horas semanales. En forma gradual se han incorporado a la enseanza profesores especializados en la materia para cumplimentar la carga horaria correspondiente.

    Las estrategias de cambio ms frecuentemente desarrolladas se orientan en torno a los programas de promocin de jardines maternales y a las polticas de expansin del nivel inicial, fundamentalmente con la construccin de edificios o el diseo de alternativas no formales en las zonas, y la apertura de secciones en los mbitos urbanos. Adems, las propuestas apuntan al rediseo curricular, a la formacin y capacitacin del personal docente y a la articulacin del subsistema del nivel inicial con el primario. Todo esto, con miras a asegurar la continuidad pedaggica, los proyectos de integracin y participacin de la comunidad local a travs de la constitucin de bibliotecas familiares, y los contenidos socio-culturales en la formacin y capacitacin de docentes.

    Los Contenidos Bsicos Comunes (CBC) para el ltimo ao del nivel inicial se organizan de acuerdo con las siguientes reas: lengua y literatura.; matemtica; rea expresiva (educacin fsica, expresin corporal, msica y plstica); rea social, natural y tecnolgica (integrada). Cada jurisdiccin tiene documentos curriculares destinados al nivel inicial. Las normas curriculares dependen de las direcciones de rea de cada una de las jurisdicciones. En este punto conviven diferentes tradiciones y diferentes niveles de desarrollo de las pautas curriculares.

    El Consejo Federal de Cultura y Educacin (hoy el Consejo Federal de Educacin) con fecha 27 de abril de 2004 emiti por unanimidad la Resolucin n

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    214/04 con la decisin de ejecutar polticas que aseguren una base de unidad del Sistema Educativo Nacional y que garanticen que todos los habitantes alcancen saberes equivalentes con independencia de su ubicacin social y territorial. Esta resolucin acuerda la identificacin de los Ncleos de Aprendizaje Prioritarios (NAP) y el compromiso de realizar las acciones necesarias para favorecer y posibilitar el acceso de todos los nios a esos aprendizajes. Es as que los NAP han sido considerados saberes imprescindibles para el nivel inicial, conformando una plataforma de base comn para la enseanza en todos los jardines del pas. Es importante destacar que esta decisin no implica que slo esto se va a ensear y tampoco expresa que sea lo nico que los nios aprendern. El propsito es garantizar la igualdad de derechos y oportunidades para que todos los nios aprendan saberes que se consideran imprescindibles para que puedan integrarse plenamente a la sociedad.

    En sntesis, esta estrategia curricular busca aunar compromisos frente al desafo y responsabilidad de los estados nacional y provinciales sumando el compromiso de sus maestros, familias y comunidad, para contribuir en la construccin de un proyecto de pas que revierta las injusticias y logre la integracin social plena reconociendo para ello el valor de la educacin.

    Los NAP del nivel inicial consideran los siguientes objetivos: a) propiciar la conformacin de identidad personal y colectiva, promoviendo el reconocimiento de culturas, lenguajes e historias personal, familiar, local, provincial, regional y nacional; b) promover el conocimiento y respeto de valores y normas para la formacin de actitudes en relacin con la confianza en s mismo, en los otros, la autonoma, la solidaridad, la cooperacin, amistad, trabajo compartido, etc.; c) propiciar la comunicacin y expresin a travs de los diferentes lenguajes verbales y no verbales, brindando un mbito confiable que ofrezca oportunidades para adquirir seguridad en los recursos propios, en la relacin con los otros y que promueva el conocimiento del mundo cultural; d) alentar el juego como contenido cultural de valor, incentivando su presencia en las actividades cotidianas; e) asegurar la enseanza de conocimientos significativos que amplen sus saberes y aumenten el placer por conocer; f) promover la alfabetizacin inicial reconociendo la importancia del lenguaje para el acceso a los conocimientos, para recrear las prcticas culturales al mismo tiempo que posibilitar el ingreso a otros mundos posibles; g) reconocer el valor de la diversidad de las lenguas y culturas indgenas y otras expresiones particulares de las infancias pertenecientes a espacios sociales rurales y urbanos; h) favorecer la indagacin del ambiente promoviendo el conocimiento y organizacin de la realidad. Iniciarse en la identificacin de problemas ambientales que afectan la vida cotidiana; i) promover la apropiacin de hbitos saludables que contribuyan al cuidado de s, de los otros y del ambiente; l) integrar a las familias en la tarea educativa promoviendo la comunicacin y el respeto mutuo y articular con la comunidad para potenciar el logro de los objetivos educativos; m) articular intra ciclos y con el nivel siguiente conociendo y compatibilizando las estrategias pedaggicas y didcticas.

    No existen pautas homogneas de evaluacin. Los criterios e instrumentos son elegidos y decididos en el marco del proyecto pedaggico de cada institucin. Para el nivel inicial, la carga horaria mnima es de 540 horas reloj anuales (tres horas diarias durante 180 das de clases).

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    Para el 2001, ao del ltimo Censo Nacional de Poblacin y Vivienda, la tasa neta de escolarizacin de sala de 5 aos del nivel inicial era del 90,76%. Para 2005, la matrcula total en educacin inicial ascendi a 1.324.529 nios/as, lo que constituye el 94,7% para el total pas, aunque existan disparidades provinciales e intraprovinciales. En 2006 se ha registrado una matrcula total de 1.354.606 nios/as en 16.432 unidades educativas atendidas por docentes designados en 84.027 cargos docentes y 53.460 horas ctedra. El sector estatal concentra el 75,2% % de las unidades educativas y el 69,3% de los alumnos de este nivel de enseanza.

    No obstante la instituida obligatoriedad de la asistencia a la sala de 5 aos, todava persisten en la actualidad brechas en las condiciones de acceso de la poblacin as como fuertes heterogeneidades en la oferta. Por otra parte, la poblacin de 3 y 4 aos presenta todava un acceso muy desigual a los servicios y existen problemas generalizados de cobertura, con distinta intensidad y alcance segn las jurisdicciones.

    Educacin primaria

    De acuerdo a la Ley Nacional de Educacin de 2006, la educacin primaria tiene por finalidad proporcionar una formacin integral, bsica y comn y sus objetivos son los siguientes:

    Garantizar a todos/as los/as nios/as el acceso a un conjunto de saberes comunes que les permitan participar de manera plena y acorde a su edad en la vida familiar, escolar y comunitaria.

    Ofrecer las condiciones necesarias para un desarrollo integral de la infancia en todas sus dimensiones.

    Brindar oportunidades equitativas a todos/as los/as nios/as para el aprendizaje de saberes significativos en los diversos campos del conocimiento, en especial la lengua y la comunicacin, las ciencias sociales, la matemtica, las ciencias naturales y el medio ambiente, las lenguas extranjeras, el arte y la cultura y la capacidad de aplicarlos en situaciones de la vida cotidiana.

    Generar las condiciones pedaggicas para el manejo de las nuevas tecnologas de la informacin y la comunicacin, as como para la produccin y recepcin crtica de los discursos mediticos.

    Promover el desarrollo de una actitud de esfuerzo, trabajo y responsabilidad en el estudio y de curiosidad e inters por el aprendizaje, fortaleciendo la confianza en las propias posibilidades de aprender.

    Desarrollar la iniciativa individual y el trabajo en equipo y hbitos de convivencia solidaria y cooperacin.

    Fomentar el desarrollo de la creatividad y la expresin, el placer esttico y la comprensin, conocimiento y valoracin de las distintas manifestaciones del arte y la cultura.

    Brindar una formacin tica que habilite para el ejercicio de una ciudadana responsable y permita asumir los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien comn.

    Ofrecer los conocimientos y las estrategias cognitivas necesarias para continuar los estudios en la Educacin Secundaria.

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    Brindar oportunidades para una educacin fsica que promueva la formacin corporal y motriz y consolide el desarrollo armnico de todos/as los/as nios/as.

    Promover el juego como actividad necesaria para el desarrollo cognitivo, afectivo, tico, esttico, motor y social.

    Promover el conocimiento y los valores que permitan el desarrollo de actitudes de proteccin y cuidado del patrimonio cultural y el medio ambiente.

    De acuerdo a la LEN, la enseanza de al menos un idioma extranjero ser obligatoria en todas las escuelas de nivel primario y secundario del pas; las estrategias y los plazos de implementacin de esta disposicin sern fijados por resoluciones del Consejo Federal de Educacin (Art. 87). Adems, El Ministerio de Educacin, en acuerdo con el Consejo Federal de Educacin, dispondr las medidas necesarias para proveer la educacin ambiental en todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional, con la finalidad de promover valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado y la proteccin de la diversidad biolgica; que propendan a la preservacin de los recursos naturales y a su utilizacin sostenible y que mejoren la calidad de vida de la poblacin (Art. 89).

    Un desafo planteado por la LEN es extender la oferta educativa de jornada completa, fundamentalmente para los sectores en condiciones desfavorecidas (las escuelas primarias sern de jornada extendida o completa con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos fijados para este nivel por la presente ley, Art. 28). El diseo e implementacin de esta propuesta pedaggica tiene el propsito de ampliar el horizonte de experiencias educativas de todas las nias y nios, ofrecindoles espacios para vincularse con saberes relacionados con las nuevas tecnologas, la comunicacin y los medios, las ciencias, las artes, las lenguas extranjeras, el cuerpo y el movimiento, el juego y los deportes, as como actividades relativas a su formacin como estudiantes. Es importante sealar que este tipo de propuesta educativa para el nivel primario ha crecido en los ltimos aos.

    La modalidad de educacin especial est destinada a asegurar el derecho a la educacin de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del sistema educativo (Art. 42). La educacin especial se rige por el principio de inclusin educativa, buscando garantizar la integracin de los alumnos y alumnas. Con el propsito de asegurar el derecho a la educacin, la integracin escolar y favorecer la insercin social de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, las autoridades jurisdiccionales dispondrn las medidas necesarias para: a) posibilitar una trayectoria educativa integral que permita el acceso a los saberes tecnolgicos, artsticos y culturales; b) contar con el personal especializado suficiente que trabaje en equipo con los/as docentes de la escuela comn; c) asegurar la cobertura de los servicios educativos especiales, el transporte, los recursos tcnicos y materiales necesarios para el desarrollo del currculo escolar; d) propiciar alternativas de continuidad para su formacin a lo largo de toda la vida; y e) garantizar la accesibilidad fsica de todos los edificios escolares (Art. 44).

    Antes de la introduccin de la nueva estructura educativa por medio de la LEN de 2006, para el primero y segundo ciclo de la educacin general bsica (EGB) los Contenidos Bsicos Comunes (CBC) contemplaban una combinacin de disciplinas y reas de bajo nivel de integracin y totalizacin, para facilitar procesos de articulacin

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    intracurricular en las provincias y/o en la Ciudad de Buenos Aires (CBA), y para respetar al mismo tiempo los casos en que no se considere adecuado proceder a mayores niveles de integracin. Esa combinacin es la siguiente: matemtica; lengua y literatura; ciencias naturales; ciencias sociales; tecnologa; educacin esttico-expresiva; educacin fsico-deportiva.

    Los CBC para el primero y segundo ciclo de la EGB se han determinado por ciclo y no por grado para facilitar su integracin de acuerdo con las peculiaridades de las provincias y de la CBA, privilegiando el criterio segn el cual para lograr equidad en contextos diferentes es conveniente adoptar estrategias, entre ellas la secuenciacin, tambin diferentes. Las disciplinas del tercer ciclo de la EGB se agrupan segn las reas previstas para el primer y segundo ciclo. En los CBC para el tercer ciclo de la EGB, se mantiene una graduacin por ao.

    Los CBC por cada ciclo incluyen sugerencias para lograr mayores niveles de globalidad e integracin y/o desagregacin, segn la estrategia de diseos curriculares que cada provincia elija. Los volmenes centrales de la presentacin de los CBC para cada nivel incluyen, adems de las reas y/o disciplinas, una propuesta de temas transversales. Se definen como contenidos transversales aquellos contenidos que recogen demandas y problemticas sociales, comunitarias y/o laborales relacionadas con temas, procedimientos y/o actitudes de inters general. Su tratamiento requiere del aporte de distintas disciplinas, ya que pueden ser elaborados con distintos niveles de complejidad y profundidad segn los saberes previos, los intereses y otras cuestiones que slo es posible precisar en el nivel de cada institucin escolar.

    Para la EGB se considera de una carga horaria mnima de 720 horas reloj anuales (cuatro horas diarias durante 180 das de clase), tendiendo a acercarse a las 900 horas anuales en el tercer ciclo (5 horas diarias durante 180 das de clase). A continuacin se presentan algunos ejemplos de horarios semanales en cada grado del primero y segundo ciclo de la EGB en varias provincias, relativos al periodo 1997-2002.

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    En cuanto al tercer ciclo de la EGB (sptimo a noveno ao), en 2001 el marco curricular de referencia era el siguiente:

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    Los Ncleos de Aprendizajes Prioritarios (NAP) para el primer ciclo de la EGB/nivel primario, estn organizados por campos de conocimiento y por ao. Su formulacin incluye los saberes que se propone promover para el ciclo desde la enseanza en esos campos. Como qued expresado en el Documento aprobado por Resolucin n 225/04 del Consejo Federal de Educacin la organizacin de los NAP no debe interpretarse como un diseo que sustituye o niega las definiciones jurisdiccionales. La Resolucin en cuestin ha aprobado los NAP para matemtica, lengua, ciencias sociales y ciencias naturales.

    Segn el relevamiento anual de la DINIECE (2007), la sobreedad en la escuela primaria era del 25% en el 2006 y registr un aumento de 3 puntos con relacin a 1997, por lo que se trata de un problema que se inicia en este nivel y que se ha agravado en los ltimos aos. A pesar del aumento en la cobertura del nivel inicial, se llega a casi un 10% de repitencia en el primer grado de primaria (Ministerio de Educacin, Documento preliminar para la discusin sobre la educacin secundaria en Argentina, 2008). En 2001, la tasa neta de escolarizacin para el nivel primario (grupo de edad 6-12 aos) era del 97,9% (Ministerio de Educacin, Informe nacional sobre el desarrollo de la educacin, 2008).

    Educacin secundaria

    De acuerdo a la Ley Nacional de Educacin de 2006, la educacin secundaria tiene la finalidad de habilitar a los/las adolescentes y jvenes para el ejercicio pleno de la ciudadana, para el trabajo y para la continuacin de estudios. Los objetivos de la educacin secundaria son los siguientes:

    Brindar una formacin tica que permita a los/as estudiantes desempearse como sujetos conscientes de sus derechos y obligaciones, que practican el pluralismo, la cooperacin y la solidaridad, que respetan los derechos

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    humanos, rechazan todo tipo de discriminacin, se preparan para el ejercicio de la ciudadana democrtica y preservan el patrimonio natural y cultural.

    Formar sujetos responsables, que sean capaces de utilizar el conocimiento como herramienta para comprender y transformar constructivamente su entorno social, econmico, ambiental y cultural, y de situarse como participantes activos/as en un mundo en permanente cambio.

    Desarrollar y consolidar en cada estudiante las capacidades de estudio, aprendizaje e investigacin, de trabajo individual y en equipo, de esfuerzo, iniciativa y responsabilidad, como condiciones necesarias para el acceso al mundo laboral, los estudios superiores y la educacin a lo largo de toda la vida.

    Desarrollar las competencias lingsticas, orales y escritas de la lengua espaola y comprender y expresarse en una lengua extranjera.

    Promover el acceso al conocimiento como saber integrado, a travs de las distintas reas y disciplinas que lo constituyen y a sus principales problemas, contenidos y mtodos.

    Desarrollar las capacidades necesarias para la comprensin y utilizacin inteligente y crtica de los nuevos lenguajes producidos en el campo de las tecnologas de la informacin y la comunicacin.

    Vincular a los/as estudiantes con el mundo del trabajo, la produccin, la ciencia y la tecnologa.

    Desarrollar procesos de orientacin vocacional a fin de permitir una adecuada eleccin profesional y ocupacional de los/as estudiantes.

    Estimular la creacin artstica, la libre expresin, el placer esttico y la comprensin de las distintas manifestaciones de la cultura.

    Promover la formacin corporal y motriz a travs de una educacin fsica acorde con los requerimientos del proceso de desarrollo integral de los adolescentes.

    Como se ha dicho anteriormente, la LEN de 2006 dispone que la educacin secundaria se divide en dos ciclos: un ciclo bsico, de carcter comn a todas las orientaciones (correspondiente en principio al precedente tercer ciclo de EGB; dos o tres aos de duracin, segn la localizacin del sptimo ao), y un ciclo orientado, de carcter diversificado segn las reas del conocimiento, del mundo social y del trabajo (de tres aos de duracin; de cuatro aos en las ofertas de modalidad tcnico profesional y artstica que as lo requieran). Antes del ao 2012 todas las jurisdicciones debern haber optado e implementado una de las dos estructuras posibles para los niveles de educacin primaria y secundaria (6 aos de primaria y 6 de secundaria, o 7 aos de primaria y 5 aos de secundaria).

    En cuanto a la estructura anterior (Ley Federal de 1993) la educacin polimodal constitua el primer tramo de escolaridad formal no obligatoria. Para ingresar a la educacin polimodal se requera haber aprobado la EGB (tercer ciclo). En el nivel polimodal se parta de una carga horaria mnima de 900 horas reloj anuales y la promocin de una carga horaria mnima de 1.080 horas anuales en el mediano plazo (seis horas diarias durante 180 das de clase). La enseanza polimodal inclua dos tipos de formacin. En primer lugar, una formacin general de fundamento para asegurar la adquisicin de un ncleo de competencias bsicas, con contenidos cubriendo aproximadamente el 50% de la carga horaria de nivel. En segundo lugar,

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    una formacin orientada representando aproximadamente el 30% de la carga horaria del nivel y articulada con contenidos diferenciados (20%) definidos por las diversas instituciones. Los dos tipos de formacin permitan configurar las siguientes cinco modalidades: ciencias naturales; economa y gestin de las organizaciones; humanidades y ciencias sociales; produccin de bienes y servicios; comunicacin, artes y diseo. Cada institucin poda ofrecer una o ms modalidades. El ciclo superior abarca dos aos para el bachillerato o el comercial y tres o ms para las escuelas industriales. A su trmino el alumno est habilitado para entrar al nivel superior, sea en los institutos de profesorado o en la universidad. Se otorga un certificado de finalizacin de estudios que, en el comercial e industrial, habilita para trabajar en ocupaciones especficas.

    A continuacin se presenta el marco curricular de referencia vigente en 2001 para la educacin polimodal, opcin humanidades y ciencias sociales:

    Hasta la aprobacin de la LEN de 2006, la educacin secundaria se ha impartido en distintas modalidades, cuya estructura y duracin vara segn modalidad, dependencia y/u organismo:

    Bachillerato (duracin: de cinco a siete aos): el bachillerato comn y el bachillerato especializado que diversifica su oferta segn la orientacin que se puede elegir en la universidad, pero no superan la propuesta del bachillerato

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    comn subsidiario de la universidad. Tambin el bachillerato en idiomas, especiales para comunidades extranjeras, y bachillerato con orientacin laboral para las reas de comercio, docencia y servicios varios, adems de un bachillerato libre para adultos. El ciclo superior abarca dos aos para el bachillerato o el comercial y tres o ms para las escuelas industriales. A su trmino el alumno est habilitado para entrar al nivel superior, sea en los institutos de profesorado o en la universidad. Se otorga un certificado de finalizacin de estudios que, en el comercial e industrial, habilita para trabajar en ocupaciones especficas.

    Comercial: hay planes del sector privado y del oficial cuya duracin es de cinco y seis aos, y planes de cuatro aos de duracin que se imparten en el turno de noche; para adultos hay planes de seis semestres.

    Tcnica: el denominado sistema principal de estudios prepara para graduarse en las especialidades profesionales o cientfico-tcnicas; se ofrecen diversas modalidades de instruccin destinadas a capacitar al alumno en una determinada rama de la actividad productiva, emiten ttulos intermedios que tienen validez oficial en todo el pas.

    Artstica: tiene distintas orientaciones en el nivel secundario y su duracin vara en funcin de ellas; en las escuelas polivalentes de arte, los planes de estudios articulan las modalidades artsticas con el bachillerato comn; se otorga el ttulo de maestro nacional en las especialidades que habilitan la docencia en el nivel primario, y el ttulo de bachiller.

    Agropecuaria: la enseanza agropecuaria comprende estudios breves de tres aos que forman expertos en distintas modalidades; la continuacin de los estudios tiende a formar agrnomos con salidas u orientaciones diversas.

    Los planes de estudios se han dividido en tres grandes grupos: a) planes incompletos: tienen una exigencia acadmica menor, el tiempo de duracin no alcanza a cinco aos, y no habilitan para la continuacin de estudios en el nivel terciario; b) planes completos unificados: su duracin base es de cinco aos, no estn organizados por ciclos y habilitan para seguir estudiando; c) planes completos por ciclos: comprenden el 70% del total de planes y se los ha dividido en tres ramas: general, bachillerato comn y especializado. Al finalizar este nivel, se otorgan ttulos que varan segn los estudios cursados: bachiller, comercial, tcnico en la especialidad cursada, experto o ingeniero agrnomo, etc.

    La obligatoriedad de la escuela secundaria y dems acciones previstas por la LEN 2006 implica revisar su sentido formativo, en tanto es el nivel sobre el que se han generado mayores crticas y, a la vez, mayores demandas de calidad. En relacin a las funciones especficas establecidas por la LEN, se deriva que el propsito fundamental de la escuela secundaria debe estar referido a su rol orientador. Se trata en definitiva de que cada joven adquiera las herramientas para construir su proyecto de vida. Es esa misin la que debe definir las decisiones curriculares. Es esa lnea de pensamiento y ese cometido los que justifican la necesidad de que el alumno tenga un currculo diverso que le pueda permitir conocer e introducirse en las categoras fundamentales de los distintos campos de la cultura. (Ministerio de Educacin, Documento preliminar para la discusin sobre la educacin secundaria en Argentina, 2008).

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    Del total de 28.236 establecimientos relevados al 2006, se observa una considerable variedad de organizaciones institucionales a tener en cuenta en este proceso de transicin en la aplicacin de la LEN. De los 22.530 establecimientos de gestin estatal, 2.150 son de EGB3, 6.324 de EGB completa, 644 de Primario EGB completa, 361 de Media, 116 de Media EGB, 702 de Medio Polimodal, y 1.554 de polimodal EGB3. La heterogeneidad en la estructura acadmica y de planes y programas, constituye una de las problemticas que hoy los gobiernos escolares estn abordando, dado que se encontraban estructuras diferentes tanto entre jurisdicciones como al interior de las mismas. Hay jurisdicciones con estructuras nicas de educacin secundaria de 6 aos, y otras de 5 aos (Ibid.). En 2005 se haban identificado por lo menos 55 modelos de establecimientos que combinan de diversos modos la oferta educativa pblica de nivel primario, secundario, de educacin general bsica y polimodal, como resultado de las diferentes decisiones provinciales (ver: Ministerio de Educacin, Ciencia y Tecnologa; DINIECE. El tercer ciclo de EGB. Descripcin de la oferta del sector estatal. Buenos Aires, enero de 2005).

    En el documento Lineamientos polticos y estratgicos de la educacin secundaria obligatoria publicado en octubre 2009 (Resolucin del CFE n 84/09), se plantea que la obligatoriedad pone en el centro de las preocupaciones a las trayectorias escolares de todos los adolescentes, jvenes y adultos. Esto implica profundos cambios al interior de las instituciones y sus propuestas. Entre ellos, superar la fragmentacin histrica del trabajo docente en la secundaria, as como revisar los saberes pedaggicos disponibles y las condiciones de escolarizacin de quienes estn en la escuela, para aquellos que deben volver y tambin para los que aun no llegan. Las polticas pblicas deben hacer de la escuela el lugar privilegiado para la inclusin en una experiencia educativa donde el encuentro con los adultos permita la transmisin del patrimonio cultural, la apropiacin de saberes socialmente relevantes, para la construccin de una sociedad en la que todos tengan lugar y posibilidades de desarrollo.

    En el documento se definen las siguientes ofertas educativas para el nivel secundario: educacin secundaria orientada; educacin secundaria modalidad tcnico profesional; educacin secundaria modalidad artstica; y educacin secundaria modalidad de educacin permanente de jvenes y adultos.

    En cuanto a la educacin secundaria orientada, las diversas ofertas educativas existentes y el acuerdo sobre las futuras, se definirn en orden a las siguientes orientaciones: Ciencias Sociales/ Ciencias Sociales y Humanidades; Ciencias Naturales; Economa y Administracin; Lenguas; Arte (esta orientacin supone una formacin con nfasis en: msica, teatro, danza, artes visuales, diseo, artes audiovisuales, multimedia u otras especialidades que pudieran definirse federalmente; la misma podr plantearse en las escuelas de modalidad artstica propiamente dicha o de educacin secundaria orientada y deber adecuarse a los acuerdos federales de la modalidad educacin artstica); Agrario /Agro y Ambiente; Turismo; Comunicacin; Informtica; y Educacin Fsica. Las jurisdicciones no quedan obligadas a incluir todas las orientaciones entre sus ofertas sino aquellas que consideren relevantes y pertinentes para su contexto. Para cada orientacin, cada jurisdiccin definir un nico plan de formacin que tendr alcance provincial. En el mismo se explicitarn mrgenes y criterios jurisdiccionales de definicin curricular institucional. La Educacin Secundaria podr cursarse a travs de planes de estudio que cuenten con un

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    mnimo de 25 horas reloj semanales y se certificar con el Ttulo de: Bachiller en (la orientacin correspondiente). (Resolucin del CFE n 84/09).

    La modalidad tcnico profesional garantizar a los estudiantes un recorrido de profesionalizacin definido a partir del acceso a conocimientos y el desarrollo de habilidades profesionales para la insercin en reas ocupacionales amplias y significativas, as como para continuar aprendiendo durante toda su vida. Procurar responder a las demandas y necesidades del contexto socio productivo en el cual se desarrolla, con una mirada integral y prospectiva que exceda a la preparacin para el desempeo de puestos de trabajo u oficios especficos y habilite para ingresar a cualquier tipo de oferta de estudios superiores. El ttulo de egreso ser: Tcnico...; o Tcnico en... Se ofrecer el conjunto de carreras tcnico profesionales acordadas en el marco de la regulacin normativa especfica de la modalidad, con una carga horaria promedio no menor a 30 horas reloj semanales.

    La modalidad artstica podr organizarse en: orientaciones, especializaciones y tecnicaturas de nivel medio en msica, teatro, danza, artes visuales, diseo, artes audiovisuales, multimedia u otras especialidades que pudieran definirse federalmente. Dichas ofertas debern estar comprendidas en el marco de la modalidad, conformado una unidad de sentido pedaggica y organizativa, que garantice el reconocimiento de las trayectorias educativas y la acreditacin de saberes generales y especficos. Las particularidades de las ofertas sern definidas a partir de un futuro Acuerdo Federal de la modalidad. En virtud de ello, la modalidad de educacin artstica podr expedir los siguientes ttulos de egreso: Bachiller en Arte ... (lenguaje o disciplina artstica); Bachiller en ... (lenguaje o disciplina artstica)..., especializacin .; Tcnico ... Tcnico en . Las orientaciones de la modalidad tendrn una carga horaria promedio no menor a 25 horas reloj semanales, mientras que las especializaciones y tecnicaturas debern considerar una carga horaria promedio no menor a 30 horas reloj semanales.

    Finalmente, la educacin permanente de jvenes y adultos garantizar una formacin integral tendiente a la construccin de saberes y al desarrollo de capacidades vinculadas a las interacciones humanas en contextos diversos, al mundo del trabajo en relacin al entorno socio-cultural y poltico de la sociedad y al fortalecimiento de la ciudadana para posibilitar el desarrollo personal y social, de acuerdo a los ejes formulados en los Lineamientos Curriculares para modalidad. Las particularidades de las ofertas y sus orientaciones sern definidas en los prximos Acuerdos Federales de la modalidad. (Resolucin del CFE n 84/09).

    Para la organizacin general de los saberes en los dos ciclos de la educacin secundaria (bsico y orientado), se recuperan los campos de formacin de presencia generalizada en los diseos curriculares jurisdiccionales vigentes: campo de formacin general y campo de formacin especfica.

    La formacin general constituye el ncleo de formacin comn de la educacin secundaria, debe estar presente en todas las propuestas educativas del nivel en el pas e incluirse en los planes de formacin de todas y cada una de las orientaciones y modalidades. Comienza en el ciclo bsico y se extiende hasta el fin de la obligatoriedad, en el ciclo orientado. En el ciclo orientado la enseanza de las disciplinas y reas que componen la formacin general deber organizarse para

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    abordar (toda vez que sea posible) temas y problemas relativos a la orientacin, especialidad o carrera tcnica de que se trate. Dicha formacin general posibilitar a los estudiantes recorrer las construcciones tericas y las prcticas de produccin de conocimientos propias de diferentes disciplinas (lengua y la literatura, matemtica, ciencias sociales y entre ellas, la historia, la geografa, la economa , las ciencias naturales y entre ellas, la biologa, la qumica y la fsica , la formacin tica y ciudadana y las humanidades, la educacin fsica, la educacin tecnolgica, la educacin artstica, y las lenguas clsicas, regionales, de herencia, extranjeras). Tendr una extensin mnima total de 3.800 horas reloj, en todos y cada uno de los planes de estudios del nivel.

    El campo de formacin especfica posibilita ampliar la formacin general en el campo de conocimiento propio de la orientacin o modalidad, propiciando una mayor cantidad y profundidad de saberes del rea que es propia y particular de cada oferta, es decir: acrecentando y especificando (en la medida que cada modalidad lo admite) la enseanza de las herramientas de trabajo intelectual y los conocimientos de las disciplinas que la estructuran. En este campo y teniendo en cuenta las particularidades de las diferentes ofertas educativas del nivel, se podr identificar la formacin orientada especfica, la formacin tcnico profesional especfica y la formacin artstica especfica. En la educacin secundaria orientada tendr una extensin minima total de 700 horas reloj. (Resolucin del CFE n