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INDICE PAG. 1.- FUNDAMENTACION …………………………………………………………………………………………… 4

2.- NUESTROS VALORES ……………………………………………………………………………………………. 5

2.- NORMAS GENERALES …………………………………………………………………………………………. 9

3.- Derechos y deberes de la Comunidad Educativa ……………………………………….………. 11

4.- Normativa Interna para Padres y/o Apoderados del Colegio ……………………………… 13

5.- Derechos y deberes de los Padres y Apoderados ……………………………………………….. . 14

6.- Derechos y deberes de los Estudiantes ……………..….……………………………………………… 17

7.- Derechos y deberes del profesorado …………………………………………………..………………. 21

8.- Derechos y deberes del personal de Administración y Asistentes de la Educación .. 22

9.- Del uniforme de los Estudiantes ……. ……………………………………………..……………………. 23

10.- De los premios y estímulos ….…………………………………………………………………….………… 23

11.- De los derechos de los Estudiantes del colegio en situaciones Extremas ..……..……… 24

12.- De las faltas, sanciones y su procedimiento .…………………………..……………………………. 25

13. Faltas Leves ..…………………………………………….……..……………..…………………………………. 26

14.- Faltas Graves ..……………………………………………………………………………………..…………….. 27

15.- Faltas muy Graves ……………………………………………………………………………………………….. 28

16.- Sanciones y su procedimiento ….………………………………………………………………………….. 31

17.- Faltas y sanciones .……………………………………………………………………………………………….. 31

18.- De la apelación a las medidas disciplinarias ……………………………………………..………..... 33

19.- Resolución de Conflictos ……………………………………………………………………………………… 33

20.- Maltrato Infantil y Violencia ……………………………………………………………………………… 33

21.- Abusos Sexuales …………………………………………………………………………………………………. 34

22.- Revisión del Manual y su Difusión …………………………………………………………………………. 34

23.- De los viajes de estudios ..…………………………………………………………………………………….. 34

24.- De las salidas dentro de la Comuna .…………………………………………………………………….. 34

25.- Decreto 313 ………………………………………………..…………………………………………..…………… 35

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INDICE DE PROTOCOLOS

DE ACTUACION FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES …………………………..……………………. 37

DE ACTUACION EN CASO DE INTOXICACION …………………………………………………………….. 39

DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN FRENTE AL CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS …….…. 40

DE PREVENCIÓN Y ACCIÓN FRENTE AL ABUSO SEXUAL INFANTIL ..……………………..…… 41

DE ACOSO ESCOLAR (BULLYING) ……………………..………………………………………….………….. 44

DE ACTUACIÓN FRENTE A DENUNCIAS DE MALTRATO INFANTO JUVENIL ………………... 45

DE ACTUACION DE DENUNCIA O RECLAMO CONTRA ALGUN MIEMBRO DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA ………………………………………………………………………………………….. 48

DE ACCION ANTE SITUACIONES DE CONFLICTO …………………………………………………………. 49

1.- Apoderados (as) - Funcionarios ………………………………………………………… 49

2.- Funcionarios (as) - Apoderados (as ………………………………………………………… 50

3.- Estudiantes - Funcionarios (as) ………………………………………………………… 51

4.- Funcionarios (as) - Estudiantes ………………………………………………………… 52

5.- Entre estudiantes ……………………………………………………………………………………….. 53

DE RETENCIÓN EN EL SISTEMA ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES

Y PADRES ……………………………………………………………………………………………………………..….. 54

DE SISMO Y TERREMOTO …………………………………………………………………………………………. 57

DE IDENTIDAD Y DIVERSIDAD SEXUAL …...........……………………………………………………..… 58

DE ACCION EN CASO QUE ESTUDIANTE ABANDONE EL COLEGIO SIN AUTORIZACION .. 64

DE ACTUACION ANTE CIBERBULLYING ……………………………………………………………………… 65

DE INCENDIO Y ATENTADO ………………………………………………………………………………………. 67

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

FUNDAMENTACIÓN

El presente Reglamento de Convivencia Escolar se fundamenta en lo siguiente:

Del Derecho Canónico, Canon 795 Como la verdadera educación debe procurar la formación integral de la persona humana, en orden a su fin último y, simultáneamente, el bien común de la sociedad; los niños (as) y jóvenes han de ser educados de manera que puedan desarrollar armónicamente sus dotes físicos, morales e intelectuales; adquieran un sentido más perfecto de la responsabilidad, un uso recto de la libertad y se preparen a participar activamente en la vida social. Misión Congregacional La Comunidad Educativa del Colegio Providencia, asumiendo el ministerio evangelizador confiado por la Iglesia Católica y según el carisma educativo de nuestra fundadora Primitiva Echeverría Larraín; educan, conjuntamente con la familia, a niños, niñas y jóvenes, en particular a los más desposeídos, según evangelio de Jesucristo, promoviendo el desarrollo integral de sus capacidades físicas, sociales, afectivas, intelectuales y espirituales; favoreciendo con esto una integración personal y coherente entre fe, cultura y vida. ( P.E.I. = Proyecto Educativo Institucional). Misión del Colegio Lograr aprendizajes efectivos de calidad para todos los estudiantes, con sólidos principios católicos inclusivos, en un ambiente respetuoso y comprometido que fortalece el sentido de pertenencia sostenida por liderazgo eficiente al servicio de los procesos educativos pastorales. Visión del Colegio Ser reconocido como un colegio católico científico humanista de excelencia académica, basado en su formación integral y real compromiso con los principios de la Sagrada Familia de Nazaret, para fortalecer un ambiente de convivencia fraternal y un profundo sentido de pertenencia institucional. Tipo de persona El estudiante del Colegio Providencia, es hijo (a) de Dios. Llamado a ser protagonista consciente, libre y responsable de su propia formación, relacionándose con los demás en una actitud de servicio, como constructor de un mundo más solidario, justo y fraterno; cuida la naturaleza sintiéndose administrador y co-creador de la misma, según mandato divino y a imitación de Jesucristo vive en profundidad su relación filial con Dios. ( P.E.I.)

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Criterios Orientadores Recogiendo los elementos de la fundamentación anterior que emanan del Proyecto Educativo de la Institución y teniendo en cuenta la tradición de la Fundación Educacional Santa Teresita del Niño Jesús a través del carisma fundacional, se establecen algunos criterios orientadores que sustentan el Reglamento de Convivencia Escolar, el que involucra a toda la comunidad educativa :

a) La convivencia escolar es una condición necesaria y básica para el desarrollo del proceso educativo evangelizador, ya que incluye valores, actitudes, modos de proceder que permiten cumplir con la misión del Proyecto Educativo Institucional.

b) La convivencia escolar requiere de algunos valores fundamentales para la comunidad educativa, como son : la responsabilidad, respeto, honradez, buenos modales, buenas costumbres y sensibilización en la fe utilizando como estrategia de funcionamiento el trabajo conjunto de iglesia, colegio y hogar.

c) La convivencia escolar es responsabilidad de toda la comunidad educativa, integrada por : Comunidad Religiosa, directivos, profesores, estudiantes, padres y apoderados, profesionales de apoyo, asistentes de la educación y personal administrativo, entre otros.

d) Para la creación y refuerzo de conductas positivas es indispensable que el Colegio, como sistema, y en especial, a través de todo el equipo de Docentes y Personal Asistente de la Educación, ofrezcamos a los estudiantes modelos adecuados de conducta. Estos modelos, que son testimonios de vida, tienen su base fundamental en la familia. Es básico, además, que los estudiantes se vayan convirtiendo progresivamente en modelos adecuados para sus compañeros (as) y estudiantes de niveles inferiores.

e) La convivencia escolar es un proceso evolutivo de corrección fraterna. Es importante una toma de conciencia de parte del educando, que lo predisponga progresivamente para la autodisciplina según la madurez.

f) La disciplina, al considerar las distintas etapas del desarrollo de los estudiantes, y sus situaciones particulares (edad, sexo, estado de ánimo, situaciones emocionales, etc.), hace primar el bien de la persona por sobre la norma, lo cual la hace flexible, sin perder la firmeza y consistencia de sus objetivos.

g) Teniendo en cuenta que para lograr una vida en comunidad plena, sin roces y con buenas relaciones se necesitan algunas normas que establezcan derechos, deberes, obligaciones y consecuencias; motivo por cual, procede a continuación el texto normativo que regulará la vida escolar del Colegio Providencia.

NUESTROS VALORES

Sobre la base de las cualidades que deben permear a todos los miembros de nuestra comunidad educativa en todo momento se destacan los siguientes valores : LA ACOGIDA Es un valor central para los colegios de la Fundación la acogida es un instrumento valórico de gran poder para romper con las limitaciones que emanan de prejuicios y segregación y de gran influencia transformadora para que nuestros estudiantes puedan elevar sus grados de conciencia cristiana. En tal sentido, los colegios a través de sus miembros están llamados a crear y desarrollar espacios humanizadores e integradores. La acogida es un espacio y momento de encuentro entre seres humanos, dentro del cual se comparte, se ponen en común necesidades y se buscan soluciones. El término acogida refiere a un espacio, a una casa, un hogar, un lugar. Por tanto, en la práctica se refiere a la comunidad abriendo sus brazos a seres humanos.

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LA FAMILIA En la familia se desarrolla el ambiente adecuado para vivir los valores que hagan de ella una buena sociedad humana. El valor es lo digno de ser apreciado, lo deseable y lo que se identifica con lo bueno o positivo y se orienta al ser y al buen hacer de la persona, del tal manera que estos valores se convierten en virtud. Cuando los padres de familia y los educadores viven y transmiten los valores, dan testimonio de ello de manera natural. De tal manera que los valores que se viven en la familia son constructores de la persona humana, valores que por excelencia, determinan nuestro valor como personas. Nuestra comunidad educativa debe impulsar, fortalecer, promover y educar en los siguientes aspectos que implican ser y hacer familia, que incluyen, entre otros: Otros aspectos ligados a la construcción de la familia que como comunidad deseamos y sobre los cuales los miembros deben poner acento son: • Valor de la responsabilidad : Debe fortalecerse como una obligación, ya sea moral o incluso legal de cumplir con lo que se ha comprometido. Es dar una respuesta positiva a las cosas de la vida. • Valor del compromiso : Implica poner conciencia e importancia a nuestras capacidades para sacar adelante todo aquello que se nos ha confiado. Como docentes, educadores y formadores que constituimos modelo para nuestros estudiantes implica dar el 100% y un poco más. • Valor del sacrificio : Debe impulsarse, liderar a nuestras comunidades educativas en el esfuerzo extraordinario de los padres y apoderados, de la familia, para alcanzar un bien mayor, venciendo los propios gustos, intereses y comodidad. Haciéndolo movidos por el amor. • Valor de la fidelidad : es el íntimo compromiso que asumimos de cultivar, proteger y enriquecer la relación con otra persona y a ella misma. • Valor de la comunicación humana : Debemos hacer de la comunicación algo que transmita al propio ser, de modo profundo y constructivo, sabiendo escuchar y expresar; comunicar emociones, sentimientos y necesidades. • Valores espirituales : es necesario, como hijos de Dios, practicar la fe, estado de gracia, oración, sacramentos, principalmente reconciliación y eucaristía; lectura de la palabra de Dios. También son significativos la obediencia, la docilidad, la honestidad, el respeto, la corresponsabilidad, lealtad, perseverancia, obediencia, el valor de la vida, etc. EL AFECTO La palabra amor identifica el afecto, la necesidad de estar cerca unos de otros y por sobre todo la aceptación incondicional de los que se ama. Como Fundación formamos una familia, y nos inspiramos en los valores de la Sagrada Familia. Debemos considerar que en nuestros colegios existen muchos estudiantes que experimentan la carencia de afecto. En sus familias este aprendizaje no siempre se da adecuadamente, ya que en muchos de los hogares observamos un deterioro, vulnerabilidad, con historias personales y colectivas que no les permite vivir y expresar este afecto. Muchos de estos casos provienen de familias en las cuales no existe un modelo adecuado que les permita primero, sentirse queridos y aceptados, y segundo sentirse capaces de entregar lo que cada uno tiene dentro de sí. Al incorporar el afecto como un valor trascendente estamos buscando una transformación que lleve a nuestros estudiantes a ser capaces de aceptar a los demás y aceptar las emociones u opiniones de los otros. Por otra parte, nuestra experiencia nos enseña que dar afecto es algo que requiere esfuerzo. Cuidar, ayudar, comprender, etc., a otra persona no puede realizarse sin esfuerzo.

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LA SOLIDARIDAD: La palabra solidaridad suscita en muchos el deseo de contribuir a la acogida y a la promoción del prójimo necesitado de ayuda. Por eso la solidaridad como una instancia ética y dentro del contexto educativo y formativo nos convoca a realizar el esfuerzo por construir nuevas formas de convivencia que respeten la dignidad del hombre y concurran al logro de su liberación. El ejercicio de la solidaridad conlleva la aceptación de una precisa responsabilidad cristiana frente a nuestras comunidades educativas y sus estudiantes a fin de desarrollar hombres y mujeres con vocación de servicio y capaces de satisfacer las verdaderas necesidades humanas. TRABAJO EN EQUIPO. Como valor, el Trabajo en Equipo busca desarrollar un alto nivel de interdependencia activa entre los miembros de la comunidad educativa en torno a la Visión, Misión e Identidad institucional. Para alcanzar el estado de Trabajo en Equipo es preciso que los miembros de la institución valoren efectivamente la interacción, la colaboración y la solidaridad entre ellos. Para ello es indispensable desarrollar actitudes que promuevan una comunicación fluida, relaciones de confianza y actos de apoyo mutuo. De este modo es posible advertir que el todo es mayor al aporte de cada uno y, por ende, es posible obtener mejores resultados. Por lo tanto, al plantear el valor del trabajo en equipo, se alude a la presencia evidenciable de compromiso con un propósito y finalidad común. Por otra parte, desarrollar trabajo en equipo implica valorar profundamente las diferencias y competencias que tiene cada persona. Está demostrado que los buenos equipos logran resultados a partir de una forma individual singular de vincularse, lo que genera una red de interacciones capaz de desplegar una dinámica colectiva que sobrepasa los aportes de cada persona. EL RESPETO. “Todo ser humano posee una dignidad que, aunque la persona exista siempre en un contexto social e histórico concreto, jamás podrá ser disminuida, herida o destruida, sino que, por el contrario, deberá ser respetada y protegida si verdaderamente se quiere contribuir a la paz”. El respeto no sólo se manifiesta hacia la actuación de las personas o hacia las leyes. También se expresa hacia la autoridad, como sucede con los estudiantes y sus maestros o los hijos y sus padres. Y también a la inversa, especialmente bajo la inspiración de nuestro carisma. Nuestro proyecto educativo impulsa y promueve un respeto que no se mide mediante los factores físicos y materiales, tales como la clase social, el color, la raza, la religión, el sexo, la nacionalidad, el estatus y la popularidad. Por tanto, es desafío de nuestras instituciones educativas desarrollar el valor del respeto en el propio ser de cada miembro y en especial de cada docente, estudiante y sus familias, y darle una expresión práctica en la vida diaria. Dado que nuestro proyecto educativo propone una formación que permita a nuestros estudiantes tomar buenas decisiones en su vida, apoyados además en una fuerte formación valórica, es menester cultivar el valor del respeto a través de una formación que enseñe a discernir. Desde nuestra perspectiva y filiación religiosa, el respeto no puede ni debe ser limitado solo a la aplicación de las normas y a la conducta de las persona; se relaciona además con la autoridad y tomamos como ejemplo la relación de los hijos con los padres, de los estudiantes con sus docentes o de los trabajadores con su jefes en la organización en que laboran, la de un ciudadano con otro. Se debe entender entonces que el respeto es esencial para el desarrollo de las buenas relaciones humanas y debe expresarse en términos de actitud y conducta por parte de todos los miembros de la comunidad educativa en, entre otras :

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• Un trato amable y cortés. • La creación de un ambiente de seguridad y cordialidad. • La aceptación de las limitantes ajenas y el reconocimiento de las virtudes de las personas. • La evitación de acoso, ofensas e ironías que agreden a otros. • La evitación de cualquier tipo de violencia: verbal física o emocional. • El reconocimiento de la autonomía de cada individuo. • El reconocimiento a las diferencias individuales de las personas. • La aceptación de las personas tal y como son. • El respeto a aquellos grupos o personas que no comparten nuestra identidad cultural, política, social, económica o religiosa. • No considerarnos superiores a los demás en nuestra forma de ser, de actuar o de expresarnos. • Mantener limpio el espacio de desempeño estudiantil y/o laboral. • No enviar correos basura, imágenes o videos pornográficos, bromas agresivas utilizando además vocabulario soez a los compañeros dentro o fuera del colegio y/o utilizando medios asociados a redes sociales a través de Internet. • Tomarse el crédito por trabajo que nosotros no hemos realizado. • Reconocer los méritos o responsabilidad de los demás u otros derechos autor. • Respetar las creencias políticas y religiosas y evitar todo tipo de censura o incomodar a quien profesa algún tipo de filiación política o religiosa. • Promover los buenos modales en todos los contextos de relación y convivencia. TOLERANCIA Como católicos, cuando hablamos del valor del Respeto, nos estamos refiriendo a la relación de consideración que tenemos con las demás personas y que implícitamente va ligado a otro valor fundamental en las relaciones humanas como es la tolerancia. Entendemos la tolerancia como las expresiones de respeto y aceptación de la existencia de otras formas de vida, creencias e ideas, o aún la no creencia en ninguna religión. Para ello reconocemos la pluralidad y diversidad del mundo en que vivimos, así como la existencia de conceptos que pueden ser importantes para otros, aun en condición de minoría. De cualquier modo, para estos efectos respetamos, adherimos y suscribimos plenamente a la Declaración Universal de los Derechos Humanos que en su artículo 18 señala que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.”. RESPONSABILIDAD. La responsabilidad como valor tiene una importancia crucial, y no por sí misma, sino por la implicancia que tiene al ser aprendida. La responsabilidad es exigible a todos y no puede fragmentarse en sólo algunos actos y en otros relajarla. Desde esta perspectiva, especialmente los educadores directos tienen que asumir un rol creciente de carácter facilitador y consejeros en muchas situaciones de aprendizaje. Este proceso es gradual: el punto de partida es la toma de conciencia, el paso siguiente es un cambio de actitud, un proceso lento que requiere mucha práctica y paciencia, porque implica romper con viejos patrones de conducta. Y el último paso es la transferencia de roles para que los estudiantes puedan asumir la responsabilidad de su aprendizaje al tener control sobre el proceso y porque la independencia refuerza actividades responsables y autónomas. Esto sucede solamente si los estudiantes desean aceptar el desafío de la independencia y si el docente puede confiar en la responsabilidad y la autonomía de los estudiantes.

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Por lo tanto, cuando se plantea la responsabilidad como un valor, es preciso tener claro que este atributo no viene con el estudiante, especialmente cuando los modelos parentales tampoco lo poseen. Y por ende, se trata de una cualidad que se debe enseñar, desarrollar y fortalecer en forma permanente. Para formar estudiantes responsables y autónomos necesitamos tener estudiantes con pensamiento crítico, y el pensamiento crítico lo es porque juzga, porque decide el valor de las ideas y de las proposiciones. La inteligencia nos permite descubrir la naturaleza de las cosas, pero el pensamiento crítico es el que nos compele a tomar partido por una explicación u otra. Optar es harto difícil, cualquier humano lo sabe. Tanto es así que desde siempre hemos intentado eludir la responsabilidad transfiriéndola a diversos agentes externos, como el destino, la fortuna o los gobernantes. Tenemos que trabajar mucho para que nuestros estudiantes logren analizar, sintetizar y evaluar para llegar a decidir correctamente.

1.- NORMAS GENERALES ARTÍCULO 1.- Las relaciones de convivencia escolar entre todas las personas que conforman la comunidad educativa del Colegio Providencia se regularán por este reglamento y por sus normas complementarias. ARTÍCULO 2.- El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión. 2.1.- Asimismo, establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados las cuales están detalladas en “ PROTOCOLO DE ACTUACION MALTRATO INFANTO JUVENIL” ( Pág. 45 a 46 ) 2.2.- Lo anterior es sin perjuicio previo de impulsar acciones de prevención, teniendo en cuenta especialmente el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) ARTÍCULO 3.- Se entenderá prorrogado este Reglamento, en aquellos lugares y/o actividades donde participen delegaciones, cursos u otros estamentos en nombre o representación del Establecimiento Educacional o en aquellas localidades donde el Colegio posea o sea dueño, a cualquier título, de inmuebles destinados al desarrollo personal, académico, cultural o recreativo. ARTÍCULO 4.- El encargado de la aplicación o cumplimiento del Reglamento de Convivencia Escolar en los lugares señalados en el artículo anterior, será el Docente y Asistente de la Educación a cargo de la delegación, grupo, curso, etc., o la persona nombrada por Dirección para tales efectos. ARTÍCULO 5.- Durante los trayectos hacia los lugares que hace mención el artículo 3º de este reglamento, como así también, de la casa al Colegio y de regreso a su hogar, los estudiantes estarán sujetos a estas normas reglamentarias, debiendo demostrar buena educación y comportamiento. ARTÍCULO 6.- Para todos los efectos de cumplimiento y aplicación de este cuerpo normativo, se definen los siguientes conceptos, que permitirán entender y percibir en forma común y en un mismo sentido, los principios formativos de este reglamento: a) Establecimiento Educacional : El Colegio Providencia, establecimiento subvencionado, ubicado en Ignacio Carrera Pinto Nº 623, de la ciudad de Parral, tiene como sostenedor a la Fundación Educacional Santa Teresita del Niño Jesús.

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b) Comunidad Educativa : Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a : estudiantes, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes, directivos y sostenedor . c) Convivencia Escolar : La convivencia escolar la entendemos como un proceso dinámico y en construcción que permite establecer relaciones democráticas e incluyentes, por ende pacíficas entre los actores de la comunidad escolar , favoreciendo los espacios de aprendizaje y el clima escolar. Por lo tanto, la convivencia es una herramienta fundamental para “ aprender a aprender “ y “ aprender a convivir “ . Desde éste sentido, la convivencia escolar es una responsabilidad individual y colectiva de todos los actores de la comunidad escolar. Podemos mirar la convivencia dentro de la escuela desde tres dimensiones generales que nos permiten analizar nuestras prácticas diarias : c.1.- Convivencia inclusiva : La convivencia inclusiva reconoce el derecho a la dignidad de las personas por el simple hecho de serlo, no importando su religión, etnia o nacionalidad, condición social, edad, género, preferencia sexual, discapacidad, condiciones de salud, opiniones o cualquier otra característica personal. Dentro del colegio se trata de valorar y respetar la diversidad de los actores educativos, eliminando las prácticas discriminatorias y de exclusión social, principalmente de las niñas, niños y jóvenes que son el centro del quehacer educativo. c.2.- Convivencia democrática : La convivencia democrática implica la participación y la corresponsabilidad en la construcción y seguimiento de los acuerdos que regulan la vida colectiva. Además tiene una fuerte relación con la forma en que se gestionan los desacuerdos y los conflictos que surgen en el grupo, de tal forma que las soluciones sean desde la vía pacífica, priorizando el diálogo, la negociación, la comunicación, el consenso, la participación, la deliberación, la toma de decisiones encaminadas al bien común. Es importante el reconocimiento de los alumnos como sujetos de derechos y deberes, capaces de participar en las decisiones y de convivir en apego a los principios democráticos. c.3.- Convivencia pacífica : La convivencia pacífica se refiere a la capacidad de establecer relaciones personales y colectivas basadas en el aprecio, el respeto y la tolerancia, la prevención y atención de conductas de riesgo, el cuidado de los espacios y bienes comunes, y la reparación del daño. De esta forma, se aspira a que toda persona sea capaz de dar respuesta a los conflictos que se presentan dentro del aula y el colegio desde una vía pacífica, usando el diálogo como herramienta fundamental para abordar aquellas situaciones de desencuentro entre pares o grupos, así como el respeto y cumplimiento de las normas. d) Formación de Hábitos : Es la práctica consciente, constante y progresiva de un ejercicio tanto formador, remedial, como correctivo; para ser adquirido e incorporado al quehacer permanente. e) Responsabilidad : Es la obligación moral, consciente y libre por cumplir. f ) Respeto : Es un conjunto de manifestaciones que permiten una buena interacción entre las personas con el fin de lograr una relación más tolerante y armoniosa con el otro . g) Honradez : Es el resultado de la estima y respeto de la dignidad propia a través de un correcto y honesto proceder. h) Buenos Modales : Son acciones externas con que cada cual demuestra su educación. i) Buenas Costumbres : Modo habitual de proceder o conducirse que involucra la honestidad con la moral de cada persona.

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j) Sensibilizar en la Fe : Conmover, tocar el corazón de las personas, con el fin de lograr un crecimiento interior a través de una actitud caritativa operante y abnegada. k) Iglesia – Colegio – Hogar : Acciones que conducen a la integración de fe, cultura y vida. ARTÍCULO 7.- Para los efectos previstos en este reglamento, se presume de derecho, que representa al establecimiento educacional con los fines de hacer cumplir las disposiciones de este ordenamiento, y que en tal carácter se obligan a respetar éste; los padres, apoderados, estudiantes y ex - alumnos que se encuentren ligados directa o indirectamente con cualquier actividad del colegio, los siguientes : Dirección, Sub Dirección, Inspectoría General, U.T.P., Orientación y todo el personal que labora en éste establecimiento. ARTÍCULO 8.- Las modificaciones totales o parciales relativas a la dirección, administración y organización del establecimiento educacional no alterarán los derechos y obligaciones adquiridos por cada una de las personas que conforman la comunidad educativa emanados de las normas de este reglamento, normas complementarias u otros instrumentos reguladores como por ejemplo el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales, los que mantendrán su vigencia y continuidad. ARTÍCULO 9.- Al ser el Sostenedor del colegio, una Fundación erigida bajo el alero de la Iglesia Católica, cuyo Proyecto Educativo Institucional es el regulador del cual fluyen los principios valóricos cristianos que actúan como objetivos fundamentales transversales en todo el acontecer académico de los estudiantes, se impartirá la asignatura obligatoria de Religión Católica.

2.- DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ARTÍCULO 10.- Derechos y deberes de la comunidad educativa. 10.1.- Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. 10.2.- Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos (Profesor (a) de Asignatura, Profesor (a) Jefe, Inspector, Inspectoría General, U.T.P., Dirección, según corresponda). A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados. ARTÍCULO 11.- Equipo de Convivencia Escolar. Existirá un Equipo de Convivencia Escolar u otro organismo similar, que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: a) Dirección b) Encargado de Convivencia Escolar c) Inspectoría General d) Orientación e) U.T.P. (según ciclo) f) Psicóloga g) Trabajador Socia

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El Equipo de Convivencia Escolar tendrá entre otras, las siguientes atribuciones :

1. Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano. 2. Diseñar e implementar los planes de prevención de violencia escolar del Establecimiento. 3. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar. 4. Conocer los informes e investigaciones que se lleven a cabo en el Establecimiento. 5. Solicitar a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos

a la convivencia Escolar. 6. Determinar, en cada caso en particular, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia, y determinar aquellas que puedan resolverse directamente por profesores u otras autoridades del establecimiento, las que serán previamente establecidas por el Equipo de Convivencia Escolar, así como los procedimientos a seguir en cada caso. 7. Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes propuestos por los Profesores (as) Jefes o vistos directamente por el Equipo de Convivencia Escolar. Este equipo, tendrá a su cargo confeccionar nóminas por cursos de los alumnos con Medidas disciplinarias

vigentes, alzar y proponer nuevos alumnos según sus anotaciones y posteriormente entregarlas a los Profesores (as) Jefes para su estudio, aprobación o rechazo a lo propuesto.

Esto con el fin de hacer más expedito el trámite final.

ARTÍCULO 12.- Equipo de Convivencia Escolar. El Equipo de Convivencia Escolar, deberá ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones, planes, investigar en los casos correspondientes e informar a quien corresponda sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. ARTÍCULO 13.- Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar. Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente o vulnere la sana convivencia escolar. El equipo de Convivencia Escolar, investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y de ser pertinente, sancionadas mediante un sistema gradual de sanciones. Estos reclamos o denuncias podrán ser recepcionados por el Profesor (a) de Asignatura, Profesor (a) Jefe, Inspector, Inspectoría General, U.T.P., quienes las derivarán a quién corresponda. ARTÍCULO 14.- Definición de maltrato escolar. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda : • Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. • Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo. • Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. ARTÍCULO 15.- Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas : • Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. • Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa. • Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa

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• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante u otro miembro de la comunidad educativa (Ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.) • Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia. • Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de las redes sociales, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico • Grabar, exhibir o difundir por medios cibernéticos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, cualquier conducta de maltrato escolar. • Realizar acosos o ataques de connotación sexual. • Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aún cuando no se haya hecho uso de ellos. • Portar, vender, comprar, distribuir, regalar, o consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

3.- NORMATIVA INTERNA PARA PADRES Y/O APODERADOS DEL COLEGIO

ARTÍCULO 16.- El apoderado del estudiante que se matricule en el Colegio deberá ser el padre o la madre de éste, ( Ord. Nº 27 de 2016 Corresponsabilidad Parental consagrado en el ART. 224 del Código Civil ) pudiendo ser también el tutor, previo análisis de los documentos legales que den cuenta de tal condición. ARTÍCULO 17.- Se aceptará en casos especiales y debidamente comprobados, aquella persona elegida por los padres. Para ello deberá presentar un poder notarial a la Dirección del Colegio. ARTÍCULO 18.- El apoderado titular participa en todas las instancias de la vida escolar de su representado (a) a las que es convocado, por derecho propio. Al contrario, el apoderado suplente participa en las instancias en las que no es posible la presencia del apoderado titular por motivos justificados previamente en Dirección o Inspectoría General. Por lo tanto, el apoderado titular y/o suplente será aquel que reciba el Informe de Calificaciones de parte del Profesor (a) Jefe, justificará inasistencias a clases, atrasos y evaluaciones, así como también retirará al estudiante del establecimiento y, asistirá a las entrevistas dispuestas por Dirección, Subdirección, UTP, Orientación, Inspectoría General, Profesor (a) Jefe, Especialistas y Profesor (a) de subsector. Con lo anteriormente descrito se desglosa que el apoderado suplente podrá participar en votaciones internas del curso, pero no en votaciones del CGP. ARTÍCULO 19.- Perderán la calidad de apoderado titular o suplente quienes no cumplan con la idoneidad mencionada de este reglamento, quienes no asistan a reuniones, entrevistas o citaciones de cualquier índole programadas con anterioridad y quienes además mantengan conductas confrontacionales, poco éticas o reñidas con la verdad con algún miembro de la Comunidad Educativa, así como también, en contra de la Institución misma. La pérdida de su calidad de apoderado será solicitada por el Profesor (a) Jefe directamente a Dirección quién estudiará los antecedentes que justifiquen dicha medida y decidirá si acoge o no la solicitud.

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4.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS ARTÍCULO 20.-

DERECHOS

1.- Exigir igualdad y equidad en el trato a sus hijos (as) de parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa. 2.- Acceder a una educación de calidad para sus hijos (as), conforme a los valores expresados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del Colegio Providencia de Parral y los Programas de estudio vigentes. 3.- Ser tratados en forma igualitaria y en términos de equidad cada vez que se encuentren dentro de la comunidad educativa. 4.- A ser citado oportunamente a entrevistas, reuniones y encuentros programados por el Colegio. 5.- A ser atendido, en caso solicitado, por la persona requerida, según horario establecido 6.- Ser escuchados por el Equipo de Convivencia Escolar con respecto a las solicitudes y sugerencias que no estén abordadas anteriormente, siempre y cuando éstas sean expresadas en términos de respeto y tengan asidero en la verdad. 7.- A ser informados respecto del horario de las reuniones de padres y/o apoderados, horario de atención de los profesores (as) del establecimiento y calendarización de pruebas en primer ciclo básico, además de los reglamentos de convivencia y evaluación. 8.- Cambiar a su hijo (a) a otro establecimiento educacional, incluso durante el transcurso del año escolar. El apoderado deberá firmar un documento en el que conste los motivos del cambio y se exprese que no ha sido el colegio el que ha cancelado la matrícula o expulsado al estudiante. 9.- A estar informado sobre el progreso e integración educacional de su hijo (a) como así mismo situaciones o conductas de su pupilo (a). 10.- Nombrar un apoderado (a) suplente que reúna las mismas características mencionadas en el artículo 16 y 17, de este reglamento, para participar en las tareas y actividades propias del colegio, esto cuando al apoderado titular no pueda asistir.

DEBERES

1.- Conocer y comprometerse con el Proyecto Educativo Institucional (PEI). 2.- Comunicarse con el Colegio a través de la Agenda oficial de comunicaciones para solicitar entrevista con los distintos estamentos del colegio, o bien, para excusarse o solicitar un cambio en el horario de una entrevista previamente solicitada. 3.- Asistir puntualmente a todos los llamados del colegio para respaldar el acompañamiento del o de la estudiante, éste deber reviste un especial carácter ineludible y obligatorio, como: a) Reuniones de Padres y Apoderados de curso. b) Reuniones del Centro General de Padres y Apoderados c) Todas las actividades convocadas y dispuestas por el colegio. d) Entrevistas solicitadas por el Profesor (a) Jefe, Profesor (a) de Asignatura, Dirección, Inspectoría y otros estamentos del colegio. (e) La no concurrencia a tales instancias concede aprobación inmediata a los acuerdos o medidas tomadas. La inasistencia a dichas convocatorias será considerada una falta al compromiso asumido con el Colegio, quedando esta situación consignada en un registro. Por otro lado, el apoderado deberá justificar las inasistencias con anticipación y por escrito, con Profesor (a) Jefe, en horario de atención de dicho profesor, de no hacerlo será condicionada su permanencia como apoderado (a).

4.- Representar a sus hijos (as) en reuniones de

Padres y Apoderados de curso, reuniones de CGP, entrevistas, justificaciones de inasistencia, retiros u otras actividades del Colegio que requieran de su presencia, como por ejemplo: entrevistas y reuniones citadas por parte de Dirección, UTP, Orientación, Inspectoría General, Profesor(a) Jefe, Profesor (a) asignatura, Departamento de Educación Especial, etc., siendo éstas de carácter obligatorio. El apoderado titular y/o suplente está facultado para asistir a cualquier instancia de la vida escolar de su representado. 5.- No podrán ingresar a las dependencias no autorizadas para los apoderados durante el desarrollo de las actividades propias del Establecimiento a menos que exista o medie una citación por escrito o una solicitud de entrevista.

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11.- Opinar, votar y participar en las Asambleas del Centro General de Padres (CGP) cumpliendo el rol de representante activo del curso. En el caso de votar respecto de algún tópico, se exige que el voto emitido por las personas antes señaladas represente y se ajuste al sentir del curso, situación que será avalada por medio del Acta de Reuniones de cada curso y no a criterios personales. 12.- Derecho a conocer el Estado Financiero del colegio en la Cuenta Pública anual entregada por el Director del Establecimiento. 13.- Derecho a ser oídos en las decisiones que afecten a sus hijos (as) o pupilos. En lo referente a la orientación personal, académica y profesional y a solicitar la revisión de las resoluciones adoptadas por la Dirección.

14.- Recibir una orientación cristiana en las distintas jornadas, encuentros y pastoral, además en las reuniones de Padres y/o Apoderados; o bien, en otras instancias de reunión a las que el colegio convoque con el mismo propósito. 15.- Tendrá derecho a la defensa y/o apelación, para realizar sus descargos frente a posibles medidas disciplinarias, como también a la revisión de las medidas adoptadas, dentro de un plazo de 15 días. Luego se realizará la consulta al Consejo Escolar o a un ente imparcial.

6.- Conocer y aceptar que de existir repitencia de curso por parte de su hijo (a) deberá acompañar y apoyar en todo momento el quehacer diario (Estudios, atrasos, inasistencias, disciplina, etc.) al estudiante durante el año escolar venidero a fin de que pueda ser promovido. Asimismo, aceptan que el estudiante tiene derecho a repetir de curso, en el mismo establecimiento, una vez en Ens. Básica y una vez en Ens. Media ( DFL Nº 2 año 2009 Art. 11 inciso 6) producida ambas repitencias, el Colegio, no renovará la matrícula del estudiante, para el año escolar siguiente.

7.- Será responsabilidad del apoderado informar a : Profesor (a) Jefe, Inspectoría General y Enfermería las enfermedades e ingesta de medicamentos autorizados bajo Receta Médica (Original), debidamente timbrada y firmada por algún organismo competente, también hacer llegar al colegio los Certificados Médicos y Controles que acrediten que su pupilo adolece de una enfermedad crónica o grave que le impida efectuar ejercicios en la asignatura de Educación Física y/o Academias de Deportes.

8.- Por la importancia que tiene para el estu- diante el permanecer en clases y cómo influye en su aprendizaje, los apoderados deben respetar el normal desarrollo de clases y de todo tipo de actividad docente, por lo cual se debe EVITAR al máximo retirar al estudiante antes del horario normal de salida. Sólo se otorgarán permisos de salida anticipada en casos muy justificados como : enfermedad, ausencia temporal por consultas médicas,

condiciones climáticas adversas) debiendo el

apoderado retirar personalmente al estudian-te, previa firma en el Libro de Registro de Salidas, quedando ésta bajo firma, Rut y causal del retiro el cual deberá ser preferentemente en horario de clases y no en recreos y/o colación.y priviligiar la atención y cuidado de los estudiantes dentro del colegio. Si estudiante está, al momento del retiro en prueba y/o control con nota, deberá esperar a que éste termine para poder retirarlo. 9.- Justificar personalmente, en oficinas de Inspectoría, la inasistencia de su hijo (a) en el momento en que éste se reincorpore a las actividades escolares, en caso de enfermedad el estudiante podrá ingresar sólo con el Certificado Médico respectivo. 10.- Comunicar personalmente a la Secretaria (Encargada de matrícula) y/o al Profesor (a) Jefe los cambios en la información del apoderado (a) : domicilio, número telefónico propio o para recados.

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11.- Asumir el costo de los daños o deterioros causados por su hijo (a) a la propiedad del Colegio, de acuerdo a la estimación de gastos que Dirección haga. Se informará por escrito al apoderado para la cancelación correspondiente a la persona encargada de mantención, recibiendo el recibo correspondiente.. 12.- Asumir la responsabilidad en el control del transporte escolar y/o locomoción particular, además de los horarios utilizados por su hijo (a). El Colegio no tiene ninguna responsabilidad en la idoneidad de ellos ni en la seguridad que puedan presentar en el traslado de su pupilo (a). 13.- Obligación de estimular a sus hijos (as) hacia el estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y cuando sea pertinente de su conducta. Así como garantizar la puntualidad en : ingreso, asistencia a clases y actividades programadas. 14.- Firmar cada vez que por intermedio de un documento se solicite su autorización para que su pupilo (a) asista a una actividad fuera del Establecimiento educacional, quedando a criterio del Colegio la verificación de la firma del suscrito así como negarse a que el pupilo (a) deje el Establecimiento si la firma merece dudas. Se da por entendido que sin esta autorización firmada, el estudiante en cuestión queda impedido de asistir a la actividad programada.

15.- Comportarse en forma correcta y respetuosa en todo acto, ceremonias u otra celebración como Licenciaturas, Liturgias y/o donde la Dirección del Colegio le invite o haga participe, respetando siempre todas las instrucciones, solemnidades, formalidades y vocabulario. 16.- No utilizar medios de comunicación como : redes sociales y mensajería, entre otros para agredir, amenazar, violentar, degradar, denostar, mancillar, injuriar o lesionar la honra, prestigio e imagen del colegio o de cualquier integrante de la comunidad educativa. 17.- No Fotografiar, no grabar voces o videos a personas de la Comunidad Escolar sin su consentimiento y para fines que vulneren su intimidad o dignidad personal o familiar. 18.- Saber y aceptar que si su hijo (a) se va del colegio sin ser retirado por el apoderado o autorizado por Inspectoría General , al igual que estando en el colegio NO ingresa a clases, el estudiante tendrá una anotación Muy Grave en su hoja de vida además de firmar ambos una Condicionalidad por la falta cometida ( Art. 33 Nº 10, 11 y 12 del RICE )

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5.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO 21.-

DERECHOS 1.- Derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad personal por todos los miembros de la comunidad educativa. Este derecho implica: a) Protección contra cualquier tipo de agresión y discriminación. b) Confidencialidad de sus datos personales. c) Existencia de condiciones adecuadas de seguridad, higiene y salud dentro del establecimiento. 2.- Recibir una formación católica basada en los principios y valores éticos y morales característicos de la Fundación Educacional Santa Teresita del Niño Jesús y que se encuentran enmarcados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI). 3.- Recibir una orientación de desarrollo personal, afectivo, emocional, educativo, profesional, etc., que atienda sus necesidades de aprendizaje y de desarrollo personal de acuerdo a sus capacidades y habilidades. 4.- Contar con el ambiente propicio para el estudio y desarrollo personal que le permita realizar su trabajo escolar en un ambiente de convivencia favorable en que prevalezca el respeto mutuo entre los miembros de la comunidad escolar. 5.- Ser tratados en forma digna y en términos de igualdad y equidad por parte de todos los miembros de la comunidad educativa dentro del Establecimiento Educacional.

6.- Acceder a una educación de calidad entendiéndose como tal aquella que se ajusta al carisma congregacional y a los estándares ministeriales por medio del currículo y los de evaluación. 7.- Retirarse del colegio antes del horario normal, previa solicitud del apoderado, firmando el Libro de Retiro de alumnos. 8.- Acceder a la Biblioteca del Establecimiento o a las Salas de Enlaces del ciclo respectivo respetando la normativa interna y el horario de atención.

9.- Participar activamente de las actividades curriculares y

extraprogramáticas que se realicen dentro o fuera del establecimiento, pero que estén patrocinadas por éste rigiéndose por la normativa correspondiente; así también si dichas actividades se realizaran fuera del recinto escolar los estudiantes deberán contar con una autorización extendida por Inspectoría General o Dirección y firmada por su apoderado titular. 10.- Participar en la elección de la directiva de su curso. En el caso de los estudiantes de Séptimo Básico y hasta Cuarto Medio participarán del proceso eleccionario, ejerciendo el derecho a votar por sus representantes para el Centro de Estudiantes. .

DEBERES

ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD. 1.- Ingresar al Colegio en el horario estipulado de entrada. ( Mañana : 08:15 Hrs. - Tarde : 14:15 Hrs. )

2.- Permanecer en el establecimiento hasta que la jornada escolar haya terminado (13:15 jornada de la mañana y 15:45 jornada de la tarde para Enseñanza Básica y para la Enseñanza Media: 16:40 y/o 17:25 dependiendo de su carga horaria.) En el caso de los estudiantes que deben tomar locomoción para llegar a sus hogares, éstos deben esperar dentro del establecimiento para de esta forma resguardar su seguridad. El Colegio no admite responsabilidad en las posibles situaciones problemáticas o accidentes adjudicados a estudiantes que se fugan del colegio durante la jornada escolar, o bien, mientras esperan locomoción en las afueras. Es meritorio recordar que el control y responsabilidades últimas las tiene el apoderado ya que se debe informar del horario en que su pupilo viaja.

3.- Asistir al desfile oficial (Fiestas Patrias) en forma obligatoria desde 5º Básico a 4º Medio, cuidando en tener una presentación personal impecable (UNIFORME OFICIAL)

4.- Ingresar y/o salir de la sala de clases en forma ordenada cuando el timbre u otro instrumento utilizado para tal efecto así lo indiquen, evitando aglomeraciones, accidentes y destrozos.

5.- Una vez tocado el timbre para iniciar sus clases, los estudiantes deberán esperar al profesor en sus salas, caso contrario éste deberá anotar el atraso respectivo en la hoja de vida de cada estudiante.

6.- Asistir regularmente a clases siendo responsabilidad exclusiva del apoderado y estudiante.

7.- Asistir a las evaluaciones en los horarios estipulados para dichos fines. De haberse ausentado durante el día de acaecido el evento deberá comunicarse obligatoriamente con el o los docentes de los subsectores no evaluados apenas se reincorpore a clases para de esta forma rendir, en el acto, o bien en una fecha acordada por ambos, dichas evaluaciones. El acuerdo de la fecha no podrá exceder una (1) semana. Respecto al porcentaje de exigencia para la obtención de la calificación las situaciones se describen con más detalle en el Reglamento de Evaluación.

ACTIVIDADES ACADÉMICAS

8.- Cumplir responsablemente con sus deberes escolares.

9.- Atender sus clases en forma participativa y activa.

10.- Respetar al profesor (a) y funcionarios reconociendo su autoridad.

11.- Mantener la materia de cada uno de los subsectores en orden y al día, siendo responsabilidad de los estudiantes conseguir los contenidos y las tareas cuando una ausencia se los impida.

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. 11.- Postularse a algún cargo dentro de la Directiva de curso. En el caso de los estudiantes de 7os. a 4os. Medios podrán postularse a cargos del Centro de Estudiantes ajustándose a las estipulaciones de ésta entidad. 12.- Manifestar sus inquietudes o sugerencias en forma privada a través de los conductos existentes para estos fines y dependiendo de la gravedad, importancia y/o carácter del asunto, es decir, Profesor (a) Jefe, Profesor (a) de Asignatura, U.T.P., Inspectoría General, Dirección, Centro de Estudiantes.

13.- Asistir a sesiones en el Departamento de Orientación cuando sea pertinente o bien cuando surja la necesidad de conversar con éste, así como también con cualquier otro miembro y/o especialista de la Comunidad Educativa. 14.- Conocer los reglamentos que rigen la vida estudiantil, siendo de responsabilidad personal su uso y respeto. 15.- Conocer el Calendario de pruebas, siendo deber del profesor (a) fijarlas y registrarlas con a lo menos una (1) semana de antelación y entregar el resultado de su evaluación dentro de 2 semanas cómo máximo. 16.- Ser informados del Reglamento Interno de Convivencia Escolar, de Evaluación, esto en horas de Orientación o Consejo de Curso según corresponda. 17.- Ser acompañados por el Profesor (a) Jefe, Dirección, Departamento de Orientación cuando experimenten situaciones extremas como drogadicción, embarazo u otra que no corresponda al nivel educativo, conversando con la delicadeza, prudencia y reserva necesaria con los Padres para llegar a caminos de entendimiento y bienestar para las partes afectadas, brindándole el apoyo emocional que su experiencia particular requiera. 18.- Un Seguro Escolar, en caso de accidente, el que cubre el trayecto de venida y regreso desde su hogar al establecimiento como también actividades programadas por el Colegio y además, durante el horario de permanencia dentro del Establecimiento (Decreto N° 313). 19.- Tener la posibilidad, por su buen comportamiento, a que se le levante o alce como también a que se le rebaje en un grado la medida disciplinaria que pudiera mantener por mala conducta anterior y tipificada en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, el levantar, alzar y/o rebajar alguna medida disciplinaria dependerá de no mantener observaciones negativas en su Hoja de Vida . Esta solicitud debe efectuarla el Profesor (a) Jefe directamente a Inspectoría General. 20.- Si tiene impedida su asistencia al establecimiento educacional, tiene derecho a recibir atención educativa domiciliaria u hospitalaria, en las condiciones que establezca la consejería competente en materia de educación.

12.- Permanecer en la sala durante el período de clases, no saliendo de ella en los cambios de hora anunciados por el timbre u otro instrumento utilizado para tal efecto, ya que son los profesores (as) los que se trasladan y no los estudiantes, a excepción de aquellos que para realizar ciertas clases o actividades deban trasladarse a otras dependencias del Colegio y en este caso será el docente a cargo quién va en busca del curso y se traslada junto a los estudiantes. Cuando un estudiante salga de la sala durante un cambio de hora, su no regreso o regreso tardío a esta, se considerará como inasistencia. 13.- Conocer las fechas de pruebas, inscritas y fijadas por los docentes con al menos una semana de anticipación en el Libro de Clases de cada uno de los cursos. No siendo obligación fijar sólo una evaluación en un curso. Por supuesto, el criterio común y la ética profesional de los docentes primarán cuando esto acontezca.

14.- Preocuparse e informarse con la debida antelación de todos los procedimientos conducentes o que tengan relación con el término de la Enseñanza Media, en especial todo el proceso que conlleva la rendición de la P.S.U., de tal modo, que será única y exclusivamente responsabilidad del estudiante realizar en tiempo y forma la debida postulación a becas, inscripción a las pruebas específicas de la P.S.U. y matrícula para educación superior. 15.- Es requisito del Colegio, el cual los padres y apoderados han elegido libre y conscientemente para la educación de sus hijo (as), cursar y aprobar la asignatura de Religión ( ART. 20 REGLAMENTO DE EVALUACION ) COMPORTAMIENTO Y PRESENTACIÓN PERSONAL

16.- Presentarse a clases correctamente uniformado según la normativa escolar ( Numeral 8 DEL UNIFORME DE LOS ESTUDIANTES, ART. 24 ). En el caso de que se desarrolle cualquier actividad extraescolar, dentro o fuera del colegio, de carácter representativo o recreacional, los estudiantes deberán presentarse vistiendo el buzo del colegio o el uniforme oficial.

17.- Mantener la sala de clases en orden, aseada, ventilada y mobiliario en buenas condiciones, siendo responsabilidad individual o del grupo curso la reparación de los daños causados al mobiliario o a la infraestructura de la sala de clases. 18.- Los permisos para salir del aula cuando las clases están siendo dictadas no se otorgarán, a menos que por situaciones de salud necesite retirarse de la sala. Es responsabilidad del profesor (a) esperar un tiempo prudente, caso contrario dar aviso al inspector de pasillo de dicha situación, quién se hará cargo de buscar y llevar al estudiante de vuelta a su sala.

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19.- Presentarse a clases o a actividades recreativas o extra-programáticas del Colegio, que se desarrollen dentro o fuera de él, con el cabello limpio y peinado. En el caso de las estudiantes que usen el pelo largo, cuando sea necesario, usarán implementos de color burdeo, excluyéndose todos los otros colores 20.- Los varones y damas deberán usar su cabello de acuerdo a su color natural. Las estudiantes que usen el pelo largo deberán usar moño previniendo así cualquier accidente debido al inadecuado manejo de las normas de seguridad. Con respecto a los varones, éstos deberán usar un corte de pelo colegial tradicional. No se aceptan cortes o peinados de fantasía. Los varones deberán mantener su barba afeitada durante la semana escolar 21.- Privarse de usar maquillaje o accesorios de belleza como pinturas o brillos faciales, labiales, pegatinas, esmalte de uñas, uñas largas o sucias, accesorios para el pelo que no estén de acuerdo a las disposiciones de nuestro reglamento; aros colgantes, que ponen en riesgo la integridad física de quien los usa; aros en áreas visibles del cuerpo, exceptuándose los aros fijos en los lóbulos de las orejas de las estudiantes; cadenas o gargantillas, anillos., cadenas metálicas gruesas o delgadas; accesorios puntiagudos; piercing, etc., que podrían ser usados como artículos de defensa o, por el contrario, de agresión hacia otros miembros de la comunidad. A esta restricción se suman, además, cualquier elemento corto punzante o porte de armas, ya que atentan contra el bienestar físico y mental de los miembros de nuestra entidad educativa. Todas estas disposiciones son para todos los estudiantes de nuestro establecimiento. Si el uso de dichos implementos llegase a poner en riesgo o atente contra la seguridad de uno de los integrantes de nuestro Colegio, Dirección se reserva el derecho de tomar las medidas legales pertinentes para el caso. 22.- Cuidar el uso del vocabulario para referirse a sus compañeros (as), como también a cada una de las personas que laboran o se encuentran dentro de la comunidad escolar, demostrando así las buenas costumbres y modales adquiridos en el hogar y en el Colegio. Los estudiantes tendrán en cuenta estas recomendaciones dentro y fuera del recinto educacional. 23.- Escuchar con el respeto debido a los docentes cuando éstos imparten sus clases, así como también se dirigirán y escucharán en términos cordiales a cualquier persona dentro de la entidad educativa. Esta actitud de respeto también será desarrollada en todas las actividades de la Comunidad Educativa, como actos, liturgias, entre otras, como también fuera del recinto educacional. 24.- No utilizar los recursos de enlaces para abrir, descargar o navegar en sitios web no autorizados por el reglamento interno de enlaces, entre otros, programas para bajar música o películas y uso de redes sociales.

DERECHOS DEL ESTUDIANTE EN SITUACIONES EXTREMAS 20.- Como Colegio perteneciente a la orden de la Fundación

Educacional Santa Teresita del Niño Jesús es nuestro deber acoger y dar protección a los más desvalidos, entendiéndose que no son siempre los que carecen de recursos o bienes materiales sino también aquellos que enfrentados a situaciones extremas necesitan de nuestro apoyo y comprensión. Entenderemos como situaciones extremas aquellas que comprometen el desarrollo normal e integral de nuestros estudiantes. Entenderemos a su vez que en dichas situaciones tienen directa responsabilidad la familia del afectado (a), las personas que están a su cargo y en última instancia el Colegio, que como ente formador, mediador y facilitador, no sólo de los aprendizajes, sino que también de la formación moral y valórica deberá enfrentar y acompañar a dichos estudiantes en sus problemáticas. No obstante, en el caso de que una situación considerada especial o extrema riña con la ley será ésta la que dictamine las sanciones y/o penas a cumplir por los estudiantes que la infrinjan. El Colegio tiene el deber de denunciar tales actos protegiendo y velando así por el bienestar de toda la Comunidad Educativa. 21.- Del estudiante casado y/o estudiante embarazada En consideración a : - De acuerdo al DFL Nº 2 del 02 de Julio de 2010 emanada del Ministerio de Educación, a su fundamentación y considerando, sobre la asistencia a clases y calidad de estudiante regular, de estudiantes que cambien de estado civil y de estudiantes que asumen responsabilidad de maternidad.

La facultad otorgada a la Dirección del Colegio Providencia, para autorizar la promoción de los estudiantes con porcentaje menor a un 85% de asistencia. Por los principios y valores sustentados por este colegio de Iglesia, se resuelve en el caso de embarazo : Art. 11.- El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos. a) Requerir al apoderado un certificado de control que acredite la situación del embarazo cada mes.

b) Determinar el calendario de evaluación con la flexibilidad

que el caso requiera.

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c) Las estudiantes embarazadas, tendrán derecho a asistir a clases, durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta a clase después del parto, dependerá exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y él bebé. d) Derivar a la estudiante cuando la familia no asuma la responsabilidad y el caso lo amerite, al Programa de Asistencia Preferencial en Consultorio de Salud y al Programa de Asistencia Económica de la Ilustre Municipalidad de Parral. e) Comunicar al Departamento de Educación Provincial la (s) situación (s) especial (s) de asistencia. f) La estudiante queda autorizada para retornar a sus clases regulares una vez hecho un post-natal y acogerse a franquicias de amamantar a su hijo dentro del período escolar en el cual ha ocurrido el caso. 22.- Por los principios y valores sustentados por este colegio los estudiantes que cambien de estado civil y/o asuman responsabilidades de convivencia como adultos, sean promovidos o reprobados en su año escolar se les entregará alternativas para reubicarse al año siguiente en otro Establecimiento Educacional. Esto, siempre y cuando el estudiante manifieste la intención de cambiarse de colegio. 23.- Tendrán derecho a la defensa y/o apelación, para realizar sus descargos frente a posibles medidas disciplinarias, como también a la revisión de las medidas adoptadas, dentro de un plazo de 15 días. Luego se realizará la consulta al Consejo Escolar o a un ente imparcial.

25.- Es deber de los estudiantes del Colegio ser respetuosos de acuerdo a su proceder y actuar dentro y fuera del Colegio, no provocando malos comentarios por su actuar, siendo consecuentes con los valores y principios entregados por el Colegio. 26.- Abstenerse de traer prendas o artículos de valor al colegio que pudiesen distraer a los estudiantes dentro del aula, en caso que los estudiantes incumplan esta norma, será de exclusiva responsabilidad de quienes los portan y el Colegio, en consecuencia, no se responsabiliza de la pérdidas de éstos: El uso de objetos de valor, tales como notebook, tablet, MP3, MP4, cámaras fotográficas, celulares, cámara de videos u otros similares es de exclusiva responsabilidad del estudiante y de su familia que autorizaron para traerlos al colegio. 27.- El Colegio se reserva el derecho de retener cualquiera de las especies mencionadas en el inciso 26 de este apartado. Los artículos retenidos por los profesores (as) o inspectores, serán entregados al Profesor Jefe quien hará la devolución exclusivamente a los padres y/o apoderados en su horario de atención de apoderados, en el plazo máximo de 15 días. En caso de reiteración de la falta señalada anteriormente, la devolución del artículo se producirá al término del semestre. 28.- Se prohíbe el juego a la pelota en horarios de recreos y colación, tanto en las salas de clases como en los patios, evitando así accidentes. CUIDADO Y PROTECCIÓN DE LOS BIENES

29.- Cancelar por intermedio de su padre y/o apoderado, o bien directamente, el costo de cualquier daño o deterioro causado a la propiedad del Colegio o a cualquier integrante de la Comunidad Educativa dentro del recinto. 30.- Abstenerse de consumir cualquier tipo de alimento o líquidos dentro del aula, biblioteca, salas de enlaces, laboratorio, auditorio, gimnasio, etc. en horario de clases, para eso están los comedores, a menos que esté programado por el docente en actividad pedagógica. Se prohíbe el comercio y VENTA de alimentos (dulces, galletas, etc.) por parte de los estudiantes (ART. 33 Nº 14)

31.- No traer objetos eléctricos que no corresponden a las necesidades educativas a los cuales se les pueda dar mal uso o que saturen el sistema eléctrico y provoquen cortes de electricidad, tales como: plancha para alisar el cabello, hervidores, celulares, radios o bazucas, entre otros. OTROS PROGRAMAS 32.- Dentro de su labor formativa el Colegio cuenta con Programas de Prevención a los cuales los estudiantes deberán asistir: a) SENDA: Programa de Prevención de Alcohol y Drogas para todos los niveles. Sólo podrán ser retirados de dichas actividades según Art. 20 Nº 8 de los DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS.

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6.- DERECHOS Y DEBERES DEL PROFESORADO. ARTICULO 22.-

DERECHOS

1. 1.- Derecho a ser respetado y considerado como una autoridad dentro del establecimiento recibiendo un trato adecuado en el ejercicio de sus funciones (Integridad y dignidad personal) por parte de la comunidad educativa. 2.- Derecho a tener un ambiente propicio para desarrollar sus labores y funciones dentro y fuera del aula. 3.- Derecho a la protección legal y defensa jurídica por parte de la Administración del establecimiento en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional, así como, la cobertura de la responsabilidad civil, en relación con los hechos que se sigan como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargo docente. 4.- Derecho a tomar las decisiones necesarias para mantener un adecuado clima de convivencia según el procedimiento que se establezca en las normas de convivencia, con el fin de asegurar la actividad educativa. 5.- Derecho a no ser desautorizado frente a los estudiantes y apoderados. 6.- Ser aceptado con sus valores y características personales en su desempeño profesional. 7.- No ser amenazado o agredido, de hecho o de palabra por estudiantes, padres y apoderados tanto dentro como fuera del Establecimiento.. 8.- Ser consultado o informado oportunamente de cualquier cambio que afecte su función docente.

DEBERES 1.- Cumplir con las funciones encomendadas y cumplimiento de las normas de convivencia y demás normativas del establecimiento educacional.

2.- Cumplir con la normativa vigente de protección de carácter personal y seguridad laboral. 3.- Custodiar la documentación administrativa y guardar reserva respecto a la actividad cotidiana del establecimiento. 4.- Respetar los horarios de ingreso y salida del establecimiento. 5.- Mantener la disciplina y velar por el correcto orden de los estudiantes dentro del aula. 6.- Reconocer el esfuerzo y éxito de todos sus estudiantes . 7.- Educar en valores y promover la formación cristiana. 8.- Entregar los resultados de evaluaciones dentro del plazo establecido. 9.- Despertar la motivación interna de los estudiantes por el aprendizaje. Para ello, debe preparar con esmero las clases y material didáctico con el fin de favorecer el aprendizaje. 10.- Vivir los valores que se quieren transmitir. Un educador debe tener valores deseables y actitudes adecuadas como forma de vida, para que estas sensibilicen a los estudiantes por medio del ejemplo. 11.- Guardar reserva y sigilo profesional sobre toda aquella información que se disponga acerca de las circunstancias personales y familiares del alumnado sin perjuicio de la obligación de comunicar a la Dirección del colegio y a la autoridad competente, las circunstancias que puedan implicar el incumplimiento de los deberes y responsabilidades establecidas por la normativa de protección de menores. 12.- Generar un clima propicio para el aprendizaje de sus estudiantes. 13.- Conocer y aplicar el Reglamento Interno de Convivencia Escolar del Establecimiento. 14.- Por la seguridad de los estudiantes y del personal del colegio en general, debe informar de cualquier desperfecto en las instalaciones del colegio que pudiera ser causal de accidente.

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7.- DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y ASISTENTES DE LA EDUCACION. ARTICULO 23.-

DERECHOS

6. 1.- Derecho a recibir un trato adecuado de parte de la comunidad educativa, especialmente en lo referido a su integridad y dignidad personal.

7. 8. 2.- Derecho a tener un ambiente propicio para

desempeñar sus labores y funciones. 3.- Derecho a la protección legal y defensa jurídica por parte de la Administración del establecimiento en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional, así como, la cobertura de la responsabilidad civil, en relación con los hechos que se sigan como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones.

4.- Ser aceptado con sus valores y características personales en el desempeño de sus funciones..

5.- No ser amenazado o agredido, de hecho o de palabra por estudiantes, padres y apoderados tanto dentro como fuera del Establecimiento. 6.- Ser consultado o informado oportunamente de cualquier cambio que afecte su función.

DEBERES

2. 3. 1.- Conocer y aplicar el Reglamento Interno de

Convivencia Escolar del establecimiento 4. 5. 2.- Deber de involucrarse en Proyecto Educativo Institucional

(PEI), para establecer un buen clima de convivencia. 3.- Deber de cumplimiento de la Legislación de Protección de datos de carácter personal, seguridad laboral y propiedad intelectual. 4.- Custodiar la documentación administrativa, así como guardar reserva y sigilo respecto a la actividad cotidiana del colegio. 5.- Generar un clima propicio para el aprendizaje de los estudiantes. 6.- Denunciar cualquier irregularidad de que tenga conocimiento en el ejercicio de su empleo. 7.- Cumplir con las funciones encomendadas.

8.- Respetar sus horarios de ingreso y salida del establecimiento.

9.-En el caso de Asistentes de la Educación (Inspectores), éstos deberán permanecer, principalmente, en sus puestos de trabajo asignados (Patios, pasillos, citación y atención de apoderados, asistencia diaria libros asignados, atrasos e inasistencias, etc.) y estar pendientes a cualquier requerimiento. 10.- Por la seguridad de los estudiantes y del personal del colegio en general, debe informar de cualquier desperfecto en las instalaciones del colegio que pudiera ser causal de accidente.

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8.- DEL UNIFORME DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 24.- Al momento que el apoderado matricula su pupilo en este colegio se responsabiliza por la presentación personal del estudiante entendiendo que el uniforme oficial se debe usar desde Marzo a Diciembre ( sin excepción). a) UNIFORME OFICIAL PREBÁSICA, BÁSICA y MEDIA:

Varón: Zapatos negros, calcetín azul o gris, pantalón gris (corte recto, no pitillo), camisa blanca, sweater burdeo, corbata burdeo del Colegio y vestón azul marino. Casaca o parka azul marino, polera gris del colegio. Damas: Zapatos negros, calcetas burdeo, falda escocesa a la rodilla, blusa blanca, corbata burdeo del Colegio, sweater burdeo, blazer azul marino, polera gris del colegio y pantalón azul marino de vestir (recto, no pitillo). Casaca, Polar o parca azul marino. El uso de cotona o delantal será obligatorio en Pre Básica + 1os. y 2os. de Enseñanza Básica, siendo de color beige para los varones y cuadrillé azul para las damas de Kínder a 2os. Básico.- Enseñanza Básica de 3° a 8° y Enseñanza Media: El uso de cotona o delantal blanco será obligatorio para damas y varones solo en Clases de Artes, Educación Tecnológica y en Laboratorio de Ciencias. c) UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA : En las clases de Educación Física se deberá usar el Buzo Completo (Invierno) y reemplazar el pantalón de buzo por el Short (Verano) que consiste en: pantalón y/o short, polerón institucional del Colegio , polera burdeo institucional, calceta blanca y uso exclusivo de zapatilla. No se permitirá el uso de polera de otro color, por lo que se asume que los estudiantes deberán contar con dos poleras del uniforme para sus clases de educación física en el caso que deban cambiarse dentro de la jornada de clases. d) UNIFORME OFICIAL : PARA TODA PRESENTACIÓN OFICIAL (Actos cívicos dentro y fuera del colegio, desfiles, premiaciones, licenciaturas, etc.) DONDE PARTICIPEN ESTUDIANTES EN REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO SE DEBERÁ USAR EL UNIFORME OFICIAL DEL COLEGIO.

9.- DE LOS PREMIOS Y ESTÍMULOS

ARTÍCULO 25.- El presente artículo tiene como objetivo entregar un estímulo a aquellos estudiantes cuyas actitudes, valores y acciones sean sobresalientes en el plano educacional, humano y cristiano. a) Estímulo Anual : El Profesor (a) Jefe destacará a un (1) estudiante, registrando en su hoja de vida, en presencia de sus compañeros, una observación positiva de acuerdo a su rendimiento, comportamiento, responsabilidad y/o buen cumplimiento de las normas establecidas en el presente documento, dicha observación deberá ser registrada en el Informe de Personalidad para conocimiento del apoderado. La Dirección del Colegio entregará estímulos desde Pre-Kinder a 4º año de Enseñanza Media para los estudiantes que se destaquen en:

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- Mejor rendimiento - Superación personal - Mejor compañero (a) - Compromiso Pastoral - Extraescolar Dichos estímulos se entregarán en un acto especial con la presencia de todos los estamentos del colegio más los Padres y Apoderados de los estudiantes premiados.

a) Los estudiantes de la Pre Básica (Kínder) en su Acto de Certificación. b) Los estudiantes de 8os. Básicos en su Liturgia. c) Los estudiantes de 4os. Medios en su Liturgia. d) Los estudiantes de 4os. Medios en su Licenciatura.

10.- DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES DEL COLEGIO EN SITUACIONES EXTREMAS ARTÍCULO 26.- Sobre el uso y abuso del alcohol y drogas ilegales En consideración a : La Ley 20.000 “Que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas” y a la Ley 19.925 “Sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas”.

a) El Colegio se enfocará en primer lugar a la prevención en todos los niveles y proporcionará asesoría y ayuda al estudiante y su familia si éste tiene problemas de adicción al alcohol u otras drogas ilegales en su primer nivel (Consumo experimental y consumo ocasional) siendo referidos a profesionales externos y/o centros de tratamiento. b) Se entiende que queda fuera de nuestra misión aquel estudiante que se encuentra en niveles superiores al consumo experimental u ocasional; sin embargo está dentro de la responsabilidad de la institución referir a los individuos y a sus familias a profesionales y/o centros de tratamiento de la comunidad. c) Si a un estudiante se le comprueba que está bajo la influencia de alguna droga legal e ilegal en el Colegio o en alguna actividad oficial, aunque sea fuera de éste, se le referirá a la Dirección y/o Subdirección para una de evaluación del grado del problema, y si fuese necesario derivarlo a un Centro de Salud para su diagnóstico. Como resultado, la Dirección determinará la sanción disciplinaria que proceda y el Departamento de Orientación apoyará al estudiante en el proceso de seguimiento si fuere necesario. d) Si un estudiante es sorprendido en posesión de drogas legales e ilegales o consumiéndolas dentro del Colegio o en alguna actividad oficial, aunque sea fuera del Establecimiento, o en alguna actividad organizada por éste, se le aplicará la medida de extrema condicionalidad y denuncia a las autoridades correspondientes. e) Si un estudiante es sorprendido distribuyendo, vendiendo o regalando drogas legales e ilegales o sustancias psicotrópicas, se le aplicará la condicionalidad extrema y se le denunciará a las autoridades correspondientes.

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f) Cualquier estudiante que reconozca tener un problema de drogas legal e ilegales y solicite ayuda para resolver su problema de consumo, será referido al Departamento de Orientación. La situación se tratará en forma confidencial, sin afectar el estatus académico dentro del Colegio de la persona afectada. El Departamento de Orientación remitirá al estudiante con profesionales en la materia si fuere necesario.

11.- DE LAS FALTAS, SANCIONES Y SU PROCEDIMIENTO ARTÍCULO 27.- Se considerarán como faltas, en cualquier grado, aquellas conductas o actos contrarios a las obligaciones y deberes de los estudiantes, que se encuentren estipulados en este reglamento, y que consecuencialmente contravengan las prohibiciones establecidas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiere afectarle. ARTÍCULO 28.- Sin perjuicio del artículo anterior, serán también consideradas como faltas, aquellas conductas o actos que no estando expresamente señaladas en este reglamento, que constituyan según la apreciación del Equipo de Convivencia Escolar, un atentado a la sana convivencia de la comunidad educativa. ARTÍCULO 29.- Cualquiera sea la falta, ésta deberá ser dejada en constancia en la hoja de vida del estudiante con la firma del profesor (a) y/o inspector (a) responsable que la observó. ARTÍCULO 30.- La hoja de vida de los estudiantes, es el único instrumento donde se registra todo el acontecer académico y disciplinario, tanto en lo positivo como en lo negativo. De lo anterior, se corrige que no sólo se deberá dejar constancia de los actos de indisciplina, sino también de aquellos actos positivos de carácter relevante que ocurran durante el proceso formativo de los menores, toda vez, que a través de éste único instrumento, que será en la práctica un registro de antecedentes, se resolverán las sanciones o medidas disciplinarias o académicas.

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ARTÍCULO 31.- FALTAS LEVES: Corresponden a aquellas actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daños físicos o psicológicos a otros miembros de la comunidad.

1.- No presentarse a clases correctamente uniformado, entendiéndose como tal, que se presente con buzo el día que no le corresponde utilizarlo, o no vestir su uniforme conforme a lo estipulado en este reglamento. 2.- Registrar 03 atrasos y/o Inasistencias sin justificar al inicio de cada jornada. 3.- No portar útiles escolares, personales o de aseo. 4.- No presentarse, en forma reiterada, en condiciones higiénicas , como por ejemplo : sin afeitar, pelo largo (Varones) uñas largas y sucias (damas y varones), etc.

5.- Usar pantalones a la cadera (Damas y varones) 6.- El uso de maquillajes y de cualquier accesorio en general. 7.- Usar uñas pintadas (damas) 8.- No traer tareas o materiales requeridos por el profesor 9.- Comer, beber o masticar chicle durante las clases. 10.- Hacer mal uso de los bienes que pertenecen a la comunidad educativa (Agua, luz, mobiliario, etc.) 11.- Ensuciar o descuidar la limpieza del lugar de trabajo del estudiante (Sala, patio, etc.) 12.- Tirar o botar basura al suelo no ocupando los contenedores dispuestos para tal efecto.

Conversación de carácter formativo con el estudiante.

- 2º Informar por escrito al apoderado.

Conversación formativa con el estudiante. Conversación formativa con el estudiante. Conversación formativa con el estudiante Conversación formativa con el estudiante

Conversación formativa con el estudiante Conversación formativa con el estudiante Conversación formativa con el estudiante Conversación formativa con el estudiante Conversación formativa con el estudiante Conversación formativa con el estudiante

Conversación formativa con el estudiante

Citar apoderado y conversar el tema junto al estudiante.

Informar al profesor jefe. Anotación al Libro de clases. Anotación al Libro de clases. Anotación al Libro de clases. Anotación al Libro de clases. Anotación al Libro de clases. Anotación al Libro de clases. Anotación al Libro de clases. Crear hábitos. Reiterativo : Anotación al Libro de clase. Crear hábitos. Reiterativo : Anotación al Libro de clases. Crear hábitos. Reiterativo : Anotación al Libro de clases.

Profesor Jefe y/o de asignatura. Inspector de ciclo. Profesor (a) de asignatura. Profesor (a) Jefe, profesor (a) de asignatura, Insp. Gral. e inspectores. Profesor (a) Jefe, profesor (a) de asignatura, Insp. Gral. e inspectores. Profesor (a) Jefe, profesor (a) de asignatura, Insp. Gral. e inspectores. Profesor (a) Jefe, profesor (a) de asignatura, Insp. Gral. e inspectores. Profesor (a) Jefe, profesor (a) de asignatura, Insp. Gral. e inspectores. Profesor (a) de asignatura. Profesor (a) Jefe, profesor (a) de asignatura, Insp. Gral. e inspectores. Profesor (a) Jefe, profesor (a) de asignatura, Insp. Gral. e inspectores.

Insp. Gral. con apoyo de los

inspectores y de todo el personal del colegio.

TIPIFICACIÓN DE LA FALTA PROCEDIMIENTO APOYOS Y MEDIDAS RESPONSABLES DE APLICAR LA MEDIDA Y SANCIONES

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ARTÍCULO 32.- FALTAS GRAVES: Corresponden a aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica y física de otro miembro de la Comunidad Educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia.

.

8.- Cualquier otra conducta o acto que de acuerdo a la apreciación de la Dirección, Subdirección e Inspectoría General sea considerada como falta leve.

1.- No ingresar al colegio en

el horario estipulado, sin justificación de apoderado/a.

2.- No informar a su Apodera-do sobre alguna citación o reunión. 3.- Registrar 05 atrasos y/o Inasistencias sin justifi- car al inicio de cada jornada 4.- Utilización de vocabulario soez, o gestos obscenos y vulgares. 5.- Jugar a la pelota en las salas y/o patios en horarios de recreos y almuerzo. 6.- Uso y manipulación de equipos tecnológicos en actividades académicas no autorizados por el docente. 7.- Uso de pantalones pitillos tanto en damas o varones. 8.- Reiteración, reincidencia en el incumplimiento de las normas de funcionamiento interno o de las faltas graves. 9.- Ausentarse de talleres de apoyo que el colegio ofrezca tales como: Electivos y PSU. 10.- Deteriorar, ensuciar, pin-tar o rayar cualquier instalación, mueble o bienes del colegio ya sea en salas y/o patios.

11.- Lanzar objetos hacia la vía pública. 12.- No trabajar durante las clases en forma reiterada, entorpeciendo el desarrollo de estas.

13.- Asistir al colegio con poleras de color, que no correspondan al uniforme.

Conversación con el estudiante. Conversación con el estudiante. Conversación con el estudiante y apoderado. Conversación con el estudiante. Conversación con el estudiante, Conversación con el estudiante. Conversación con estudiante. Conversación con el estudiante. Conversación con el estudiante

Conversaciòn con el estudiante. De no reconocer la falta es responsabilidad del grupo curso. Conversación con el estudiante

Conversación con el estudiante

Conversación con el estudiante

Citar apoderado y registro en Libro de Clases Citar apoderado y registro en Libro de Clases

Registrar en hoja de vida de estudiante.

Anotación en Libro de clases

Anotación en Libro de clases

Anotación en Libro de clases

Citar apoderado, anotación en Libro de clases

Citar apoderado y firma de Condicionalidad

Citar apoderado y firma de Compromiso de no reincidir.

Citar apoderado, anotación en Libro de clases y cancelar deterioro (Alumno o Curso) Citar apoderado y registrar en Libro de clases.

Citar apoderado, registrar en libro de clases y firmar Compromiso. Citar apoderado. Registrar en libro de clases, firma de Compromiso.

Inspectoría General, Profesor Jefe e Inspector/as de ciclo. Profesor Jefe y de asignatura Inspector (a) de ciclo. Profesor Jefe y asignatura, Inspector de ciclo, Orientadora. Profesor (a) Jefe, profesor (a) de asignatura e inspectores. Encargado de sala Enlaces Profesor Jefe, Profesor asignatura e Inspector/as de ciclo. Inspectoría General, Profesor Jefe

Profesor de asignatura

Profesor Jefe o de asignatura, Inspector/as de ciclo e Inspectoría General.

Profesor Jefe, de asignatura, Inspector/as de ciclo e Inspectora General. Profesor Jefe, de asignatura Profesor jefe, de asignatura, Inspector de ciclo.

TIPIFICACIÓN DE LA FALTA MEDIDAS FRENTE A LA FALTA SANCIONES RESPONSABLES DE APLICAR LA MEDIDA Y

SANCIONES

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ARTÍCULO 33.- FALTAS MUY GRAVES: Corresponden a actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica y física de otro miembro de la Comunidad Educativa, agresiones sostenidas en el tiempo y conductas tipificadas como delito. El o los estudiantes y apoderados/as tendrán derecho a la defensa y/o apelación, para realizar sus descargos frente a posibles medidas disciplinarias, como también a la revisión de las medidas adoptadas, dentro de un plazo de 15 días. Luego se realizará la consulta al Consejo Escolar o a un ente imparcial (Convivencia Escolar).

1.- Sustraer, fotografiar, difundir cualquier tipo de instrumentos de evaluación. 2.- 8 a 11 atrasos s/justificar. 12 a 15 atrasos s/justificar 16 a 19 atrasos s/justificar 20 y más atrasos s/justif. 3.- Sustraer sin autorización, materiales o útiles de cualquier integrante de la comunidad educativa, de institución o visitas. 4.- Deteriorar pertenencias, objetos, insumos o infraes- tructura de terceros, durante visitas programadas y autori-zadas por el establecimiento.

5.- Copiar durante una prueba o control.

6.- Adulteración o falsificación de notas en Libro de Clases, Registros o documentos utilizados en el colegio

7.- Indisciplina y/o faltas de respeto grave en Misas, Liturgias y/o Actos Cívicos.

8.- Cualquier tipo de Bullying, agresión verbal, física y/o faltas de respeto hacia cualquier integrante de la comunidad educativa o visitas a terceros durante actividades programa-das y autorizadas, fuera y dentro del Establecimiento. 9.- Las parejas, en general, no podrán manifestar conductas afectivas muy efusivas, con expresiones públicas de conductas propias de la intimidad dentro del colegio, ya sean hetero u homosexua- les. Además las parejas deberán estar visibles durante todo momento y no encerrase en la salas a puertas cerradas y a oscuras.

Recopilar información. Citar estudiante y Apoderado Citación apoderado. Citación apoderado. Citación apoderado. Citación apoderado Recopilar información con los involucrados y/o testigos.

Recopilar información con los involucrados y/o testigos Profesor requisa prueba o control. Recopilar información con los involucrados y/o testigos Conversación con estudiante Recopilar información con los involucrados y/o testigos, Conversación con el estudiante. Profesor Jefe, Orientación y Psicóloga deberán entrevis-tarse con las parejas involucradas.

Entrevista c/ estudiante y apoderado, firmar Condicio-nalidad y registrar en Hoja de Vida. Registrar en Hoja de vida. Compromiso + Hoja de vida Suspensión + Hoja de vida Suspensión + Hoja de vida. Entrevista con estudiante y apoderado, firmar Condicio-nalidad y registrar en Hoja de Vida.

Citación a apoderado/a del estudiantes (s) involucrados, Anotación al Libro de Clases y evaluar con nota mínima. Entrevista con estudiante, citar apoderado, firmar Condicionalidad Extrema Citar Apoderado, registrar en Hoja de Vida y derivar a Pastoral. Citar apoderado, firmar Condicionalidad Extrema y registrar en Hoja de vida. Llamado de atención. Registrar en Hoja de Vida. Citar apoderado e informar Derivar a Orientadora. .

Dirección, Inspectoría General, Profesor Jefe, UTP y Encargado de Convivencia Escolar. Insp.Gral. Prof.Jefe, Insp. ciclo Insp. Gral. + Director Insp.Gral.Prof.Jefe, Insp. ciclo. Insp.Gral. Prof. Jefe, Insp./a ciclo Dirección, Insp.Gral.Conv. Escolar, Insp. de ciclo.

Dirección, Inspectoría Gene-ral, Profesor Jefe y Encargado de Convivencia Escolar.

Profesor de asignatura, UTP. Dirección, Inspectoría General, UTP, Profesor Jefe, de asignatura y Encargado de Convivencia Escolar. Inspectoría General, Insp. de ciclo y Encargado de Pastoral. Dirección, Insp.Gral, Orientación, Psicóloga, Profesor Jefe, Encargado Conv. Escolar Insp. Gral., Orientación e Inspectores de ciclo. . .

TIPIFICACION DE LA FALTA MEDIDAS FRENTE A LA FALTA

SANCIONES RESPONSABLES DE APLICAR LA MEDIDA Y SANCIONES

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1 10.- Salir del colegio, sin haber

firmado por parte de su apoderado el registro correspondiente

1 11.- Salir sin autorización de la

sala mientras se efectúa la clase y no volver a ésta. 12.- No ingresar a clases estando en el colegio en forma reiterada.

31 3.- 13.- Ingresar, portar, vender,

regalar o consumir cualquier tipo de drogas licitas e ilícitas. 14.- Dedicarse al comercio de cualquier tipo de producto dentro del establecimiento. (DS Nº 977 año 1999 MINSAL)

15.- Ingresar bajo la influencia del alcohol o drogas. 16.- Ingresar al colegio con personas extrañas, al establecimiento, sin la autorización correspondiente. 17.- Realizar o promover actividades que comprometan la imagen y prestigio del colegio o de alguno de los integrantes de la comunidad educativa. .

s) 18.- Ingresar y portar armas de fuego, corto punzantes (cuchillos, cortaplumas, manoplas, corta cartón, sables, etc.) u otra que pueda dañar su integridad física y la de su pares. 19.- Ingresar a recintos del establecimiento sin la debida autorización, mediando: - La fuerza, el escalamiento - Por forado con rompimiento

de paredes,techos,puertas,

portones o ventanas. - Introduciéndose mediante la seducción, simulación o en nombre y representación de autoridades del establecimiento.

Conversación con el estudiante, registro en Hoja de Vida. Anotación en Libro de clases, citar al apoderado. Citar apoderado, anotación en Libro de clases (Profesor correspondiente) Conversación con estudiante, requisar artículos, citar Apod. registrar en Hoja de Vida. Conversación correctiva con el estudiante y requisar artículos (Entregar al apoderado)

- Conversación con el estu-diante, registro en Hoja de Vida, citar apoderado. Solicitar al extraño salir del colegio, conversación con el estudiante, registro en Hoja de Vida. Reunir antecedentes, llamar a involucrados. Informar situación a Direc-ción e Inspectoría General. Hacer la denuncia a PDI y/o Carabineros según Ley de Armas (Ley Nº 20.014 ) Amonestación escrita a la Hoja de Vida.

Amonestación escrita, citar apod. Firmar Condicionalidad Amonestación escrita, citar apod. Firmar Condicionalidad Amonestación escrita, citar apod. y firmar Condicionalidad . Estudiante y apoderado firman Extrema Condicionalidad. Citar apoderado y registrar en Libro de Clases. Reiterativo: Apoderado firma Medida Disciplinaria. Alumno y apoderado firman Extrema Condicionalidad Citar apoderado y firmar Condicionalidad

Citar apoderado y firmar Condicionalidad y/o Extrema depende de gravedad. Citar apoderado en forma URGENTE y firmar Extrema Condicionalidad y/o Cancelación de Matrícula Citar apoderado y firmar Extrema Condicionalidad y/o Cancelación de Matrícula

Inspectoría General e Inspec-tor/as de ciclo. Profesor de asignatura, Profesor Jefe e inspector/as de ciclo. Aplica Inspectoría General y Profesor Jefe e Inspector/es de ciclo. Dirección, Orientadora Inspectoría General y Profesor Jefe. Inspectoría General, Inspector ciclo y Profesor Jefe. Dirección, Orientadora Inspectoría General, Psicóloga y Profesor Jefe Inspectoría General e Inspector de ciclo. Inspectoría General, Profesor Jefe, Orientadora, Inspectores de ciclo. Dirección. Dirección, Inspectoría General, Profesor Jefe, Encargado de Convivencia Escolar, Orientación.

TIPIFICACIÓN DE LA FALTA MEDIDAS FRENTE A LA FALTA

SANCIONES RESPONSABLES DE APLICAR LA MEDIDA Y SANCIONES

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16.- Intimidar, amedrentar en forma física, sicológica o verbalmente a través de terceros a cualquier integrante de la comunidad educativa, dentro o fuera del colegio.

20.- Ingresar, distribuir, exhibir, ofrecer, vender, comprar u ocultar material pornográfico al interior del colegio o en actividades organizadas por el establecimiento fuera de éste. 21.- Abrir, registrar, sustraer o destruir física y computa-cionalmente correspondencia, archivos o antecedentes de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 22.- La destrucción intencio-nal (quemar, romper, dañar) de la infraestructura o bienes del colegio, de cualquier miembro de la Comunidad Educativa, o de terceros que se encuentren de visita en las instalaciones del mismo. 23.- Fotografiar, grabar voces o videos a personas de la Comunidad Escolar sin su consentimiento y para fines que vulneren su intimidad o dignidad personal o familiar. 24.- Utilizar cualquier medio de comunicación, redes sociales y mensajería para agredir, amenazar, violentar, degradar, denostar, mancillar, injuriar o lesionar la honra, prestigio e imagen del colegio o de cualquier integrante de la comunidad educativa. 25.- Discriminar a un integrante de la Comunidad Educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensa-miento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o defec-tos físicos, entre otros.

Reunir antecedentes, llamar a involucrados. Reunir antecedentes, llamar a involucrados.

- Reunir antecedentes, llamar a involucrados. Reunir antecedentes, llamar a involucrados. Reunir antecedentes, llamar a involucrados. Reunir antecedentes, llamar a involucrados.

Dirección, Inspectoría General, Profesor Jefe, Encargado de Convivencia Escolar, Orientación Dirección, Inspectoría General Profesor Jefe, Encargado de Convivencia Escolar, Orientación Dirección, Inspectoría General Profesor Jefe, Encargado de Convivencia Escolar, Orientación Dirección, Inspectoría General, Profesor Jefe, Encargado de Convivencia Escolar, Orientación Dirección, Inspectoría General, Profesor Jefe, Encargado de Convivencia Escolar, Orientación

Dirección, Inspectoría General, Profesor Jefe, Encargado de Convivencia Escolar, Orientación

TIPIFICAION DE LA FALTA MEDIDAS FRENTE A LA FALTA

SANCIONES RESPONSABLES DE APLICAR LA MEDIDA Y SANCIONES

Citar Apoderado(s) Firmar Extrema Condicionalidad. Citar apoderado y firmar Extrema Condicionalidad. Citar Apoderado (s) Firmar Extrema Condicionalidad. Citar apoderado y firmar Condicionalidad Extrema. Citar apoderado y firmar Condicionalidad Extrema. Citar apoderado y firmar Extrema Condicionalidad.

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12.- SANCIONES Y SU PROCEDIMIENTO ARTÍCULO 34.- Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios: a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado. c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como : • La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores • El carácter vejatorio o humillante del maltrato • Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro • Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa • Haber agredido u ofendido a un profesor o funcionario del establecimiento d) La conducta anterior del responsable e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra f) La discapacidad o indefensión del afectado.

13.- FALTAS Y SANCIONES ARTÍCULO 35.- Las medidas disciplinarias tienen como finalidad lograr un cambio positivo en el afectado, respetar los derechos de los demás y los valores impartidos por el Colegio y proteger a las personas y el entorno. Las medidas disciplinarias deben ser determinadas y aplicadas por los Docentes y Directivos del Colegio. Se podrán imponer las siguientes medidas o sanciones disciplinarias:

a) Diálogo personal pedagógico y correctivo: Lo hará el Profesor (a) Jefe y/o de asignatura. Quien deberá dejar registro escrito del diálogo personal pedagógico y correctivo en un acta u hoja de entrevista confidencial, además de realizar un resumen general de aquella instancia en el libro de clases, con firma del estudiante.

b) Diálogo grupal o con el curso afectado: Lo hará el Profesor (a) Jefe o de asignatura. Dejando registro escrito. c) Amonestación verbal: Es el llamado de atención que hará el profesor (a) Jefe o de asignatura. De manera

privada y dejando los registros correspondientes. d) Amonestación escrita: Es la censura realizada por el profesor (a) jefe o de asignatura, dirección, inspectoría

general, asistente de la educación frente a la reiteración de alguna falta leve o una falta grave. Siempre será registrada como observación en el libro de clases y con citación al apoderado (a).

e) Medidas Reparatorias: Las sanciones deben permitir que las y los estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse por ellos y desarrollen compromisos genuinos de la reparación del daño. Para que la medida sea formativa, ésta deberá ser coherente con la falta cometida.

f) Algunos ejemplos de sanciones reparatorias son :

f.1.- Acciones para reparar o restituir el daño causado : Reconocimiento del daño causado a un tercero, dentro de una instancia de diálogo mediada por algún profesor (a), directivo u otro profesional del establecimiento educacional. La acción reparatoria será obligatoria , pero proporcional y relacionada con el daño causado, Ej. : Restituir un bien material o pedir, voluntariamente, disculpas públicas.

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f.2.- Servicio comunitario : Implica alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Ejemplos: limpiar algún espacio del establecimiento, mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad, ordenar materiales en el CRA, previa conversación y autorización por escrito del apoderado. g) Comunicación y citación al apoderado: Para entrevista.

h) Derivación al Departamento de Orientación cuando no son intervenidos en forma externa: El equipo compuesto por la Orientadora y la Psicóloga del colegio resolverán qué tipo de apoyo se necesita e intervendrán cuando la falta se mantenga en el tiempo y no responda a las medidas pedagógicas y sanciones resueltas por el establecimiento.

i) Compromiso: Inspectoría General, a solicitud del Profesor (a) Jefe y/o Encargado Convivencia Escolar puede aplicar un documento de Compromiso al estudiante para que modifique sus actitudes negativas en: Responsabilidad, Rendimiento y Disciplina. En los tres casos con notificación escrita al apoderado (a) o tutor del estudiante para tomar conocimiento de la medida disciplinaria y asumir las responsabilidades académicas pendientes a su regreso.

j) Suspensión temporal : Se refiere a la separación del estudiante de toda actividad académica o extracurricular

por un período de 1 a 5 días, que dependerá de la gravedad y del exhaustivo análisis del caso en particular pudiendo ser renovable por una sola vez y por igual período y registrada en la Hoja de Vida del estudiante.

k) Condicionalidad: Es aquella sanción que condiciona el actuar disciplinario (la matrícula) del estudiante que ha

incurrido en reiteración de infracciones leves o infracciones graves.

l) Extrema Condicionalidad: Habiendo hecho un seguimiento, se resuelve que por parte del estudiante, no han presentado cambios positivos en materia de disciplina o rendimiento. Se le informará al estudiante, junto a su apoderado, que de no haber cambio inmediatamente, se procederá a la suspensión indefinida. Esta medida es solicitada por el profesor (a) jefe, resolviendo la Dirección junto Equipo de Convivencia Escolar.

m) Cancelación de matrícula: de acuerdo a la ley de subvención, en el art. 6, letra d) se deberá aplicar el siguiente procedimiento: el director, posterior a un justo proceso, deberá informar a los apoderados de la cancelación de matrícula para el siguiente año, durante el primer semestre.

n) Suspensión medida disciplinaria: Se suspenderá una medida disciplinaria, de forma gradual a petición del

Profesor (a) Jefe y autorizada por Inspectoría General, considerando la hoja de vida intachable del estudiante (No debe tener ninguna anotación negativa) a partir del momento en que fue cursada dicha sanción. Se considerará la apelación correspondiente a las medidas disciplinarias.

ARTÍCULO 36.- Las anotaciones de carácter positivo (cinco positivas) serán consideradas como atenuantes con respecto al pronunciamiento de las sanciones de este Reglamento. Este artículo no tendrá aplicación para las sanciones derivadas por rendimiento académico.

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ARTICULO 37.- Obligación de denuncia de delitos. El Director, Profesores o cualquier miembro de la Comunidad Educativa deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las Fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho.

14.- DE LA APELACION A LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS. ARTICULO 38.- Todo estudiante y/o apoderado sancionado por alguna de las medidas contempladas y que no esté de acuerdo con la medida aplicada por el Establecimiento, podrá manifestar su desacuerdo o defensa, a través de una apelación escrita dirigida a la Dirección, dentro de 15 días contados desde la notificación de dicha sanción al apoderado titular del alumno. Dicha apelación deberá presentarse por escrito en Secretaría del establecimiento, planteándose en términos respetuosos y veraces, debiendo Dirección resolver, previa consulta al Consejo Escolar, dentro de un plazo no superior a 5 días corridos desde la fecha en que se recepciona el escrito de apelación. Cualquier otro conducto en la forma de la apelación, se tendrá por no presentada, manteniéndose firme la medida disciplinaria decretada. ARTICULO 39.- Una vez resuelta la apelación, ésta deberá notificarse personalmente o por medio de carta certificada al domicilio señalado por el estudiante y a su apoderado titular.

15.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTO. ARTICULO 40.- Sera política del Colegio privilegiar la resolución pacífica de los conflictos a través del diálogo entre las partes. Algunas de las técnicas que podrán aplicar la dirección, los docentes y el Equipo de Convivencia Escolar, serán: Negociación : Entre las partes involucrada en el conflicto, sin intervención de terceros, establecen comunicación en busca de una solución y adquieren un compromiso Arbitraje : Este procedimiento esta guiado por un adulto con legitimidad y atribuciones en la comunidad escolar, a través del dialogo y la escucha activa, busca una solución justa para las partes involucradas Mediación : Este procedimiento, en que un tercero neutral, genera el dialogo entre las partes para que estas formulen sus acuerdos. La Dirección, el Equipo de Convivencia Escolar y los Asistentes de la Educación, para logar la aplicación de estas formas de resolución colaborativas de conflictos.

16.- MALTRATO INFANTIL Y VIOLENCIA ARTÍCULO 41.- Se considera maltrato infantil la desatención de que son objeto los niños menores de 18 años e incluye todos los tipos de maltratos físicos y/o psicológicos, desatención y negligencia por parte de los padres y/o cuidador. ARTÍCULO 42.- Se entenderá por violencia intrafamiliar el abuso que se da entre los miembros de una familia, constituida por acciones u omisiones que causan daño físico, psicológico o sexual. Corresponde a toda acción u omisión cometida por algún miembro de la familia en relación de poder, sin importar el espacio físico donde ocurra, que perjudique el bienestar, la integridad física, psicológica o la libertad y el derecho al pleno desarrollo de otro (a) miembro de la familia.

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17.- ABUSOS SEXUALES ARTÍCULO 43.- Se entiende por Abuso Sexual Infantil el contacto o interacción entre un niño (a), entre pares, con un

adulto, en el cual el menor es utilizado (a) para satisfacer sexualmente al agresor. Es un delito y se castiga por la Ley,

ya que viola los derechos fundamentales del ser humano.

18.- DE LA REVISIÓN DEL MANUAL Y SU DIFUSIÓN ARTÍCULO 44. El Reglamento Interno debe ser conocido por todos los integrantes de la Comunidad Educativa (Profesores, Estudiantes, Asistentes de la Educación, Apoderados, etc.) y para ello estará publicado en la página web del colegio ( www.proviparral.cl ) ARTÍCULO 45. Cualquier situación no considerada en este manual durante el año escolar en curso, será resuelta por la Dirección del establecimiento.

19.- DE LOS VIAJES DE ESTUDIOS

Corresponde al conjunto de actividades educativas extraescolares que planifiquen, organicen y realicen, dentro del territorio nacional, grupos de estudiantes del establecimiento educacional, con el objeto de adquirir experiencias en los aspectos económicos, sociales, culturales y cívicos de la vida de la región que visiten, que contribuyan a su formación y orientación integral. Estos viajes serán de exclusiva responsabilidad del Director y el Sostenedor del Establecimiento Educacional, quienes reunirán con la debida anticipación todos los antecedentes del viaje para resguardar la integridad de los estudiantes y cautelar el cumplimiento de los requisitos. (Autorización escrita de los padres y/o apoderados , antecedentes del profesor (es) que acompañara a los estudiantes, documentos del medio de transporte que se utilizará, al día y antecedentes del conductor) Solo podrán salir del establecimiento los estudiantes que cuenten con la autorización debidamente firmada por el apoderado, donde se explicita el lugar de la visita, hora y día. Todas las autorizaciones quedan en el establecimiento mientras los estudiantes se encuentran fuera de la institución. Así también será informada, con 10 días de anterioridad, la Provincial de Educación correspondiente. Las autorizaciones serán entregadas por el profesor encargado de la unidad pedagógica, con 48 horas de anticipación a la dirección del colegio. Para efecto de cobros de subvención, los viajes de estudios serán considerados cambio de actividades, por lo tanto, el Sostenedor podrán cobrar subvención por aquellos estudiantes que participen en el viaje, siempre y cuando cuenten con toda la documentación solicitada anteriormente.

20.- DE LAS SALIDAS DENTRO DE LA COMUNA Las salidas a terreno dentro de la ciudad serán autorizadas por la Dirección de colegio y el Apoderado, por escrito, en un período de una semana antes de realizar la actividad. En el caso de las clases de Educación Física y Academias en que el colegio se vea en la obligación de utilizar un recinto o espacio abierto fuera del establecimiento, será responsabilidad del Director y, el Apoderado extenderá con anterioridad una autorización por el período de tiempo que dure la calendarización de éstas clases fuera del colegio, dicha autorización quedará en un archivo especial de Unidad Técnica Pedagógica (UTP) . No obstante lo anterior, en cada salida a terreno deberá quedar claramente establecido en el Registro de Salidas : El nombre del o los docentes a cargo, curso, número de estudiantes, lugar de destino, hora de salida y de regreso.

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Para las salidas dentro de la comuna los estudiantes deberán : 1.- Cumplir las normas del Manual de Convivencia Escolar del colegio, mantener una conducta de respeto y orden en el trayecto y lugar de la visita pedagógica. 2.- Cumplir y seguir las instrucciones del profesor (a) a cargo. 3.- Comunicar al profesor (a), de producirse alguna situación inadecuada cómo : 3.1.- Si una persona extraña se acerca a hacer preguntas o invitarlas a otro lugar. 3.2.- Si algún compañero (a) se siente mal. 3.3.- Si algún compañero (a) molesta de forma reiterada. 4.- Mantener el respeto hacia sus pares y personas presentes en el trayecto o lugar de visita. 5.- Respetar y cuidar la limpieza del medio de transporte y el lugar de la visita. 6.- En caso de producirse un sismo, quedarse en el lugar en que se encuentren en una actitud de protección hasta recibir las instrucciones de evacuación y orden del profesor (a) y personal de seguridad del lugar.

21.- DECRETO 313

Los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos fiscales o particulares del Estado o reconocidos por éste, quedarán sujetos al seguro escolar contemplado en el artículo 3º de la ley Nº 16.744, por los accidentes que sufran durante los estudios, o en la realización de su práctica educacional o profesional, en las condiciones y con las modalidades que se establecen en el presente decreto. Para los efectos de este decreto se entenderá por accidente toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su práctica educacional, y que le produzca incapacidad o muerte. El estudiante víctima de un accidente escolar tendrá derecho a las siguientes prestaciones que se otorgarán gratuitamente hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente:

a) Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio. b) Hospitalización, si fuere necesario, a juicio del facultativo tratante, c) Medicamentos y productos farmacéuticos. d) Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación. e) Rehabilitación física y reeducación profesional. f) Los gastos de traslado y cualquier otro necesario, por el otorgamiento de estas prestaciones.

El estudiante que como consecuencia de un accidente escolar perdiere a lo menos el 70% de su capacidad para trabajar, actual o futura, tendrá derecho a una pensión por invalidez igual a un sueldo vital, escala A del departamento de Santiago. Todo estudiante inválido a consecuencia de un accidente escolar que experimentare una merma apreciable en su capacidad de estudios, tendrá derecho a recibir educación gratuita por parte del Estado. Este derecho se ejercerá concurriendo directamente la víctima, o su representante, al Ministerio de Educación, el que se hará responsable de dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo. La persona o institución que compruebe haberse hecho cargo de los funerales de la víctima recibirá cuota mortuoria, con el fin de cubrir el valor de ellos, una suma equivalente a dos sueldos vitales mensuales, escala A del departamento de Santiago.

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Ante una emergencia, el Colegio Providencia siempre estará al servicio de la Comunidad Educativa, jamás expondrá la seguridad de sus estudiantes ni la del personal en general …

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES

DEFINICION DE ACCIDENTE ESCOLAR : Un accidente escolar, es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades

escolares y extraescolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño, todo esto en el marco de clases oficiales, no tomándose en cuenta los períodos de vacaciones, sábados, domingos y festivos. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales.

En caso de accidente escolar todos los y las estudiantes desde Pre Kínder hasta Cuarto Medio del Colegio Providencia de Parral, estarán afectos al Seguro Escolar (ART. 3 Ley Nº 16.744 del Decreto Supremo Nº 313 del 12.05.1972), desde el instante en que son matriculados por su apoderado. PROCEDIMIENTO Y PUESTA EN MARCHA ANTE ACCIDENTES AL INTERIOR DEL COLEGIO

a) Personal responsable del establecimiento, presta la atención y/o los primeros auxilios al estudiante. b) Se informa de inmediato a Dirección e Inspectoría General. c) Encargada de Accidentes Escolares se contacta con el apoderado quién deberá presentarse lo antes posible en

el colegio, de no poder hacerlo podrá enviar a un familiar ( Papá, Mamá, Tutor. Etc. ) d) En el caso de accidentes que requieran el traslado del estudiante al Hospital San José de Parral (Ej. :

Fracturas, traumatismos, esguinces, quemaduras) la Encargada de Accidentes Escolares pedirá telefónicamente la asistencia de la ambulancia para el traslado del estudiante accidentado o el taxi contratado por el colegio para traslados de menor gravedad, mientras se hace éste trámite la Secretaria procederá a llenar el Formulario de Declaración de Accidentes Escolares, en ausencia de esta lo hará quien la subrogue.

e) Ante otras lesiones o accidentes de menor gravedad, la Encargada de Accidentes Escolares se contacta con apoderado para retirar al estudiante afectado desde las dependencias del colegio.

f) En caso que un estudiante se enferme en el colegio, el procedimiento es el siguiente : - Adquirir información del estado de salud del estudiante. - Encargada se contacta con apoderado para retirar al estudiante de las dependencias de colegio.. - Apoderado retira al estudiante, tomando la decisión que estime conveniente.

En el caso de traslado al Hospital San José de Parral, el estudiante será acompañado en todo momento, si el servicio

de urgencia lo permite, por la Encargada de Traslados, quien permanecerá con él hasta la llegada de su apoderado (a)

en el caso especial que éste llegue directamente al Servicio de Urgencia. Cabe señalar que la responsabilidad del

Establecimiento en caso de accidente, llega hasta el momento en que el estudiante es entregado al

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Servicio de Urgencia o a sus padres quiénes tomarán las decisiones en el o los tratamientos a seguir según

prescripción médica..

PROCEDIMIENTO Y PUESTA EN MARCHA ANTE ACCIDENTES AL EXTERIOR DEL COLEGIO (De trayecto )

a) Personal responsable: Apoderado y/o estudiante y/o adulto responsable del furgón escolar, que se encuentre en el momento con el estudiante accidentado procederá al traslado, dependiendo de la gravedad, directamente al Servicio de Urgencia del Hospital San José de Parral, o al colegio si no reviste gravedad.

b) El adulto responsable de trasladar al estudiante accidentado al Hospital San José de Parral, informará al colegio para que la Secretaria confeccione el Formulario de Declaración de Accidentes Escolares de Trayecto, y en su ausencia quién la subrogue.

c) Si el adulto responsable decide trasladar al estudiante accidentado al colegio, será el o la Encargada de Accidentes Escolares quién, primero avisará telefónicamente al apoderado para que se presente en el colegio para ponerlo al tanto del accidente de trayecto y luego procederá a evaluar y recomendarle al apoderado el traslado al Hospital San José de Parral o el traslado a su casa.

d) Una vez confeccionado el documento, será el colegio el encargado de hacer llegar al Hospital San José de Parral el documento en cuestión.

USO DE FARMACOS ( DFL Nº 725 ART. 113 Resolución del Ministerio de Salud sobre suministro de

medicamentos en salas de primeros auxilios) En sala de Primeros Auxilios NO se podrá administrar ningún tipo de medicamentos. En caso que el estudiante esté siendo tratado por prescripción médica,

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE INTOXICACIÓN ( Por gestión de alimentos en mal estado o productos tóxicos )

Con el objeto de minimizar las consecuencias que provoca una intoxicación en el Colegio y asegurar una rápida respuesta en la atención al o los accidentados (as), se establece el presente procedimiento interno de actuación, para conocimiento de todas las personas que conforman la Comunidad Escolar. Descripción : Una intoxicación alimentaria es la manifestación clínica de toxicidad (Intoxicación) consecuente con la exposición a sustancias tóxicas vehiculizadas por los alimentos, tanto sólidos como líquidos. La intoxicación ocurre tras la ingestión de alimentos que están contaminados con sustancias orgánicas o inorgánicas, perjudiciales para el organismo, tales como ; venenos, toxinas, agentes biológicos patógenos, metales pesados, diluyente, etc. Frecuentemente, se asocia a la ingesta de un alimento deficientemente preparado y/o mal conservado. Generalmente, se manifiesta por nauseas y vómitos, diarrea, fiebre, dolor abdominal, dolor de cabeza, algunas veces reacciones alérgicas, deshidratación y otras complicaciones que pueden originar la muerte. La contaminación de los alimentos puede producirse a través de los manipuladores, por presencia de roedores o insectos o por utensilios de cocina, también por provenir de animales enfermos. Síntomas de la intoxicación alimentaria : La intoxicación alimentaria, puede afectar a una persona o puede presentarse como un brote en un grupo de personas que comieron el mismo alimento contaminado. Los síntomas de los tipos de intoxicación alimentaria más común, generalmente, comienzan en un período de dos a seis horas después de ingerir el alimento responsable. Ese tiempo puede ser mayor (incluso muchos días) o menor, dependiendo de la toxina o del organismo responsable de la intoxicación. Los síntomas pueden incluir :

* Náuseas y vómitos * Cólicos abdominales * Diarrea (puede ser sanguinolenta). * Fiebre y escalofríos. * Debilidad (puede ser grave y llevar a paro respiratorio en el caso del botulismo).

* Dolor de cabeza. PROTOCOLO EN CASO DE UNA INTOXICACIÓN 1.- Si un estudiante y/o funcionario se encuentra afectado con los síntomas de una Intoxicación alimentaria : avisar al personal responsable del establecimiento el cual prestará atención y/o primeros auxilios a la persona afectada. Se informa de inmediato a Dirección. 2.- Encargada de primeros auxilios se contacta con el apoderado para que se presente en el colegio. 3.- En caso de intoxicación que requiera el traslado inmediato del estudiante afectado (a), se llevara a Urgencia del Hospital San José de Parral, donde el apoderado (a) debe llegar en forma URGENTE. 4.- La secretaria del establecimiento procederá a llenar el Formulario de Declaración de Accidente Escolar, en

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ausencia de ésta lo hará quien la subrogue y lo despachará en forma urgente al Hospital San José de Parral.

PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN FRENTE AL CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS

1.- Fomentar la prevención del consumo de alcohol y drogas, a través de programas desarrollados por el Profesor

Jefe, Orientadora y Psicóloga o redes competentes gestionadas por el Depto. de Orientación .

2.- El adulto responsable (Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, Inspector, Asistente de la Educación) que conozca

cualquier conducta que haga presumir porte o consumo de alcohol o drogas dentro del Establecimiento, deberá

comunicar en forma inmediata a Dirección del Establecimiento.

3.- El Director deberá :

* Entrevistarse con el estudiante para recabar información.

* Se deberá firmar acta de lo tratado y dejar constancia en la Hoja de Vida del estudiante.

4.- Posteriormente y de forma inmediata :

* Se cita al apoderado para ponerlo en antecedentes del problema ocurrido con su hijo (a).

* Se deberá firmar acta de la entrevista con el apoderado y adjuntarla a la ya firmada por el estudiante y

refrendada con la firma de Director e Inspectoría General.

* Se dejará registrada la entrevista con el Apoderado y estudiante en la Hoja de Vida incluyendo los compromisos

adquiridos por ambos.

5.- Amonestar cualquier conducta de consumo de alcohol y drogas, según el Manual de Disciplina y Convivencia

Escolar. Además, por la gravedad de la falta se sancionará con medida disciplinaria de Condicionalidad ( Reglamento

Interno de Convivencia Escolar, ART. 33 Nº 11 Faltas Muy Graves)

6.- En caso de comprobarse cualquier falta dentro del Establecimiento, relacionada con el consumo de cualquier tipo

de droga o alcohol, el colegio realizará las gestiones dentro o fuera del Establecimiento para que el estudiante reciba

el apoyo y orientación adecuado tanto en lo físico, social, familiar y psicológico.

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7.- En caso que el estudiante ingrese al colegio bajo la influencia del alcohol o de haber consumido algún tipo de

drogas se deberá llevar al alumno a la Oficina de Dirección quién tomará las medidas del caso, Dirección avisará

primeramente al Apoderado y luego podrá derivar o denunciar el hecho a la Institución que corresponda.

8.- El Director deberá asegurar que los casos sean abordados en forma reservada y oportuna, a fin de evitar la

estigmatización del estudiante.

PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACCIÓN FRENTE AL ABUSO SEXUAL INFANTIL

MARCO LEGAL

El abuso sexual está tipificado como delito en el Código Penal chileno, por vulnerar los bienes jurídicos de la

“ Indemnidad sexual” (Medio de protección legal) para las personas menores de 14 años y la “ Libertad Sexual”

para las personas mayores de ésa edad. Esta dimensión está contemplada en la Ley 19.927 del Código Penal.

En la legislación chilena es la Constitución Política la que asegura en el Artículo 19 Nº 1, el derecho de todas las

personas a la vida, la integridad física y psíquica, siendo, por tanto, sujetos de dicha protección todos los individuos

de la especie humana, cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición.

En relación a la obligación de denunciar hechos con características de abuso sexual infantil, se destaca que tanto la

Ley de Menores como el Código Procesal Penal establecen la obligación para los Directores (as) de esta-

blecimientos educacionales públicos o privados y profesores (as) , de denunciar estos hechos. Dicha obligación

debe ser cumplida dentro de las 24 horas siguientes a las que se tuvo conocimiento, sancionándose su incumpli-

miento en el Artículo 177 del Código Procesal Penal en relación con el artículo 494 del Código Penal con pena de

multa de 1 a 4 TUM.

La Ley Nº 19.968 que crea los Tribunales de Familia plantea : “ Que será éste tribunal el que abordará los hechos

en los cuales aparezcan vulnerados los derechos de los niños (as) , así como también las causas relativas a abuso

sexual infantil, no constitutivos de delito “ .

DEFINICION DE ABUSO SEXUAL :

El Abuso Sexual Infantil es toda acción u omisión que produzca o pueda producir un daño que amenace o altere el

desarrollo normal de niños (as) o adolescentes y es considerado una grave vulneración de sus derechos.

Es un delito y se castiga por la ley ya que viola los derechos fundamentales del ser humano, en especial cuando son

niños o niñas.

La prevención implica toda la acción que impide la aparición del problema y la disminución de consecuencias

negativas. Prevenir supone reducir los factores de riesgo y aumentar los factores protectores. Los objetivos

principales de los programas de prevención del abuso, son orientados a evitar el abuso y a la detección temprana

de éste (estimulación de la revelación).

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.TIPOS DE ABUSO SEXUAL :

Abuso sexual propio : Es una acción que tiene un sentido sexual, pero no es una relación sexual y la realiza un hombre o una mujer hacia un niño (a). Generalmente consiste en : Tocaciones del agresor (a) hacia el niño (a) o de estos al agresor (a), pero inducidas por él mismo (a).

Abuso sexual impropio : Es la exposición a niños (as) de hechos de connotación sexual, tales como:

• Exhibición de genitales.

• Realización del acto sexual.

• Masturbación.

• Sexualización verbal.

• Exposición a pornografía.

Violación : Es todo acto de penetración por vía genital, anal u oral, que se realiza sin el consentimiento de la víctima, la que puede ser un niño (a) menor de 14 años (según establece el Código Penal)

Estupro : Es la realización del acto sexual aprovechándose de la inexperiencia sexual de la víctima o que se basa en una situación de abuso de autoridad, pudiendo ser víctimas niños (as) que tengan entre 12 y 18 años. También existe estupro si dicha acción se realiza aprovechándose de una relación de dependencia que la víctima tiene con el agresor, sea esta de carácter laboral, educacional o de cuidado, o bien si la engaña abusando de la inexperiencia o ignorancia sexual de la víctima.

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Según lo establece el Código Procesal Penal en su ART. 175, el Director de la unidad educativa, Inspector (a) General, Profesores (as) y Asistentes tienen la obligatoriedad de denunciar cualquier acción que revista carácter de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. Para cumplir con lo anterior se deben realizar los siguientes procedimientos :

• Cuando las autoridades del establecimiento educacional tomen conocimiento de este tipo de hecho, que tiene el carácter de delito , es necesario que cuenten con la mayor cantidad de antecedentes que permitan fundamentar la denuncia. Se debe asegurar que se está frente a un acto delictual.

• Comunicar de manera inmediata este tipo de hecho a las autoridades superiores de la institución educativa.

• Realizar la denuncia dentro del plazo de 24 Hrs. desde que se toma conocimiento del hecho según el ART. 176 del Código Procesal Penal, a alguna de las siguientes instituciones : - Carabineros de Chile - Policía de Investigaciones de Chile - Servicio Médico Legal - Ministerio Público - Juzgados de Familia ( Se recomienda utilizar ésta vía sólo como último recurso y cuando se requieran

medidas de protección inmediata )

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PROTOCOLO DE ACTUACION DEL ESTABLECIMIENTO Según lo establece el Código Procesal Penal en su ART. 175, el Director de la unidad educativa, Inspector (a) General, Profesores y Asistentes tienen la obligatoriedad de denunciar cualquier acción que revista carácter de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa o que hubieren tenido lugar en el establecimiento.

El Director y Encargado (a) de Convivencia Escolar deberán:

Con el menor que podría estar siendo víctima de un delito:

- Escucharlo y contenerlo en un contexto resguardado y protegido.

- Informarle que la conversación será privada y personal.

- Darle todo el tiempo que sea necesario, no presionar.

- Escucharlo sin cuestionar ni confrontar su versión.

- Evitar emitir juicios sobre las personas o la situación que le afecta.

- No hacerle preguntas inductivas tales como ¿Han abusado de ti?, ¿Te han violado?

- No solicitar detalles excesivos.

- Evitar atribuirle alguna responsabilidad en lo sucedido o en su posible evitación.

- No obligarlo a mostrar sus lesiones o quitarse la ropa.

- Manejar de forma restringida la información.

- Ofrecerle colaboración y asegurarle que será ayudado por otras personas.

Se deberá firmar acta de lo tratado en la entrevista y dejar constancia en la Hoja de Vida del estudiante.

Posteriormente :

• Dirección designará un equipo para que proceda a realizar la investigación correspondiente.

• El Director del establecimiento o quién lo reemplace notificará de inmediato al apoderado y/o a los padres

del estudiante, llamándolo telefónicamente para que concurra al establecimiento a fin de seguir conductos y

acciones regulares.

• El Director comunica el hecho al Departamento Provincial de Educación o a la Superintendencia de

Educación.

• El Director se entrevista con apoderado, padre y/o madre del afectado quienes deberán firmar acta de dicha

entrevista y dejar constancia en hoja de vida del estudiante.

• La investigación se realizará en un plazo de 7 días hábiles.

• Cumplido el plazo se entregará resultado de investigación al Director.

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• Dirección procederá a citar al apoderado para comunicar informe de cierre de investigación interna sin

prejuicio que el caso pase a entidades pertinentes mencionadas anteriormente.

PROTOCOLO DE ACCION ANTE SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR

INTRODUCCIÓN El colegio Providencia de Parral, cumpliendo con la disposición de la Ley contra la violencia escolar (Nº 20.536 del 17 de Septiembre 2011) que persigue atender situaciones de acoso escolar en los establecimientos educacionales. Dicha ley, colabora en darle relevancia y consignar como un deber del colegio promover la buena convivencia, prevenir y tomar medidas ante situaciones de violencia. Cualquier miembro de la comunidad educativa directivos, profesores (as), padres y apoderados, asistentes de la educación, estudiantes que tenga sospecha o conocimiento de algún estudiante que esté siendo víctima de acoso escolar tiene la obligación de dar aviso al Profesor Jefe o al Encargado (a) de Convivencia Escolar. PROCEDIMIENTO 1.- Tras el conocimiento de que algún estudiante es víctima de acoso escolar, el Profesor Jefe, se reunirá con el Director y Encargado (a) de Convivencia Escolar, para evaluar y tomar las acciones necesarias. 2.- Se adoptarán medidas de urgencia para proteger al estudiante agredido y medidas de apoyo al estudiante que ejerce el acoso. 3.- Si existe agresión física con lesiones se realizará la constatación en un Centro Asistencial donde el estudiante es acompañado (a) por un funcionario que designe Dirección mientras llegue el apoderado (a). En tal caso, se evaluará la edad del estudiante agresor, curso, el daño y características de las agresiones y, en caso de ser necesario el Director efectuará la derivación a la Oficina de Protección de los Derechos del Niño/a (OPD). 4.- El Encargado de Convivencia Escolar, citará de manera formal a los apoderados/as de los estudiantes implicados/as por separado (por contacto telefónico o a través de la agenda escolar), para exponer la situación, aportando información sobre la situación y las medidas que se están adoptando. Las entrevistas efectuadas, quedarán registradas en acta de reunión, siento esta la entrega oficial de la información. 5.- Una vez adoptadas las medidas de urgencia, el Encargado (a) de Convivencia Escolar reunirá la información necesaria relativa al hecho desde diversas fuentes.

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6.- Una vez recopilada toda la información, el Encargado (a) de Convivencia Escolar entregará a la Dirección la conclusión de esta, quién, junto al Equipo de Convivencia Escolar, adoptará las medidas disciplinarias para el estudiante agresor (a) de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Convivencia Escolar. 7.- El Encargado (a) de Convivencia Escolar o Inspector (a) General, informará a los apoderados (as) de los estudiantes implicados (as), las medidas de carácter individual que adoptaron para corregir la situación.

PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A DENUNCIAS DE MALTRATO INFANTO JUVENIL

Procedimiento ante situaciones de vulneración de derechos que constituyan delito : Maltrato Infantil, Abuso sexual y otros. El Código Procesal Penal, en su ART. 175 y 176 establece que ante un hecho constitutivo de delito, existe la obligación de denunciar dentro de las veinticuatro (24) horas. Por lo tanto, ante la develación de cualquier delito que afecte a un estudiante, el Director del establecimiento realizará la denuncia a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile o Fiscalía. En caso que el Director no se encuentre disponible dentro de las 24 horas correspondientes a la denuncia, será quién esté a cargo en ése momento del establecimiento quién la realice. 1.- Ante el relato de un estudiante, el adulto que recibe la develación debe escribir el relato del niño de manera textual y dar aviso de forma inmediata a Dirección, Inspectoría General y/o Encargado de Convivencia Escolar, evitando realizar preguntas. Para ello se completará la ficha que se anexa. 2.- De existir signos físicos de agresión, el estudiante o adolescente debe ser trasladado al Hospital de Parral, donde se realizará la respectiva constatación de lesiones. 3.- Se debe realizar la denuncia dentro del tiempo estipulado (24 Horas) 4.- De forma paralela, Dirección en compañía de Inspectoria General, dará aviso a los padres o cuidadores. En caso de que el supuesto agresor sea un familiar, debe tenerse especial cuidado en cómo se maneje la situación. 5.- De ser necesarias medidas de protección, el Director enviará vía oficio la solicitud al Tribunal de Familia. En éste caso, se adjuntará informe de Psicóloga (o) u otro profesional, con los antecedentes del caso.

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6.- En el caso de tener sospechas, pero no certeza, de la situación de abuso o maltrato, la denuncia se realizará a OPD, PPF Maulén o Tribunal de Familia.

7.- Toda conversación o entrevista con los involucrados debe quedar registrada, bajo firma, en el Libro de Actas de

Inspectoría General.

Procedimiento ante situaciones de vulneración de derechos que no constituyen delito: Ante situaciones De maltrato psicológico, maltrato por negligencia. 1.- La persona que recibe al estudiante en éstas circunstancias, debe dar aviso de inmediato al Director, Encargado (a) de Convivencia Escolar y Profesor Jefe. 2.- El Encargado (a) de Convivencia Escolar y/o la Psicóloga reunirán los antecedentes del caso. 3.- En paralelo, se informará a los padres de la situación y del procedimiento a seguir. 4.-El Encargado (a) de Convivencia Escolar derivará el caso a OPD o PPF Maulén y el Profesor Jefe llevará el seguimiento y acompañamiento al estudiante, coordinándose con los otros profesionales que estén interviniendo. 5.- Si no es posible contactar a los padres o cuidadores para informar de la situación en un plazo de 24 Horas, se dará aviso a Carabineros de Chile.

6.- Toda conversación o entrevista con los involucrados debe quedar registrada, bajo firma, en el Libro de Actas de

Inspectoría General y Hoja de Vida del estudiante.

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FICHA DE ACTUACION EN SITUACION CONTINGENTE A VULNERACION DE DERECHO LEVE Y GRAVE I.- IDENTIFICACION

Nombre del estudiante : ___________________________________________________________

Edad : _______________________

Curso : _______________________

Profesor (a) Jefe : ______________________________________________

Nombre apoderado (a) : ______________________________________________

Otros antecedentes : ___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

II.- ORIGEN Y PROCEDENCIA DE LA DENUNCIA

____ Estudiante

____ Estudiante de otro establecimiento educacional

____ Funcionario (a) del establecimiento educacional ____________________________________________

____ Otros ____________________________________________________________________________

____________________________________________________________________________

III.- SITUACION DE VULNERABILIDAD DE DERECHOS ( Maltrato infantil, abuso sexual infantil )

Breve descripción del relato : _________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________

_____________________________________________________________________________________________

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IV.- IDENTIFICACION DE LAS PARTES PRESENTES

________________________ _______________ ____________________

NOMBRE RUT FIRMA ( De quién asiste a la entrevista )

________________________ _______________ ____________________

NOMBRE RUT FIRMA ( De quién realiza la entrevista )

FECHA : ___ / ___ / ______ HRA. : ___ : ___

PROTOCOLO DE ACCION EN CASO DE DENUNCIA O RECLAMO CONTRA ALGUN

MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ( Que afecten o alteren la sana convivencia escolar )

Cualquier miembro de la comunidad educativa tendrá la obligación de seguir el siguiente protocolo como conducto regular antes de materializar la denuncia en otra instancia o institución : 1.- Todo miembro de la comunidad educativa que requiera realizar un reclamo frente a una situación o hecho acontecido que altere la convivencia escolar, ya sea contra un Profesor (a) , Inspector (a) , Apoderados (as) , entre pares u otras, deberá exponer por escrito lo sucedido, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde la ocurrencia del hecho, con el fin de permitir al establecimiento indagar el hecho y/o situación ocurrida y así dar respuesta a la denuncia. 2.- Dicho reclamo se ingresará en Inspectoría General y/o Encargado (a) de Convivencia Escolar , considerando : Nombre del denunciante, calidad o rol del miembro de la comunidad educativa, fecha de denuncia, hechos denunciados, medios probatorios si los hubiera, firma y Rut del denunciante. 3.- El Encargado (a) de Convivencia Escolar e Inspectoría General, al momento de recepcionar el reclamo o denuncia, deberá comunicar a la Dirección del establecimiento, ésta se encargará de determinar a quién derivará el caso, dejando constancia por escrito de la orden de iniciar la investigación, el o los responsables, fecha de entrega, recepción y firmas. Lo expuesto anteriormente no deberá superar el plazo de dos (2) días hábiles. 4.- El o los encargados de realizar el proceso de indagación deberán recopilar antecedentes necesarios de lo sucedido : - En el caso de declaraciones de adultos, dichas entrevistas deben ir con la firma de responsabilidad de lo relatado.

- En el caso de declaración de un estudiante, dicha entrevista se podrá realizar en presencia de un adulto responsable o con previo consentimiento de éste. Se debe dejar registro, por escrito,. Ya sea de entrevistas o relatos de los actores involucrados en un plazo de cinco (5) días hábiles como máximo.

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5.- La persona encargada de la indagación deberá entregar al denunciante, de forma oral, los resultados del proceso indagatorio, dejando evidencia de la recepción de la información por parte del denunciante. Considerando para esto igual plazo señalado en el punto anterior ( 5 días hábiles como máximo después de vencido el plazo de la investigación ) Si el denunciante no asiste al cierre de la indagación, se procederá a la aplicación de sanciones conforme lo establece el Reglamento del establecimiento. 6.- El denunciante que no se encontrase conforme con los resultados obtenidos de la investigación, tendrá el derecho de apelar, con información fundada y relevante, a la Dirección del establecimiento en un palazo máximo de tres (3) días hábiles, quién a su vez deberá responder en el mismo plazo a la apelación.

PROTOCOLO DE ACCION ANTE SITUACION DE CONFLICTO :

1.- APODERADOS (as) – FUNCIONARIOS (as)

2.- FUNCIONARIOS (as) – APODERADOS (as)

3.- ESTUDIANTES – FUNCIONARIOS (as)

4.- FUNCIONARIOS (as) – ESTUDIANTES

5.- ENTRE ESTUDIANTES

1.- Agresión verbal de un Apoderado (a) a un Funcionario (a) : ( Incluye Redes Sociales )

• El funcionario (a) agredido expondrá la situación a Dirección, o a quién lo subrogue en ése momento.

• Ellos podrán delegar la investigación a quien llevará a efecto las entrevistas con las personas involucradas,

incluyendo a quienes hayan estado en el lugar y momento de lo sucedido (Testigos) , esto una vez que reciba

la denuncia ( En forma verbal) por parte del funcionario (a) y refrendada por escrito, teniendo como plazo 5

días para investigar lo sucedido.

• Las personas encargadas de la investigación, después de recabar los antecedentes que estime convenientes,

citará al apoderado a entrevista y dependiendo de los resultados de ésta se procederá a las siguientes

alternativas :

a) Aceptar las explicaciones del apoderado, con el compromiso de entregar personalmente sus excusas al

funcionario ofendido.

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b) De reiterarse la conducta del apoderado, aún cuando hubiese dado las disculpas correspondientes, se

procederá a solicitar el cambio de apoderado según Reglamento de Convivencia.

c) En caso de negarse el apoderado a lo anterior, se comunicará la situación producida a la Superintendencia de

Educación, en oficio suscrito por el Director quién adjuntará a éste la carta denuncia del funcionario (a) .

d) Toda conversación o entrevista con los involucrados debe quedar registrada, bajo firma, en el Libro de Actas

de Inspectoría General.

Agresión física o amenazas de agresión de un Apoderado (a) a un Funcionario (a) :

( Incluye Redes Sociales )

a) La Dirección del colegio junto con el funcionario (a) agredido interpondrán denuncia a la Justicia (Policía de

Investigaciones, Carabineros de Chile o Fiscalía) en forma inmediata y a la vez constatará lesiones en la ACHS

o en el Hospital de Parral.

b) De ser posible, se recomienda disponer de fotografías de las agresiones o lesiones recibidas.

c) Se dejará constancia de la agresión o la amenaza en el Libro de Entrevistas de la Inspectoría General, con

firma del funcionario (a) agredido (a) y de la Inspectora General.

d) El Director o quién lo subrogue en ése momento debe delegar la investigación a quien llevará a efecto las

entrevistas con las personas involucradas incluyendo a los adultos que hayan estado en el lugar y momento de

lo sucedido (Testigos) y tendrá un plazo de 5 días para investigar lo sucedido.

e) Se pondrá en conocimiento de lo sucedido a la Superintendencia de Educación, comunicación que será suscrita

por el Director.

f) Se cancela la condición de apoderado (a) cuando corresponda y se le prohíbe el ingreso al establecimiento.

g) Previo ello se le comunica que al término del año escolar, el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales

no será renovado, solicitando además una carta de disculpas para el funcionario (a) agredido (a). De no cumplir

con ello, se cancelará de inmediato la matrícula del estudiante.

2.- Agresión verbal de un Funcionario (a) a un Apoderado (a) : ( Incluye Redes Sociales )

a) Se solicitará al apoderado o padre ofendido dejar constancia escrita de los sucedido en el Libro de Entrevistas

de Inspectoría General.

b) Inspectoría deriva al apoderado a Dirección quién oficiará una investigación interna.

c) De confirmarse la agresión verbal, se solicitará al funcionario (a) dar las disculpas correspondientes al

apoderado afectado.

Si el funcionario (a) no reconoce su falta. Las personas encargadas de la investigación procederán a informar al

Director quién tomará las medidas del caso.

Agresión física o amenazas de agresión de un Funcionario (a) a un Apoderado (a) :

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( Incluye Redes Sociales )

a) Se solicitará al apoderado o padre agredido dejar constancia escrita de lo sucedido en el Libro de Entrevistas

de Inspectoría General.

b) Inspectoría General deriva al apoderado a Dirección quién oficiará una investigación interna.

c) Inspectoría General o Encargada de Convivencia Escolar citará al apoderado para que el funcionario dé las

disculpas correspondientes.

Si el apoderado no acepta las disculpas, tendrá la libertad para hacer una denuncia por el hecho ocurrido.

d) Toda conversación o entrevista con los involucrados debe quedar registrada, bajo firma, en el Libro de Actas

de Inspectoría General.

3.- Agresión verbal de un Estudiante a un Funcionario (a) : ( Incluye Redes Sociales )

a) Toda persona que realice funciones laborales en un establecimiento educacional tiene la obligación de dar

aviso inmediatamente a las autoridades del colegio, en caso de enterarse por sí mismo o a través de terceros,

de cualquier situación de maltrato de un estudiante hacia un adulto, haya sido cometido al interior del

establecimiento o fuera de él.

b) Para estos casos, quién reciba la información de agresión verbal de un estudiante hacia un funcionario deberá

escuchar con atención otorgándole la relevancia del caso y comunicar al Director y Profesor Jefe del estudiante

agresor.

c) El Director o quién lo subrogue en ése momento debe delegar la investigación a quien llevará a efecto las

entrevistas con las personas involucradas incluyendo a los estudiantes o adultos que hayan estado en el lugar y

momento de lo sucedido (Testigos) , esto una vez que reciba la denuncia por escrito teniendo como plazo 5

días para investigar lo sucedido.

d) El encargado de la investigación citará al apoderado del (los) estudiantes autores de la falta a quién informará

de los hechos ocurridos y establecer acuerdos respecto del proceso a seguir.

e) Un vez finalizada la investigación se informará al Director de lo acontecido y éste deberá evaluar y tomar las

medidas disciplinarias correspondientes al Reglamento de Convivencia Escolar junto al equipo investigativo

quién informará a (los) apoderados respectivos de los resultados de la investigación y Medidas Disciplinarias .

f) Toda conversación o entrevista con los involucrados debe quedar registrada, bajo firma, en el Libro de Actas

del Encargado (a) de Convivencia Escolar.

Agresión física o amenazas de agresión de un Estudiante a un Funcionario (a) :

( Incluye Redes Sociales )

a) Toda persona que realice funciones laborales en un establecimiento educacional tiene la obligación de dar

aviso inmediatamente a las autoridades del colegio, en caso de enterarse por sí mismo o a través de terceros,

de cualquier situación de agresión física de un estudiante hacia un adulto, haya sido cometido al interior del

establecimiento o fuera de él.

b) Para estos casos, quién reciba la información de agresión física o amenazas de agresión de un estudiante hacia

un funcionario deberá comunicar de inmediato al Director y Profesor Jefe del estudiante agresor.

c) El Director o quién lo subrogue en ése momento debe delegar la investigación a quien llevará a efecto las

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Entrevistas con las personas involucradas incluyendo a los estudiantes o adultos que hayan estado en el lugar

y momento de lo sucedido (Testigos), esto una vez que reciba la denuncia por escrito teniendo como plazo 5

días para investigar lo sucedido.

d) El encargado de la investigación citará al apoderado del (los) estudiantes autores de la falta a quién informará

de los hechos ocurridos y establecer acuerdos respecto del proceso a seguir.

e) Un vez finalizada la investigación se informará al Director de lo acontecido y éste deberá evaluar y tomar las

medidas disciplinarias correspondientes al Reglamento de Convivencia Escolar junto al equipo investigativo

quién informará a (los) apoderados respectivos de los resultados de la investigación y Medidas Disciplinarias .

f) Toda conversación o entrevista con los involucrados debe quedar registrada, bajo firma, en el Libro de Actas

del Encargado (a) de Convivencia Escolar.

4.- Agresión verbal de un Funcionario (a) a un Estudiante :

( Incluye Redes Sociales )

a) Se solicitará al estudiante que fue ofendido dejar constancia escrita de los sucedido en el Libro de Actas del

Encargado (a) de Convivencia Escolar.

b) Dirección designará las personas que llevarán a cabo la investigación interna.

c) Se debe citar al apoderado (a) del Estudiante afectado para que tome conocimiento de los hechos.

d) Si el funcionario reconoce su falta deberá entrevistarse con el estudiante afectado (a) en presencia del

Encargado de Convivencia Escolar, dando las explicaciones que correspondan y entregándole las excusas, si

estas son aceptadas por el estudiante se dará por terminado el incidente.

e) Si el funcionario (a) no reconoce su falta. las personas encargadas de la investigación procederán a informar al

Director quién tomará las medidas del caso.

f) Toda conversación o entrevista con los involucrados debe quedar registrada, bajo firma, en el Libro de Actas

del Encargado de Convivencia Escolar.

Agresión física o amenazas de agresión de un Funcionario (a) a un Estudiante :

( Incluye Redes Sociales )

a) En estos casos se solicitará la constatación de lesiones en el Servicio de Salud correspondiente.

b) Dirección designará las personas que llevarán a cabo la investigación interna, quienes en la investigación a que

dé lugar la denuncia se respetará la dignidad de las personas, confidencialidad de los hechos y el debido y justo

procedimiento, debiendo escuchar a las partes, quienes podrán aportar todos los elementos de juicio que

consideren necesario para aclarar los hechos y acreditar las responsabilidades que correspondan. Esta

comisión tendrá cinco (5) días hábiles para informar el resultado de su trabajo al Director.

c) Se citará al apoderado del alumno agredido a fin de informarle la situación y los procedimientos legales a

seguir.

d) En caso que la agresión sea constatada en forma flagrante, el colegio a través del Director, solicitará la

presencia policial y se prestará todo el apoyo investigativo del suceso para el procedimiento legal.

e) El Director con los resultados de la investigación interna tomará las medidas correspondientes.

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Si el estudiante prefiere hacer la denuncia en forma directa en las entidades correspondientes.

a) Se deberá efectuar la investigación por parte de éstas entidades.

b) El Director procederá a nombrar una comisión investigadora interna de los hechos quienes verificarán

paralelamente estos y le informarán los resultados obtenidos dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles.

c) Dirección citará al apoderado del alumno agredido a fin de informarle la situación y los procedimientos legales

a seguir.

d) Una vez que el colegio tenga la resolución o sanción legal de las entidades externas, el colegio a través del

Director y con el resultado de la investigación interna procederá a tomar las medidas correspondientes.

e) El (la) estudiante que sea víctima de violencia física, contará con todo el apoyo de la Orientadora y Sicóloga del

colegio.

5.- Agresión verbal entre Estudiantes :

(Incluye Redes Sociales)

a) Toda persona que realice funciones laborales en un establecimiento educacional tiene la obligación de dar

aviso inmediato a las autoridades del colegio, en caso de enterarse por sí mismo o a través de terceros, de

cualquier situación de agresión verbal entre estudiantes ocurrida al interior o exterior del colegio.

b) Inspectora General citará a estudiantes involucrados, por separado, para saber la versión de cada uno de ellos

de los agravios ocurridos, además citará a estudiantes y/o adultos que pudieran haber estado presente cuando

ocurrieron los hechos y puedan dar su versión como testigos.

c) Inspectora General informará al Director de los hechos ocurridos entre los estudiantes involucrados.

d) Inspectora General, una vez que tenga los relatos de todos los involucrados, llamará a entrevista a los dos

estudiantes a fin de conversar con ellos y se puedan disculpar mutuamente por lo acontecido, una vez

aceptadas las disculpas por parte de ambos se cerrará el caso dejando constancia en la Hoja de Vida de ambos

estudiantes y en el Libro de Actas de Inspectoría General.

Agresión física entre Estudiantes :

(Incluye Redes Sociales)

a) Toda persona que realice funciones laborales en un establecimiento educacional tiene la obligación de dar

aviso inmediato a las autoridades del colegio, en caso de enterarse por sí mismo o a través de terceros, de

cualquier situación de agresión física entre estudiantes ocurrida al interior o exterior del colegio.

b) Los estudiantes involucrados serán enviados a Inspectoría General para constatar su estado físico y sicológico,

y se procederá a conocer la situación que generó el conflicto.

c) Se cita al apoderado de ambos estudiantes para que tomen conocimiento de la situación. Al mismo tiempo el

director procederá a llamar a Carabineros o PDI si la situación lo amerita.

d) La encargada de Primeros Auxilios verificará si existe algún tipo de lesión, de ser así, se llevará al afectado a

constatar lesiones al Hospital San José de Parral.

e) El Director procederá a nombrar una comisión investigadora interna de los hechos quienes verificarán

paralelamente estos y le informarán los resultados obtenidos dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles.

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f) La Comisión investigadora, vistos los hechos, procederá a interrogar a los estudiantes y a los posibles testigos

de la agresión a fin de obtener la mayor información posible y determinar las Medidas Disciplinarias que

pudieran tener los estudiantes involucrados.

g) La comisión investigadora procederá, después de las entrevistas, a derivar a los involucrados a Orientación y/o

sicóloga.

h) La Comisión Investigadora, después de recabar los antecedentes que ocasionaron el conflicto informara al

Director quién junto a la Comisión aplicará las sanciones propuestas por ésta.

i) Las medidas a aplicar pueden ser Condicionalidad o Extrema Condicionalidad como también la no renovación

de la matrícula a los estudiantes involucrados si estos persistiesen en su conducta violenta y luego de agotar

todas las instancias posibles. Según Reglamento de Convivencia.

PROTOCOLO DE RETENCIÓN EN EL SISTEMA ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES De acuerdo al Art. 11 de la Ley General de Educación, el Embarazo y la Maternidad no pueden constituir impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos educacionales y estos deben otorgar facilidades para cada caso. Dichas facilidades, así como el derecho a ingresar y permanecer en la educación básica y media, están reglamentadas en el Decreto 79/2004 que regula el Estatuto de las estudiantes en situación de embarazo, maternidad y paternidad. Las facilidades son las siguientes: a) Garantizar la participación en las actividades curriculares. b) Respetar el derecho a participar en organizaciones estudiantiles, así como en cualquier ceremonia que se realice

en la que participen los demás alumnos. c) Asistir a todas las actividades extra programáticas que se realicen al interior o fuera del establecimiento, con las

excepciones que se deriven de indicaciones del médico tratante. d) Permitir que asistan a clases de educación física en forma regular, siguiendo las indicaciones del médico tratante e) Posibilidad de eximir del subsector de educación física hasta el término del puerperio o en los casos calificados

por el médico tratante. f) Otorgar las facilidades académicas, incluido un calendario flexible que resguarde el derecho a la educación de

estas alumnas y de brindarles apoyo pedagógico especiales mediante un sistema de tutorías realizado por los docentes y en el que podrán colaborar sus compañeros de clases.

g) Cautelar que no sean expuestas al contacto de materiales nocivos u otras situaciones de riesgo para su embarazo o lactancia.

h) Asimismo, se debe garantizar la asistencia regular durante todo el periodo de embarazo al servicio de salud correspondiente, permitiendo compatibilizar su condición de estudiante y de madre durante el periodo de lactancia, no pueden ser objeto de cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otra medida similar, no podrá ser causal cambiarla de jornada de clases o cursos paralelos, salvo que esta manifieste su voluntad expresa de cambio, no exigir el 85% de asistencia a clases durante el año escolar cuando las inasistencias tengan como causa directa enfermedades producidas por el

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embarazo, el parto, el post parto, enfermedades del hijo menor de un año, asistencia al control de embarazo del post parto, control niño sano, pediátrico, u otras similares que determine el médico tratante.

Respecto del reglamento de Evaluación y Promoción: 1.- El (la) estudiante tiene derecho a contar con el acompañamiento del profesor jefe. 2.- La Unidad Técnica Pedagógica supervisará las inasistencias, apoyo pedagógico especial, horarios de salida para el amamantamiento y controles de salud y la elaboración e implementación del calendario de evaluación, resguardando el derecho a la educación de la estudiante. 3.- El (la) estudiante tiene derecho a acceder a un sistema de evaluación alternativo, en tanto la situación de embarazo o de maternidad/paternidad le impida asistir regularmente al establecimiento. 4.- Cada vez que el (la) estudiante se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control del niño sano y/o enfermedades del hijo (a) menor de un año, presentando certificado médico o carnet de salud, puede acceder a una reprogramación de evaluaciones supervisado por la Unidad Técnica Pedagógica. 5.- El (la) estudiante tiene derecho a ser promovido (a) de curso con un porcentaje de asistencia menor a lo establecido, siempre que sus inasistencias hayan sido debidamente justificadas por certificados médicos, carnet de control de salud y cumplan con los requisitos de promoción establecidos en el reglamento de evaluación. 6.- Se dará flexibilidad en las evaluaciones garantizando el logro de aprendizajes y objetivos mínimos establecidos en los Programas de Estudio, cumpliendo con el calendario de evaluación previamente entregado a él (la) estudiante acompañada por su apoderado. 7.- El (la) la estudiante tiene derecho a ser evaluado (a) de la misma forma que sus compañeros (as). Respecto del Consejo Escolar: El consejo escolar debe tener conocimiento del Protocolo de Retención de Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres Adolescentes. Esto es informado en la primera reunión del Consejo Escolar, quedando en acta. Procedimientos generales: 1.- Se registra la asistencia, permisos y horarios de ingreso y salida de él (la) estudiante diferenciando las etapas de embarazo, maternidad y paternidad. 2.- Se deben archivar los certificados médicos o fotocopia del carnet de salud entregado por la estudiante o el apoderado en la ficha del estudiante. 3.- El (la) estudiante debe presentar el Carnet de Salud o Certificado Médico, cada vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo, maternidad y paternidad. Se verifica en forma regular las inasistencias en el libro de clases. 4.- La estudiante tiene derecho a adaptar su uniforme a su condición de embarazo. 5.- En su calidad de adolescente embarazada, la estudiante debe tener claro que será tratada con los mismos deberes y derechos que sus pares en relación a las exigencias académicas y conductuales. 6.- La alumna debe asistir a clases de Educación Física, debiendo ser evaluada y eximida en caso de ser necesario. 7.- Después del parto, es eximida hasta que finalice un periodo de seis meses (puerperio). Asimismo, en casos calificados por el Médico tratante, puede eximirse de la actividad física. En este caso, la alumna debe realizar trabajos alternativos designados.

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Procedimientos específicos:

Respecto del período de embarazo: 1.- La estudiante tiene el derecho y el deber de asistir a los controles de embarazo, post-parto, y control sano de su hijo (a) en el Centro de Salud Familiar o consultorio designado. 2.- El (la) estudiante debe presentar Carnet de Salud o Certificado Médico correspondiente, cada vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo, maternidad/paternidad. Además, debe mantener informado a su profesor jefe. 3.- La estudiante tiene derecho a asistir al baño cuantas veces lo requiera durante el embarazo, sin tener que reprimirse por ello, previniendo el riesgo de producir una infección urinaria (primera causa de síntoma de aborto).

Respecto del Periodo de Maternidad y Paternidad: 1.-La estudiante tiene derecho, cuando el niño nazca, a amamantarlo. Para esto puede salir del colegio en los recreos o en los horarios que ella estime conveniente. Este horario debe ser acordado formalmente con algún miembro del equipo directivo del colegio durante la primera semana de ingreso posterior al parto. 2.- Durante el período de lactancia la estudiante tiene derecho a salir del aula y dirigirse a la sala de primeros auxilios para extraerse leche, cuando lo estime necesario. 3.- Cuando el hijo (a) menor de un año presente alguna enfermedad que necesite de su cuidado especifico, según conste en un Certificado emitido por el Médico tratante, el colegio entrega tanto a la madre como al padre adolescente, las facilidades pertinentes. Respecto de deberes del apoderado(a): 1.- El apoderado (a) debe informar al colegio la condición de embarazo, maternidad o paternidad del estudiante. El Profesor Jefe informa sobre los derechos y obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y del colegio. 2.- Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado debe concurrir al establecimiento a entregar el Certificado Médico. Además debe solicitar entrevista con algún miembro de la Unidad Técnica Pedagógica (U.T.P.) para la entrega de materiales de estudio y calendario de evaluaciones. 3.- El apoderado (a) debe mantener su vínculo con el colegio cumpliendo con su rol de apoderado (a) asistiendo a reunión de apoderados, entrevistas con docentes, etc. 4.- El apoderado (a) debe firmar un Compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su consentimiento para que el (la) estudiante asista a los Controles, Exámenes Médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo (a) nacido, que implique la ausencia parcial o total del (la) estudiante durante la jornada de clases. 5.- El apoderado (a) debe notificar al colegio aquellas situaciones tales como: cambio de domicilio del o la estudiante en condición de embarazo, maternidad y/o paternidad y quedando bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

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PROTOCÓLO: SISMO - TERREMOTO

El presente instructivo tiene como objetivo principal entregar algunas indicaciones sobre normas de seguridad que se deberán tener en cuenta y efectuar en forma oportuna. Durante el año escolar, realizaremos prácticas tendientes a tener la mayor claridad posible sobre las acciones a seguir en caso de sismo – terremoto y la posterior evacuación EN EL SIMULACRO DE SISMO - TERREMOTO se deben atender las siguientes instrucciones: 1.- Comenzará el simulacro cuando se escuche el sonido de la campana. Esta señal durará aproximadamente 30 segundos (No significa evacuación). Los estudiantes deben mantenerse a lo menos 1 minuto en la sala de clases, comedores, patios, etc. 2.- Si se encontrase en clases de Educación Física, recreo u hora de almuerzo, deberán agruparse en el centro del patio (Zona de emergencia) y seguir las indicaciones del personal encargado. 3.- Al término del minuto sonará la bocina de los megáfonos, esto indicará que deben realizar la evacuación a la zona de seguridad correspondiente. Cada profesor (a) deberá preocuparse que los estudiantes salgan en forma ordenada y retirarse con su curso y Libro de Clases correspondiente a la zona de seguridad donde deberá tranquilizar y promover la calma a sus estudiantes. RECORDATORIO:

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Cada curso debe tener un estudiante encargado de abrir las puertas al momento de iniciarse el sismo – terremoto y será la primera persona en salir de la sala cuando se inicie la evacuación. Es fundamental, que los Profesores(as), Administrativos, Asistentes de Sala, Inspectores, Asistentes de Servicios Menores y estudiantes mantengan la serenidad. Por ningún motivo deben salir corriendo de la sala de clases o de donde se encuentren, pues esto constituye una actuación MUY PELIGROSA.

PROTOCOLO IDENTIDAD Y DIVERSIDAD SEXUAL 1.- INTRODUCCION Aprender a convivir con los demás, reconociéndonos como sujetos Idénticos en dignidad y derechos, a la vez que diversos, como sujetos individuales y únicos. Aprender a vivir con los demás implica reconocer en todas y cada una de las personas, experiencias, capacidades y recursos diferentes, en un sistema educativo que debe transformarse y evolucionar para incluir ésta diversidad, valorándola como una riqueza que fortalece el aprendizaje y el desarrollo de toda la comunidad educativa (MINEDUC 2013 ) Desde tiempos remotos se han narrado relatos donde individuos han manifestado inclinaciones sexuales diferentes, ésta temática no es actual, sin embargo, es difícil de abordar o asimilar, ya sea por las creencias y prejuicios que se han asentado en el ideario colectivo. Ante esto nacen las preguntas ¿Está preparada la sociedad para aceptar la diversidad sexual? ¿Somos capaces de actuar sin emitir juicios de valor o sesgos ante esta nueva realidad? Estas preguntas y otras están condicionadas por la religión, las tradiciones, las costumbres y obviamente la tolerancia de cada persona. En éste protocolo se abordará la Identidad y Diversidad Sexual entregando en primer lugar una definición del concepto, en segundo lugar alguna referencia a las leyes que regulan la Diversidad Sexual y principalmente dar algunas directrices para enfrentar esta situación en el contexto escolar, para evitar la discriminación del individuo que opta por una sexualidad distinta, además sensibilizar e informar a toda la comunidad educativa con respecto al tema para así evitar descalificaciones y tratar de ser una sociedad más tolerable y empática. 2.- OBJETIVOS 2.1.- Objetivo General

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Orientar inclusivamente a los Docentes, Asistentes de Salas, Inspectores, Asistentes de Servicios Menores, Estudiantes y a toda la Comunidad Educacional en General, sobre la Identidad y Diversidad Sexual con el fin de lograr una Comunidad Educativa basada en el respeto. 2.2.- Objetivos específicos 2.2.1.- Entregar orientaciones a los docentes, estudiantes y comunidad escolar en general sobre sus derechos y deberes respetando el dictaminado en la Ley Nacional. 2.2.2.- Brindar redes de apoyo al estudiante a los que pueda acudir, ya sean institucionales o gubernamentales. 2.2.3.- Cambiar o modificar aspectos de la cultura escolar, de sus políticas y prácticas, para atender a la diversidad de sus estudiantes y sus familias. 3.- PROCEDIMIENTOS Y PLANES DE ACCION 3.1.- Marco referencial BISEXUALES: Hombres o mujeres, que no muestran preferencia marcada por uno u otro sexo para elegir parejas. Al igual que los heterosexuales y homosexuales, tiene capacidad de comprometerse establemente en el tiempo. GAYS: Son hombres que sienten atracción emocional, afectiva y sexual por otros hombres. Al igual que las lesbianas y los heterosexuales tienen capacidad de amar, comprometerse y establecer relaciones a largo plazo. IDENTIDAD DE GENERO: Corresponde a la identidad psicológica y social sobre el género de cada persona, es decir, es la vivencia estable y profunda de ser hombre o mujer. ORIENTACION SEXUAL: Corresponde a la elección de pareja sexual y sentimental, normalmente se clasifica en tres tipos: Heterosexual, se elige a personas del sexo opuesto; Homosexual, se elige a personas del mismo sexo y Bisexual, se eligen parejas de cualquiera de los dos sexos. INTERSEXUALES: Personas que tienen anatómicamente órganos masculinos y femeninos, simultáneamente, en distintos grados. LESBIANAS: Son mujeres que sienten atracción emocional, efectiva y sexual por otras mujeres. TRANSEXUALES: Son hombres o mujeres, cuya identidad de género es distinta a su sexo biológico. TRANSGENEROS: Son hombres o mujeres, cuya identidad de género no concuerda con su sexo biológico. TRANSFORMISMO: Corresponde a la conducta de vestirse como alguien del otro sexo, pueden ser homosexuales, bisexuales, heterosexuales o transexuales. TRAVESTISMO: Corresponde a la conducta de vestirse con ropas del sexo opuesto al biológico. Se da casi siempre en personas que tienen una identidad de género diferente a su sexo biológico. 3.2.- Marco teórico

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La conexión entre derechos humanos y sexualidad implica conocer y comprender que existen diversas formas de amar, de sentir placer y de construir familias, lo cual se da en relaciones heterosexuales, lésbicas, gay, bisexuales y transexuales. Las formas de vivir y expresar la sexualidad humana son infinitamente diversas porque toda persona siente el amor, el placer y la afectividad de acuerdo a su propio contexto y realidad, sea individual o social. La discriminación es una violación a los Derechos Humanos por cuanto niega la igualdad de derechos y deberes a las personas sólo por ser distintas. Los Derechos Humanos (DDHH) son: Universales (Son posesión de todas y todos), Inviolables (No se pueden transgredir y si ello ocurre, los afectados deben ser recompensados), Inalienables (No se puede despojar a nadie de ellos) El 2004, por primera vez un Ministro de Educación de nuestro país (Sergio Bitar) se pronunció públicamente contra la discriminación por la orientación sexual y género en los colegios: “No puede haber discriminación por la orientación sexual, no se trata de promoverla, sino de reconocer el derecho a la educación que tiene toda persona, sin discriminación alguna “ La no discriminación nunca estuvo garantizada por la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE), esto cambió el 2009 cuando fue reemplazada por la Ley General de Educación (LGE) en la que se indica : “ Corresponderá al Estado fomentar la probidad, el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades y promover el estudio y conocimiento de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana; fomentar una cultura de la paz y de la no discriminación arbitraria; estimular la investigación científica, tecnológica y la innovación, la creación artística, la práctica del deporte, la protección y conservación del patrimonio cultural y medio ambiental, y la diversidad cultural de la Nación “ . 3.2.1.- Marco legal El 2010, el Ministerio de Educación elaboró el Reglamento de Convivencia Escolar, el cual incluyó garantías de no discriminación a la diversidad sexual, tras propuestas formuladas por el MOVILH (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual) Ley Nº 20.609 (Ley Zamudio) ART. 1.- El propósito de ésta ley tiene por objetivo fundamental instaurar un mecanismo judicial que permita restablecer eficazmente el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminación arbitraria y corresponderá a la administración del estado, dentro del ámbito de su competencia, implementar las políticas para

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garantizar a toda persona, sin discriminación arbitraria, el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República de Chile, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. ART. 2.- Para los efectos de ésta ley, se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos por la Constitución Política de la República o en los tratados internaciones sobre Derechos Humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como : la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad. ART. 18.- Los preceptos de ésta ley no podrán ser interpretados como derogatorios o modificatorios de otras normas legales vigentes, con la solo excepción de las disposiciones señaladas en los tres artículos precedentes. 4.- PROCEDIMIENTOS O ACCIONES En caso de presentarse una conducta de Discriminación Arbitraria que involucre a un estudiante o funcionario de nuestra comunidad educativa, es relevante actuar según las siguientes consideraciones: a) Todo reclamo por una conducta de discriminación arbitraria podrá ser presentado en forma verbal o escrita al Profesor (a) Jefe (Reclamo de estudiante), a Dirección y encargado de Convivencia Escolar (Reclamo de funcionario). b) El encargado de Convivencia Escolar tiene la obligación de comenzar una investigación y dar inicio al debido proceso. c) Mientras se lleve a cabo la investigación se debe asegurar a las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. d) Si el afectado fuera un estudiante, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso. e) Si el afectado fuera un profesor o cualquier otro funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar apoyo y se tomarán las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad física. f) Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo y debe quedar constancia de ello. g) Una vez recopilados los antecedentes y agotada la investigación, el Encargado de Convivencia deberá presentar un informe ante el equipo de Convivencia Escolar para que éste aplique una medida o sanción, si procediere. Recibidos los antecedentes, el equipo de Convivencia Escolar deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del, o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. h) DE HABER ACUERDO entra las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido, si se cumplen todas las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia por escrito y firmado por las partes involucradas. DE NO HABER ACUERDO se deberá escuchar a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios, también se podrá citar a un profesional en la materia, quién podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.

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i) El equipo de Convivencia Escolar deberá resolver si es necesario una sanción, o bien se el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada, dicha resolución debe ser notificada a todas las partes involucradas, incluido el equipo de Convivencia Escolar. En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, si fuera el caso, así como en cómo se supervisará el cumplimiento de éstas. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas públicas o privadas o las que la autoridad escolar competente determine. j) Los afectados tienen la posibilidad de apelar al fallo emitido, en un plazo de cinco días hábiles, por escrito, al Encargado de Convivencia Escolar quién someterá dicha apelación al estudio del equipo de Convivencia Escolar quién una vez estudiada la apelación tomará la resolución correspondiente y será el Encargado de Convivencia Escolar quién, personalmente, y por escrito comunicará dicha resolución a los padres del involucrado, quedando constancia escrita de la recepción del fallo final. k) El establecimiento educacional deberá tomar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la Convivencia Escolar, inclusión y conductas no discriminatorias a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté en forma permanente informada y pueda ejercer sus derechos 5.- RESPONSABILIDAD DE DIRECTIVOS Y DOCENTES Todo el equipo de la comunidad educativa debe garantizar la formación en sexualidad, afectividad y género dentro de nuestra comunidad. DIRECTIVOS 5.1.- El Director (a) del establecimiento debe articular la gestión de iniciativas de educación en sexualidad a la luz de los principios orientadores presentes en el PEI y para ello tiene los distintos canales de participación: Consejos Escolares, Centro de Estudiantes, Centro de Padres y Apoderados, Reglamentos, Protocolos, Proyecto Educativo, Planes de Mejoramiento, etc. 5.2.- Debe propiciar que la educación sexual esté incorporada en los distintos sectores de aprendizaje y asignaturas e impulsar iniciativas para que los y las estudiantes asuman un rol protagónico en su proceso de aprendizaje, incluyendo y asegurando la participación de la familia. DOCENTES 5.3.- Deben incentivar a los y las estudiantes, según sus edades, a que reconozcan sus principales inquietudes dando respuestas a ellas en conversaciones en la sala de clases como en asignaturas y sectores de aprendizaje que forman parte del currículo escolar. 5.4.- Deben contemplar aspectos de tipo informativo y de contenido, provenientes de las diferentes disciplinas que abordan los sectores y asignaturas, y aspectos relacionados con el proceso de aprendizaje (Aprender a hacer), la que considera el desarrollo de habilidades sociales. 5.5.- Deben cuidar de relevar la importancia de considerar a los y las estudiantes como constructores en sus procesos de aprendizaje, capaces de otorgar sentido a sus experiencias y conocimiento y de actuar con responsabilidad y respeto, además deben promover la confianza con sus estudiantes para así acompañarlos en su proceso formativo además, considerar como punto de partida, los conocimientos y valores de los y las estudiantes, constituidos fuertemente por su medio familiar y tener en cuenta que no necesariamente les corresponde manejar todos los

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contenidos a cabalidad, sin embargo, debe mantener una actitud abierta a recibir comentarios, dudas e inquietudes de los y las estudiantes, con el propósito de mantener un espacio de confianza y reflexión. 6.- DEBERES DEL COLEGIO CON LOS Y LAS ESTUDIANTES 6.1.- Brindar espacios y el contexto adecuado para que estudiantes y docentes tengan la posibilidad de conversar y dialogar sobre homosexualidad o transexualidad con otros departamentos o profesionales de la comunidad educativa como orientación, psicólogas, etc. 6.2.- Garantizar siempre la igualdad de trato a la expresión de los afectos, sin hacer distinciones por orientación sexual o identidad de género. 6.3.- Determinar sanciones de tipo educativo y que no vulneran ningún Derecho Humano, contra quienes una vez recibida la orientación sobre los efectos negativos de la discriminación, persisten en ese tipo de prácticas, velando siempre por la privacidad y la intimidad de la persona afectada. 6.4.- Garantizar el desarrollo armónico y responsable de la sexualidad de todos los y las estudiantes, sin diferencia arbitraria e independiente de las orientaciones sexuales o identidades de género. 7.- INTERVENCION Para erradicar la discriminación en el sistema educacional pueden efectuarse diversas actividades individuales y colectivas, que puedan contribuir a solucionar conflictos y brindar asesorías de orientación y psicológica a todos los involucrados. El protocolo considerará el siguiente procedimiento: 7.1.- Detección 7.2.- Evaluación de la situación 7.3.- Adopción de medidas para implicados 7.4.- Generar plan de intervención por parte del colegio 7.5.- Registro del plan de intervención en los archivos del colegio 7.6.- Evaluación de la efectividad del plan desarrollado

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PROTOCOLO DE ACCION EN CASO QUE ESTUDIANTE ABANDONE EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL SIN AUTORIZACION DEL APODERADO Cualquier miembro de la Comunidad Educativa que tome conocimiento que un estudiante hizo abandono de las dependencias del establecimiento o sospeche de ello, deberá actuar de la siguiente manera: 1.- Avisar inmediatamente a Portería e Inspector (a) de ciclo. 2.- Estos avisaran al resto del personal adulto para su búsqueda dentro del colegio. 3.- Al mismo tiempo deberán avisar Dirección e Inspectoría General. En caso de encontrarse el estudiante dentro del establecimiento, se actuará de la siguiente manera: 1.- Se cita al apoderado para comunicarle los hechos. 2.- Apoderado deberá firmar Condicionalidad según Reglamento Interno ART. 33 Nº 12 (Faltas Muy Graves) 3.- Aplicar buen criterio según la edad del estudiante. En caso de no encontrarse el estudiante dentro del establecimiento, se actuará de la siguiente manera:

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1.- Dirección y/o Inspectoría General, llamará rápidamente (Por teléfono) al apoderado, Carabineros y Policía de Investigaciones (PDI) dando cuenta de los hechos. 2.- Al dar con el paradero del estudiante, por cualquiera de las instituciones involucradas en su búsqueda, y una vez clarificado los hechos y razones que tuvo el estudiante para salir del colegio sin autorización, se aplicarán las sanciones correspondientes según Reglamento Interno ART: 33 Nº 10 ( Faltas Muy Graves ) 3.- Aplicar buen criterio según la edad del estudiante. En caso de ser necesario y por la responsabilidad que pudiera tener algún funcionario en la salida del estudiante del colegio, Dirección oficiará para realizar una investigación interna y aplicar las sanciones a quién pudiera corresponderle.

PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE CIBERBULLYING Las tecnologías de la información y comunicación son herramientas de gran utilidad para el aprendizaje y también para el ocio de los menores. Sus vidas claramente son más virtuales, al alcance de un clic. Sin duda, la irrupción de este nuevo tipo de relación da muchas ventajas y posibilidades a los jóvenes pero abre también caminos inciertos, que pueden conducir a situaciones complejas y difícilmente controlables. Ahora, cualquier cosa que se haga en la red es pública y la posibilidad de extenderse es ilimitada, como también es ilimitada la red de contactos que cada adolescente puede tener en su computador. Por eso también, acechan muchos riesgos, es necesario que ellos sepan claramente que pueden y no pueden hacer, que conozcan los riesgos cotidianos, incluso ilegales, y cuales las consecuencias de éstos. El Cyberbullying es el uso de los medios como Internet, telefonía móvil, video juegos en línea, etc. para ejercer acoso psicológico, algunos ejemplos podrían ser: a) Publicar en Internet imagen comprometida con datos delicados para perjudicar o avergonzar a la víctima. b) Crear un perfil o espacio falso en nombre de la víctima para que escriban en primera persona confesiones de

determinados acontecimientos personales de la víctima. c) Dejar comentarios ofensivos en foros haciéndose pasar por la víctima de forma que las reacciones vayan después,

dirigidas a quién ha sufrido la usurpación de personalidad.

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d) Difundir rumores en los cuales a la víctima se le supongan comportamientos reprochables, ofensivos o desleales, de forma que sean otros quienes sin poner en duda lo que leen, ejerzan sus propias formas de Cyberbullying.

Como requisito para activar éste protocolo se requiere de la evidencia : copias de correos electrónicos, menajes de texto, conversaciones en la red, etc. PROTOCOLO DE ACCION 1.- Estudiante que agrede por redes sociales (Cyberbullying) a) La denuncia la puede realizar el apoderado o estudiante agredido entregando evidencia de lo sucedido. b) Esta denuncia la puede recibir el Profesor Jefe y/o Inspectoría General quienes entregarán los antecedentes al Encargado de Convivencia Escolar. c) Este procederá a citar a los apoderados de ambas partes, por separado, para informar del tema dejando registro escrito y firmado por los involucrados como respaldo. 2.- Estudiante agresor (1ª Instancia) a) Encargado de Convivencia Escolar comunicará a la familia los hechos ocurridos, en entrevista con los padres y el Estudiante agresor presente. b) El estudiante agresor deberá, en primera instancia, pedir disculpas al alumno agredido. c) Se aplicará Medida disciplinaria de Condicionalidad o Extrema Condicionalidad al estudiante agresor según el grado de gravedad del Cyberbullying cometido y/o responsabilidad de los padres si fuese necesario. d) Se solicitará evaluación psicológica interna o externa del estudiante agresor.

3.- Estudiante agresor ( 2ª. Instancia, reiterativo ) las consecuencias pueden ser :

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a) Se comunicara por 2ª vez los hechos a los padres en una entrevista personal donde deberá estar presente el estudiante agresor, dejando registro escrito y firmado tanto por los padres como por el estudiante. b) Se evaluará la cancelación inmediata de la matrícula del estudiante. c) Según la gravedad del ciberbulllying se dará aviso a la PDI o institución que corresponda. 3.- Estudiante víctima de Ciberbullying a) El Encargado de Convivencia Escolar citará los padres del estudiante afectado dándoles a conocer lo sucedido y

poder guiar y apoyar al estudiante. b) Se orientará a los padres cómo proceder con la asistencia de la Psicóloga del colegio. c) Si se dan las condiciones y disposición de los padres de ambos estudiantes ( Agresor y agredido) se procederá a realizar una Mediación a fin de reparar en parte lo sucedido. e) Por último, el apoderado del estudiante agredido puede, si así lo estima necesario, efectuar la denuncia ante los

organismos pertinentes.

PROTOCOLO DE INCENDIO Y/O ATENTADO

El objetivo de éste es tener o establecer un Protocolo a seguir por todos los funcionarios, estudiantes, apoderados e instituciones que puedan tener algún tipo de participación en un incidente de incendio y/o recibir llamado telefónico, de redes sociales o escrito de atentado explosivo o que se encuentre algún individuo armado dentro de las dependencias del colegio Providencia de Parral. Procedimiento en caso de incendio :

a) En primer lugar el colegio deberá tener y difundir claramente las vías de evacuación y zona de seguridad dentro y fuera del colegio establecidas para emergencias y todo el personal, estudiantes y apoderados deberán tener claro por donde deberán dirigirse hasta llegar a la zona de seguridad.

b) Identificar el lugar del foco y determinar así los pasos a seguir en forma rápida. c) Dicha situación se informará inmediatamente a Dirección del colegio, quién llamará de forma

inmediata a Bomberos ( Fono emergencia : 132 ) y Carabineros ( Fono emergencia : 133 ) d) Si el humo y/o fuego es de carácter Leve, los inspectores y auxiliares deben concurrir al lugar de

amago o fuego declarado e iniciar el apagado con mangueras contra incendios y/o extintores. e) Si el fuego es de carácter Grave, esperar a Bomberos quienes serán los únicos en intervenir, el

personal, estudiantes y apoderados NO deben exponerse a ningún riesgo. f) El regreso a las actividades normales del colegio se autorizará, solamente, cuando el Jefe a cargo de

Bomberos y Carabineros entregue conforme las dependencias del colegio, sólo ahí se podrá retomar normalmente las actividades.

g) En caso de tener que evacuar todo el colegio a la Zona de Seguridad Exterior, se procederá a salir en forma rápida y ordenada a todos los estudiantes y funcionarios y, serán los Profesores que en el momento estén con los cursos los encargados, junto con las Asistentes de Salas, de salir con sus

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estudiantes a la zona de seguridad exterior y de llevar con ellos el Libro de Clases el cual servirá en caso que no se pueda retornar al colegio y tener que despachar o entregar a los papás a los estudiantes desde la Zona de Seguridad Exterior, por eso es de suma importancia tener SIEMPRE claro los estudiantes presentes en cada sala (Pasar la lista siempre)

Procedimiento en caso de artefacto explosivo :

a) De recibir aviso telefónico, escrito o a través de redes sociales de algún artefacto explosivo dentro de las dependencias del colegio se informará de inmediato a la Dirección del establecimiento, quién tomará la decisión de informar a Carabineros ( Fono emergencia : 133 ) b) Los Inspectores y Auxiliares, en forma cautelosa y sin exponerse, realizarán un barrido en caso de atentado explosivo, para asegurarse que no hay algún elemento o bulto extraño dentro del colegio. c) En caso que el personal encuentre algún elemento o artefacto extraño, informarán de manera inmediata a Dirección del colegio ya que el objeto sólo debe ser revisado o manipulado por personal especializado ( GOPE )

c) En caso de tener que evacuar el colegio, se procederá a dirigir a todos los estudiantes y funcionarios a la Zona de Seguridad ( Interna o Externa ), donde se esperará la orden de regreso al colegio y poder continuar con las actividades normales.

Procedimiento en caso de persona armada dentro del colegio :

a) En el caso de una o más personas armadas dentro del colegio se informará de inmediato a Dirección del establecimiento, quién tomará la decisión de informar a Carabineros ( Fono emergencia : 133 )

b) Mientras llega Carabineros, ningún funcionario o estudiante deberá tratar de acercarse al ( los ) individuos para tratar obtener información del porqué, sólo en el caso que ésta persona solicite un interlocutor, el Director del colegio tomará la decisión de aceptar o no la petición del individuo o esperar la llegada de Carabineros.

c) En caso de tener que evacuar el colegio, se procederá a dirigir a todos los estudiantes y funcionarios a la Zona de Seguridad ( Interna o Externa ), donde se esperará la orden de regreso al colegio y poder continuar con las actividades normales.

d) En el caso de no poder regresar a las actividades normales, se informará a los Padres y Apoderados la necesidad de retirar a los estudiantes del colegio.

Acciones a seguir en todos los casos ( Incendio, atentado explosivo, individuo armado )

a) En caso de incendio no actuar de forma personal, espere las instrucciones. b) Si nota humo sospechoso avise al Inspector, profesor o auxiliar más cercano quién informará a

Dirección. c) Frente a un artefacto o individuo armado avise al Inspector, Profesor o Auxiliar más cercano quién

informará a Dirección. d) Espere las indicaciones del Inspector o Profesor a cargo dependiendo del lugar en que se encuentre

( Sala de clases, patio, laboratorios, etc. )

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e) No comente con el resto de compañeros de forma alarmante ya que puede sembrar el pánico y provocar alguna tragedia y en estos casos se requiere tranquilidad.

Acciones a seguir por el docente ….. a) Si se percata o le avisan de un bulto extraño, o de individuos extraños dentro del colegio, informe o

avise a Dirección del colegio lo antes posible. b) Si se encuentra en el lugar de la emergencia, evacue a los estudiantes hacia la Zona de Seguridad. c) Si no es activada la alarma de evacuación, permanezca en el lugar donde se encuentra, esto por su

seguridad y la de los estudiantes. d) Mantenga la calma, no avise a los estudiantes de la situación de emergencia, solo inice la evacuación

cuando se le avise y hágalo en la forma más tranquila y efectiva posible. e) Espere junto a sus estudiantes en la Zona de Seguridad, las instrucciones a seguir serán dadas por el

Director.

Acciones a seguir por los apoderados que se encuentran al interior del colegio ….. a) Siga las instrucciones del personal encargado del colegio. b) No intente ir a buscar a su hijo a la sala, sólo entorpecerá el normal desarrollo de una posible

evacuación y provocará pánico. c) No retire a sus hijos del colegio a menos que el Director del colegio autorice el retiro de los

estudiantes. Acciones a seguir por los apoderados que se encuentran al exterior del colegio ….. a) La Dirección del colegio es la encargada de comunicar las medidas a seguir. b) No trate de ingresar al colegio, se le dejará ingresar en la medida de lo posible. c) Espere con calma, no impaciente a los estudiantes. d) No llamen a sus hijos a sus celulares, sólo provocará pánico en ellos. e) Su hijo NO está solo, ni desamparado, estamos aquí todo el personal, protegiéndoles.

Acciones a seguir una vez autorizada la evacuación por parte de Bomberos y Carabineros …..

a) Una vez autorizada la evacuación por Bomberos y Carabineros, el Director dará la instr4ucción para que esta se lleve a cabo en forma ordenada y guiada por Inspectoría General y Profesores Jefes de los cursos, y se llevara el registro del retiro de los estudiantes.

b) La Secretaria llamará telefónicamente a los Transportes Escolares ( Furgones ) para que retiren a sus estudiantes, lo cual debe quedar registrado en el Libro de Salida.

c) El estudiante que no sea retirado por el apoderado, permanecerá en el colegio a cargo del Profesor Jefe, los estudiantes que se desplacen de forma independientes ( Ej. Enseñanza Media ) deben quedar registrados en una lista adicional.

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Estos alumnos, una vez identificados, serán los Profesores Jefes los encargados de llamar a sus apoderados a fin se acerquen al colegio a retirar a sus hijos, para así tener las vías telefónicas lo más despejadas posible en el momento de la emergencia.

Terminada la evacuación, el Director deberá dejar constancia escrita de la emergencia acontecida, la cual quedará firmada por el Director junto al Encargado de Bomberos y/o Carabineros a cargo del procedimiento realizado, esto para una posterior evaluación y prevención de riesgos