declaracion gastos personales[1]

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Junio 2006 SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Guía básica para llenar su Anexo de Gastos Personales

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DECLARACION DE GASTOS PERSONALES

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Page 1: Declaracion gastos personales[1]

Junio 2006

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

Guía básica para llenar su Anexo de Gastos Personales

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Las personas naturales cumplan las siguientes condiciones:

a) Sus ingresos gravados sean superiores a $ 15.000,00; y,

d)Sus gastos personales deducibles serán de hasta

$ 11.973,00; y en forma parcial de $ 2.993,25, excepto el

gasto de salud que puede alcanzar el limite global

NORMATIVA:

Resolución NAC-DGERCGC09-00391 del 01 de junio de 2010.

¿QUIÉNES DEBEN PRESENTAR EL ANEXO DE GASTOS PERSONALES?

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Se debe presentar por Internet según el siguiente calendario en consideración al noveno dígito de su Cédula o RUC:

¿CUÁNDO DEBEN PRESENTAR EL ANEXO DE GASTOS PERSONALES?

Noveno Dígito del RUC o Cédula Fecha máxima de entrega

1 10 de febrero

2 12 de febrero

3 14 de febrero

4 16 de febrero

5 18 de febrero

6 20 de febrero

7 22 de febrero

8 24 de febrero

9 26 de febrero

0 28 de febrero

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IMPUESTO A LA RENTA AÑO 2011

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• Mantener organizados los comprobantes de venta que sean deducibles por cada proveedor.

• El contribuyente está en la obligación de presentar a la Administración Tributaria los comprobantes de venta reportados en el anexo de gastos personales, cuando éstos le sean requeridos.

Para el Anexo de Gastos Personales usted debe considerar:

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• El valor deducible sustentado en el comprobante de venta no incluye IVA e ICE.

• Los comprobantes de venta que sustentan los gastos personales deben cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Venta y Retención.

Para el Anexo de Gastos Personales usted debe considerar:

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CONSIDERACION ESPECIAL

Si usted decide utilizar este beneficio de deducciones para el pago de su impuesto a la Renta, o si usted tiene otros ingresos diferentes a los de relación de dependencia, estará obligado a:* Presentar obligatoriamente su declaración anual de Impuesto a la Renta

* Presentar el anexo con información de los gastos que se deduzca, si superan los US$ 7,500.* Mantener por al menos 7 años los originales de los comprobantes que podrán ser revisados por el SRI, para comprobar lo declarado y la validez del comprobante para aceptar la deducción, al igual que sus formularios de declaración, retención en la fuente y talón resumen de su anexo de gastos personales.* Es recomendable que obtenga su clave para declarar por internet, que brinda facilidades al contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

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Usted debe acceder a la página web del Servicio de Rentas Internas www.sri.gov.ec a la opción TU portal

Para obtener el programa del Anexo de Gastos Personales:

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Debe descargar gratuitamente el software que se dispone para la preparación del Anexo

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En forma general deberá llenar los siguientes datos:

1. Período que está informando. En este

caso, el anexo corresponde al año

2008.

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2. Debe ingresar los datos de su

identificación como

informante.

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1. Luego debe ingresar, en caso de existir, la identificación de:

- su cónyuge o conviviente- sus hijos dependientes- sus dependientes discapacitados

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1. Debe llenar la información según el siguiente detalle por proveedor .

- RUC del Proveedor

- Cantidad de comprobantes de venta.- Conteo de todos los comprobantes de venta recibidos de este proveedor que sustenten la deducción.

- Base Imponible Deducible.- Registrará la suma de todos los valores de base imponible deducible (sin incluir IVA e ICE) de todos los comprobantes de venta de este proveedor.

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- Tipo de Gasto.- Solamente se escogerá un tipo de gasto en base al valor o actividad económica predominante de este proveedor.

Recuerde que debe ingresar un registro por cada proveedor.

En la parte que le señala SIN PROVEEDOR, exclusivamente se reportarán los valores por:

- Pensiones alimenticias- Valores no cubiertos por aseguradoras

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5. Guardará la información e imprimirá el talón resumen.

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6. Finalmente debe presentar el archivo generado con la información por Internet o en las ventanillas del SRI.

Para la presentación por Internet deberá obtener la clave

electrónica, para lo cual debe asistir a las oficinas de Servicios de Rentas Internas y presentar los siguientes documentos:

• Original y copia de la Cédula de Identidad• Original y copia de la Papeleta de Votación

• Acuerdo de Responsabilidad para declaraciones y anexos por Internet (disponible en la página www.sri.gov.ec)

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