declaraciones de mossack

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Declaraciones de Mossack & Fonseca respecto de la cobertura reciente de medios Recientes informes de prensa han representado una vista inexacta de los servicios que ofrecemos y, a pesar de nuestros esfuerzos para corregir el registro, tergiversaron la naturaleza de nuestro trabajo y su papel en los mercados financieros globales. Estos informes se basan en suposiciones y estereotipos, y juegan en la falta de familiaridad del público con el trabajo de empresas como la nuestra. La desafortunada ironía es que los materiales sobre los que se basan estos informes muestran en realidad los altos estándares bajo los que operamos, específicamente que: Nos conducimos con la debida diligencia con los clientes desde el principio de un compromiso potencial y en un curso básico. Rutinariamente negamos servicios a las personas que están situaciones comprometedoras o no proporcionan la información que necesitamos con el fin de cumplir con las obligaciones de “conocer al cliente”; o cuando identificamos otras señales de alerta a través de nuestra debida diligencia. Habitualmente renunciamos a compromisos con los clientes cuando, en el curso la debida diligencia y/o cambios a las listas de sanciones, se revela que una parte en una empresa para la que proporcionamos servicios de estado, han sido convictos o sancionados. Habitualmente cumplimos con las solicitudes de las autoridades de investigación de empresas o individuos para los cuales estamos proporcionando servicios; y…

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Traducción al español de las declaraciones del despacho Mossack & Fonseca acerca de las informaciones publicadas en diversos medios. El original dado a conocer el 4 de abril de 2016 puede ser visto en inglés aquí: http://mossfonmedia.com/wp-content/uploads/2016/04/Statement-Regarding-Recent-Media-Coverage_4-1-2016.pdf

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Declaraciones de Mossack & Fonseca respecto de la cobertura reciente de medios

Recientes informes de prensa han representado una vista inexacta de los servicios que ofrecemos y, a pesar de nuestros esfuerzos para corregir el registro, tergiversaron la naturaleza de nuestro trabajo y su papel en los mercados financieros globales.

Estos informes se basan en suposiciones y estereotipos, y juegan en la falta de familiaridad del público con el trabajo de empresas como la nuestra. La desafortunada ironía es que los materiales sobre los que se basan estos informes muestran en realidad los altos estándares bajo los que operamos, específicamente que:

Nos conducimos con la debida diligencia con los clientes desde el principio de un compromiso potencial y en un curso básico.

Rutinariamente negamos servicios a las personas que están situaciones comprometedoras o no proporcionan la información que necesitamos con el fin de cumplir con las obligaciones de “conocer al cliente”; o cuando identificamos otras señales de alerta a través de nuestra debida diligencia.

Habitualmente renunciamos a compromisos con los clientes cuando, en el curso la debida diligencia y/o cambios a las listas de sanciones, se revela que una parte en una empresa para la que proporcionamos servicios de estado, han sido convictos o sancionados.

Habitualmente cumplimos con las solicitudes de las autoridades de investigación de empresas o individuos para los cuales estamos proporcionando servicios; y…

Trabajamos con intermediarios establecidos, tales como los bancos de inversión, despachos contables y bufetes de abogados, como parte del sistema financiero global regulado.

Nos gustaría aprovechar esta oportunidad para abordar algunos conceptos erróneos específicos sobre nuestro trabajo y aclarar las inexactitudes que son moneda corriente en los recientes informes de prensa.

Proveemos servicios administrativos relacionados con la constitución de empresas, que están ampliamente disponibles y son de uso común en todo el mundo.

La constitución de empresas es la actividad normal de abogados y agentes en todo el mundo. Los servicios tales como la creación de empresas, registros ante agencias y otros se utilizan con frecuencia en todo el mundo y en muchas jurisdicciones, incluyendo los Estados Unidos y el Reino Unido.

Por otra parte, es legal y común que las empresas establezcan las entidades comerciales en diferentes jurisdicciones por una variedad de razones legítimas, incluyendo la realización de fusiones y adquisiciones transfronterizas, quiebras, la planificación del patrimonio, seguridad personal y reestructuraciones y puesta en común de capital de inversión de inversores que residen en diferentes jurisdicciones que desean un régimen legal y fiscal neutro que no supone beneficio o desventaja para cualquier inversor.

Nuestro agente registrado y servicios de secretaría corporativos están limitados a un conjunto de Servicios administrativos.

Estos servicios están relacionados con la facilitación de documentos presentados ante las autoridades y el registro de la competencia de la empresa, y para ayudar a una empresa a registrar los impuestos y el archivo de licencias, gestión de patentes y marcas comerciales, declaraciones de impuestos y demás documentación.

El agente residente no está involucrado en la gestión del negocio de ninguna manera. No abre ni administra cuentas, no toma la custodia de dinero o bienes (aparte de los honorarios pagados por los servicios), no monitorea ni asesora sobre transacciones, no realizar auditorías, no asesora sobre transacciones no tiene autoridad discrecional para tomar decisiones en nombre de las

empresas para las que sirve como agente registrados o para los que lleva al cabo servicios secretariales corporativos.

Nuestros servicios están regulados en múltiples niveles, a menudo por agencias sobrepuestas, y tenemos un sólido historial de cumplimiento.

Nuestra actividad está regulada por diversos organismos de supervisión y aplicación, incluyendo la Superintendencia Bancaria de Panamá y la Intendencia de proveedores de servicios regulados no financieros. Estamos también sujetos a la supervisión reguladora y la ejecución en todas las otras jurisdicciones en las que incorporamos compañías. Además, siempre hemos cumplido con protocolos internacionales como la Fuerza de Tareas de Acción Financiera (Financial Accion Task Force (FATF)) y, más recientemente, la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras EE.UU. (U.S. Foreign Account Tax Compliance (FATCA)), para garantizar como es razonablemente posible que las empresas que incorporamos no están siendo utilizados para evasión de impuestos, lavado de dinero, la financiación del terrorismo u otros fines ilícitos.

El FATF, en particular, elogió a Panamá en su reunión de febrero de 2016, diciendo que Panamá ha hecho “progresos significativos en la mejora de su ALD/CFT (contra el lavado de dinero y la lucha contra el régimen de financiación del terrorismo). “El FATF, con posterioridad a la sesión plenaria, quitó de Panamá de su “lista gris” de jurisdicciones no cooperativas.

Somos miembros responsables de la comunidad global de negocios financieros.

Conducimos diligentemente a todos los clientes nuevos y potenciales que a menudo supera en rigor los reglamentos y normas vigentes a la que nosotros y otros están obligados. Muchos de nuestros clientes vienen a través de las empresas establecidas, de despachos legales reputados e instituciones financieras de todo el mundo, incluyendo los bancos correspondientes, que también están obligados por los protocolos internacionales a “conocer a su cliente” (KYC) y tienen sus propios reglamentos y leyes nacionales.

Si un nuevo cliente/entidad no está dispuesto y/o en condiciones de proporcionarnos la documentación apropiada sobre quiénes son, y (en su caso), desde donde derivan sus fondos, no trabajamos con ese cliente/entidad. De hecho, los documentos citados en los informes de los medios indican que rutinariamente negamos

servicios a las personas que están en peligro o que no proporcionan información que necesitamos para cumplir con nuestra KYC y otras obligaciones.

Nuestros procedimientos para una debida diligencia nos obligan a actualizar la información que tenemos sobre los clientes y para verificar periódicamente que no existen resultados negativos en lo que respecta a las empresas que incorporan y a las personas detrás de ellos. Una vez más, los documentos citados en los informes de los medios indican que rutinariamente renunciamos a compromisos con los clientes en curso cuando la debida diligencia y cambios en las listas de sanciones revelan que el beneficiario de una compañía para la que proveemos servicios se halla comprometido.

Desde hace 40 años Mossack & Fonseca ha operado de manera irreprochable en nuestro país de origen y otras jurisdicciones en las que tenemos operaciones.

Nuestra empresa nunca ha sido acusada o sostenido cargos en relación con actos delictivos.

Sin embargo, estamos legal y prácticamente limitados en nuestra capacidad para regular el uso de las empresas que constituimos e incorporamos o a las que proporcionamos otros servicios. No estamos involucrados en la gestión de las compañías de nuestros clientes. Excluyendo los honorarios profesionales que ganamos, no tomamos posesión o custodia de los clientes, dinero, ni tenemos nada que ver con cualquiera de los aspectos financieros directos relacionados con la operación de sus empresas.

Estamos presentes en las jurisdicciones con controles financieros y legales cada vez más estrictas.

Todas las jurisdicciones en las que tenemos operaciones han dado pasos significativos en sus esfuerzos para cumplir con los protocolos globales para prevenir el abuso de sus sistemas financieros y corporativos. Esto incluye la prevención de lavado de dinero, la lucha contra la financiación del terrorismo y la prevención de la evasión de impuestos.

La mayor parte de las jurisdicciones tienen acuerdos de intercambio de información fiscal formales con varios países que son aprobados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Panamá tiene nueve acuerdos de intercambio de información fiscal formal de la OCDE-aprobado, incluso con los Estados Unidos y Canadá, y 16 acuerdos de doble

imposición (que incluyen disposiciones para el intercambio de información entre las autoridades). La OCDE ha reconocido Panamá por mejorar el acceso del gobierno a la información de propietarios beneficiarios de entidades constituidas en su jurisdicción, así como por mejorar el intercambio de dicha información con las autoridades de otras jurisdicciones.

Para citar la revisión más reciente de la OCDE sobre Panamá: “El Acuerdo Complementario 2014 señaló los importantes avances realizados por Panamá en la ampliación de su red de intercambio de información desde la Fase 1 del Informe de 2010, que comportó el número de acuerdos del EOI (intercambio de acuerdos de información) en razón de uno a 25“.

Además, Panamá, las Islas Vírgenes Británicas (BVI), y los Estados Unidos acordaron términos para que las instituciones financieras en sus jurisdicciones cumplan con FATCA. Esta ley asegura que los ciudadanos estadounidenses con cuentas en estos territorios declaran y pagan impuestos sobre la renta o inversiones obtenidas en ellos que se deben al Servicio de Impuestos de E.U.A. Hasta la fecha, más de mil instituciones financieras en Panamá, incluyendo los bancos locales, bancos extranjeros ramas y fondos de inversión, han cumplido con FATCA.

Lamentamos cualquier mal uso de nuestros servicios y activamente tomamos medidas para prevenirlo.

Lamentamos cualquier mal uso de las empresas que incorporamos o de los servicios que proporcionamos y tomamos medidas, siempre que sea posible, para descubrir y detener dicho uso. Si se detecta actividad sospechosa o mala conducta, somos rápidos para informar a las autoridades. Del mismo modo, cuando la autoridad nos señala evidencia de una posible mala conducta, siempre cooperamos plenamente con ella.

Con respecto a los alegatos específicos en los informes de los medios, nos gustaría comentar lo siguiente:

(A) La evasión y elusión: Nuestra empresa no aconseja a los clientes sobre la estructuración de vehículos corporativos y el uso que puedan hacer de ellos mismos. Tampoco ofrecemos soluciones cuyo objetivo es ocultar ilícitos como la evasión de impuestos. Nuestros clientes solicitan nuestros servicios después de haber sido debidamente asesorados por profesionales calificados en sus lugares de trabajo. Por otra parte, debe quedar claro que la evasión de impuestos y la elusión no son la misma cosa. Por ejemplo, un

cliente puede utilizar las estructuras previstas por nosotros para la optimización de sus impuestos patrimoniales, como aprovechar disposiciones de los tratados internacionales para eludir impuestos dobles. Tal comportamiento es perfectamente legal.

(B) Diligencia debida con los clientes: En primer lugar, aproximadamente el 90% de nuestra clientela está compuesta por clientes profesionales, como las instituciones financieras internacionales, así como las sociedades fiduciarias y prominentes firmas legales y contables que actúan como intermediarias y están reguladas en la jurisdicción de su negocio. Estos clientes están obligados a realizar la debida diligencia en sus clientes de acuerdo con el conocimiento del cliente y las regulaciones AML a las que están sujetos.

(C) Personas políticamente expuestas (PEP): Hemos establecido debidamente políticas y procedimientos para identificar y manejar los casos cuando los individuos pueden clasificarse como PEP o se relacionan con ellas. Según nuestro Enfoque de Riesgo Básico, los PEP se consideran individuos de alto riesgo. Por lo tanto, procedimientos de más cuidada diligencia se aplican en estos casos. Además, el seguimiento periódico se lleva al cabo para asegurar que no hay resultados negativos. Por último, de acuerdo con las políticas internacionales de conocimiento del cliente, los PEP no tienen que ser rechazados sólo por serlo, así que es sólo una cuestión de análisis de riesgos y administración adecuados lo que se necesita para una diligencia debida con ellos.

(D) Las listas de sanciones y criminales convictos: Los convenios de prestación de servicios suscritos con nuestros clientes les imponen la obligación de notificarnos tan pronto como tengan conocimiento de que un usuario de sus servicios ha sido condenado o listado por un órgano sancionador. Del mismo modo, tenemos nuestros propios procedimientos para identificar a esas personas, en la medida en que sea razonablemente posible. De hecho, los documentos citados en los informes de los medios muestran ejemplos concretos que demuestran que, una vez que este tipo de situaciones son identificadas, de manera rutinaria interrumpimos la prestación de nuestros servicios. Tenemos la obligación de seguir un proceso administrativo ordenado al renunciar a compromisos con los clientes, que puede variar en función de los reglamentos de la jurisdicción respectiva. Además, las autoridades suelen requerir que el agente registrado no archive ninguna renuncia con el fin de evitar que obstruya la investigación.

(E) Prestación de Servicios secretariales a la Compañía: Servicios de Secretariado de la empresa son los servicios legales que permiten a un proveedor profesional de la empresa para actuar en nombre de una empresa que es propiedad de terceros.

Los servicios secretariales a la empresa no se utilizan para ocultar la identidad de los verdaderos dueños de la empresa. Por ejemplo, un director no está en su naturaleza de propietario de la empresa. Estos servicios incluyen a menudo consejeros y facilitan los documentos presentados ante las autoridades de documentos y registro de la competencia de una empresa.

Por ejemplo, una secretaria podría ayudar a un registro de sociedades de impuestos y solicitar licencias, gestión de patentes y marcas comerciales, declaraciones de impuestos y demás documentación para ser manipulados y archivados. Los servicios secretariales a la compañía son proporcionados por muchas empresas a los clientes profesionales e inversores de todo el mundo. Un director o secretario de empresa puede actuar en nombre de muchas compañías diferentes en diferentes jurisdicciones. Esto es ampliamente aceptado y perfectamente legal, especialmente en los casos en que el propósito de una empresa es ser un corporativo o posee bienes inmuebles o muebles propios. El hecho de que muchas empresas tienen a los mismos directores y/o dirección no significa que estas empresas están conectados de alguna manera, como es comúnmente asumido. Por lo general, un director o secretario de empresa/corporativo no tiene ningún interés económico o vínculo comercial con la actividad de la compañía ni él/ella respalda, participar o asistir en los comerciales o pasivos de la empresa de ninguna manera. Siguiendo las pautas preestablecidas, el secretario designa a los agentes y abogados que administran de la empresa.

(F) Los accionistas y beneficiarios: En estrecha relación con el punto anterior, como parte de los servicios que nuestro consorcio ofrece, con frecuencia constituimos fideicomisos de acciones. Como resultado, las suposiciones de que ofrecemos a los accionistas estructuras supuestamente diseñadas para ocultar la identidad de los titulares reales son completamente sin falsas y sin sustento. Estos tipos de servicios son siempre compatibles con la existencia de vehículos legalmente reconocidos y utilizados para tales fines por todos los proveedores de servicios en esta industria. A pesar de que proporcionamos servicios de tenencia accionaria a través de las estructuras legales como ya se ha explicado, no proporcionamos servicios de beneficiarios para engañar a los bancos. Actualmente

los bancos llevan al cabo sus procedimientos de diligencia debida al igual que nosotros. Es difícil, por no decir imposible, no proporcionar a los bancos la identidad de los beneficiarios finales y el origen de los fondos.

(H) Los documentos con efecto retroactivo: La emisión de documentos con una fecha de retroacción es una práctica bien fundada y aceptada cuando las decisiones tomadas en relación con el documento en particular se registran en resoluciones aprobadas antes o cuando la transacción, en particular, ha tenido lugar y la formalización aún está pendiente. Esta práctica es común en nuestra industria y su objetivo no es para encubrir u ocultar hechos ilegales.

(Traducción del inglés: José Antonio de la Vega Torres, Indicios Metropolitanos.)