decreto 1356 del 31 de julio de 2018 -...

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üoorllld y Orden DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL DECRETO 1356 DE 2018 31 JUL2018 Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación, y se reglamenta el literal c del artículo 9 de la Ley 1804 de 2016, sobre el seguimiento y evaluación de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 56 de la Ley 1753 de 2015 y ellíteral c del artículo 9 de la Ley 1804 de 2016, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia dispone que «la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones» y que «las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado». Que el artículo 3 de la Ley 1098 de 2006 establece que son sujetos titulares de derechos todas las personas menores de 18 años y que se entiende por niño o niña a las personas entre los O y los 12 años, y por adolescente las personas entre 12 y 18 años de edad. Que el artículo 29 ae Ley 1098 de 2006 determina que la «primera infancia es la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano. Comprende la franja poblacional que va de los cero a los seis años de edad. Desde la primera infancia, los niños y las niñas son sujetos titulares de los derechos reconocidos en los tratados internacionales, en la Constitución Política y en este Código. Son derechos impostergables d.e la primera infancia, la atención en salud y nutrición, el esquema completo de vacunación, la protección contra los peligros físicos y la educación inicial. En el primer mes de vida deberá garantizarse el registro civil de todos los niños y las niñas». Que de acuerdo con el artículo 205 de la misma Ley, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) es el ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) y tiene a su cargo la articulación de las entidades responsables de la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolesqentes, la prevención de su vulneración, la protección y restablecimiento de los mismos, en los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal yen los resguardos o territorios indígenas. Que de acuerdo con el artículo 207 de la citada Ley 1098, en todos los departamentos, los municipios y los distritos deberán sesionar Consejos de Política Social, presididos por el

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uumloorllld y Orden

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

DECRETO 1356 DE 2018

31 JUL2018 Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de

2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 11 del artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica el artiacuteculo 56 de la Ley 1753 de 2015 y

elliacuteteral c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 y

CONSIDERANDO

Que el artiacuteculo 209 de la Constitucioacuten Poliacutetica de Colombia dispone que laquola funcioacuten administrativa estaacute al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad moralidad eficacia economiacutea celeridad imparcialidad y publicidad mediante la descentralizacioacuten la delegacioacuten y la desconcentracioacuten de funcionesraquo y que laquolas autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estadoraquo

Que el artiacuteculo 3 de la Ley 1098 de 2006 establece que son sujetos titulares de derechos todas las personas menores de 18 antildeos y que se entiende por nintildeo o nintildea a las personas entre los O y los 12 antildeos y por adolescente las personas entre 12 y 18 antildeos de edad

Que el artiacuteculo 29 ae Ley 1098 de 2006 determina que la laquoprimera infancia es la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo emocional y social del ser humano Comprende la franja poblacional que va de los cero a los seis antildeos de edad Desde la primera infancia los nintildeos y las nintildeas son sujetos titulares de los derechos reconocidos en los tratados internacionales en la Constitucioacuten Poliacutetica y en este Coacutedigo Son derechos impostergables de la primera infancia la atencioacuten en salud y nutricioacuten el esquema completo de vacunacioacuten la proteccioacuten contra los peligros fiacutesicos y la educacioacuten inicial En el primer mes de vida deberaacute garantizarse el registro civil de todos los nintildeos y las nintildeasraquo

Que de acuerdo con el artiacuteculo 205 de la misma Ley el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) es el ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) y tiene a su cargo la articulacioacuten de las entidades responsables de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolesqentes la prevencioacuten de su vulneracioacuten la proteccioacuten y restablecimiento de los mismos en los aacutembitos nacional departamental distrital municipal yen los resguardos o territorios indiacutegenas

Que de acuerdo con el artiacuteculo 207 de la citada Ley 1098 en todos los departamentos los municipios y los distritos deberaacuten sesionar Consejos de Poliacutetica Social presididos por el

DECRETOmiddot- 1356 DE 2018 HOJA No 2

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo--

Gobernador y el Alcalde los cuales tendraacuten la responsabilidad de la articulacioacuten funcional entre las entidades nacionales y territoriales

Que en virtud de la Ley 1450 de 2011 artiacuteculo 137 el Gobierno nacional laquodefiniraacute e implementaraacute el esquema de financiacioacuten y ejecucioacuten interinstitucional de la estrategia de Atencioacuten Integral de la Primera Infanciaraquo con el fin de permitir la sostenibilidad de la estrategia y la ampliacioacuten progresiva de la cobertura con calidad y que para lo anterior deberaacute adelantar entre otros aspectos laquoel desarrollo integrado del sistema de informacioacuten aseguramiento de la calidad vigilancia y control rendicioacuten de cuentas veeduriacuteas ciudadanas y de los mecanismos y agenda de evaluaciones requeridas para el desarrollo y consolidacioacuten de la estrategia de Atencioacuten Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempreraquo

Que el paraacutegrafo 2 del mismo artiacuteculo sentildeala que ellCBF constituiraacute e implementaraacute un Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Infancia (SUIN) con el fin de hacer seguimiento del laquocumplimiento progresivo de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes valorando las condiciones socioeconoacutemicas los riesgos y la vulnerabilidad de los hogaresmiddot conforme a las fuentes disponiblesraquo

Que el artiacuteculo 227 de la citada Ley 1450 de 2011 modificado por el artiacuteculo 159 de la Ley 1753 de 2015 prescribe que las entidades puacuteblicas y los particulares que ejerzan funciones puacuteblicas pondraacuten a disposicioacuten de las demaacutes entidades puacuteblicas que asiacute lo soliacuteciten de forma gratuita la informacioacuten que generen obtengan adquieran o controlen y administren en cumplimiento y ejercicio de su objeto misional

Que la Ley Estatutaria 1581 de 2012 laquoPor la cual se dictan disposiciones generales para la proteccioacuten de datos personalesraquo indica en su articulo 7 que en el tratamiento de datos personales de nintildeos nintildeas y adolescentes se aseguraraacute el respeto a sus derechos los cuales son prevalentes Adicionalmente el artiacuteculo 10 literal a de la misma normativa dispone que la autorizacioacuten del titular de la informacioacuten no seraacute necesaria cuando se trate de informacioacuten requerida laquopor una entidad puacuteblica o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicialraquo De igual modo el artiacuteculo 13 literal b preveacute que la informacioacuten que reuacutena las condiciones establecidas en esa Ley podraacute suministrarse a laquolas entidades puacuteblicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicialraquo

Que el artiacuteculo 2222529 del Decreto 1074 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Comercio Industria y Turismo reitera que el tratamiento de datos personales de nintildeos nintildeas y adolescentes estaacute prohibido excepto cuando se trate de datos de naturaleza puacuteblica de conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 7 de la Ley 1581 de 2012 y cuando dicho tratamiento cumpla con los siguientes paraacutemetros y requisitos 1 que responda y respete el intereacutes superior de los nintildeos nintildeas y adolescentes y 2 Que se asegure el respeto qe sus derechos fundamentales Lo anterior siempre y cuando todos los responsables y encargados involucrados en el tratamiento de dichos datos velen por el uso adecuado de los mismos para lo cual deberaacuten aplicarse los principios y obligaciones establecidos en Ja Ley 1581 de 2012

Que mediante el Decreto 4875 de 2011 se creoacute la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) cuyo objeto es laquocoordinar y armonizar las poliacuteticas planes programas y acciones necesarias para la ejecucioacuten de la atencioacuten integral de la primera infancia siendo esta la instancia de concertacioacuten entre los diferentes sectores involucradosraquo En el artiacuteculo 4 de dicho decreto se establece la creacioacuten e implementacioacuten del Sistema Uacutenico Nacional de Informacioacuten de la poblacioacuten en la primera infancia como parte de las funciones de la Comisioacuten En ideacutentico sentido el paraacutegrafo del artiacuteculo 8 sentildeala que laquolos ministerios instituciones y entidades territoriales deberaacuten reportar la informacioacuten relacionada con la atencioacuten integral a la primera infancia la cual incluiraacute como miacutenimo variables de caraacutecter presupuestal financiero de capacidad instalada recurso humano cobertura y calidad de los

DECRETO ~ 1356 DE 2018 HOJA No 3

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 108~ de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

servicios asiacute como variables de situacioacuten de los nintildeos y nintildeas para las diferentes dimensiones del desarrollo infantil tempranoraquo

Que de acuerdo al artiacuteculo 55 y siguientes de la Ley 1753 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018 Todos por un nuevo paiacutes en el Capiacutetulo VI de Movilidad Social quedoacute consignado que para laquoel seguimiento a la situacioacuten de los derechos de los NNA en el paiacutes y en las entidades territoriales se fortaleceraacute el Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) a traveacutes del SNBF para que proporcione informacioacuten de todos los indicadores requeridos para los procesos de diagnoacutesticos poblacionales y rendicioacuten de cuentas que deben adelantar el nivel nacional departamental y municipal Asimismo se promoveraacute la articulacioacuten de este sistema con otros sistemas de informacioacuten existentesraquo

Que en el antildeo 2015 se firmoacute el Acuerdo de Intercambio de Informacioacuten por las entidades que conforman la CIPI el cual tiene como objetivos laquoi) Realizar intercambio de informacioacuten de bases de datos orientados al cumplimiento de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas todo ello respetando la autonomiacutea y la integridad de la informacioacuten asiacute como la independencia de la plataforma tecnoloacutegica de los sistemas de informacioacuten de cada entidad ii) Tener informacioacuten confiable pertinente y oportuna para el Sistema de Seguimiento Nintildeo a Nintildeo y los objetivos concertados en la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) para la informacioacuten y los datos alliacute reportados y que proveeraacuten las entidades involucradas en la Comisioacutenraquo

Que el artiacuteculo 6 de la Ley 1804 de 2016 determina que el Gobierno nacional los gobiernos departamentales y municipales a traveacutes de las instancias y organismos responsables deberaacuten como parte integral y prioritaria de la poliacutetica de primera infancia disentildear esquemas especiacuteficos para la focalizacioacuten y atencioacuten integral de los nintildeos y nintildeas en primera infancia teniendo en cuenta como miacutenimo los siguientes criterios la vulnerabilidad de los nintildeos y nintildeas las brechas sociales y econoacutemicas la poblacioacuten en condicioacuten de discapacidad la pobreza rural la poblacioacuten viacutectima del conflicto armado registrada en el Registro Uacutenico de Viacutectimas (RUV) y la pertenencia a grupos eacutetnicos Lo anterior para atenderlos de forma prioritaria con recursos oficiales de caraacutecter nacional o local lo que debe realizarse de manera concertada entre las autoridades gubernamentales en los escenarios del Consejo de Poliacutetica Social en consonancia con el anaacutelisis de la situacioacuten de derechos y de servicios consignados en la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

Que la misma Ley en su artiacuteculo 9 define como una de las liacuteneas estrateacutegicas para dinamizar y dar sostenibilidad a la gestioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre el seguimiento y evaluacioacuten de la misma a partir del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia el Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) y una agenda permanente de evaluaciones que desarrolla los estudios a profundidad de efecto resultado e impacto para la orientacioacuten de poliacuteticas puacuteblicas

Que teniendo en cuenta lo anterior se hace necesario reglamentar el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 referente a los sistemas de informacioacuten y mecanismos de seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Que el Gobierno nacional profirioacute el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten con el objetivo de compilar y racionalizar las normas de caraacutecter reglamentario del sector y contar con un instrumento juriacutedico uacutenico para el mismo

Que la presente norma se expide con fundamento en la potestad reglamentaria del Presidente de la Repuacuteblica motivo por el cual debe quedar compilada en el Decreto 1084 de 2015 en los teacuterminos que a continuacioacuten se establecen

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 4

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacutenese el Tiacutetulo 5 a la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1084 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

laquoTiacuteTULO 5 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la

Primera Infancia de Cero a Siempre

CAPiacuteTULO 1 Disposiciones generales

Artiacuteculo 24511 Objeto El presente Tiacutetulo tiene por objeto definir las acciones necesarias para la puesta en marcha de los sistemas de informacioacuten y los mecanismos de seguimiento y evaluacioacuten previstos en la Ley 1804 de 2016 que permitan consolidar y analizar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas desde su nacimiento hasta los seis antildeos y de las mujeres gestantes y tomar decisiones en los aacutembitos nacional y territorial frente a las acciones de la poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Artiacuteculo 24512 Aacutembito de aplicacioacuten El presente Tiacutetulo aplica para las entidades puacuteblicas del orden nacional y territorial asiacute como para entidades privadas que sean responsables yo promuevan la atencioacuten integral y el seguimiento a la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y de las mujeres gestantes en los teacuterminos y definiciones dela Ley 1804 de 2016

Artiacuteculo 24513 Insumos para la gestioacuten de la poliacutetica La informacioacuten que se acopie en los sistemas de que trata el presente Tiacutetulo deberaacute formar parte de los insumos para la formulacioacuten de diagnoacutesticos y anaacutelisis de situacioacuten relativos a la primera infancia la formulacioacuten implementacioacuten seguimiento y evaluacioacuten de programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas y programas que se dispongan paramiddot esta poblacioacuten y de los procesos de rendicioacuten puacuteblica de cuentas

Paraacutegrafo La informacioacuten que se reporte y procese a partir de los sistemas de que trata el presente Tiacutetulo constituye un insumo de uso obligatorio por parte del Gobierno nacional y de las entidades territoriales en los procesos de formulacioacuten seguimiento rendicioacuten de cuentas y evaluacioacuten de los planes de desarrollo poliacuteticas y programas dirigidos a la primera infancia

Artiacuteculo 24514 Sistemas de informacioacuten para el desarrollo de las fases de la poliacutetica Los sistemas de informacioacuten de que trata el presente Tiacutetulo seraacuten de uso obligatorio para el desarrollo de cada una de las fases de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre previstas en el artiacuteculo 8 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo La informacioacuten que se reporte y procese en los sistemas de informacioacuten de que trata el presente Tiacutetulo es insumo de uso obligatorio para la elaboracioacuten de los informes anuales de implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre nacional y territoriales previstos en el artiacuteculo 23 de la Ley 1804 de 2016 Estos informes deberaacuten sentildealar de manera especiacutefica los resultados de la implementacioacuten de los programas y proyectos ejecutados en zonas urbanas zonas rurales y en zonas rurales dispersas

DECRETO DE 2018 HOJA No 5 1356

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 24515 Definicioacuten de Seguimiento El seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre se entiende como un proceso continuo y sistemaacutetico de recoleccioacuten y anaacutelisis de informacioacuten que busca determinar elgrado de avance hacia las metas establecidas y retroalimentar el ciclo de las poliacuteticas puacuteblicas El modelo de seguimiento debe ser el resultado del mejoramiento comprehensivo la verificacioacuten minuciosa y el uso robusto de informacioacuten sobre la obtencioacuten de productos y resultados con valor puacuteblico

CAPiacuteTULO 2 Estructura del proceso de seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo

Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

SECCiOacuteN 1 El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Artiacuteculo 245211 Definicioacuten El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia es un sistema de informacioacuten para el seguimiento nominal de los nintildeos y nintildeas en primera infancia mediante el cual se realiza el registro y seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral

Este Sistema constituye la principal herramienta para articular la informacioacuten sobre los nintildeos y las nintildeas su caracterizacioacuten y la realizacioacuten de sus derechos y para orientar la toma de decisiones de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre tanto en el orden nacional como en el territorial

Paraacutegrafo A partir de la entrada en vigencia del presente Tiacutetulo el Sistema de Seguimiento Nintildeo a Nintildeo se denominaraacute Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia el cual corresponde a su vez al Sistema Uacutenico Nacional de Informacioacuten de la poblacioacuten en la primera infancia enunciado en el numeral 10 del artiacuteculo 4 del Decreto 4875 de 2011

Artiacuteculo 245212 Objetivos del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Los objetivos de este sistema son los siguientes

1 Obtener y mantener actualizada la caracterizacioacuten de la mujer gestante y de los nintildeos y nintildeas desde los cero (O) hasta los seis (6) antildeos de edad poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre

2 Registrar y hacer seguimiento a las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que favorecen el desarrollo integral de la poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de Primera Infancia De Cero a Siempre definida en el artiacuteculo 2 de la Ley 1804 de 2016 para la realizacioacuten de sus derechos

3 Generar las alertas a las instituciones involucradas de orden nacional y territorial sobre las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que no han sido garantizadas a los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y a las mujeres gestantes en el marco de la atencioacuten integral

4 Realizar seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas seguacuten lo establecido en el Manual Operativo

5 Informar y alertar a padres madres cuidadores primarios y tomadores de decisioacuten sobre el desarrollo de las nintildeas y los nintildeos seguacuten los lineamientos teacutecnicos establecidos por el Gobierno nacional

1356DECRETO DE 2018 HOJA No 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

6 Proveer informacioacuten poblacional y territorial para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre en cada territorio de conformidad con el reporte de las acciones locales y nacionales de las entidades puacuteblicas y privadas encaminadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas en su primera infancia

7 Emitir reportes sobre atenciones nominales y poblacionales con la periodicidad que determine el Manual Operativo

8 Reportar semestralmente informacioacuten sobre la situacioacuten de las medidas de atencioacuten de las que han sido beneficiados los menores viacutectimas con el propoacutesito de que sean articuladas con la ruta de atencioacuten asistencia y reparacioacuten integral que lidera la Unidad para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas

Paraacutegrafo El detalle de las atenciones priorizadas que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema que se publicaraacute en el sitio web del Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de un plazo no mayor a los cuatro meses de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245213 Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Creacutease la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia como instancia de coordinacioacuten cuyo propoacutesito es definir los criterios teacutecnicos y operativos para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero aacute Siempre La Mesa estaraacute integrada por el delegado de cada una de las entidades miembros de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) acorde con lo dispuesto en el artiacuteculo 11 de la Ley 1804 de 2016 Su Secretariacutea Teacutecnica estaraacute a cargo de Ministerio de Educacioacuten Nacional

Paraacutegrafo 1deg El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a traveacutes de la Direccioacuten del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) participaraacute en esta instancia con el fin de articular las decisiones teacutecnicas y operativas de la misma con la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del Sistema en calidad de invitados las entidades puacuteblicas que determine esta misma instancia

Paraacutegrafo 3deg La Mesa tendraacute la facultad de i) aprobar las modificaciones del Manual Operativo del Sistema ii) impartir las directrices y recomendaciones necesarias para el cumplimiento del objeto de la presente Seccioacuten de acuerdo con las competencias asignadas por Ley a cada sector iii) servir como espacio de discusioacuten y debate de los asuntos que sean abordados para el desarrollo del objeto de la presente Seccioacuten asiacute como ser la instancia inicial para la resolucioacuten de las controversias que puedan llegar a presentarse y (iv) darse su propio reglamento

Artiacuteculo 245214 Manual Operativo La Mesa definiraacute el Manual Operativo del Sistema Las modificaciones estructurales que a este se realicen seraacuten aprobadas por la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia El Manual Operativo deberaacute como miacutenimo prever los mecanismos procesos procedimientos y periodicidad del reporte de la informacioacuten para efectuar el seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera inf~ncia del paiacutes y formaraacute parte integral del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245215 Administracioacuten del Sistema La administracioacuten del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacionalen el marco de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Primera Infancia Las funciones de administracioacuten a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacional se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema

Artiacuteculo 245216 Responsables de reportar informacioacuten Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades que forman parte de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y adicionalmente las siguientes

- Registraduriacutea Nacional del Estado Civil

- Cajas de Compensacioacuten Familiar

Jardines o instituciones de naturaleza puacuteblica o privada que brinden servicios de educacioacuten inicial en el marco de la atencioacuten integral

- Entidades territoriales que tengan oferta propia de educacioacuten inicial o que formen o cualifiquen talento humano que atienda a la primera infancia

Paraacutegrafo La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia a traveacutes de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia determinaraacute la informacioacuten que deben reportar las entidades que la conformanmiddot y su periodicidad

Artiacuteculo 245217 Informacioacuten a reportar De acuerdo con lo establecido por la Mesa en el Manual Operativo del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades referidas en el articulo anterior estaraacuten obligadas a reportar

1 Informacioacuten de caracterizacioacuten de nintildeos y nintildeas desde los cero meses hasta los seis antildeos y de mujeres gestantes de acuerdo con los procedimientos estructura mecanismos frecuencia y otras condiciones definidas en el Manual Operativo del Sistema

2 Informacioacuten de las atenciones priorizadas y atenciones diferenciales de la poblacioacuten vulnerable afectada por el conflicto armado para brindar atencioacuten integral establecidas en el Manual Operativo del Sistema

3 Informacioacuten sobre el seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas

4 Informacioacuten de formacioacuten y cualificacioacuten del talento humano que atiende a la primera infancia

5 Informacioacuten de la gestioacuten nacional y territorial de las entidades puacuteblicas y privadas orientadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y las nintildeas en su primera infancia

Paraacutegrafo 1deg Las entidades tanto puacuteblicas como privadas nacionales o territoriales que posean informacioacuten sobre atenciones que aporten al desarrollo integral a la primera infancia y deseen incluirla en el Sistema deberaacuten manifestarlo de manera formal a la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia para su correspondiente revisioacuten y aprobacioacuten por parte de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Paraacutegrafo 2deg Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capitulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

DECRETO ~ -135 6 DE 2018 HOJA No 8

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Paraacutegrafo 3deg El cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 de este artiacuteculo estaraacute sujeto a las condiciones teacutecnicas institucionales y tecnoloacutegicas que debe generar progresivamente el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia para dar cuenta del desarrollo integral de las nintildeas y nintildeos en primera infancia

Artiacuteculo 245218 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten en cifras agregadas del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia que represente el estado de cumplimiento de las atenciones a la primera infancia definidas y reportadas para un territorio

Articulo 245219 Confidencialidad de la informacioacuten La confidencialidad de la informacioacuten registrada en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Capiacutetulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Con este propoacutesito el tratamiento de la informacioacuten responderaacute al intereacutes su~rior de los nintildeos las nintildeas y adolescentes y aseguraraacute sin excepcioacuten alguna el respeto de sus derechos prevalentes de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional

Artiacuteculo 2452110 Gestioacuten de atenciones De acuerdo con las alertas que genere el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia yen el marco de las rutas de gestioacuten de dichas alertas que se definan en el Manual Operativo del Sistema cada una de las entidades puacuteblicas nacionales y territoriales con competencia en la atencioacuten integral a la primera infancia seraacuten responsables de adelantar las gestiones pertinentes que garanticen la atencioacuten y los derechos de los nintildeos y nintildeas

Artiacuteculo 2452111Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palanqueros y raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado en situacioacuten de pobreza y en situacioacuten de vulnerabilidad

Artiacuteculo 2452112 Perspectiva Rural Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados por zonas urbanas zonas rurales y zonas rurales dispersas

SECCiOacuteN 2 El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Artiacuteculo 245221 Definicioacuten El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) es la herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de Poliacutetica puacuteblica de primera infancia infancia y adolescencia que presenta indicadores que dan cuenta de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes En el SUIN se reporta informacioacuten tanto de fuentes nacionales como de fuentes territoriales

Artiacuteculo 245222 Objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUN) Son objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez los siguientes

1 Evaluar la situacioacuten de vida de la nintildeez

2 Verificar el grado de cumplimiento de los acuerdos nacionales e internacionales en torno a la garantiacutea de Jos derechos de la nintildeez

3 Comparar la situacioacuten de los derechos por momento de vida (primera infancia infancia y adolescencia)

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 9

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adicioacutena el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social yReconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

4 Visibilizar a los nintildeos nintildeas y adolescentes como sujetos de derechos

5 Reflexionar sobre los factores de riesgo y las prioridades de atencioacuten de la nintildeez

6 Brindar informacioacuten para realizar ejercicios de veeduriacutea y rendicioacuten puacuteblica de cuentas incentivar investigaciones evaluativas generar conocimiento y cultura estadiacutestica para la formulacioacuten y el ajuste de la poliacutetica puacuteblica y promover una cultura en donde todos los nintildeos y las nintildeas gocen de los derechos en las mismas condiciones

7 Garantizar el uso y el acceso libre a todas las estadiacutesticas oficiales relevantes para el seguimiento y la evaluacioacuten del cumplimiento de derechos de nintildeos nintildeas y adolescentes

Artiacuteculo 245223 Mesa del Sistema Uacuten~o de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) La Mesa del SUIN es la instancia intersectorial que se encarga de la construccioacuten del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez La conformacioacuten y el funcionamiento de esta Mesa estaraacuten a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se llevaraacuten a cabo seguacuten las directrices impartidas por el Comiteacute Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar Esta Mesa estaraacute conformada por un delegado de las siguientes entidades e instancias

- Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social - Ministerio del Trabajo - Ministerio de Educacioacuten Nacional - Ministerio de Cultura - Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) - Departamento Administrativo de Ciencia Tecnologiacutea e Innovacioacuten Colciencias - Departamento Administrativo del Deporte la Recreacioacuten la Actividad Fiacutesica y el

Aprovechamiento del Tiempo Libre Coldeportes - Unidad Administrativa Especial Migracioacuten Colombia - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Administrativa Especial para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Policiacutea Nacional - Registraduriacutea Nacional del Estado Civil - Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia (CIPI)

Paraacutegrafo 1deg La Federacioacuten Nacional de Departamentos y la Federacioacuten de Municipios podraacuten asistir a las sesiones de la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) en calidad de invitados

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del SUIN en calidad de invitados las entidades que determine esta misma instancia

Artiacuteculo 245224 Informacioacuten a reportar Los indicadores a reportar se definiraacuten en el marco de la Mesa del SUIN que es la instancia de desarrollo teacutecnico del aplicativo en acuerdo con las entidades miembros del SNBF y conforme a las definiciones dadas en la Ley 1804 de 2016 para el orden nacional y territorial

Paraacutegrafo 1deg El detalle de las variables y la estructura de la informacioacuten a reportar se estableceraacuten en el protocolo y anexo teacutecnico del sistema de informacioacuten definido por la Mesa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Page 2: Decreto 1356 Del 31 De Julio De 2018 - es.presidencia.gov.coes.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 1356 DEL 31 DE... · requerida «por una entidad pública o administrativa

DECRETOmiddot- 1356 DE 2018 HOJA No 2

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo--

Gobernador y el Alcalde los cuales tendraacuten la responsabilidad de la articulacioacuten funcional entre las entidades nacionales y territoriales

Que en virtud de la Ley 1450 de 2011 artiacuteculo 137 el Gobierno nacional laquodefiniraacute e implementaraacute el esquema de financiacioacuten y ejecucioacuten interinstitucional de la estrategia de Atencioacuten Integral de la Primera Infanciaraquo con el fin de permitir la sostenibilidad de la estrategia y la ampliacioacuten progresiva de la cobertura con calidad y que para lo anterior deberaacute adelantar entre otros aspectos laquoel desarrollo integrado del sistema de informacioacuten aseguramiento de la calidad vigilancia y control rendicioacuten de cuentas veeduriacuteas ciudadanas y de los mecanismos y agenda de evaluaciones requeridas para el desarrollo y consolidacioacuten de la estrategia de Atencioacuten Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempreraquo

Que el paraacutegrafo 2 del mismo artiacuteculo sentildeala que ellCBF constituiraacute e implementaraacute un Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Infancia (SUIN) con el fin de hacer seguimiento del laquocumplimiento progresivo de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes valorando las condiciones socioeconoacutemicas los riesgos y la vulnerabilidad de los hogaresmiddot conforme a las fuentes disponiblesraquo

Que el artiacuteculo 227 de la citada Ley 1450 de 2011 modificado por el artiacuteculo 159 de la Ley 1753 de 2015 prescribe que las entidades puacuteblicas y los particulares que ejerzan funciones puacuteblicas pondraacuten a disposicioacuten de las demaacutes entidades puacuteblicas que asiacute lo soliacuteciten de forma gratuita la informacioacuten que generen obtengan adquieran o controlen y administren en cumplimiento y ejercicio de su objeto misional

Que la Ley Estatutaria 1581 de 2012 laquoPor la cual se dictan disposiciones generales para la proteccioacuten de datos personalesraquo indica en su articulo 7 que en el tratamiento de datos personales de nintildeos nintildeas y adolescentes se aseguraraacute el respeto a sus derechos los cuales son prevalentes Adicionalmente el artiacuteculo 10 literal a de la misma normativa dispone que la autorizacioacuten del titular de la informacioacuten no seraacute necesaria cuando se trate de informacioacuten requerida laquopor una entidad puacuteblica o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicialraquo De igual modo el artiacuteculo 13 literal b preveacute que la informacioacuten que reuacutena las condiciones establecidas en esa Ley podraacute suministrarse a laquolas entidades puacuteblicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicialraquo

Que el artiacuteculo 2222529 del Decreto 1074 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector Comercio Industria y Turismo reitera que el tratamiento de datos personales de nintildeos nintildeas y adolescentes estaacute prohibido excepto cuando se trate de datos de naturaleza puacuteblica de conformidad con lo establecido en el artiacuteculo 7 de la Ley 1581 de 2012 y cuando dicho tratamiento cumpla con los siguientes paraacutemetros y requisitos 1 que responda y respete el intereacutes superior de los nintildeos nintildeas y adolescentes y 2 Que se asegure el respeto qe sus derechos fundamentales Lo anterior siempre y cuando todos los responsables y encargados involucrados en el tratamiento de dichos datos velen por el uso adecuado de los mismos para lo cual deberaacuten aplicarse los principios y obligaciones establecidos en Ja Ley 1581 de 2012

Que mediante el Decreto 4875 de 2011 se creoacute la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) cuyo objeto es laquocoordinar y armonizar las poliacuteticas planes programas y acciones necesarias para la ejecucioacuten de la atencioacuten integral de la primera infancia siendo esta la instancia de concertacioacuten entre los diferentes sectores involucradosraquo En el artiacuteculo 4 de dicho decreto se establece la creacioacuten e implementacioacuten del Sistema Uacutenico Nacional de Informacioacuten de la poblacioacuten en la primera infancia como parte de las funciones de la Comisioacuten En ideacutentico sentido el paraacutegrafo del artiacuteculo 8 sentildeala que laquolos ministerios instituciones y entidades territoriales deberaacuten reportar la informacioacuten relacionada con la atencioacuten integral a la primera infancia la cual incluiraacute como miacutenimo variables de caraacutecter presupuestal financiero de capacidad instalada recurso humano cobertura y calidad de los

DECRETO ~ 1356 DE 2018 HOJA No 3

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 108~ de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

servicios asiacute como variables de situacioacuten de los nintildeos y nintildeas para las diferentes dimensiones del desarrollo infantil tempranoraquo

Que de acuerdo al artiacuteculo 55 y siguientes de la Ley 1753 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018 Todos por un nuevo paiacutes en el Capiacutetulo VI de Movilidad Social quedoacute consignado que para laquoel seguimiento a la situacioacuten de los derechos de los NNA en el paiacutes y en las entidades territoriales se fortaleceraacute el Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) a traveacutes del SNBF para que proporcione informacioacuten de todos los indicadores requeridos para los procesos de diagnoacutesticos poblacionales y rendicioacuten de cuentas que deben adelantar el nivel nacional departamental y municipal Asimismo se promoveraacute la articulacioacuten de este sistema con otros sistemas de informacioacuten existentesraquo

Que en el antildeo 2015 se firmoacute el Acuerdo de Intercambio de Informacioacuten por las entidades que conforman la CIPI el cual tiene como objetivos laquoi) Realizar intercambio de informacioacuten de bases de datos orientados al cumplimiento de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas todo ello respetando la autonomiacutea y la integridad de la informacioacuten asiacute como la independencia de la plataforma tecnoloacutegica de los sistemas de informacioacuten de cada entidad ii) Tener informacioacuten confiable pertinente y oportuna para el Sistema de Seguimiento Nintildeo a Nintildeo y los objetivos concertados en la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) para la informacioacuten y los datos alliacute reportados y que proveeraacuten las entidades involucradas en la Comisioacutenraquo

Que el artiacuteculo 6 de la Ley 1804 de 2016 determina que el Gobierno nacional los gobiernos departamentales y municipales a traveacutes de las instancias y organismos responsables deberaacuten como parte integral y prioritaria de la poliacutetica de primera infancia disentildear esquemas especiacuteficos para la focalizacioacuten y atencioacuten integral de los nintildeos y nintildeas en primera infancia teniendo en cuenta como miacutenimo los siguientes criterios la vulnerabilidad de los nintildeos y nintildeas las brechas sociales y econoacutemicas la poblacioacuten en condicioacuten de discapacidad la pobreza rural la poblacioacuten viacutectima del conflicto armado registrada en el Registro Uacutenico de Viacutectimas (RUV) y la pertenencia a grupos eacutetnicos Lo anterior para atenderlos de forma prioritaria con recursos oficiales de caraacutecter nacional o local lo que debe realizarse de manera concertada entre las autoridades gubernamentales en los escenarios del Consejo de Poliacutetica Social en consonancia con el anaacutelisis de la situacioacuten de derechos y de servicios consignados en la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

Que la misma Ley en su artiacuteculo 9 define como una de las liacuteneas estrateacutegicas para dinamizar y dar sostenibilidad a la gestioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre el seguimiento y evaluacioacuten de la misma a partir del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia el Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) y una agenda permanente de evaluaciones que desarrolla los estudios a profundidad de efecto resultado e impacto para la orientacioacuten de poliacuteticas puacuteblicas

Que teniendo en cuenta lo anterior se hace necesario reglamentar el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 referente a los sistemas de informacioacuten y mecanismos de seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Que el Gobierno nacional profirioacute el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten con el objetivo de compilar y racionalizar las normas de caraacutecter reglamentario del sector y contar con un instrumento juriacutedico uacutenico para el mismo

Que la presente norma se expide con fundamento en la potestad reglamentaria del Presidente de la Repuacuteblica motivo por el cual debe quedar compilada en el Decreto 1084 de 2015 en los teacuterminos que a continuacioacuten se establecen

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 4

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacutenese el Tiacutetulo 5 a la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1084 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

laquoTiacuteTULO 5 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la

Primera Infancia de Cero a Siempre

CAPiacuteTULO 1 Disposiciones generales

Artiacuteculo 24511 Objeto El presente Tiacutetulo tiene por objeto definir las acciones necesarias para la puesta en marcha de los sistemas de informacioacuten y los mecanismos de seguimiento y evaluacioacuten previstos en la Ley 1804 de 2016 que permitan consolidar y analizar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas desde su nacimiento hasta los seis antildeos y de las mujeres gestantes y tomar decisiones en los aacutembitos nacional y territorial frente a las acciones de la poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Artiacuteculo 24512 Aacutembito de aplicacioacuten El presente Tiacutetulo aplica para las entidades puacuteblicas del orden nacional y territorial asiacute como para entidades privadas que sean responsables yo promuevan la atencioacuten integral y el seguimiento a la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y de las mujeres gestantes en los teacuterminos y definiciones dela Ley 1804 de 2016

Artiacuteculo 24513 Insumos para la gestioacuten de la poliacutetica La informacioacuten que se acopie en los sistemas de que trata el presente Tiacutetulo deberaacute formar parte de los insumos para la formulacioacuten de diagnoacutesticos y anaacutelisis de situacioacuten relativos a la primera infancia la formulacioacuten implementacioacuten seguimiento y evaluacioacuten de programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas y programas que se dispongan paramiddot esta poblacioacuten y de los procesos de rendicioacuten puacuteblica de cuentas

Paraacutegrafo La informacioacuten que se reporte y procese a partir de los sistemas de que trata el presente Tiacutetulo constituye un insumo de uso obligatorio por parte del Gobierno nacional y de las entidades territoriales en los procesos de formulacioacuten seguimiento rendicioacuten de cuentas y evaluacioacuten de los planes de desarrollo poliacuteticas y programas dirigidos a la primera infancia

Artiacuteculo 24514 Sistemas de informacioacuten para el desarrollo de las fases de la poliacutetica Los sistemas de informacioacuten de que trata el presente Tiacutetulo seraacuten de uso obligatorio para el desarrollo de cada una de las fases de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre previstas en el artiacuteculo 8 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo La informacioacuten que se reporte y procese en los sistemas de informacioacuten de que trata el presente Tiacutetulo es insumo de uso obligatorio para la elaboracioacuten de los informes anuales de implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre nacional y territoriales previstos en el artiacuteculo 23 de la Ley 1804 de 2016 Estos informes deberaacuten sentildealar de manera especiacutefica los resultados de la implementacioacuten de los programas y proyectos ejecutados en zonas urbanas zonas rurales y en zonas rurales dispersas

DECRETO DE 2018 HOJA No 5 1356

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 24515 Definicioacuten de Seguimiento El seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre se entiende como un proceso continuo y sistemaacutetico de recoleccioacuten y anaacutelisis de informacioacuten que busca determinar elgrado de avance hacia las metas establecidas y retroalimentar el ciclo de las poliacuteticas puacuteblicas El modelo de seguimiento debe ser el resultado del mejoramiento comprehensivo la verificacioacuten minuciosa y el uso robusto de informacioacuten sobre la obtencioacuten de productos y resultados con valor puacuteblico

CAPiacuteTULO 2 Estructura del proceso de seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo

Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

SECCiOacuteN 1 El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Artiacuteculo 245211 Definicioacuten El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia es un sistema de informacioacuten para el seguimiento nominal de los nintildeos y nintildeas en primera infancia mediante el cual se realiza el registro y seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral

Este Sistema constituye la principal herramienta para articular la informacioacuten sobre los nintildeos y las nintildeas su caracterizacioacuten y la realizacioacuten de sus derechos y para orientar la toma de decisiones de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre tanto en el orden nacional como en el territorial

Paraacutegrafo A partir de la entrada en vigencia del presente Tiacutetulo el Sistema de Seguimiento Nintildeo a Nintildeo se denominaraacute Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia el cual corresponde a su vez al Sistema Uacutenico Nacional de Informacioacuten de la poblacioacuten en la primera infancia enunciado en el numeral 10 del artiacuteculo 4 del Decreto 4875 de 2011

Artiacuteculo 245212 Objetivos del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Los objetivos de este sistema son los siguientes

1 Obtener y mantener actualizada la caracterizacioacuten de la mujer gestante y de los nintildeos y nintildeas desde los cero (O) hasta los seis (6) antildeos de edad poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre

2 Registrar y hacer seguimiento a las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que favorecen el desarrollo integral de la poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de Primera Infancia De Cero a Siempre definida en el artiacuteculo 2 de la Ley 1804 de 2016 para la realizacioacuten de sus derechos

3 Generar las alertas a las instituciones involucradas de orden nacional y territorial sobre las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que no han sido garantizadas a los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y a las mujeres gestantes en el marco de la atencioacuten integral

4 Realizar seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas seguacuten lo establecido en el Manual Operativo

5 Informar y alertar a padres madres cuidadores primarios y tomadores de decisioacuten sobre el desarrollo de las nintildeas y los nintildeos seguacuten los lineamientos teacutecnicos establecidos por el Gobierno nacional

1356DECRETO DE 2018 HOJA No 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

6 Proveer informacioacuten poblacional y territorial para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre en cada territorio de conformidad con el reporte de las acciones locales y nacionales de las entidades puacuteblicas y privadas encaminadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas en su primera infancia

7 Emitir reportes sobre atenciones nominales y poblacionales con la periodicidad que determine el Manual Operativo

8 Reportar semestralmente informacioacuten sobre la situacioacuten de las medidas de atencioacuten de las que han sido beneficiados los menores viacutectimas con el propoacutesito de que sean articuladas con la ruta de atencioacuten asistencia y reparacioacuten integral que lidera la Unidad para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas

Paraacutegrafo El detalle de las atenciones priorizadas que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema que se publicaraacute en el sitio web del Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de un plazo no mayor a los cuatro meses de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245213 Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Creacutease la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia como instancia de coordinacioacuten cuyo propoacutesito es definir los criterios teacutecnicos y operativos para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero aacute Siempre La Mesa estaraacute integrada por el delegado de cada una de las entidades miembros de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) acorde con lo dispuesto en el artiacuteculo 11 de la Ley 1804 de 2016 Su Secretariacutea Teacutecnica estaraacute a cargo de Ministerio de Educacioacuten Nacional

Paraacutegrafo 1deg El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a traveacutes de la Direccioacuten del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) participaraacute en esta instancia con el fin de articular las decisiones teacutecnicas y operativas de la misma con la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del Sistema en calidad de invitados las entidades puacuteblicas que determine esta misma instancia

Paraacutegrafo 3deg La Mesa tendraacute la facultad de i) aprobar las modificaciones del Manual Operativo del Sistema ii) impartir las directrices y recomendaciones necesarias para el cumplimiento del objeto de la presente Seccioacuten de acuerdo con las competencias asignadas por Ley a cada sector iii) servir como espacio de discusioacuten y debate de los asuntos que sean abordados para el desarrollo del objeto de la presente Seccioacuten asiacute como ser la instancia inicial para la resolucioacuten de las controversias que puedan llegar a presentarse y (iv) darse su propio reglamento

Artiacuteculo 245214 Manual Operativo La Mesa definiraacute el Manual Operativo del Sistema Las modificaciones estructurales que a este se realicen seraacuten aprobadas por la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia El Manual Operativo deberaacute como miacutenimo prever los mecanismos procesos procedimientos y periodicidad del reporte de la informacioacuten para efectuar el seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera inf~ncia del paiacutes y formaraacute parte integral del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245215 Administracioacuten del Sistema La administracioacuten del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacionalen el marco de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Primera Infancia Las funciones de administracioacuten a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacional se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema

Artiacuteculo 245216 Responsables de reportar informacioacuten Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades que forman parte de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y adicionalmente las siguientes

- Registraduriacutea Nacional del Estado Civil

- Cajas de Compensacioacuten Familiar

Jardines o instituciones de naturaleza puacuteblica o privada que brinden servicios de educacioacuten inicial en el marco de la atencioacuten integral

- Entidades territoriales que tengan oferta propia de educacioacuten inicial o que formen o cualifiquen talento humano que atienda a la primera infancia

Paraacutegrafo La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia a traveacutes de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia determinaraacute la informacioacuten que deben reportar las entidades que la conformanmiddot y su periodicidad

Artiacuteculo 245217 Informacioacuten a reportar De acuerdo con lo establecido por la Mesa en el Manual Operativo del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades referidas en el articulo anterior estaraacuten obligadas a reportar

1 Informacioacuten de caracterizacioacuten de nintildeos y nintildeas desde los cero meses hasta los seis antildeos y de mujeres gestantes de acuerdo con los procedimientos estructura mecanismos frecuencia y otras condiciones definidas en el Manual Operativo del Sistema

2 Informacioacuten de las atenciones priorizadas y atenciones diferenciales de la poblacioacuten vulnerable afectada por el conflicto armado para brindar atencioacuten integral establecidas en el Manual Operativo del Sistema

3 Informacioacuten sobre el seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas

4 Informacioacuten de formacioacuten y cualificacioacuten del talento humano que atiende a la primera infancia

5 Informacioacuten de la gestioacuten nacional y territorial de las entidades puacuteblicas y privadas orientadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y las nintildeas en su primera infancia

Paraacutegrafo 1deg Las entidades tanto puacuteblicas como privadas nacionales o territoriales que posean informacioacuten sobre atenciones que aporten al desarrollo integral a la primera infancia y deseen incluirla en el Sistema deberaacuten manifestarlo de manera formal a la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia para su correspondiente revisioacuten y aprobacioacuten por parte de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Paraacutegrafo 2deg Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capitulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

DECRETO ~ -135 6 DE 2018 HOJA No 8

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Paraacutegrafo 3deg El cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 de este artiacuteculo estaraacute sujeto a las condiciones teacutecnicas institucionales y tecnoloacutegicas que debe generar progresivamente el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia para dar cuenta del desarrollo integral de las nintildeas y nintildeos en primera infancia

Artiacuteculo 245218 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten en cifras agregadas del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia que represente el estado de cumplimiento de las atenciones a la primera infancia definidas y reportadas para un territorio

Articulo 245219 Confidencialidad de la informacioacuten La confidencialidad de la informacioacuten registrada en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Capiacutetulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Con este propoacutesito el tratamiento de la informacioacuten responderaacute al intereacutes su~rior de los nintildeos las nintildeas y adolescentes y aseguraraacute sin excepcioacuten alguna el respeto de sus derechos prevalentes de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional

Artiacuteculo 2452110 Gestioacuten de atenciones De acuerdo con las alertas que genere el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia yen el marco de las rutas de gestioacuten de dichas alertas que se definan en el Manual Operativo del Sistema cada una de las entidades puacuteblicas nacionales y territoriales con competencia en la atencioacuten integral a la primera infancia seraacuten responsables de adelantar las gestiones pertinentes que garanticen la atencioacuten y los derechos de los nintildeos y nintildeas

Artiacuteculo 2452111Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palanqueros y raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado en situacioacuten de pobreza y en situacioacuten de vulnerabilidad

Artiacuteculo 2452112 Perspectiva Rural Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados por zonas urbanas zonas rurales y zonas rurales dispersas

SECCiOacuteN 2 El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Artiacuteculo 245221 Definicioacuten El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) es la herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de Poliacutetica puacuteblica de primera infancia infancia y adolescencia que presenta indicadores que dan cuenta de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes En el SUIN se reporta informacioacuten tanto de fuentes nacionales como de fuentes territoriales

Artiacuteculo 245222 Objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUN) Son objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez los siguientes

1 Evaluar la situacioacuten de vida de la nintildeez

2 Verificar el grado de cumplimiento de los acuerdos nacionales e internacionales en torno a la garantiacutea de Jos derechos de la nintildeez

3 Comparar la situacioacuten de los derechos por momento de vida (primera infancia infancia y adolescencia)

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 9

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adicioacutena el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social yReconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

4 Visibilizar a los nintildeos nintildeas y adolescentes como sujetos de derechos

5 Reflexionar sobre los factores de riesgo y las prioridades de atencioacuten de la nintildeez

6 Brindar informacioacuten para realizar ejercicios de veeduriacutea y rendicioacuten puacuteblica de cuentas incentivar investigaciones evaluativas generar conocimiento y cultura estadiacutestica para la formulacioacuten y el ajuste de la poliacutetica puacuteblica y promover una cultura en donde todos los nintildeos y las nintildeas gocen de los derechos en las mismas condiciones

7 Garantizar el uso y el acceso libre a todas las estadiacutesticas oficiales relevantes para el seguimiento y la evaluacioacuten del cumplimiento de derechos de nintildeos nintildeas y adolescentes

Artiacuteculo 245223 Mesa del Sistema Uacuten~o de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) La Mesa del SUIN es la instancia intersectorial que se encarga de la construccioacuten del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez La conformacioacuten y el funcionamiento de esta Mesa estaraacuten a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se llevaraacuten a cabo seguacuten las directrices impartidas por el Comiteacute Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar Esta Mesa estaraacute conformada por un delegado de las siguientes entidades e instancias

- Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social - Ministerio del Trabajo - Ministerio de Educacioacuten Nacional - Ministerio de Cultura - Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) - Departamento Administrativo de Ciencia Tecnologiacutea e Innovacioacuten Colciencias - Departamento Administrativo del Deporte la Recreacioacuten la Actividad Fiacutesica y el

Aprovechamiento del Tiempo Libre Coldeportes - Unidad Administrativa Especial Migracioacuten Colombia - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Administrativa Especial para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Policiacutea Nacional - Registraduriacutea Nacional del Estado Civil - Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia (CIPI)

Paraacutegrafo 1deg La Federacioacuten Nacional de Departamentos y la Federacioacuten de Municipios podraacuten asistir a las sesiones de la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) en calidad de invitados

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del SUIN en calidad de invitados las entidades que determine esta misma instancia

Artiacuteculo 245224 Informacioacuten a reportar Los indicadores a reportar se definiraacuten en el marco de la Mesa del SUIN que es la instancia de desarrollo teacutecnico del aplicativo en acuerdo con las entidades miembros del SNBF y conforme a las definiciones dadas en la Ley 1804 de 2016 para el orden nacional y territorial

Paraacutegrafo 1deg El detalle de las variables y la estructura de la informacioacuten a reportar se estableceraacuten en el protocolo y anexo teacutecnico del sistema de informacioacuten definido por la Mesa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Page 3: Decreto 1356 Del 31 De Julio De 2018 - es.presidencia.gov.coes.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 1356 DEL 31 DE... · requerida «por una entidad pública o administrativa

DECRETO ~ 1356 DE 2018 HOJA No 3

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 108~ de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

servicios asiacute como variables de situacioacuten de los nintildeos y nintildeas para las diferentes dimensiones del desarrollo infantil tempranoraquo

Que de acuerdo al artiacuteculo 55 y siguientes de la Ley 1753 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018 Todos por un nuevo paiacutes en el Capiacutetulo VI de Movilidad Social quedoacute consignado que para laquoel seguimiento a la situacioacuten de los derechos de los NNA en el paiacutes y en las entidades territoriales se fortaleceraacute el Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) a traveacutes del SNBF para que proporcione informacioacuten de todos los indicadores requeridos para los procesos de diagnoacutesticos poblacionales y rendicioacuten de cuentas que deben adelantar el nivel nacional departamental y municipal Asimismo se promoveraacute la articulacioacuten de este sistema con otros sistemas de informacioacuten existentesraquo

Que en el antildeo 2015 se firmoacute el Acuerdo de Intercambio de Informacioacuten por las entidades que conforman la CIPI el cual tiene como objetivos laquoi) Realizar intercambio de informacioacuten de bases de datos orientados al cumplimiento de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas todo ello respetando la autonomiacutea y la integridad de la informacioacuten asiacute como la independencia de la plataforma tecnoloacutegica de los sistemas de informacioacuten de cada entidad ii) Tener informacioacuten confiable pertinente y oportuna para el Sistema de Seguimiento Nintildeo a Nintildeo y los objetivos concertados en la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) para la informacioacuten y los datos alliacute reportados y que proveeraacuten las entidades involucradas en la Comisioacutenraquo

Que el artiacuteculo 6 de la Ley 1804 de 2016 determina que el Gobierno nacional los gobiernos departamentales y municipales a traveacutes de las instancias y organismos responsables deberaacuten como parte integral y prioritaria de la poliacutetica de primera infancia disentildear esquemas especiacuteficos para la focalizacioacuten y atencioacuten integral de los nintildeos y nintildeas en primera infancia teniendo en cuenta como miacutenimo los siguientes criterios la vulnerabilidad de los nintildeos y nintildeas las brechas sociales y econoacutemicas la poblacioacuten en condicioacuten de discapacidad la pobreza rural la poblacioacuten viacutectima del conflicto armado registrada en el Registro Uacutenico de Viacutectimas (RUV) y la pertenencia a grupos eacutetnicos Lo anterior para atenderlos de forma prioritaria con recursos oficiales de caraacutecter nacional o local lo que debe realizarse de manera concertada entre las autoridades gubernamentales en los escenarios del Consejo de Poliacutetica Social en consonancia con el anaacutelisis de la situacioacuten de derechos y de servicios consignados en la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

Que la misma Ley en su artiacuteculo 9 define como una de las liacuteneas estrateacutegicas para dinamizar y dar sostenibilidad a la gestioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre el seguimiento y evaluacioacuten de la misma a partir del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia el Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) y una agenda permanente de evaluaciones que desarrolla los estudios a profundidad de efecto resultado e impacto para la orientacioacuten de poliacuteticas puacuteblicas

Que teniendo en cuenta lo anterior se hace necesario reglamentar el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 referente a los sistemas de informacioacuten y mecanismos de seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Que el Gobierno nacional profirioacute el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten con el objetivo de compilar y racionalizar las normas de caraacutecter reglamentario del sector y contar con un instrumento juriacutedico uacutenico para el mismo

Que la presente norma se expide con fundamento en la potestad reglamentaria del Presidente de la Repuacuteblica motivo por el cual debe quedar compilada en el Decreto 1084 de 2015 en los teacuterminos que a continuacioacuten se establecen

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 4

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacutenese el Tiacutetulo 5 a la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1084 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

laquoTiacuteTULO 5 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la

Primera Infancia de Cero a Siempre

CAPiacuteTULO 1 Disposiciones generales

Artiacuteculo 24511 Objeto El presente Tiacutetulo tiene por objeto definir las acciones necesarias para la puesta en marcha de los sistemas de informacioacuten y los mecanismos de seguimiento y evaluacioacuten previstos en la Ley 1804 de 2016 que permitan consolidar y analizar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas desde su nacimiento hasta los seis antildeos y de las mujeres gestantes y tomar decisiones en los aacutembitos nacional y territorial frente a las acciones de la poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Artiacuteculo 24512 Aacutembito de aplicacioacuten El presente Tiacutetulo aplica para las entidades puacuteblicas del orden nacional y territorial asiacute como para entidades privadas que sean responsables yo promuevan la atencioacuten integral y el seguimiento a la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y de las mujeres gestantes en los teacuterminos y definiciones dela Ley 1804 de 2016

Artiacuteculo 24513 Insumos para la gestioacuten de la poliacutetica La informacioacuten que se acopie en los sistemas de que trata el presente Tiacutetulo deberaacute formar parte de los insumos para la formulacioacuten de diagnoacutesticos y anaacutelisis de situacioacuten relativos a la primera infancia la formulacioacuten implementacioacuten seguimiento y evaluacioacuten de programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas y programas que se dispongan paramiddot esta poblacioacuten y de los procesos de rendicioacuten puacuteblica de cuentas

Paraacutegrafo La informacioacuten que se reporte y procese a partir de los sistemas de que trata el presente Tiacutetulo constituye un insumo de uso obligatorio por parte del Gobierno nacional y de las entidades territoriales en los procesos de formulacioacuten seguimiento rendicioacuten de cuentas y evaluacioacuten de los planes de desarrollo poliacuteticas y programas dirigidos a la primera infancia

Artiacuteculo 24514 Sistemas de informacioacuten para el desarrollo de las fases de la poliacutetica Los sistemas de informacioacuten de que trata el presente Tiacutetulo seraacuten de uso obligatorio para el desarrollo de cada una de las fases de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre previstas en el artiacuteculo 8 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo La informacioacuten que se reporte y procese en los sistemas de informacioacuten de que trata el presente Tiacutetulo es insumo de uso obligatorio para la elaboracioacuten de los informes anuales de implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre nacional y territoriales previstos en el artiacuteculo 23 de la Ley 1804 de 2016 Estos informes deberaacuten sentildealar de manera especiacutefica los resultados de la implementacioacuten de los programas y proyectos ejecutados en zonas urbanas zonas rurales y en zonas rurales dispersas

DECRETO DE 2018 HOJA No 5 1356

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 24515 Definicioacuten de Seguimiento El seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre se entiende como un proceso continuo y sistemaacutetico de recoleccioacuten y anaacutelisis de informacioacuten que busca determinar elgrado de avance hacia las metas establecidas y retroalimentar el ciclo de las poliacuteticas puacuteblicas El modelo de seguimiento debe ser el resultado del mejoramiento comprehensivo la verificacioacuten minuciosa y el uso robusto de informacioacuten sobre la obtencioacuten de productos y resultados con valor puacuteblico

CAPiacuteTULO 2 Estructura del proceso de seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo

Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

SECCiOacuteN 1 El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Artiacuteculo 245211 Definicioacuten El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia es un sistema de informacioacuten para el seguimiento nominal de los nintildeos y nintildeas en primera infancia mediante el cual se realiza el registro y seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral

Este Sistema constituye la principal herramienta para articular la informacioacuten sobre los nintildeos y las nintildeas su caracterizacioacuten y la realizacioacuten de sus derechos y para orientar la toma de decisiones de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre tanto en el orden nacional como en el territorial

Paraacutegrafo A partir de la entrada en vigencia del presente Tiacutetulo el Sistema de Seguimiento Nintildeo a Nintildeo se denominaraacute Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia el cual corresponde a su vez al Sistema Uacutenico Nacional de Informacioacuten de la poblacioacuten en la primera infancia enunciado en el numeral 10 del artiacuteculo 4 del Decreto 4875 de 2011

Artiacuteculo 245212 Objetivos del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Los objetivos de este sistema son los siguientes

1 Obtener y mantener actualizada la caracterizacioacuten de la mujer gestante y de los nintildeos y nintildeas desde los cero (O) hasta los seis (6) antildeos de edad poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre

2 Registrar y hacer seguimiento a las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que favorecen el desarrollo integral de la poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de Primera Infancia De Cero a Siempre definida en el artiacuteculo 2 de la Ley 1804 de 2016 para la realizacioacuten de sus derechos

3 Generar las alertas a las instituciones involucradas de orden nacional y territorial sobre las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que no han sido garantizadas a los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y a las mujeres gestantes en el marco de la atencioacuten integral

4 Realizar seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas seguacuten lo establecido en el Manual Operativo

5 Informar y alertar a padres madres cuidadores primarios y tomadores de decisioacuten sobre el desarrollo de las nintildeas y los nintildeos seguacuten los lineamientos teacutecnicos establecidos por el Gobierno nacional

1356DECRETO DE 2018 HOJA No 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

6 Proveer informacioacuten poblacional y territorial para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre en cada territorio de conformidad con el reporte de las acciones locales y nacionales de las entidades puacuteblicas y privadas encaminadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas en su primera infancia

7 Emitir reportes sobre atenciones nominales y poblacionales con la periodicidad que determine el Manual Operativo

8 Reportar semestralmente informacioacuten sobre la situacioacuten de las medidas de atencioacuten de las que han sido beneficiados los menores viacutectimas con el propoacutesito de que sean articuladas con la ruta de atencioacuten asistencia y reparacioacuten integral que lidera la Unidad para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas

Paraacutegrafo El detalle de las atenciones priorizadas que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema que se publicaraacute en el sitio web del Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de un plazo no mayor a los cuatro meses de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245213 Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Creacutease la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia como instancia de coordinacioacuten cuyo propoacutesito es definir los criterios teacutecnicos y operativos para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero aacute Siempre La Mesa estaraacute integrada por el delegado de cada una de las entidades miembros de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) acorde con lo dispuesto en el artiacuteculo 11 de la Ley 1804 de 2016 Su Secretariacutea Teacutecnica estaraacute a cargo de Ministerio de Educacioacuten Nacional

Paraacutegrafo 1deg El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a traveacutes de la Direccioacuten del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) participaraacute en esta instancia con el fin de articular las decisiones teacutecnicas y operativas de la misma con la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del Sistema en calidad de invitados las entidades puacuteblicas que determine esta misma instancia

Paraacutegrafo 3deg La Mesa tendraacute la facultad de i) aprobar las modificaciones del Manual Operativo del Sistema ii) impartir las directrices y recomendaciones necesarias para el cumplimiento del objeto de la presente Seccioacuten de acuerdo con las competencias asignadas por Ley a cada sector iii) servir como espacio de discusioacuten y debate de los asuntos que sean abordados para el desarrollo del objeto de la presente Seccioacuten asiacute como ser la instancia inicial para la resolucioacuten de las controversias que puedan llegar a presentarse y (iv) darse su propio reglamento

Artiacuteculo 245214 Manual Operativo La Mesa definiraacute el Manual Operativo del Sistema Las modificaciones estructurales que a este se realicen seraacuten aprobadas por la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia El Manual Operativo deberaacute como miacutenimo prever los mecanismos procesos procedimientos y periodicidad del reporte de la informacioacuten para efectuar el seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera inf~ncia del paiacutes y formaraacute parte integral del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245215 Administracioacuten del Sistema La administracioacuten del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacionalen el marco de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Primera Infancia Las funciones de administracioacuten a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacional se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema

Artiacuteculo 245216 Responsables de reportar informacioacuten Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades que forman parte de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y adicionalmente las siguientes

- Registraduriacutea Nacional del Estado Civil

- Cajas de Compensacioacuten Familiar

Jardines o instituciones de naturaleza puacuteblica o privada que brinden servicios de educacioacuten inicial en el marco de la atencioacuten integral

- Entidades territoriales que tengan oferta propia de educacioacuten inicial o que formen o cualifiquen talento humano que atienda a la primera infancia

Paraacutegrafo La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia a traveacutes de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia determinaraacute la informacioacuten que deben reportar las entidades que la conformanmiddot y su periodicidad

Artiacuteculo 245217 Informacioacuten a reportar De acuerdo con lo establecido por la Mesa en el Manual Operativo del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades referidas en el articulo anterior estaraacuten obligadas a reportar

1 Informacioacuten de caracterizacioacuten de nintildeos y nintildeas desde los cero meses hasta los seis antildeos y de mujeres gestantes de acuerdo con los procedimientos estructura mecanismos frecuencia y otras condiciones definidas en el Manual Operativo del Sistema

2 Informacioacuten de las atenciones priorizadas y atenciones diferenciales de la poblacioacuten vulnerable afectada por el conflicto armado para brindar atencioacuten integral establecidas en el Manual Operativo del Sistema

3 Informacioacuten sobre el seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas

4 Informacioacuten de formacioacuten y cualificacioacuten del talento humano que atiende a la primera infancia

5 Informacioacuten de la gestioacuten nacional y territorial de las entidades puacuteblicas y privadas orientadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y las nintildeas en su primera infancia

Paraacutegrafo 1deg Las entidades tanto puacuteblicas como privadas nacionales o territoriales que posean informacioacuten sobre atenciones que aporten al desarrollo integral a la primera infancia y deseen incluirla en el Sistema deberaacuten manifestarlo de manera formal a la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia para su correspondiente revisioacuten y aprobacioacuten por parte de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Paraacutegrafo 2deg Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capitulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

DECRETO ~ -135 6 DE 2018 HOJA No 8

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Paraacutegrafo 3deg El cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 de este artiacuteculo estaraacute sujeto a las condiciones teacutecnicas institucionales y tecnoloacutegicas que debe generar progresivamente el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia para dar cuenta del desarrollo integral de las nintildeas y nintildeos en primera infancia

Artiacuteculo 245218 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten en cifras agregadas del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia que represente el estado de cumplimiento de las atenciones a la primera infancia definidas y reportadas para un territorio

Articulo 245219 Confidencialidad de la informacioacuten La confidencialidad de la informacioacuten registrada en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Capiacutetulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Con este propoacutesito el tratamiento de la informacioacuten responderaacute al intereacutes su~rior de los nintildeos las nintildeas y adolescentes y aseguraraacute sin excepcioacuten alguna el respeto de sus derechos prevalentes de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional

Artiacuteculo 2452110 Gestioacuten de atenciones De acuerdo con las alertas que genere el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia yen el marco de las rutas de gestioacuten de dichas alertas que se definan en el Manual Operativo del Sistema cada una de las entidades puacuteblicas nacionales y territoriales con competencia en la atencioacuten integral a la primera infancia seraacuten responsables de adelantar las gestiones pertinentes que garanticen la atencioacuten y los derechos de los nintildeos y nintildeas

Artiacuteculo 2452111Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palanqueros y raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado en situacioacuten de pobreza y en situacioacuten de vulnerabilidad

Artiacuteculo 2452112 Perspectiva Rural Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados por zonas urbanas zonas rurales y zonas rurales dispersas

SECCiOacuteN 2 El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Artiacuteculo 245221 Definicioacuten El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) es la herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de Poliacutetica puacuteblica de primera infancia infancia y adolescencia que presenta indicadores que dan cuenta de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes En el SUIN se reporta informacioacuten tanto de fuentes nacionales como de fuentes territoriales

Artiacuteculo 245222 Objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUN) Son objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez los siguientes

1 Evaluar la situacioacuten de vida de la nintildeez

2 Verificar el grado de cumplimiento de los acuerdos nacionales e internacionales en torno a la garantiacutea de Jos derechos de la nintildeez

3 Comparar la situacioacuten de los derechos por momento de vida (primera infancia infancia y adolescencia)

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 9

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adicioacutena el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social yReconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

4 Visibilizar a los nintildeos nintildeas y adolescentes como sujetos de derechos

5 Reflexionar sobre los factores de riesgo y las prioridades de atencioacuten de la nintildeez

6 Brindar informacioacuten para realizar ejercicios de veeduriacutea y rendicioacuten puacuteblica de cuentas incentivar investigaciones evaluativas generar conocimiento y cultura estadiacutestica para la formulacioacuten y el ajuste de la poliacutetica puacuteblica y promover una cultura en donde todos los nintildeos y las nintildeas gocen de los derechos en las mismas condiciones

7 Garantizar el uso y el acceso libre a todas las estadiacutesticas oficiales relevantes para el seguimiento y la evaluacioacuten del cumplimiento de derechos de nintildeos nintildeas y adolescentes

Artiacuteculo 245223 Mesa del Sistema Uacuten~o de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) La Mesa del SUIN es la instancia intersectorial que se encarga de la construccioacuten del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez La conformacioacuten y el funcionamiento de esta Mesa estaraacuten a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se llevaraacuten a cabo seguacuten las directrices impartidas por el Comiteacute Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar Esta Mesa estaraacute conformada por un delegado de las siguientes entidades e instancias

- Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social - Ministerio del Trabajo - Ministerio de Educacioacuten Nacional - Ministerio de Cultura - Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) - Departamento Administrativo de Ciencia Tecnologiacutea e Innovacioacuten Colciencias - Departamento Administrativo del Deporte la Recreacioacuten la Actividad Fiacutesica y el

Aprovechamiento del Tiempo Libre Coldeportes - Unidad Administrativa Especial Migracioacuten Colombia - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Administrativa Especial para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Policiacutea Nacional - Registraduriacutea Nacional del Estado Civil - Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia (CIPI)

Paraacutegrafo 1deg La Federacioacuten Nacional de Departamentos y la Federacioacuten de Municipios podraacuten asistir a las sesiones de la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) en calidad de invitados

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del SUIN en calidad de invitados las entidades que determine esta misma instancia

Artiacuteculo 245224 Informacioacuten a reportar Los indicadores a reportar se definiraacuten en el marco de la Mesa del SUIN que es la instancia de desarrollo teacutecnico del aplicativo en acuerdo con las entidades miembros del SNBF y conforme a las definiciones dadas en la Ley 1804 de 2016 para el orden nacional y territorial

Paraacutegrafo 1deg El detalle de las variables y la estructura de la informacioacuten a reportar se estableceraacuten en el protocolo y anexo teacutecnico del sistema de informacioacuten definido por la Mesa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Page 4: Decreto 1356 Del 31 De Julio De 2018 - es.presidencia.gov.coes.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 1356 DEL 31 DE... · requerida «por una entidad pública o administrativa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 4

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacutenese el Tiacutetulo 5 a la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1084 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

laquoTiacuteTULO 5 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la

Primera Infancia de Cero a Siempre

CAPiacuteTULO 1 Disposiciones generales

Artiacuteculo 24511 Objeto El presente Tiacutetulo tiene por objeto definir las acciones necesarias para la puesta en marcha de los sistemas de informacioacuten y los mecanismos de seguimiento y evaluacioacuten previstos en la Ley 1804 de 2016 que permitan consolidar y analizar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas desde su nacimiento hasta los seis antildeos y de las mujeres gestantes y tomar decisiones en los aacutembitos nacional y territorial frente a las acciones de la poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Artiacuteculo 24512 Aacutembito de aplicacioacuten El presente Tiacutetulo aplica para las entidades puacuteblicas del orden nacional y territorial asiacute como para entidades privadas que sean responsables yo promuevan la atencioacuten integral y el seguimiento a la garantiacutea de los derechos de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y de las mujeres gestantes en los teacuterminos y definiciones dela Ley 1804 de 2016

Artiacuteculo 24513 Insumos para la gestioacuten de la poliacutetica La informacioacuten que se acopie en los sistemas de que trata el presente Tiacutetulo deberaacute formar parte de los insumos para la formulacioacuten de diagnoacutesticos y anaacutelisis de situacioacuten relativos a la primera infancia la formulacioacuten implementacioacuten seguimiento y evaluacioacuten de programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas y programas que se dispongan paramiddot esta poblacioacuten y de los procesos de rendicioacuten puacuteblica de cuentas

Paraacutegrafo La informacioacuten que se reporte y procese a partir de los sistemas de que trata el presente Tiacutetulo constituye un insumo de uso obligatorio por parte del Gobierno nacional y de las entidades territoriales en los procesos de formulacioacuten seguimiento rendicioacuten de cuentas y evaluacioacuten de los planes de desarrollo poliacuteticas y programas dirigidos a la primera infancia

Artiacuteculo 24514 Sistemas de informacioacuten para el desarrollo de las fases de la poliacutetica Los sistemas de informacioacuten de que trata el presente Tiacutetulo seraacuten de uso obligatorio para el desarrollo de cada una de las fases de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre previstas en el artiacuteculo 8 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo La informacioacuten que se reporte y procese en los sistemas de informacioacuten de que trata el presente Tiacutetulo es insumo de uso obligatorio para la elaboracioacuten de los informes anuales de implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre nacional y territoriales previstos en el artiacuteculo 23 de la Ley 1804 de 2016 Estos informes deberaacuten sentildealar de manera especiacutefica los resultados de la implementacioacuten de los programas y proyectos ejecutados en zonas urbanas zonas rurales y en zonas rurales dispersas

DECRETO DE 2018 HOJA No 5 1356

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 24515 Definicioacuten de Seguimiento El seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre se entiende como un proceso continuo y sistemaacutetico de recoleccioacuten y anaacutelisis de informacioacuten que busca determinar elgrado de avance hacia las metas establecidas y retroalimentar el ciclo de las poliacuteticas puacuteblicas El modelo de seguimiento debe ser el resultado del mejoramiento comprehensivo la verificacioacuten minuciosa y el uso robusto de informacioacuten sobre la obtencioacuten de productos y resultados con valor puacuteblico

CAPiacuteTULO 2 Estructura del proceso de seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo

Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

SECCiOacuteN 1 El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Artiacuteculo 245211 Definicioacuten El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia es un sistema de informacioacuten para el seguimiento nominal de los nintildeos y nintildeas en primera infancia mediante el cual se realiza el registro y seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral

Este Sistema constituye la principal herramienta para articular la informacioacuten sobre los nintildeos y las nintildeas su caracterizacioacuten y la realizacioacuten de sus derechos y para orientar la toma de decisiones de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre tanto en el orden nacional como en el territorial

Paraacutegrafo A partir de la entrada en vigencia del presente Tiacutetulo el Sistema de Seguimiento Nintildeo a Nintildeo se denominaraacute Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia el cual corresponde a su vez al Sistema Uacutenico Nacional de Informacioacuten de la poblacioacuten en la primera infancia enunciado en el numeral 10 del artiacuteculo 4 del Decreto 4875 de 2011

Artiacuteculo 245212 Objetivos del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Los objetivos de este sistema son los siguientes

1 Obtener y mantener actualizada la caracterizacioacuten de la mujer gestante y de los nintildeos y nintildeas desde los cero (O) hasta los seis (6) antildeos de edad poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre

2 Registrar y hacer seguimiento a las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que favorecen el desarrollo integral de la poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de Primera Infancia De Cero a Siempre definida en el artiacuteculo 2 de la Ley 1804 de 2016 para la realizacioacuten de sus derechos

3 Generar las alertas a las instituciones involucradas de orden nacional y territorial sobre las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que no han sido garantizadas a los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y a las mujeres gestantes en el marco de la atencioacuten integral

4 Realizar seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas seguacuten lo establecido en el Manual Operativo

5 Informar y alertar a padres madres cuidadores primarios y tomadores de decisioacuten sobre el desarrollo de las nintildeas y los nintildeos seguacuten los lineamientos teacutecnicos establecidos por el Gobierno nacional

1356DECRETO DE 2018 HOJA No 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

6 Proveer informacioacuten poblacional y territorial para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre en cada territorio de conformidad con el reporte de las acciones locales y nacionales de las entidades puacuteblicas y privadas encaminadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas en su primera infancia

7 Emitir reportes sobre atenciones nominales y poblacionales con la periodicidad que determine el Manual Operativo

8 Reportar semestralmente informacioacuten sobre la situacioacuten de las medidas de atencioacuten de las que han sido beneficiados los menores viacutectimas con el propoacutesito de que sean articuladas con la ruta de atencioacuten asistencia y reparacioacuten integral que lidera la Unidad para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas

Paraacutegrafo El detalle de las atenciones priorizadas que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema que se publicaraacute en el sitio web del Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de un plazo no mayor a los cuatro meses de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245213 Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Creacutease la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia como instancia de coordinacioacuten cuyo propoacutesito es definir los criterios teacutecnicos y operativos para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero aacute Siempre La Mesa estaraacute integrada por el delegado de cada una de las entidades miembros de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) acorde con lo dispuesto en el artiacuteculo 11 de la Ley 1804 de 2016 Su Secretariacutea Teacutecnica estaraacute a cargo de Ministerio de Educacioacuten Nacional

Paraacutegrafo 1deg El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a traveacutes de la Direccioacuten del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) participaraacute en esta instancia con el fin de articular las decisiones teacutecnicas y operativas de la misma con la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del Sistema en calidad de invitados las entidades puacuteblicas que determine esta misma instancia

Paraacutegrafo 3deg La Mesa tendraacute la facultad de i) aprobar las modificaciones del Manual Operativo del Sistema ii) impartir las directrices y recomendaciones necesarias para el cumplimiento del objeto de la presente Seccioacuten de acuerdo con las competencias asignadas por Ley a cada sector iii) servir como espacio de discusioacuten y debate de los asuntos que sean abordados para el desarrollo del objeto de la presente Seccioacuten asiacute como ser la instancia inicial para la resolucioacuten de las controversias que puedan llegar a presentarse y (iv) darse su propio reglamento

Artiacuteculo 245214 Manual Operativo La Mesa definiraacute el Manual Operativo del Sistema Las modificaciones estructurales que a este se realicen seraacuten aprobadas por la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia El Manual Operativo deberaacute como miacutenimo prever los mecanismos procesos procedimientos y periodicidad del reporte de la informacioacuten para efectuar el seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera inf~ncia del paiacutes y formaraacute parte integral del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245215 Administracioacuten del Sistema La administracioacuten del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacionalen el marco de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Primera Infancia Las funciones de administracioacuten a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacional se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema

Artiacuteculo 245216 Responsables de reportar informacioacuten Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades que forman parte de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y adicionalmente las siguientes

- Registraduriacutea Nacional del Estado Civil

- Cajas de Compensacioacuten Familiar

Jardines o instituciones de naturaleza puacuteblica o privada que brinden servicios de educacioacuten inicial en el marco de la atencioacuten integral

- Entidades territoriales que tengan oferta propia de educacioacuten inicial o que formen o cualifiquen talento humano que atienda a la primera infancia

Paraacutegrafo La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia a traveacutes de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia determinaraacute la informacioacuten que deben reportar las entidades que la conformanmiddot y su periodicidad

Artiacuteculo 245217 Informacioacuten a reportar De acuerdo con lo establecido por la Mesa en el Manual Operativo del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades referidas en el articulo anterior estaraacuten obligadas a reportar

1 Informacioacuten de caracterizacioacuten de nintildeos y nintildeas desde los cero meses hasta los seis antildeos y de mujeres gestantes de acuerdo con los procedimientos estructura mecanismos frecuencia y otras condiciones definidas en el Manual Operativo del Sistema

2 Informacioacuten de las atenciones priorizadas y atenciones diferenciales de la poblacioacuten vulnerable afectada por el conflicto armado para brindar atencioacuten integral establecidas en el Manual Operativo del Sistema

3 Informacioacuten sobre el seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas

4 Informacioacuten de formacioacuten y cualificacioacuten del talento humano que atiende a la primera infancia

5 Informacioacuten de la gestioacuten nacional y territorial de las entidades puacuteblicas y privadas orientadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y las nintildeas en su primera infancia

Paraacutegrafo 1deg Las entidades tanto puacuteblicas como privadas nacionales o territoriales que posean informacioacuten sobre atenciones que aporten al desarrollo integral a la primera infancia y deseen incluirla en el Sistema deberaacuten manifestarlo de manera formal a la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia para su correspondiente revisioacuten y aprobacioacuten por parte de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Paraacutegrafo 2deg Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capitulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

DECRETO ~ -135 6 DE 2018 HOJA No 8

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Paraacutegrafo 3deg El cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 de este artiacuteculo estaraacute sujeto a las condiciones teacutecnicas institucionales y tecnoloacutegicas que debe generar progresivamente el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia para dar cuenta del desarrollo integral de las nintildeas y nintildeos en primera infancia

Artiacuteculo 245218 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten en cifras agregadas del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia que represente el estado de cumplimiento de las atenciones a la primera infancia definidas y reportadas para un territorio

Articulo 245219 Confidencialidad de la informacioacuten La confidencialidad de la informacioacuten registrada en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Capiacutetulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Con este propoacutesito el tratamiento de la informacioacuten responderaacute al intereacutes su~rior de los nintildeos las nintildeas y adolescentes y aseguraraacute sin excepcioacuten alguna el respeto de sus derechos prevalentes de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional

Artiacuteculo 2452110 Gestioacuten de atenciones De acuerdo con las alertas que genere el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia yen el marco de las rutas de gestioacuten de dichas alertas que se definan en el Manual Operativo del Sistema cada una de las entidades puacuteblicas nacionales y territoriales con competencia en la atencioacuten integral a la primera infancia seraacuten responsables de adelantar las gestiones pertinentes que garanticen la atencioacuten y los derechos de los nintildeos y nintildeas

Artiacuteculo 2452111Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palanqueros y raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado en situacioacuten de pobreza y en situacioacuten de vulnerabilidad

Artiacuteculo 2452112 Perspectiva Rural Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados por zonas urbanas zonas rurales y zonas rurales dispersas

SECCiOacuteN 2 El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Artiacuteculo 245221 Definicioacuten El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) es la herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de Poliacutetica puacuteblica de primera infancia infancia y adolescencia que presenta indicadores que dan cuenta de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes En el SUIN se reporta informacioacuten tanto de fuentes nacionales como de fuentes territoriales

Artiacuteculo 245222 Objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUN) Son objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez los siguientes

1 Evaluar la situacioacuten de vida de la nintildeez

2 Verificar el grado de cumplimiento de los acuerdos nacionales e internacionales en torno a la garantiacutea de Jos derechos de la nintildeez

3 Comparar la situacioacuten de los derechos por momento de vida (primera infancia infancia y adolescencia)

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 9

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adicioacutena el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social yReconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

4 Visibilizar a los nintildeos nintildeas y adolescentes como sujetos de derechos

5 Reflexionar sobre los factores de riesgo y las prioridades de atencioacuten de la nintildeez

6 Brindar informacioacuten para realizar ejercicios de veeduriacutea y rendicioacuten puacuteblica de cuentas incentivar investigaciones evaluativas generar conocimiento y cultura estadiacutestica para la formulacioacuten y el ajuste de la poliacutetica puacuteblica y promover una cultura en donde todos los nintildeos y las nintildeas gocen de los derechos en las mismas condiciones

7 Garantizar el uso y el acceso libre a todas las estadiacutesticas oficiales relevantes para el seguimiento y la evaluacioacuten del cumplimiento de derechos de nintildeos nintildeas y adolescentes

Artiacuteculo 245223 Mesa del Sistema Uacuten~o de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) La Mesa del SUIN es la instancia intersectorial que se encarga de la construccioacuten del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez La conformacioacuten y el funcionamiento de esta Mesa estaraacuten a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se llevaraacuten a cabo seguacuten las directrices impartidas por el Comiteacute Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar Esta Mesa estaraacute conformada por un delegado de las siguientes entidades e instancias

- Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social - Ministerio del Trabajo - Ministerio de Educacioacuten Nacional - Ministerio de Cultura - Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) - Departamento Administrativo de Ciencia Tecnologiacutea e Innovacioacuten Colciencias - Departamento Administrativo del Deporte la Recreacioacuten la Actividad Fiacutesica y el

Aprovechamiento del Tiempo Libre Coldeportes - Unidad Administrativa Especial Migracioacuten Colombia - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Administrativa Especial para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Policiacutea Nacional - Registraduriacutea Nacional del Estado Civil - Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia (CIPI)

Paraacutegrafo 1deg La Federacioacuten Nacional de Departamentos y la Federacioacuten de Municipios podraacuten asistir a las sesiones de la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) en calidad de invitados

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del SUIN en calidad de invitados las entidades que determine esta misma instancia

Artiacuteculo 245224 Informacioacuten a reportar Los indicadores a reportar se definiraacuten en el marco de la Mesa del SUIN que es la instancia de desarrollo teacutecnico del aplicativo en acuerdo con las entidades miembros del SNBF y conforme a las definiciones dadas en la Ley 1804 de 2016 para el orden nacional y territorial

Paraacutegrafo 1deg El detalle de las variables y la estructura de la informacioacuten a reportar se estableceraacuten en el protocolo y anexo teacutecnico del sistema de informacioacuten definido por la Mesa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Page 5: Decreto 1356 Del 31 De Julio De 2018 - es.presidencia.gov.coes.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 1356 DEL 31 DE... · requerida «por una entidad pública o administrativa

DECRETO DE 2018 HOJA No 5 1356

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 24515 Definicioacuten de Seguimiento El seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre se entiende como un proceso continuo y sistemaacutetico de recoleccioacuten y anaacutelisis de informacioacuten que busca determinar elgrado de avance hacia las metas establecidas y retroalimentar el ciclo de las poliacuteticas puacuteblicas El modelo de seguimiento debe ser el resultado del mejoramiento comprehensivo la verificacioacuten minuciosa y el uso robusto de informacioacuten sobre la obtencioacuten de productos y resultados con valor puacuteblico

CAPiacuteTULO 2 Estructura del proceso de seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo

Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

SECCiOacuteN 1 El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Artiacuteculo 245211 Definicioacuten El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia es un sistema de informacioacuten para el seguimiento nominal de los nintildeos y nintildeas en primera infancia mediante el cual se realiza el registro y seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral

Este Sistema constituye la principal herramienta para articular la informacioacuten sobre los nintildeos y las nintildeas su caracterizacioacuten y la realizacioacuten de sus derechos y para orientar la toma de decisiones de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre tanto en el orden nacional como en el territorial

Paraacutegrafo A partir de la entrada en vigencia del presente Tiacutetulo el Sistema de Seguimiento Nintildeo a Nintildeo se denominaraacute Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia el cual corresponde a su vez al Sistema Uacutenico Nacional de Informacioacuten de la poblacioacuten en la primera infancia enunciado en el numeral 10 del artiacuteculo 4 del Decreto 4875 de 2011

Artiacuteculo 245212 Objetivos del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Los objetivos de este sistema son los siguientes

1 Obtener y mantener actualizada la caracterizacioacuten de la mujer gestante y de los nintildeos y nintildeas desde los cero (O) hasta los seis (6) antildeos de edad poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre

2 Registrar y hacer seguimiento a las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que favorecen el desarrollo integral de la poblacioacuten objeto de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de Primera Infancia De Cero a Siempre definida en el artiacuteculo 2 de la Ley 1804 de 2016 para la realizacioacuten de sus derechos

3 Generar las alertas a las instituciones involucradas de orden nacional y territorial sobre las atenciones priorizadas establecidas en el Manual Operativo del Sistema que no han sido garantizadas a los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y a las mujeres gestantes en el marco de la atencioacuten integral

4 Realizar seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas seguacuten lo establecido en el Manual Operativo

5 Informar y alertar a padres madres cuidadores primarios y tomadores de decisioacuten sobre el desarrollo de las nintildeas y los nintildeos seguacuten los lineamientos teacutecnicos establecidos por el Gobierno nacional

1356DECRETO DE 2018 HOJA No 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

6 Proveer informacioacuten poblacional y territorial para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre en cada territorio de conformidad con el reporte de las acciones locales y nacionales de las entidades puacuteblicas y privadas encaminadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas en su primera infancia

7 Emitir reportes sobre atenciones nominales y poblacionales con la periodicidad que determine el Manual Operativo

8 Reportar semestralmente informacioacuten sobre la situacioacuten de las medidas de atencioacuten de las que han sido beneficiados los menores viacutectimas con el propoacutesito de que sean articuladas con la ruta de atencioacuten asistencia y reparacioacuten integral que lidera la Unidad para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas

Paraacutegrafo El detalle de las atenciones priorizadas que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema que se publicaraacute en el sitio web del Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de un plazo no mayor a los cuatro meses de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245213 Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Creacutease la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia como instancia de coordinacioacuten cuyo propoacutesito es definir los criterios teacutecnicos y operativos para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero aacute Siempre La Mesa estaraacute integrada por el delegado de cada una de las entidades miembros de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) acorde con lo dispuesto en el artiacuteculo 11 de la Ley 1804 de 2016 Su Secretariacutea Teacutecnica estaraacute a cargo de Ministerio de Educacioacuten Nacional

Paraacutegrafo 1deg El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a traveacutes de la Direccioacuten del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) participaraacute en esta instancia con el fin de articular las decisiones teacutecnicas y operativas de la misma con la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del Sistema en calidad de invitados las entidades puacuteblicas que determine esta misma instancia

Paraacutegrafo 3deg La Mesa tendraacute la facultad de i) aprobar las modificaciones del Manual Operativo del Sistema ii) impartir las directrices y recomendaciones necesarias para el cumplimiento del objeto de la presente Seccioacuten de acuerdo con las competencias asignadas por Ley a cada sector iii) servir como espacio de discusioacuten y debate de los asuntos que sean abordados para el desarrollo del objeto de la presente Seccioacuten asiacute como ser la instancia inicial para la resolucioacuten de las controversias que puedan llegar a presentarse y (iv) darse su propio reglamento

Artiacuteculo 245214 Manual Operativo La Mesa definiraacute el Manual Operativo del Sistema Las modificaciones estructurales que a este se realicen seraacuten aprobadas por la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia El Manual Operativo deberaacute como miacutenimo prever los mecanismos procesos procedimientos y periodicidad del reporte de la informacioacuten para efectuar el seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera inf~ncia del paiacutes y formaraacute parte integral del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245215 Administracioacuten del Sistema La administracioacuten del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacionalen el marco de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Primera Infancia Las funciones de administracioacuten a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacional se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema

Artiacuteculo 245216 Responsables de reportar informacioacuten Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades que forman parte de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y adicionalmente las siguientes

- Registraduriacutea Nacional del Estado Civil

- Cajas de Compensacioacuten Familiar

Jardines o instituciones de naturaleza puacuteblica o privada que brinden servicios de educacioacuten inicial en el marco de la atencioacuten integral

- Entidades territoriales que tengan oferta propia de educacioacuten inicial o que formen o cualifiquen talento humano que atienda a la primera infancia

Paraacutegrafo La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia a traveacutes de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia determinaraacute la informacioacuten que deben reportar las entidades que la conformanmiddot y su periodicidad

Artiacuteculo 245217 Informacioacuten a reportar De acuerdo con lo establecido por la Mesa en el Manual Operativo del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades referidas en el articulo anterior estaraacuten obligadas a reportar

1 Informacioacuten de caracterizacioacuten de nintildeos y nintildeas desde los cero meses hasta los seis antildeos y de mujeres gestantes de acuerdo con los procedimientos estructura mecanismos frecuencia y otras condiciones definidas en el Manual Operativo del Sistema

2 Informacioacuten de las atenciones priorizadas y atenciones diferenciales de la poblacioacuten vulnerable afectada por el conflicto armado para brindar atencioacuten integral establecidas en el Manual Operativo del Sistema

3 Informacioacuten sobre el seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas

4 Informacioacuten de formacioacuten y cualificacioacuten del talento humano que atiende a la primera infancia

5 Informacioacuten de la gestioacuten nacional y territorial de las entidades puacuteblicas y privadas orientadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y las nintildeas en su primera infancia

Paraacutegrafo 1deg Las entidades tanto puacuteblicas como privadas nacionales o territoriales que posean informacioacuten sobre atenciones que aporten al desarrollo integral a la primera infancia y deseen incluirla en el Sistema deberaacuten manifestarlo de manera formal a la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia para su correspondiente revisioacuten y aprobacioacuten por parte de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Paraacutegrafo 2deg Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capitulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

DECRETO ~ -135 6 DE 2018 HOJA No 8

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Paraacutegrafo 3deg El cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 de este artiacuteculo estaraacute sujeto a las condiciones teacutecnicas institucionales y tecnoloacutegicas que debe generar progresivamente el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia para dar cuenta del desarrollo integral de las nintildeas y nintildeos en primera infancia

Artiacuteculo 245218 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten en cifras agregadas del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia que represente el estado de cumplimiento de las atenciones a la primera infancia definidas y reportadas para un territorio

Articulo 245219 Confidencialidad de la informacioacuten La confidencialidad de la informacioacuten registrada en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Capiacutetulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Con este propoacutesito el tratamiento de la informacioacuten responderaacute al intereacutes su~rior de los nintildeos las nintildeas y adolescentes y aseguraraacute sin excepcioacuten alguna el respeto de sus derechos prevalentes de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional

Artiacuteculo 2452110 Gestioacuten de atenciones De acuerdo con las alertas que genere el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia yen el marco de las rutas de gestioacuten de dichas alertas que se definan en el Manual Operativo del Sistema cada una de las entidades puacuteblicas nacionales y territoriales con competencia en la atencioacuten integral a la primera infancia seraacuten responsables de adelantar las gestiones pertinentes que garanticen la atencioacuten y los derechos de los nintildeos y nintildeas

Artiacuteculo 2452111Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palanqueros y raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado en situacioacuten de pobreza y en situacioacuten de vulnerabilidad

Artiacuteculo 2452112 Perspectiva Rural Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados por zonas urbanas zonas rurales y zonas rurales dispersas

SECCiOacuteN 2 El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Artiacuteculo 245221 Definicioacuten El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) es la herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de Poliacutetica puacuteblica de primera infancia infancia y adolescencia que presenta indicadores que dan cuenta de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes En el SUIN se reporta informacioacuten tanto de fuentes nacionales como de fuentes territoriales

Artiacuteculo 245222 Objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUN) Son objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez los siguientes

1 Evaluar la situacioacuten de vida de la nintildeez

2 Verificar el grado de cumplimiento de los acuerdos nacionales e internacionales en torno a la garantiacutea de Jos derechos de la nintildeez

3 Comparar la situacioacuten de los derechos por momento de vida (primera infancia infancia y adolescencia)

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 9

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adicioacutena el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social yReconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

4 Visibilizar a los nintildeos nintildeas y adolescentes como sujetos de derechos

5 Reflexionar sobre los factores de riesgo y las prioridades de atencioacuten de la nintildeez

6 Brindar informacioacuten para realizar ejercicios de veeduriacutea y rendicioacuten puacuteblica de cuentas incentivar investigaciones evaluativas generar conocimiento y cultura estadiacutestica para la formulacioacuten y el ajuste de la poliacutetica puacuteblica y promover una cultura en donde todos los nintildeos y las nintildeas gocen de los derechos en las mismas condiciones

7 Garantizar el uso y el acceso libre a todas las estadiacutesticas oficiales relevantes para el seguimiento y la evaluacioacuten del cumplimiento de derechos de nintildeos nintildeas y adolescentes

Artiacuteculo 245223 Mesa del Sistema Uacuten~o de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) La Mesa del SUIN es la instancia intersectorial que se encarga de la construccioacuten del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez La conformacioacuten y el funcionamiento de esta Mesa estaraacuten a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se llevaraacuten a cabo seguacuten las directrices impartidas por el Comiteacute Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar Esta Mesa estaraacute conformada por un delegado de las siguientes entidades e instancias

- Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social - Ministerio del Trabajo - Ministerio de Educacioacuten Nacional - Ministerio de Cultura - Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) - Departamento Administrativo de Ciencia Tecnologiacutea e Innovacioacuten Colciencias - Departamento Administrativo del Deporte la Recreacioacuten la Actividad Fiacutesica y el

Aprovechamiento del Tiempo Libre Coldeportes - Unidad Administrativa Especial Migracioacuten Colombia - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Administrativa Especial para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Policiacutea Nacional - Registraduriacutea Nacional del Estado Civil - Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia (CIPI)

Paraacutegrafo 1deg La Federacioacuten Nacional de Departamentos y la Federacioacuten de Municipios podraacuten asistir a las sesiones de la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) en calidad de invitados

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del SUIN en calidad de invitados las entidades que determine esta misma instancia

Artiacuteculo 245224 Informacioacuten a reportar Los indicadores a reportar se definiraacuten en el marco de la Mesa del SUIN que es la instancia de desarrollo teacutecnico del aplicativo en acuerdo con las entidades miembros del SNBF y conforme a las definiciones dadas en la Ley 1804 de 2016 para el orden nacional y territorial

Paraacutegrafo 1deg El detalle de las variables y la estructura de la informacioacuten a reportar se estableceraacuten en el protocolo y anexo teacutecnico del sistema de informacioacuten definido por la Mesa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Page 6: Decreto 1356 Del 31 De Julio De 2018 - es.presidencia.gov.coes.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 1356 DEL 31 DE... · requerida «por una entidad pública o administrativa

1356DECRETO DE 2018 HOJA No 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polftica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

6 Proveer informacioacuten poblacional y territorial para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre en cada territorio de conformidad con el reporte de las acciones locales y nacionales de las entidades puacuteblicas y privadas encaminadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas en su primera infancia

7 Emitir reportes sobre atenciones nominales y poblacionales con la periodicidad que determine el Manual Operativo

8 Reportar semestralmente informacioacuten sobre la situacioacuten de las medidas de atencioacuten de las que han sido beneficiados los menores viacutectimas con el propoacutesito de que sean articuladas con la ruta de atencioacuten asistencia y reparacioacuten integral que lidera la Unidad para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas

Paraacutegrafo El detalle de las atenciones priorizadas que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera infancia del paiacutes para su desarrollo integral se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema que se publicaraacute en el sitio web del Ministerio de Educacioacuten Nacional dentro de un plazo no mayor a los cuatro meses de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245213 Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia Creacutease la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia como instancia de coordinacioacuten cuyo propoacutesito es definir los criterios teacutecnicos y operativos para el seguimiento de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero aacute Siempre La Mesa estaraacute integrada por el delegado de cada una de las entidades miembros de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia (CIPI) acorde con lo dispuesto en el artiacuteculo 11 de la Ley 1804 de 2016 Su Secretariacutea Teacutecnica estaraacute a cargo de Ministerio de Educacioacuten Nacional

Paraacutegrafo 1deg El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) a traveacutes de la Direccioacuten del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) participaraacute en esta instancia con el fin de articular las decisiones teacutecnicas y operativas de la misma con la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del Sistema en calidad de invitados las entidades puacuteblicas que determine esta misma instancia

Paraacutegrafo 3deg La Mesa tendraacute la facultad de i) aprobar las modificaciones del Manual Operativo del Sistema ii) impartir las directrices y recomendaciones necesarias para el cumplimiento del objeto de la presente Seccioacuten de acuerdo con las competencias asignadas por Ley a cada sector iii) servir como espacio de discusioacuten y debate de los asuntos que sean abordados para el desarrollo del objeto de la presente Seccioacuten asiacute como ser la instancia inicial para la resolucioacuten de las controversias que puedan llegar a presentarse y (iv) darse su propio reglamento

Artiacuteculo 245214 Manual Operativo La Mesa definiraacute el Manual Operativo del Sistema Las modificaciones estructurales que a este se realicen seraacuten aprobadas por la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia El Manual Operativo deberaacute como miacutenimo prever los mecanismos procesos procedimientos y periodicidad del reporte de la informacioacuten para efectuar el seguimiento a las atenciones que se brindan a las gestantes y nintildeos y nintildeas en primera inf~ncia del paiacutes y formaraacute parte integral del presente Tiacutetulo

Artiacuteculo 245215 Administracioacuten del Sistema La administracioacuten del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacionalen el marco de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Primera Infancia Las funciones de administracioacuten a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacional se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema

Artiacuteculo 245216 Responsables de reportar informacioacuten Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades que forman parte de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y adicionalmente las siguientes

- Registraduriacutea Nacional del Estado Civil

- Cajas de Compensacioacuten Familiar

Jardines o instituciones de naturaleza puacuteblica o privada que brinden servicios de educacioacuten inicial en el marco de la atencioacuten integral

- Entidades territoriales que tengan oferta propia de educacioacuten inicial o que formen o cualifiquen talento humano que atienda a la primera infancia

Paraacutegrafo La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia a traveacutes de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia determinaraacute la informacioacuten que deben reportar las entidades que la conformanmiddot y su periodicidad

Artiacuteculo 245217 Informacioacuten a reportar De acuerdo con lo establecido por la Mesa en el Manual Operativo del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades referidas en el articulo anterior estaraacuten obligadas a reportar

1 Informacioacuten de caracterizacioacuten de nintildeos y nintildeas desde los cero meses hasta los seis antildeos y de mujeres gestantes de acuerdo con los procedimientos estructura mecanismos frecuencia y otras condiciones definidas en el Manual Operativo del Sistema

2 Informacioacuten de las atenciones priorizadas y atenciones diferenciales de la poblacioacuten vulnerable afectada por el conflicto armado para brindar atencioacuten integral establecidas en el Manual Operativo del Sistema

3 Informacioacuten sobre el seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas

4 Informacioacuten de formacioacuten y cualificacioacuten del talento humano que atiende a la primera infancia

5 Informacioacuten de la gestioacuten nacional y territorial de las entidades puacuteblicas y privadas orientadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y las nintildeas en su primera infancia

Paraacutegrafo 1deg Las entidades tanto puacuteblicas como privadas nacionales o territoriales que posean informacioacuten sobre atenciones que aporten al desarrollo integral a la primera infancia y deseen incluirla en el Sistema deberaacuten manifestarlo de manera formal a la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia para su correspondiente revisioacuten y aprobacioacuten por parte de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Paraacutegrafo 2deg Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capitulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

DECRETO ~ -135 6 DE 2018 HOJA No 8

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Paraacutegrafo 3deg El cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 de este artiacuteculo estaraacute sujeto a las condiciones teacutecnicas institucionales y tecnoloacutegicas que debe generar progresivamente el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia para dar cuenta del desarrollo integral de las nintildeas y nintildeos en primera infancia

Artiacuteculo 245218 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten en cifras agregadas del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia que represente el estado de cumplimiento de las atenciones a la primera infancia definidas y reportadas para un territorio

Articulo 245219 Confidencialidad de la informacioacuten La confidencialidad de la informacioacuten registrada en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Capiacutetulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Con este propoacutesito el tratamiento de la informacioacuten responderaacute al intereacutes su~rior de los nintildeos las nintildeas y adolescentes y aseguraraacute sin excepcioacuten alguna el respeto de sus derechos prevalentes de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional

Artiacuteculo 2452110 Gestioacuten de atenciones De acuerdo con las alertas que genere el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia yen el marco de las rutas de gestioacuten de dichas alertas que se definan en el Manual Operativo del Sistema cada una de las entidades puacuteblicas nacionales y territoriales con competencia en la atencioacuten integral a la primera infancia seraacuten responsables de adelantar las gestiones pertinentes que garanticen la atencioacuten y los derechos de los nintildeos y nintildeas

Artiacuteculo 2452111Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palanqueros y raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado en situacioacuten de pobreza y en situacioacuten de vulnerabilidad

Artiacuteculo 2452112 Perspectiva Rural Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados por zonas urbanas zonas rurales y zonas rurales dispersas

SECCiOacuteN 2 El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Artiacuteculo 245221 Definicioacuten El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) es la herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de Poliacutetica puacuteblica de primera infancia infancia y adolescencia que presenta indicadores que dan cuenta de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes En el SUIN se reporta informacioacuten tanto de fuentes nacionales como de fuentes territoriales

Artiacuteculo 245222 Objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUN) Son objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez los siguientes

1 Evaluar la situacioacuten de vida de la nintildeez

2 Verificar el grado de cumplimiento de los acuerdos nacionales e internacionales en torno a la garantiacutea de Jos derechos de la nintildeez

3 Comparar la situacioacuten de los derechos por momento de vida (primera infancia infancia y adolescencia)

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 9

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adicioacutena el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social yReconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

4 Visibilizar a los nintildeos nintildeas y adolescentes como sujetos de derechos

5 Reflexionar sobre los factores de riesgo y las prioridades de atencioacuten de la nintildeez

6 Brindar informacioacuten para realizar ejercicios de veeduriacutea y rendicioacuten puacuteblica de cuentas incentivar investigaciones evaluativas generar conocimiento y cultura estadiacutestica para la formulacioacuten y el ajuste de la poliacutetica puacuteblica y promover una cultura en donde todos los nintildeos y las nintildeas gocen de los derechos en las mismas condiciones

7 Garantizar el uso y el acceso libre a todas las estadiacutesticas oficiales relevantes para el seguimiento y la evaluacioacuten del cumplimiento de derechos de nintildeos nintildeas y adolescentes

Artiacuteculo 245223 Mesa del Sistema Uacuten~o de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) La Mesa del SUIN es la instancia intersectorial que se encarga de la construccioacuten del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez La conformacioacuten y el funcionamiento de esta Mesa estaraacuten a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se llevaraacuten a cabo seguacuten las directrices impartidas por el Comiteacute Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar Esta Mesa estaraacute conformada por un delegado de las siguientes entidades e instancias

- Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social - Ministerio del Trabajo - Ministerio de Educacioacuten Nacional - Ministerio de Cultura - Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) - Departamento Administrativo de Ciencia Tecnologiacutea e Innovacioacuten Colciencias - Departamento Administrativo del Deporte la Recreacioacuten la Actividad Fiacutesica y el

Aprovechamiento del Tiempo Libre Coldeportes - Unidad Administrativa Especial Migracioacuten Colombia - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Administrativa Especial para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Policiacutea Nacional - Registraduriacutea Nacional del Estado Civil - Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia (CIPI)

Paraacutegrafo 1deg La Federacioacuten Nacional de Departamentos y la Federacioacuten de Municipios podraacuten asistir a las sesiones de la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) en calidad de invitados

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del SUIN en calidad de invitados las entidades que determine esta misma instancia

Artiacuteculo 245224 Informacioacuten a reportar Los indicadores a reportar se definiraacuten en el marco de la Mesa del SUIN que es la instancia de desarrollo teacutecnico del aplicativo en acuerdo con las entidades miembros del SNBF y conforme a las definiciones dadas en la Ley 1804 de 2016 para el orden nacional y territorial

Paraacutegrafo 1deg El detalle de las variables y la estructura de la informacioacuten a reportar se estableceraacuten en el protocolo y anexo teacutecnico del sistema de informacioacuten definido por la Mesa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

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DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Politica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Primera Infancia Las funciones de administracioacuten a cargo del Ministerio de Educacioacuten Nacional se estableceraacuten en el Manual Operativo del Sistema

Artiacuteculo 245216 Responsables de reportar informacioacuten Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades que forman parte de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y adicionalmente las siguientes

- Registraduriacutea Nacional del Estado Civil

- Cajas de Compensacioacuten Familiar

Jardines o instituciones de naturaleza puacuteblica o privada que brinden servicios de educacioacuten inicial en el marco de la atencioacuten integral

- Entidades territoriales que tengan oferta propia de educacioacuten inicial o que formen o cualifiquen talento humano que atienda a la primera infancia

Paraacutegrafo La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia a traveacutes de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia determinaraacute la informacioacuten que deben reportar las entidades que la conformanmiddot y su periodicidad

Artiacuteculo 245217 Informacioacuten a reportar De acuerdo con lo establecido por la Mesa en el Manual Operativo del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia las entidades referidas en el articulo anterior estaraacuten obligadas a reportar

1 Informacioacuten de caracterizacioacuten de nintildeos y nintildeas desde los cero meses hasta los seis antildeos y de mujeres gestantes de acuerdo con los procedimientos estructura mecanismos frecuencia y otras condiciones definidas en el Manual Operativo del Sistema

2 Informacioacuten de las atenciones priorizadas y atenciones diferenciales de la poblacioacuten vulnerable afectada por el conflicto armado para brindar atencioacuten integral establecidas en el Manual Operativo del Sistema

3 Informacioacuten sobre el seguimiento al desarrollo integral de los nintildeos y nintildeas

4 Informacioacuten de formacioacuten y cualificacioacuten del talento humano que atiende a la primera infancia

5 Informacioacuten de la gestioacuten nacional y territorial de las entidades puacuteblicas y privadas orientadas a garantizar el desarrollo integral de los nintildeos y las nintildeas en su primera infancia

Paraacutegrafo 1deg Las entidades tanto puacuteblicas como privadas nacionales o territoriales que posean informacioacuten sobre atenciones que aporten al desarrollo integral a la primera infancia y deseen incluirla en el Sistema deberaacuten manifestarlo de manera formal a la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia para su correspondiente revisioacuten y aprobacioacuten por parte de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia

Paraacutegrafo 2deg Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capitulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

DECRETO ~ -135 6 DE 2018 HOJA No 8

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Paraacutegrafo 3deg El cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 de este artiacuteculo estaraacute sujeto a las condiciones teacutecnicas institucionales y tecnoloacutegicas que debe generar progresivamente el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia para dar cuenta del desarrollo integral de las nintildeas y nintildeos en primera infancia

Artiacuteculo 245218 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten en cifras agregadas del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia que represente el estado de cumplimiento de las atenciones a la primera infancia definidas y reportadas para un territorio

Articulo 245219 Confidencialidad de la informacioacuten La confidencialidad de la informacioacuten registrada en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Capiacutetulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Con este propoacutesito el tratamiento de la informacioacuten responderaacute al intereacutes su~rior de los nintildeos las nintildeas y adolescentes y aseguraraacute sin excepcioacuten alguna el respeto de sus derechos prevalentes de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional

Artiacuteculo 2452110 Gestioacuten de atenciones De acuerdo con las alertas que genere el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia yen el marco de las rutas de gestioacuten de dichas alertas que se definan en el Manual Operativo del Sistema cada una de las entidades puacuteblicas nacionales y territoriales con competencia en la atencioacuten integral a la primera infancia seraacuten responsables de adelantar las gestiones pertinentes que garanticen la atencioacuten y los derechos de los nintildeos y nintildeas

Artiacuteculo 2452111Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palanqueros y raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado en situacioacuten de pobreza y en situacioacuten de vulnerabilidad

Artiacuteculo 2452112 Perspectiva Rural Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados por zonas urbanas zonas rurales y zonas rurales dispersas

SECCiOacuteN 2 El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Artiacuteculo 245221 Definicioacuten El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) es la herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de Poliacutetica puacuteblica de primera infancia infancia y adolescencia que presenta indicadores que dan cuenta de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes En el SUIN se reporta informacioacuten tanto de fuentes nacionales como de fuentes territoriales

Artiacuteculo 245222 Objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUN) Son objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez los siguientes

1 Evaluar la situacioacuten de vida de la nintildeez

2 Verificar el grado de cumplimiento de los acuerdos nacionales e internacionales en torno a la garantiacutea de Jos derechos de la nintildeez

3 Comparar la situacioacuten de los derechos por momento de vida (primera infancia infancia y adolescencia)

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 9

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adicioacutena el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social yReconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

4 Visibilizar a los nintildeos nintildeas y adolescentes como sujetos de derechos

5 Reflexionar sobre los factores de riesgo y las prioridades de atencioacuten de la nintildeez

6 Brindar informacioacuten para realizar ejercicios de veeduriacutea y rendicioacuten puacuteblica de cuentas incentivar investigaciones evaluativas generar conocimiento y cultura estadiacutestica para la formulacioacuten y el ajuste de la poliacutetica puacuteblica y promover una cultura en donde todos los nintildeos y las nintildeas gocen de los derechos en las mismas condiciones

7 Garantizar el uso y el acceso libre a todas las estadiacutesticas oficiales relevantes para el seguimiento y la evaluacioacuten del cumplimiento de derechos de nintildeos nintildeas y adolescentes

Artiacuteculo 245223 Mesa del Sistema Uacuten~o de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) La Mesa del SUIN es la instancia intersectorial que se encarga de la construccioacuten del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez La conformacioacuten y el funcionamiento de esta Mesa estaraacuten a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se llevaraacuten a cabo seguacuten las directrices impartidas por el Comiteacute Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar Esta Mesa estaraacute conformada por un delegado de las siguientes entidades e instancias

- Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social - Ministerio del Trabajo - Ministerio de Educacioacuten Nacional - Ministerio de Cultura - Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) - Departamento Administrativo de Ciencia Tecnologiacutea e Innovacioacuten Colciencias - Departamento Administrativo del Deporte la Recreacioacuten la Actividad Fiacutesica y el

Aprovechamiento del Tiempo Libre Coldeportes - Unidad Administrativa Especial Migracioacuten Colombia - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Administrativa Especial para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Policiacutea Nacional - Registraduriacutea Nacional del Estado Civil - Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia (CIPI)

Paraacutegrafo 1deg La Federacioacuten Nacional de Departamentos y la Federacioacuten de Municipios podraacuten asistir a las sesiones de la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) en calidad de invitados

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del SUIN en calidad de invitados las entidades que determine esta misma instancia

Artiacuteculo 245224 Informacioacuten a reportar Los indicadores a reportar se definiraacuten en el marco de la Mesa del SUIN que es la instancia de desarrollo teacutecnico del aplicativo en acuerdo con las entidades miembros del SNBF y conforme a las definiciones dadas en la Ley 1804 de 2016 para el orden nacional y territorial

Paraacutegrafo 1deg El detalle de las variables y la estructura de la informacioacuten a reportar se estableceraacuten en el protocolo y anexo teacutecnico del sistema de informacioacuten definido por la Mesa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

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DECRETO ~ -135 6 DE 2018 HOJA No 8

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polltica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Paraacutegrafo 3deg El cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 de este artiacuteculo estaraacute sujeto a las condiciones teacutecnicas institucionales y tecnoloacutegicas que debe generar progresivamente el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia para dar cuenta del desarrollo integral de las nintildeas y nintildeos en primera infancia

Artiacuteculo 245218 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten en cifras agregadas del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia que represente el estado de cumplimiento de las atenciones a la primera infancia definidas y reportadas para un territorio

Articulo 245219 Confidencialidad de la informacioacuten La confidencialidad de la informacioacuten registrada en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia estaraacute acorde con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Capiacutetulo 25 del Tiacutetulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 Con este propoacutesito el tratamiento de la informacioacuten responderaacute al intereacutes su~rior de los nintildeos las nintildeas y adolescentes y aseguraraacute sin excepcioacuten alguna el respeto de sus derechos prevalentes de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Constitucional

Artiacuteculo 2452110 Gestioacuten de atenciones De acuerdo con las alertas que genere el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia yen el marco de las rutas de gestioacuten de dichas alertas que se definan en el Manual Operativo del Sistema cada una de las entidades puacuteblicas nacionales y territoriales con competencia en la atencioacuten integral a la primera infancia seraacuten responsables de adelantar las gestiones pertinentes que garanticen la atencioacuten y los derechos de los nintildeos y nintildeas

Artiacuteculo 2452111Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palanqueros y raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado en situacioacuten de pobreza y en situacioacuten de vulnerabilidad

Artiacuteculo 2452112 Perspectiva Rural Progresivamente las entidades referidas en el artiacuteculo 245216 del presente Tiacutetulo garantizaraacuten que la informacioacuten reportada contenga datos desagregados por zonas urbanas zonas rurales y zonas rurales dispersas

SECCiOacuteN 2 El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN)

Artiacuteculo 245221 Definicioacuten El Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) es la herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de Poliacutetica puacuteblica de primera infancia infancia y adolescencia que presenta indicadores que dan cuenta de la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes En el SUIN se reporta informacioacuten tanto de fuentes nacionales como de fuentes territoriales

Artiacuteculo 245222 Objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUN) Son objetivos del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez los siguientes

1 Evaluar la situacioacuten de vida de la nintildeez

2 Verificar el grado de cumplimiento de los acuerdos nacionales e internacionales en torno a la garantiacutea de Jos derechos de la nintildeez

3 Comparar la situacioacuten de los derechos por momento de vida (primera infancia infancia y adolescencia)

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 9

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adicioacutena el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social yReconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

4 Visibilizar a los nintildeos nintildeas y adolescentes como sujetos de derechos

5 Reflexionar sobre los factores de riesgo y las prioridades de atencioacuten de la nintildeez

6 Brindar informacioacuten para realizar ejercicios de veeduriacutea y rendicioacuten puacuteblica de cuentas incentivar investigaciones evaluativas generar conocimiento y cultura estadiacutestica para la formulacioacuten y el ajuste de la poliacutetica puacuteblica y promover una cultura en donde todos los nintildeos y las nintildeas gocen de los derechos en las mismas condiciones

7 Garantizar el uso y el acceso libre a todas las estadiacutesticas oficiales relevantes para el seguimiento y la evaluacioacuten del cumplimiento de derechos de nintildeos nintildeas y adolescentes

Artiacuteculo 245223 Mesa del Sistema Uacuten~o de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) La Mesa del SUIN es la instancia intersectorial que se encarga de la construccioacuten del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez La conformacioacuten y el funcionamiento de esta Mesa estaraacuten a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se llevaraacuten a cabo seguacuten las directrices impartidas por el Comiteacute Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar Esta Mesa estaraacute conformada por un delegado de las siguientes entidades e instancias

- Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social - Ministerio del Trabajo - Ministerio de Educacioacuten Nacional - Ministerio de Cultura - Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) - Departamento Administrativo de Ciencia Tecnologiacutea e Innovacioacuten Colciencias - Departamento Administrativo del Deporte la Recreacioacuten la Actividad Fiacutesica y el

Aprovechamiento del Tiempo Libre Coldeportes - Unidad Administrativa Especial Migracioacuten Colombia - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Administrativa Especial para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Policiacutea Nacional - Registraduriacutea Nacional del Estado Civil - Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia (CIPI)

Paraacutegrafo 1deg La Federacioacuten Nacional de Departamentos y la Federacioacuten de Municipios podraacuten asistir a las sesiones de la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) en calidad de invitados

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del SUIN en calidad de invitados las entidades que determine esta misma instancia

Artiacuteculo 245224 Informacioacuten a reportar Los indicadores a reportar se definiraacuten en el marco de la Mesa del SUIN que es la instancia de desarrollo teacutecnico del aplicativo en acuerdo con las entidades miembros del SNBF y conforme a las definiciones dadas en la Ley 1804 de 2016 para el orden nacional y territorial

Paraacutegrafo 1deg El detalle de las variables y la estructura de la informacioacuten a reportar se estableceraacuten en el protocolo y anexo teacutecnico del sistema de informacioacuten definido por la Mesa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Page 9: Decreto 1356 Del 31 De Julio De 2018 - es.presidencia.gov.coes.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 1356 DEL 31 DE... · requerida «por una entidad pública o administrativa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 9

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adicioacutena el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social yReconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

4 Visibilizar a los nintildeos nintildeas y adolescentes como sujetos de derechos

5 Reflexionar sobre los factores de riesgo y las prioridades de atencioacuten de la nintildeez

6 Brindar informacioacuten para realizar ejercicios de veeduriacutea y rendicioacuten puacuteblica de cuentas incentivar investigaciones evaluativas generar conocimiento y cultura estadiacutestica para la formulacioacuten y el ajuste de la poliacutetica puacuteblica y promover una cultura en donde todos los nintildeos y las nintildeas gocen de los derechos en las mismas condiciones

7 Garantizar el uso y el acceso libre a todas las estadiacutesticas oficiales relevantes para el seguimiento y la evaluacioacuten del cumplimiento de derechos de nintildeos nintildeas y adolescentes

Artiacuteculo 245223 Mesa del Sistema Uacuten~o de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) La Mesa del SUIN es la instancia intersectorial que se encarga de la construccioacuten del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez La conformacioacuten y el funcionamiento de esta Mesa estaraacuten a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se llevaraacuten a cabo seguacuten las directrices impartidas por el Comiteacute Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar Esta Mesa estaraacute conformada por un delegado de las siguientes entidades e instancias

- Ministerio de Relaciones Exteriores - Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social - Ministerio del Trabajo - Ministerio de Educacioacuten Nacional - Ministerio de Cultura - Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) - Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Departamento Administrativo Nacional de Estadiacutestica (DANE) - Departamento Administrativo de Ciencia Tecnologiacutea e Innovacioacuten Colciencias - Departamento Administrativo del Deporte la Recreacioacuten la Actividad Fiacutesica y el

Aprovechamiento del Tiempo Libre Coldeportes - Unidad Administrativa Especial Migracioacuten Colombia - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Unidad Administrativa Especial para la Atencioacuten y Reparacioacuten Integral a las Viacutectimas - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (lCBF) - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Policiacutea Nacional - Registraduriacutea Nacional del Estado Civil - Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia (CIPI)

Paraacutegrafo 1deg La Federacioacuten Nacional de Departamentos y la Federacioacuten de Municipios podraacuten asistir a las sesiones de la Mesa del Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) en calidad de invitados

Paraacutegrafo 2deg Podraacuten formar parte de la Mesa del SUIN en calidad de invitados las entidades que determine esta misma instancia

Artiacuteculo 245224 Informacioacuten a reportar Los indicadores a reportar se definiraacuten en el marco de la Mesa del SUIN que es la instancia de desarrollo teacutecnico del aplicativo en acuerdo con las entidades miembros del SNBF y conforme a las definiciones dadas en la Ley 1804 de 2016 para el orden nacional y territorial

Paraacutegrafo 1deg El detalle de las variables y la estructura de la informacioacuten a reportar se estableceraacuten en el protocolo y anexo teacutecnico del sistema de informacioacuten definido por la Mesa

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

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DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 10 bull

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

del SUIN los cuales seraacuten socializados con todas las entidades de dicha instancia y se publicaraacuten en el sitio web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Paraacutegrafo 2deg La Mesa del SUIN seraacute la encargada de evaluar la pertinencia del ingreso de nuevas fuentes de informacioacuten al Sistema

Paraacutegrafo 3deg Cualquier requerimiento de informacioacuten financiera fiscal o de planta de las entidades territoriales se sujetaraacute a los lineamientos definidos para el Formulario Uacutenico Territorial y se realizaraacute a traveacutes de este instrumento

Artiacuteculo 245225 Responsables del reporte Seraacuten responsables de reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) las entidades del orden nacional y territorial encargadas de suministrar la informacioacuten sobre la garantiacutea de los derechos de los nintildeos nintildeas y adolescentes

Paraacutegrafo Las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema deberaacuten cumplir con las disposiciones impartidas por la Ley 1581 de 2012 y el Capiacutetulo 25 del Titulo 2 de la Parteacute 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y demaacutes normas reglamentarias referentes a la proteccioacuten y divulgacioacuten de datos personales

Artiacuteculo 245226 Administracioacuten del sistema El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar tendraacute a su cargo la administracioacuten del sistema de informacioacuten de que trata la presente Seccioacuten de acuerdo con las funciones establecidas en el numeral 12 del artiacuteculo 26 del Decreto 987 de 2012

Artiacuteculo 245227 Informacioacuten de consulta puacuteblica Seraacute de consulta puacuteblica la informacioacuten del SUIN sobre el nivel de realizacioacuten de los derechos de la primera infancia la infancia y lamiddotadolescencia

Artiacuteculo 245228 Confidencialidad de la informacioacuten La informacioacuten consignada en el SUIN seraacute de caraacutecter puacuteblico y podraacute ser consultada por los tomadores de decisiones de poliacutetica puacuteblica y la comunidad en general a excepcioacuten del SUIN territorial que requeriraacutede un usuario y contrasentildea para el ingreso consulta y registro de la informacioacuten

Artiacuteculo 245229 Perspectiva de Diversidad Progresivamente las entidades obligadas a reportar informacioacuten al Sistema Uacutenico de Informacioacuten de la Nintildeez (SUIN) garantizaraacuten que la misma contenga datos desagregados de los nintildeos y nintildeas de la primera infancia y mujeres gestantes por geacutenero etnia (afrodescendientes negros palenqueros raizales indiacutegenas y Rrom) condicioacuten de discapacidad viacutectimas del conflicto armado pobreza en situaciOacuten de vulnerabilidad y que habitan zonas rurales y urbanas

Artiacuteculo 2452210 Uso del sistema por gobernadores alcaldes y entidades del (Jrden nacional El SUIN seraacute el repositorio oficial de informacioacuten para la formulacioacuten de diagnoacutesticos territoriales programas de gobierno planes de desarrollo poliacuteticas puacuteblicas y de rendicioacuten puacuteblica de cuentas en primera infancia infancia y adolescencia

Artiacuteculo 2452211 Seguimiento de Consejos de Poliacutetica Social Las entidades territoriales estaraacuten obligadas a reportar en el SUIN territorial la operacioacuten de los Consejos de Poliacutetica Social de acuerdo con lo establecido en la Resolucioacuten 11404 del 24 de diciembre del 2013 proferida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o la norma que haga sus veces

SECCiOacuteN 3 Seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No11

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

DECRETO 1356 DE 2018 HOJA No 12

Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

taacute D C a los

31 JUL2018 El MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIOacute S CIAL

LA MINISTRA DE EDUCACiOacuteN NACIONAL

LA MINISTRA DE CULTURA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA

rmiddot iexcl

~NSOPRADAG

DE 2018 HOJA No 13 DECRETO

Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

I~~m~~UISFERNANDO MEJiacutekALZATE

LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL

Page 11: Decreto 1356 Del 31 De Julio De 2018 - es.presidencia.gov.coes.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO 1356 DEL 31 DE... · requerida «por una entidad pública o administrativa

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Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Polrtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

-------------------------------------------------Artiacuteculo 245231 Seguimiento Conforme a las disposiciones de la Ley 1804 de 2016 la Comisioacuten Intersectorial de Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten (DNP) formularaacute y pondraacute en marcha en un tiempo 00 mayor a un (1) antildeo a partir de la expedicioacuten de este Tiacutetulo los esquemas de seguimiento y evaluacioacuten a la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y determinaraacute su periodicidad con base en los resultados de la primera evaluacioacuten de la poliacutetica que se realizoacute para la vigencia 2017 y que se lleve a cabo para la vigencia 2018

Paraacutegrafo 1deg La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el apoyo teacutecnico del Departamento Nacional de Planeacioacuten formularaacute e implementaraacute una estrategia para la inclusioacuten de indicadores metas y la estimacioacuten de recursos para el desarrollo integral de la primera infancia en los planes de desarrollo nacional y territoriales de acuerdo con lo establecido en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 22 de la Ley 1804 de 2016

Paraacutegrafo 2deg En el marco de la Mesa del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral de la Primera Infancia y de acuerdo con lo dispuesto en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 el Departamento Nacional de Planeacioacuten brindaraacute asistencia teacutecnica a las entidades del orden nacional para que en el marco de sus competencias adelanten las funciones relacionadas con el desarrollo integral de la primera infancia Asiacute mismo apoyaraacute teacutecnicamente a la CIPI en la definicioacuten del sistema de seguimiento a las liacuteneas de accioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

Paraacutegrafo 3deg Bajo la coordinacioacuten de la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia el Departamento Nacional de Planeacioacuten y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar generaraacuten las condiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artiacuteculo 40 de la Ley 1098 de 2006 Coacutedigo de la Infancia y la Adolescencia particularmente en lo que se refiere al seguimiento de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia

Artiacuteculo 245232 Evaluacioacuten El Departamento Nacional de Planeacioacuten en conjunto con las entidades que conforman la Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia y en virtud de las funciones previstas en el artiacuteculo 17 de la Ley 1804 de 2016 coordinaraacute la inclusioacuten e implementacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre en la agenda de evaluaciones en el marco de lo reglamentado en el Libro 2 Parte 2 Tiacutetulo 7 Capiacutetulo 3 del Decreto 1082 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Administrativo de Planeacioacuten Nacional y lo consignado para tal efecto en el Sistema de Gestioacuten de Calidad de esa entidad

El proceso de inclusioacuten en la agenda de evaluacioacuten tendraacute lugar por lo menos una vez para cada plan nacional de desarrollo o para cada periodo de gobierno El tipo de evaluacioacuten responderaacute a la necesidad y demanda que se tenga en el momento particular

Artiacuteculo 245233 Evaluacioacuten territorial La Comisioacuten Intersectorial para la Atencioacuten Integral de la Primera Infancia con el liderazgo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar el Departamento Nacional de Planeacioacuten y la Coordinacioacuten de la CIPI disentildearaacuten e implementaraacuten en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la expedicioacuten del presente Tiacutetulo una estrategia de asistencia teacutecnica para que los entes territoriales puedan dar cumplimiento a lo dispuesto en los artiacuteculos 204 de la Ley 1098 de 2006 y 8 numeral 4 de la Ley 1804 de 2016 en lo referido especiacuteficamente a la evaluacioacuten de las poliacuteticas puacuteblicas de primera infancia y de la Ruta Integral de Atenciones (RIA)

El componente a cargo del Departamento Nacional de Planeacioacuten se daraacute en armoniacutea con el numeral 3 del artiacuteculo 49 de la Ley 152 de 1994 con el objetivo de precisar que la evaluacioacuten territorial seraacute acorde con las metodologiacuteas criterios y procedimientos que permitan integrar estos sistemas para la planeacioacutenraquo

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Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

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Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIOacuteN

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Continuacioacuten del Decreto laquoPor medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal e del artiacuteculo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

Artiacuteculo 2 Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicacioacuten

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Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

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Continuacioacuten del Decreto Por medio del cual se adiciona el Decreto 1084 de 2015 Uacutenico Reglamentario del Sector de Inclusioacuten Social y Reconciliacioacuten y se reglamenta el literal c del articulo 9 de la Ley 1804 de 2016 sobre el seguimiento y evaluacioacuten de la Poliacutetica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempreraquo

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