decreto 171 del 01 de febrero de 2016

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  • 7/25/2019 Decreto 171 Del 01 de Febrero de 2016

    1/3

    REPBLICA DE COLOMBIA

    ~ Y

    MINISTERIO DEL TRABAJO

    , .. i

    7

    DECRETO NUMERO

    DE2 16

    b

    ir,)

    0 )

    (0

    Por medio del cual se modffica el

    a t c S ~ M e I b ~ t U I O 6

    del Ttulo

    4

    de

    la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Decreto nico Reglamentario del

    Sector Trabajo, sobre la transicin para la implementacin del Sistema de Gestin

    de la Seguridad y Salud en

    el

    Trabajo (SG-SST).

    EL PRESIDENTE E LA REPBLICA

    En

    ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

    en

    especial de las que

    le

    confieren el numeral del artculo 189 de la Constitucin Poltica de Colombia y

    en desarrollo del artculo 1

    de la Ley 1562 del 2012, y

    CONSIDERANDO

    Que de conformidad con el artculo 2

    0

    del Decreto 1295 de 1994, los objetivos

    generales del Sistema General de Riesgos Laborales son la promocin de

    la

    seguridad y salud en el trabajo y la prevencin de los riesgos laborales, para evitar

    accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

    Que el artculo 56 del Decreto 1295 de 1994, sobre la prevencin de los riesgos

    laborales, establece como una de las responsabilidades del Gobierno Nacional, la

    de expedir las normas reglamentarias tcnicas tendientes a garantizar la

    seguridad de los trabajadores y de la poblacin

    en

    general,

    en

    la prevencin de

    accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

    Que el artculo 1

    de la Ley 1562 del de julio de 2012, estableci que el

    programa de salud ocupacional

    se

    entender como el Sistema de Gestin de la

    Seguridad y Salud

    en el

    Trabajo SG-SST.

    Que

    el

    artculo 2.2.4.6.37 del Decreto 1072 de 2015, Decreto nico Reglamentario

    del Sector Trabajo, establece la transicin para que los empleadores sustituyan el

    Programa de Salud Ocupacional por

    el

    Sistema de Gestin de la Seguridad y

    Salud

    en el

    Trabajo (SG- SST) , a partir del

    3

    de julio de 2014, para

    lo

    cual

    debern dar inicio a las acciones necesarias para ajustarse a lo establecido

    en

    esta disposicin y seala unos plazos para culminar la totalidad del proceso,

    contados a partir de dicha fecha, as:

    http:///reader/full/2.2.4.6.37
  • 7/25/2019 Decreto 171 Del 01 de Febrero de 2016

    2/3

    .; v

    7

    DECRETO NMERO

    DE 2016

    HOJA No. g

    Por medio del cual se modifica l artculo

    2.2.4.6.37

    del Captulo

    6

    del Ttulo

    4 de la

    Parte

    2

    del Libro

    2

    del

    Decreto 1072 de 2015, Decreto nico Reglamentario del Sector Trabajo, sobre la transicin para la

    implementacin del Sistema

    de

    Gestin

    de la

    Seguridad Salud

    en

    el (SG-SST).

    "1. Dieciocho

    18)

    meses para empresas

    de

    menos

    (10)

    trabajadores.

    Veinticuatro

    24)

    meses para las empresas con diez

    (10)

    a doscientos

    (200) trabajadores.

    3. Treinta (30) meses para las empresas doscientos uno (201) o ms

    trabajadores".

    Que

    el

    pargrafo del artculo 2.2.4.6.36del Decreto 1072 de

    201

    Decreto nico

    Reglamentario del Sector Trabajo, establece que las Administradoras de Riesgos

    Laborales realizarn la vigilancia delegada del cumplimiento de lo dispuesto en el

    Captulo 6 del Ttulo 4 de la Parte 2 del Libro 2 de dicho decreto e informarn a

    las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo los casos en los cuales se

    evidencia no cumplimiento de ste por parte de sus empleadores afiliados.

    Que pargrafo del artculo del Decreto 1072 de 2015, Decreto

    nico Reglamentario del Sector Trabajo establece que efectos del Captulo 6

    del Ttulo 4 de la Parte 2 del Libro 2 del mencionado decreto, Administradoras

    Riesgos Laborales brindaran asesora y asistencia tcnica a las empresas

    afiliadas para la implementacin del S G ~ S S T conforme a los plazos definidos en

    ese artculo, y cumplimiento de obligacin presentarn informes

    semestrales a Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo.

    Que de conformidad

    con el

    pargrafo

    2

    del artculo 2.2.4.6.37del Decreto 1072

    de

    201

    Administradores de Riesgos Laborales presentaron informes a

    Direcciones Territoriales

    y

    a

    la

    Direccin de Riesgos Laborales del Ministerio del

    Trabajo, indicando

    el

    nivel de desarrollo

    en la

    implementacin de los Sistemas de

    Gestin de Seguridad y

    Salud

    en

    el Trabajo SG-

    SST)

    de sus empleadores

    afiliados.

    Que la Direccin de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo consolid

    y

    realiz un anlisis de la informacin presentada por las Administradores de

    Riesgos' Laborales, identificando que un alto porcentaje de empleadores se

    encuentra en un nivel incipiente en el desarrollo de la implementacin de los

    Sistemas de Gestin

    de

    la Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Que teniendo

    en

    cuenta este nivel de desarrollo por parte los empleadores

    y

    que el plazo para aquellos que tienen vinculados menos 10 trabajadores vence

    el 31 de enero de

    201

    el Ministerio del Trabajo solicit a las Administradoras de

    Riesgos Laborales informar gestin adelantada frente a

    la

    asesora

    y

    asistencia

    tcnica en la implementacin Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en

    Trabajo por parte de sus empleadores afiliados.

    Que conforme a la informacin allegada por Administradoras Riesgos

    Laborales frente a

    las gestiones adelantadas para la implementacin de los

    Sistemas Gestin de

    la

    Seguridad

    y

    Salud

    en

    el Trabajo,

    y

    atendiendo el actual

    nivel de desarrollo de proceso debido a dificultades que se presentan por

    condiciones organizacionales

    y

    econmicas de empleadores, se hace

    necesario que plazos de transicin sealados en el artculo 2.2.4.6.37 del

    Decreto 1072 de 2015 sean prorrogados hacer viable la culminacin de

    la

    sustitucin de los antiguos Programas de Salud Ocupacional por los

    mrito de lo expuesto,

    http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.36http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.36http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37
  • 7/25/2019 Decreto 171 Del 01 de Febrero de 2016

    3/3

    0171

    DECRETO NMERO

    DE 2016

    HOJ

    No.

    Por medio del cual se modifica el artculo 2.2.4.6.37del Captulo 6 del Ttulo 4 de

    la

    Parte 2 del Libro 2 del

    Decreto 1072 de 2015, Decreto nico Reglamentario del Sector Trabajo, sobre

    la

    transicin para la

    implementacin del Sistema de Gestin de la Seguridad Salud en el Trabajo (SG-SST).

    DECRETA:

    rtculo 1 Modificacin

    del

    artculo 2.2.4.6.37

    del

    Decreto 1072 de 2015.

    Modifquese el artculo 2.2.4.6.37del Decreto 1072 de 2015 el cual quedara as:

    Artculo 2.2.4.6.37. Transicin.

    Todos los empleadores pblicos

    privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de

    contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economa

    solidaria y del sector cooperativo, as como las empresas servicios

    temporales, debern sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el

    Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) a

    ms tardar

    el

    31

    de enero

    de

    2017.

    Pargrafo 1 Para efectos del presente captulo, las Administradoras

    de Riesgos Laborales brindarn asesora asistencia tcnica en

    la

    implementacin del SG-SST

    a

    todos sus afiliados obligados

    a

    adelantar

    este proceso.

    s

    mismo, presentaran informes semestrales a las

    Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo sobre las actividades

    de asesora asistencia tcnica, as como del grado de

    implementacin del SG - SST

    Pargrafo 2 Hasta que se venza el plazo establecido en el presente

    artculo, se deber dar cumplimiento

    a

    lo

    establecido en

    la

    Resolucin

    Conjunta 1016 del

    31

    de marzo de

    1989

    Por

    la

    cual se reglamenta

    la

    organizacin, funcionamiento forma de los Programas de Salud

    Ocupacional que deben desarrollar los patronos

    o

    empleadores en

    el

    pas.

    rtculo 2.

    Vigencia

    y

    Derogatoria.

    El presente decreto rige a partir de su

    publicacin y modifica el artculo 2.2.4.6.37 del Decreto 1072 de 2015, Decreto

    nico Reglamentario del Sector Trabajo.

    PUBLaUESE y CMPLASE

    Dada en Bogot, D.C., a

    los

    EL MINISTRO DEL TRABAJO,

    http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37http:///reader/full/2.2.4.6.37