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Decreto Ley 2.695 _ Meza & Navarrete
Asociados
Fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la
constitución del dominio sobre ella(21/07/1979)
Sujetos Poseedores materiales
Competencia Todo el país (Art. 7)
dºs que confiere
Le permite al poseedorinterponer solicitud, así
reconocer posesión regular para adquirir por prescripción adq. (1 año)
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Requisitos Posesión de 5 años a lo menos (Art. 2 Nº1) *
No Juicio Pendiente (Art. 2 Nº2)
Avalúo fiscal (Art. 1 inc. 1 )
Rural 800 UT
Urbana 380 UT
* El articulo 3º prescribe: “El solicitante podrá agregar a su posesión la de sus antecesores, sea esta legal o material, siempre que el inmueble no forme parte de uno inscrito de mayor extensión, y que exista, a lo menos, un titulo aparente que haga presumible la continuidad de las posesiones ”
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En virtud del articulo 3 inc. 2.* ¿Cuáles son estos “títulos aparentes”?
* Numeración no taxativa, esto se desprende de lo dispuesto al principio del art. 3 inc. 2 cuando dice “Se tendrá, entre otros, …”
La promesa de compraventa de plazo
vencido
La adquisición de mejoras o de
derechos y acciones sobre el inmueble
Instrumento público
Instrumento privado
Solicitante descendiente o
heredero presunto del poseedor anterior
Puede ser probado
Partidas de Bautismo o matrimonio religioso Partidas de Bautismo o matrimonio religioso
Partida de nacimiento en que conste el nombre del padre o de la madre
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Prueba
Posesión Material 925 CC
Pago de impuesto territorial reúna caracteres (continuidad y duración)
del 426 Inc. 2 CPC
Presunción
Pago de impuesto territorial por 5 años antes de la solicitud
Plena Prueba
NO juicio Pendiente Declaración Jurada
Art. 4
Art. 6
Origen Posesión Declaración Jurada Art. 5
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Procedimiento
Pre-informe jurídico
Etapa Técnica
Resolución Final
30 días
Publicación
1 año con prohibición de
celebrar actos y contratos
Inscripción de la resolución en el
C.B.R
DUEÑO (Art. 15 inc. 2)
Art. 12
Art. 10 Inc. 1
Art. 10 Inc. 2,3 y 4
Art. 11
Art. 14 y 17
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Figura delictiva Articulo 9 : “El que maliciosamente obtuviere el reconocimiento de la calidad de poseedor regular(…) será sancionado con las penas dispuestas en el articulo 473 del CP”.
Presunción de dolo (Inc. 2)
Solicitante arrendatario
Solicitante Mero tenedor
Solicitante que haya
reconocido dominio ajeno