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LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Decreto Reglamentario N° 1377/2013 Diario Oficial N°48834/ 27 junio de 2013 Dr. Oscar Rodríguez Ortega Director Jurídico Fenalco

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Page 1: Decreto protección de datos

LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Decreto Reglamentario N°1377/2013

Diario Oficial N°48834/ 27 junio de 2013

Dr. Oscar Rodríguez Ortega

Director Jurídico Fenalco

Page 2: Decreto protección de datos

CONTENIDO1. Definiciones

2. Políticas de tratamiento

3. Ejercicio de los derechos de titulares

4. Responsabilidades por el tratamiento de datos personales

• “Bases de Datos de contenido doméstico”

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ACTORES DE LA LEY

Titulares

Responsables

Encargados

ÓRGANO DE PROTECCIÓN DE DATOS: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y

COMERCIO

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RECOLECCIÓN DE DATOS PERSONALES

• Límites: libertad, finalidad, autodeterminación informática

• Calidad: pertinentes, adecuados

• Protección: SIC, sustentar procedimientos

• Prohibición: procedimientos usados, explicación sobre la necesidad de recolección, medios engañosos

Page 5: Decreto protección de datos

DEFINICIONES

1. Aviso de privacidad

2. Dato público

3. Datos sensibles

4. Transferencia = transferencia

5. Transmisión = tratamiento

Page 6: Decreto protección de datos

AUTORIZACIÓN

Artículos:

• 5 (Conceptos)

• 6 (sensibles)

• 7 (modo)

• 8 (prueba)

• 9 (revocatoria)

• 10 (recolectados con anterioridad)

Page 7: Decreto protección de datos

AUTORIZACIÓN ARTÍCULO 5

• Momento de recolección de datos personales (excepción datos existentes)

• Explicación de la finalidad

• Cambios en la política de tratamiento

• Nueva autorización

Page 8: Decreto protección de datos

AUTORIZACIÓN ARTÍCULO 6

Datos personales sensibles

• Límite: artículo 6 de la ley 1581/2012

Requisitos

• El titular no está obligado a entregarlos

• Información al titular, manifestación explícita y previa, finalidad, consentimiento expreso

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AUTORIZACIÓN-LÍMITESTemporalidad Art. 11

• Razonabilidad

• Necesidad

• Finalidad

• Aspectos administrativos, contables, fiscales, jurídicos e históricos

Documentación de los procedimientos

Seguimiento a instrucciones SIC

Excepción, un deber legal o contractual

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AUTORIZACIÓN ARTÍCULO 7

Mecanismos para obtener al autorización:

Predeterminados, a través de medios técnicos que prueben la

manifestación automatizada

1. Por escrito

2. De forma oral

3. Mediante conductas inequívocas

Page 11: Decreto protección de datos

AUTORIZACIÓN ARTÍCULO 8

Prueba de la autorización

Conservación de prueba de la autorización

En todo momento el responsable tiene que permitirle al titular la consulta o el

acceso a la autorización

Consulta gratuita una vez por mes

Page 12: Decreto protección de datos

REVOCATORIA ARTÍCULO 9

Revocatoria o supresión de la autorización

Condiciones y límites

• En todo momento

• Mecanismos gratuitos

• Segunda instancia SIC

Excepción, un deber legal o contractual

Page 13: Decreto protección de datos

.

DATOS RECOLECTADOS CON ANTERIORIDAD ART. 10

¿Quienes?

A) Entidades sin carga desproporcionada

B) Entidades con carga desproporcionada, estabilidad financiera, viabilidad de su presupuesto, no cuente con datos de contacto, registros desactualizados, incompletos, incorrectos, inexactos

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DATOS RECOLECTADOS CON ANTERIORIDAD ART. 10

¿Cómo?

A) Mecanismos eficientes de comunicación: los que usa en el curso ordinario

B) Mecanismo alternos: diarios de amplia circulación nacional o local, revistas, páginas de internet, carteles y otros

Page 15: Decreto protección de datos

DATOS RECOLECTADOS CON ANTERIORIDAD ART. 10

Carga desproporcionada

Compromete estabilidad financiera, compromete presupuesto programado, capacidad económica,

número de titulares, antigüedad de los datos, ámbito territorial y sectorial, no contar con datos de

contacto, registros desactualizados, incorrectos, incompletos, inexactos.

Page 16: Decreto protección de datos

DATOS RECOLECTADOS CON ANTERIORIDAD ART. 10

¿Cuándo?

Los mecanismo alternos podrán ser usados dentro del mes siguientes a la publicación del Decreto 1377 /2013

Carga: comunicar a la SIC dentro de los 5 días siguientes al uso del mecanismo alterno

Page 17: Decreto protección de datos

DATOS RECOLECTADOS CON ANTERIORIDAD ART. 10

Consecuencias:

1. Los responsables y encargados podrán seguir usando los datos

2. Dentro de los 30 días siguientes a la implementación de los mecanismos alternos, los titulares de información podrán solicitar la supresión de sus datos personales

3. Todo ellos sin perjuicio de que el titular del dato en cualquier momento pueda pedir su eliminación. REVOCATORIA.

“Los responsables y encargados deben toda la normatividad de ley”

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DATOS DE NIÑOS Y NIÑAS ART. 12

• Requisitos

1. Responder y respetar el interés superior de los niños, niñas ya adolescentes.

2. Asegurar el respeto de los derechos fundamentales

3. Autorización otorgada por el representante legal

4. Derecho a escuchar la opinión del menos: madurez, autonomía y capacidad

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POLÍTICAS DE TRATAMIENTO

• Medios: físico o electrónico, en lenguaje sencillo y puestas en conocimiento de titulares

• Mínimos de la información:

1. Nombre, domicilio, dirección, teléfono y correo electrónico del responsable

2. Tratamiento y finalidad de los datos

3. Derechos de los titulares

4. Persona o áreas responsable del tratamiento

5. Procedimiento para ejercer derechos (conocer, rectificar, actualizar, suprimir y revocar)

6. Fecha- vigencia y comunicar cambios

Page 20: Decreto protección de datos

AVISO DE PRIVACIDAD ART. 14

• Contenido mínimo

1. Nombre y datos de contacto del responsable

2. El tratamiento y la finalidad de los datos

3. Derechos del titular

4. Mecanismos para conocer la política- como acceder consultar

5. Conservación del modelo: puede hacerlo en cualquier medio electrónico

6. Modo: formatos electrónicos ½ verbales o cualquier tecnología

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EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LOS TITULARES

A través de quien:

1. Titular

2. Causahabientes

3. Representante o apoderado

4. Estipulación a favor de otro o para otro

5. Representantes legales (niños y niñas)

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DERECHOS DE LOS TITULARES

1. Acceso: permanente y a través de mecanismos sencillos y ágiles

2. Actualización, rectificación y supresión: con medios razonables, precisos y suficientes

Debe existir una persona o área que asuma la función de protección de datos.

Page 23: Decreto protección de datos

RESPONSABILIDAD EN EL TRATAMIENTO ART. 26

Lectura general: en cualquier momento se debe ser capaz de demostrar a la SIC la implementación de medidas apropiadas

y efectivas para el tratamiento, atendiendo a:

1. Naturaleza jurídica, tamaño empresarial (micro, pequeña, mediana o gran empresa)

2. Naturaleza de los datos objeto de tratamiento

3. Tipo de tratamiento

4. Los riesgos potenciales de los derechos

Todo esto lo puede requerir la SIC sumado a los niveles de seguridad

Page 24: Decreto protección de datos

MEDIDAS APROPIADAS Y EFECTIVAS DE TRATAMIENTO

Requisitos

En la política deberá reflejarse:

1. La existencia de una estructura administrativa proporcional a la estructura y tamaño empresarial

2. La adopción de mecanismos internos que hagan efectivas las políticas (herramientas, entrenamiento y programas de

educación)

3. Adopción de procesos para atención de respuesta a consultas, peticiones y reclamos de los titulares

La SIC en cada caso concreto evaluará las medidas y las políticas a efecto de imponer sanciones

Page 25: Decreto protección de datos

OTRAS DISPOSICIONES

En la transferencia y transmisión internacional de datos personales se exigirá un contrato que deberá señalar:

El alcance del tratamiento y actividades que podrá realizar el encargado, quien se obliga a:

1. Dar tratamiento responsable a la información

2. Salvaguardar la seguridad

3. Guardar confidencialidad

Page 26: Decreto protección de datos

GRACIAS