denuncia diputacion fiscalia

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  • 7/30/2019 denuncia DIPUTACION FISCALIA

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    INDICE

    HECHOS

    I. PRIMERA PARTE DE LA DENUNCIA.-I.I. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRDITOS: Expediente

    de reconocimiento extrajudicial de crditos por importe de un millndoscientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y dos con cincuentaeuros.

    I.I.I.I.I.II.I.I.III.I.I.IV.I.I.VI.I.I.VII.I.I.VIII.I.I.IX.I.I.X.I.I.XI.

    I.II. EMPRESA COMERCIALIZADORA DE MEDIOS 2000 S.A.(CM2000)I.II.I.I.II.II.I.II.III.I.II.IV.I.II.V.I.II.VI.I.II.VII.I.II.VIII.I.II.IX.I.II.X.I.II.XI.

    I.III. EMPRESA NOVOTCNICA S.A. Y LA VOZ DE ALMERA S.L.U.I.III.I.I.III.II.

    I.III.III.I.III.IV.

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    I.III.V.I.III.VI.I.III.VII.I.III.VIII.

    I.IV. EMPRESA PRODUCTORA DE TELEVISIN ALMERA S.A.(CANAL ALMERA TV)I.IV.I.I.IV.II.I.IV.III.I.IV.IV.I.IV.V.

    I.V. EMPRESA PRODUCTORA DE TELEVISIN ALMERA S.A.(ALPUJARRA TV)I.V.I.I.V.II.I.V.III.I.V.IV.I.V.V.

    I.VI. ACTUACIONES DE DIPUTACIN DE CARCTER CONTENCIOSOADMINISTRATIVO Y EJERCICIO DE ACCIONES PENALES PORSUPUESTO DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO PBLICO,PREVISTO EN EL ART. 392 DEL CDIGO PENAL.I.VI.I. ACTUACIONES DE CARCTER CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOI.VI.II. EJERCICIO DE ACCIONES PENALES POR SUPUESTO DELITO DEFALSEDAD EN DOCUMENTO PBLICO, PREVISTO EN EL ART.392 DEL CDIGO PENAL

    1) EL INFORME DEL ABOGADO ASESOR2) LA DENUNCIA ANTE LA FISCALA

    II. SEGUNDA PARTE DE LA DENUNCIA.-II.I. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRDITOS:

    Expediente de reconocimiento extrajudicial de crditos, 1 demarzo de 2012, por importe de tres millones trescientosveintisiete mil cuatrocientos tres euros con 21 cntimos.

    II.I.I.

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    II.I.II.II.I.III.II.I.IV.II.I.V.

    II.I.VI.

    III. TIPOLOGA DELICTIVA

    SOLICITUD A LA FISCALA

    ANEXO.- PRUEBAS. Documentacin numerada desde Doc. 1 a Doc. 62,

    en formato impreso y digital (Pen Drive marca VERBATIM 4 GB)

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    AL FISCAL SUPERIOR

    FISCALIA SUPERIOR DE ANDALUCIA, CEUTA Y MELILLA

    Plaza Nueva, 10 CP: 18071, Granada, GRANADA

    DOA CAROLINA GUTIERREZ MARIN, provista de DNI , DOA EVAAMALIA LIRIA RUBIO con DNI , DON MANUEL CANTON GONZLEZ conDNI , DON JOSE NICOLAS GONZALEZ CRIADO con DNI , DONARTURO ANGEL ORTIZ ALARCON con DNI , en su propio nombre yderecho y en representacin de la ASOCIACIN MEDITERRNEAANTICORRUPCIN Y POR LA TRANSPARENCIA (AMAyT), constituida el 12 deDiciembre de 2012 e inscrita en el Registro de Asociaciones de Andaluca con

    nmero 5451 de la Seccin 1, cuya documentacin acreditativa se acompaa, y

    DON LUIS MIGUEL MONTOYA PALENCIA con DNI , en su propio nombrey derecho y como colaborador de AMAyT.

    Designando como domicilio a efectos de notificaciones de cada uno de los abajofirmantes, as como de la propia asociacin AMAyT:

    Calle de ALMERIA, y telfonos de

    contacto , comparece ante esta FISCALIA ycomo mejor proceda en DERECHO DICE:

    Que, al amparo de los artculos 5 y 18 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que seregula el Estatuto Orgnico del Ministerio Fiscal y sus competencias en materia de corrupcin,por medio del presente escrito venimos a poner en conocimiento de esta Fiscala los hechos acontinuacin detallados y fundamentados y, estrechamente relacionados con una posible ysupuesta actividad en el desempeo de cargos pblicos de carcter delictivo acaecida en LAEXCELENTSIMA DIPUTACION DE ALMERA por los supuestos delitos de PREVARICACIN,FALSEDAD EN DOCUMENTAL entre otros y salvo mejor apreciacin de ste rgano.

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    HECHOS

    PRIMERO.- Versa la presente denuncia sobre los pagos realizados por la Diputacin a favor deterceras empresas por importes de gran cantidad como consecuencia de supuestos serviciosprestados a sta institucin que la misma entendi que no obedecan a la realidad ni exista porlo tanto derecho a su cobro, pago que, en contra incluso de los informes contrarios, se harealizado finalmente por parte de los anteriores responsables del rgano y de sus sucesores enel Gobierno de sta, entendiendo que las resoluciones que han acordado el pago de unasfacturas que por parte de los rganos auditores haban sido cuestionadas, suponen la adopcinde un acuerdo a sabiendas de su ilegitimidad y en contra de los intereses de la Administracinpara enriquecimiento de terceras empresas. Quienes, como oposicin, haban manifestado sutotal oposicin a estos pagos, al llegar al Gobierno de dicho rgano igualmente han optado ircontra sus propios actos e igualmente abonar cantidades que se entendan no correspondan aningn servicio prestado. Casualmente se trata de pagos realizados a empresas de comunicacindonde la Diputacin desarrolla un importante papel de publicidad por lo que podra entenderse

    esta decisin como un supuesto favor a cambio de un trato especial a sta, adoptandoacuerdos manifiestamente ilegales y mediando incluso la falsificacin de la firma del anteriorPresidente de dicho rgano.

    I.PRIMERA PARTE DE LA DENUNCIA:

    I.I.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRDITOS

    EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRDITOS POR IMPORTEDE UN MILLN DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOSCON CINCUENTA EUROS (1.289.14250 ):

    I.I.I

    Tendremos que remontarnos al ao 2011 donde en el acta n 2 de la Sesin Ordinaria defecha 1 de marzo(a menos de 90 das de las elecciones Municipales), en su punto Tercero (doc1) se contempla el siguiente tenor literal:3.- Expediente de Reconocimiento Extrajudicial deCrditos por importe de 1.289.14250 euros. Se hace necesario aclarar, por los motivos quemas adelante se expondrn, que por aquel entonces, la Excma. Diputacin Provincial estabagobernada, en minora poltica representativa, por el Partido Socialista Obrero Espaol (PSOE)con un claro y mas que evidente pacto poltico con el Partido de Almera(PAL). As mismo laconstitucin plenaria estaba configurada de la siguiente manera:

    Presidente:D. Juan Carlos Usero Lpez.

    Vicepresidentes:1.-D. Luis Matas Prez Montoya.

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    2.- D. Emma Sola Garca.3.-D. Luisa Jimnez Valbuena.4.-D. Francisco Snchez Fernndez.5.-D. Joaqun lvarez Fernndez.6.-D. Marcelino Lpez Valverde.

    7.-D. Jos Manuel Olmo Pastor.Diputados/as:.- D. Manuel Alas Cantn..- D. Francisco Alonso Martnez..- D. Jos Antonio Amat Montes..- D. Mara Amat Salmern..- D. Jos Aez Snchez..-D. Miguel ngel Castelln Rubio..-D. ngel Daz Surez..-D. Jos Fernndez Amador.

    .-D. Mara Jos Garca Crespo.

    .-D. Rebeca Gmez Gazquez.

    .-D. Mara Caridad Herreras Moya.

    .- D. Mara del Mar Lpez Asensio.

    .-D. Mara Lpez Cervantes.

    .-D. Juan Martnez Prez.

    .-D. Mara Delia Mira Martn.

    .-D. Antonio Juan Romero Losana.

    .-D. Ramn Rueda Snchez.

    .-D. Julio Jos Rull Prez.

    .-D. Juan Manuel Salmern Escmez.Secretario:.- D. Mariano Jos Espn Quirante.Interventor:.- D. Jos Lus Garca Garca

    *(27 cargos polticos y 2 funcionarios).

    I.I.II

    Que en la mencionada acta y por el Sr. Secretario, Sr. Espn Quirante, se da cuenta del

    expediente en el que consta la propuesta del Delegado de Presidencia y Hacienda Sr. D. LusMatas Prez Montoya (PSOE), de fecha 14 de febrero de 2011 (doc. 2), de cuya parteexpositiva extraemos algunas frases y afirmaciones, son ms que convenientes recordar, que secontradicen con los informes del Sr. Interventor, entre otros, y que mas adelante expondremos:

    Por las diferentes reas de sta Diputacin han sido remitidos documentosacreditativos de obligaciones correspondientes apeticiones satisfechas a esta corporacin

    procedentes del ejercicio 2010 y anteriores al objeto de proceder a su reconocimiento yposterior imputacin a los crditos del presupuestos de 2011, propiciando de sta manerala posibilidad de hacer efectivas las cantidades que a cada una de ellas corresponde.

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    Contina la exposicin de la propuesta del Sr. Delegado, D. Luis Matas Prez Montoya,diciendo lo siguiente:

    Independientemente de las circunstancias que han ocurrido para que stasobligaciones no pudieran ser imputadas al presupuesto de su razn, resulta evidente que,

    por parte de los terceros incluidos en el expediente, se han realizado las prestacionescorrespondientes como se desprende de la conformidad que se ha dado a cada uno delos documentos acreditativos de la obligacin por parte del personal competente paraello. De ste modo, si no se procediera al reconocimiento adecuado y su posteriorcobertura dentro del presupuesto de 2011, obtendramos un enriquecimiento que habrade reputarse injusto y que sta corporacin no debe permitir en ninguna caso.

    Como podremos observar en ste y otros casos, que expondremos ms adelante, lajustificacin reiteradamente esgrimida para la aprobacin de las facturas, sometidas alexpediente de Reconocimiento Extrajudicial de Crditos, SIEMPRE!, ha sido la misma y esta no

    es otra que la SUPUESTA obtencin de un enriquecimiento injusto.

    I.I.III

    Son tan considerables y evidentes las irregularidades que se detectan en el expediente para laaprobacin del Reconocimiento de Deuda Extrajudicial que el Dictamen de la ComisinInformativa y de Seguimiento de Presidencia y Hacienda, Personal, Rgimen Interior yAdministracin Local, de fecha 21 de febrero de 2011, (Doc. 3) dio como resultado

    DESFAVORABLE, con el siguiente escrutinio:

    .- 3 Votos a favor del Grupo PSOE..- 4 Votos Desfavorables(3 del Grupo PP y 1 del Grupo de I.U.).- 2 Abstenciones del Grupo PAL(en coalicin de Gobierno o Pacto con el Grupo Psoe).

    I.I.IV

    Continuando con la lectura del acta, del pleno, el Sr. Secretario, da cuenta, en la SesinPlenaria y de conformidad con el artculo 97.1 del Reglamento de Organizacin y

    Funcionamiento de la Corporacin, de una ENMIENDA presentada por la DELEGADA dePersonal, Rgimen Interior y Administracin Local, de fecha 25 de febrero de 2011(cuatro dascon posterioridad del Dictamen de la Comisin donde no se aprueba) , al Dictamen emitido por laComisin Informativa y que recogiendo lo manifestado en la propuesta, de su compaero, del Sr.Delgado, D. Luis Matas Prez Montoya, entre otras cuestiones argumenta lo siguiente:

    En el expediente se incluyen documentos acreditativos de obligaciones correspondientesa prestaciones realizadas por proveedores, los cuales ENTENDEMOS que deben serabonados a los mismos en aplicacin delprincipio que prohbe el enriquecimiento injustode la Administracin.

    Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los art. 97 y 117 del Reglamento deOrganizacin y Funcionamiento de la Diputacin Provincial de Almera, presento UNA

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    ENMIENDA A LA TOTALIDAD del Dictamen de la Comisin Informativa de fecha 21 defebrero de 2011 y, en consecuencia, propongo al pleno de la corporacin lo siguiente: 1.- Aprobar la presente enmienda a la totalidad del dictamen antes indicado. 2.- Aprobar el expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Crditos procedentes delejercicio 2010 y anteriores, por importe de 1.289.142,50, reconociendo las obligaciones

    que individualizadamente se recogen en el mismo. 3.- Abonar las obligaciones a que arriba se hace referencia.

    (La referencia a ste apartado as como la propuesta de la Enmienda la encontramos enla misma acta de la sesin plenaria y de la que da cuenta, literalmente, el Sr. Secretario).

    Se deja constancia que, en el expediente, obra el preceptivo Informe de la Intervencin

    Municipal pero, curiosamente, no se da lectura del mismo as como tampoco se pone demanifiesto las alegaciones, consideraciones, advertencias y conclusiones que hace, al respecto,el Sr. Interventor en lo referido al expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Crditos y queno tienen desperdicio alguno.

    I.I.V

    Claramente y como indicbamos con anterioridad, de los informes hasta ahora expuestos,se deduce que la justificaciones en las que se fundamentan para el Reconocimiento Extrajudicialde Crditos son:

    A) Prestaciones realizadas supuestamente satisfechas a la Corporacin como sedesprende de la Conformidad que se ha dado a cada uno de los documentosacreditativos de la obligacin por parte del personalCOMPETENTE.

    B) Evitar elsupuestoEnriquecimiento Injusto por parte de la Corporacin.

    I.I.VI

    Nada ms lejos de la pura realidad, lo argumentado como justificacin por parte del Sr.Delegado D. Luis Matas Prez Montoya as como por parte de la Sra. Delegada de PersonalRgimen Interior y Administracin Local ya que, el informe del Sr. Interventor, D. Jos LuisGarca Garca, de fecha 11 de febrero de 2011 (Doc. 4) de forma contundente y demoledoraindica todo lo contrario lo que nos viene a dar a entender el resultado, DESFAVORABLE, de laComisin Informativa que diez das, con posterioridad a ste informe, se emite.

    En su informe, el Sr. Interventor, manifiesta que el anlisis del expediente lo realiza desde dospuntos de vista, a saber:

    1.-Fiscalizacin del Expediente. 2.-Anlisis Econmico del Expediente.

    Sin menospreciar o restar importancia a las consideraciones que el Sr. Interventor realiza, a

    las que preceden, vamos a transcribir literalmente y destacar las siguientes:

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    1) Fiscalizacin del Expediente:

    *En el punto 2 Por la naturaleza jurdica de la prestacin realizada.(Apartado B);

    Las que derivan de prestaciones incardinables dentro de la Ley de Contratos delSector Pblico:

    Existen prestaciones y servicios encuadrables dentro de la Ley de contrato del SectorPblico prestado a plena satisfaccin de la Corporacin sin que haya mediado actoadministrativo expreso que las ampare, que NO PUEDEN SER CONVALIDADAS portratarse deACTOS NULOS realizadosAL MARGEN DEL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO ENLA LCSP. Sobre ste tipo de gastos hacer un par de salvedades:

    El expediente de Reconocimiento de Crdito no puede convertirse en una convalidacina posteriori, esto es, no puede incluirse en el mismo todas aquellas prestaciones y

    facturas que adolecen de nulidad radical, figura de la convalidacin no apreciable a los

    contratos nulos.Igualmente llamar la atencin sobre la aplicabilidad de la disposicin adicional vigsimo

    segunda de la LCSP, sobre la posible RESPONSABILIDAD DE LAS AUTORIDADES y delpersonal al servicio en materia de contratacin que remite al rgimen del titulo X de la Ley30/92. Esta disposicin debe tomarse en consideracin ante la POSIBLEREALIZACIN DEGASTOS CON CONOCIMIENTO DE QUE NO EXISTE CONSIGNACIN PRESUPUESTARIA, locual podra acarrear una RESPONSABILIDAD por parte de quin contrae la obligacin. NOSE PUDE CONTRATAR SABIENDO QUE NO EXISTE CONSIGNACIN Y ESPERAR ALEXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO DE CRDITOS PARA SUBSANAR LA ACTUACIN.

    El Sr. Interventor, en su informe y a ste respecto, destaca lo siguiente: Dos facturas relativas:

    .-Patrocinio programa de Feria de Almera 2010 para la promocin de las comarcasyCampaa de colaboracin y organizacin de la IV muestra de vinos y brandy Almera

    por importe de 18.000y21.218,76, respectivamente, con la empresa MAQUINAS DESUEO SL, lo que implica la realizacin de una prestacin PRESCINDIENDO

    ABSOLUTAMENTE DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE(facturas F/2011/573 y F/2011/685).

    Simplemente anecdtico o casual que esta empresa est vinculada muy directamente acuatro personas, que ya han de ser ms que conocidas por esa fiscala, los Sres. D. JuanFernando Ortega Paniagua (Concejal del PSOE de Roquetas de MarEL CASO LAFABRIQUILLA), D. Francisco Jurez Noguerol (empleador y socio del anterior, cuado deD. Cecilio GuillenCASO LA FABRIQUILLA y socio del Presidente del Partido Popular deAlmera, Alcalde de Roquetas de Mar y, actualmente, Presidente de la Diputacin Provincial,

    D. Gabriel Amat Aylln en la sociedad URBAENTINAS), D. Cecilio Guillen (AGRUPAEJIDO) yD. Jos Antonio Cantn Mira, hermano del Presidente del Partido Popular en El Ejido D.Juan Cantn Mira.(Doc. 5).

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    .- Honorarios de Redaccin de Estudio Previo de Alternativas de Dotacin deInfraestructuras en el Litoral Almeriense (1 Fase) por importe de 20.880, 99con laempresaARQUITECTURA, INGENIERA Y TERRITORIO SL, lo que implica la realizacin deun prestacin PRESCINDIENDO ABSOLUTAMENTE DEL PROCEDIMIENTO

    ADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE(factura F/2011/245).

    Continua en su informe argumentando que: En relacin a la facturacin de Publicidad

    Institucional (lo subraya exproceso el Sr. Interventor)queremos llamar la atencin sobre lafacturacin efectuada por los distintos medios de comunicacin de la provincia, que en suconjunto, superan los lmites de la contratacin menor, gestionados mediante relaciones de

    facturas de cuanta menor, que implican relaciones patrimoniales de tracto sucesivo que entodo caso deberan ser objeto del correspondiente expediente de contratacin.

    Recordemos aqu el contenido de la Ley 6/2005 reguladora de la actividad de Publicidadde las Administraciones Pblicas de Andaluca, aplicable a esta corporacin, que seala

    entre otras prescripciones que, en todo caso, deber GARANTIZARSE LA LIBRECONCURRENCIA, AS COMO LA TRANSPARENCIA, EFICACIA Y RENTABILIDAD EN LA

    ASIGNACIN DE LOS RECURSOS ECONMICOS( ART.4.4) as mismo se recuerda lanecesidad de publicacin en el Boletn Oficial de la junta de Andaluca de la adjudicacin dePublicidad Institucional superior a 30.000, especificando el objeto del contrato, sucuanta y el nombre del adjudicatario.

    Se destacan por su cuanta (importes acumulados):

    *PRENSARAMA JC 2006,SLU: 32.742,58.*COMUNICACIN E INFORMACIN AGRARIA SL: 8.649

    *EDITORIAL ALMERIENSE PUBLICACIONES INDEPENDIENTES SL: 20.205,35.*ESTRATEGIA DE CREATIVIDAD SL: 9.569,80.*EUROPA PRESS DELEGACIONES,S.A.: 41.599,25.*NOVOTCNICA S.A.: 20.882,61 *NUEVAS TECNOLOGAS MEDITERRNEO SL: 10.655,16*PLATAFORMA DE PUBLICIDAD S.A.: 14.106,90.*PRODUCCIONES DEL PONIENTE SL: 9.124,17. (El total de estas facturas suma la cantidad de 167.579,82).*En el punto 2 Por la naturaleza jurdica de la prestacin realizada.

    (Apartado C); Con la entrada en vigor de la LAULA , queremos llamar igualmente la atencin sobre loque pudiramos denominar GASTOS NO OBLIGATORIOS, esto es, determinados gastosque vienen soportando esta Diputacin, que contribuyen a aumentar las dificultades

    financieras. Podramos definirlos como aquellos gastos realizados por la Diputacinvinculados a la realizacin de actividades y prestaciones de servicios que no tienenasignados competencialmentecomo propios por el marco legal vigente.

    Detraer recursos que no son de estricta competencia de la Diputacin pueden dar lugara la falta de medios para poder atender gastos obligatorios como ya se ha sealado al

    principio de ste informe.

    2) Anlisis Econmico del Expediente :

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    En ste apartado, el Interventor, indica la conveniencia de agilizar la tramitacin de lasfacturas al objeto de minorar las cifras que por estos conceptos figuran en el expediente deReconocimiento Extrajudicial.

    Igualmente quiere llamar la atencin y ADVIERTEsobre el eventual perjuicio que a lasarcas provinciales puede ocasionar la OMISIN DE CONCURRENCIA en las prestaciones a

    percibir, circunstancia que puede determinar el alejamiento de los precios de las prestacionesrecibidas a las de mercado.

    Vuelve a reiterarse, nuevamente y al igual que en el punto 1), a la OBLIGATORIEDAD deatenerse a lo estrictamente estipulado en la Ley de Contratos, en la Ley 6/2005 Reguladora de laactividad Publicitaria de las Administraciones Pblicas de Andaluca, evitar el tracto sucesorio,etc. etc. etc.

    I.I.VII

    El informe de la intervencin concluye, de forma CONTUNDENTE y DEMOLEDORA, conuna serie de apreciaciones y consideraciones que vienen, nuevamente, a desmontar porcompleto la estrategia esgrimida por el Sr. Prez Montoya y por la Delegada de Personal,Rgimen Interior y Administracin Local.

    I.- Debe entenderse que este tipo de expedientes se contempla para convalidar situacionespuntuales irregulares y no como una posibilidad regulada para realizarSISTEMTICAMENTE gastos sin la suficiente consignacin presupuestaria, debido queesta prctica vulnera el principio General Presupuestario respeto al carcter limitativo delos crditos para gastos.II.- Se aprecian DEFICIENCIAS en el expediente, que ponen de manifiesto comn menteDOS TIPOS DE IRREGULARIDADES: el reconocimiento de obligaciones sin crdito

    presupuestario y la existencia de carencias en el soporte documental, motivadasbsicamente por la existencia de contratacin presuntamente verbal.III.- Los servicios y suministros habituales, debern ser dotados convenientemente en elmomento de la elaboracin del presupuesto para evitar que parte de estos debanabonarse con cargo al ejercicio siguiente.IV.- Recordar el contenido de lo dispuesto en el art. 173.5 del TRLRHL NO PODRN

    ADQUIRIRSE COMPROMISOS DE GASTOS POR CUANTA SUPERIOR AL IMPORTE DE LOSCRDITOS AUTORIZADOS EN LOS ESTADOS DE GASTOS, SIENDO NULOS DE PLENODERECHO LOS ACUERDOS, RESOLUCIONES Y ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE INFRINJANLA EXPRESADA NORMA, SIN PERJUICIO A LAS RESPONSABILIDADES A QUE HAYA LUGAR.V.- Las formas en la Contratacin Administrativa son capitales no solo por la necesidad deque los actos administrativos negociables precisen de procedimiento administrativo

    formalizado sino por la absoluta preeminencia del Principio de Transparencia en elManejo de los Fondos Pblicos.VI.- El enriquecimiento injusto se constituye como una fuente mas de obligaciones paraesta Diputacin, siendo el expediente de reconocimiento extrajudicial de crditos el cauce

    adecuado para su asuncin y ello sin perjuicio de las consideraciones efectuadas en elpresente informe.

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    I.I.VIII

    Una vez dicho esto, el Sr. Presidente (D. Juan Carlos Usero, PSOE) indica que se

    proceder al debate conjunto de la enmienda y la propuesta y, posteriormente, se realizar lavotacin. A ste respecto, extraemos lo que consideramos ms importante y significativo.A continuacin se inicia el debate y en el primer turno toma la palabra el Portavoz del Grupo

    de Izquierda Unida, Sr. Romero Losana quin manifiesta:

    Que la enmienda que se presenta no enmienda absolutamente nada; es la mismaenmienda que se llevo a la Comisin Informativa de Hacienda.

    Se presenta un Reconocimiento Extrajudicial de Crditos por un valor de 1.289.142,50euros y, segn se desprende del INFORME DEL INTERVENTOR, nos encontramos con lassiguientes cuestiones: Hay facturas de 2010, por un valor de 567.000 euros que, algunas,son de aos anteriores por una falta de presupuestacin para su pago, o bien, que hansido presentadas por tiempo insuficiente; una vez mas, puede suponer el devengo deintereses contra la hacienda pblica de esta casa. Hay grupos de facturas que sedesconoce su naturaleza; otras sin que exista ningn acto administrativo expreso que se

    puedan albergar por la Ley de Contratos del Sector Pblico y, por lo tanto, seentenderan actos nulos de pleno derecho. Igualmente, nos encontramos con facturas enque se ha realizado gastos sin que exista consignacin presupuestaria; existen otras delPUBLICIDAD INSTITUCIONAL que no han seguido la correspondiente tramitacin,

    publicacin en el boletn para garantizar la libre concurrencia, transparencia, etc. Las empresas que han realizado servicios a sta Institucin tienen y deben de cobrar yno pueden verse penalizadas o agraviadas por el mal funcionamiento de quien la dirige;

    supondra, por tanto, un enriquecimiento injusto de esta Diputacin Provincial. En talsentido, estimamos que este punto se debera dejar sobre la mesa, y desde la Intervenciny los Servicios Jurdicos y Tcnicos de la Diputacin, busquen la cobertura legal para queaquellas facturas puedan ser aprobadas, mientras tanto, el Grupo Provincial de IzquierdaUnida no va a votar a favor de este expediente de reconocimiento extrajudicial decrditos.

    Paradjicamente seguimos viendo como se utiliza la consabida justificacin del

    enriquecimiento injusto. Pero lo que verdaderamente nos llama la atencin es como, y a pesarde ser conocedores de las irregularidades manifiestamente expuestas, siguen insistiendo y de

    forma totalmente arbitraria, con el menoscabo y perjuicio para la institucin y los dinerospblicos, en buscar una justificacin legal que pueda dar soporte al pago INDEBIDO asabiendas, como decamos con anterioridad, de todas las irregularidades contempladas en elinforme de la Intervencin.

    Seguidamente, el Portavoz del Grupo Popular, Sr. Fernndez Amador, en suintervencin, manifiesta lo siguiente: que el informe de la Intervencin es demoledor. Viene adecir que, con este Reconocimiento Extrajudicial de Crditos, ustedes quieren saltarse a latorera cualquier control o procedimiento administrativo; esto desvirta el verdadero sentidodel Reconocimiento Extrajudicial de Crditos que est contemplado en la legislacin vigente.

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    El Sr. Fernndez Amador, vuelve a dar lectura de parte del informe del Sr. Interventor,matizando lo siguiente: A sabiendas de lo que le esta diciendo el Sr. Interventor en su informe,usted quiere convalidar actos que son NULOS. (En clara alusin y referencia al Sr. Usero,Presidente de la Diputacin).

    Continua, con su exposicin, el Sr. Fernndez Amador:

    Sr. Usero, si usted quiere pagar su campaa electoral, la paga de su bolsillo, no con eldinero de los almerienses. La Diputacin est para servir a los municipios, no para pagar la

    procesin de un barrio de la capital, pasacalles, etc.; para eso est el Ayuntamiento.Se estn cometiendo irregularidades a sabiendas; se estn incluyendo facturas al

    margen de la Ley de Contratos del Sector Pblico; se estn fraccionando contratos; seenmascaran una serie de subvenciones que no han pasado por el procedimiento queestablece la Ley General de Subvenciones; y, adems, sabiendo que no hay consignacin

    presupuestaria, ha contratado una serie de prestaciones y de servicios para,

    posteriormente, convalidarlo en el Reconocimiento Extrajudicial de Crditos.Por lo tanto, el Grupo Popular, como lo hizo en la Comisin Informativa, va mantener su

    voto contrario a este reconocimiento y, lgicamente, a la enmienda.

    Continua el turno de exposiciones, en este caso, le corresponde al Sr. Portavoz del GrupoSocialista (Vicepresidente Primero de la Diputacin) Sr. Prez Montoya (por alusiones al Sr.Portavoz del Grupo de Izquierda Unida) que dice:

    Sr. Romero Losana, que la enmienda modifica el dictamen de la Comisin y es lanica manera de poder traerlo al Pleno. Con la propuesta que hace usted de dejar sobre la

    mesa, no se soluciona. Por lo tanto, si queremos evitar el enriquecimiento injusto,tenemos que aprobarlo mediante un Reconocimiento Extrajudicial.

    Al Portavoz del Grupo Popular, le dice que hay que diferenciar dos cosas: lo que es elfuncionamiento de la Diputacin y las obligaciones que le imponen los jefes de su partido.Continua, en su alegato de exposiciones, manifestando: Me sorprende la intervencin queesta realizando sobre el informe de la intervencin. El Informe es igual al de todos losaos, incluso, algo mas suave, es el mecanismo habitual de hacerlo.

    Reconoce con ello, el Sr. Prez Montoya, que ste tipo de actuaciones-decisiones, de

    forma arbitraria y MANIFIESTAMENTE ILEGALES se vienen realizando desde hace tiempo?

    En un segundo turno de intervenciones, el Sr. Fernndez Amador, advierte de lo siguiente:

    El Partido Popular les dice que ustedes utilizan mecanismos, como el reconocimientoextrajudicial, para camuflar ilegalidades; los contratos nulos los quieren convalidar y noestamos a favor. Sr. Presidente, cntrese en el contenido de lo que le estamos diciendoen su posible responsabilidad y de todos los que le apoyen . Si usted no excluye esas

    facturas de este reconocimiento que se pronuncie El Tribunal de Cuentas.Insisto, hay una serie de facturas que el Grupo Popular dara su consentimiento al

    reconocimiento extrajudicial; pero no a esas facturas que tienen nulidad radical.

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    Si ustedes excluyen aquellas facturas que el informe del Interventor dice que se hanhecho prestaciones de servicios al margen de la Ley de Contratos del Sector Pblico y que

    pueden considerarse nulas de pleno derecho, perfecto; si no, asuman su responsabilidad.Por lo tanto, si usted mantiene su postura de no modificar el contenido de este

    reconocimiento, el Grupo Popular va a votar que no y adoptar los mecanismos legales

    que est en nuestras manos. Sometida la enmienda a votacin ordinaria, conforme dispone el articulo 117 delReglamento de Organizacin y Funcionamiento de la Corporacin, el Pleno, por CATORCEvotos a favor (doce del Grupo Socialista y dos del Grupo Parido de Almera) y TRECEvotos en contra (doce del Grupo Popular y uno del Grupo Izquierda Unida), se ACUERDAla aprobacin de la enmienda presentada en todos sus trminos.

    A ste respecto recordar lo que sealan las SSTS de 2 de abril de 2003 y 24 de septiembre

    de 2002 que "la antijuridicidad de la resolucin es el mnimo contenido de la arbitrariedad a laque se refiere el artculo 404 del Cdigo Penal.Arbitraria equivale a resolucin "objetivamente

    injusta", "esperpntica", "clamorosa", "en abierta contradiccin con la Ley", "de manifiestairracionalidad", expresiones todas que se refieren en las SSTS de 13 de noviembre de 2002 y 25de septiembre de 2001 , y debemos reputar arbitrarias aquellas resoluciones que son dictadasen virtud de "actos contrarios a la justicia, la razn y las leyes, dictados slo por la voluntad oel capricho"(SSTS 7 de enero de 2003 , 21 de diciembre de 1999 (caso Roldan ), 9 de junio , 6 deabril y 27 de enero de 1998).

    I.I.IX

    Arbitrariedad es la que adopta, en sesin plenaria, el equipo de gobierno Socialista con el

    apoyo del Partido de Almera que siendo conocedores, perfectamente, de lo argumentado en suinforme por el Sr. Interventor adoptan de forma EJECUTIVA una resolucin o aprobacinINJUSTA al querer convalidar actos que son NULOS DE PLENO DERECHO, teniendo plenaconciencia en la omisin de trmites esenciales del procedimiento y de que resuelven al margendel ordenamiento jurdico ocasionando con ello un resultado materialmente injusto. Actan detal modo porque quieren este resultado y anteponen el contenido de su voluntad a cualquierotro razonamiento o consideracin. ESPERPNTICA por que hay grupos de facturas que sedesconoce su naturaleza; otras sin que exista ningn acto administrativo expreso que se puedanalbergar por la Ley de Contratos del Sector Pblico. Igualmente, existen facturas de PUBLICIDADINSTITUCIONAL que no han seguido la correspondiente tramitacin, publicacin en el boletn

    para garantizar la libre concurrencia, transparencia, etc.CLAMOROSA por que sabiendo que nohay consignacin presupuestaria, han contratado una serie de prestaciones y de servicios para,posteriormente, convalidarlo en el Reconocimiento Extrajudicial de Crdito pretendiendo conello saltarse, a la torera, cualquier control o procedimiento administrativo ejerciendo su poderde autoridad de forma arbitraria dictando y aprobando una resolucin que no es efecto de laConstitucin y del resto del ordenamiento jurdico sino, pura y simplemente, producto de suvoluntad, convertida irrazonablemente en aparente fuente de normativa cuando,verdaderamente, es un Uso y Costumbre que utilizan frecuentemente y de forma torticera. Enabierta contradiccin con la Ley por que se estn incluyendo facturas al margen de la Ley deContratos del Sector Pblico; se estn fraccionando contratos; se enmascaran una serie de

    subvenciones que no han pasado por el procedimiento que establece la Ley General deSubvenciones y de MANIFIESTA IRRACIONALIDAD porque a pesar de las advertencias y

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    consideraciones contempladas en el informe del Sr. Interventor y de la desviacin de podermanifiesta que se ejerce, contra lo preceptuado por Ley, a esto, tendramos que aadirle lacarencia o falta de mtodo racional, de interpretacin, que permita sostener el criterioadoptado en el acuerdo de Pleno, Resolucin, de fecha 01 de marzo de 2011. Por otro ladoacuerdo DECISORIO y que pone fin al expediente administrativo con el Reconocimiento de

    Deuda Extrajudicial y el pago de las facturas NULAS DE PLENO DERECHO que, supuestamente,se intentan sustentar bajo el posible enriquecimiento Ilcito por parte de la institucincuestin, sta, mas que discutible al no encontrarse debidamente justificada o MOTIVADA, entodo el expediente administrativo.

    Si las facturas son NULAS DE PLENO DERECHO no puede existir ningn tipo deenriquecimiento injusto, por parte de al Administracin, al no afrontar el pago de las mismas!

    I.I.X

    A pesar de las distintas ruedas de prensa y declaraciones en los medios de comunicacinni el Grupo del Partido Popular, ni el de Izquierda Unida, han denunciado o puesto enconocimiento de autoridad judicial competente, al menos que sepamos, los hechos que aqurelatamosy que fueron denunciados, por ellos mismos, en la sesin plenaria de 01 de Marzo de2011. (Doc. n 6, 7,8 y 9).

    Nos seguamos preguntando el por qu? de tanta pasividad o connivencia a sterespecto. La contestacin a tal incgnita es bien clara y la encontraremos en el transcurso desta denuncia cuando comprobamos que, precisamente, el mismo Grupo Poltico del PartidoPopular, acta de igual forma SUPUESTAMENTEDELICTIVA cuando es l el que Gobierna la

    Institucin Supramunicipal. Lo que viene a confirmar, una vez mas, la existencia de unaSUPUESTACONNIVENCIA POLTICO-EMPRESARIAL, en claro perjuicio de los intereses generalesy en total contradiccin con lo preceptuado en el art. 103.1 de la Constitucin Espaola queimpone a la Administracin Pblica el deber de servir con objetividad los intereses generales yde actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarqua, descentralizacin,desconcentracin y coordinacin con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

    Si es cierto aunque no tenemos constancia fehaciente de ello, salvo lo publicado enprensa, que el Consejo Consultivo de Andaluca (CCA) ha ANULADO PARCIALMENTE el acuerdoplenario adoptado en la Diputacin Provincial de Almera durante el anterior mandato (PSOE) en

    el que el entonces diputado del PAL, ngel Daz, vot a favor del reconocimiento extrajudicialde crdito de cinco facturas emitidas por la empresa Producciones Audiovisuales, de suhermano, por una valor total de 9.124 euros.

    Segn la resolucin del CCA, el acuerdo tomado el 1 de marzo de 2011 para elreconocimiento de las facturas en concepto de Patrocinio de precios fue aprobado por 14votos a favor, de PSOE y PAL, y 13 votos en contra, de PP e IULV-CA, de conformidad con laresolucin de la Presidencia. En este sentido, apunta que Daz, como hermano del administrador de la sociedadProducciones del Poniente -actualmente extinguida- debera haberse abstenidoa tenor

    del supuesto de tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de

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    afinidad dentro del segundo con cualquiera de los interesados, con los administradoresde entidades o sociedades interesadas. En este caso, apunta que la votacin de Daz al reconocimiento extrajudicial de crditos

    por un montante total de 1,2 millones de euros fue determinantepara la adopcin delacuerdo puesto que sin l se habra estado en la votacin ante un empate, lo que habra

    determinado la posibilidad de una nueva votacin y, de persistir el empate, cabra que elpresidente hubiera podido ejercer el voto de calidad.

    Claramente y de manifiesto quedan expuestos los motivos que llevaron al Partido de

    Almera (PAL), a cambiar su Voto de ABSTENCIN, en la Comisin Informativa, al VotoFAVORABLE en la sesin plenaria. (Doc.n. 10) pdf Europa press .

    I.I.XI

    Tcitamente, estas irregularidades, o ILEGALIDADES, son reconocidas por los distintosportavoces de los distintos grupos polticos, incluido el Grupo Socialista y su VicepresidentePrimero, Sr. D. Luis Matas Prez Montoya, conforme se constata en sus intervenciones de lasesin plenaria:

    Sr. Romero Losana, que la enmienda modifica el dictamen de la Comisin y es la nicamanera de poder traerlo al Pleno. Con la propuesta que hace usted de dejar sobre lamesa, no se soluciona. Por lo tanto, si queremos evitar el enriquecimiento injusto,tenemos que aprobarlo mediante un Reconocimiento Extrajudicial.

    CASUALMENTE, el Sr. Prez Montoya, viene a ser el mismo personaje que aparecereflejado en las intervenciones telefnicas de la Polica en la conocida, Operacin Poniente.Mas concretamente en el CD: 52, pagina 4 de 143, folio timbrado judicialmente con el n007757. Conversacin que mantiene el Sr. Vicepresidente Primero de la Diputacin Provincialcon el imputado (Interventor por aquel entonces del Ayuntamiento de El Ejido) Sr. Alemn,sobre el reparto de cuantiosas cantidades econmicas (1 MILLN DE EUROS), entre los dospartidos (600.000 euros para el PSOE y 400.000 euros para el PAL), al objeto de tenersatisfechos a los medios de comunicacin, afines a cada partido, y que literalmentereproducimos a continuacin y adjuntamos como (Doc. n 11).

    ALEMN RECIBE LLAMADA DE LUIS.- ALEMN (A): OYE ME DIJO AYER JUAN ANTONIO QUE EST YA REPARTIDO LO DE LAPRENSA.- LUIS (L): EST REPARTIDO LO DE L.- A: DUE(podra ser DICE), A MI ME DIJO LUIS QUE FALTABA POR REPARTIR UN MILLN.DICE NO, NO, ESO NO ES ASI.- L: NOSOTROS TENEMOS EN LOS PRESUPUESTOS UN MILLN, OTRA COSA ES QUE LSEPA A QUIN SE LO QUIERE DAR ME ENTIENDES?- A: SI- L: A MI ME DA IGUAL QUE L DIGA QUE ES PARA LA VOZ(En clara referencia al peridico

    LA Voz de Almera, del Grupo Novotcnica) QUE ES PARA LO QUE SEA PERO HAY UNMILLN Y TENEMOS EL PRESUPUESTO DE ENERO QUE ESTAMOS YA PRCTICAMENTE.

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    .- A: SI, SI. OTRO TANTO- L: OTRA COSA ES A QUIEN LE QUIERE DAR EL DINERO- A: ES QUE ME DIJO QUE SI ESTABA INCLUSO LAS (NO SE ENTIENDE) REPARTIDASTODAS. DIGO, A MI ME EXTRAA ME DIJO EL OTRO QUE NO-L: ES QUE YO CREO, QUE LA REUNIN QUE VAMOS A HACER AHORA ES PARA ESO.

    SABEMOS LAS CANTIDADES QUE ERAN SEISCIENTOS MIL PARA NOSOTROS YCUATROCIENTOS MIL PARA EL PAL. ESO, CADA UNO, SE LO GASTAR EN LO QUE LEDE LA GANA, PERO ESTA ESE DINERO.- A: BUENO, VENGA.- L: YA HE HABLADO CON EL DIPUTADO LO DE OVALROY. VAMOS A SENTARNOS LASEMANA QUE VIENE CON L NOS VA A PRESENTAR UNA PROPUESTILLA ANTES DE QUELA VEAMOS CON T GENTE SABES?-A: ESTUPENDO!

    La muestra ms que inequvoca y palpable, del desprecio por lo pblico, de la trasgresinde la Ley de contratos de la Administracin Pblica, del derroche de los dineros pblicos y lafalta o ausencia de los mnimos criterios de moralidad, tica y profesionalidad, nos loencontramos en la trascripcin anteriormente redactada. Otra muestra mas, clara e impune, dela connivencia poltica y de por qu, el Partido de Almera, en sta ocasin, apoya con su voto afavor la aprobacin del expediente de reconocimiento extrajudicial de crditos.

    Consideramos, IMPORTANTSIMO, que por parte de esa fiscala se averige la fecha en laque se realiza la mencionada conversacin ya que en el documento que adjuntamos, su lectura,es prcticamente ilegible y podra ser ms que aclaratoria para demostrar la premeditacin eimplicacin con la que se acta al respecto de la aprobacin de los distintos expedientes de

    aprobacin de deuda extrajudicial de crditos y, mas concretamente, sobre las facturas emitidaspor los distintos medios de comunicacin. Cuestin sta que iremos despejando y demostrandoen el transcurso de esta DENUNCIA.

    Queremos resaltar las siguientes fechas que por su connotacin, pudieran ser mas quesignificativas, podran argumentar el proceder de los distintos grupos polticos al respecto deposibles pagos FRAUDULENTOS, con dinero pblico, a empresas dedicadas al sector de lacomunicacin y de la informacin. No solamente en ste caso concreto si no, tambin, en losfuturos que iremos viendo en la SEGUNDA PARTE de esta denuncia.

    * 22 de Mayo de 2011 (Elecciones Municipales).* 21 de Noviembre 2011 (Elecciones Generales).* 25 de Marzo 2012 (Elecciones Autonmicas).

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    I.II.- EMPRESA COMERCIALIZADORA DE MEDIOS 2.000 SA (enadelante CM2000)I.II.I

    El 20 de mayo de 2011(dos das antes de la celebracin de las elecciones Municipales yde saber quienes sern los futuros gobernantes de la Excelentsima Diputacin Provincial) lamercantil COMERCIALIZACIN DE MEDIOS 2000, S.A. presenta, en el Juzgado de Lo ContenciosoAdministrativo de Almera, Recurso Contencioso Administrativo(Doc. n 12) contra lainactividad de la EXCMA. DIPUTACIN PROVINCIAL DE ALMERA en orden al pago del precio delcontrato de Servicio de publicidad, suscrito entre las partes, habiendo sido desatendida el previorequerimiento de pago formulado en va administrativa mediante escrito de fecha 15 de abril de2011(relativo a 48 facturas, desde la factura 006C, nmero 08008301de 23 de Diciembre de2008 hasta la 006C nmero 10005116 de 30 de Septiembre de 2010, por un principal de

    569.283,08, sin perjuicio de intereses).

    Inexplicablemente volvemos a encontrarnos de nuevo, y muy a pesar de lasconsideraciones reflejadas en el informe de la intervencin, con facturas procedentes de otrosejercicios (diciembre de 2008 a septiembre de 2010) no incluidas en los presupuestos del ao2010 as como, tampoco, en el Reconocimiento Extrajudicial de Crditos confeccionado yaprobado por el mismo Grupo Poltico y su Socio de Gobierno (PSOE-PAL), de fecha 01 de Marzode 2011.

    I.II.II

    Entre otros documentos, que compaa a la demanda, presentan escrito de fecha 15de abril de 2011 de requerimiento previo de pago, desatendido por la Administracindemandada, incumpliendo su propio calendario de pagos y documento donde aparece la firmade D. Luis Prez Montoya, de fecha 18 de noviembre de 2010, mediante el cual se expone elcalendario de pagos al que alude, en su escrito de demanda, la mercantil COMERCIALIZADORA

    DE MEDIOS 2000, S.A. por un importe total de 660.000 ,( Curiosamente el plan de pagosrealizado, hemos de entender que por los Servicios Tcnicos de la diputacin, y firmado por D.Luis Prez Montoya, redondea la cantidad).

    Por otro lado hay que tener en cuenta que la mercantil, aunque aporta documentos

    donde se relacionan otras facturas detalla, perfectamente, en su escrito de demanda a quenmeros de estas corresponde el importe que se reclama de 569.283,08 , (Doc. incluida en lan 12).Facturas cuyo desglose por aos correspondera a los siguientes importes:

    *Ao 2008: 20.706,00 .*Ao 2009: 395.635,32 *Ao 2010: 152.941,76 .

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    Es ms que CURIOSO, LLAMATIVO, SORPRNDETE y a la vez mas que PREOCUPANTE,no solamente por las cuantas de las que se habla si no, tambin, las fechas en las que secomprometen y los conceptos o motivos por los que se pretende pagar:

    .- Un primer pago en la primera semana de Diciembre de 80.000 euroscontrala Produccin de la Gala del 70 Aniversario de La Voz de Almera(peridico

    perteneciente al Grupo Empresarial), que se realizar el 20 de Diciembre de 2010en el Auditorio Maestro Padilla de Almera.

    .- Un segundo Pago de100.000 euros dentro del presupuesto del 2010 a 30 dediciembredel presente ao.

    .- EL RESTOhasta sumar la cantidad de 660.000 eurosdivididos en tres partidaspagaderas entre enero y 30 de marzo de 2011, por va deCRDITO

    EXTRAJUDICIAL.

    Para empezar hemos de extraer las siguientes conclusiones:

    A.- Que, el Sr. Prez Montoya, a sabiendas de no haberse cumplido ninguno de los requisitosmnimos exigidos por Ley se compromete a pagar 80.000 euros, del dinero pblico, en unperiodo no superior a 20 das. Importes y facturas que como veremos ms adelante, y segnvarios escritos de los propios Vicepresidente y Presidente de la Diputacin de Almera, noproceden de encargo alguno realizado por la Diputacin.

    B.- Que, verdadera y legalmente, no puede existir reconocimiento de tal deuda, comodemostraremos con posterioridad, ya que tampoco existe contrato que ampare los serviciosfacturados segn se desprende de los documentos suscritos por el propio Presidente de laDiputacin Sr. Usero y por el mismsimo Sr. Prez Montoya que, a su vez, vuelven a corroborar loque indica, en su informe, el Sr. Interventor y que se podr comprobar en el trascurso de stadenuncia.

    C .- Que evidentemente, la empresa, presiona y amenaza a la Institucin, en las personasdel Presidente de la Diputacin y su Vicepresidente Primero, para cobrar unas facturas quecarecen de todo tipo de rigor y soporte documental; creacin del oportuno expediente de

    contratacin, consignacin de partida presupuestaria, informes, etc. etc. etc., cuestin esta a laque no puede ser ajena, la empresa, ya que es perfectamente conocedora de los procesosadministrativos de contratacin con la administracin pblica as como de cual debera ser elcauce para obtener un reconocimiento extrajudicial de crdito.

    No basta una carta, por parte del Sr. Vicepresidente, si no de un expediente debidamenteconformado por los servicios tcnicos, habilitados al efecto, y con todo un procedimientoJurdico-Administrativo perfectamente estipulado en la Ley de Contratos de Servicios Pblicos.Indistintamente de la oportuna aprobacin en comisin y su ratificacin en sesin plenaria.

    D.- No existe comisin o acta de pleno que verifique, apruebe o reconozca tal deuda, a esafecha, como decamos con anterioridad. Tampoco aparece contemplado en ninguno de los

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    presupuestos, de los aos 2009 o 2010, consignacin presupuestaria o partida alguna en la quese haga mencin o recoja tales cantidades. No solamente no aparece en los presupuestos delao 2010 ni en los reconocimientos de crdito del 2009 con cargo al ejercicio de 2010 si no que,tampoco, como demostraremos mas adelante, aparecen en los presupuestos del2011(supuestamente aprobados a finales del ejercicio 2010).

    Partiendo de estas premisas no podemos entender, en el supuesto de que los servicios

    facturados hubiesen sido debidamente contratados, por qu la empresa no impugno lospresupuestos al verificar que, en los mismos, los dbitos legalmente contrados con ella, porla Diputacin, no se encontraban perfectamente definidos y contemplados en sucorrespondiente partida presupuestaria? Consecuentemente debemos de seguirpreguntndonos a qu corresponden y por qu no se han tramitado esas facturas cuando,algunas de ellas, datan del ao 2008? Ciertamente son trabajos realizados? Son trabajoscontratados? No ser como advierte en sus informes, el Sr. Interventor, que esas facturascarecen de todo tipo de rigor en lo concerniente a lo estipulado en la Ley de Contratos de

    Servicios Pblicos y que no tienen, entre otros, el visto bueno de tcnico competente o elcontrato que sustente tal facturacin?

    Pero esto no lo es todo. Inexplicable e irrazonable es que si, el 70 Aniversario delperidicoLA VOZ DE ALMERA (una de las campaas publicitarias contratadas), se conmemoraen el 2010, existan facturas de la empresa COMERCIALIZADORA DE MEDIOS 2000 S.A. (tambin

    perteneciente al mismo grupo empresarial) con conceptos que ya hacen alusin, precisamente, ala Gala del 70 Aniversario, de fechas correspondientes al ejercicio 2009 y por los siguientesimportes:

    1).- 2 Facturas nmeros 006C-09004825 y 006C- 09004827, ambas de Fecha30/09/2009 por importes de 6.960 y 4.640 IVA incluido, respectivamente.Conceptos: LIBRO 70 ANIVERSARIO(Doc. 13 y 13.1).

    2).- 4 Facturas nmeros 006C-09004826; 006C- 09004829; 006C- 09004830 y 006C-09004831, todas ellas de Fecha 30/09/2009 por importe de 6.186,66 ; 580 ;1.546,66 y 5.220 IVA incluido, respectivamente. Conceptos, todas: 70ANIVERSARIO. (Docs: 13.2; 13.3; 13.4 y 13.5).

    3).- 1 Factura nmero 006C- 09005393 de Fecha 31/10/2009 por importe de 6.960

    IVA incluido, concepto: LIBRO70 ANIVERSARIO. (Doc.13.6).

    4).- 1 Factura nmero 006C- 09005395 de Fecha 31/10/2009 por importe de 4.640 IVA incluido, concepto: 70 ANIVERSARIO. (Doc.13.7).5).- 1 Factura nmero 006C- 09006070 de Fecha 15/11/2009 por importe de 1.274 IVA incluido, concepto: 70 ANIVERSARIO. (Doc.13.8).

    6).- 2 Facturas nmeros 006C- 09006110 y 006C- 09006112 de Fecha 30/11/2009 porimporte de 6.960 y 4.640 IVA incluido, respectivamente. Concepto: LIBRO 70

    ANIVERSARIO. (Docs.13.9 y 13.10).

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    As pues, por ahora, nos encontramos con que, la empresa, COMERCIALIZADORA DEMEDIOS 2000, S.A. (del mismo grupo empresarial NOVOTCNICA) a facturado(al menos queobre en nuestro poder y no descartando facturas que no hemos podido conseguir a la vista de lossaltos numricos en las mismas) la friolera de 49.607 euros (s.e. u,o) en el ejercicio 2009.Facturas emitidas antes de haber realizado los trabajos, supuestamente contratados, e incluso,

    como veremos mas adelante, con anterioridad a la firma del contrato de tal campaa.

    Lo curioso de toda esta cuestin, entre otras, es que, la empresa, ya saba o daba porhecho, Connivencia?, con mas de 90 das de antelacin, que iba a contratar con la Diputacinlas INDIGENTES CANTIDADES a las que se hacen alusin y que una parte, de stas, ya las habafacturado antes de realizar los trabajos, como as se desprende de las fechas de las facturas, susconceptos y del compromiso de pago del Sr. Prez Montoya. Insistiendo en ello, volvemos aincidir, Por qu no se contemplaron, los importes facturados en el ao 2009, en lospresupuestos para el ejercicio 2010 si, estos, fueron aprobados mediante sesin Extraordinariay urgente en fecha 30 de diciembre de 2009?

    Este tipo de actuaciones parece semejarse ms a un proceder habitual, fuera de todocontexto y ley, en un mecanismo poltico-empresarial ms que viciado y en clara connivenciaentre los polticos de turno, que gobiernan la institucin, y los medios de comunicacin. Ambaspartes consiguen sus objetivos, los polticos, el respaldo de la prensa ante la opinin pblica ysufragar, con dineros pblicos, sus campaas electorales. Los medios de comunicacin,conseguiran, suculentas campaas publicitarias, muy necesarias en tiempos de crisis yrescisin econmica. No olvidemos que en un periodo inferior a un ao se celebrarn TRESIMPORTANTES CITAS ELECTORALES (22 mayo 2011 Elecciones Municipales; 21 Noviembre 2011Elecciones Generales y 25 Marzo 2012 Elecciones autonmicas).

    A partir de ahora no hay que hablar, solamente, de falta de rigor en los procesosadministrativos a la hora de contratar y pagar, con los dineros pblicos, los servicios queSUPUESTAMENTE se contratan. Eso, ya lo ha dejado PATENTE Y DE MANIFIESTO los informesde la intervencin. Aqu, la cuestin, es muchsimo mas grave y de carcter SUPUESTAMENTEDELICTIVO como ya va quedando constancia, no solamente por las propias manifestaciones delos que intervienen en la sesin plenaria (apartado de rplicas y contra replicas) sino por unaPOLTICA DE HECHOS CONSUMADOS QUE SE ORQUESTA Y ORGANIZA DE FORMAPREMEDITADA contraviniendo todo lo preceptuado conforme a ley.

    I.II.III

    El reconocimiento de importes adeudados hasta 660.000 euros no contrasta ni con ladeuda reclamada por la mercantil COMERCIALIZACIN DE MEDIOS 2000, S.A. ni con las facturasque se reconocen por el Sr. Diputado, que ascienden a un importe de 649.183,08 euros(Doc.19)pero, por el contrario, si que viene, mas o menos, a coincidir el importe total de 660.000 euroscon EL REPARTO de los dineros pblicos que realizan los Sres. D. Luis Prez Montoya(PSOE) yD. Jos Alemn Bracho(ex-interventor municipal en el Ayuntamiento de El Ejido, cuandoGobernaba el Partido de Almera PAL, partido que, a su vez, da la gobernabilidad con su apoyocondicionado,en Diputacin, al PSOE.), conforme a lo aparecido en las intervenciones

    telefnicas, realizadas por la Polica, en la Operacin Poniente( los 600.000 mas los 50.800del contrato mediante procedimiento negociado, incluida su prorroga)(Doc. 11 y trascripcin

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    en el punto 11 de ste documento), en clara y manifiesta alusin al peridico LA VOZ DEALMERA perteneciente, como ya decamos anteriormente, al mismo Grupo Empresarial al quepertenecen las empresas COMERCIALIZADORA DE MEDIOS 2000, S.A., NOVOTCNICA,TELEVISIN ALMERA Y TELEVISIN ALPUJARRA. Empresas que por otro lado, tambin, hanfacturado a la Diputacin Provincial IMPORTANTSIMAS cantidades y prcticamente con los

    mismos conceptos y en los mismos trminos administrativos.

    Los importes reclamados y los supuestamente reconocidos, nunca podran coincidir,tampoco, con los verdaderamente contratados y especificados en los Pliegos de PrescripcionesTcnicas y de clusulas Jurdico-Administrativas de fechas 7 y 10 de mayo de 2010(Doc. 14 y 15) ,respectivamente. Al igual que tampoco coincide con los importes que se reflejan en el contratoque se suscribe, y conforme a la oferta presentada, en fecha 13 de julio de 2010, entre los Sres.Prez Montoya y D. Juan Carlos Fernndez-Aguilar Crespo (Doc. 16) , el primero en nombre yrepresentacin de la Excelentsima Diputacin Provincial de Almera y el segundo en nombre yrepresentacin de la empresa NOVOTCNICA a la poste LA VOZ DE ALMERA S.L.U.(Segn

    escritura de fecha 14 de enero de 2011, subsanada por otra de 11 de febrero de 2011, donde sehace constar la segregacin sobre NOVOTCNICA, S.A., dando lugar a la nueva sociedad).

    Decimos que no puede coincidir puesto que tanto en los Pliegos como en el Contrato(realizados mediante procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD) el VALOR ESTIMADO DECONTRATACIN asciende a la cantidad de 50.800 euros (incluida su prorroga), siendo suduracin hasta el 31 de diciembre de 2010 o cuando los servicios demandados hayan cubierto elimporte de lo contratado. Tambin se especifica que el presupuesto de cada contrato (sin

    prorroga) asciende a la cuanta de 25.400 euros y con sujecin al plazo de ejecucin definidio enla clusula 1.5 del Pliego de Clusulas Administrativas.

    En cualquiera de los casos JAMS! podra llegarse a cantidades tan DESORBITADASsalvo que se incumplieran los pliegos de prescripciones y contratos sucritos al amparo de laL.C.S.P as como la propia Ley de Contratos de Servicios Pblicos, etc. etc. etc., por otro lado,circunstancias ya puestas de manifiesto, en sus distintos informes, por el Sr. Interventor.

    I.II.IV

    Ya, en fecha 04 de marzo de 2010 (mas de 8 meses de antelacin al documento donde elSr. Prez Montoya realiza el supuesto reconocimiento de deuda) y supuestamente a peticin

    de la mercantil, D. Luis Prez Montoya, como Delegado del rea de Coordinacin y RelacionesInstitucionales de la Excma. Diputacin Provincial, mediante documento, INFORMA:

    Por la presente, informo que se estn tramitando, desde el rea de Coordinacin yRelaciones Institucionales de la Excma. Diputacin de Almera, las facturas que acontinuacin se relacionan, emitida porCOMERCIALIZACIN DE MEDIOS 2000 S.A.(Doc.17)

    En ste documento se hace mencin a 35 facturas cuyas fechas oscilan desde el 23 dediciembre de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2009 por un montante total de 315.724 (s.e.u,

    o). En sta relacin, junto a otras, figuran las facturas emitidas por la mercantil en el ao 2009 ycuyos conceptos eran por el 70 Aniversario de la Voz de Almera.

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    I.II.V

    De igual forma y en fecha 20 de diciembre de 2010, (Doc. n 18) el Delegado del rea, D.Luis Prez Montoya, y la Jefa de Prensa, D. Mara Jess Garca Aguilar , emiten comunicadodirigido a la empresa del siguiente tenor literal:Por la presente, le comunico que, vistas las facturas que figuran en la siguiente relacin,emitidas por COMERCIALIZACIN DE MEDIOS 2000 S.A., con cif n. A-04107819, no se haencontrado que correspondan con encargo efectuado por esta Diputacin.

    En esta ocasin se hace referencia a un total de 16 facturas emitidas por la mercantilCOMERCIALIZACIN DE MEDIOS 2000 S.A., cuyo periodo comprenden desde el 31 de enero de2010 al 03 de noviembre del mismo ao, por un importe total de 160.848,48 , s.e,u o.

    Curiosamente y otra muestra mas del descontrol, desinters y desprecio por los dinerospblicos nos lo encontramos al comprobar que en sta relacin figuran 15, de las 16 facturas delejercicio 2010, reconocidas por D. Luis Prez Montoya, en su escrito de fecha 18 denoviembre de 2010(documento nmero 12, de los que se adjuntan, donde tambin se estableceel programa de pagos y que tambin volvemos a aportar), (Doc. n 19). Es decir, que un mes ydos das con posterioridad a la firma del documento, donde se reconoce una deuda de 660.000euros y, donde se estable un programa de pagos resulta que, por lo pronto, 160.848,48 (26.762.935 de las antiguas pesetas) ahora NO SON CONFORMES AL NO EXISTIR ENCARGOALGUNO REALIZADO POR LA DIPUTACIN lo que, nuevamente, viene a dar la razn a losinformes del Sr. Interventor.

    I.II.VI

    Pero sigan asombrndose ya que el descontrol sigue haciendo mella, otra vez, en eldocumento de fecha 23 de febrero de 2011(Doc. n 20) (60 das posteriores al firmado por el Sr.Vicepresidente y la Jefa de Prensa) que firma el Ilustrsimo Sr. Presidente de la ExcelentsimaDiputacin Provincial D. Juan Carlos Usero Lpez que INFORMA:Por la presente, a peticin de COMERCIALIZACIN DE MEDIOS 2000 S.A., con CIF n. A-04107819, tengo a bien informar que se estn tramitando, desde la Excma. Diputacin deAlmera, las facturas que a continuacin se relacionan y se encuentran en proceso de pago,habiendo sido reconocida la obligacin y autorizado el gastoTotal que se reconoce: QUINCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON SETENTA YCUATRO CNTIMOS(15.963,74).

    Los importes anteriormente indicados hacen referencia a dos facturas:

    1.-006C 10006365 de 30/11/20110 importe de 8.057,02.2.- 006C 10005742 de 03/11/20110 importe de 7.906,72.

    Pues bien, la segunda de las facturas (006C 10005742 de 03/11/20110 importe de7.906,72.), se encuentra incluida en la relacin, a la que hace referencia en elcomunicado de 20 de diciembre de 2010, que firman, conjuntamente, el Vicepresidente D.

    Luis Prez Montoya y la Jefa de Prensa D. Mara Jess Garca Aguilar donde ya se deja

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    constancia que, entre otras, esa factura, NO ES CONFORME AL NO EXISTIR ENCARGOALGUNO REALIZADO POR LA DIPUTACIN.

    Las continuas contradicciones y la falta de rigor en los procedimientos se siguen suscitandopero, ello, tambin viene a demostrarnos cierto compadreo y amiguismo, entre las partes, en

    una clara Connivencia de gestin, internamente particular y personal, al margen de la propiainstitucin y a lo establecido en la Ley de Contratos de Servicios Pblicos.

    La empresa utiliza la artimaa de remitir escritos, tanto al presidente como alVicepresidente de la institucin, con la intencin no solamente de crear la confusin si no, decolar, por mediacin de uno u otro, aquellas facturas que van siendo rechazadas,sistemticamente, por no ser objeto de contrato alguno o encargo realizado por la Diputacin.

    I.II.VII

    En fecha 15 de abril de 2011, (Doc. n 21) la empresa COMERCIALIZADORA DE MEDIOS2000 S.A., remite escrito a la Exma. Diputacin de Almera (rea de Intervencin) dirigido al Sr.Presidente y firmado por D. Juan Carlos Fernndez Aguilar Crespo (Administrador nico de lamercantil)que, literalmente, dice as:

    Por medio de la presente les requerimos fehacientemente para que en el plazoimprorrogable de 10 das a contar desde el siguiente a la recepcin del presente,

    procedan al pago de las facturas que a continuacin se relacionan y respecto de lascualesse comprometieron ustedes a unas fechas de pago que no han cumplido al da dehoy, segn se acredita con documentos que se acompaan y que fue firmado por D. Luis

    Prez Montoya(Vicepresidente Primero de la Exma. Diputacin de Almera), el da 18 denoviembre de 2010, advirtindolede que para el supuesto de que no procedan al pagode las facturas no satisfechas relacionadas ejerceremos, de inmediato, las acciones queen derecho corresponden.

    En ste escrito se adjunta relacin de 48 facturas cuyas fechas oscilan desde el 23 dediciembre de 2008 hasta el 30 de septiembre de 2010 por importe total de 569.283,08 (la

    friolera cantidad de 94.720.735 de las antiguas pesetas).

    Seguimos preguntndonos como es posible con un contrato, de mximos, de 58.000

    euros, aproximadamente, se puedan generar facturas por importes cercanos a los 100Millonesde las antiguas pesetas en un periodo de 2 aos? De que forma y por quin se hacontratado? Cmo es posible que no existiendo encargo o contrato, LEGAL ALGUNO, se siganemitiendo facturas y reclamando, con posterioridad, los pagos de stas?

    En la mencionada relacin siguen apareciendo aquellas facturas que, el Sr. VicepresidentePrimero y la Jefa de Prensa de la Diputacin, NOadmitan, su conformidad, al no existir encargoalguno realizado por la Diputacin.

    Igualmente y con la misma fecha, 15 de abril de 2011,(Doc. n 22) se presenta escrito,tambin por parte de la misma mercantil, en sta ocasin solicitando el calendario de pagos de 2

    facturas cuyo importes totales ascienden a la cantidad de 15.963,74 que, literalmente, dice:as:

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    Por medio de la presente les requerimos fehacientemente para que en el plazoimprorrogable de 10 das a contar desde el siguiente a la recepcin del siguiente,

    procedan a remitirnos el calendario de pagos respecto de las facturas que acontinuacin se relacionan las cuales obran en su poder y tienen reconocidas, segn se

    acreditan con el documento que se acompaa firmado por D. Juan Carlos Usero Lpez(Presidente de la Excma. Diputacin de Almera) el 23 de febrero de 2011, de acuerdo yconforme a los plazos de pago establecidos por la legislacin vigente.

    A este respecto se considera oportuno observar como la empresa, y segn que caso, hapresentado documentos para su reconocimiento por distintos cauces (ninguno de ellos elestablecido en los procedimientos administrativos de la Ley de contratos) de tal forma que utilizaesos mecanismos, internos y de confianza personal CONNIVENCIA, para conseguir un volumende facturacin muy superior al que verdaderamente tiene contratado. Consecuentemente ypara poder conseguir su cobro LEGALIZACIN recurre a la advertencia, bajo AMENAZA,

    utilizando el nombre de los dos mas altos cargos de la INSTITUCIN SUPRAMUNICIPAL, los Sres.Presidente y Vicepresidente Primero, cargando sobre ellos, los firmantes, un supuesto eilcito reconocimiento de trabajos o encargos que tambin supuestamente han sidorealizados.

    Curiosamente el escrito presentado por la empresa, en su ltimo prrafo, si que hacealusin a la legislacin vigente, cuando se refiere a los plazos de pagos estipulados por sta pero,por el contrario, no utiliza el mismo criterio a la hora de formalizar o contratar los servicios quesupuestamente reclama. Cuestin esta que no ha de pasar desapercibida ya que, la empresa,es conocedora, a la perfeccin, de todos y cada uno de los mecanismo que instruye la Ley de

    Contratos Pblicos al igual que, tambin, es conocedora de cuales han de ser los instrumentoslegales de los que dispone para la reclamacin, si procede, de los importes quesupuestamente se les adeuda, de otros ejercicios, y que ahora reclama. Por qu no impugnolos presupuestos? Claro y evidente, esas facturas, no han sido contratadas por el rganocompetente y, consecuentemente, no existe constancia de ellas por tanto no se puedenconsignar en los presupuestos. Ya lo adverta, claramente, el Sr. Interventor en su informe!

    I.II.VIII

    Pero el 22 de mayo est prximo (Elecciones Municipales) y la empresa, nuevamente

    y con fecha 20 de mayo de 2011, (Doc. n 23) remite carta a la Excma. Diputacin Provincial deAlmera. Esta vez al rea de Intervencin y a la atencin del Sr. Presidente que, literalmente diceas:

    Por medio de la presente les requerimos fehacientemente para que en el plazoimprorrogable de UN MES a contar de la recepcin de esta intimacin, procedan aefectuar el pago del total importe de las Facturas que se relacionan a continuacin lascuales obran en su poder y tienen reconocidas, segn se acredita con el documento quese acompaa firmado por el Excmo. Sr. Presidente D. Juan Carlos Usero Lpez en fecha23 de febrero pasado; y ello bajo la conminacin de que en otro caso se estara en lanecesidad de proceder a la reclamacin de tal deuda y sus intereses en va judicial.

    Siendo as que ni tan siquiera han atendido la previa solicitud de fijacin de un

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    calendario de pagos fraccionados que se les formul mediante escrito de 15 de abrilltimo.

    La relacin que se adjunta, en ste caso, corresponde solamente a una de las yapresentadas con anterioridad y firmada por el Sr. Usero que era la referenciada a dos facturas

    por importe total de 15.963,74 de los que 7.906,72 (factura 006C 10005742 de03/11/20110) no eran de conformidad segn el informe firmado por el Sr. VicepresidentePrimero y por la Jefa del Gabinete de Prensa.

    I.II.IX

    En la misma fecha, 20 de mayo de 2011,(Doc. n 24) D. Luis PrezMontoya(Vicepresidente 1) y actuando de forma inmediata, manda comunicado, comorespuesta, a la empresa COMERCIALIZADORA DE MEDIOS 2000 S.A. que, literalmente, dice as:

    En relacin con su escrito de fecha 15 de abril de 2011, registro de entrada en estaCorporacin el da 18 de abril de 2011, y con las facturas indicadas en el mismo y en losescritos que adjunta, le comunico lo que en el presente escrito se seala.

    En primer lugar, le indico que el mecanismo para reconocer una deuda por parte desta Diputacin consiste sola y exclusivamente en la concurrencia de los dos siguienteselementos:

    .- Dar el conforme a las facturas que correspondan a encargos realizados por estaDiputacin, conforme cuya forma habitual, es la de plasmarlo sobre la misma factura.Esta es la forma que nicamente se ha utilizado en relacin con las facturas indicadas enel presente escrito, y no con todas, sino slo con la factura con respecto a la que se

    seala que ha sido conformada..- Posteriormente al conforme, dictar un acto administrativo formalmente adoptado

    que reconozca la deuda (por ejemplo, un acto administrativo de atribucin de la deuda aun contrato cuyo gasto ha sido aprobado por esta Diputacin, o un reconocimientoextrajudicial de crditos). En el caso de las facturas indicadas en el presente escrito, nose ha dictado ningn acto administrativo de reconocimiento de deuda.

    En segundo lugar le comunico:1) Con respecto a las siguientes facturas:

    *SE ADJUNTA RELACIN DE 49 FACTURAS POR UN IMPORTE TOTAL DE580.606,82(s.e u.o) desde la nmero 006C-08008301 de fecha 23 diciembre 2008 por importe de20.706 a la nmero 006C-10006365 de fecha 30 de noviembre de 2010 por importe de8.057,02 y a ste respecto, el escrito continua diciendo: Le comunico que NO CONSTA en esta Diputacin ENCARGO ALGUNO con respecto alas cuarenta y nueve facturas que se acaba de relacionar, y por lo tanto NO PROCEDEDAR EL CONFORME NI DICTAR ACTO ADMINISTRATIVO DE RECONOCIMIENTO DEDEUDA, POR LO QUE NO PUEDEN SER PAGADAS.

    2) Con respecto a la siguiente factura: 006C-09004827(30/09/09 importe de 4.640)Le comunico que la factura que se acaba de relacionar ha sido conformada. Requiere

    que se adopte el correspondiente acto administrativo que reconozca la deuda parapoder proceder al pago de la misma.

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    Bueno, volvemos a las andadas, nos encontramos con la contradiccin en lo referente a silas facturas aportadas por la mercantil son o no correctas. Si son, o no lo son, ficticias. Si son, ono lo son, legales y si stas se originan con motivo de una contratacin amparada bajo la Leyde Contratos de Servicios Pblicos.

    De ste escrito de contestacin (registrado) se desprende claramente que, al menos,580.606,82 euros, de los aproximadamente reconocidos 649.183,08, en un principio (escrito dereconocimiento y programa de pagos firmado por D. Luis Prez Montoya el 18 de noviembre de2010 Doc. n 12 de los portados) no tienen ENCARGO ALGUNO consecuentemente no estnsujetos a ningn tipo de contrato y por lo tanto, como as lo indica en su informe el Sr.Interventor y reconoce ensu escrito el Sr. Prez Montoya, no procede darles el conforme nidictar acto administrativo de reconocimiento de la deuda, por lo que no pueden ser pagadas.Indistintamente, a todo ello, recordar que ya en fecha 20 de diciembre de 2010 , en otrocomunicado del Sr. Vicepresidente primero y de la Jefa de Prensa de la Diputacin sedesestimaban, por los mismos motivos y criterios, 160.848,48 .(En la relacin de facturas que

    figura en el escrito de la Diputacin, dirigido a la empresa, tambin, se hace mencin a su escritode 20 de diciembre de 2010).

    Se reconoce, tcitamente, que los documentos librados y firmados hasta ahora, por el Sr.Vicepresidente primero de la Diputacin, Sr. Prez Montoya, no tienen validez alguna. Que elsupuesto reconocimiento de deuda y programa de pagos de fecha 18 de noviembre de2010, por s mismo, careca de entidad administrativa y jurdica y que el procedimientoadministrativo LEGAL y NICO es el que refrenda en reiteradas ocasiones el Sr. Interventor ascomo los Portavoces de los distintos Grupos Polticos(PP e IU) en sus intervenciones.

    I.II.X

    El 25 de mayo de 2011,(Doc. n 25) , nuevamente y desde Diputacin, el Sr. PrezMontoya vuelve a remitir escrito a la mercantil en el que le indica lo siguiente:

    En relacin a su escrito de fecha 20 de mayo, registrado de entrada en esta Corporacin elda 23 de mayo de 2011(un da despus de las elecciones municipales y por las que se rige,segn sus resultados, la constitucin del nuevo equipo de gobierno y sus diputados) conn22014 (Doc.23), sobre reclamacin de pago de facturas. Le comunico que el mismo seentiende contestado por la Excma. Diputacin de Almera con escrito de fecha 20 de

    mayo de 2011, a ustedes dirigido, registrado de salida el da 20 de mayo de 2011 y con eln de asiento 15903(Doc.24).

    I.II.XISe aportan 37 facturas, (Doc. n 26) (con las hojas de presentacin selladas por la

    Diputacin Provincial) por importe total de506.876,48 ,s.e.u o, presentado por la empresaCOMERCIALIZADORA DE MEDIOS 2000, S.A.y en las que, en algunas de ellas, podemos observarconceptos generalizados e importes de facturacin fija mensual.*TOTAL FACTURADO POR CONCEPTOS:

    .- Canal Diputacin, (Canal Almera Ejido y Canal Almera): se sustentan mediante cuotas fijasmensuales. Importe total facturado por ste concepto (291.681,64 euros)

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    .- Contra acuerdo: Por ste concepto se ha facturado 55.680 euros. (Importe similar alcontrato suscrito con la Diputacin, incluidas sus prorrogas que ascenda a la cantidad de58.000). Qu tipo de acuerdo?).- Libro 70 Aniversario: 49.607,32 euros

    .- Feria Almera: (Cadena 40 Principales): 34.800 euros

    .- Ferial (Canal Almera El Ejido y Canal Almera): 29.000 euros

    .- Ferial (Canal Almera El Ejido y Canal Almera): 27.840 euros

    .- Ferial (Ser Almera): 5.800 euros

    .- Ferial (La Voz de Almera): 17.400 eurosTotal Ferial 114.840 euros

    .- Premios Mrmol acuerdo Diputacin. 1.508 euros

    .- Premios Almanzora. 29.006,25 euros

    .- Premios Levante 14.160,59 euros*En ferias se ha facturado la friolera cantidad de 159.514,84 euros s.e.u o (26.541.036 de

    las antiguas pesetas).* Un libro que es promocin, puramente, de la propia mercantil 49.607,32 euros* En premios para ensalzar la figura de nuestros polticos (por otro lado premios de los que

    ellos son los propios promotores y es publicidad para ellos mismos) 44.674,84 euros* Supuestamente y mediante el nico contrato 55.680 euros

    * Y 291.681,64 euros que no se sabe a que corresponde ya que el contrato, comodecamos antes, de publicidad institucional asciende a la cantidad de 58.000 euros.

    Todo ello sin obviar lo advertido en el informe del Sr. Interventor donde se deja, claramente, demanifiesto todas y cada una de las irregularidades que se han cometido al respecto de la

    aprobacin de las facturas mediante el Reconocimiento Extrajudicial de Crditos.

    I.III.- EMPRESA NOVOTCNICA SA Y LA VOZ DE ALMERIA SLUI.III.I

    En fecha 28 de enero de 2010, D. Luis Prez Montoya, emite informe, a peticin deNOVOTCNICA, al respecto de una serie de facturas que se relacionan, por un importe total de52.916,69 . Facturas, todas ellas, correspondiente al ao 2009 y que el Delegado del rea deCoordinacin y Relaciones institucionales manifiesta estar tramitando. Lo curioso de estarelacin es que, conforme se advierte en la misma:NOTA: Las facturas 001P-09000244 y 001P-09000245 son un desglose de otra anterior a laque sustituyen con n 001P-09000038.(Doc. n 27).

    El importe de estas dos facturas es de 33.112,08 y de 6.644,21 respectivamente o, loque es lo mismo 39.756,29 en total (se desglosan o fraccionan facturas, como dice el Sr.Interventor en su informe para evitar, con ello, la convocatoria de un concurso publico?) Pero,indistintamente a esto, a nuestro entender, no queda lo suficientemente claro si la que

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    sustituyen es la factura 001P-09000038 o, por el contrario, sta es la que sustituye a las dosfacturas anteriores que correspondan al desglose de otra factura. Decimos esto por que, enfecha 20 de mayo de 2011(15 meses con posterioridad) vuelve aparecer la factura, comopodremos comprobar mas adelante, 001P-09000038, en otra relacin presentada por la mismaempresa y en la que Diputacin manifiesta estar CONFORMADA.

    I.III.II

    El funcionamiento y modus operandi sigue siendo el mismo que se realizaba con laempresa CM2000 as nos encontramos que en fecha, 03 de diciembre de 2010, D. Luis PrezMontoya (Vicepresidente Primero de la Excelentsima Diputacin Provincial de Almera)INFORMA (Doc. n. 28)

    Por la presente, a peticin de NOVOTCNICA, SA., con CIF N A-08847923, comunico elpresente calendario de pago de las facturas que a continuacin se detallan, segn lasfechas que a continuacin se indican:

    La cantidad de 105.849,23 (CIENTO CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVEEUROS CON VEINTITRS CNTIMOS) dividido en cuatro partidas pagaderas en los mesesde Septiembre 2011, Octubre 2011, Noviembre 2011 y Diciembre 2011, por va CrditoExtrajudicial.

    *SE RELACIONAN 42 FACTURAS (DESDE LA NMERO 001S-07000113 DE FECHA 01/01/07POR IMPORTE DE 388,00 , A LA FACTURA NMERO 001C-10000153 DE FECHA 31/10/2010POR IMPORTE DE 1.168,79 ).

    I.III.III

    Igualmente, fecha 3 de diciembre de 2010 , El Delegado del rea de Coordinacin yRelaciones Institucionales, D. Luis Prez Montoya, emite un nuevo informe, en sta ocasin,referente al PATROCINIOdel 70 Aniversario de La Voz de Almera, que dice as:(Doc. n 29).

    Por la presente, informo que se estn tramitando, desde el rea de Coordinacin y RelacionesInstitucionales de la Excma. Diputacin de Almera, las facturas que a continuacin serelacionan, emitidas por NOVOTCNICA, S.A., con CIF n A-08847923, que corresponderan alcontrato Patrocinio Publicitario por la Diputacin de Almera del 70 aniversario de la Voz de

    Almera, suscrito el da 15 de Diciembre de 2009.Nuevamente y ahora reconocido, tcitamente, por la Diputacin Provincial, por el Sr. D.

    Luis Prez Montoya, nos constata que la empresa CM2000 (NOVOTCNICA) haba facturadoimportes con anterioridad a la firma del contrato suscrito (ver Doc. 13 de los aportados como

    pruebas) curiosamente, en algunos casos, nos consta que, a ste respecto, se aporta hoja depresentacin de factura que, en ocasiones, si lleva una fecha de registro de entrada pero, enotros, no es as. Indistintamente a ello, lo que si es mas cierto, es que existen facturas emitidasde fecha anterior a la contratacin, concretamente desde el mes de septiembre de 2009 hastael mes de noviembre del mismo ao. Tal es as, el reconocimiento tcito a tal efecto que, en la

    relacin que se detalla, de las 5 facturas, 4 de ellas, tienen fecha 15 de noviembre de 2009 y

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    todo ello sin obviar las que ya mencionbamos, con anterioridad, en el PUNTO DOCE,SEGUNDO, DEL SEGUNDO CAPITULO DE ESTA DENUNCIA.

    1.- Factura 001C- 09000126 de fecha 15/11/2009.. 18.850,00 2.- Factura 001C- 09000127 de fecha 15/11/2009.. 18.850,00

    3.- Factura 001C- 09000128 de fecha 15/11/2009.. 18.850,00 4.- Factura 001C- 09000129 de fecha 15/11/2009.. 12.850,00 5.- Factura 001C- 10000171 de fecha 30/11/2010.. 10.620,00

    TOTAL NOVOTCNICA.. 80.020,00

    Con excepcin de la 5 factura, detallada en sta relacin y por pertenecer al ejercicio2010, NOVOTCNICA, habra facturado, antes de la firma del contrato con la DiputacinProvincial de Almera, la cantidad de 69.400 euros, correspondientes a sta relacin, as como49.607 euros que facturo la mercantil, tambin, del mismo grupo empresarial , CM 2000 lo quesumara un total, como mnimo de 119.007 euros antes de la firma del contrato.

    I.III.IV

    Nuevamente y, en sta ocasin, en fecha 23 de febrero de 2011( Doc. n 30) se vuelve aemitir informe por D. Juan Carlos Usero Lpez (Presidente de la Excma. Diputacin Provincial), apeticin de la empresa LA VOZ DE ALMERA SLU(recordar que en fecha 14 de enero de 2011 seefecta segregacin sobre Novotcnica SA., dando lugar a la nueva sociedad La Voz de AlmeraSLU) mediante el que se informa a la mercantil que: se estn tramitando las facturas que acontinuacin se relacionan y se encuentran en proceso de pago, habiendo sido reconocida laobligacin y autorizado el gasto.

    A continuacin se Reconocen DIECISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA EUROS CONOCHENTA Y DOS CNTIMOS (17.530,82 ). Se adjunta relacin de 17 facturas desde la nmero001C10000166 de fecha 15/11/2010 por importe de 1.168,79 hasta la facturanumero001C10000198 de fecha 22/12/2010 por importe de 1.168,79 (en esta misma relacin aparecenreflejadas 2 facturas cuya numeracin inicial corresponde a las del grupo 001S, ambas, de fecha01 de diciembre de 2010 y por importes de 388 y 270 , respectivamente) . Pues bien comotnica habitual en el proceder entre la empresa y la institucin, y como podremos comprobarcon posterioridad, de las 17 facturas que el Sr. Presidente informa estar en proceso de pagohabiendo sido reconocida la obligacin y autorizado el pago, en fecha 23 de febrero de 2011

    al menos, 8 de ellas, aparecern en otra relacin, de fecha 20 de mayo de 2011 donde se lecomunica a la empresa que son conformadas pero que Requieren que se adopte elcorrespondiente acto administrativo que reconozca la deuda para poder proceder al pago delas mismas.

    I.III.V

    El 15 de abril de 2011 La Voz de Almera presenta escrito dirigido al Sr. Presidente de laExcma. Diputacin mediante el cual, le comunican lo siguiente:Por medio de la presente les requerimos fehacientemente para que en el plazo

    improrrogable de 10 das a contar desde el siguiente a la recepcin del siguiente, procedan aremitirnos el calendario de pagos respecto de las facturas que a continuacin se relacionan las

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    cuales obran en su poder y tienen reconocidas segn se acredita con el documento que seacompaa firmado por D. Juan Carlos Usero Lpez(Presidente de la Excma. Diputacin deAlmera) el 23 de febrero de 2011, deacuerdo y conforme a los plazos de pago establecidospor la legislacin vigente.(Doc n 31).

    Se adjunta relacin de facturas, de un total de 9(desde el nmero 001C10000172 defecha 22/11/2010 la nmero 001C10000198 de 22/12/2010 por importe total de 9.738,32 )donde 8 de ellas vuelven a aparecer en la relacin, que hace constar el informe de Diputacinde fecha 20 de mayo de 2011, y en el que se indica que Requieren que se adopte elcorrespondiente acto administrativo que reconozca la deuda para poder proceder al pago delas mismas.

    1.- 001C10000172 de 22/11/2010 de importe 1.168,79 .2.- 001C10000173 de 22/11/2010 de importe 1.168,79 .3.- 001C10000175 de 24/11/2010 de importe 1.168,79 .

    4.- 001C10000177 de 25/11/2010 de importe 1.168,79 .5.- 001C10000178 de 25/11/2010 de importe 1.168,79 .6.- 001C10000195 de 21/12/2010 de importe 1.168,79 .7.- 001C10000196 de 21/12/2010 de importe 1.168,79 .8.- 001C10000198 de 22/12/2010 de importe 1.168,79

    Los cruces, advertencias y amenazas Veladas, entre una y otra parte, vuelven arepetirse al igual que sucediera con la empresa CM2000. Tal es as que, nuevamente, el 15 deabril de 2011, LA VOZ DE ALMERA presenta otro escrito, en los mismos trminos que elanterior, pero en sta ocasin dirigido al Sr. D. Luis Prez Montoya (Vicepresidente Primero de la

    Diputacin de Almera). Notoria y claramente percibimos como la empresa sigue utilizando lasartimaas de dirigir sendos escritos y de distinto contenido, pero si en los mismos trminos, alos dos mximos y mas altos cargos institucionales de la Diputacin Provincial, polticamentehablando, cuando lo lgico y coherente sera que sus quejas, escritos y reclamaciones fuesendirigidos directamente a los servicios tcnicos administrativos (reas de Intervencin, Hacienday Contratacin). En sta ocasin, la relacin que se adjunta es de 23 facturas por un importetotal de 86.738,51 (Doc. n 32).

    I.III.VI

    El 20 de mayo de 2011(dos das con anterioridad a la celebracin de las eleccionesmunicipales) vuelven a cruzarse escritos por ambas partes. La Voz de Almera (Doc. n 33)reclamando una relacin de 8 facturas por importe total de 9.350 (las mismas 8 facturas queya se incluan en la relacin y que reclamaban en fecha 23 de febrero de 2011, doc.30), y quedesde Diputacin le contestaron que Requieren que se adopte el correspondiente actoadministrativo que reconozca la deuda para poder proceder al pago de las mismas. Figurandoestas, como veremos a continuacin, (Doc. n 34) en la contestacin que acto seguido y en elmismo da, remiten desde Diputacin a la empresa LA VOZ DE ALMERA que, entre otros puntos,destacamos:

    En relacin a su escrito de fecha 15 de abril de 2011, registrado de entrada en staCorporacin el da 18 de abril de 2011, y con las facturas indicadas en el mismo y en los

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    escritos que adjunta, le comunico lo que en el presente escrito se seala. En primer lugar, le indico que el mecanismo para reconocer una deuda por parte desta Diputacin consiste sola y exclusivamente en la concurrencia de los dos siguienteselementos:

    - Dar el conformea las facturas que correspondan a encargos realizados por esta

    Diputacin conformecuya forma habitual, es la de plasmarlo sobre la misma factura.Esta es la forma que nicamente se ha utilizado en relacin con las facturas indicadas en el

    presente escrito, y no con todas, sino slo con las facturas con respecto a las que se sealaque han sido conformadas o pagadas.

    - Posteriormente al conforme, dictar un acto administrativo formalmente adoptadoque reconozca la deuda. En el caso de las facturas indicadas en el presente escrito losnicos actos administrativos de reconocimiento de deuda que se han dictado han sido enrelacin con las facturas respecto a las cuales se indica que han sido pagadas; y tales actosadministrativos lo han sido, o bien de atribucin de deuda a un contrato cuyo gasto hasido aprobado por esta Diputacin, o bien un reconocimiento extrajudicial de crditos.

    En segundo lugar, le comunico:1) Con respecto a la siguiente factura: 001C-10000104 (cuyo importe nos consta que es

    de 17.920 , aunque no se refleja la mencionada cantidad en el documento).Le comunico que no consta en esta Diputacin ENCARGO ALGUNO con respecto a la

    factura que se acaba de relacionar, y por lo tanto no procede darle elconforme ni dictaracto administrativo de reconocimiento de la deuda, por lo que no puede ser pagada.

    A ste respecto indicar que la factura a la que hace alusin en su escrito, D. Luis PrezMontoya, (001C-10000104) es una de las que, tambin, se encuentra relacionada (doc. n 28 delos documentos aqu aportados) en su escrito de fecha 3 de diciembre de 2010. Escrito que firma

    como Vicepresidente Primero de la Diputacin y en la que se reconoce cantidades por unimporte total de 105.849,23 (figura en la mencionada relacin en el orden nmero 22 y con

    fecha 31/08/2010), importes que sern pagaderos, conforme aparece reflejado en el informe,divididos estos en cuatro partidas en los meses de Septiembre 2011, Octubre 2011, Noviembre2011 y Diciembre 2011por va de crdito extrajudicial.

    Termina, el informe, haciendo clara alusin a otra IRREGULARIDAD, en el procederhabitual de la empresa, y en lo referente a la presentacin y tramitacin de las facturas que,supuestamente, son Conformadas y que corresponden Supuestamente a trabajosrealizados:

    Por otra parte, y ya sin relacin con su escrito de fecha 15 de abril de 2011, lecomunico, con respecto a la factura N 016P-11000050, recientemente recibida en estaDiputacin, que deber presentarla nuevamente para su pago a razn de suministrosEFECTIVAMENTE REALIZADOS Y NO POR ANTICIPADO.

    I.III.VII

    El 24 de mayo de 2011 se emite NOTA DE RGIMEN INTERIOR(Doc. n 35) por D. LuisMatas Prez Montoya dirigida a la Diputada Delegada de Personal y Rgimen Interior y

    Administracin Local mediante la cual se solicita informacin al respecto de una serie de facturas

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    (facturas que por cierto aparecen desglosadas en una de las relaciones detalladas en el doc.34de los que se adjuntan):

    Por la presente le ruego que remita escrito a la mercantil interesada en el que se leindique la situacin de las facturas que despus se relacionan, emitidas por NOVOTCNICA

    SA. En la indicacin de la situacin, ruego incluya, en su caso, la informacin expresa deque no sea posible realizar el pago por haberse determinado que no procede el conformede la factura.

    En el caso de que para alguna de estas facturas no se hubiese efectuado an la comprobacinde si corresponde o no da conforme a la misma, ruego que se realice tal comprobacin antes deelaborar el escrito referido.

    Es preciso remitir a la mercantil el escrito a la mxima brevedad posible.

    As mismo, ruego, nos remita copia del escrito que se enve a la mercantil y de su acuse derecibo por la misma.

    .- Factura 001S09000107.

    .- Factura 001S10000091.

    .- Factura 001S10000095.

    .- Factura 001S10000097.

    .- Factura 001S10000113.

    Para que pueda remitir a la mercantil correcta el escrito, tngase en cuenta la escritura

    de fecha 14 de enero de 2011(subsanada por otra de 11 de febrero de 2011) , en la que consta lasegregacin efectuada sobre Novotcnica SA., dando lugar a la nueva sociedad LA VOZ DEALMERA SLU Le adjunto copia escaneada de la copia cotejada de dichas escrituras.

    Las prisas apremian, las elecciones se han celebrado y el Partido Popular ha ganado laselecciones, en toda la Provincia de Almera, el nuevo Gobierno de la Diputacin Provincial serdel PP.

    I.III.VIII

    El 25 de mayo de 2011(Doc. n 36), al igual que sucediera con la otra mercantil delGrupo, CM200, y en la misma fecha (Doc.25 de los que aportamos) D. Luis Prez Montoya cursaescrito, dirigido a la empresa LA VOZ DE ALMERA SLU, que dice as:

    En relacin con su escrito de fecha 20 de mayo de 2011, registrado de entradaen sta Corporacin el da 23 de mayo de 2011 con n 22017, sobre reclamacin de

    pago de facturas, le comunico que el mismo se entiende contestado por la Excma.Diputacin de Almera con escrito de fecha 20 de mayo de 2011, a usted dirigido,registrado de salida el da 20 de mayo de 2011 y con n 15899

    Bueno, lo que s parece ser cierto y que podemos detraer de todo el cruce dedocumentos, reclamaciones, etc, es que, al menos, en sta ocasin y al respecto de la empresa

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    NOVOTCNICA LA VOZ DE ALMERA SLU, existe una factura, la nmero 001C-10000104, cuyoimporte nos consta que es de 17.920 que, a efectos de la Diputacin Provincial no procede nisu reconocimiento, ni les consta que este contratada o que se haya