derecho constitucional - mi materia en...
TRANSCRIPT
Derecho Constitucional
DERECHO CONSTITUCIONAL
1
Sesión No. 7
El Ejecutivo Federal
Objetivo:
Al finalizar la sesión, el participante será capaz de analizar el concepto del
Ejecutivo Federal en México, así como la estructura y los alcances que tiene
dentro de la Organización del Estado.
Contextualización
Históricamente y dentro de las tres Constituciones
Políticas de corte federal de la nación mexicana,
se instituye a un Presidente de la República como
jefe supremo de la administración pública con
plenas facultades constitucionales y
metaconstitucionales, que administra, dirige,
gobierna, pero, también ejecuta la ley en la esfera
administrativa para su exacta observancia, a
grado tal que se le asemeja con una dignidad monárquica. Así, en esta sesión
conocerás más a fondo los conceptos fundamentales y jurídicos que establecen
al Poder Ejecutivo en México.
Tomado de:
http://www.aliatuniversidades.com.mx/conexxio
n/images/stories/derecho.jpg
DERECHO CONSTITUCIONAL
2
Introducción al Tema
Las facultades o atribuciones del Poder ejecutivo en
México han ido evolucionado a través del tiempo. Este
poder es de suma importancia, ya que esta figura es en
quien recae el poder supremo y quien se le otorga el
nombre de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. En esta
sesión se abordará la temática sobre el Poder Ejecutivo
como parte de los tres poderes que ejercen la
organización del Estado. Así se abordarán los antecedentes sobre la regulación
constitucional del siglo IX sobre el Presidente de la República, el Ejecutivo como
forma unipersonal establecida en la Constitución Mexicana de 1917, así como
también las llamadas facultades metaconstitucionales que tiene el poder
ejecutivo y el presidencialismo mexicano.
Tomado de:
https://c1.staticflickr.com/9/8203/8
236149776_13caa12f87.jpg
DERECHO CONSTITUCIONAL
3
Explicación
8. El Ejecutivo Federal
8.1. La regulación constitucional del Siglo IX sobre el Presidente de la
República
El poder del régimen mexicano es presidencial, de ahí se deriva como
antecedente que el Poder Ejecutivo sea unitario, es decir unipersonal,
depositado en un presidente, que es al mismo tiempo Jefe de Estado y Jefe de
Gobierno. El presidente es elegido por el pueblo y no por el poder legislativo, lo
que le da independencia frente al legislativo. Desde finales del siglo XX hasta
principios del XXI, el sistema presidencial mexicano ha sufrido profundas
transformaciones. De acuerdo, a Juárez (2013) algunos de los antecedentes
que se dieron sobre el Presidente de la República son:
Constitución de Cádiz. División de
poderes
La función ejecutiva era
depositada en el rey.
Independencia, se adopta
sistema repúblicano
Tradición francesa, sistema colegiado del ejecutivo.
Constitución Apatzingán, carece de aplicación
efectiva.
Sistema unipersonal, una sola persona: Presidente de la República. A partir de las
constituciones de 1824 y 1857.
DERECHO CONSTITUCIONAL
4
8.2. Ejecutivo unipersonal en la Constitución de 1917
La función administrativa del Estado deriva su investidura de la misma fuente
que la integración social y humana del congreso, es decir de la voluntad del
pueblo, esto en democracia significa que la voluntad del gobernado se respeta,
por lo que es el pueblo quien designa a los tenedores del Poder Ejecutivo. Pero,
la razón de que recaiga en una sola persona es simple, no puede estar
condicionada a un consejo las políticas de gobierno o la administración pública,
se requiere una plataforma única, ya de un partido o de una persona, por lo que
se le propone al pueblo a un representante de su
elección y entonces entra el sistema de pesos y
contrapesos, la línea del Estado está regida por
una ideología representada en una sola persona,
desde luego auxiliado por Ministros o por
Secretarios, pero cada vez que la función
principal del ejecutivo es la Administración del
Estado, es necesario facultar con investidura
para el despacho de la misma administración.
En México, el Poder Ejecutivo de la Federación, de acuerdo con el mandato
constitucional de la Constitución Mexicana de 1917, recae en una sola persona,
según lo expresado en el título tercero, capítulo tercero, que en su artículo 80
establece “se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en
un solo individuo, que se denominará Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos. Así, en el artículo 82 señala siete requisitos para alcanzar la alta
investidura, que en términos generales se asemejan a las estipuladas por las
Constituciones de otros países.
El ejecutivo unipersonal se distingue del ejecutivo colegiado o rural, que es
verdaderamente extraño en los sistemas presidenciales de gobierno. En América
Latina solamente la República de Uruguay ha experimentado un ejecutivo
Tomado de:
http://www.ieechihuahua.org.mx/infantil/Guiadel
MaestroHTML/GuiaDelMaestroE16_archivos/im
age018.jpg
DERECHO CONSTITUCIONAL
5
colegiado por dos veces en su historia constitucional de acuerdo a Jorge
Carpizao (Valadés, s/f).
8.3 El Presidente de la República como titular de la Administración Pública
Federal
Para poder llevar a cabo sus atribuciones, el Presidente de la República tiene a
su cargo la Administración Pública Federal, la cual se divide en centralizada y
paraestatal, conforma la ley orgánica que expide el Congreso de la Unión, de
acuerdo con el artículo 90 de la Constitución Mexicana. Esta ley tiene como
objeto precisar dicho concepto, es decir, distribuir los negocios del orden
administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de
Estado y departamentos administrativos, la cual definirá las bases generales de
creación de las entidades paraestatales y la intervención del ejecutivo federal en
su operación.
La determinación de los órganos que
integran la administración pública
como los “órganos primarios”, se
encuentra sujeta a una “reserva de
la ley” que quiere decir que
solamente el Congreso de la Unión,
a través de una ley, puede modificar
la estructura de los mismos. En este
sentido, el Presidente de la República
no puede crear o desaparecer secretarías de Estado, ni siquiera puede modificar
su denominación.
La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal es la ley que regula la
Administración Pública Federal en México, dicha ley fue publicada el 29 de
diciembre de 1976 y ha sido modificada en diversas ocasiones. Es importante
mencionar que, en su artículo 1° se establece cuáles son los órganos de la
Tomado de: http://4.bp.blogspot.com/-
JiCJvNT2jKM/UHV8Lxyoh3I/AAAAAAAAAEc/ab6O6Ot92KQ/s160
0/SEC.+DE+MEXICO.jpg
DERECHO CONSTITUCIONAL
6
Administración Pública Federal centralizada (Presidencia de la República, las
Secretarías de Estado y departamentos administrativos) y cuáles forman parte
de la Administración pública Descentralizada o Paraestatal (organismos
descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones
nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y finanzas y los
fideicomisos públicos).
8.4. Facultades meta-constitucionales del Presidente de la República y el
presidencialismo mexicano
Históricamente, cuando se fue dando el presidencialismo en México, el
presidente fue adquiriendo y acumulando más poderes de los que estrictamente
le otorgaba la constitución, las cuales son llamadas facultades meta
constitucionales, “las cuales en muchas ocasiones están íntimamente
relacionados y que son fruto de un proceso de
concentración de poderes en el Comité
Ejecutivo del PRN, PRM, PRI y en el
ejecutivo, que se tradujeron en facultades del
Presidente más allá de las establecidas en la
Constitución, es decir, se trató de
poderes de hecho.” (Patiño, s/f).
De acuerdo a Jorge Carpizo (Patiño, s/f), entre las facultades
metaconstitucionales que el Presidente de la República tenía eran las siguientes:
1. La Jefatura real del PRI.
2. La designación del sucesor.
3. La designación de los gobernadores.
4. Remoción de los gobernadores.
Tomado de: http://www.apim.com.mx/Opinion/presidencialismo.jpeg
DERECHO CONSTITUCIONAL
7
En el Sistema presidencial, el titular del Poder Ejecutivo “está a cargo de un
Presidente, quien es al mismo tiempo jefe de Estado y de Gobierno, mientras en
el parlamentarismo está a cargo del Primer ministro y en un Jefe de Estado, por
lo que este poder se comparte.” (Patiño, s/f). El presidencialismo mexicano
adquirió un grado de legitimación y de prestigio debido al general Cárdenas
(1934-1949) al mismo tiempo que se aumentó el poder del presidente. En 1951
fue adicionado el artículo 131 constitucional en donde se le otorgan facultades al
ejecutivo para aumentar, disminuir o suprimir las tarifas de exportación e
importación, la cual es una facultad respecto al comercio exterior.
DERECHO CONSTITUCIONAL
8
Conclusión
Históricamente el Poder Ejecutivo,
encabezado por el Presidente de la
República, siempre ha estado ubicado por
encima de los demás poderes del Estado,
incluso la Constitución Mexicana del 5 de
febrero de 1917, lo llama el Supremo Poder
Ejecutivo de la Unión, dentro de su contenido, dicho ordenamiento fundamental
le otorga un sinnúmero de facultades que lo ubican y colocan como un poder
más que hegemónico dentro del Estado. La realidad confirma lo plasmado en
dicho ordenamiento, ya que efectivamente es el presidencialismo una forma de
Gobierno administrada por un sujeto con funciones principalmente
constitucionales y metaconstitucionales, que lo puede todo, es decir, ejercer de
jefe de Estado y de Jefe de Gobierno, ya sea que encabeza la administración
pública y realiza funciones materialmente jurisdiccionales como el indulto.
Tomado de:
http://www.lacronica.com/Edicionenlinea/Fotos/Nacional
/762493-N.JPG
DERECHO CONSTITUCIONAL
9
Para aprender más
Patiño, R. (s/f). La consolidación de la Institución presidencial durante el período
revolucionario. México. Publicaciones de la UNAM. Consultado el 6 de diciembre
de 2014:
http://www.derecho.unam.mx/investigacion/publicaciones/librosfac/pdf/pub05/14
DrPATINO.pdf
Valadés, D. (s/f). Formación y Transformación del Sistema presidencial en
América Latina. México: Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Consultado el 6
de diciembre de 2014: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/8/3655/12.pdf
DERECHO CONSTITUCIONAL
10
Actividad de Aprendizaje
Instrucciones:
Una vez que hayas revisado la sesión en su totalidad, realiza la siguiente
actividad:
• Desarrolla un ensayo, en el cual donde debes identificar y explicar la
estructura del Poder Ejecutivo que se abordó en esta sesión.
• Debes mencionar los conceptos sin utilizar los proporcionados en esta
sesión y debes ejemplificar cada uno de ellos.
• Realízalo en cualquier programa, al final tendrás que guardarlo en formato
PDF para subirlo a la plataforma de la asignatura.
En esta actividad se tomará en cuenta lo siguiente:
• Datos generales
• Introducción
• Desarrollo
• Conclusión
• Referencias bibliográficas. Utilizando Metodología APA
• Ortografía y redacción
DERECHO CONSTITUCIONAL
11
Bibliografía
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Comentada, TI. (2011).
México: Porrúa.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1976.
Cibergrafía
• Juárez, M. (2013). Unidad 10. El Ejecutivo Federal. Consultado el 6 de
diciembre de 2014: http://es.slideshare.net/marlennejuarez/unidad-10-
22879635
• Patiño, R. (s/f). La consolidación de la Institución presidencial durante el
período revolucionario. México. Publicaciones de la UNAM. Consultado el
6 de diciembre de 2014:
http://www.derecho.unam.mx/investigacion/publicaciones/librosfac/pdf/pub
05/14DrPATINO.pdf
• Valadés, D. (s/f). Formación y Transformación del Sistema presidencial en
América Latina. México: Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Consultado el 6 de diciembre de 2014:
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/8/3655/12.pdf