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LAS PARTES DEL PROCESO EL JUEZ

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LAS PARTES DEL PROCESOEL JUEZUn chico de 18 aos mata a su abuelo, Don Salvador, mediante envenenamiento, pues sabe que aparece como heredero principal en su testamento. Sus dos tas, hijas de Don Salvador, acuden a la justicia y piden que se invalide la ltima voluntad que este expres en su testamento. Dato: a nivel penal el chico ser procesado por homicidio, pero no existe norma en el ordenamiento civil que prevea la hiptesis. Todo lo contrario, hay un enunciado normativo que expresa que los contratos as como los testamentos son obligatorios en cuanto se haya expresado en ellos.

Cmo resuelven el caso?

Riggs vs. Palmer, 1889, NY. El voto en mayora declar fundada la demanda bajo el principio nadie puede beneficiarse de su propia iniquidad.Otro caso:En el ao 1400 a.c. dos mujeres se apersonan ante un Juez, considerado el ms sabio de la ciudad. La madre 1 le dice: Mi hijo vive y el de ella ha muerto. Declrame madre de este beb. La madre 2 responde: No, este beb es mi hijo y es el de ella el que ha muerto. Las madres no cuentan ms que con su testimonio.Entonces, el Juez ordena a uno de sus auxiliares traer una espada y dice: Ya que no se ponen de acuerdo, partamos el beb en dos y dmosle una mitad a cada uno. Al oir esto, la madre 2 asinti, pero la madre 1 dijo: Alto!! Entrgueselo a ella, pero no lo mate. As el Juez pudo conocer quin era realmente la madre.1 Reyes

Tradicin jurdica continental (civil law) VS COMMON LAW (ADVERSARY SYSTEM)Primaca de la escritura sobre la oralidad. El caso del Proceso laboralSistema de fuentes del Derecho de creacin estatal VS. creacin jurisprudencialAusencia de juradoJuez director vs. Juez rbitro. Cultura individualista y competitiva. El Juez rbitro no sale a buscar pruebas, no interroga a los testigos, no tiene su propio planteamiento jurdico de la causa. Por tanto, en el common law los abogados adquieren an mayor importancia: arte de persuasin. Las partes suelen tener 6 abogados y colaboradores paralegales.

OJO: NINGN MODELO SE PRESENTA EN ESTADO PURO. Por ejemplo, en el civil law el Juez tiene un papel ms activo, pero an as no puede variar los hechos

En ambos, las partes participan por medio de abogados (attorneys), que disean estrategia; pero en el common law es potestativo. Decisiones estratgicas: tribunal estatal o federal, conocimiento leyes federales y estatales

En el common law hay una etapa pre-juicio, llamada pre-trial discovery, en la cual, bajo la conduccin de los abogados, se busca obtener declaraciones de los testigos de la contraria, su declaracin y documentos que estn en su poder. Negativa: confidencialidad, onerosidad o irrelevancia. Aqu puede intervenir el Juez.

Objetivos: 1. obtener pruebas, 2. conocer qu pruebas tiene la parte contraria y 3. excluir un posible proceso, por transaccin o pedido de resolucin sumariaJuezJuicio con juradosNo existen jurados, sino rganos unipersonales y rganos colegiados.USA: garanta constitucional. Procesos penales y responsabilidad por daos. Ser mayor de 18 aos, abogado, no haber sido condenado por delito doloso (Ley de Carrera Judicial); 35 para Superior y 45 para Juez SupremoJurado: Ser mayor de 18 aos y residir dentro de la circunscripcin. Los jueces federales son elegidos por el Presidente, con connotaciones polticas y aprobados por el Senado.Concurso de mritosUn ordenador selecciona posibles jurados. Luego, el juez o los abogados les hacen preguntas en base a cuestionarios previamente llenados, para identificar posibles motivos de parcialidad. Cada abogado puede tachar a 3, inmotivadamente.

En Salas Superiores(3 Vocales y se requieren 3 votos, salvo resoluciones que no ponen fin al proceso), en Supremas (5 Vocales y se requieren 4 votos). 12 jurados por lo general; debe haber mayora en el veredicto

El Juez determina los hechos probados y aplica el DerechoEl jurado enjuicia los hechos con arreglo a las instrucciones de Derecho impartidas por el Juez y al criterio de la suficiencia probatoria: el Juez decide si hay pruebas para que el jurado pueda razonablemente decidirHay deliberacin, votacin y sentencia. El jurado delibera, vota y emite un veredicto; luego se disuelve.El Juez emite sentenciaEl Juez emite sentencia. La parte vencida puede pedir un nuevo juicio por graves inconductas o vicios, y el Juez puede emitir sentencia notwithstanding with the veredict.La justicia civil en los Estados Unidos, Geoffrey Hazard Jr y Michele Taruffo, 2006Se dice que en el common law, el rico se termina beneficiando del pobre. Hasta cierto punto.

Si bien en el civil law el Juez puede atenuar las diferencias socio-econmicas con papel ms activo; ello exige preparacin y tiempo, y no un examen rutinario de los expedientes.

En ambos los testigos pueden ser manipulados y el jurado/juez presionado o comprado.

En ambos el abogado se puede partidizar en exceso e intentar ganar como sea.

Hay deberes comunes de confidencialidad

En ambos casos se falla sobre la base de las pruebas presentadas

En ambos la concepcin de lo injusto/justo puede entrar en contradiccin con la del ordenamiento; sin embargo es ms fcil sortearla en el common law.

Algunas ventajas que se postulan del jurado: democratizacin de la justicia, garanta de independencia frente al Poder Ejecutivo, mayor apertura de criterios

Algunas desventajas: desconocimiento del Derecho (mdico o persona con criterio?), costos elevados, injerencia de sentimentalismos en la decisin, ausencia de inters, adhesionismo, personas comunes sujetas a presiones

FACULTADES DEL JUEZJuez-Director, ya no espectador:

Evaluar la validez del procedimiento.

Iniciativa probatoria: puede disponer medios probatorios de oficio. Lmites: a) no alterar los hechos, b) al menos las fuentes de la prueba deben ser mencionadas por las partes y, c) respetar el principio de contradiccin.

Sancionar (amonestaciones, multas, pedidos de suspensin) conductas dilatorias y temerarias.Efectuar preguntas a los testigos y a los abogados en los informes orales.

Pedir rectificacin a los medios de comunicacinDEBERESIura novit curia. El Juez debe corregir o suplir el derecho objetivo (demanda, reconvencin o contestacin de la demanda).

Ejemplo: Una madre de familia pide que se le aumente la pensin de alimentos, de S/. 1,000 a S/. 2000 (petitorio), pero califica jurdicamente la pretensin como alimentos en lugar de aumento de alimentos.

Lmites: los hechos (los aportan las partes), el petitorio y el derecho a la defensa.Impulsar el proceso.

Evaluar la validez del procedimiento.

Fallar. Antes del CC francs (1804) exista Absolucin de la Instancia.

Motivar. La extensin depende del tipo de resolucin y de la complejidad del caso.

Aplicar control difuso: ante la colisin entre una norma de la Constitucin y una legal, deben preferir la primera.

Estn sujetos a responsabilidad penal, funcional y civil.

Escuchar a los abogados de las partes en caso pidan informe oral.

Observar el horario de trabajo. Horario de atencin para las partes y litigantes.

Exclusividad en la funcin. Slo docencia a tiempo parcial.

IMPARCIALIDAD E INDEPENDENCIAEl mito del Juez neutral: antes que Jueces, seres humanos. Escala de valores (cultura, experiencias, formacin). La ley busca asegurar el mximo de objetividad

Imparcialidad: Poner en parntesis todas las consideraciones subjetivas del Juez: Pico i junoy. Subjetiva (relacin con las partes) y objetiva (con el objeto del proceso)

Independencia: el que no tiene dependencia. Libertad de jueces en el desarrollo de su funcin. No presiones de los otros poderes, de los medios comunicacin, etc, ni siquiera de los OJ superiores. Ambas son GARANTAS CONSTITUCIONALES

abstencin y recusacinHerramientas en defensa de la imparcialidad del Juez.

1. Abstencin: garanta para el Juez de que sus sentimientos personales no le impidan resolver con rectitud y objetividad. El Juez se abstiene: acto de renuncia (de oficio) de intervenir en un proceso. Es un deber jurdico.

2. Recusacin: garanta para las partes. Acto procesal por el cual se solicita la separacin del Juez del proceso por concurrir una causa que pone en duda su imparcialidad. Las partes recusan. Es una facultad.Carcter personal: Importa la persona fsica, no el rgano

Son herramientas para garantizar la independencia e imparcialidad.

Impedimentos (art. 305 CPC y TUO de la Ley Orgnica del PJ). Lista de supuestos en los que el Juez no puede dirigir un proceso:

Ha sido parte.El, su cnyuge o concubino () es pariente de las partes, representantes, apoderados o abogados.() es tutor o curador de las partes.() Ha recibido ddivas o beneficios, antes o despus del proceso, an si fueron de escaso valor.Ha conocido el proceso en otra instancia. Ejemplo: Juez sentencia y luego es cambiado a la Sala Superior que va a resolver la apelacin. Ejemplo controvertido: el Juez cuya sentencia es nula y debe volver a fallarHa fallado en otro proceso con el cual tiene conexin.

El Juez que incurra en impedimento debe apartarse del proceso. Si el nuevo Juez considera que no es justificada la abstencin, eleva en consulta a la Sala Superior. Si el recusado es un Vocal Superior o Suprema, resuelven los dems integrantes. Si existiendo impedimento, el Juez no se aparta, las partes pueden recusar.

Adicionalmente, las partes pueden recusar si (Art. 307 CPC) el Juez:Es amigo ntimo o enemigo manifiesto de las partes, demostrado por hechos inequvocos. Ejemplo: denuncia. La Jurisprudencia del TC espaol ha sealado que la mera cortesa generada por el desempeo profesional no se considera amistad ntima ni hechos espordicos o de escasa trascendencia social como compartir una mesa o vivir en un mismo edificio.l, su cnyuge, concubino o pariente tienen relaciones de crdito con las partes.() son donatarios, empleadores o presuntos herederos de alguna de las partes.

d) Ha intervenido en el proceso como apoderado, perito, testigo, miembro del Ministerio Pblico.e) Tiene inters directo o indirecto en el resultado del proceso. Ejemplo: es demandante en un proceso que tiene el mismo objeto. Se excluye opinin expresada en artculos jurdicos. Para los intereses ideolgicos, religiosos o polticos, se debe evaluar el caso en concreto.f) Exista proceso vigente, siempre que no sea promovido luego del inicio del proceso. El Juez puede ser demandante o litisconsorte.

Lista taxativa?El caso de la prueba ilcita. Se sostiene que el Juez no puede hacer una acrobacia psicolgica. En oposicin, se dice que el deber de motivacin evita el riesgo de su valoracin.

Si el Juez recusado acepta el pedido, se excusa por resolucin motivada. Si no acepta, resuelva el Juez reemplazante. Si es Sala, resuelven los dems integrantes.

Recusacin:NO procede en no contenciosos.NO se admite doble recusacin.Alcanza a los auxiliares jurisdiccionalesSlo hasta antes del saneamiento; luego causal sobrevinienteEl trmite del incidente no suspende el proceso principal, pero el recusado no puede sentenciar.

Abstencin por decoro (art. 313 CPC): Si existen motivos que perturban la funcin del Juez, por decoro o delicadeza puede abstenerse. Frmula abierta. Ejemplo

EL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA (cnm)Organismo autnomo encargado de la seleccin, nombramiento, ratificacin y destitucin de Jueces y Fiscales en todos los niveles, Jefe de la ONPE y de la RENIEC.

Sus miembros se llaman Consejeros y su mandato es de 5 aos. Trabajo a tiempo completo, salvo docencia universitaria

Requisitos: peruano, capacidad de ejercicio, mayor de 45 aos. Excepciones.Seis miembros, elegidos con votacin secreta, elegido por: 1. Uno la Sala Plena de la Corte Suprema; 2. Uno la Junta de Fiscales Supremos; 3. Uno el Colegios de Abogados, 4. Dos, los dems colegios profesionales del pas; 5. Uno los Rectores de las Universidades Nacionales y, 5. Uno por los Rectores de las Universidades Particulares.

Cmo eligen? Concurso de mritos y evaluacin personal: evaluacin de CV, examen escrito y entrevista personal. Los postulantes deben haber llevado programas de formacin acadmica para aspirantes

Ratificacin cada 7 aos. Los no ratificados no pueden reingresar al PJ ni al MP.

Se realiza previa entrevista personal. Informe de cada juez: produccin, sanciones y mritos. Se requiere mayora simple. Art. 30 La resolucin que se adopte, no es susceptible de recurso alguno

Destitucin: Previa investigacin se decide si se abre o no proceso disciplinario.

La Academia Nacional de la Magistratura, persona jurdica de derecho pblico que forma parte del PJ, es la institucin encargada de capacitar y actualizar a los Jueces y Fiscales.

LEY N 26397. Art. 2No son revisables en sede judicial las decisiones sobre las materias a que se refiere el prrafo anterior. Sus decisiones son inimpugnables.Artculo 34.- En los procesos disciplinarios a que se refieren los Artculos 32 y 33 de la presente ley, rigen las siguientes normas: 1. En ningn caso puede emitirse resolucin definitiva, sin previa audiencia del interesado, dndole oportunidad para que efecte los descargos correspondientes. 2. El Consejo debe resolver considerando los informes y antecedentes que se hayan acumulado sobre la conducta del juez o fiscal, as como las pruebas de descargo presentadas. 3. La resolucin debe ser motivada, con expresin de los fundamentos en que se sustenta. 4. Contra la resolucin que pone fin al procedimiento slo cabe recurso de reconsideracin, siempre que se acompae nueva prueba instrumental dentro de un plazo de 5 das tiles contados a partir del da siguiente de recibida la notificacin. El rol del Juez en el siglo XXISe busca que el Juez deje de ser un aplicador mecnico de la ley. Antecedente: concepcin liberal de la Revolucin Francesa. Los jueces son la boca que pronuncia las palabras de la ley- Montesquieu. Causa: LA DESCONFIANZA. Escuela de Exgesis

Funcin judicial creadora a travs de la jurisprudencia. Los sistemas legales son creaciones humanas al fin.

Interpretacin de las normas materiales y de las procesales como herramienta metodolgica importante/No son tribunales de equidad

Integracin : principios generales del Derecho, analoga, costumbre

Tutela de los derechos constitucionales y de la Constitucin

Comprometido con el contexto social, poltico y econmico