derechos de uso de agua

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Seminario: “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú” 27 de junio , 2014 “Régimen Legal para el otorgamiento de Derechos de Uso de Agua” Abog. Lucia Ruiz Ostoic

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Seminario: Derecho de los Recursos Hídricos en el PerúRégimen Legal para el otorgamiento de Derechos de Uso de AguaAutor: Abog. Lucia Ruiz Ostoic

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Page 1: Derechos de Uso de Agua

Seminario:“Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú” 27 de junio , 2014

“Régimen Legal para el otorgamiento de Derechos de Uso de Agua”

Abog. Lucia Ruiz Ostoic

Page 2: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

“Territorio cuyas aguas afluyen todas a un mismo río, lago o mar”Glosario de Definiciones – Ley General de Aguas – Decreto Ley Nº 17752

“Área o espacio geográfico delineados por la cima de los cerros y la divisoria de aguas por el cual escurre el agua proveniente principalmente de las precipitaciones a un río, lago o mar; constituyéndose en un sistema en el que interactúan factores naturales, socioeconómicos y

culturales.”Glosario de Términos – Reglamento de la Ley sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica –

D.S. Nº 068-2001-PCM

Conceptos básicos: cuenca hidrográfica

Page 3: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”Contexto Nacional: Realidad

hídrica peruana

Vertiente

pacifico 1,5

atlantico 97,8

titicaca 0,5

Page 4: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Ley General de Aguas – Decreto Ley No.17752

a. Uso preferenteb. Uso para agriculturac. Usos energéticos, industriales y minerosd. Otros usos

– Cultivo de especies de flora y fauna acuática

– Recreación, turismo o esparcimiento públicos

Ley de RRHH – Ley No.29338

1. Uso primario2. Uso poblacional3. Uso productivo (art.43°):

Agrario, pecuario y agrícola Acuícola y pesquero Energético Industrial Medicinal Minero Recreativo Turístico De transporte

• Se podrá otorgar agua para usos no previstos, respetando las disposiciones de la Ley

• Prioridad: art.55

Clasificación de las aguas por su uso

Page 5: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

• Utilización directa y efectiva del agua, en las fuentes naturales y cauces públicos de

agua con el fin de satisfacer necesidades humanas primarias.

• Comprende el uso de agua para la preparación de alimentos, el consumo directo y

el aseo personal; así como su uso en ceremonias culturales, religiosas y rituales.

• No requiere autorización administrativa, se ejerce por la sola disposición de la ley.

• No tienen fin lucrativo, se ejerce en forma gratuita, bajo su responsabilidad, por

medios manuales y condicionado a:

• no alterar las fuentes de agua en calidad y cantidad

• no afecte los bienes asociados al agua.

Uso primario del agua

Page 6: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

• El uso poblacional consiste en la captación de la misma de una fuente o red

pública, ,debidamente tratada con el fin de satisfacer las necesidades

humanas básicas: preparación de alimentos y hábitos de aseo personal. Se

ejerce mediante derechos de agua otorgados por la Autoridad Nacional.

• El Estado garantiza a todas las personas el derecho de acceso a los servicios

de agua potable en cantidad y calidad suficiente y en condiciones de

seguridad y calidad para satisfacer necesidades personales y domesticas.

Uso poblacional del agua

Page 7: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

• El uso productivo del agua consiste en la utilización de la misma en

procesos de producción o previos a los mismos.

• Se ejerce mediante derechos otorgados por la autoridad.

Uso productivo del agua

Page 8: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Antigua LGA (julio 1969) – Decreto Ley N°17752

Los usos de las aguas se otorgan mediante:PermisoAutorizaciónLicencia

Los requiere toda persona, natural / jurídica, privada / publica (excepción: satisfacción de necesidades primarias).

Características genéricas:

Se otorgan para un uso en particular No son transferibles

Modalidades de acceso al RH

Page 9: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

LOPARN (Ley 26821 – junio 1997) Artículo 19.- Los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural. (…)

LOPARN (Ley 26821 – junio 1997) Artículo 24.- Las licencias, autorizaciones, permisos, contratos de acceso, contratos de explotación y otras modalidades de otorgamiento de derechos sobre recursos naturales, contenidas en las leyes especiales tienen los mismos alcances que las concesiones contempladas en la presente ley, en lo que les sea aplicable.

Modalidades de acceso al RH

Page 10: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Ley N°29338 – Ley de Recursos Hídricos

Para usar el recurso agua, salvo el uso primario, se requiere contar con un derecho de uso otorgado por la Autoridad Administrativa del Agua con participación del Consejo de Cuenca Regional o Interregional, según corresponda.

Clases de derechos de usos de agua: (a) Licencia de uso, (b) Permiso de uso y (c) Autorización de uso de agua

Los derechos de uso de agua se otorgan, suspenden, modifican o extinguen por resolución administrativa de la Autoridad Nacional, conforme a ley.

El Estado garantiza el cumplimiento de los derechos de uso otorgados.

Modalidades de acceso al RH

Page 11: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Segunda DCF: Reconocimiento de Derechos de Uso de Agua

“Los usuarios que no cuenten con derechos de uso de agua pero estén usando el recurso natural de manera publica, pacifica y continua durante cinco (5) años o mas pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones establecidas en el Rgto., siempre que no afecte el derecho de terceros. Caso contrario, deben tramitar su pedido conforme lo establece la Ley y el reglamento como nuevo derecho de agua.”

Mediante RJ de la ANA se han establen las disposiciones y requisitos para acceder a esta formalización de derechos (Primera DCT del Rgto.) y se ha efectuado mediante Resolución Jefatural No.579-2010-ANA b(2 años para efectuar la solicitud) y prorrogado pro la Resolucion Jefatural 504-2012-ANA (hasta setiembre del 2017).

Modalidades de acceso al RH

Page 12: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

La Licencia de Uso del Agua, es un derecho mediante el cual la Autoridad Nacional, con opinión del Consejo de Cuenca respectivo, otorga a su titular la facultad de usar este recurso natural, con un fin y en un lugar determinado, en los términos y condiciones previstos en los dispositivos legales vigentes y en la correspondiente Resolución Administrativa que lo otorga.

Licencia de uso de agua

Page 13: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Plazo indeterminado: en tanto subsista la actividad para la que fue otorgada - fin y lugar determinado - inherente al objeto para el cual fue otorgado

No transferible

Uso consuntivo y no consuntivo

Faculta a usar y registrar una dotación anual en m2, así como ejercer acciones legales para su defensa.

Potestad de efectuar inversiones en el tratamiento, transformación y reutilización para el uso otorgado (excedente se entrega a la Autoridad Nacional para su distribución – certificado de eficiencia – preferencia en el otorgamiento de nuevos derechos)

Se extingue por las causales previstas por Ley

Licencia de uso de agua: Caracteristicas

Page 14: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Licencias de uso en bloque: organización de usuarios de agua reconocida / emisión de certificados nominativos

Pluralidad de beneficiariosFuente e infraestructura hidráulica común

Licencias provisionales: titulares de concesiones para realizar estudios (??). Son de plazo determinado y no mayor al de las concesiones que las origina.

Disponibilidad de recursosDurante su vigencia no se dará a terceros

Licencia de uso de agua: Modalidades especiales

Page 15: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Dispositivo Periodo Base Legal

Resolución Suprema julio 1969 - julio 1981 LGA

Resolución de la DGASI julio 1981 – julio 1991 DLeg 106

Resolución del ATDR julio 1991 – diciembre 2006

DLeg 653

Resolución de la IRH del INRENA

diciembre 2006 – marzo 2008

DS 078-2006-AG

Resolución de la Autoridad Nacional del Agua

marzo 2008 – hoy DLeg 997 y Ley 29338

Licencias de uso de agua: Autoridad competente

Page 16: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Utilizar el agua, los bienes de dominio publico hidráulico, así como los bienes artificiales asociados al agua (de acuerdo a Ley, reglamento y RA)

Solicitar modificación, suspensión o extinción de la licencia.

Realizar estudios, obras e instalaciones hidráulicas para ejercer su derecho.

Ejercer servidumbres indispensables para el uso del agua y evacuación de sobrantes

Usar y registrar una dotación anual en m2, así como ejercer acciones legales para su defensa.

Efectuar inversiones en el tratamiento, transformación y reutilización para el uso otorgado (excedente se entrega a la Autoridad Nacional para su distribución – certificado de eficiencia – preferencia en el otorgamiento de nuevos derechos)

Licencias de uso de agua: Derechos del titular

Page 17: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú” Licencias de uso de agua: Obligaciones del titular

Uso con la mayor eficiencia técnica y económica, en la cantidad, lugar y para el uso otorgado, garantizando el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales y evitando su contaminación.

Pago oportuno de la retribución económica por el uso y las tarifas cuando corresponda

Mantener la infraestructura en buenas condiciones

Permitir inspecciones

Instalar dispositivos de control y medición del agua, conservándolos y manteniéndolos en buen estado.

Aviso a la Autoridad Nacional respecto del no uso del recurso (transitorio, parcial o total)

Contribuir a la conservación, mantenimiento y desarrollo de la cuenca

Participar en las organizaciones de usuarios

Page 18: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Disponibilidad del agua, apropiada en cantidad, calidad y oportunidad para el uso al que se destine.

La fuente tenga un volumen de agua disponible que asegure caudales ecológicos, niveles mínimos de reserva o seguridad de almacenamiento, condiciones de navegabilidad

No ponga en riesgo la salud publica y el ambiente

No afecte el derecho de terceros

Guarde relación con el plan de gestión del agua de la cuenca

Presentar instrumento ambiental pertinente aprobado por la autoridad ambiental sectorial competente

Aprobadas las servidumbres, obras de captación, alumbramiento, producción o regeneración, conducción, utilización, avenamiento, medición y las demás necesarias

Licencias de uso de agua: Requisitos para otorgamiento,

modificación o suspensión

Page 19: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Uso al que se destina

Fuente de captación, curso o cuerpo de agua a usar, señalando cuenca hidrográfica, ubicación política y geográfica y principales características de interés.

Ubicación de los lugares de captación, devolución o delimitación del área de la fuente de uso (planos)

Volumen anualizado requerido y el estimado de descarga

Certificación ambiental emitida conforme a la legislación respectiva, cuando corresponda

Especificación de servidumbres que se requieran

Acreditación de propiedad o posesión legitima del predio en que se utilizará, cuando corresponda

*** Silencio administrativo negativo***

Art.113

Licencias de uso de agua: Requisitos de la solicitud

Page 20: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Aguas superficiales

• Autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico

• Aprobación de estudios de aprovechamiento hídrico

• Autorización de ejecución de obras con fines de aprovechamiento hídrico y servidumbre de agua forzosa, cuando corresponda

• Otorgamiento de la licencia de uso de agua superficial

Aguas subterráneas

• Autorización de ejecución de estudios de aguas subterráneas

• Aprobación de estudios y autorización para la ejecución de obras de alumbramiento de agua subterránea y servidumbre de agua forzosa, cuando corresponda

• Otorgamiento de licencia de uso de agua subterránea

Reglamento de procedimientos para el otorgamiento de Derechos de uso de agua (Resolución Jefatural 579-2010-

ANA)

Page 21: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Incumplimiento de la regulación de derechos por 4 décadas

Limitaciones para la regularización: centralismo primero, manejo gremial después

Proyecto de Formalización de Derechos de Uso de Agua: Licencias en bloque

Licencias de uso de agua: PROFODUA

Page 22: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Permiso de Uso de Agua para épocas de superávit hídrico: “El Permiso de Uso de agua para épocas de superávit hídrico es un derecho de duración indeterminada y de ejercicio eventual, mediante el cual la Autoridad Nacional, con opinión del Consejo de Cuenca, otorga a su titular la facultad de usar una indeterminada cantidad de agua variable proveniente de una fuente natural. El estado de superávit hídrico es declarado por la Autoridad Nacional cuando se han cubierto los requerimientos de los titulares de Licencias de Uso del sector o distrito hidráulico.”

El Rgto. plantea que el estado de superavit lo establezca la Autoridad Administrativa del Agua a través de sus órganos desconcentrados.

Permiso de Uso sobre aguas residuales: “El Permiso de Uso sobre aguas residuales, otorgado por la Autoridad Nacional, es un derecho de uso de duración indeterminada, mediante el cual se otorga a su titular la facultad de usar una determinada cantidad de agua variable proveniente de filtraciones resultantes del ejercicio del derecho de los titulares de Licencias de Uso.Los titulares de licencias que producen las filtraciones no son responsables de las consecuencias o de los perjuicios que puedan sobrevenir si variara la calidad, el caudal o volumen, u oportunidad o si dejara de haber sobrantes de agua en cualquier momento por cualquier motivo.”

El Rgto. precisa que se entiende por aguas residuales: aguas superficiales de retorno, drenaje, filtraciones resultantes del ejercicio del derecho de los titulares de licencias de uso de agua.

Permisos de uso de agua: Definiciones

Page 23: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Derecho indeterminado / ejercicio eventual

Sobre recursos sobrantes (exceso / residual)

Disposiciones de la antigua ley que han sido recogidas por el reglamento aprobado por DS 001-2010-AG:

Condicionado a determinados cultivos, en el caso de la agricultura (cultivos de corto periodo vegetativo) y exclusivamente para riego complementarioNi la ANA ni el titular de la licencia de uso que genera estas aguas son responsables si las aguas residuales varían en cantidad u oportunidad, o si se extinguen. La antigua ley iba mas allá: mencionaba que la cancelación del permiso por falta de sobrantes no acarreaba responsabilidad (a la autoridad) por perdidas o perjuicios sobrevinientes.Otorgado por órganos desconcentrados de la ANA.

Permisos de uso de agua: Características

Page 24: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Acreditar ser propietario o poseedor legítimo del predio en el que se hará el uso eventual

Predio cuente con las obras autorizadas de captación, conducción, utilización. Avenamiento, medición y las demás que fueran necesarias.

Aplican disposiciones similares a las de las licencias para los procesos de otorgamiento, modificación y extinción, además la solicitud y la RA tienen las mismas características a las de la licencia.

Permisos de uso de agua: Requisitos

Page 25: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Reglamento de procedimientos para el otorgamiento de Derechos de uso de agua (Resolución Jefatural 579-2010-ANA)

Reitera todas las referencias de la ley y el reglamento.

Formatos para presentar memorias descriptivas que sustenten el permiso en los Anexos 13 (uso de agua en época de superávit hídrico) y 14 (permiso de uso de agua residual: diferencia pues se pide evaluación de la disponibilidad del agua residual, con identificación de la fuente, caudal de agua y desagregado en periodos mensuales o mayores)

Permisos de uso de agua: Procedimientos

Page 26: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

La Autorización de Uso de Agua es de plazo determinado, no mayor a dos (2) años, mediante el cual la Autoridad Nacional otorga a su titular la facultad de usar una cantidad anual de agua para cubrir exclusivamente las necesidades de aguas derivadas o relacionadas directamente con:

Ejecución de estudios, en cuyo caso, la solicitud deberá estar acompañada del título de concesión otorgado por la entidad pública competente que tengan como fin la realización de estudios en cualquier actividad. Ejecución de obras, en cuyo caso la solicitud deberá estar acompañada del certificado de aprobación de las obras emitido por la autoridad competente.Lavado de suelos, en este caso la solicitud deberá estar acompañada del título de propiedad y de informe técnico sustentatorio suscrito por perito.

La Autorización de Uso puede ser prorrogada por una única vez, por un plazo similar, siempre que subsistan las condiciones que dieron origen a su otorgamiento.

Autorizaciones de uso de agua: Definiciones

Page 27: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Dispositivo Periodo Base Legal

Resolución Ministerial

julio 1969 - julio 1981

LGA

Resolución de la Dirección Regional respectiva

julio 1981 – julio 1991

DLeg 106

Resolución del ATDR

julio 1991 – diciembre 2006

DLeg 653

Resolución de la DRA

diciembre 2006 – abril 2009

DS 078-2006-AG y DLeg 997

Resolución de la Autoridad Nacional del Agua

abril 2009 – hoy Ley 29338

Autorizaciones: Autoridad competente

Page 28: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Reglamento de procedimientos para el otorgamiento de Derechos de uso de agua (Resolución Jefatural 579-2010-ANA)

Reitera todas las referencias de la ley y el reglamento.

Formatos para presentar memoria descriptiva que sustente la autorización en el Anexo 12.

Autorizaciones de uso de agua: Procedimiento

Page 29: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Licencia Permiso Autorización

Plazo indeterminado Derecho indeterminado Plazo determinado, no mayor de 2 años, renovable una vez

Faculta uso del recurso, para un fin y en un lugar determinado

Ejercicio eventual (superavit) / variable (filtraciones)

Ausencia de responsabilidad

Faculta uso de cantidad anual para cubrir exclusivamente las necesidades de aguas derivadaso relacionadas directamente con lo solicitado

Clases: uso consuntivo y no consuntivo

Condicionado a determinados cultivos

Modalidades especiales: licencia en bloque y licencia provisional (¿?)

Modalidades: Para épocas de superávit hídrico, sobre aguas residuales

Modalidades: Ejecución de estudios, ejecución de obras, lavado de suelos

Resolución de la Autoridad Administrativa del Agua

Resolución de Autoridad Local de Aguas

Resolución de Autoridad Administrativa del Agua

Procedimientos a seguir: www.ana.gob.pe

Page 30: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Servidumbres natural, voluntaria o forzosa: gravamen que recae sobre el predio

Derechos de comunidades campesinas y de comunidades nativas: ¿implica que no requieren tramitar derechos en casos que no sean de uso primario?

El Estado reconoce y respeta el derecho de las comunidades campesinas y comunidades nativas de utilizar las aguas existentes o que discurren por sus tierras, así como sobre las cuencas de donde nacen dichas aguas, tanto para fines económicos, de transporte, de supervivencia y culturales, en el marco de lo establecido en la Constitución Política del Perú, la normativa sobre comunidades y la Ley. Este derecho es imprescriptible, prevalente y se ejerce de acuerdo con los usos y costumbres ancestrales de cada comunidad.Ningún artículo de la Ley debe interpretarse de modo que menoscabe los derechos reconocidos a los pueblos indígenas en el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo.

Ley de Recursos Hídricos

¿Hay otro tipo de derechos de uso?

Page 31: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

La reserva de recursos hídricos es un derecho especial intransferible que consiste en separar un determinado volumen de agua de libre disponibilidad de una fuente natural de agua superficial o subterránea, con la finalidad de garantizar la atención de las demandas de un proyecto (público o privado) declarado de interés regional o nacional.

Se otorga por el período de dos años, renovable en caso subsistan las causas que la motivaron.

No faculta al uso del agua.

Entre los requisitos esta contar con la declaratoria de interés publico, nacional o regional y demostrar la capacidad técnica y financiera para la ejecución del proyecto.

Estuvo en la Ley de Aguas de 1969 de manera expresa, en tanto la actual Ley lo señala dentro de las facultades de la ANA, desarrollándose en el reglamento (artículos 206 al 209).

Reserva de uso de agua: Definiciones

Page 32: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

Licencia provisional Autorización de uso de agua Reserva

Se otorga a titulares de concesiones otorgadaspor las entidades públicas competentes que tengan como fin la realización de estudios en cualquier actividad.

Se otorga para ejecución de estudios, ejecución de obras y lavados de suelos

Derecho especial intransferible, que separa un determinado volumen de agua de libre disponibilidad de una fuente natural de agua superficial o subterránea, con la finalidad de garantizar la atención de las demandas de un proyecto declarado de interés regional o nacional.

Plazo determinado y no puede superar el de lasconcesiones que la originan

Plazo determinado, no mayor a dos (2) años, puede ser prorrogada una única vez por un plazo similar.

Plazo determinado, dos años prorrogables en tanto subsistan las causas que las motivan.

Cumplidas las condiciones bajo las cuales se otorgó la licencia provisional se procede, a solicitud de parte, al otorgamiento de la licencia de uso que faculte para hacer uso efectivo del agua.

Permite usar una cantidad anual de agua para cubrir exclusivamente las necesidades de aguas derivadas o relacionadas directamente con la ejecución de estudios, ejecución de obras o lavados de suelos

No faculta el uso del agua

¿Licencia provisional, autorización y reserva son parecidas?

Page 33: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

TRIBUNAL DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

HÍDRICAS[2da INSTANCIA]

AUTORIDAD ADMINISTRATIVA

DEL AGUA[1ra INSTANCIA]

CONSEJO DE RECURSOS HÍDRICOS DE CUENCA

ADMINISTRADOR LOCAL DE AGUA

PLAN DE GESTIÓN DE RECURSOS

HÍDRICOS DE CUENCA

VER

IFIC

A

CO

NFO

RM

IDA

DINICIO DEL

PROCEDIMIENTO

APELAFIN

SI

NO

1

2

34

5

SOLICITA OPINIÓN

DEVUELVE EXPEDIENTE

ELE

VA

IN

FO

RM

E

ANA – Sede Central

Sin facultades

Importancia de fortalecer la institucionalidad en el acceso a

los recursos hídricos

Page 34: Derechos de Uso de Agua

Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”

TRIBUNAL DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

HÍDRICAS[2da INSTANCIA]

AUTORIDAD ADMINISTRATIVA

DEL AGUA[1ra INSTANCIA]

CONSEJO DE RECURSOS HÍDRICOS DE CUENCA

ADMINISTRADOR LOCAL DE AGUA

PLAN DE GESTIÓN DE RECURSOS

HÍDRICOS DE CUENCA

VER

IFIC

A

CO

NFO

RM

IDA

DINICIO DEL

PROCEDIMIENTO

APELAFIN

SI

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SOLICITA OPINIÓN

DEVUELVE EXPEDIENTE

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Importancia de fortalecer la institucionalidad en el acceso a

los recursos hídricos

Page 35: Derechos de Uso de Agua

Seminario:“Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú” 27 de junio , 2014

“Régimen Legal para el otorgamiento de Derechos de Uso de Agua”

Muchas Gracias.