diálogo estado

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Guatemala: la lucha por el Estado de derecho Luis Raúl Salvadó C. El concepto de Estado de derecho no es unívoco. Se habla de definiciones formales o “débiles” en una especie de escala que va de ellas hasta las “definiciones fuertes”, y el debate no finaliza con la toma de posición al respecto sino se extiende a muchos aspectos más, algunos resaltados en las presentes notas. Una de las llamadas definiciones fuertes de Estado de derecho, señala que éste es una organización política cuyos principales mecanismos han sido diseñados para orientar, poner límites, dirigir a la administración para que reconozca, respete y garantice los derechos fundamentales de la ciudadanía y la población de su territorio para lo cual, entre otros procedimientos, establece mecanismos de control a su propio poder (J. F. Ruiz Valerio: 2009; 49 ff.) Esto es, derechos fundamentales y autocontrol están en el centro de la caracterización. Si con base en lo anterior se hace una reflexión sobre la situación de los derechos humanos en Guatemala, la reacción puede ser, cuando menos, de desaliento, al percatarse de la distancia que media entre las características consignadas en la definición previa y las que presenta nuestro Estado. Efectivamente, cuando se lee o discute algún informe sobre la situación de los derechos humanos o sobre su grado de garantización como derechos fundamentales, se tiende a enfatizar en las múltiples violaciones de que son objeto, muy pocas veces se reconocen avances, aunque los haya, posiblemente porque son menos perceptibles o porque, pese a todo, son insatisfactorios. Los énfasis que pudiesen encontrarse van a depender de quién haya producido el informe y de la coyuntura sobre la cual se rinde cuentas. Pero siempre se presenta, como mínimo, una marcada insatisfacción sobre la forma en que el Estado articula su relación con la ciudadanía y sobre cómo organiza marcos, leyes, procedimientos, para que las relaciones de los

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Guatemala: la lucha por el Estado de derechoLuis Ral Salvad C.El concepto de Estado de derecho no es unvoco. Se habla de definiciones formales o dbiles en una especie de escala que va de ellas hasta las definiciones fuertes, y el debate no finaliza con la toma de posicin al respecto sino se extiende a muchos aspectos ms, algunos resaltados en las presentes notas. Una de las llamadas definiciones fuertes de Estado de derecho, seala que ste es una organizacin poltica cuyos principales mecanismos han sido diseados para orientar, poner lmites, dirigir a la administracin para que reconozca, respete y garantice los derechos fundamentales de la ciudadana y la poblacin de su territorio para lo cual, entre otros procedimientos, establece mecanismos de control a su propio poder (J. F. Ruiz Valerio: 2009; 49 ff.) Esto es, derechos fundamentales y autocontrol estn en el centro de la caracterizacin.

Si con base en lo anterior se hace una reflexin sobre la situacin de los derechos humanos en Guatemala, la reaccin puede ser, cuando menos, de desaliento, al percatarse de la distancia que media entre las caractersticas consignadas en la definicin previa y las que presenta nuestro Estado. Efectivamente, cuando se lee o discute algn informe sobre la situacin de los derechos humanos o sobre su grado de garantizacin como derechos fundamentales, se tiende a enfatizar en las mltiples violaciones de que son objeto, muy pocas veces se reconocen avances, aunque los haya, posiblemente porque son menos perceptibles o porque, pese a todo, son insatisfactorios. Los nfasis que pudiesen encontrarse van a depender de quin haya producido el informe y de la coyuntura sobre la cual se rinde cuentas. Pero siempre se presenta, como mnimo, una marcada insatisfaccin sobre la forma en que el Estado articula su relacin con la ciudadana y sobre cmo organiza marcos, leyes, procedimientos, para que las relaciones de los ciudadanos entre s, en especial en temas de fuerte conflictividad, puedan transitar sobre procedimientos modernos, consensuales.

Ms all de las definiciones acadmicas, la perspectiva de los derechos humanos es un indicador de la calidad de las relaciones sociales. Si se acepta esto, se destaca la importancia del rol del Estado y sus instituciones en los impulsos de reordenamiento de las mismas (instituciones y relaciones) para que la dignidad la dignificacin de la ciudadana y de los habitantes del pas sea realidad cotidiana. Y ac de nuevo las insatisfacciones ciudadanas parecen crecer. Baste leer los dos artculos del Ttulo I de nuestra constitucin poltica, y luego contrastarlos con las cifras y tendencias que muestran los informes, gubernamentales o no, sobre el contenido de los artculos mencionados para comenzar a explicarse tales insatisfacciones. Este es un mbito en que el Estado an est en deuda con la ciudadana.Si en la misma lnea argumental se intenta explicar cmo se encuentra la relacin entre nuestro Estado y las tendencias existentes para el disfrute de la vida democrtica, la sensacin predominante tambin es de descontento. El Estado de derecho, es, para decirlo en alguna forma, el traje de domingo de la democracia. Es la institucionalidad de la democracia, dice el profesor Elas Daz, y por ella entiende la existencia viva de una doble participacin de la ciudadana plena, hombres y mujeres, tanto en la toma de las decisiones como en el disfrute de los resultados (Daz: 1998). Se trata de una relacin social que exige la garanta de los derechos fundamentales como requisito para la participacin ciudadana plena, a la vez que reclama un verdadero involucramiento de la ciudadana en los procesos sociopolticos. En contraste con lo anterior, hay suficientes pruebas para afirmar que hay sectores de poblacin con una fuerte carga de apata ciudadana, otros que cuestionan la calidad de la democracia realmente existente o de alguno de los aspectos en que debera verse reflejada tanto en la cotidianeidad como en los eventos y procesos crticos, y tambin otros que, en direccin contraria, recelan de cualquier posibilidad de rebasar los lmites de la democracia electoral y, por supuesto, otros ms para quienes el pasado autoritario debera ser el futuro. Como suele suceder frecuentemente con las explicaciones en este y otros temas similares, las variables independientes siempre son muchas. Dejando por el momento el recurso explicativo que para las causas ofrecen los factores estructurales, de largo plazo, hay que detenerse y reflexionar a grandes rasgos en el proceso que corre desde el momento de la firma del Acuerdo de paz firme y duradera, que sintetiza los acuerdos previos que se negociaron entre el Estado y la insurgencia guatemalteca en un proceso de varios aos de duracin en el que las partes, particularmente el Estado, se comprometieron a cumplir una serie de compromisos cuyo sentido profundo era encauzar al pas en un proceso de transicin hacia formas democrticas de vida, en el marco de una Constitucin moderna, claramente rectora de la transicin, portadora de una propuesta de Estado social de derecho. Se trataba de iniciar un proceso que debera contribuir para que Estado y sociedad salieran de la larga etapa de las dictaduras militares para hacernos descubrir o redescubrir, segn la edad y la experiencia de quien evale, la vida en democracia, a la vez que abrir espacios para neutralizar y hacer retroceder las causas que dieron origen al enfrentamiento armado. Al momento actual el proceso aparece a ojos de muchos, estancado, a los ojos de otros, muerto. Es indiscutible que ya no rige el Estado del perodo del enfrentamiento armado interno, pero tambin es innegable que la vida ciudadana no est siendo regida por un Estado de vocacin democrtica, y ambas cuestiones pueden demostrarse con diversidad de ejemplos sin que haya contradiccin en ello. No se trata nicamente de constatar la existencia de instituciones surgidas al tenor del proceso de paz y bsqueda de la democracia pues, como nos recuerda Hermet, en relacin a esta ltima frecuentemente se suele confundir extensin con profundidad (Guy Hermet, 2008)El Estado del post conflicto muestra avances, pero tambin tiene carencias, ausencias y lastres que no permiten entenderle del todo como un Estado de derecho versin fuerte. Como se sugiri, no se trata de la inexistencia de las instituciones necesarias sino de la forma que asume su funcionamiento real. Y para hablar del funcionamiento real hay, sin duda, que situarlo como uno de los resultados de la cultura poltica predominante, tanto en las clases y sectores dominantes como en la alta burocracia de los diferentes gobiernos que se han tenido. Esta cultura, definida por algunos como autoritaria, por otros como pre-moderna, por otros ms como atrasada, clientelar, excluyente, etc., se ha ido formando a lo largo de la historia, pero se enraza con fuerza durante el conflicto armado interno y se prolonga durante los regmenes de la llamada etapa democrtica, antes y despus de la firma del acuerdo de Paz firme y duradera.Si eso es as, y parece serlo, se ven afectados directamente el disfrute y la garantizacin de los derechos humanos, as como la posibilidad de recibir y proteger derechos nuevos. A la vez, esto impacta a negativamente las posibilidades de la democracia, las limita. Por ello, si se pregunta por qu el Estado guatemalteco no ha sido capaz de cumplir con su mandato constitucional no debe responderse nica ni principalmente enfatizando en las fallas en el diseo sino tambin con el anlisis de las fuerzas sociales que han mostrado ms capacidad para cooptar, influir, en espacios clave de ese diseo. Y por supuesto, tambin de aquellas que, por mltiples razones, se encuentran excluidas del juego poltico o lo juegan con enormes desventajas. Los avances hacia un Estado de derecho, cuando menos acorde al mandato constitucional, su fortalecimiento y el encuentro con la democracia son una necesidad, pero esto plantea una serie de interrogantes nuevas. Y tambin nuevas formas para plantearnos y solucionar viejos problemas. En este momento ya no se enfrentan como durante el conflicto armado democracia contra dictadura, Estado de derecho contra Estado de no-derecho, sino aparecen en escena diferentes proyectos de Estado, algunos exigentes y otros dbiles, unos ms restrictivos y otros ms amplios, que compiten en diferentes formas por imponerse. Y pensar escenarios a futuro e intervenir en ellos es vital para la forma en que se resuelva lo anterior. La alternativa Estado de derecho contra Estado de no derecho no es ahora el principal ni el nico punto del debate. El tipo de organizacin de la vida social que se ha alcanzado, se le diga como sea, no es irreversible. Pueden sucederse restauraciones reaccionarias, aunque el mayor riesgo en este momento es que se produzcan formas polticas que mantengan la institucionalidad nominal, aunque vacindola del sentido y las posibilidades democrticas. Pero tambin podemos avanzar hacia formas de organizacin que, es de esperar, puedan llamarse sin duda alguna Estado democrtico de derecho. Guatemala, 2 de febrero del 2014