diapo libros electronicos.pptx
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Presentacin de PowerPoint
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN
FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS
ESCUELA ACADEMICA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
DOCENTE : C.P.CC. M. Sc. RAIDITH RIVA RUIZ
ESTUDIANTES:
APAGUEO ARMAS EDIN EBELARDO
PUELLES CALDERON GERAL
MAUTINO CHOTA PAUL
VASQUEZ GRANDEZ ELITA ELVIRA
LIBROS ELECTRONICOS
MARCO LEGALLIBROS ELECTRONICOS
RES. N DE SUPERINTENDENCIATEMA QUE NORMAFECHAN 286-2009Dictan disposiciones para la implementacin del llevado optativo de determinados Libros y Registros de manera electrnica, mediante el Programa de Libros Electrnicos PLE, a partir del 01/07/201031/12/2009N 248-2012Modifican la RS N 286-2009 determinndose a los PRICOS como sujetos obligados a llevar libros electrnicos mediante el PLE, a partir del 01/01/201328/10/2012N 066-2013Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrnica en SOL (Portal)28/02/2013N 379-2013Establece que los sujetos con ingresos mayores a 500 UIT estn obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrnica, a partir del 01/01/2014. Asimismo, se posterga la posibilidad de llevar dichos registros en PLE o en Portal, a partir del 01/05/2014.29/12/2013N 034-2014Se aprueba la nueva versin 3.0.2 del PLE para ser utilizado desde el 01.02.2014 al 30.04.201405/04/2014N 121-2014Se posterga la posibilidad de llevar dichos registros en PLE o en el portal, a partir del 08.05.2014. se sustituye el Anexo N 2 "Estructuras e informacin de los Libros y/o Registros Electrnicos". Asimismo, se establecen fechas mximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras aplicables a los PRICOS.05/04/2014N 018-2015se modificaron las condiciones establecidas para los sujetos obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrnica a partir del 01.01.201520/01/2015Es un aplicativo desarrollado por la SUNAT quese instala en la computadora del contribuyente y le permite generarel Libro Electrnicoen el Sistema de Libros Electrnicos SLEPLE y obtener laConstancia de Recepcinrespectiva.
QUE ES EL PROGRAMA DE LIBROS ELECTRONICOS
FUNCIONES DEL PROGRAMA DE LIBROS ELECTRONICOS
La generacin y envo del Resumen del Libro Electrnico validado
La verificacin, que permite contrastar si la informacin de los Libros y/o Registros
La consulta del historial
La visualizacin de las Constancias de Recepcin generadas
QUINES PUEDEN UTILIZAR EL PLE?
El Programa de Libros Electrnicos - PLE, puedeser utilizado por aquellos contribuyentesque tengan la obligacin de llevar libros y registros contables y tributarios y que cuenten con un sistema de contabilidad, desde una hoja de clculo, hasta un sistema ms desarrollado
CONDICIONES PARA EJERCER LA OPCION
CMO ME AFILIO AL SISTEMA DE LIBROS Y REGISTROS ELECTRNICOS?
La afiliacin al Sistema de Libros Electrnicos esopcional
Podr ser realizada por el sujeto receptor de rentas de tercera categora que cuente con cdigo de usuario y calve sol.
Si opta por afiliarse al sistema, debe seguir los siguientes pasos:
Sujetos usuarios del Sistema de Libros Electrnicos - SLE
Incorporados
Obligados
Afiliados
1. Sujetos incorporados al PLE
NINCORPORADOSReg. de Ventas y Reg. de ComprasLibro Diario y Libro Mayor1Los que eran PRICOS cuando entr en vigencia la RS N 248- 2012Desde Enero 2013 Slo usa PLEPlazo de atraso 2014:Cronograma Tipo ADesde Junio 2013 Slo usa PLE Plazo de atraso: 3 meses2Los que fueron designados nuevos PRICOS mediante la RS N 309- 2012Desde Marzo 2013 Slo usa PLEPlazo de atraso 2014: Cronograma Tipo ADesde Junio 2013 Slo usa PLE Plazo de atraso: 3 meses3Los PRICOS sealados en el Anexo I de la RS N 379-2013Desde Enero 2014 Slo usa PLEPlazo de atraso 2014: Cronograma Tipo ADesde Junio 2014 Slo usa PLE Plazo de atraso: 3 meses4Los nuevos PRICOS que sean designados en el futuro mediante alguna RSDesde el cuarto mes siguiente a aquel en que entre en vigencia la RS que lo designe PRICOSlo usa PLEDesde el cuarto mes siguiente a aquel en que entre en vigencia la RS que lo designe PRICOSlo usa PLE Plazo de atraso: 3 mesesLibrosobligatorios PLE
Anexo 1
Anexo 5
NLE Obligatorios1REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS2REGISTRO DE COMPRASNLE Obligatorios1REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS2REGISTRO DE COMPRAS3LIBRO DIARIO4LIBRO MAYOR5LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADOLibros voluntariosPLE
Anexo 4
NLE Voluntarios1LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES2REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FSICAS3REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO4REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS5LIBRO CAJA Y BANCOS6REGISTRO DE CONSIGNACIONES7REGISTRO DE COSTOS8LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL ARTICULO 34 DE LA LIRA partir del 1 de enero de 2015
Se encuentren acogidos al Rgimen General
Estn obligados a llevar los registros de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del IGV.
No hayan sido incorporados al SLE- PLE.
No se hubieran afiliado al SLE-PLE y generado los registrosen dicho sistema.
No hayan generado los registros en el SLE- PORTAL.
Hayan obtenido en el 2014 ingresos mayores a 150 UIT
Se encuentren inscritos en el RUC con estado Activo
Parmetros para determinar ingresos mayores a 150 UIT
UIT vigente del ejercicio 2014
Si las declaraciones fueron presentadas con el PDT 621 debern considerar los montos declarados en las casillas:100, 105, 106, 109,
112 y 160
Si las declaraciones fueron presentadas mediante laopcin simplificada IGV Renta Mensual debern considerar los montos declarados en la casilla 100
A partir del 1 de enero de 2016
Se encuentren acogidos al Rgimen General o Rgimen Especial del I.R.
Estn obligados a llevar los registros de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del IGV.
No hayan sido incorporados al SLE- PLE.
No se hubieran afiliado al SLE-PLE y generado los registrosen dicho sistema.
No hayan generado los registros en el SLE- PORTAL.
Hayan obtenido en el 2015 ingresos iguales o mayores a 75 UIT
Se encuentren inscritos en el RUC con estado activo al 1 de enero 2016
Parmetros para determinar ingresos iguales o mayores a 75 UIT
UIT vigente del ejercicio 2015
Si las declaraciones fueron presentadas con el PDT 621 debern considerar los montos declarados en las casillas:100, 105, 106, 109,
112 y 160
Si las declaraciones fueron presentadas mediante laopcin simplificada IGV Renta Mensual debern considerar los montos declarados en la casilla 100
Informacin obtenida del PDT 621
PLAZOS DE ATRASO DEL REGISTRODE VENTAS Y DE COMPRAS ELECTRNICO
CRONOGRAMA TIPO A
Los plazos de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras llevados de manera electrnica, para todo el ao 2015 han sido establecidos en los siguientes anexos de la Resolucin de Superintendencia N 390-2014/SUNAT
ANEXOI:CRONOGRAMATIPOA:FECHAMXIMADEATRASODEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
Aplicable a sujetos que al 31 de diciembre de 2014:
-Hayan sido incorporados o estuvieren afiliados al SLE - PLE
-Se encuentren obligados por la RS- N 379-2013/SUNAT
-Hubieren obtenido la calidad de generador en el SLE - PORTAL
Aplicable a sujetos que a partir del 01 de enero de 2015:
-Se afilien al SLE PLE
-Obtengan la calidad de generador en el SLE- PORTAL
Plazo de atraso para los que ya llevan LE:
PLE y PORTAL
LE: PLE y PORTAL
CRONOGRAMA TIPO B
ANEXO II: CRONOGRAMA TIPO B: FECHA MXIMA DE ATRASO DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2015
Aplicable a
-Nuevos obligados
-Los sujetos que sean designados como principales contribuyentes a partir del 01 de enero de 2015.
Plazo de atraso para los nuevos que lleven
Adjuntar archivo en formato TXT y posteriormente enviar el libro electrnico el cual generara la constancia de presentacin.
Permite verificar el envio de su libro electrnico siempre que importe el archivo generado en formato xple, luego de la presentacin.
Permite consultar la presentacin de su libro electrnico ya sea por rango de fecha de presentacin o tipo de libro.
Permite consultar y descargar la constancia de presentacin de un libro electrnico.
FUNCIONALIDADES DEL PLE
NOMENCLATURA DELOS LIBROS ELECTRNICOS
Como se debe nombrar al Libro Electrnico?
Libro Electrnico (fijo)
RUC del Generador
Periodo Ao Mes Da
Identificador del
Libro (14.1) Oportu-
nidad (slo LIB)
PLE (fijo)
Moneda
Con informacin Operacin (cierre)
RUC del Generador:20131312950
Periodo a generar:Diciembre 2014
Tipo de Libro: Registro de Ventas e Ingresos
No se est cerrando el libro
Libro con informacin
Llevado en moneda nacional
Estados para el registro de operaciones en el PLE
EstadoDetalle de la Operacin o Documento cuandoReg. de VentasReg. de ComprasDems Libros0La operacin (anotacin optativa sin efecto en el IGV) corresponde al periodo, emitidas en el periodoXX1La operacin corresponde al periodoXXX2El documento (CdP) ha sido inutilizado (anulado) durante el periodo previamente a ser entregado, emitido o durante su emisin.X6La fecha de emisin del CdP o del pago del impuesto, por operaciones que otorguen derecho a crdito fiscal, es anterior al periodo de anotacin y esta se produce dentro de los doce meses siguientes a la emisin o pago del impuesto, segn correspondaX7La fecha de emisin del CdP o pago del impuesto, por operaciones que otorgaban derecho a crdito fiscal, es anterior al periodo de anotacin y esta se produce luego de los doce meses siguientes a la emisin o pago del impuesto, segn correspondaX8La operacin (CdP) corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada en dicho periodoXX9la operacin (CdP) corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en dicho periodoXXXAspecto relevante del Registro de Compras Electrnico
EnelRegistrodeComprasElectrnicos(PLE)noexistela
posibilidad de anotar facturas en periodos anteriores (estado
8) lo que implica que no es posible introducir crdito fiscal en meses anteriores.
Sisepuedemodificaralgunafacturaqueseanotanteriormente (con el estado 9).
Cabesealarqueelartculo
6delReglamentodelIGV
S.N161-2012-EFsealalo
modificadomedianteelD.
siguiente: El derecho al crdito fiscal se ejercer en el periodo al que corresponda la hoja del Registro de Compras en la que se anote el comprobante de pagoodocumentorespectivo,siemprequela anotacin se efecte en las hojas del Registro de Compras sealadas en el numeral 3 del artculo 10.
Libro Diario: se incluye un sublibro adicional
Versin 4.0
5.1 LIBRO DIARIO
5.3 DETALLE DEL PLAN
CONTABLE UTILIZADO: Cdigo
de la Cuenta Contable desagregada hasta el nivel mximo de dgitos utilizado
Obligatorio en el periodo de enero cada ao o cuando se genera el libro electrnico por primera vez.
En los dems meses se puede optar por generar un libro vacio salvo que el Plan Contable sufra modificaciones.
A partir del 8 de mayo 2014, para efectos de la presentacin del libro diario o libro diario formato simplificado se deber validar y adjuntar dos archivos de texto. Con las siguientes caractersticas:
LIBRO DIARIO
050100
050300
LERRRRRRRRRRRAAAAMM0005010000OIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMM0005030000OIM1.TXT
LIBRO DIARIO FORMATO SIMPLIFICADO
050200
050400
LERRRRRRRRRRRAAAAMM0005020000OIM1.TXT LERRRRRRRRRRRAAAAMM0005040000OIM1.TXT
(*) Obligatorio en el periodo de enero cada ao o cuando se genera el libro electrnico por primera vez.En los dems meses se puede optar por generar un libro vacio salvo que el Plan Contable sufra modificaciones.
Libro Diario: nomenclatura
Cuales son los archivos que debe almacenar?
Archivo TXT
ARCHIVO XPLE
CONSTANCIA DE RECEPCIN
Alcances del llevado de Libros Electrnicos
FormalidadesLibros ElectrnicosconservacinMientras el tributo no est prescrito (Libro I-capituloIV,articulo43plazosdeprescripcin CODIGO TRIBUTARIO)almacenamientoEnunmediodealmacenamiento magntico, ptico u otros similareslugarUn ejemplar: en su domicilio fiscalOtro ejemplar: en caso de ser Principales Contribuyentes deber conservar otro ejemplar en otro domicilio comunicado al momento de la afiliacin o incorporacin al sistema.El SLE-Portal es un aplicativo en SUNAT Operaciones en Lnea SOL que permite la captura de la informacin para generar el RVI y el RC de manera electrnica.
A los contribuyentes que opten en ser usuarios del sistema, la SUNAT los sustituir en su obligacin de almacenamiento, archivo y conservacin de los Registros Electrnicos generados en el sistema.
El contribuyente podr descargar ejemplares delos Registros Electrnicos generados en el sistema.
Modelo de Libros Electrnicos SLEPORTAL
Registro de Ventas Portal - Opciones
Registro de Comprobante de Pago Fsicos
Consultas, modificaciones y bajas de CdP Fsicos
Generacin de Registro de Ventas Electrnico
Descarga de Registro de Ventas Electrnico
Importacin de Comprobantes de Pago Fsico
Disponible
1 de octubre 2013
Registro de Compras Portal Opciones
Registro de Comprobante de Pago Fsicos
Consultas, modificaciones y bajas de CdP Fsicos
Generacin de
Registro de
Compras Electrnico
Descarga de Registro de Compras Electrnico
Importacin de Comprobantes de Pago Fsico
Segmento
Enero
2013
Gen Jun 2013
Enero 2014
Julio 2014
Enero 2015
PRICOSRVE + RCE
(14,400)LD + LM
Ing. > 500 UIT
RVE + RCE (23,000)
Ing. >150 UIT
(80,000)
RVE + RCE
Ing. = > 75
UIT
(603,000)
RVE +
RCE
RER (186,000)
RVE + RCE
Propuesta de masificacin de LE
2016
Comp. de Pago Electrnicos
2.- Libros Electrnicos:
Reg. Ventas
Reg. Compras
Eliminacin:
1.DAOT
COA Estado
PDB Exportadores
Inf. Retenciones
Inf. Percepciones
1.- CdP Electrnicos:
Facturas
Comp. Retencin
Comp. Percepcin
Cruce masivo electrnico
3.- PDT 621
Informacin vlida y oportuna
Documentos Fuentes
Uso de la informacin
Flujo de informacin virtual del IGV
Declaracin
Jurada Virtual
Comp. de
Pago Fsicos
RECOMENDACIN:
Verificar el Buzn Electrnico
Actualizar la Ficha Ruc (Correos, telfonos)
EJEMPLO
EJECUCION DEL MODO DE PRUEBA SIN CLAVE SOL
EJECUCION DEL MODO DE PRUEBA SIN CLAVE SOL
EJECUCION DEL MODO DE PRUEBA SIN CLAVE SOL
EJECUCION CON CLAVE SOL - VALIDAR
VALIDAR COMPRAS DEL MES DE MAYO
VALIADAR
VALIDAR RESUMEN DE CONSISTENCIA
VALIDAR INFORMACION CONSISTENTE
ENVIAR ADVERTENCIA DEL PRIMER ENVIO
ENVIAR CASO DE LIB
ENVIAR
ENVIAR CREACION DE CARPETAS
ENVIAR CONSTANCIA DE RECEPCION
VERIFICAR
VERIFICAR RESULTADO OK
HISTORIAL DE EVENTOS REALIZADOS
MUCHAS GRACIAS!