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Marco lógico para el Componente II
Objetivo:
Impulsar la Ordenación forestal aplicando técnicas silvícolas que permitan alcanzar la
máxima productividad de los bosques conservando la biodiversidad.
Indicadores:
2.1. Superficie reordenada para transformar la silvicultura
que contemplen tratamientos silvícolas intensivos y
prácticas de conservación de la biodiversidad.
2.2. Superficie incorporada a manejo forestal con objetivos
de silvicultura intensiva y prácticas de conservación de
la biodiversidad
2.3. Superficie bajo manejo forestal ejecutando acciones
de intensificación de la silvicultura y prácticas para la
conservación de la biodiversidad
2.4. Superficie forestal certificada incluyendo la
participación de instrumentos nacionales e
internacionales (ATP, NMX, FSC y PEFC)
2.5. Implementación de un sistema de monitoreo silvícola,
ambiental y de conservación de la biodiversidad
Metas:
Superficie de 4.6 millones de hectáreas con
prescripción de tratamientos silvícolas
intensivos
180,000 ha incorporadas al manejo forestal
1.2 millones de hectáreas ejecutando
acciones de intensificación de la silvicultura y
prácticas para la conservación de la
biodiversidad.
2.4 millones de ha certificadas
Sistema de monitoreo implementado en las
zonas de reactivación de la silvicultura
Conjunto de disposiciones jurídicas que norman el
aprovechamiento forestal, establecimiento de
plantaciones, transporte, almacenamiento y
transformación de materias primas forestales,
saneamiento, importación y exportación de productos
forestales, dentro del régimen de libertades y
competencias que establece la Constitución.
Ordenamientos directos
– Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
– Acuerdos internacionales
– Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (25/Feb/03)
– Reglamento de la LGDFS (21/feb/05)
Ordenamientos complementarios o supletorios
– Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA)
– Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente (LGEEPA)
– Ley General de Vida Silvestre (LGVS)
– Ley Agraria (LA)
– Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación del
Impacto Ambiental
– Reglamento de la LGEEPA en materia de Áreas
Naturales Protegidas
– Normas Oficiales Mexicanas (NOM)
– Decretos
– Acuerdos (Presidenciales, Secretariales)
Conjunto de facultades o atribuciones que el orden
jurídico confiere a un órgano administrativo.
• Facultades (Qué órgano administrativo)
• Atribuciones (Quién dentro del órgano administrativo)
1. Su ejercicio es obligatorio
2. Es indisponible (no puede renunciarse ni comprometerse)
3. Tiene su origen a nivel constitucional, legal, reglamentario
y por delegación.
CAPITULO I. Del Objeto y Aplicación de la Ley
CAPITULO II. De la Terminología empleada en esta Ley
CAPITULO I. Del Servicio Nacional Forestal
CAPITULO II. De la Distribución de Competencias en Materia Forestal
Sección 1. De las Atribuciones de la Federación
Sección 2. De las Atribuciones de los Estados y del Distrito Federal
Sección 3. De las Atribuciones de los Municipios
CAPITULO III. Del Sector Público Federal Forestal
Sección 1. De las Atribuciones de la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales en Materia Forestal
Sección 2. De la Comisión Nacional Forestal
Sección 3. De las Promotorías de Desarrollo Forestal
CAPITULO IV. De la Coordinación Institucional
CAPITULO I. De los Criterios de la Política Nacional en Materia Forestal
CAPITULO II. De los Instrumentos de la Política Forestal
Sección 1. De la Planeación del Desarrollo Forestal
Sección 2. Del Sistema Nacional de Información Forestal
Sección 3. Del Inventario Nacional Forestal y de Suelos
Sección 4. De la Zonificación Forestal
Sección 5. Del Registro Forestal Nacional
Sección 6. De las Normas Oficiales Mexicanas en Materia Forestal
Sección 7. Del Sistema Nacional de Gestión Forestal
Sección 8. Del Estudio Satelital Anual del Índice de Cobertura Forestal.
CAPITULO I. De las Autorizaciones para el Aprovechamiento de los
Recursos Forestales
CAPITULO II. Del Aprovechamiento y Uso de los Recursos Forestales
Sección 1. Del Aprovechamiento de los Recursos Forestales Maderables
Sección 2. De las Plantaciones Forestales Comerciales
Sección 3. Del Aprovechamiento de los Recursos Forestales No Maderables
Sección 4. De la Colecta y Uso de los Recursos Forestales
CAPITULO III. Del Manejo Forestal Sustentable y Corresponsable
Sección 1. De los Servicios Técnicos Forestales
Sección 2. De las Unidades de Manejo Forestal
Sección 3. De las Auditorías Técnicas Preventivas
Sección 4. De la Certificación Forestal
CAPITULO IV. Del transporte, Almacenamiento y Transformación de las
Materias Primas Forestales
CAPITULO I. Del Cambio de Uso del Suelo en los Terrenos Forestales
CAPITULO II. De la Sanidad Forestal
CAPITULO III. De la Prevención, Combate y Control de Incendios Forestales
CAPITULO IV. De la Conservación y Restauración
CAPITULO V. De la Reforestación y Forestación con Fines de Conservación
y Restauración
CAPITULO VI. De los Servicios Ambientales Forestales
CAPITULO VII. Del Riesgo y Daños Ocasionados a los Recursos Forestales,
al Medio Ambiente, Ecosistemas o sus Componentes
CAPITULO I. De los Instrumentos Económicos del Fomento Forestal
Sección 1. De los Incentivos Económicos
Sección 2. Del Fondo Forestal Mexicano
CAPITULO II. De la Infraestructura para el Desarrollo Forestal
CAPITULO III. De la Investigación para el Desarrollo Forestal Sustentable
CAPITULO IV. De la Cultura, Educación y Capacitación Forestales
CAPITULO I. Del Derecho a la Información, la Participación Social y de la
Concertación en Materia Forestal
CAPITULO II. De los Consejos en Materia Forestal
CAPITULO I. De la Prevención y Vigilancia Forestal
CAPITULO II. De la Denuncia Popular
CAPITULO III. De las Visitas y Operativos de Inspección
CAPITULO IV. De las Medidas de Seguridad
CAPITULO V. De las Infracciones
CAPITULO VI. De las Sanciones
CAPITULO VII. Del recurso de revisión
CAPÍTULO ÚNICO
CAPÍTULO PRIMERO. De la Planeación del Desarrollo Forestal
CAPÍTULO SEGUNDO. Del Inventario
CAPÍTULO TERCERO. De la Zonificación Forestal
CAPÍTULO CUARTO. Del Registro Forestal Nacional
CAPÍTULO PRIMERO. De las Autorizaciones para el Aprovechamiento de los
Recursos Forestales
CAPÍTULO SEGUNDO. Del Aprovechamiento de los Recursos Forestales
Sección Primera. Del aprovechamiento de los recursos forestales maderables
Sección Segunda. De las plantaciones forestales comerciales
Sección Tercera. Del aprovechamiento de los recursos forestales no maderables
Sección Cuarta. De la colecta de recursos biológicos forestales
Sección Quinta. Del uso de los recursos forestales
CAPÍTULO TERCERO. Del Manejo Forestal Sustentable y Corresponsable
Sección Primera. De los servicios técnicos forestales
Sección Segunda. De las unidades de manejo forestal
Sección Tercera. De las auditorías técnicas preventivas
CAPÍTULO CUARTO. Del Transporte, Almacenamiento y Transformación de las
Materias Primas Forestales
Sección Primera. De la legal procedencia de las materias primas forestales
Sección Segunda. De la autorización de funcionamiento de los centros de
almacenamiento y de transformación de materias primas forestales
CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones Generales
CAPÍTULO SEGUNDO. Del Cambio de Uso del Suelo en los Terrenos Forestales
CAPÍTULO TERCERO. De la Sanidad Forestal
CAPÍTULO CUARTO. De la Prevención, Combate y Control de Incendios
Forestales
CAPÍTULO QUINTO. De la Conservación y Restauración
CAPÍTULO SEXTO. De la Reforestación y Forestación con Fines de Conservación
y Restauración
CAPÍTULO SÉPTIMO. Del Riesgo y Daños Ocasionados a los Recursos
Forestales, al Medio Ambiente, a los Ecosistemas o sus Componentes
CAPÍTULO ÚNICO
POLÍTICA NACIONAL EN MATERIA FORESTAL (LGDFS, art. 29-34)
El desarrollo forestal sustentable se considera un área prioritaria del
desarrollo nacional. Tendrán ese carácter las actividades públicas o
privadas que se le relacionen.
La política nacional en materia forestal deberá promover el fomento y
la adecuada planeación de un desarrollo forestal sustentable
Desarrollo Forestal Sustentable: Proceso evaluable y medible
mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, silvícola,
económico y social que tienda a alcanzar una productividad óptima y
sostenida de los recursos forestales sin comprometer el rendimiento,
equilibrio e integridad de los ecosistemas forestales, que mejore el
ingreso y la calidad de vida de las personas que participan en la
actividad forestal y promueva la generación de valor agregado en las
regiones forestales, diversificando las alternativas productivas y
creando fuentes de empleo en el sector.
Principios rectores de política:
I. Lograr que el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas
forestales sea fuente permanente de ingresos y mejores condiciones
de vida para sus propietarios o poseedores, generando una oferta
suficiente para la demanda social, industrial y la exportación, así
como fortalecer la capacidad productiva de los ecosistemas;
…
V. Asegurar la permanencia y calidad de los bienes y servicios
ambientales, derivados de los procesos ecológicos, asumiendo en
programas, proyectos, normas y procedimientos la interdependencia
de los elementos naturales que conforman los recursos susceptibles
de aprovechamiento como parte integral de los ecosistemas, a fin de
establecer procesos de gestión y formas de manejo integral de los
recursos naturales;
Criterios obligatorios de política:
El uso sustentable de los ecosistemas forestales (ambiental
y silvícola);
La utilización del suelo forestal de manera que mantenga su
integridad física y su capacidad productiva (ambiental y
silvícola);
La integración regional del manejo forestal (ambiental y
silvícola);
La conservación de la biodiversidad de los ecosistemas
forestales (ambiental y silvícola);
Ampliar y fortalecer la participación de la producción forestal
en el crecimiento económico nacional (económico);
Criterios obligatorios de política:
La plena utilización de los ecosistemas forestales mediante
su cultivo y la de los suelos de vocación forestal a través de
la forestación, a fin de dar satisfacción en el largo plazo de
las necesidades de madera por parte de la industria y de la
población, y de otros productos o subproductos que se
obtengan de los bosques (económico);
La participación de las organizaciones sociales y privadas e
instituciones públicas en la conservación, protección,
restauración y aprovechamiento de los ecosistemas
forestales y sus recursos (social);
La regulación y aprovechamiento de los recursos y terrenos
forestales, deben ser objeto de atención de las necesidades
sociales, económicas, ecológicas y culturales de las
generaciones presentes y futuras (social).
Criterios ambientales y silvícola (art. 33):
I. Orientarse hacia el mejoramiento ambiental del territorio
nacional a través de la gestión de las actividades forestales, para
que contribuyan a la manutención del capital genético y la
biodiversidad…
II. La sanidad y vitalidad de los ecosistemas forestales;
III. El uso sustentable de los ecosistemas forestales…
IV. La estabilización del uso del suelo forestal a través de
acciones que impidan el cambio en su utilización, promoviendo
las áreas forestales permanentes;
V. La protección, conservación, restauración y aprovechamiento
de los recursos forestales a fin de evitar la erosión o degradación
del suelo;
VI. La utilización del suelo forestal debe hacerse de manera que
éste mantenga su integridad física y su capacidad productiva,
controlando en todo caso los procesos de erosión y degradación;
Criterios ambientales y silvícola (art. 33):
VII. La integración regional del manejo forestal, tomando como
base preferentemente las cuencas hidrológico-forestales;
VIII. La captación, protección y conservación de los recursos
hídricos y la capacidad de recarga de los acuíferos;
IX. La contribución a la fijación de carbono y liberación de
oxígeno;
X. La conservación de la biodiversidad de los ecosistemas
forestales, así como la prevención y combate al robo y extracción
ilegal de aquéllos, especialmente en las comunidades indígenas;
XI. La conservación prioritaria de las especies endémicas,
amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección
especial;
Criterios ambientales y silvícola (art. 33):
XII. La protección de los recursos forestales a través del combate
al tráfico o apropiación ilegal de materias primas y de especies;
XIII. La recuperación al uso forestal de los terrenos
preferentemente forestales, para incrementar la frontera forestal,
XIV. El uso de especies compatibles con las nativas y con la
persistencia de los ecosistemas forestales.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS
Manejo forestal: El proceso que comprende el conjunto de acciones
y procedimientos que tienen por objeto la ordenación, el cultivo, la
protección, la conservación, la restauración y el aprovechamiento de
los recursos y servicios ambientales de un ecosistema forestal,
considerando los principios ecológicos, respetando la integralidad
funcional e interdependencia de recursos y sin que merme la
capacidad productiva de los ecosistemas y recursos existentes en la
misma; (LGDFS, Reforma del 4 de junio de 2012);
Manejo forestal. La toma de decisiones integradas y coordinadas
dirigidas a la utilización de los recursos forestales con el fin de cubrir
las necesidades sociales, económicas, culturales y espirituales de
las generaciones presentes y futuras por productos forestales y
servicios (The Sustainable Forestry Handbook).
INSTRUMENTOS/CONCEPTOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS
Ordenación forestal: La organización económica de un área
forestal tomando en cuenta sus características silvícolas, que implica
la división espacial y temporal de las actividades del manejo forestal;
Silvicultura. La teoría y práctica de controlar el establecimiento,
composición, constitución, crecimiento y desarrollo de los
ecosistemas forestales para la continua producción de bienes y
servicios (LGDFS).
INSTRUMENTOS/CONCEPTOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS
INSTRUMENTOS/CONCEPTOS
Programa de manejo forestal: El instrumento técnico de planeación
y seguimiento que describe las acciones y procedimientos de manejo
forestal sustentable.
Unidad de manejo forestal: Territorio cuyas condiciones físicas,
ambientales, sociales y económicas guardan cierta similitud para
fines de ordenación, manejo forestal sustentable y conservación de
los recursos;
Aprovechamiento Forestal. La extracción realizada [en los términos
de la Ley,] de los recursos forestales del medio en que se
encuentren, incluyendo los maderables y los no maderables.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS
Clasificación de superficies: Es la cuantificación de las superficies
en los programas de manejo forestal;
Zonificación forestal: Instrumento en el cual se identifican, agrupan
y ordenan los terrenos forestales y preferentemente forestales dentro
de las cuencas, subcuencas y microcuencas hidrológico-forestales,
por funciones y subfunciones biológicas, ambientales,
socioeconómicas, recreativas, protectoras y restauradoras, con fines
de manejo y con el objeto de propiciar una mejor administración y
contribuir al desarrollo forestal sustentable;
INSTRUMENTOS/CONCEPTOS
APROVECHAMIENTO DE RECURSOS FORESTALES MADERABLES
Aprovechamiento
Forestal (con fines
comerciales)
Existencia de riesgo a
los rec. forestales,
medio ambiente, los
ecosistemas o sus
componentes
Uso doméstico
- Notificación (Art. 135 LGDFS)
• Realización de actividades
necesarias para evitar una
situación de riesgo
• Extracción de arbolado
• Art. 104 LGDFS
• No requiere
autorización (Art. 71
RLGDFS)
• Leña: arbolado
muerto,
desperdicios,
limpia de monte,
poda (Art 73 RLGDFS)
• NOM 012-
SEMARNAT-1996
Comercial No Comercial
Refrendo de la Autorización
(Art. 60, 79, 84 LGDFS)
Autorización de Aprovechamiento
(Art 73 LGDFS)
Autorización de modificación del
PMF (Art. 71 LGDFS)
• Incluye la del PMF (Art. 73 LGDFS)
• PMF con vigencia al turno (Art. 73
LGDFS)
• Autorización con vigencia al ciclo de corta
(Art. 60 y 79 LGDFS)
• Queda prohibido adelantar plan de corta
o alterar calendario, salvo causas
fehacientemente demostradas
• Se refrenda cuantas veces sea necesario
hasta cumplir el turno y los objetivos del
PMF (Art. 60 y 79 LGDFS)
Trámite Unificado de Aprovechamiento
APROVECHAMIENTO DE RECURSOS FORESTALES MADERABLES
Autorización de
Aprovechamiento
Forestal
Autorización de
Modificación del PMF
Refrendo de la
Autorización
Simplificado Intermedio Avanzado
- Autorización (Art. 73 LGDFS)
- Requisitos (Art. 74 LGDFS)
-Niveles de PM (Art. 77 LGDFS)
• >250 ha
• Art. 37 Frac. I
RLGDFS
• 20 ha y <250 ha
• Art. 37 Frac. II
RLGDFS
• < ó = 20 ha y Conj. Predios < ó = 20 ha que no
rebasen 250 ha (Art. 77 Párrafo 1° LGDFS)
• Art. 37 Frac. III RLGDFS
• Extracción arbolado muerto (Art. 38 RLGDFS)
• Podas/Proy. recreación/invest. (Art. 39 RLGDFS)
- Plazos: 30/60 días (Art 81
LGDFS)
- Inclusión de AFNM: (Art. 59
RLGDFS)
•Titulo que acredite propiedad o posesión
•Plano georeferenciado
•Programa de Manejo Forestal
•Manifestación bajo protesta de decir verdad
•Acta de asamblea (consentimiento del núcleo agrario)
•Reglamento interno o estatuto comunal
•Manifestación de Impacto Ambiental, tratándose de
selvas y ANP (art 76 LGDFS)
En los siguientes casos se puede optar por el…
CASOS
Nuevos aprovechamientos
Incorporación de superficies:
Terrenos de productividad baja y/o bajas existencias
(reconversión)
Para recuperar existencias
Áreas reforestadas
Superficies liberadas de conflictos agrarios.
Por vencimiento de la autorización
AUTORIZACIÓN DE MODIFICACIÓN DE LOS PMF
Causas Requisitos (Art. 24 RLGDFS)
Plazos: 30 días (Art. 25 RLGDFS
y Art. 81 LGDFS)
- Económicas
- Meteorológicas
- Sanitarias
Adelantar plan de corta
o alterar calendario (Art. 71 LGDFS)
Inclusión del
aprovechamiento de
rec. no maderables (Art. 26 RLGDFS)
- Justificación
- PMF modificado
CASOS
Cambio de método o sistema de manejo forestal. Analizar caso por
caso.
Inclusión de tratamientos silvícolas (de corta o complementarios)
Modificación del ciclo de corta y turno
Inclusión de prácticas mejoradas de manejo Forestal
Inclusión de prácticas de manejo para la conservación de la
biodiversidad
Establecimiento de rodales o áreas semilleras
Inclusión de volúmenes de anualidades anteriores no aprovechadas
REFRENDO DE LA AUTORIZACIÓN
Tipo Requisitos (Art. 33 y 44 RLGDFS)
Plazos (Art. 35 y 44 RLGDFS)
Sin autorización
automática (Art. 60 y 79 LGDFS)
Con autorización
automática +
(Art. 44 RLGDFS)
- Solicitud dentro del
último año de
vigencia
- Información actua-
lizada del PMF
- No haber incurrido
en infracciones en
los 2 últimos años
- Certificado de
manejo
- 30 días
- 5 días
+ No paga derechos
SUPUESTOS PARA LA AUTORIZACIÓN
Una vez presentado un programa de manejo forestal, la
Secretaría iniciará el procedimiento de evaluación, para lo
cual dictaminará si la solicitud se ajusta a las formalidades
previstas en la Ley, su Reglamento y las NOM aplicables.
La Secretaría deberá evaluar la factibilidad de las obras o
actividades propuestas en el Programa sobre los recursos
forestales sujetos a aprovechamiento, así como en los
ecosistemas forestales de que se trate, considerando el
conjunto de elementos que los conforman y no
únicamente los recursos sujetos a aprovechamiento.
(Art. 80 LGDFS)
SUPUESTOS PARA LA AUTORIZACIÓN
La Secretaría podrá autorizar la ejecución del programa
respectivo en los términos solicitados, o de manera
condicionada a su modificación o al establecimiento de
medidas adicionales de manejo forestal o de prevención y
mitigación de impactos ambientales. En este caso, la
Secretaría señalará las restricciones o requisitos que
deberán observase en la ejecución del programa
correspondiente, y que sólo podrán estar encaminadas a
prevenir, mitigar o compensar los efectos negativos sobre
los ecosistemas (Art. 82 LGDFS).
SUPUESTOS PARA LA AUTORIZACIÓN
La Secretaría sólo podrá negar la autorización solicitada
cuando:
…
III. Se comprometa la biodiversidad de la zona y la
regeneración y capacidad productiva de los terrenos en
cuestión (Art. 83 LGDFS);
PREMISA
LA BIODIVERSIDAD REGULA LOS PROCESOS DE LOS ECOSISTEMAS DE
LOS CUALES SE DERIVAN LOS SERVICIOS AMBIENTALES, INCLUYENDO
LA PROVISIÓN DE RECURSOS NATURALES (Y LA PRODUCCIÓN Y
PRODUCTIVIDAD FORESTAL)
ESTRATEGIAS DE REDACCIÓN DE LA NOM
Se establecen catálogos definidos de información: 5.2.1. Objetivo general
Se deberá seleccionar alguno de los siguientes objetivos.
- Aprovechamiento de recursos forestales maderables.
- Aprovechamiento de recursos forestales maderables y no maderables.
5.2.2. Objetivos específicos (Conforme a la fracción XVI del artículo 7
LGDFS)
a) Producción: Realizar las actividades tendientes a generar los
volúmenes de cosecha, manteniendo los bienes y servicios asociados
b) Aprovechamiento: La extracción de los volúmenes de cosecha, con el
mínimo impacto al ecosistema y la máxima contribución al desarrollo
social y económico.
c) Conservación: Mitigar los impactos ambientales ocasionados por el
aprovechamiento para conservar las especies de flora y fauna silvestre,
procurando en todo momento mantener la calidad existente de las
mismas.
… ESTRATEGIAS DE REDACCIÓN DE LA NOM
Se establecen fuentes concretas de información:
5.2.6.1. Clima.
“Modificaciones al Sistema de Clasificación Climática de Koppen” o
INEGI.
5.2.6.2. Suelo.
Versión más actualizada del sistema de clasificación
FAO/UNESCO o INEGI.
5.2.6.5 Tipos y estructura de la vegetación y especies dominantes
de flora
Versión más actualizada de clasificación de INEGI.
Se establecen formatos para la presentación de datos:
Unidad
Mínima
de
Manejo
(1)
Tratamiento Aplicado en el Ciclo de Corta
Anterior
Situación
actual
(Respuesta)
(5)
Diferencias
(4-5)
Tratamiento
(2)
Unidad de
medida*
(3)
Meta
(4)
… ESTRATEGIAS DE REDACCIÓN DE LA NOM
Se establecen las características de presentación
de los planos:
a) Poligonal del predio, con sus vértices numerados;
b) Delimitación de las cuencas y subcuencas, indicando la clave de INEGI;
c) Nombre del predio;
d) Municipio;
e) Entidad;
f) Orientación;
g) Simbología;
h) Superficie total del predio en hectáreas;
i) Escala (mayor o igual 1:50,000);
j) Día, mes y año de elaboración del plano;
k) Principales centros de población y vías de comunicación;
l) Predios colindantes;
m) Nombre del responsable de la elaboración, y
o) Relación de vértices numerados con coordenadas UTM o geográficas.
… ESTRATEGIAS DE REDACCIÓN DE LA NOM
5.2.1. Objetivo general (seleccionar).
a) Aprovechamientos de recursos forestales maderables.
b) Aprovechamientos de recursos forestales maderables y no maderables.
5.2.2. Objetivos específicos (seleccionar).
a) Producción.
b) Aprovechamiento.
c) Conservación. Mitigar los impactos ambientales ocasionados por el aprovechamiento para conservar las especies de flora y fauna silvestre, procurando en todo momento mantener la calidad existente de las mismas.
d) Restauración.
e) Protección.
5.2.3. Ciclo de corta y turno. (RODALES MANEJADOS CON DIFERENTES TURNOS)
a) Especificar en años.
b) Ciclo como múltiplo o igual al turno
c) Incluir en la memoria de cálculo el procedimiento de obtención del ciclo de corta y turno.
Programa de manejo nivel avanzado:
5.2.4. Análisis de la respuesta del recurso a los tratamientos aplicados anteriormente.
a) Número y fecha de oficio de autorización anterior.
b) Unidad mínima de manejo.*
c) Tratamiento aplicado en el ciclo de corta anterior (selección, cortas de regeneración, liberación y aclareos).*
d) Meta establecida en el PMF anterior y respuesta, de cada tratamiento silvícola, con base en los datos del inventario del PMF actual.*
e) Diferencia entre la meta y respuesta de cada tratamiento.*
f) Análisis e interpretación de la información (explicar respuesta y diferencias).
g) Para especies tropicales (cuadro con géneros y especies presentes en el predio).
h) Para selvas tropicales (contar con información de por lo menos un ciclo de corta).
*La información se deberá presentar en el Cuadro 1 del Anexo Único.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.5. Clasificación y cuantificación de las superficies del predio.
a) Se deberá cuantificar conforme se establece en el artículo 28 del RLGDFS, indicando el porcentaje correspondiente a cada categoría, respecto al total de la superficie del predio.
CONSERVACIÓN. MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES QUE PROPICIAN
LA PERSISTENCIA Y EVOLUCIÓN DE UN ECOSISTEMA FORESTAL NATURAL
O INDUCIDO, SIN DEGRADACIÓN DEL MISMO NI PÉRDIDA DE SUS
FUNCIONES (ART. 7, FRACC. IX).
APROVECHAMIENTO RESTRINGIDO, ES LA EXTRACCIÓN AUTORIZADA CON
LIMITACIONES Y MEDIDAS ESPECIALES DE PRECAUCIÓN SOBRE
VOLÚMENES, ESPECIES Y PRODUCTOS FORESTALES PARA EVITAR
PONER EN RIESGO LA BIODIVERSIDAD Y LOS SERVICIOS AMBIENTALES EN
LA ZONA DEL APROVECHAMIENTO (ART. 2, FRACC. II RLGDFS);
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.5. Clasificación y cuantificación de las superficies del predio.
a) Se deberá cuantificar conforme se establece en el artículo 28 del RLGDFS, indicando el porcentaje correspondiente a cada categoría, respecto al total de la superficie del predio.
ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO RESTRINGIDO SON
SUPERFICIES CON VEGETACIÓN FORESTAL QUE POR SUS
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y BIOLÓGICAS ESTÁN SOMETIDAS A UN
RÉGIMEN DE PROTECCIÓN, CON APROVECHAMIENTOS RESTRINGIDOS
QUE NO PONGAN EN RIESGO EL SUELO, LA CALIDAD DEL AGUA Y LA
BIODIVERSIDAD (ART. 28, RLGDFS).
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
CLASIFICACIÓN Y CUANTIFICACIÓN DE SUPERFICIES
Tipo de superficie Hectáreas %
I. Áreas de conservación y aprovechamiento restringido
a) Áreas naturales protegidas
b) Superficies para conservar y proteger el hábitat existente de especies y subespecies de flora y fauna silvestre en riesgo, señaladas en las disposiciones aplicables
c) Franjas de protección de cauces y cuerpos de agua
d) Superficies con pendientes mayores al cien por ciento o cuarenta y cinco grados
e) Superficies arriba de los 3,000 metros sobre el nivel del mar
f) Superficies con vegetación de manglar y bosque mesófilo de montaña
II. Áreas de producción
III. Áreas de restauración
IV. Áreas de protección forestal declaradas por la Secretaría
V. Áreas de otros usos
TOTAL
Art. 28 y 37 Fracc. I, Inciso d y Fracc. II del RLGDFS, numeral 5.2.5. de la
NOM 152-SEMARNAT-2006
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN FORESTAL Y DE SUELOS
5.2.5. Clasificación y cuantificación de las superficies del predio.
• CLASIFICACIÓN DE HÁBITATS
• ATRIBUTOS DE ALTO VALOR PARA LA CONSERVACIÓN (AAVC)
• ÁREAS (UNIDADES DEL PAISAJE) QUE JUEGAN UN PAPEL FUNDAMENTAL
EN LA GENERACIÓN DE SERVICIOS ECOSISTÉMICOS.
• COMPONENTES RAROS, ÚNICOS O AMENAZADOS (HÁBITAS, ESPECIES)
• RECURSOS IMPORTANTES PARA LA CULTURA Y EL SUSTENTO DE
COMUNIDADES LOCALES Y PUEBLOS INDÍGENAS
• ATRIBUTOS SIGNIFICATIVOS PARA LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO
NATURAL Y CULTURAL A NIVEL LOCAL, REGIONAL, NACIONAL O
INTERNACIONAL
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
Escala y límites Cuenca- Región Paisaje, geosistema,
Predial
Rodal Pixeles, estratos
Poblaciones, especies
Grande Pequeña
5.2.6. Diagnóstico general de las características físicas y biológicas.
a) Clima (tipo y fórmula).
b) Suelo (Unidad, subunidad, profundidad, clase textural, pedregosidad superficial)
c) Topografía (Sistema, provincia, altitud max y min, pendiente y exposición)
d) Hidrología (Región hidrológica, cuenca, subcuenca, microcuenca, corrientes, cuerpos de agua)
e) Tipos y estructura de la vegetación y especies dominantes de flora y fauna silvestres (superficie, nombre científico y común por estrato y reportados, categoría de riesgo)
DIAGNÓSTICO, PROVIENE DEL GRIEGO DIAGNOSTIKÓS (A TRAVÉS
CONOCIMIENTO O APTO PARA CONOCER).
EN GENERAL, EL TÉRMINO INDICA EL ANÁLISIS PARA DETERMINAR CUÁL
ES LA SITUACIÓN Y TENDENCIAS DE ALGO SOBRE LA BASE DE
INFORMACIÓN Y DATOS RECOGIDOS Y ORDENADOS SISTEMÁTICAMENTE,
QUE PERMITEN JUZGAR MEJOR QUÉ ES LO QUE ESTÁ PASANDO.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.6. Diagnóstico general de las características físicas y biológicas.
• CARACTERIZACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE HÁBITATS
• DESCRIPCIÓN DE ATRIBUTOS
• HÁBITAT: LA SUMA TOTAL DE CONDICIONES AMBIENTALES DE UN
LUGAR ESPECÍFICO DONDE VIVE (HABITA) UNA ESPECIE O UN
CONJUNTO DE ESPECIES DE PLANTAS O ANIMALES (LAS
CONDICIONES FÍSICAS Y LOS RECURSOS QUE PERMITEN SU
SOBREVIVENCIA, CRECIMIENTO YREPRODUCCIÓN.
• FACTORES CLAVE DEL HÁBITAT:
– PLANTAS: CLIMA, DISPONIBILIDAD DE AGUA, NUTRIENTES DEL
SUELO.
– FAUNA: COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA DE LA
• VEGETACIÓN, DISPONIBILIDAD DE ALIMENTO, AGUA,
• REFUGIOS, SITIOS DE REPRODUCCIÓN, ANIDAMIENTO,
MADRIGUERAS, ETC.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.7. Estudio dasométrico.
a) Descripción de la metodología del inventario: material aerofotográfico o imágenes de satélite utilizadas, diseño de muestreo, número total de sitios, forma de los sitios, tamaño de los sitios, intensidad de muestreo, confiabilidad de muestreo y error de muestreo.
A ESCALA DE PREDIO (A PARTIR DE LA ESCALA DE PAISAJE):
• MAPAS DE TIPOS DE HÁBITAT (TIPOS DE VEGETACIÓN
ARBOLADA Y OTROS ASOCIADOS COMO MATORRALES,
PASTIZALES, ETC., Y CLASES DE ESTRUCTURA DE LA
VEGETACIÓN).
• COMPONENTES CRÍTICOS COMO CUERPOS DE AGUA Y
VEGETACIÓN DE RIBERA, AFLORAMIENTOS Y PAREDES
ROCOSAS, HÁBITATS RAROS O ÚNICOS.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.7. Estudio dasométrico.
A ESCALA DE RODAL:
• COMPOSICIÓN DE ESPECIES ARBÓREAS.
• ESTRATIFICACIÓN VERTICAL DE LA VEGETACIÓN (INCLUYENDO
SOTOBOSQUE).
• DISTRIBUCIÓN DE DIÁMETROS DEL ARBOLADO.
• ESTRUCTURAS QUE SON COMPONENTES DE HÁBITAT CLAVE
(ÁRBOLES MUERTOS EN PIE, ÁRBOLES CON CAVIDADES O CON
EPÍFITAS ABUNDANTES, TRONCOS CAÍDOS, ÁRBOLES
LATIFOLIADOS O ARBUSTOS QUE PRODUCEN ALIMENTO PARA
LA FAUNA (ENCINOS, MADROÑOS, ZARZAMORAS, ETC.),
PLANTAS ASOCIADAS A MICRORGANISMOS FIJADORES DE
NITRÓGENO (AILES, LEGUMINOSAS, ETC.), CUERPOS DE AGUA.
• POBLACONES DE ESPECIES INDICADORAS DE INTERES
ESPECIAL.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.7. Estudio dasométrico.
b) Memoria de cálculo: método o sistema de planeación a utilizar, fórmulas o modelos, secuencia y desarrollo del cálculo por unidad de manejo y especie, justificación del uso de fórmulas y modelos, secuencia de cálculos para la estimación de la confiabilidad y error de muestreo y procedimiento de obtención del ciclo de corta y del turno.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.7. Estudio dasométrico.
c) Presentar información por unidad mínima de manejo y especie:
1) Existencias: unidad mínima de manejo, superficie por unidad mínima de manejo, especie, ERT/ha, ERT/unidad mínima de manejo, existencias en área basal, IC, volumen residual, área basal residual, posibilidad/ha y posibilidad/unidad mínima de manejo.*
*La información se deberá presentar en el Cuadro 3 del Anexo Único.
2) Resumen de existencias: especie, ERT para el predio, posibilidad y volumen residual **y
**La información se deberá presentar en el Cuadro 4 del Anexo Único.
3) Densidades e incrementos: unidad mínima de manejo, superficie de la unidad mínima de manejo, número de árboles por hectárea, área basal por hectárea, tiempo de paso, ICA e IMA.***
***La información se deberá presentar en el Cuadro 5 del Anexo Único.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.8. Compromisos de reforestación cuando no se presente la regeneración natural.
a) Criterios para determinar si se ha presentado la regeneración natural: especies a regenerar, edad, número de plantas por hectárea de las especies que se han programado regenerar, y salud y vigor.
b) Especificaciones para la reforestación: características de la planta, método de plantación, densidad de plantación y calendario de actividades.
• USO DE ESPECIES NATIVAS (ART. 77 Y 131 LGDFS)
• TOMAR EN CUENTA DIVERSIDAD GENÉTICA (Y SU
POTENCIAL DE ADAPTACIÓN A CAMBIOS
AMBIENTALES)
• ANALIZAR CASO POR CASO (RIESGOS DE LA
HOMOGENEIDAD, SIMPLICIDAD).
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.9. Justificación del sistema silvícola y tratamientos complementarios.
a) Sistema silvícola: bosque regular, bosque irregular y bosque mixto.
b) Justificación del sistema silvícola.
c) Justificación de los tratamientos complementarios.
JUSTIFICAR, SIGNIFICA PROBAR UNA COSA CON
RAZONES CONVINCENTES, PARA QUE ALGO SE
CONSTITUYA EN EL MOTIVO O LA RAZÓN DE QUE
OTRA NO SEA O PAREZCA EXTRAÑA, INADECUADA O
CENSURABLE
EL MANEJO FORESTAL DEPENDE DE LAS
CONDICIONES FÍSICO-GEOGRÁFICAS Y ECOLÓGICAS
(CLIMA, RELIEVE, SUELOS, VEGETACIÓN, PATRONES Y
PROCESOS ECOLÓGICOS). DEBE ADAPTARSE A
ÉSTAS.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.9. Justificación del sistema silvícola y tratamientos complementarios.
EL MANEJO FORESTAL INFLUYE EN LA COMPOSICIÓN
DE ESPECIES, ESTRUCTURA, LA DINÁMICA Y
FUNCIONAMIENTO DE LOS ECOSISTEMAS. REQUIERE
DE UN ENFOQUE DE MANEJO DE ECOSISTEMAS.
PRESCRIPCIONES DE MANEJO EXPLÍCITAS (BUENAS
PRÁCTICAS, MITIGACIÓN IMPACTO AMBIENTAL,
PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN).
CONSIDERAR LA POSIBILIDAD DE DIFERENTES
SISTEMAS SILVÍCOLAS Y RODALES MANEJADOS CON
DIFERENTES TURNOS.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.10. Posibilidad anual y distribución de productos.
a) Presentarla en orden cronológico para el plan de cortas, y deberá indicar: área de corta anual, unidad mínima de manejo, superficie de la unidad mínima de manejo, tratamiento silvícola, posibilidad por especie y en su caso, volumen por especie a remover por construcción o ampliación de infraestructura.
*La información se deberá presentar en el Cuadro 6 del Anexo Único
b) Resumen de la posibilidad anual: área de corta anual, posibilidad por especie y en su caso, volumen por especie a remover por construcción o ampliación de infraestructura, y nombre científico de las especies por aprovechar por área de corta.**
**La información se deberá presentar en el Cuadro 7 del Anexo Único.
c) Propuesta general para el predio, de la distribución de productos por género.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.11. Descripción y planeación de la infraestructura.
a) Caminos existentes: Tipo de caminos, longitud total de cada camino y densidad de caminos.
b) Acciones de mantenimiento y rehabilitación de caminos: Programación estimada por año, tipo de camino, descripción de las acciones de mantenimiento o rehabilitación y longitud de caminos a mantener o rehabilitar.*
c) Acciones de construcción o ampliación de caminos: Programación estimada por año, tipo de camino, longitud de caminos por construir o ampliar, especificaciones de la ampliación o construcción, superficie afectada por la ampliación o construcción y en su caso, volumen a remover por unidad de manejo y área de corta.
d) Acciones de construcción de otra infraestructura: Programación estimada por año, descripción de las características de la infraestructura a construir, superficie afectada por área de corta y en su caso, volumen a remover por unidad de manejo y área de corta.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.12. Medidas necesarias para prevenir, controlar y combatir incendios, plagas y
enfermedades forestales.
Incendios:
a) Acciones a realizar: realización de pláticas o cursos de capacitación,
colocación de carteles, distribución de folletos, recorridos de campo, apertura de
brechas cortafuego, realización de quemas controladas y/o prescritas,
construcción de torres de observación y otras, que se deberán especificar.
Plagas y enfermedades:
b) Acciones a realizar: recorridos de campo, colocación de carteles y distribución
de folletos, tratamientos silvícolas y otros, que se deberán especificar.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.12. Medidas necesarias para prevenir, controlar y combatir incendios, plagas y
enfermedades forestales.
PROTECCIÓN. CONJUNTO DE ACTIVIDADES Y MEDIDAS PARA PREVENIR LA DESTRUCCIÓN DE UN ECOSISTEMA FORESTAL DEBIDO A CAUSAS NATURALES O HUMANAS.
REGÍMENES DE PERTURBACIÓN
HÁBITATS/ESPECIES SUSCEPTIBLES A INCENDIOS, PLAGAS Y ENFERMADADES
INTERACCIONES BIÓTICAS NEGATIVAS (PARASITOS Y PATOGENOS).
RESISTENCIA GENÉTICA DE LAS ESPECIES.
CAPACIDAD DE RESCILIENCIA DE CADA HÁBITAT
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.13. Descripción y programación de las medidas de prevención y
mitigación de los impactos ambientales.
Medidas de prevención y mitigación:
a) Etapa de aprovechamiento: derribo, extracción, transporte, construcción y rehabilitación de infraestructura.
b) Recursos afectados: suelo, agua, flora y fauna.
c) Descripción del impacto ambiental.
d) Duración del impacto ambiental.
e) Medidas de prevención.
f) Medidas de mitigación.
g) Periodo de inicio y conclusión de las medidas.
Medidas de protección y conservación de especies en riesgo:
a) Nombre científico de la especie a proteger.
b) Descripción del impacto potencial que puede afectar a la especie.
c) Etapa de aprovechamiento en la que se presenta el impacto.
d) Medidas de mitigación y prevención.
e) Periodo de inicio y conclusión de las medidas.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.13. Descripción y programación de las medidas de prevención y
mitigación de los impactos ambientales.
EL USO DE LOS RECURSOS FORESTALES IMPLICA RIESGOS DE DEGRADACIÓN AMBIENTAL; LA EVALUACIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES DEBE DE FORMAR PARTE DEL MANEJO FORESTAL.
LA BIODIVERSIDAD REGULA LOS PROCESOS DE LOS ECOSISTEMAS DE LOS CUALES SE DERIVAN LOS SERVICIOS AMBIENTALES, INCLUYENDO LA PROVISIÓN DE RECURSOS NATURALES (Y LA PRODUCCIÓN Y PRODUCTIVIDAD FORESTAL)
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.13. Descripción y programación de las medidas de prevención y
mitigación de los impactos ambientales.
PRINCIPIOS
1. MANTENER CONECTIVIDAD
2. MANTENER HETEROGENEIDAD DEL PAISAJE
3. MANTENER COMPLEJIDAD ESTRUCTURAL EN LOS
RODALES
4. PROTECCIÓN DE LOS ECOSISTEMAS ACUÁTICOS
ESTRATEGIAS
• Corredores ribereños y otros
• Mantener zonas de conservación
• Protección de hábitats sensibles
• Planificación de la red de caminos/áreas libres de caminos
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.13. Descripción y programación de las medidas de prevención y
mitigación de los impactos ambientales.
ESTRATEGIAS
• Mosaico de rodales en distintas etapas de desarrollo
• Rodales manejados con diferentes turnos
• Régimen de variación (perturbaciones, sucesión) como
referencia para el manejo
• Retención de estructuras durante las cortas de regeneración
(árboles grandes, coníferas y latifoliadas, con cavidades y
epifitismo, árboles muertos en pie, material leñoso caído,
vegetación del sotobosque).
• Zonas de amortiguamiento de cauces y cuerpos de agua
• Infraestructura de caminos adecuada (drenaje)
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.14. Acciones encaminadas para la rehabilitación de las áreas de restauración.
En caso existir áreas de restauración, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.2.5, se deberá indicar:
a) Reforestación.
b) Conservación de suelo y agua.
c) Gestión de recursos para la realización de acciones de rehabilitación.
d) Tratamientos al suelo.
e) Control de pastoreo.
f) Mantenimiento de obras ya establecidas.
g) Otras, que se deberán especificar.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.14. Acciones encaminadas para la rehabilitación de las áreas de restauración.
RESTAURACIÓN. CONJUNTO DE ACTIVIDADES TENDENTES A LA REHABILITACIÓN DE UN ECOSISTEMA FORESTAL DEGRADADO, PARA RECUPERAR PARCIAL O TOTALMENTE LAS FUNCIONES ORIGINALES DEL MISMO Y MANTENER LAS CONDICIONES QUE PROPICIEN SU PERSISTENCIA Y EVOLUCIÓN
• USO DE ESPECIES NATIVAS (ART. 77 Y 131 LGDFS)
• TOMAR EN CUENTA DIVERSIDAD GENÉTICA (Y SU
POTENCIAL DE ADAPTACIÓN A CAMBIOS AMBIENTALES)
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.15. Método para la identificación del arbolado por aprovechar.
a) Martillo.
b) Pintura.
c) Plantilla.
d) Otros, que se deberán especificar.
5.2.16. Datos de inscripción en el Registro Forestal Nacional.
a) Datos de inscripción en el RFN y la firma original del prestador de servicios técnicos forestales, responsable de la elaboración del programa de manejo forestal.
b) En su caso, los datos de inscripción en el RFN y la firma original del prestador de servicios técnicos forestales, responsable de la ejecución del programa de manejo forestal.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.17. Planos del programa de manejo.
5.2.17.1. El programa de manejo deberá presentar planos georrefenciados, indicando el Datum utilizado, y su contenido se ajustará a lo siguiente:
a) Plano 1: áreas de corta y tratamientos silvícolas.
b) Plano 2: clasificación de superficies, corrientes permanentes e intermitentes y cuerpos de agua.
c) Plano 3: todos los sitios de muestreo de acuerdo al diseño de muestreo y tratamientos complementarios.
d) Plano 4: Tipos de vegetación, infraestructura actual y proyectada, y curvas de nivel o carta topográfica.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
5.2.17.2. Cada plano, además de la información del numeral 5.2.17.1,
deberá incluir la información y características siguientes:
a) Poligonal del predio, con sus vértices numerados.
b) Delimitación de las cuencas y subcuencas, indicando la clave de INEGI.
c) Nombre del predio.
d) Municipio.
e) Entidad.
f) Orientación.
g) Simbología.
h) Superficie total del predio.
i) Escala (mayor o igual 1:50 000).
j) Día, mes y año de elaboración del plano.
k) Principales centros de población y vías de comunicación.
l) Predios colindantes.
m) Nombre del responsable de la elaboración.
o) Relación de los vértices numerados con coordenadas UTM o geográficas.
Programa de manejo nivel avanzado (Cont.):
• Los puntos descritos en los numerales 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3, 5.2.4, 5.2.7, 5.2.8,
5.2.9, 5.2.10, 5.2.11, 5.2.12, 5.2.13, 5.2.14, 5.2.15, 5.2.16 y 5.2.17.
(CONFORME AL ART. 37, FRAC. II DEL RLGDFS)
• Además, se deberá incluir la identificación del tipo de vegetación y especies
dominantes de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del numeral 5.2.6.5.
Programa de manejo nivel intermedio:
• La superficie de los predios que integren un conjunto predial, deberá ser igual o
menor de 20 ha de terrenos forestales y preferentemente forestales por cada predio.
• Los establecidos en los numerales 5.2.3, 5.2.6.5, 5.2.7, 5.2.8, 5.2.10, 5.2.11, 5.2.15,
5.2.16 y 5.2.17 de la Norma (CONFORME AL ART. 37 FRACC III DEL RLGDFS).
• En el caso de conjunto de predios, además deberá incluir lo establecido en los
numerales 5.2.4, 5.2.8, 5.2.12, 5.2.13 y 5.2.14.
Programa de manejo nivel simplificado:
• Cumplir con lo establecido en los numerales 5.2.3, 5.2.7, 5.2.8, 5.2.10, 5.2.11,
5.2.12, 5.2.13, 5.2.14, 5.2.15 y 5.2.16 (CONFORME ARL ART. 38 DEL RLGDFS).
• El estudio dasométrico, se deberá dirigir a la evaluación y cuantificación del
arbolado a extraer:
a) Descripción de la metodología del inventario e) Número de árboles,
b) Especie f) Volumen total por especie
c) Diámetro g) Volumen de remoción
d) Volumen unitario (nombre científico y
volumen por extraer).
• Plano que deberá contener lo especificado en el numeral 5.2.17.2, y lo siguiente:
a) Poligonal d) Colindancias,
b) Infraestructura e) Superficies
c) Áreas de corta f) Nombre del predio.
Programa de manejo nivel simplificado para remoción de
arbolado muerto:
• Cumplir con los numerales 5.2.3, 5.2.10, 5.2.11, 5.2.15 y 5.2.16 (CONFORME AL
ART. 39 DEL RLGDFS:
• Además deberá de indicar lo siguiente:
a) Descripción de la metodología del inventario
b) Nombre científico de las especies por aprovechar.
c) Volumen total por género
d) Volumen de remoción (nombre científico, volumen por extraer y en su caso,
volumen a extraer por construcción de infraestructura).
• Plano que deberá contener, además de lo especificado en el numeral 5.2.17.2, lo
siguiente:
a) Poligonal
b) Áreas de podas
c) Colindancias
d) Superficies
e) Nombre del predio.
Programa de manejo nivel simplificado para poda y extracción
por una sola vez:
• Cuando se pretenda solicitar una autorización de recursos forestales maderables y
no maderables de manera conjunta, se deberá incluir en el Programa de Manejo un
apartado específico para los recursos forestales no maderables, conteniendo lo
establecido en los artículos 53 y 57 del RLGDFS, según corresponda al recurso por
aprovechar, con excepción de lo indicado en el inciso a) de la fracción I de este
último.
• En caso de tierra de monte y de hoja, el contenido se ajustará a lo indicado en la
fracción I del artículo 57 del RLGDFS, con excepción de lo indicado en el inciso a)
de la fracción I de este último.
Aprovechamiento maderables y no maderable:
Contenido Avanzado Intermedio Simplificado
Predios
hasta de
20 ha.
Conjunto
de predios
(250 ha)
Arbolado
muerto
Podas Recreación e
investigación
I. Objetivos generales y
específicos.
X X
II. Clasificación y
cuantificación de
superficies.
X
III. Diagnóstico general de
las características físicas y
biológicas.
X
IV. Estudio dasométrico.
X X X X X X
V. Análisis de tratamientos
aplicados.
X X X
VI. Justificación del
sistema silvícola.
X X
VII. Ciclo de corta y turno. X X X X X X X
VIII. Posibilidad anual y
distribución de productos.
X X X X X X X
ESTRUCTURA PARA LA PRESENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE MANEJO
Contenido Avanzado Intermedio Simplificado
Predios hasta
de 20 ha
Conjunto de
predios (250 ha)
Arbolado
muerto
Podas Recreación e
investigación
IX. Descripción y planeación de
la infraestructura.
X X X X X X X
X. Acciones encaminadas a la
rehabilitación de las áreas de
restauración.
X X X X
XI. Compromisos de
reforestación.
X X X X X X X
XII. Medidas necesarias para
prevenir, controlar y combatir
incendios, plagas y
enfermedades forestales.
X X X X
XIII. Descripción y
programación de las medidas
de prevención y mitigación de
los impactos ambientales.
X X X X
XIV. Método para la
identificación del arbolado por
aprovechar.
X X X X X X X
XV. Datos de inscripción del
prestador de servicios técnicos
en el RFN.
X X X X X X X
Contenido Avanzado Intermedio Simplificado
Predios hasta
de 20 ha
Conjunto de
predios (250 ha)
Arbolado
muerto
Podas Recreación e
investigación
XVI. Anexos:
a) Memoria de cálculo
(incisos c, e y f,
numeral 5.2.7.2),
b) Existencias (inciso a,
numeral 5.2.3.7),
c) Posibilidad anual y
plan de cortas (inciso
a, numeral 5.2.10) y
d) Planos.
X X X X X X X