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CVE 1590050 | Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: +562 2486 3600 Email: [email protected] Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 42.355 | Jueves 16 de Mayo de 2019 | Página 1 de 8 Normas Generales CVE 1590050 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Salud Pública / Secretaría Regional Ministerial IX Región de la Araucanía APRUEBA ARSENAL FARMACOLÓGICO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE LA RED DE ATENCIÓN PRIMARIA, HOSPITALES DE BAJA COMPLEJIDAD Y AQUELLOS TRASPASADOS A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE LA JURISDICCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD DE LA ARAUCANÍA NORTE (Resolución) Núm. A-23 3.990 exenta.- Temuco, 24 de abril de 2019. Vistos: 1. Ord. 4E3 Nº 585, del 21.03.2019, del Director del Servicio de Salud Araucanía Norte mediante la cual solicita la autorización del Arsenal Farmacológico de Atención Primaria de Salud de la Red Asistencial de Malleco. 2. Nómina de medicamentos incluidos en el Arsenal Farmacológico para la Atención Primaria y Hospitales de baja complejidad del Servicio de Salud de la Araucanía Norte. Considerando: 1. Ord. C211/Nº 801, de 20.04.2006, que instó a los Servicios de Salud del país a implementar los mecanismos necesarios que permitan la actualización de los Arsenales Fármaco Terapéuticos de todos los establecimientos de salud de la red asistencial. 2. Resolución exenta Nº 757, del 2 de mayo de 1997, del Ministerio de Salud, que delegó a los Secretarios Regionales Ministeriales de Salud la facultad de aprobar, por resolución, los Arsenales Farmacológicos Básicos de los Consultorios de atención primaria, ubicados en el territorio de competencia de los Servicios de Salud, situados en la respectiva región. 3. Norma General Técnica Nº 113, aprobada por Resol. Nº 504, de 30.06.2009, sobre Organización y Funcionamiento de los Comités de Farmacia y Terapéutica para la Red Asistencial de Salud Pública. 4. Dto. Smo. Nº 466, año 1984, Reglamento de Farmacias, Droguerías, Almacenes Farmacéuticos, Botiquines y Depósitos Autorizados. Teniendo presente: 1. Las atribuciones que me confiere el DFL Nº 1, del 2005, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763/79 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469. 2. Decreto Nº 49/27.03.2018, que designa como Secretaria Regional Ministerial de Salud Región de la Araucanía, a D. Katia Guzmán Geissbühler. 3. Resol. exenta Nº D 9-8253, de fecha 26.09.2018, que designa a don Alex Olivares Vega como Jefe del Depto. de Acción Sanitaria.

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CVE 1590050 | Director: Juan Jorge Lazo RodríguezSitio Web: www.diarioficial.cl

| Mesa Central: +562 2486 3600     Email: [email protected]ón: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónicaavanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl

DIARIO OFICIALDE LA REPUBLICA DE CHILE

Ministerio del Interior y Seguridad Pública

ISECCIÓN

LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

Núm. 42.355 | Jueves 16 de Mayo de 2019 | Página 1 de 8

Normas Generales

CVE 1590050

MINISTERIO DE SALUD

Subsecretaría de Salud Pública / Secretaría Regional Ministerial IX Región de la Araucanía

APRUEBA ARSENAL FARMACOLÓGICO PARA LOS ESTABLECIMIENTOSDE SALUD DE LA RED DE ATENCIÓN PRIMARIA, HOSPITALES DE BAJACOMPLEJIDAD Y AQUELLOS TRASPASADOS A LA ADMINISTRACIÓN

MUNICIPAL DE LA JURISDICCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD DE LAARAUCANÍA NORTE

 (Resolución)

 Núm. A-23 3.990 exenta.- Temuco, 24 de abril de 2019. Vistos: 1. Ord. 4E3 Nº 585, del 21.03.2019, del Director del Servicio de Salud Araucanía Norte

mediante la cual solicita la autorización del Arsenal Farmacológico de Atención Primaria deSalud de la Red Asistencial de Malleco.

2. Nómina de medicamentos incluidos en el Arsenal Farmacológico para la AtenciónPrimaria y Hospitales de baja complejidad del Servicio de Salud de la Araucanía Norte.

 Considerando: 1. Ord. C211/Nº 801, de 20.04.2006, que instó a los Servicios de Salud del país a

implementar los mecanismos necesarios que permitan la actualización de los Arsenales FármacoTerapéuticos de todos los establecimientos de salud de la red asistencial.

2. Resolución exenta Nº 757, del 2 de mayo de 1997, del Ministerio de Salud, que delegó alos Secretarios Regionales Ministeriales de Salud la facultad de aprobar, por resolución, losArsenales Farmacológicos Básicos de los Consultorios de atención primaria, ubicados en elterritorio de competencia de los Servicios de Salud, situados en la respectiva región.

3. Norma General Técnica Nº 113, aprobada por Resol. Nº 504, de 30.06.2009, sobreOrganización y Funcionamiento de los Comités de Farmacia y Terapéutica para la RedAsistencial de Salud Pública.

4. Dto. Smo. Nº 466, año 1984, Reglamento de Farmacias, Droguerías, AlmacenesFarmacéuticos, Botiquines y Depósitos Autorizados.

 Teniendo presente: 1. Las atribuciones que me confiere el DFL Nº 1, del 2005, que fija texto refundido,

coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763/79 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.2. Decreto Nº 49/27.03.2018, que designa como Secretaria Regional Ministerial de Salud

Región de la Araucanía, a D. Katia Guzmán Geissbühler.3. Resol. exenta Nº D 9-8253, de fecha 26.09.2018, que designa a don Alex Olivares Vega

como Jefe del Depto. de Acción Sanitaria. 

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILENúm. 42.355 Jueves 16 de Mayo de 2019 Página 2 de 8

CVE 1590050 | Director: Juan Jorge Lazo RodríguezSitio Web: www.diarioficial.cl

| Mesa Central: +562 2486 3600     Email: [email protected]ón: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónicaavanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl

4. La Resol. Nº 1.600/08, de la Contraloría General de la República.5. Resol. exenta Nº 019810/21.12.2012, que crea los Subdeptos. en el Departamento de

Acción Sanitaria de la Seremi de Salud Región de la Araucanía.6. Resol. exenta Nº 05369/13.06.2018, quien modifica la resolución exenta Nº

019810/21.12.2012 en el punto Nº 2 y el punto Nº 5.7. Resol. exenta Nº D 9-31344, de fecha 22.12.2015, que establece el Orden de

Subrogancias del Depto. de Acción Sanitaria.8. La resolución exenta Nº 14.269, del 25.08.09, de la Seremi de Salud de la Araucanía que

delega facultades en el Jefe del Depto. de Acción Sanitaria para otorgar autorizaciones sanitarias,dicto lo siguiente:

 Resolución: 1. Apruébase el Arsenal Farmacológico para los Establecimientos de Salud de la Red de

Atención Primaria, Hospitales de baja complejidad y aquellos traspasados a la administraciónmunicipal de la jurisdicción del Servicio de Salud de la Araucanía Norte que se adjunta a lapresente resolución y que consta de 6 páginas.

2. Déjase establecido que la vigencia del presente Arsenal Farmacológico es un período dedos (2) años, contados desde la fecha de la presente resolución.

3. Déjase establecido que el Comité de Farmacia y Terapéutica de la Red Asistencial de laDirección del Servicio de Salud de la Araucanía Norte deberá efectuar una revisión yactualización del Arsenal Farmacológico cada dos años.

4. Notifíquese la presente resolución al interesado a través de los funcionarios delSub-Depto. de Profesiones Médicas, Paramédicas y Farmacia de la Seremi de Salud de laAraucanía, dejando constancia al respaldo de la copia resolutiva del día, lugar y hora que sepractique la diligencia.

 Anótese y comuníque.- Eu. Katia Guzmán Geissbühler, Secretaria Regional Ministerial de

Salud Región de la Araucanía.                             

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