diferencias entre la apelación con efecto suspensivo y la apelación sin efecto suspensivo

1
Diferencias entre la apelación con efecto suspensivo y la apelación sin efecto suspensivo La Apelación con efecto suspensivo se da cuando la eficacia de la resolución recurrida se suspende hasta la notificación de la resolución que ordena se cumpla lo ordenado por el órgano revisor. Procede esta clase de apelación contra las sentencias y autos que dan por concluido el proceso o impiden su continuación (Ej. conciliación, allanamiento, etc.). A diferencia de la Apelación sin efecto suspensivo, ésta se da cuando se mantiene la eficacia de la resolución impugnada, incluso para su cumplimiento efectivo; procede en los casos en que la Ley así lo declare o en los casos en que no procede la apelación con efecto suspensivo. En este último caso se pueden presentar 02 formas de tramitación: • Sin calidad de diferida: Se forma un cuaderno con las principales piezas del proceso, la misma que será remitida al órgano superior a fin de ser resuelta, mientras el proceso principal continúa su trámite normal. • Con calidad de diferida: Se da cuando el Juez ordena que se reserve el trámite de una apelación sin efecto suspensivo con la finalidad de que sea resuelta por el superior conjuntamente con la sentencia u otra resolución que aquél señale, la misma que puede devenir en ineficaz si no se apela la sentencia o la resolución señalada por el Juez. Si el Código Procesal Civil no señala el efecto o la calidad en que es apelable una resolución se considera que es sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida.

Upload: ivanscolvea

Post on 05-Nov-2015

18 views

Category:

Documents


3 download

DESCRIPTION

Un pequeño resumen.

TRANSCRIPT

Diferencias entre la apelacin con efecto suspensivo y la apelacin sin efecto suspensivoLa Apelacin con efecto suspensivo se da cuando la eficacia de la resolucin recurrida se suspende hasta la notificacin de la resolucin que ordena se cumpla lo ordenado por el rgano revisor. Procede esta clase de apelacin contra las sentencias y autos que dan por concluido el proceso o impiden su continuacin (Ej. conciliacin, allanamiento, etc.).A diferencia de la Apelacin sin efecto suspensivo, sta se da cuando se mantiene la eficacia de la resolucin impugnada, incluso para su cumplimiento efectivo; procede en los casos en que la Ley as lo declare o en los casos en que no procede la apelacin con efecto suspensivo. En este ltimo caso se pueden presentar 02 formas de tramitacin: Sin calidad de diferida: Se forma un cuaderno con las principales piezas del proceso, la misma que ser remitida al rgano superior a fin de ser resuelta, mientras el proceso principal contina su trmite normal. Con calidad de diferida: Se da cuando el Juez ordena que se reserve el trmite de una apelacin sin efecto suspensivo con la finalidad de que sea resuelta por el superior conjuntamente con la sentencia u otra resolucin que aqul seale, la misma que puede devenir en ineficaz si no se apela la sentencia o la resolucin sealada por el Juez.Si el Cdigo Procesal Civil no seala el efecto o la calidad en que es apelable una resolucin se considera que es sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida.