directoral ~so{ución

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1 Que en el artículo 38º del Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua, aprobado mediante Resolución Jefatura! Nº 007-2015-ANA, indica que " La instalación de instrumentos de medición y la ejecución de obras mínimas tales como instalación de pircas, mantenimiento de cauces y otras similares que no alteren los cursos o cuerpos naturales de agua, el volumen ni la calidad de los recursos hídricos podrá ser autorizada siguiendo el procedimiento simplificado que se detalla ( ... ) "El administrado presenta el expediente técnico de acuerdo al Formato Anexo 24; <;) \\r>-ClOtÍ.4,¡ ~ ~""'!' np 0·b~~ Que el artículo 212º, numerales 212.1 y 212.2 del Reglamento de la Ley Recursos As.~~1~4c ~ Hídricos ~º29338, ~stabl~ce que la Autoridad Administrat~va del Agua aut~riz~ I~ ejecución \HE.Lr-~;oovr:// de estudios y la ejecución de obras de proyectos de infraestructura hidráulica que se ~~ . s9 rAJ J proyecten en las fuentes naturales de agua. Añade que las obras se ejecutan conforme a ·~"'"'°'# los estudios previamente aprobados por los organismos correspondientes y deben contar con la certificación ambiental respectiva; 1-\l ll~CIO,A¡..¡ , ~"" <o !.:;;º Vº º ~ Que, la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338 -LRH, dispone en su artículo 104° (~ CH:,~r'Co~ e la Autoridad Nacional del agua, en concordancia con el Consejo de Cuenca, aprueba \\. ~. ~.W{N):b ejecución de obras de infraestructura pública o privada que se proyecten en los cauces y ''·, -e ,,, .,~~uerpos de agua naturales y artificiales, así como en los bienes asociados al agua · correspondiente; Que, el Artículo 3.1 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos señala que: Las fuentes naturales de agua y los bienes naturales asociados al agua, son bienes de dominio público hidráulico, en tal sentido no pueden ser transferidas bajo ninguna modalidad, ni tampoco se pueden adquirir derechos sobre ellos. Toda obra o actividad que se desarrolle en dichas fuentes debe ser previamente autorizada por la Autoridad Nacional del Agua; CONSIDERANDO: El expediente administrativo con CUT Nº 040893-2016, mediante el cual el señor JORGE SALCEDO KULJEVAN, Presidente, Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, con domicilio en la calle los olivos 679, Distrito de Chaclacayo, Provincia y Departamento de Lima, solicita autorización para la ejecución de obras del Proyecto "Entubado del Canal de Derivación Chosica Vieja - los Cóndores de 1 953 m de longitud, tramo colindante con la calle Libertad y la Asociación Pro Vivienda Propia Casa Huerta"; ubicado dentro del ámbito de la indicada Comisión de Regantes, y; VISTO: ~so{ución Directoral ;¿y Cj 0-2016-ANA-AAA-CAÑETE -FORTALEZA Huaral, ~l 3 Ü \ C 2016 C.U.T. Nº 040893-2016 "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de Ja Consolidaci n del Mar de Grau"

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Page 1: Directoral ~so{ución

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Que en el artículo 38º del Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua, aprobado mediante Resolución Jefatura! Nº 007-2015-ANA, indica que " La instalación de instrumentos de medición y la ejecución de obras mínimas tales como instalación de pircas, mantenimiento de cauces y otras similares que no alteren los cursos o cuerpos naturales de agua, el volumen ni la calidad de los recursos hídricos podrá ser autorizada siguiendo el procedimiento simplificado que se detalla ( ... ) "El administrado presenta el expediente técnico de acuerdo al Formato Anexo 24;

<;) \\r>-ClOtÍ.4,¡

~

~""'!' np 0·b~~ Que el artículo 212º, numerales 212.1 y 212.2 del Reglamento de la Ley Recursos

As.~~1~4c ~ Hídricos ~º29338, ~stabl~ce que la Autoridad Administrat~va del Agua aut~riz~ I~ ejecución \HER·.Lr-~;oovr:// de estudios y la ejecución de obras de proyectos de infraestructura hidráulica que se ~~ .... s9 rAJ J proyecten en las fuentes naturales de agua. Añade que las obras se ejecutan conforme a

·~"'"'°'# los estudios previamente aprobados por los organismos correspondientes y deben contar con la certificación ambiental respectiva;

1-\l ll~CIO,A¡..¡ , ~"" <o

!.:;;º Vº º ~ Que, la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338 -LRH, dispone en su artículo 104° (~ CH:,~r'Co~ e la Autoridad Nacional del agua, en concordancia con el Consejo de Cuenca, aprueba \\. ~. ~.W{N):b ejecución de obras de infraestructura pública o privada que se proyecten en los cauces y

''·•, -e ,,, .,~~uerpos de agua naturales y artificiales, así como en los bienes asociados al agua · correspondiente;

Que, el Artículo 3.1 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos señala que: Las fuentes naturales de agua y los bienes naturales asociados al agua, son bienes de dominio público hidráulico, en tal sentido no pueden ser transferidas bajo ninguna modalidad, ni tampoco se pueden adquirir derechos sobre ellos. Toda obra o actividad que se desarrolle en dichas fuentes debe ser previamente autorizada por la Autoridad Nacional del Agua;

CONSIDERANDO:

El expediente administrativo con CUT Nº 040893-2016, mediante el cual el señor JORGE SALCEDO KULJEVAN, Presidente, Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, con domicilio en la calle los olivos 679, Distrito de Chaclacayo, Provincia y Departamento de Lima, solicita autorización para la ejecución de obras del Proyecto "Entubado del Canal de Derivación Chosica Vieja - los Cóndores de 1 953 m de longitud, tramo colindante con la calle Libertad y la Asociación Pro Vivienda Propia Casa Huerta"; ubicado dentro del ámbito de la indicada Comisión de Regantes, y;

VISTO:

~so{ución Directoral Nº ;¿y Cj 0-2016-ANA-AAA-CAÑETE -FORTALEZA

Huaral, ~l 3 Ü \ C 2016

C.U.T. Nº 040893-2016

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de Ja Consolidación del Mar de Grau"

Page 2: Directoral ~so{ución

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Que, examinados los actuados referidos al expediente administrativo sobre autorización para ejecución de obras del Proyecto "Entubado del Canal de Derivación Chosica Vieja - los Cóndores de 1 953 m de longitud, tramo colindante con la calle Libertad y la Asociación Pro Vivienda Propia Casa Huerta", ubicado en el ámbito de la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, este cumple con los requisitos en cuanto al procedimiento de autorización para la ejecución de obras en infraestructura hidráulica multisectorial, previsto en el ltem 8) del TUPA - ANA, en

Que, en atención a la solicitud formulada por la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, esta sustenta su petición con el Proyecto "Entubado del Canal de Derivación Chosica Vieja - los Cóndores de 1 953 m de longitud, tramo colindante con la calle Libertad y la Asociación Pro Vivienda Propia Casa Huerta"; situado en el ámbito de la indicada Comisión de Regantes, el cual está refrendado por el lng. Peter Yance Villaverde, con Registro CIP Nº 067863, donde se plantea el mejoramiento de la cobertura del Canal de Derivación Chosica Vieja - Los Cóndores, con la instalación de tubería de PVC Rib Loe de 600 mm de diámetro, en una longitud de 1 743 mi. Asimismo se ha considerado el mejoramiento de la estructura de captación y la construcción de obras de arte, en un plazo de cuatro (04) años, el mismo que servirá para reducir las filtraciones de agua y los constantes atoros y desbordes de agua que se producen como consecuencia del arrojo de residuos sólidos al canal por parte de la población aledaña, adjuntando los

~ofz:;¡, demás requisitos que exige para el referido procedimiento, el Texto Único de º~Procedimientos Administrativos -TUPA de la Autoridad Nacional del Agua-ANA;

-r (:)' . _\ '? ~o..::i'I' .,, ;:¡¡ 'S. ~~'!' ~~o«-o/ Que, mediante Informe Técnico Nº 210-2016- ANA-AAA.CF-ALA.CHRL.AT/CHMV ?"" <:J-'<-"s,, '<,~<$ de fecha 14 de Noviembre del 2016, la Administración Local de agua Chillón Rímac Lurln,

,.;~ c1:;~:<:>,.. luego de analizar y evaluar técnicamente el expediente administrativo presentado por la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, y en función al Acta de Inspección Ocular, manifiesta que la obra proyectada consiste en el mejoramiento de un tramo de 1 953 m de longitud del Canal de Derivación Chosica Vieja - los Cóndores, entre las coordenadas UTM WGS 84: 318 363m-E, 8 681 329m-N Punto de Inicio, hasta la coordenada UTM WGS 84: 316 736m-E, 8 680 925m-N. Punto Final, para un caudal de 400 /s ó 0.4 m3/s; ubicado en el ámbito de la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, con una instalación de tuberías de PVC

~<:;tr"""c1º"4'" Rip Loe de 600 mm de diámetro, en una longitud de 1 730 mi. Asimismo se ha considerado ~r::, Vº "'é> 1 mejoramiento de la estructura de captación y la construcción de obras de arte como son: ~. CH:~c;,~~ , ~ n (01) desarenador, un (01 )captador de sólidos, dos(02) pozas disipadoras de energía, dos \ s Ffii1¡J ,/, 02) casetas de control, un tramo corto del canal con concreto armado para cruce ferroviario,

\.. . -a ., _,,wCJ'..;! solado de piso y enlucido de un tramo de concreto existente de 162. 70m, once ( 11) buzones

de registro, doce ( 12) tomas de riego con sus correspondientes compuertas de control, . :1-""r.cio11.q¿ti cincuenta (50) columnas de concreto para la protección de la tubería en tramos vulnerables

/' ºBº ~ la invasión por parte de los pobladores, dos (02) vehiculares y diez (10) buzones contra ~ As 1uA ric in endios. Asimismo el representante de la Junta de usuarios del Sector Hidráulico del Í:ERR e A~ovWmac, que participó en la verificación técnica de campo, opinó favorablemente a la

~..... . 1 cf;:é]ecución del indicado proyecto, concluye, señalando que el expediente administrativo ..,.,,,,.,""é cumple con los requisitos técnicos que exige el TUPA de la Autoridad Nacional del Agua,

siendo procedente lo solicitado, precisando que el plazo para la ejecución de la obra es de cuatro (04) años, por lo que se debe expedir a favor de la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, la Resolución Directora! correspondiente;

C.U.T. Nº 040893-2016

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" ''liño de la Consolidación del Mar de Grau"

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e.e. Archivo.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE,

ARTÍCULO 4°.- Notificar la presente Resolución Directora! a la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, a la Junta de usuarios del Sector Hidráulico Rímac y remitir copia a la Administración Local de Agua Chillón- Rímac-Lurín para los fines correspondientes.

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la ejecución de obras del Proyecto denominado "Entubado del Canal de Derivación Chosica Vieja - los Cóndores de 1 953 m de longitud, tramo colindante con la calle Libertad y la Asociación Pro Vivienda Propia Casa Huerta", ubicado en el ámbito de la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, entre las coordenadas UTM WGS 84: 318 363m-E, 8 681 329m-N Punto de Inicio, hasta la coordenada UTM WGS 84: 316 736m-E, 8 680 925m-N. Punto Final, a favor de la Comisión de Regantes del Sub Sector de Riego de Chosica Vieja Los Cóndores, debiendo ejecutarse en coordinación con la Junta de usuarios del Sector Hidráulico del Rímac, en un plazo de cuatro (04) años, que corren a partir del día siguiente de notificada la presente resolución; en base a los diseños, planos y especificaciones técnicas contenidas en el presente expediente; de conformidad con el numeral 212.2 del artículo 212 del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SE RESUELVE:

Que, atendiendo a lo dispuesto en el inciso f) del artículo 36° del Reglamento de Organización y Funciones- ROF, 'aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG y contando con los vistos de la Sub Dirección de Estudios de Proyectos Hidráulicos Multisectoriales y Unidad de Asesoría Jurídica;

consecuencia corresponde estimar lo solicitado;

C.U.T. Nº 040893-2016

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" ''Año de la Consolidación del Mar de Grau"

Autoridad Aéiministrativa del Agua 111 Cañete - Fortaleza