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1 Directriz Accidentes del Trabajo Directriz Sobre Accidentes e Incidentes en el Trabajo Código: SGSSO - 14 Versión: Octubre 2012

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Directriz Sobre Accidentes e Incidentes

    en el TrabajoCdigo: SGSSO - 14 Versin: Octubre 2012

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    El objetivo de esta directriz es sistematizar la normativa interna de

    reportabilidad, investigacin, atencin mdico-legal de los accidentes y

    estadsticas, facilitando con ello su comprensin, aplicacin y control.

    Adicionalmente, el Proyecto de Seguridad y Salud Ocupacional

    PESSO estableci la necesidad de contar con un modelo corporativo

    de investigacin y con un modelo de aprendizaje para la aplicacin de las

    medidas correctivas y preventivas que se determinen en la investigacin y eliminar as la repeticin de eventos.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    1. INTRODUCCIN 3

    2. REPORTABILIDAD 4

    2 . 1 . A V I S O S I N T E R N O S I N M E D I A T O S 42 . 2 . V I A J E D E E J E C U T I V O S A T E R R E N O 52 . 3 . M E D I O S D E C O M U N I C A C I N I N T E R N O S Y E X T E R N O S 52 . 4 . I N F O R M E A L C O M I T E J E C U T I V O C O R P O R A T I V O 52 . 5 . R E P O R T E D E A C C I D E N T E F A T A L , G R A V E E I N C I D E N T E D E A L T O P O T E N C I A L 52 . 6 . A C C E S O A L F O R M U L A R I O . P A S O S A S E G U I R 52 . 7 . D I S T R I B U C I N D E L R E P O R T E A T O D O C O D E L C O 62 . 8 . A V I S O S A L A S A U T O R I D A D E S 6

    3. ATENCIN MDICA DE LOS LESIONADOS Y PROCEDIMIENTOS MDICO - LEGALES 6

    3 . 1 . D O C U M E N T A C I N M D I C O L E G A L Y R E S P O N S A B I L I D A D E S 73 . 2 . P R O C E D I M I E N T O D E A T E N C I O N E S M D I C A S 3 . 3 . P R O C E D I M I E N T O S D E R E P O S O , C A L I F I C A C I N , A L T A M D I C A E I N V A L I D E Z 113 . 4 . R E C H A Z O D E L I C E N C I A A R T . 7 7 B I S . L E Y 1 6 . 7 4 4 . A D M I N I S T R A C I N D E L E G A D A 133 . 5 . R E C L A M A C I N A L A S U S E S O 14

    4. INVESTIGACIN 14

    4 . 1 . O B J E T I V O D E L A I N V E S T I G A C I N 144 . 2 . L E G I S L A C I N Y N O R M A T I V A I N T E R N A A P L I C A B L E 144 . 3 . E V E N T O S Q U E D E B E N I N V E S T I G A R S E 154 . 4 . C O N F O R M A C I N D E L A C O M I S I N I N V E S T I G A D O R A 154 . 5 . A C C I D E N T E S D E T R A B A J A D O R E S C O N T R A T I S T A S 164 . 6 . P L A Z O S P A R A R E A L I Z A R L A I N V E S T I G A C I N 164 . 7 . I N H A B I L I D A D E S 164 . 8 . M O D E L O O M T O D O D E I N V E S T I G A C I N 164 . 9 . I D E N T I F I C A C I N D E L A S A C C I O N E S P R E V E N T I V A S Y C O R R E C T I V AS 204 . 1 0 . E X P E D I E N T E D E I N V E S T I G A C I N 224 . 1 1 . I N F O R M E F I N A L D E I N V E S T I G A C I N 224 . 1 2 . E X P E D I E N T E D E C I E R R E 244 . 1 3 . C O M U N I C A C I N D E L I N F O R M E F I N A L D E I N V E S T I G A C I N 244 . 1 4 . P R O N U N C I A M I E N T O S O B R E N E G L I G E N C I A I N E X C U S A B L E 24

    5. APRENDIZAJE, LECCIONES APRENDIDAS Y SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS 25

    5 . 1 . R E G I S T R O C O R P O R A T I V O D E A C C I D E N T E S G R A V E S Y F A T A L E S 265 . 2 . P R O C E D I M I E N T O D E A P R E N D I Z A J E D E A C C I D E N T ES 265 . 3 . H E R R A M I E N T A S Y R E C U R S O S P A R A F A V O R E C E R E L A P R E N D I Z A J E 275 . 4 . P L A Z O S D E L P R O C E S O 28

    6. ESTADSTICAS DE ACCIDENTABILIDAD 28

    7. VIGENCIA 30

    INDICE

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    Directriz Accidentes del Trabajo

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Con ms de 100 aos de experiencia en el rubro minero, y con ms de 60.000 trabajadores (propios y contratistas) distribuidos en 7 divisiones, Vicepresidencia de Proyectos y Casa Matriz, CODELCO es la empresa ms grande de Chile, y se ha planteado como objetivo posicionarse como el orgullo de todos los chilenos.

    En nuestra empresa el primer valor es el respeto a la vida y la dignidad de las personas. Nada justifica que asumamos riesgos no controlados que atenten contra nuestra salud o seguridad.

    El denominado deber de proteccin de los empleadores para con sus trabajadores, contemplado en el artculo 184 y 183 E) del Cdigo del Trabajo, exige adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores y con ello prevenir la ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

    Para cumplir con estos desafos, Codelco cuenta con Estndares y Guas Tcnicas nicos y obligatorios para toda la Corporacin, en materia de seguridad, denominados Estndares de Control de Fatalidades y de salud denominados Estndares de Salud en el Trabajo generados en el marco del Proyecto Estructural de Seguridad y Salud Ocupacional (PESSO). Estos estndares, procedimientos y protocolos tienen por objetivo garantizar un ambiente de trabajo sano y seguro para todos los trabajadores, manteniendo bajo control los peligros, factores, agentes y condiciones que puedan producir accidentes del trabajo

    o enfermedades profesionales, favoreciendo estilos de trabajo y de vida saludables.

    En trminos de resultados estadsticos, hemos disminuido sistemticamente nuestro indicador de frecuencia de accidentes (accidentes con tiempo perdido por cada milln de horas trabajadas), sin embargo an debemos lamentar trabajadores fallecidos.

    Como una medida preventiva para evitar que los accidentes se repitan, se requiere identificar sus causas a fin de tomar las acciones correctivas y preventivas pertinentes y compartir estas conclusiones con toda la organizacin a fin de aplicar preventivamente las medidas que correspondan.

    De acuerdo al Reglamento de Seguridad Minera, las empresas mineras estn obligadas a indicar clara y explcitamente las causas, consecuencias y medidas correctivas de los accidentes en un informe tcnico, suscrito por el ingeniero o jefe a cargo de la faena y por un Experto y remitirlo al Servicio Nacional de Geologa y Minera (art. 77 DS 72).

    Adems, en conformidad al Reglamento para la Constitucin y Funcionamiento de los Comits Paritarios de Higiene y Seguridad (CPHS), estos deben investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa (art. 24 DS 54).

    Este documento integra los procesos de Reporte, Atencin Mdica, Investigacin y Aprendizaje de los accidentes.

    1. INTRODUCCIN

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Los procesos de reporte, investigacin y aprendizaje, se aplican a los accidentes fatales, graves e incidentes de alto potencial, de acuerdo a los conceptos y definiciones que se contienen en el Anexo 1 y 2 B y a los Flujogramas que se adjuntan como Anexos N 13, 15.

    El proceso de atenciones mdicas, reportes y prestaciones mdico legales se refiere a los accidentes a causa o con ocasin del trabajo y de trayecto que hubieren ocasionado lesiones graves, menos graves o leves o de acuerdo a los conceptos y definiciones que se contienen en el Anexo 1 y al flujograma que se adjunta como Anexo N 14.

    Adems, contempla lineamientos en materia de registro e informacin estadstica de accidentabilidad.

    Codelco cuenta actualmente con distintos documentos y directrices asociadas a los accidentes del trabajo, como son:

    SGSSO-04- Directriz Corporativa Investigacin. Versin 2 de Mayo 2010.

    SGSSO-08 Directriz Corporativa de Definiciones Criterios Estadsticos de Accidentes del Trabajo. Versin 1 de diciembre 2008.

    SGSSO-013- Directriz Corporativa de Avisos ante accidentes del trabajo e incidentes ambientales de relevantes. Versin 3 de Mayo de 2010.

    GSSO-006 Nota Interna sobre Reportes y Estadsticas de Accidentabilidad. Abril 2011.

    Instructivo de Atencin Mdica, Reporte y Prestaciones Mdico - Legales de Accidentes del Trabajo. Octubre 2011.

    A fin de sistematizar dicha normativa, facilitando con ello su comprensin, aplicacin y control, se ha estimado conveniente

    compilarlas en un solo documento, por lo que una vez que esta directriz est vigente los documentos antes sealados quedan derogados.

    Esta directriz tambin contempla un modelo corporativo de investigacin y un modelo de aprendizaje

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    En caso de accidentes fatales, el Presidente Ejecutivo en conjunto con el Vicepresidente de Operaciones o de Proyectos correspondientes y el Gerente de Seguridad y Salud (Codelco o

    2. REPORTABILIDAD

    2.1. AVISOS INTERNOS INMEDIATOS

    En caso de accidentes fatales, graves y de eventos de alto potencial, proceden los siguientes avisos inmediatos:

    Todo trabajador propio o contratista: debe avisar de inmediato a su supervisor y/o a los servicios mdicos o de urgencia que corresponda de acuerdo a la normativa interna de cada centro de trabajo.

    El responsable del rea operativa o del lugar en donde ocurri el accidente: debe avisar de inmediato a la Gerencia de Seguridad y Salud

    Ocupacional de la Divisin, VP o Gerencia de Recursos Humanos Casa Matriz.

    La Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional de la Divisin, VP o Gerencia de Recursos Humanos Casa Matriz: debe avisar de inmediato al Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional de Codelco Chile por telfono y a la direccin electrnica [email protected], esta informacin debe contener a lo menos la informacin contenida en Formulario de reporte Anexo 2.

    2.2. VIAJE DE EJECUTIVOS A TERRENO

    empresas filiales), definen la pertinencia del viaje de un ejecutivo corporativo a terreno.

    2.3. MEDIOS DE COMUNICACIN INTERNOS Y EXTERNOS

    En caso de accidentes fatales, el Gerente de Comunicacin de Codelco, en conjunto con el responsable de comunicaciones del centro

    de trabajo afectado, coordinar en forma paralela las acciones de difusin meditica interna y externas que estimen necesarias.

    2.4. INFORME AL COMIT EJECUTIVO CORPORATIVO

    En caso de accidente fatal el Gerente General del centro de trabajo afectado (Codelco o empresas filiales), har una presentacin sobre el accidente, en la sesin ms prxima del Comit Ejecutivo Corporativo, con la informacin recabada hasta ese momento.

    En Caso de accidentes Graves un

    representante del centro de trabajo afectado, har una presentacin a la Gerencia SSO, sobre el accidente apenas concluya la investigacin.

    Los accidentes Graves y Fatales, sern presentados por los Gerentes SSO de cada Divisin, en reunin de gerencia SSO.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Para estos efectos Codelco cuenta con un formulario nico de reporte que se adjunta en el Anexo 2.

    La Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional de la Divisin, VP o Gerencia de Casa Matriz debe bajar el formato de la Comunidad Virtual (CV), llenarlo de acuerdo a los criterios, conceptos y definiciones establecidas en el Anexo 1 de esta directriz y subirlo nuevamente a la CV, a ms tardar al da siguiente de ocurrido el evento con la informacin de que se disponga hasta ese momento, que debe incluir como mnimo los puntos del I

    2.5. REPORTE DE ACCIDENTE FATAL, GRAVE E INCIDENTE DE ALTO POTENCIAL

    al VI de dicho formato. Posteriormente, debe completar la informacin a medida que se vaya obteniendo en el mismo formulario.

    Este reporte es de responsabilidad del Gerente, Director de Seguridad o Jefe del Departamento de Gestin de Riesgos de Faena (DPR de F.) del centro de trabajo al que pertenece el trabajador afectado y deber llevar la firma de la jefatura que lo emite.

    La numeracin del formulario ser corporativa y se dar por la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional de Codelco Chile.

    2.6. ACCESO AL FORMULARIO. PASOS A SEGUIR

    1. Ingrese al Portal Corporativo: http://portal6.codelco.cl/irj/portal

    2. Seleccione Mi Divisin

    3. Seleccione al costado derecho Comunidades Virtuales

    4. Seleccione Gestin de Riesgos profesionales: http://costcv/SSOAC

    5. Seleccione en el costado izquierdo superior: Accidentabilidad Laboral

    6. Seleccione en el costado izquierdo: Reporte de Accidente Fatal, Grave o de Alto Potencial

    7. Seleccione su Divisin

    8. Seleccione Rellenar este formulario

    9. Complete y guarde copia del formulario: Seleccione Archivo, Guardar como (djelo en la ruta indicada por el formulario) y pngale nombre

    10. Seleccione en la barra superior Enviar a destinatarios de correo. Previo al envo seleccione en el costado izquierdo: editable para efectuar cambios o no editable, para que no pueda ser modificado.

    11. Cuando est terminado y corregido en su Centro de Trabajo, envelo al correo [email protected] y gurdelo en la CV.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Una vez recibido el Reporte por la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional de Codelco Chile, personal de dicha Gerencia se contactar con la persona que figura como informante en el punto VI del Reporte a fin de aclarar y/o corregir informacin.

    2.7. DISTRIBUCIN DEL REPORTE A TODO CODELCO

    Posteriormente, el Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional de Codelco Chile decidir la pertinencia de remitir el Reporte (puntos 1 al 6) a todo Codelco, a travs la direccin electrnica [email protected].

    2.8. AVISOS A LAS AUTORIDADES

    En el caso de trabajadores propios, el Director de Seguridad del centro de trabajo o quien lo remplace o su equivalente, deber realizar los avisos correspondientes a las autoridades y suspender la faena afectada, si corresponde de acuerdo a la Circular N 2345. Si el accidente ocurri en un proyecto de la Vicepresidencia de Proyectos (VP) al interior de una divisin, los avisos y la relacin con las autoridades fiscalizadoras, los debe efectuar la divisin, previa coordinacin con los directivos y responsables de seguridad y salud del Proyecto y en conformidad a esta directriz.

    En el caso de trabajadores contratistas, si el centro de trabajo lo estima pertinente, podr dar aviso a las autoridades correspondientes. Sin perjuicio de lo anterior, debe asegurar que la empresa contratista realice de inmediato todos los avisos a las autoridades y a su organismo administrador del Seguro de la Ley 16.744,Esto de acuerdo a protocolo formulado por cada divisin segn su singularidades .

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Con la finalidad de dar cabal cumplimiento al artculo 76 de la Ley 16.744, 74 del DS 101, Circular 2229 de 2005 de la Superintendencia de Seguridad Social (77 bis.) y art. 34 del RESSO, las personas que hayan sido vctimas de un accidente en las faenas o establecimientos de Codelco o en sus cercanas debern recibir atencin mdica de urgencia en el establecimiento mdico del organismo administrador que corresponda, salvo caso de urgencia o gravedad en que debern

    3. ATENCIN MDICA DE LOS LESIONADOS Y PROCEDIMIENTOS MDICO - LEGALES

    ser llevados al establecimiento mdico ms cercano con capacidad de resolucin de acuerdo a su gravedad.

    En los casos de accidentados al interior de una faena de Codelco en la que exista un establecimiento mdico de urgencia, todos los trabajadores propios y contratistas debern ser llevados para su inmediata atencin a dichos establecimientos.

    3.1. DOCUMENTACIN MDICO LEGAL Y RESPONSABILIDADES

    Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) Art. 76 Ley 16.744 y 71 DS 101:

    La DIAT que se adjunta como Anexo N 3, es el formulario oficial de uso obligatorio para reportar, avisar, comunicar, denunciar eventos relacionados con el trabajo.

    El empleador es el principal y primer obligado a confeccionar la DIAT. De no ocurrir lo anterior, debe hacerla el trabajador, un acompaante o el personal de la salud que presta la primera atencin.

    El empleador, en este caso el Director de Seguridad, debe asegurarse que la DIAT es remitida al organismo administrador al momento de ser atendido el trabajador, o dentro de las 24 horas siguientes.

    Alta Laboral (ALLA) Art. 73 letra g) DS 101:

    Cuando el ALLA se emite al trmino de la primera atencin mdica ya que el trabajador no requiere reposo mdico por no haber incapacidad, se denomina ALTA INMEDIATA.

    El documento oficial en Codelco para certificar que el trabajador se encuentra en condiciones de reintegrarse al trabajo y jornada habitual es el Alta Laboral (ALLA) que se adjunta en el Anexo N4.

    Los mdicos de la red de prestadores Codelco (postas, policlnicos, hospitales, clnicas etc.), estn autorizados para emitir ALTA LABORAL solo en los casos en que exista DIAT.

    Ninguna jefatura puede autorizar el reintegro de un trabajador desde un centro de atencin de urgencia sin un certificado ALLA.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Reposo Laboral. Orden de Reposo o Licencia Mdica (RELA) Art. 73 letra d) y c) DS 101:

    El reposo laboral debe otorgarse nicamente atendiendo razones mdicas.

    Las mutualidades otorgan ORDEN DE REPOSO LABORAL (RELA) que se adjunta en el Anexo N 5 y la Administracin Delegada debe utilizar Formulario de Licencia Mdica.

    Resolucin de Calificacin de Accidente (RECA) Circular 2717 Feb. 2011:

    La calificacin de los accidentes es un acto mdico-legal que compete nica y exclusivamente a los respectivos organismos administradores de la Ley 16.744 Direcciones SATEP. La calificacin debe hacerse atendiendo consideraciones tcnicas con el mrito de la investigacin que el mismo organismo realice.

    El efecto ms relevante de que un accidente se califique como del trabajo (a causa o con ocasin) o del trayecto o no laboral, es determinar qu seguro deber hacerse cargo de las atenciones mdicas, subsidios, indemnizaciones y pensiones que corresponde al trabajador o sus causahabientes (viuda

    hijos) como consecuencia del siniestro. En efecto, si se trata de un accidente no laboral ser el sistema de salud comn (Isapre o Fonasa) y el rgimen de pensiones (AFP o INP) y si se trata de un accidente del trabajo o trayecto sern la administracin delegada, mutualidad o ISL, segn corresponda.En el caso de las divisiones de Codelco con administracin delegada la calificacin de los accidentes corresponde nica y exclusivamente a las Direcciones de Gestin SATEP. (Oficio SUSESO a DCH N 36304 de junio de 2007).Los criterios y definiciones de calificacin de accidentes estaban definidos en la Directriz Corporativa de definiciones, criterios e indicadores estadsticos de accidentes del trabajo Ver. 1 de diciembre de 2008 que queda derogada con este documento y quedan incluidos en el Anexo N 1La Calificacin de los accidentes debe hacerse en el formulario de Resolucin de Calificacin (RECA) que se adjunta en el Anexo N 6.

    Alta Mdica (ALME) Art. 75 DS 101

    El ALTA MDICA (ALME) debe ser certificada por el mdico tratante en el formulario que se adjunta en el Anexo N 7.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    1. Procedimiento en caso de accidente con lesiones graves desde un punto de vista clnico

    Ej.: politraumatismo, quemaduras profundas, amputaciones, etc.

    1.a Lesiones graves con riesgo vital

    A. Se iniciar en forma inmediata la atencin mdica, con todos los recursos necesarios y medios de apoyo con el fin de brindar la mejor atencin tcnica profesional que permita salvar la vida o evitar al mximo secuelas posteriores. El mdico a cargo de la emergencia avisar telefnicamente al Coordinador Mdico del organismo administrador que corresponda a fin de comunicar el estado del paciente y los requerimientos de apoyo (Banco de sangre, pabelln, imagenologa, evaluacin por especialistas de llamada y residentes de UCI etc.) para que dicho

    coordinador indique telefnicamente al mdico a cargo de la emergencia a qu establecimiento mdico debe ser derivado el trabajador.El coordinador es responsable de que el establecimiento est esperando a la ambulancia y disponga de todo lo necesario al momento de su llegada. De esto se debe dejar constancia por escrito.

    B. Si, a juicio del personal de salud, no es posible ubicar al coordinador con la rapidez que requiere el estado de salud del trabajador se trasladar de inmediato al Hospital o Clnica de Codelco o al ms cercano para continuar con la atencin multidisciplinaria. Paralelamente se comunicar con el Coordinador Mdico del organismo administrador correspondiente, informando de las acciones realizadas, sin que ello demore o atrase algn procedimiento de atencin mdica. De esto se debe dejar constancia por escrito.

    C. Para que el trabajador pueda ser trasladado a un centro asistencial de su organismo administrador o a aqul con el cual ste tenga convenio, deber contar con la autorizacin por escrito del mdico coordinador que actuar por encargo del organismo administrador. (Art. 71 letra f)).

    D. La empresa contratista o Codelco segn corresponda, deben proporcionar al respectivo organismo administrador la DIAT dentro de las 24 horas siguientes al accidente.

    E. El mismo da debe mandar la DIAT escaneada por correo electrnico a la Direccin de Seguridad y de Salud Ocupacional divisional o VP.

    3.2. PROCEDIMIENTO DE ATENCIONES MDICAS

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    F. En el caso de trabajadores propios de divisiones con administracin delegada, el mdico tratante debe remitir por correo electrnico a la Direccin SATEP el Informe de Atencin de Urgencia y un informe diario de la evaluacin del trabajador.

    1.b Lesiones graves sin riesgo vital

    A. Frente a un accidente grave, luego de evaluar su condicin en terreno, si no hay riesgo vital, se avisar telefnicamente al Coordinador Mdico del organismo administrador que corresponda a fin de comunicar el estado del paciente y los requerimientos de apoyo (Banco de sangre, pabelln, imagenologa, evaluacin por especialistas de llamada y residentes de UCI etc.) para que dicho coordinador indique telefnicamente a qu establecimiento mdico debe ser derivado el trabajador. El coordinador es responsable de que el establecimiento est esperando a la ambulancia y disponga de todo lo necesario al momento de su llegada. De esto se debe dejar constancia por escrito.

    B. Debe procederse de acuerdo a lo sealado en las letras D. E. y F. anteriores..

    2. Procedimiento en caso de accidente con lesiones menos graves desde un punto de vista clnico

    Se trata de trabajadores que requieren atencin por especialista o exmenes complementarios de imagenologa o laboratorio. Por ej.: fracturas cerradas no complicadas, TEC simple, fracturas costales, etc.

    Luego de la evaluacin inicial en terreno, se trasladar al centro de atencin de urgencia que corresponda, para completar

    la evaluacin mdica y se comunicar con el mdico coordinador del organismo administrador correspondiente para iniciar el traslado respectivo al centro asistencial que indique.

    Este procedimiento debe realizarse bajo los estndares de traslado en vehculos de emergencia.

    Posteriormente, debe procederse de la siguiente forma:

    A. El mdico debe consultar, en privado, al trabajador sobre las circunstancias en que se produjo la lesin.

    B. Si el empleador no ha completado la DIAT, y de acuerdo a lo expresado por el trabajador, considera que puede haber sido a causa o con ocasin del trabajo, debe entregar un formulario oficial de DIAT al trabajador para que lo llene mientras es atendido. En el caso de trabajadores propios, se dispone de formularios pre llenados en Excel para facilitar la tarea. En caso de trabajadores contratistas debern contar con formularios de todos los organismos administradores.

    C. En caso que el trabajador no quiera o no pueda hacerlo, el mdico tratante o personal de la salud debe llenar la DIAT.

    D. En todos los casos el mismo da debe mandar la DIAT escaneada por correo electrnico a la Direccin de Seguridad y de Salud Ocupacional divisional o VP. E. En el caso de divisiones que estn en mutualidad el mdico tratante debe remitir la DIAT a la mutualidad a la que est adherida Codelco y copiar al director de seguridad divisional de manera inmediata la evidencia de esta accin.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    F. Adems, en el caso de trabajadores propios de divisiones con administracin delegada, el mdico debe mandar, el mismo da, la DIAT escaneada y en papel/original, adjuntando Informe de Atencin de Urgencia con fotografa de la lesin a la Direccin SATEP divisional (siempre que el trabajador consienta por escrito u otro mtodo que deje constancia y evidencia objetiva, en ser fotografiado).

    G. Luego de la evaluacin inicial en terreno, se trasladar al Hospital o Clnica de Codelco o de su mutualidad, segn corresponda, para completar la evaluacin y tratamiento mdico, previa comunicacin con el mdico coordinador del organismo administrador correspondiente, debiendo dejarse constancia por escrito.

    3. Procedimiento en caso de accidente laboral con mltiples vctimas o accidente masivo

    A. Se informar de inmediato al Mdico Jefe de Urgencia del Hospital o Clnica de Codelco, quien asumir la direccin de las acciones mdicas en terreno, derivaciones, traslados, segn procedimientos estandarizados y Plan de Emergencia de Codelco. Este ltimo comunicar:

    Al Mdico Director del Hospital o clnica de Codelco, a fin de informar lo sucedido y necesidades detectadas, y

    Al Mdico Coordinador del o los organismos administradores que correspondan a los trabajadores accidentados, con quien se coordinarn las derivaciones a los centros asistenciales.

    4. Procedimiento en caso de accidente con lesiones leves desde un punto de vista clnico

    Ej.: herida cortante leve, contusin leve, esguince leve, etc. deben ser trasladados al Establecimiento de Salud de la Faena para su atencin.

    A. Proceder de la misma forma que en accidente de mediana gravedad respecto de los puntos A a F del N 2.

    B. Si luego de la atencin, el mdico que otorg la atencin establece que el trabajador no requiere reposo, debe emitir el ALTA LABORAL (ALLA) sealando en ella que se est otorgando el ALTA INMEDIATA, entregarla al trabajador y remitirla, junto con la DIAT hecha por el empleador, trabajador, acompaante o personal de salud, a la Direccin de Seguridad, Direccin de Salud Ocupacional, Direccin SATEP y/o al organismo administrador de la Ley 16.744 que corresponda. Se dispondr de formularios pre llenados en Excel para facilitar la tarea.

    C. Si la atencin la otorg un profesional no mdico, el ALLA la otorga el mdico responsable previo anlisis de la ficha mdica, o ficha electrnica, video conferencia, conferencia telefnica u otros mecanismos que le permitan tomar conocimiento del estado de salud del trabajador y resolver adecuadamente. El ALLA debe ser firmada preliminarmente por quien entreg la atencin de primeros auxilios y luego debe ser firmada por el mdico responsable. D. Si el trabajador no requiere reposo pero debe continuar con atencin mdica (ej. curaciones), o requiere guardar reposo, porque no est en situacin

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    de reincorporarse de inmediato a su trabajo y jornada habitual, se debe seguir el procedimiento anterior y remitir al trabajador al Hospital o Clnica de Codelco o de su organismo administrador de la

    3.3. PROCEDIMIENTOS DE REPOSO, CALIFICACIN, ALTA MDICA E INVALIDEZ

    1. Mdico hospital

    A. El reposo corresponde a una determinacin del mdico tratante por consideraciones nicamente mdicas, debe constar en una licencia mdica u orden de reposo Ley N 16.744; debe iniciarse el mismo da del accidente, sin atencin a la hora de ocurrencia del mismo y procede an cuando correspondan, permisos, descansos, feriados o vacaciones.

    B. El Hospital de Codelco debe dar aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria u otra autoridad en los casos en que sta haya resuelto que los establecimientos mdicos deben comunicar determinadas lesiones o patologas. (Ord. 4B/1285 de 1993 Minsal)

    C. En el caso de trabajadores propios de divisiones con administracin delegada si el mdico tratante considera que requiere reposo debe llenar el formulario oficial de LICENCIA MDICA, tipificar como 5 y entregarla al trabajador para que la presente en la Direccin SATEP. En el caso de trabajadores propios de Codelco en mutual, corresponde al mdico tratante de esa entidad evaluar la necesidad de reposo y en caso afirmativo otorgar Orden de Reposo ley 16.744.

    D. Si no requiere reposo, o al trmino de la licencia, el mdico debe otorgar el ALTA LABORAL (ALLA) en el formulario oficial

    Ley 16.744 que corresponda. (Se entiende por labores y jornada habitual aquella que el trabajador realizaba normalmente antes del inicio de la incapacidad laboral temporal, DS 101).

    del SISESAT, sealando si hay restricciones, entregar una copia al trabajador y remitir otra al rea operativa, a la Direccin SATEP, la Direccin de Salud Ocupacional y la Direccin de Seguridad.

    E. Cuando terminen los tratamientos que han sido indicados por el mdico, debe emitir el ALTA MDICA (ALME) en el formulario oficial del SISESAT, entregar una copia al trabajador y remitir por correo electrnico otra a rea operativa, a la Direccin SATEP, la Direccin de Salud Ocupacional y la Direccin de Seguridad. Adems, en papel a la Direccin SATEP. Se dispondr de este formulario en excel prellenado para facilitar la tarea.

    F. Si a juicio del mdico tratante puede haber invalidez, debe elaborar y remitir a la Direccin SATEP, los informes clnicos para el envo del caso a COMPIN, si corresponde.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    2. Direccin SATEP

    De conformidad a lo sealado en el Manual SATEP, debe:

    A. Analizar preliminarmente si se trata efectivamente de un accidente de trabajo o trayecto o por el contrario un accidente comn. B. Analizar si la lesin del trabajador amerita o no reposo. El mdico SATEP tiene la facultad para evaluar al trabajador accidentado y emitir una licencia en el caso que no se hubiera dado reposo o solicitar a la COMPIN la ampliacin o reduccin de los das de reposo otorgados por el mdico tratante, fundado en razones exclusivamente mdicas.

    C. En caso de accidente fatal notificar de inmediato al Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

    D. Dentro del plazo de 2 das, visar la licencia mdica por accidente del trabajo o trayecto, hacer una carta, adjuntarla a la licencia y remitirla a Recursos Humanos/Remuneraciones.

    E. Ingresar al SISESAT todas las DIAT que haya recibido. Hacer la DIAT del organismo administrador e ingresarla al SISESAT (plazo 15 das corridos contados desde el da de ingreso de la primera DIAT al sistema).

    F. La fecha del accidente es la fecha en la que efectivamente ocurri el accidente, independientemente de la hora o del tipo de turno que estuviere realizando;

    G. Hacer la RESOLUCIN DE CALIFICACIN (RECA) e ingresarla al SISESAT (plazo 15 das corridos contados desde el da en que se ingres la primera DIAT al sistema), notificarla a la Direccin de Salud Ocupacional, de Seguridad y al trabajador.H. Ingresar el CERTIFICADO DE ALTA LABORAL (ALLA) al SISESAT.

    I. Emitir el CERTIFICADO DE ALTA MDICA (ALME) e ingresarlo al SISESAT.

    J. Ingresar la informacin de la licencia mdica al formulario ORDEN DE REPOSO LEY N 16.744 (RELA) e ingresarlo al SISESAT.

    K. Formar el expediente de invalidez y tramitarlo en la COMPIN.

    L. Ingresar la RESOLUCIN DE INCAPACIDAD PERMANENTE (REIP) que se adjunta en el Anexo N 8, al SISESAT. Apelar si corresponde.

    3. Recursos Humanos/Remuneraciones

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    A. Ingresar la licencia mdica al SAP y pagar la licencia desde el da en que comenz el reposo.

    B. Si recibe licencia mdica tipo 5 de un mdico externo mandarla a la Direccin SATEP para que se pronuncie respecto a si est bien tipificada como laboral. Si el SATEP no est de acuerdo con la tipificacin genera un 77 bis y si est de acuerdo se aplica el N 8 d) de este documento.

    C. Remitir dentro de 24 hrs. la licencia mdica con sus adjuntos a la

    COMPIN correspondiente y guardarla posteriormente con la resolucin de la COMPIN.

    4. Direccin de Salud Ocupacional de la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional

    A. Asesorar a las reas correspondientes en el cumplimiento de la restriccin temporal contenida en el CERTIFICADO DE ALTA LABORAL (ALLA) y verificar su correcto cumplimiento.

    3.4. RECHAZO DE LICENCIA ART. 77 BIS. LEY 16.744. ADMINISTRACIN DELEGADA

    1. RECHAZO POR PARTE DE LA ISAPRE

    A. Mdico tratante del Policlnico y Servicio de Urgencia

    a. Si el mdico emite una licencia tipo 1 debe entregarla al trabajador para que ste la entregue a Recursos Humanos o cualquier ventanilla designada formalmente al efecto en cada divisin o proyecto, en el caso de licencia en papel.

    b. En el caso de la licencia electrnica el procedimiento es el sealado por la Superintendencia de Seguridad Social.

    B. Recursos Humanos/Remuneraciones

    a. Ingresar la licencia mdica al SAP como tipo 1.

    b. Remitir la licencia a la ISAPRE.

    C. ISAPRE

    a. Si rechaza por corresponder a patologa laboral debe sealarlo expresamente y se produce un 77 Bis. Debe enviar el formulario de la licencia mdica al SATEP.

    D. SATEP

    a. Est obligado a otorgar todas las prestaciones. Si no est de acuerdo puede reclamar a la SuSeSo.

    2. RECHAZO POR PARTE DEL SATEP

    A. Mdico tratante del Policlnico y Servicio de Urgencia

    a. Si el mdico emite una licencia tipo 5 debe entregrsela al trabajador para que ste la lleve a la Direccin SATEP.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    B. Direccin SATEPa. Si, dentro del plazo de 48 hrs., resuelve que se trata de un accidente comn, rechaza la licencia mediante una carta explicativa que indique que se est aplicando el 77 bis y la deriva a Recursos Humanos.

    b. El mismo da debe remitir la notificacin al trabajador mediante el formulario F9 de Codelco.c. Si la Direccin SATEP hubiera aceptado la calificacin tipo 5 de la licencia y derivado a la COMPIN y posteriormente emite RECA como accidente comn N 1 deber mandar

    una carta a la COMPIN adjuntando la RECA y solicitando la devolucin de la licencia mdica y remitir a la Isapre a travs del procedimiento del art. 77 bis. de la Ley 16.744, adjuntando la licencia anterior y solicitando el reembolso.

    C. Recursos Humanos/Remuneracionesa. Ingresa la licencia al SAP como tipo 1.

    b. Enva el formulario de la licencia mdica a la ISAPRE.

    D. ISAPREa. Est obligada a otorgar todas las prestaciones. Si no est de acuerdo puede reclamar a la SuSeSo.

    3.5. RECLAMACIN A LA SUSESO

    Si SATEP, la ISAPRE o el trabajador reclama a la SuSeSo (90 das hbiles) por no estar de acuerdo con la tipificacin:

    a. Si la SuSeSo resuelve que el accidente es comn el proceso contina como licencia mdica tipo 1, haciendo los cambios en SAP y SISESAT.

    b. Si la SuSeSo resuelve que el accidente es laboral el proceso contina como

    licencia mdica tipo 5, haciendo los cambios en SAP y SISESAT.

    NOTA: El formulario de licencia mdica no puede ser alterado o enmendado por ningn interviniente.

    Para mejor comprensin de estos procesos, ver cuadro explicativo de responsabilidades que se adjunta en el Anexo N 9.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    El objetivo de las investigaciones de accidentes es determinar las causas del accidente para adoptar las medidas necesarias, suficientes y oportunas para evitar su repeticin.

    En este captulo se establecen las orientaciones, normas generales,

    4. INVESTIGACIN

    4.1. OBJETIVO DE LA INVESTIGACIN

    procedimientos y estndares corporativos para la investigacin de accidentes del trabajo, accidentes fatales y graves e incidentes de alto potencial ocurridos a trabajadores de Codelco y de empresas contratistas que realicen obras o servicios para la Corporacin y responder eficientemente a la normativa legal vigente.

    4.2. LEGISLACIN Y NORMATIVA INTERNA APLICABLE

    Decreto Supremo N 54 de 1969 sobre Constitucin y Funcionamiento de los Comits Paritarios de Higiene y Seguridad.

    Artculo 24.- Son funciones de los Comits de Higiene y Seguridad:

    3.- Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.

    4.- Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debi a negligencia inexcusable del trabajador;

    Decreto Supremo N 72 de 1985, Reglamento de Seguridad Minera, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el D.S. N 132 de 2002, del Ministerio de Minera.

    Artculo 76.- Es obligacin de la Empresa Minera investigar todos los accidentes con lesiones o muerte a los trabajadores, analizar sus causas e implementar las acciones correctivas para evitar su repeticin, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del artculo 13 del presente reglamento.

    Decreto Supremo N 76 de 2007, Aprueba Reglamento para la Aplicacin del Artculo 66 Bis de la Ley N 16.744.

    Reglamento Especial para Implementacin del Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), para Empresas Contratistas y Subcontratistas de Codelco (RESSO) de 2010.

    Deben ser investigados todos los accidentes fatales, graves, con tiempo perdido y los incidentes de alto potencial, que afecten o pudieran haber afectado a un trabajador de Codelco o de una empresa contratista o subcontratista de Codelco.

    4.3. EVENTOS QUE DEBEN INVESTIGARSE

    Accidentes Fatales y Graves (consecuencia Real): Aplicar de manera ntegra la directriz e investigar de acuerdo a la metodologa definida.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    4.4. CONFORMACIN DE LA COMISIN INVESTIGADORA

    Para el caso de los accidentes graves y fatales, el Gerente General o Vicepresidente de Proyectos, segn corresponda, debe emitir una Nota Interna con copia a la GSSO corporativa, con los miembros que conforman la comisin investigadora y nombrar a su presidente, quien la liderar y en caso de conflictos, solicitar la expertiz tcnica para resolver en caso de desacuerdos. La Comisin deber integrarse en un plazo de 24 horas corridas luego de ocurrido el evento y se integrar de la siguiente manera:

    1. Los miembros del CPHS del rea en que ocurri el accidente, designados por el propio Comit en reunin extraordinaria citada al efecto y que conste en el acta respectiva. El nmero ser el que el propio Comit Paritario decida, debiendo ser igual nmero de representantes de la empresa y de los trabajadores en conformidad al Dcto. 54 de la ley 16744.

    2. Profesionales del centro de trabajo involucrado externos al rea involucrada,

    de acuerdo a las necesidades de la investigacin, tales como, ingeniero, mdico, psiclogo, periodista, fotgrafo, dibujante, abogado, etc.

    3. El experto en prevencin de riesgos de la divisin y/o del rea en que ocurri el accidente.

    4. Un profesional designado por la GSSO del centro corporativo. Esta participacin es obligatoria en el caso de accidentes fatales, y optativa en el caso de accidentes graves y de alto potencial. La GSSO comunicar por escrito dentro de las 48 hrs. siguientes al accidente, al Gerente General o Vicepresidente que corresponda el nombre del profesional que se integrar en forma permanente a la comisin.

    5. En el caso de accidentes fatales y graves (si se decide la participacin de personal de la GSSO del centro corporativo) ocurridos a trabajadores contratistas de

    Incidentes de Alto Potencial: Cada divisin definir la necesidad de generar una comisin investigadora e investigar, de acuerdo a lo definido en esta directriz, en funcin de la potencialidad del evento. Por otra parte la Direccin de seguridad corporativa, podr solicitar la investigacin de un evento de esta naturaleza, por su repetitividad en la corporacin, consecuencias legales o la potencialidad del mismo. Sin embargo, si se decide no formar la comisin e investigar de acuerdo a este modelo, la profundidad y extensin de la investigacin debe ser la suficiente para determinar sus causas y medidas de control que apunten a la solucin de estas, aplicando la jerarqua de control de riesgos.

    Accidentes CTP y STP de bajo potencial: Cada Divisin investigar resguardando que dicha investigacin debe ser la suficiente para determinar sus causas y medidas de control que apunten a la solucin de estas, aplicando la jerarqua de control de riesgos. No es necesaria la conformacin de la comisin investigadora y aplicar el modelo de investigacin.

    La direccin de seguridad corporativa, podr solicitar a las Divisiones/VP una presentacin de la investigacin realizada y sus planes de accin.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    la VP al interior de una divisin, integrar la Comisin Investigadora un profesional de la divisin designado por su Gerente General, un profesional designado por la GSSO del centro corporativo y dos miembros del CPHS del rea correspondiente.

    6. Segn la materia de que se trate la investigacin, por decisin de la Comisin Investigadora se podr incorporar, adems, un perito externo inscrito en el Registro Corporativo de Expertos Externos, como miembro de la Comisin o como asesor.

    4.5. ACCIDENTES DE TRABAJADORES CONTRATISTAS

    La empresa contratista empleadora deber realizar su propia investigacin, en la cual debe participar el administrador y el prevencionista de la EECC, sola o en conjunto con el Comit Paritario de Higiene y Seguridad de dicha empresa si existe en la faena donde ocurri el accidente y en conformidad a lo establecido en ley 16.744 y sus documentos complementarios.

    Si no tiene CPHS en la faena debe investigar el CPHS de Faena.

    El Director de Seguridad de cada divisin debe asegurar que esto se realice.

    Sin perjuicio de esas investigaciones, en cumplimiento del artculo 77 del DS 72, la divisin podr realizar su propia investigacin conforme a lo establecido anteriormente, para lo cual formar una Comisin Investigadora integrada de acuerdo a lo sealado anteriormente o avalar y presentar a la autoridad el Informe Final de Investigacin realizado por la empresa contratista, en caso de ser una empresa contratista perteneciente a VP, la comisin formada se constituir conforme a lo descrito en punto 4.4.

    4.6. PLAZOS PARA REALIZAR LA INVESTIGACIN

    Los plazos mximos estipulados son 2 semanas para eventos alto potencial o grave y 4 semanas para accidente fatal respectivamente. En caso de requerir plazos mayores, por ejemplo anlisis de esfuerzos, pericias, etc., el presidente de la comisin deber generar una solicitud formal con Carta Gantt de actividades para aprobacin de la gerencia corporativa de seguridad.Toda investigacin de accidentes debe contar con una carta Gantt, en la cual se detallan las actividades principales a desarrollar y los plazos estipulados (dentro del marco definido en prrafo anterior), este documento debe ser evacuado el primer da de constituida la comisin investigadora

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Las personas que tuvieren alguna responsabilidad o participacin, directa o indirecta de manera que se vean afectado sus intereses profesionales o personales en el accidente no podrn formar parte de la Comisin Investigadora. Esta circunstancia deber ser analizada en forma previa a la

    conformacin de la Comisin, sin embargo, si la inhabilidad apareciere durante la investigacin, cualquier miembro de la Comisin podr solicitar su alejamiento. Si no hubiere acuerdo decidir el presidente de la Comisin. De lo anterior deber dejarse constancia escrita.

    4.7. INHABILIDADES

    4.8. MODELO O MTODO DE INVESTIGACIN

    Como modelo de investigacin se entiende al conjunto sistemtico de actividades previamente fijadas, destinadas a identificar las causas de un accidente o incidente.

    El modelo o mtodo de investigacin a utilizar en Codelco, es el que se describe a continuacin.

    Las etapas que se deben satisfacer en cada investigacin de accidentes grave, fatal e incidentes de alto potencial, son las siguientes:

    A. Recopilacin de Informacin Relacionada

    En toda investigacin, la descripcin del evento debe ser breve y clara, pero siempre debe responder las siguientes preguntas (quin , que, como, cuando, donde); adems para la correcta definicin del problema se incluirn las consideraciones anexas para la definicin (Cuales, en qu circunstancias, magnitud, historia y potencialidad), estos elementos entonces implican obtener la mayor cantidad y ms fidedigna informacin relacionada con el accidente, por tanto la recopilacin debe relacionarse con las siguientes categoras del modelo de investigacin:

    PERSONAS

    Declaraciones de puo y letra de involucrados y testigos

    Entrevistar a trabajadores, testigos presenciales y no presenciales relacionados con el incidente para establecer qu personas estn involucradas en forma directa e indirecta.

    Definir la posicin o ubicacin de las personas relacionadas con el incidente.

    Establecer y evidenciar la competencia, experiencia y entrenamiento recibido de las personas relacionadas con el incidente.

    Establecer y evidenciar si las personas relacionadas con el incidente estaban fsica, mdica y /o psicolgicamente aptas para ejecutar el trabajo.

    Antecedentes del (los) afectado(s):

    Edad

    Cargo

    Tiempo en la funcin al momento del accidente

    Experiencia en la funcin al momento del accidente

    Formacin escolar

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Historial de desempeo

    Otros accidentes en su vida laboral o de inters para la investigacin

    ENTORNO O AMBIENTE

    Examinar el lugar del incidente

    Verificar las condiciones climticas existentes cuando ocurri el evento

    Determinar hora del da y turno del ciclo

    Sistema de turnos del afectado (turnos rotativos o de lunes a viernes)

    Orden y limpieza del rea

    Generar registro fotogrfico, flmico, mediciones, etc.

    Condiciones fsicas del entorno: Estado del terreno, condiciones tales como ruidos e iluminacin, polvo, humos, sustancias txicas, etc.

    EQUIPOS, HERRAMIENTAS, INSTALACIONES

    Identificar materiales, equipos o herramientas utilizados durante el incidente.

    Establecer daos.

    Posicin/ubicacin de piezas involucradas en el incidente: vlvulas, interruptores, controles, barreras, etc.

    Levantar evidencia de falla, respecto a cmo funcionaron los dispositivos de seguridad.

    Levantar evidencia de operacin o manipulacin.

    Verificar utilizacin EPP.

    Verificar modificaciones recientes de diseo.

    PROGRAMAS, DOCUMENTOS OPERACIONALES Y REGISTROS

    Documentos Operacionales (Manua-les, Reglamentos, Procedimientos, Ins-tructivos, otros) y sus modificaciones asociadas.

    Planos estructurales o de diseo, isomtricos, animaciones 3D, unilineales u otros.

    Programas de: Prevencin de Riesgos, Ambientales, Higiene, Capacitacin, Mantenimiento y sus modificaciones asociadas.

    AST: Anlisis de Seguridad de tareas; ART: Anlisis de Riesgos en la Tarea, HPT: Hoja de Planificacin de la Tarea.

    Registros mdicos.

    Registros de entrenamiento y de capacitacin.

    Registros flmicos, fotogrficos, de audio, etc.

    Registros de Planes de Accin Especficos.

    Hojas de Dato de Seguridad (HDS).

    Permisos de Trabajo Especial (P.T.E).

    Manuales del equipo.

    Auditoras de Reportes de incidentes que hayan ocurrido (en el rea; similares).

    Estndares de Control de Fatalidad.

    Descripcin del cargo del (los) afectado(s).

    Inventarios de riesgos asociados

    Inspecciones del rea (CPHS, Comits ejecutivos, etc.)

    Otros.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    ORGANIZACIN

    Identificar estructura organizacional de la tarea.

    Identificar estructura organizacional de la Gerencia relacionada con el evento.

    Verificar estndares de seguridad, difusin comunicados y aprendizaje.

    Procedimientos, instructivos, reglamentos, manuales y su difusin.

    Verificar programas de: Gestin de Operacin y/o Mantenimiento; Inspeccin, Observacin y Capacitacin; Induccin y Entrenamiento.

    Polticas y Criterios de seleccin de personal.

    Estructura para efectuar planes de acciones correctivas por hallazgos (Informes, auditorias, denuncias u otros).

    B. Organizacin de la Informacin

    Implica elaborar un Cronograma de cmo ocurrieron los hechos, segn su consecuencia y nivel de potencialidad

    Etapas:

    Establecer el cronograma del evento (cronograma lineal) a partir de la identificacin del incidente en lnea de tiempo.

    Identificar el evento central o incidente cuando este haya ocurrido.

    Retroceder progresivamente, identificar la secuencia de eventos pre-incidente.

    Incluir al final las consecuencias o prdidas relevantes derivadas del evento.

    Una vez que la Comisin Investigadora valide el Cronograma, las personas directamente involucradas con el incidente debern ser consultadas para verificar que el Cronograma est correcto.

    Una vez validado el cronograma la comisin construye la Tabla Cronograma usando mtodo de los 5 por que?.

    Una vez recopilada la informacin, construido y validado el Cronograma lineal, se construye la Tabla Cronograma usando los 5 porque; esto no asegura tener la base para un correcto ACAI.

    En la tabla cronograma, se debe marcar cada respuesta de la tabla con una S (Si es un factor contribuyente al evento) con una N si el factor no es contribuyente y con una leyenda (Asociando esta leyenda con una respuesta de la tabla a uno de los focos del PESSO ejemplo: Foco 1 ECF3)

    C. Anlisis Causal de Incidente

    El anlisis causal de accidentes e incidentes es un proceso que permite principalmente, determinar las causas de un accidente y los factores concretos que han contribuido a que se produzca.

    Esto consiste en 3 pasos.

    C.1.- Clasificar los factores contribuyentes y las cusas bsicas, como se han identificado en la Tabla por que

    C.2.- Traspasar los factores contribuyentes y las causas bsicas a categoras de ACAI.

    C.3.- Validar los factores organizacionales de acuerdo al evento o incidente.

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    En esta etapa del anlisis, el objetivo es extraer cada pieza de informacin sobre los hallazgos de la investigacin o del informe preliminar del incidente y clasificarlo dentro de los siguientes cinco niveles de contribucin. Algunos hallazgos simplemente sern hechos y no sern factores contribuyentes al incidente o al resultado. Debern hacerse las preguntas de control para asegurar la

    Clasificar los factores contribuyentes y las cusas bsicas, como se han inidentificado en la Tabla porque.

    correcta clasificacin.Aqu se debe asegurar una buena clasificacin para un anlisis adecuado. Este paso es fundamental, pues es donde se hacen las consideraciones de los eventos que llevan a entender el sentido sistmico de los mismos, aqu se usa el diagrama de causalidad de REASON:

    Hechos /factores no contribuyentes

    FactoresOrganizacionales

    Condiciones Entorno /tarea

    Acciones individuales /

    equipo

    Defensas ausentes / fallidas

    INCIDENTE

    Decisiones y procesos

    Indicar metas Fijar polticas

    Organizar Administrar

    Comunicar

    Condiciones del trabajo

    Condiciones que

    producen errores

    Contribucin Humana

    Errores

    ConcienciaDeteccin

    Proteccin y contencin

    Control y recuperacin

    interina

    Escape y rescate

    Acidente

    Incidente

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Se debe persistir continuamente preguntando; Porque?, se irn llenando cada tem del anlisis y se debe persistir hasta que la respuesta se convierta en dos hechos o factores consecutivos no contribuyente del evento, siempre se debe trabajar sobre elementos comprobables evitando la especulacin.

    Anlisis y eleccin del incidente:

    Para construir el grfico se deben considerar los tem antes sealados, estos se deben analizar desde el incidente y retrocediendo en el mismo, la eleccin entonces del evento determinar el resultado de la investigacin. Si tenemos un evento en donde se considera como Incidente, el choque de un equipo con daos a las personas; tendr una diferencia significativa con un estudio de causalidad a personas heridas en un choque de vehculos, en este sentido es crucial siempre jerarquizar por el dao o las lesiones a las personas; si en el evento de estudio no hay personas lesionadas, entonces se debe centrar en el intercambio de energa que pudo desatar el dao.

    La pregunta de comprobacin a realizar es: El evento elegido considera la lesin o dao a personas y/o equipos, concentrando el esfuerzo en el evento que a futuro deseo evitar?.

    Identificar las Defensas ausentes o con fallas:

    Estas fallas resultan de las defensas inexistentes o inadecuadas que no pueden detectar ni proteger el sistema en contra de fallas humanas o tcnicas. Estas son la ltimas barreras que no previenen el resultado o mitigan las consecuencias de una accin individual o de equipo cuyo resultado fue un incidente o una cuasi prdida.Las categoras se deben considerar en representacin de lneas sucesivas de defensas en donde cada etapa entre en operacin cuando su predecesora falla y debe estar en concordancia con las jerarquas de controles propuestas en sentido inverso en los inventarios de riesgos.

    CONCIENCIA: Comprender la gravedad y naturaleza de los peligros presentes, los problemas de conciencia reflejan faltas continuas tanto de supervisores como de trabajadores

    DETECCION: Proporciona una advertencia clara e inequvoca de la presencia y la naturaleza de la situacin peligrosa.

    CONTROL Y RECUPERACION INTERNA: Regresar a las personas o equipos de trabajo a un estado de seguridad con lesiones o daos mnimos.

    PROTECCION Y CONTENCION: Limita las consecuencias adversas de una liberacin de energa.

    ESCAPE Y RESCATE: Evacuar a todas las vctimas posibles del lugar de riesgo lo ms pronto y seguro posible.

    La pregunta de comprobacin a realizar es: El elemento describe al equipo, sistema, proceso de trabajo, medida de control, procedimiento o atributo que normalmente previene este incidente o limita sus consecuencias?

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Identificacin de las Acciones individuales o de equipo:

    Estos son los errores o transgresiones que conducen de manera directa a que se produzca el evento o accidente. Generalmente estn asociados con el personal que est en contacto directo con el equipo. Estos siempre estn comprometidos activamente (Alguien hace o deja de hacer algo) y est directamente relacionados con el accidente.

    Preguntas de comprobacin a realizar: Por qu? Alguien actu o dej de actuar? Alguien permiti o impidi una accin? Alguien actu de forma incorrecta?

    Los tipos de errores humanos se dan en las diferentes categoras:

    Descuido

    Lapsos

    Equivocaciones

    Violaciones

    Las consideraciones asociadas a la Transgresin tambin es un elemento a estudiar y no entra en la categora de errores pues hay intencionalidad y se puede presentar como Sabotaje; venganza o atentado, debiendo estos elementos relevarlos para discutir con la administracin superior los pasos a seguir.

    Identificacin del Entorno y las Tarea:

    Las condiciones existentes inmediatamente antes o en momento del evento. Son las condiciones que afectan de manera directa el desempeo de las personas y equipos.

    Son las circunstancias bajo las cuales ocurren los errores y violaciones y que pueden estar contenidas en exigencias de tareas, el ambiente de trabajo, las capacidades

    individuales y los factores humanos.

    Las condiciones de la tarea y del entorno pueden clasificarse en dos grupos:

    Factores de trabajo

    Factores humanos.

    Dentro de estos dos grupos podemos indicar factores que propician los errores, los factores que pueden producir violaciones y los factores comunes.

    Pregunta de comprobacin a realizar: Este elemento describe algo acerca de las exigencias de la tarea, el ambiente de trabajo, las capacidades individuales o los factores humanos que propiciaron los errores/violaciones o redujeron la efectividad de las defensas del sistema?

    En la fase de la recopilacin de la informacin se debe procurar establecer de manera objetiva estos elementos, por ejemplo si hay presencia de nieve o hielo contar con informe meteorolgico que as lo demuestren; otros ejemplos: Ruido, polvo, calor, frio, condiciones extraordinarias de trabajo, permisos de trabajo, droga, alcohol, presiones de los pares, etc.

    Identificacin de los Factores Organizacionales:

    Estos son los factores organizacionales subyacentes que producen las condiciones que afectan el desempeo en el lugar de trabajo. Pueden permanecer latentes o no detectados por un largo tiempo dentro de una organizacin y las repercusiones pueden volverse aparentes solamente cuando se combinan con las condiciones locales y los errores o violaciones para superar las defensas del sistema. Estos factores pueden incluir decisiones falibles de la gerencia, procesos y prcticas.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    4.9. IDENTIFICACIN DE LAS ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS

    Las acciones preventivas y correctivas o medidas de control para evitar la repeticin deben tener una clara e inequvoca relacin con las causas del accidente y no con otras situaciones que puedan haberse evidenciado durante la investigacin, pero, que no tienen relacin con el accidente. En estos casos, debe ser incorporada como hallazgo al Sistema de Gestin de Seguridad y Salud Ocupacional y gestionada conforme a dicho Sistema (Hechos o factores no contribuyentes).

    Debe sealarse el responsable de su ejecucin y plazos.

    En los casos que, como consecuencia de un accidente, el Sernageomn u otras autoridades hayan solicitado informes o medidas correctivas, estas debern ser informadas a la autoridad correspondiente mediante una carta, no en el Informe Final, sean o no parte de las conclusiones de la investigacin.

    Las acciones preventivas y correctivas definidas deben responder a lo siguiente:

    Contar con un anlisis de gestin del cambio cuando corresponda (esto se debe a que no siempre hay acciones correctivas que impliquen cambios en los sistemas).

    Asegurar que las acciones sean SMARTER

    S (Acciones Especficas)M (Resultados Medibles)A (Alcanzables)R (Realista respecto a los factores y causas)T (Con plazos definidos)E (Efectiva)R (Revisada)

    Pregunta de verificacin: Qu se debe hacer para evitar la ocurrencia de un incidente de las mismas caractersticas y en circunstancias similares?

    Pregunta de comprobacin a realizar: Este elemento identifica un Factor en la organizacin estndar presente antes del incidente que no da conformidad a un estndar ECF/EST/Liderazgo/Seguridad Conductual/Aprendizaje, que permiti que esas condiciones Tarea/ Entorno; Acciones personas/equipos o Defensas Ausentes/fallidas no se cumplieran?

    Hechos, Factores no contribuyentes:

    Aquellos elementos que aparecen como elementos situacionales que no son contribuyentes o que no caen las categoras anteriores deben ser considerados en este

    tem, si bien es cierto que son elementos que no inciden en la ocurrencia del elemento de estudio no se deben descartar, pues deben ser considerados como oportunidades de mejoras, que en circunstancias algo diferentes podran caer en cualquiera de las calificaciones anteriores y que a criterio experto deben ser administradas, debiendo ser entregadas a la lnea para su consideracin y resolucin.

    Pregunta de comprobacin a realizar: Este elemento, hecho o factor podra en circunstancias diferentes generar prdidas a la organizacin?

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    En la generacin de las acciones correctivas, considerar:

    Equipo de investigacin define y entrega las acciones correctivas a la gerencia general.

    Deben presentar una accin concreta a desarrollar que sea factible de realizar.

    Asignar a cada accin correctiva identificada, un supervisor como responsable de su ejecucin dentro de plazos prudentes (oportunos).

    Deben ser dirigidas a producir mejoras en el siguiente orden de importancia: Factores Organizacionales, Condiciones del Entorno/Tarea o Acciones individuales/equipo, Causas Inmediatas (Errores)

    Las acciones correctivas planteadas deben privilegiar los controles robustos definidos por la Jerarqua de Control, esto es: Avanzar hacia una gestin orientada hacia controles de la ms alta jerarqua

    Modelo antiguo de gestin de la prevencin de riesgos

    Modelo actual: Controles de la ms alta jerarqua

    ELIMINAR: El peligro

    SUSTITUIR:Reemplazo de material,

    sustancia o proceso por uno menos peligroso

    REDISEAR: El equipamiento, el proceso o la organizacin del trabajo

    ADMINISTRAR: Proveyendo de controles como capacitacin,

    procedimientos, etc.

    ELEMENTOS DE PROTECCIN PERSONAL: Uso de EPP apropieados donde otros controles

    no sean posibles

    BarrerasDuras

    BarrerasBlandas

    ELIMINAR

    SUSTITUIR

    REDISEAR

    ADMINISTRAR

    EPP

    BarrerasDuras

    BarrerasBlandas

    Barreras

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Resultados:

    Las identificaciones efectuadas que fueron elementos contribuyentes o causas de incidente estudiado, tienden a valorizarse de igual manera , sin considerar que estos se diferencian de manera importante entre s, luego los esfuerzos son focalizados de manera homognea sin reparar en las dificultades o urgencias que los mismos presentan, es necesario priorizar las recomendaciones y tener claridad cuales se implementan de manera pronta y cuales requieren inversin o estudios prolongados, de esta manera se facilita el seguimiento y cierre de las mismas.

    Para esta consideracin se deben usar los diagramas de resultados en donde se consideran tres aspectos bsicos que toda medida debe evaluar en su tabla respectiva.

    Impacto

    Dificultad

    Urgencia

    Impacto:

    Se refiere a al resultado en la organizacin como consecuencia de las medidas implementadas y su jerarqua est dado por:

    0 = Sin impacto en la organizacin o reduccin del riesgo evaluado

    1 = Impacto poco significativo en la reduccin del riesgo.

    2 = Impacto Significativo en la reduccin del Riesgo.

    3 = Alto impacto en el rea para la reduccin del Riesgo.

    4 = Alto impacto en la Organizacin frente la reduccin del riesgo, entendiendo como organizacin la divisin o la corporacin.

    Urgencia:

    Tiene que ver como las partes interesadas internas y/o externas visualizan y requieren las medidas de correccin o prevencin planteadas en la investigacin.

    0 = No Urgente.

    1 = Urgencia Moderada.

    3 = Urgente (por ejemplo requerimiento de la autoridad para levantar la restriccin o la auto suspensin)

    4 = Muy Urgente (Riesgo a las personas o procesos con potencial de daos con resultado de muerte o detencin de procesos).

    Dificultad:

    En general las propuestas realizadas o las solicitudes externas de los sistemas se proponen ideas o medidas correctivas y/o preventivas de difcil implantacin, por tanto tambin deben ser evaluadas en su justa medida.

    0 = Sin dificultad para su implantacin.

    1 = Dificultad moderada pero al alcance del rea afectada.

    2 = Dificultad moderada con ayuda externa al rea.

    3 = Dificultoso de realizar (Requiere de decisiones gerenciales en la divisin)

    4 = Muy dificultoso de implementar (Requiere de decisiones e inversiones externas / no hay soluciones en el mercado)

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Conclusin de la Investigacin:

    Toda investigacin debe contar con una conclusin final en donde se consideren de preferencia aspectos generales, de las razones de la ocurrencia del evento, las consideraciones para su resolucin y las lecciones aprendidas y de cmo la organizacin se har cargo de ellas.

    Actividad Final:

    Al final de la investigacin se seguirn los siguientes pasos para asegurar un adecuado cierre.

    Revisar toda la documentacin, de manera de tener claridad de poseer todos los respaldos necesarios, que soportan la investigacin, las recomendaciones, descartando o calificando

    Con estas tres variables se ingresa al diagrama de resultados y se obtienen las jerarquas para el seguimiento y la implementacin.

    A modo de ejemplo se observan dos casos, una lnea roja y otra verde, el caso de la lnea

    Roja nos indica que es una medida de alto impacto, sin dificultad para implementar y con carcter de urgente. Para el caso de la lnea Verde observamos que la medida es de Bajo impacto, alto nivel de dificultad y sin urgencia.

    Urgencia Escala

    0

    1

    2

    3

    4

    4

    3

    2

    1

    0 1 2 3 4Difi cultad

    Impacto

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    El expediente o archivador de investigacin est conformado por el Informe Final y por todos los documentos anexos.

    Los anexos deben ser citados, cada vez que corresponda, en el cuerpo del Informe asignndoles un nmero correlativo y deben ser incluidos como anexo al final del Informe.La Identificacin de los miembros de la Comisin Investigadora debe ir al inicio del Informe y la firma de ellos al final.

    El responsable del expediente ser el Director de Seguridad divisional y el presidente de la comisin investigadora.

    Los anexos que se deben incluir son a lo menos:

    Nota Interna de designacin de la Comisin Investigadora.

    Acta de Reunin del CPHS en que nombra a los integrantes de la Comisin Investigadora.

    Declaraciones de los testigos.

    Grabaciones, fotografas.

    Peritajes e informes.

    Normas, procedimientos y documentacin aplicable.

    Correspondencia recibida y enviada.

    Avisos a las autoridades.

    Certificado de lesiones, licencias mdicas, respaldos de los das perdidos o invalidez.

    Instrucciones del Sernageomin u otra autoridad u organismo administrador.

    Certificaciones de los equipos de proteccin personal (EPP) y/o colectiva, comprobantes de entrega, de capacitacin y de uso.

    Carpeta personal del trabajador afectado (capacitaciones, antecedentes mdicos etc.).

    Presentacin de Difusin del accidente para las reas.

    Otras.

    4.10. EXPEDIENTE DE INVESTIGACIN

    como material de apoyo aquello que no est en la categora antes mencionada.

    Revisar la investigacin, recomendaciones y conclusiones de la investigacin considerando responder a cualquier tipo de litigio.

    Considerar que toda la documentacin tiene el carcter de formal y desde esa perspectiva debe ser su tratamiento y guardado.Entregar en las conclusiones si las observaciones de deficiencias o errores son nicas y localizadas o son parte de una tendencia extendida en la divisin o la corporacin.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    4.10.1 INFORME FINAL DE INVESTIGACIN

    Una vez concluida la investigacin deber emitirse un Informe Final de comn acuerdo y suscrito por cada uno de los integrantes de la Comisin.

    En caso de desacuerdo dirime el Presidente de la Comisin, basado en la opinin del experto que participa en la investigacin.

    El Informe debe consolidar, integrar y representar fundadamente, todos, los hechos, datos, informaciones, pruebas y las conclusiones, esto es, las causas y medidas correctivas y/o preventivas, dividido en cinco partes fundamentales que contengan como mnimo los siguientes antecedentes, en el orden sealado:

    A. Identificacin del accidentado:

    Individualizacin completa del accidentado: nombre, edad, RUT, nacionalidad, estado civil, estudios, domicilio, tiempo servicio en la empresa, tiempo servicio en el cargo, experiencia, capacitaciones, ocupacin al momento del accidente, lesiones en trminos generales a causa del accidente y cualquier otro dato considerado relevante para la investigacin

    B. Descripcin del evento:

    Descripcin del incidente o accidente: lugar, fecha y hora de ocurrencia del evento, identificacin de los equipos u operaciones afectadas, sealizaciones y cronologa de los hechos.

    C. Descripcin de los antecedentes recabados:

    Identificacin del Marco legal aplicable: incluyendo regulaciones,

    procedimientos, instructivos, reglamentos, manuales u otros documentos existentes asociados al incidente/accidente.

    Antecedentes del Sistema de Gestin: status del peligro asociado al incidente/accidente: identificacin, evaluacin y controles implementados anteriores al evento.

    Accidentabilidad anterior: referencia a accidentes anteriores similares.

    Identificacin de las personas involucradas, relacionadas, o testigos del evento con referencia al rol que les correspondi en el evento.

    Organigrama del rea (con nombres y cargos).

    Croquis y fotografas del lugar.

    D. Anlisis causal

    Corresponde al anlisis de casualidad de accidentes e incidentes con base a los documentos, testimonios, peritajes y otras pruebas con evidencias objetivas.

    Adems, debe incluir una evaluacin de las consecuencias potenciales y probabilidad de repeticin del evento, determinando deficiencias del SGSST y otros factores que podran contribuir a la aparicin de incidentes o accidentes similares.

    E. Resumen de Conclusiones

    Debe contener un cuadro resumido con cada causa identificada y su correspondiente medida correctiva o preventiva, con identificacin del responsable de su ejecucin, plazos asociados y su escala de implantacin.

    Firmas de todos los miembros de la Comisin.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    4.10.2 ANTECEDENTES DEL CIERRE

    En el expediente de investigacin deber incluirse los antecedentes del cierre de la investigacin y debe contener la evidencia objetiva del cierre de todas las actividades comprometidas en el informe final, esta debe estar disponible y ser enviada a GSSO debiendo contener al menos:

    INVEC Anterior al evento

    INVEC posterior al evento (con nfasis en la jerarqua de control)

    Evidencia del cumplimiento de las acciones inmediatas tomadas a propsito del evento

    Plan de seguimiento para las acciones correctivas.

    Cronograma para el seguimiento del cumplimiento de las acciones correctivas con su escala de implantacin.

    Evidencia del cumplimiento de las acciones tomadas en el plan de seguimiento

    Sistema para medicin de la efectividad de las medidas correctivas

    Cronograma para el control de la efectividad

    4.11 COMUNICACIN DEL INFORME FINAL DE INVESTIGACIN

    El Informe Final de los accidentes fatales y graves podr ser proporcionado a la Fiscala del Ministerio Pblico o los Tribunales de Justicia frente a un requerimiento formal de dichas entidades por la Consejera Jurdica respectiva.

    El Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional del centro de trabajo respectivo es responsable de remitir el Informe Final, en los plazos que dispongan a las respectivas entidades:

    A. Sernageomin.

    B. Autoridad Sanitaria y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) en caso de divisiones que cuentan con administracin delegada.

    C. Mutualidad de Empleadores de la Ley 16.744 en caso de que estn adheridas a una mutualidad.

    D. Inspeccin del Trabajo.

    En la misma oportunidad en que se remita el Informe Final a las autoridades, debe remitirse sin anexos al correo [email protected]. El informe completo, incluyendo sus anexos, debe enviarse al Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional de Codelco Chile.

    En el caso de investigaciones que involucren trabajadores contratistas, deber procederse de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Especial para la implementacin del Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco RESSO, dando aviso al Gerente de Abastecimiento del centro corporativo para citar al Comit Especial RESSO.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    4.12 PRONUNCIAMIENTO SOBRE NEGLIGENCIA INEXCUSABLE

    El pronunciamiento sobre negligencia inexcusable est establecido en:

    Artculo 70 de la Ley 16.744 Si el accidente o enfermedad ocurre debido a negligencia inexcusable de un trabajador se le deber aplicar una multa, de acuerdo con lo preceptuado en el artculo 68, an en el caso de que l mismo hubiere sido vctima del accidente. Corresponder al Comit Paritario de Higiene y Seguridad decidir si medi negligencia inexcusable. yEl Artculo 24 N 4.- del Decreto Supremo N 54 del Ministerio del Trabajo y Previsin Social. Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debi a negligencia inexcusable del trabajador.

    Lo anterior no forma parte del proceso de investigacin y es responsabilidad exclusiva de los CPHS por lo que una vez terminada la investigacin, determinada la forma cmo ocurri el accidente y sus causas, si el Comit as lo resuelve o a solicitud del presidente de la comisin investigadora, decidir sobre la negligencia inexcusable de algn trabajador en una reunin extraordinaria, en la que solo participen sus miembros, de acuerdo a los siguientes criterios:

    Se refiere a cualquier trabajador sin distinguir roles, puede ser un directivo, un supervisor o un trabajador.

    Puede haber varios trabajadores que hayan incurrido en negligencia inexcusable por distintas acciones u omisiones.

    La responsabilidad del trabajador accidentado no excluye responsabilidades de otras personas.

    La negligencia inexcusable no excluye la cobertura del Seguro de la Ley 16.744.

    De acuerdo establece el Cdigo Procesal Penal, Ley 19.696, en su artculo 3 Exclusividad de la investigacin penal. El ministerio pblico dirigir en forma exclusiva la investigacin de los hechos constitutivos de delito, los que determinaren la participacin punible y los que acreditaren la inocencia del imputado, en la forma prevista por la Constitucin y la ley. Por lo anterior, no corresponde definir responsabilidades personales que pudieran implicar consecuencias penales.

    Cuando el CPHS se rena para dirimir la existencia o no de negligencia inexcusable, deber hacerlo en nmero paritario, si los miembros citados a dirimir no participaron en la comisin investigadora, se deber hacer una reunin extraordinaria en donde se den a conocer todos los antecedentes de la investigacin para luego dirimir. Una vez resulta la existencia o no de negligencia, el documento que genere el CPHS de ber ser revisado por el rea Jurdica de la Divisin o VP y luego podr ser firmado por los miembros del CPHS.

    De existir Negligencia Inexcusable se sancionar por medio de la administracin y de acuerdo al Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (RIOSH).

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Los planes de accin que se generen como respuesta a las acciones correctivas y preventivas para evitar que el accidente o incidente se vuelva a repetir, o al menos, reducir la magnitud del riesgo a valores aceptables, deben ser incorporados al Sistema de Gestin de Seguridad y Salud Ocupacional GGSSO por el gerente del

    rea donde ocurri el evento, quien ser responsable, adems, de hacer seguimiento formal y por escrito al cumplimiento de las actividades, sin perjuicio del seguimiento que corresponda al Comit de Seguridad divisional y a la comisin investigadora . Lo anterior tanto en el caso de trabajadores propios como contratistas.

    5 APRENDIZAJE, LECCIONES APRENDIDAS Y SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS

    5.10 REGISTRO CORPORATIVO DE ACCIDENTES GRAVES Y FATALES

    La Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional mantendr en la Comunidad Virtual un Registro de Accidentes Fatales, Graves y de Alto Potencial, cuya principal finalidad ser compartir la informacin derivada de las investigaciones entre los distintos centros de trabajo, y aplicar oportunamente estndares o prcticas corporativas. Cada divisin al fin del cierre del ao deber publicar una compilacin y hacerla circular en su organizacin con las lecciones aprendidas de al menos los accidentes fatales y graves, propios y de la corporacin.

    Adems, las reas legales divisionales, debern proporcionar a solicitud de dicha gerencia corporativa, informacin sobre el estatus de las investigaciones criminales o juicios que se inicien como consecuencia de los accidentes.

    Dado que las causas que explican los accidentes del trabajo suelen repetirse, es necesario establecer un procedimiento que permita efectuar un aprendizaje a partir de estos eventos, orientado a corregir las condiciones y conductas que se han identificado como causante de los mismos.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    5.11 PROCEDIMIENTO DE APRENDIZAJE DE ACCIDENTES

    El proceso se inicia con el reporte inmediato a travs de la Comunidad Virtual (CV) o su equivalente corporativo de acuerdo a lo indicado en punto 2 del presente documento y su distribucin a toda la organizacin y finaliza con la entrega del Reporte de cierre (ANEXO 2- B), que entrega una descripcin de las acciones correctivas/presentivas resultantes del proceso de investigacin, debidamente implementadas.

    El reporte deber ser compartido por cada lder de rea o proceso en la reflexin de seguridad. Se espera que con este hecho, los trabajadores puedan retroalimentar a toda el rea respecto a la situacin actual del rea en cuanto a ocurrencia del evento, y las posibles formas de evitar que se produzca o repita un evento similar. Esta retroalimentacin debe permitir generar acciones preventivas inmediatas en el caso de ser posible y adems ser utilizada en la etapa de levantamiento de brechas, que se describe ms adelante.

    En forma paralela, se da inicio al proceso de investigacin del accidente o incidente de acuerdo al punto 4.

    Una vez concluido el proceso de investigacin, la divisin o VP en la cual ocurri el evento prepara un resumen de sus conclusiones, indicando qu y por qu ocurri. Esta informacin debe remitirse a la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional para ser compartida con el resto de las divisiones y tiene por objetivo el difundir ntegramente el evento, a travs de presentaciones, videos u otros medios audio-visuales, y ser objeto del anlisis por parte de la organizacin, particularmente de los trabajadores que se desempean en procesos similares en las dems divisiones.

    Al recibir la presentacin, video o medio audio-visual, todas las divisiones debern analizarla y detectar as las posibles brechas que podran dar origen al mismo o parecido incidente dentro de sus dependencias. En esta etapa, y con el objetivo de detectar eficientemente las brechas y las posibles formas de eliminarlas, se debe:

    Si aplica, seleccionar al menos 3 trabajadores pertenecientes al Grupo de Exposicin Similar (GES), que son grupos de trabajadores expuestos a peligros y agentes similares de acuerdo a la estructura de prevencin definida en el mdulo EH&S de SAP, y el Comit Paritario de Higiene y Seguridad respectivo, para compartir el evento ocurrido, y solicitarles retroalimentacin relacionada con las posibilidades de ocurrencia y posibles acciones preventivas del accidente, dentro de su divisin en el plazo ms cercano a la fecha de recibida la presentacin. Si amerita, hacer participar en la deteccin de brechas a otras partes interesadas, como por ejemplo: proveedores de equipos, trabajadores de otras reas que podran estar relacionadas (propios y/o contratistas), funcionarios de otras divisiones u otras empresas, etc.

    Esta etapa es considerada como la primera instancia para la generacin de aprendizaje, puesto que todos los potenciales involucrados entregan soluciones, detectan brechas y a la vez comprenden las causas del accidente, pudiendo as estar ms alertas a situaciones similares.

    De existir brechas, cada divisin planifica la implementacin de medidas preventivas y/o correctivas necesarias, definiendo plazos y responsables a travs del Sistema de Gestin de Seguridad y Salud Ocupacional.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Ser breve e interactiva (no necesariamente debe estar realizada en Power Point).

    Procurar que a todos los trabajadores la conozcan.

    Posteriormente, se procede a la brevedad a realizar la implementacin de las medidas correctivas segn lo planificado, privilegiando las barreras duras.

    El Comit de Seguridad o su equivalente divisional junto al Comit Paritario y al menos un representante de la comisin Investigadora, deben monitorear y controlar la implementacin de las medidas correctivas, sin perjuicio del seguimiento que debe hacerse a travs del SGSSO. La GSSO corporativa verificar el cumplimiento de stas.

    En el caso de no existir brechas, la divisin procede de igual forma a realizar la presentacin a sus trabajadores, indicando las causas del accidente y las lecciones aplicables.

    Con posterioridad a la determinacin de las medidas correctivas y/o preventivas para eliminar las brechas, y con el objetivo de difundir el evento y generar un aprendizaje de l, el Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional, Gerente de la Divisin o Gerente del rea, deber crear una presentacin dirigida al Grupo de Exposicin Similar (GES), la cual debe:

    Indicar el qu y por qu ocurri, y las medidas correctivas a implementar para evitar que el evento ocurra en la divisin, o vuelva a ocurrir en la misma, segn sea el caso.

    Para favorecer el aprendizaje significativo, incorporar el concepto de re vivir el accidente: el aprendizaje se potencia en la vivencia de lo acontecido (por ej., uno o varios errores, malas decisiones, entre otras situaciones). Esto es una forma eficaz de generar conciencia del accidente (re vivindolo). Puede ser mediante un video, una pequea demostracin, o quizs una simple actuacin de lo ocurrido.

    5.12 HERRAMIENTAS Y RECURSOS PARA FAVORECER EL APRENDIZAJE

    Tabla de control: En relacin a las medidas correctivas a implementar y consecuencias, se deber crear una planificacin tipo carta Gantt, indicando los plazos, entregables y responsables. Esto permite llevar un control y seguimiento a la eliminacin de brechas.Comit de Seguridad: Para facilitar la comunicacin entre divisiones, y tener un organismo que vele por la implementacin de las medidas correctivas y consecuencias, el Comit de Seguridad de cada divisin deber:

    Controlar y monitorear plazos y entregas de las medidas a implementar

    Verificar la implementacin de las medidas correctivas y consecuencias

    Asegurar intercambio de presentaciones entre divisiones

    Difusin de implementaciones: Todas las nuevas implementaciones significativas y que se hayan llevado a cabo, debern ser difundidas y reconocidas en la corporacin o divisin, segn el nivel de importancia.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Divisin

    A

    T

    A

    T

    T

    T

    Actividad

    Identificacin de chequeos inmediatos, generacin de reporte y su distribucin a las dems divisiones

    Compartir reporte en reflexin de seguridad en todas las divisiones

    Creacin de presentacin con lo ocurrido

    Deteccin de brechas en cada una de las divisiones

    Planificacin de medidas correctivas y consecuencias

    Presentacin, desarrollada e impartida

    Duracin tope

    1 semana

    1 semana

    3 das

    7 das

    2 semanas

    1 semana

    Hito o entregable

    Reporte enviado a todaslas divisiones por CM

    Reflexin realizada

    Presentacin enviada a las dems divisiones

    Brechas identificadas

    Carta Gantt con planificacin de medidas

    Presentacin realizada

    5.13 PLAZOS DEL PROCESO

    Con el objetivo de instaurar un procedimiento de aprendizaje transversal y nico para todas las divisiones, se han definido plazos mximos para cada actividad. A continuacin se muestran los plazos y entregables que se esperan de cada una, sealando cules deben

    ser realizadas por la divisin del accidente, y cules deben ser realizadas por todas.

    Estos se muestran en forma de Tabla y Carta Gantt a continuacin.

    La Direccin de Seguridad Corporativa realizar seguimiento mensual del grado de cumplimiento de las acciones correctivas derivadas de un incidente investigado.

    A: Divisin del accidente T: Todas las divisiones (incluyendo la del accidente)

    Tabla 1: Plazos mximos definidos para cada actividad

    Una vez cerrado el incidente con la evidencia de la implementacin de las acciones, el Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional divisional debe remitir el informe corporativo de cierre.

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    Las divisiones, VP y Casa Matriz deben remitir a la Gerencia de Seguridad y Salud del centro corporativo la siguiente informacin estadstica de accidentabilidad:

    Estadstica semanal: Todos los das viernes, a ms tardar a las 9:00 hrs., se debe remitir al correo antes sealado las h/h y los accidentes con tiempo perdido de la semana inmediatamente anterior, detallado para dotacin propia y contratista en el formato corporativo que se adjunta en el Anexo 10.Estadstica mensual: Dentro de los 10 primeros das de cada mes debe remitirse al correo antes sealado la estadstica completa de accidentabilidad del mes anterior en el formato corporativo que se adjunta en el Anexo 11.

    La estadstica de accidentabilidad de Codelco incluye la Tasa de Frecuencia y Gravedad segn DS 40 y adems la Tasa de Frecuencia de accidentes con ms de 3 das perdidos (TF+3) que se utiliza en OIT y otras instancias internacionales como el ICMM y permite hacer comparaciones internacionales. (Tasa de frecuencia de fatalidad, agregar indicadores)

    Los criterios y definiciones de tasas y totalizaciones para efectos de estadsticas de accidentabilidad estn contenidos en el Anexo 12.

    Deben incluirse todas las h/h y accidentes de los trabajadores propios de Codelco de acuerdo a la informacin de SAP y todas las h/h y accidentes de trabajadores dependientes de las empresas que presten servicios o realicen trabajos para Codelco, respecto de los cuales se aplique las normas de subcontratacin del Cdigo del Trabajo y la Ley 16.744 y por consiguiente, el Reglamento Especial para la implementacin del Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo para empresas contratistas y subcontratistas de Codelco RESSO. Mayo 2010.

    Conforme a lo anterior, las h/h y accidentes deben ser cargadas a la unidad organizacional en que el trabajador presta efectivamente los servicios durante al menos un mes continuo, con menos de un mes debern ser cargadas a quien administre el contrato, independientemente de qu persona, estructura organizacional o centro de trabajo figure como empleador en el caso de propios o administrador del contrato en el caso de contratistas.

    6. ESTADSTICAS DE ACCIDENTABILIDAD

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    Directriz Accidentes del Trabajo

    En el caso de contratos interdivisionales cada divisin debe incluir las h/h de contratistas que se hayan desempeado al menos un mes continuo en esa divisin.

    En el caso de contratos administrados por una unidad que depende organizacionalmente del centro corporativo pero que tiene oficinas en alguna divisin, las h/h ejecutadas en las oficinas (actividades administrativas) se cargan a Casa Matriz, por ser contratos administrados por un rea de Codelco Central aunque desplazada fsicamente. Sin embargo, en estos casos las h/h y accidentes de los contratistas, desde que salen a prestar un servicio a otra divisin (Actividades operativas), proyecto u otra empresa se cargan a la divisin o empresa de destino, lo que incluye el camino hacia su destino y la faena de destino, ya sea que se trate de una prestacin puntual o por varios das, semanas o meses, en donde la divisin deber velar por una adecuado control.

    En los contratos de transportes, las h/h y accidentes de los contratistas (Que ocurran en reas de la divisin) se deben contabilizar en la divisin que realiza la carga, incluyendo todo el proceso de carga, traslado y descarga, con independencia de centro de trabajo que administre el contrato. (se adopta como criterio lo definido en DS 298 que Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y caminos).

    La pertenencia de un trabajador a una divisin, Vicepresidencia o Gerencia est dada por su relacin contractual-laboral, por lo que no guarda ninguna relacin con la responsabilidad que esa u otra rea pueda haber tenido en el accidente. Lo anterior por cuanto la determinacin de las responsabilidades la hacen en definitiva las autoridades y/o los Tribunales de Justicia lo que pued