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DIVISIÓN DE ELEVACIÓN.MARCO LEGISLATIVO EUROPEO.
PROBLEMÁTICA MEDIOAMBIENTAL EN LACORPORACIÓN MP.
D. José Alberto Roig Domínguez
Estancia para Jueces y Magistrados en la Corporación Industrial MP
Sevilla, 5 y 6 de Noviembre de 2009
INGENIERÍA
- DE TRANSPORTE VERTICAL
INGENIERÍA MEDIOAMBIENTAL Y DE ENERGÍASRENOVABLES
INGENIERÍA DE SISTEMAS
I+D+i
� Diseño, Fabricación, Instalación y Mantenimiento de Ascensores,Escaleras Mecánicas, Pasillos Móviles y Montacargas
� Depuración y Tratamiento de Aguas y Residuos
� Energías Renovables (Solar y Biomasa)
� Redes, Sistemas
� ERP+ MIC2000
DISEÑO DE SISTEMAS Y PRODUCTO
� Electrónica
� Hidráulica
� Mecánica
LABORATORIOS DE I+D+i� Compatibilidad Electromagnética
� Vibraciones y Acústica
� Seguridad Eléctrica
� Ensayos Climáticos
- DE TRANSPORTE HORIZONTAL (MOVILIDAD)
� Definición de Procesos Aeronáuticos de fabricación y montaje
� Diseño y Construcción de utillajes, células y gradas de montaje
� Diseño y Fabricación de Productos Ferroviarios (Material Móvil):Pupitres de conducción, armarios de control e interiores.
� Diseño y Fabricación de Transmisiones de FFCC, Subconjuntos yComponentes
INGENIERÍA INDUSTRIAL:
CAPACIDADES TECNOLÓGICAS MP
Titulaciones:Ingenieros Industriales 149
Ingenieros en Telecomunicaciones 13
Ingenieros Informáticos 3
Ingenieros Agrónomo 1
Ingenieros de Caminos 1
Lic. Física 2
Lic. Biología 2
I.T. Industriales 27
Arquitectos Técnicos 13
I.T. Informáticos 7
I.T. Agrícola 7
I.T. Telecomunicaciones 1
FP-FPII 418
Ciclo Superior 86
La Ingeniería y el I+D es la fórmula operativa de laCorporación MP en la que participan más de 400
personas (23% sobre todo el grupo).
No están incluidas las empresas filiales y delegaci ones extranjeras
19%
5%
31%
45%
CAPACIDADES TECNOLÓGICAS MP
CONTENIDO
• Directivas NUEVO ENFOQUE• Materias de carácter INDUSTRIAL
� Compatibilidad electromagnética� Telecomunicaciones� Vibraciones y Acústica
• Materias de carácter MEDIOAMIENTAL� Sistema de Gestión Ambiental� Ciclo de Vida del Producto. Impacto
Ambiental� Tramitación y Legislación Ambiental� Gestión de Residuos� Gestión de Aguas� Eficiencia Energética y Energías Renovables
Directivas de NUEVO ENFOQUE
1
Directivas de NUEVOENFOQUE1
� Nuevo enfoque y enfoque global
� Estructura de una directiva de nuevo enfoque
� Mecanismo de adopción
� Trasposición
� Cuadro general
Panorama general
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Nuevo enfoque y enfoque global (I)
Libre circulación de mercancías(MERCADO ÚNICO)
Eliminación de barreras al comercio
Reconocimiento mutuo
Armonización técnica
NUEVO ENFOQUE nueva técnica y estrategia dereglamentación basada en:
� Armonización legislativa limitada a requisitos esenciales� Especificaciones técnicas mediante normas armonizadas� Aplicación voluntaria de las normas armonizadas� Presunción de conformidad de los productos fabricados según normasarmonizadas
Recogido en Resolución del Consejo de 7 de Mayo de 1985
Panorama general
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Nuevo enfoque y enfoque global (II)
ENFOQUE GLOBALcondiciones para evaluación fiablede la conformidad
� Módulos para las fases de los procedimientos de evaluación de laconformidad� Uso de normas europeas de garantía de calidad (serie EN ISO 9000)� Establecimiento de sistemas de acreditación� Acuerdos de reconocimiento mutuo de ensayos y certificación� Planes para minimizar las diferencias en infraestructuras de la calidad� Fomento del comercio internacional entre la UE y terceros países
Recogido en Resolución del Consejo de 21 de Diciembre de 1989
Panorama general
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Nuevo enfoque y enfoque global (III)
• Diseño y control interno de la producción del fabricante
• Examen de tipo de un tercero + control interno de la produccióndel fabricante
• Examen de tipo de un tercero + homologación de producto o delsistema de calidad o verificación del producto de un tercero
• Verificación por unidad del diseño o de la producción de un tercero
• Homologación del sistema integral de calidad de un tercero
Recogido en la Decisión 93/465/CEE del Consejo de 22 de Julio de 1993
Posibilidades para la evaluación de conformidad:
Panorama general
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Estructura de una directiva de nuevo enfoque
• Ámbito de aplicación: productos o riesgos cubiertos
• Comercialización y puesta en servicio
• Requisitos esenciales
• Libre circulación
• Presunción de conformidad
• Cláusula de salvaguardia
• Evaluación de conformidad
• Organismos notificados
• Marcado CE
• Trasposición y disposiciones transitorias
Panorama general
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Mecanismo de adopción
Panorama general
Directivas de NUEVOENFOQUE1Trasposición
� Armonización total: sustituyen todas las disposiciones nacionales
� Obligación de transposición a la legislación nacional:� Inclusión de la referencia a la directiva� Comunicación a la Comisión
� Prohibición de la adopción de medidas más restrictivas
Panorama general
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Cuadro general (I)
31/12/021/1/97
1/1/931/1/95
90/384/CEE93/68/CEE
Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático
8
30/6/951/1/97
1/7/921/1/9529/1/941/1/97
89/686/CEE93/68/CEE93/95/CEE96/58/CE
Equipos de protección individual7
31/12/9431/12/9431/12/961/1/97
1/1/931/1/931/1/951/1/95
98/37/CEMáquinas6
31/12/95
1/1/97
1/1/9228/10/921/1/956/11/92
89/366/CEE92/31/CEE93/68/CEE[98/13/CE]
Compatibilidad electromagnética5
1/1/9727/6/911/1/95
89/106/CEE93/68/CEE
Productos de construcción4
1/1/971/1/901/1/95
88/378/CEE93/68/CEE
Juguetes3
1/7/92
1/1/97
1/7/901/7/911/1/95
87/404/CEE90/488/CEE93/68/CEE
Recipientes a presión simples2
1/1/971/1/97
19/8/741/1/95
73/23/CEE93/68/CEE
Equipos de baja tensión1
Final del período
transitorio
Fecha de aplicación
Número de Directiva
Modificación
Directiva(según se designa esta Guía)
31/12/021/1/97
1/1/931/1/95
90/384/CEE93/68/CEE
Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático
8
30/6/951/1/97
1/7/921/1/9529/1/941/1/97
89/686/CEE93/68/CEE93/95/CEE96/58/CE
Equipos de protección individual7
31/12/9431/12/9431/12/961/1/97
1/1/931/1/931/1/951/1/95
98/37/CEMáquinas6
31/12/95
1/1/97
1/1/9228/10/921/1/956/11/92
89/366/CEE92/31/CEE93/68/CEE[98/13/CE]
Compatibilidad electromagnética5
1/1/9727/6/911/1/95
89/106/CEE93/68/CEE
Productos de construcción4
1/1/971/1/901/1/95
88/378/CEE93/68/CEE
Juguetes3
1/7/92
1/1/97
1/7/901/7/911/1/95
87/404/CEE90/488/CEE93/68/CEE
Recipientes a presión simples2
1/1/971/1/97
19/8/741/1/95
73/23/CEE93/68/CEE
Equipos de baja tensión1
Final del período
transitorio
Fecha de aplicación
Número de Directiva
Modificación
Directiva(según se designa esta Guía)
31/12/9414/6/981/1/97
1/1/931/1/951/1/95
90/385/CEE93/42/CEE93/68/CEE
Productos sanitarios implantablesactivos
9
31/12/951/1/97
1/1/921/1/95
90/396/CEE93/68/CEE
Aparatos de gas10
31/12/971/1/97
1/1/941/1/95
92/42/CEE93/68/CEE
Calderas de agua caliente11
31/12/021/1/9593/15/CEEExplosivos con fines civiles12
14/6/981/1/9593/42/CEEProductos sanitarios13
7/4/018/4/0099/5/CEEquipos terminales de radio y telecomunicación
21
7/12/037/12/05
7/6/0098/79/CEProductos sanitarios de diagnóstico in vitro
20
6/11/921/5/921/1/95
98/13/CEEquipos terminales de telecomunicación
19
29/5/0229/11/9997/23/CEEquipos a presión18
3/9/998/10/9696/57/CEAparatos de refrigeración17
30/6/991/7/9795/16/CEAscensores16
16/6/9816/6/9694/25/CEEmbarcaciones de recreo15
30/6/031/3/9694/9/CEAtmósferas potencialmente explosivas14
Final del período
transitorio
Fecha de aplicación
Número de Directiva
Modificación
Directiva(según se designa esta Guía)
31/12/9414/6/981/1/97
1/1/931/1/951/1/95
90/385/CEE93/42/CEE93/68/CEE
Productos sanitarios implantablesactivos
9
31/12/951/1/97
1/1/921/1/95
90/396/CEE93/68/CEE
Aparatos de gas10
31/12/971/1/97
1/1/941/1/95
92/42/CEE93/68/CEE
Calderas de agua caliente11
31/12/021/1/9593/15/CEEExplosivos con fines civiles12
14/6/981/1/9593/42/CEEProductos sanitarios13
7/4/018/4/0099/5/CEEquipos terminales de radio y telecomunicación
21
7/12/037/12/05
7/6/0098/79/CEProductos sanitarios de diagnóstico in vitro
20
6/11/921/5/921/1/95
98/13/CEEquipos terminales de telecomunicación
19
29/5/0229/11/9997/23/CEEquipos a presión18
3/9/998/10/9696/57/CEAparatos de refrigeración17
30/6/991/7/9795/16/CEAscensores16
16/6/9816/6/9694/25/CEEmbarcaciones de recreo15
30/6/031/3/9694/9/CEAtmósferas potencialmente explosivas14
Final del período
transitorio
Fecha de aplicación
Número de Directiva
Modificación
Directiva(según se designa esta Guía)
Directivas de nuevo enfoque (N.E.) establecen marcado CE
Panorama general
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Cuadro general (II)
1/1/9996/98/CEEEquipo marino3
8/4/9996/48/CESistema ferroviario de alta velocidad2
31/12/9730/6/9694/62/CEEmbalajes y residuos de embalajes1
Final del período transitorio
Fecha de aplicación
Número de Directiva
Directiva(según se designa esta Guía)
1/1/9996/98/CEEEquipo marino3
8/4/9996/48/CESistema ferroviario de alta velocidad2
31/12/9730/6/9694/62/CEEmbalajes y residuos de embalajes1
Final del período transitorio
Fecha de aplicación
Número de Directiva
Directiva(según se designa esta Guía)
COM/93/322 finalCOM/94/267 final
Artículos de metales preciosos1
COM/93/646 finalInstalaciones de cables destinados a transportar pasajeros2
COM/96/191 finalMarcado de embalajes3
COM/98/46 finalEmisiones de ruidos4
Número de Propuesta Modificación
Propuesta de Directiva
COM/93/322 finalCOM/94/267 final
Artículos de metales preciosos1
COM/93/646 finalInstalaciones de cables destinados a transportar pasajeros2
COM/96/191 finalMarcado de embalajes3
COM/98/46 finalEmisiones de ruidos4
Número de Propuesta Modificación
Propuesta de Directiva
Directivas basada en el N.E. peroque no establecen marcado CE
Propuestas de directivas basadas en el N.E.
Panorama general
Directivas de NUEVOENFOQUE1
� Productos
� Simultaneidad de directivas
� Comercialización y puesta en servicio
� Período transitorio
Ámbito de aplicación
Directivas de NUEVOENFOQUE1Productos
� Destinados a ser comercializados por 1ª vez en la UE
� Concepto de producto: el fabricante debe comprobar las directivasde aplicación
� Modificaciones de producto serán consideradas nuevo producto
� Reparaciones de productos no son productos nuevos
� Combinaciones de productos: el cumplimiento individual noimplica el cumplimiento global
� Usos militares y policiales están excluidos
Ámbito de aplicación
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Simultaneidad de directivas
� Requisitos de varias directivas pueden coincidir o complementarse
� Comercialización y puesta en servicio:� Cumplimiento de requisitos de todas las directivas� Evaluación de conformidad respecto a todas las directivas
Ámbito de aplicación
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Comercialización y puesta en servicio
Comercialización
Puesta en servicio
Acción de poner por 1ª vez unproducto en el mercado comunitariopara su distribución y uso en la UE
Momento de la 1ª utilización por elusuario final dentro de la UE
Un producto debe cumplir las directivas de N. E. cuando se poneen el mercado por 1ª vez
Ámbito de aplicación
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Periodo transitorio
Doble finalidad
Permitir adaptación de fabricantes yorganismos notificados a procedimientos deevaluación y requisitos esenciales
Evitar riesgo de bloqueo de la producción
Durante el periodo transitorio:� productos conformes a la directivas N.E. pueden comercializarse y ponerseen servicio� productos conformes a las legislaciones nacionales circulan libremente (arts.28 y 30 tratado CE)
Después del periodo transitorio: sólo los productos conformes a las directivasN.E. pueden comercializarse y ponerse en servicio
Ámbito de aplicación
Directivas de NUEVOENFOQUE1
� Fabricante
� Representante autorizado
� Importador
� Distribuidor
� Instalador
� Usuario
� Productos defectuosos
Responsabilidades
Directivas de NUEVOENFOQUE1Fabricante
Responsable del diseño y fabricación de unproducto para comercializarlo por cuenta propia
� Debe garantizar que el producto:� se diseña y fabrica según los requisitos esenciales� se evalúa su conformidad según los procedimientos dispuestos en las directivasN.E.
� Debe mantener el control global y asumir la responsabilidad aunque:� subcontrate total o parcialmente actividades� utilice productos acabados, piezas o prefabricados para la fabricación
� Debe colocar el marcado CE en el producto elaborar la documentacióntécnica y la declaración CE de conformidad
� No se exige que el fabricante esté afincado en la UE
Responsabilidades
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Representante autorizado
Persona física o jurídica (establecida en la UE) queactúa en nombre del fabricante
� Debe estar establecido en la UE
� Designado expresamente por el fabricante
� El fabricante sigue siendo responsable de los actos del representante
Responsabilidades
Directivas de NUEVOENFOQUE1Importador
Persona física o jurídica que comercializa un productoprocedente de un tercer país
� Debe facilitar la información necesaria sobre el producto a lasautoridades responsables de la vigilancia (si el fabricante no establecido en laUE y no tiene representante)
� Algunas directivas se refieren al importador como responsable de lacomercialización
� Debe, en algunos casos, asumir las responsabilidades del fabricante
Responsabilidades
Directivas de NUEVOENFOQUE1Distribuidor
Persona física o jurídica que ejerce una actividadcomercial posterior a la comercialización
� Conocimiento básico de:� los productos que deben llevar marcado CE� la información que debe acompañar al producto� los requisitos lingüísticos de las instrucciones de uso� los indicios que muestran productos no conformes
� Atención a las condiciones de distribución de determinados productos
Responsabilidades
Directivas de NUEVOENFOQUE1Instalador
Persona física o jurídica que instala, monta o manipula unproducto ya comercializado
� Adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de losrequisitos esenciales en el momento del 1er uso
� En algunos casos debe asumir las responsabilidades del fabricante (p.e.directiva de ascensores)
Responsabilidades
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Usuario (productos usados en puestos de trabajo)
� No se establecen obligaciones para los usuarios
� La legislación relativa a salud y seguridad en el puesto de trabajo influyeen el mantenimiento y uso de los productos
� Obligaciones del empresario:� Garantizar que productos y equipos son adecuados para el trabajo y nopresentan riesgos a la seguridad y la salud� Utilizar equipos que cumplan las disposiciones de las directivas� Facilitar información e instrucciones con respecto al uso del equipo o producto
Responsabilidades
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Productos defectuosos
� Lesiones y daños materiales cubiertos por la Directiva 85/374/CEE“Responsabilidad por productos defectuosos”
� Los servicios están excluidos
� Sólo aplica a los productos que carecen de seguridad
� La responsabilidad recae sobre el productor (fabricante)
� La destrucción del producto defectuoso no está cubierta y no esindemnizable
� Sólo corresponde indemnización si:� el producto es defectuoso� el daño fue causado por el producto
Responsabilidades
Directivas de NUEVOENFOQUE1
� Requisitos esenciales
� Normas armonizadas
� Procedimiento de normalización
� Presunción de conformidad
Cumplimiento de los requisitos
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Requisitos esenciales
� Se refieren a la protección de la salud y la seguridad de los usuarios
� Obligado cumplimiento para la comercialización y puesta en servicio
� Los fabricantes deben realizar “análisis de riesgos” para determinar losrequisitos esenciales aplicables. Este análisis debe incluirse en ladocumentación técnica
� Quedan recogidos en los anexos de las directivas N.E.
Cumplimiento requisitos
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Normas armonizadas
� Son normas europeas adoptadas por los organismos de normalizacióneuropeos, elaboradas según las Directrices Generales acordadas con laComisión y propuestas por la Comisión
� Deben trasponerse a escala nacional
� Deben corresponder a los requisitos esenciales de la directiva de que setrate
Cumplimiento requisitos
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Procedimiento de normalización
La Comisión emiteun mandato
Se transmite a losOrganismos de
Normalización (O.N.)
Los O.N. aceptan elmandato y elaboran un
programa común
El Comité Técnicoelabora un “proyecto
de norma”
Los O.N organizan unaconsulta pública
El Comité Técnico estudialos comentarios
Los O.N. nacionalesvotan y los O.N.europeos ratifican
Los O.N. transmiten lasreferencias a la
Comisión
La Comisión publicalas referencias
Los O.N. nacionalestrasponen la norma
europea
Las autoridades nacionalespublican las referencias delas normas nacionales
Cumplimiento requisitos
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Presunción de conformidad
� Conformidad del producto con una norma nacional que traspone una normaarmonizada (cuyas referencias han sido publicadas) implica presunción deconformidad con los requisitos esenciales de la directiva N.E. cubiertapor dicha norma
� Una norma armonizada puede no cubrir todos los requisitos esenciales deuna directiva N.E.
� La aplicación de normas armonizadas es voluntaria
Cumplimiento requisitos
Directivas de NUEVOENFOQUE1
� Módulos
� Normas de sistemas de calidad
� Documentación técnica
� Declaración de conformidad CE
Evaluación de la conformidad
Directivas de NUEVOENFOQUE1Módulos (I)
� Son los procedimientos a través de los que se evalúa la conformidad deun producto con los requisitos esenciales
� Hacen referencia a la fase de diseño, de producción o a ambas
� La evaluación de la conformidad debe extenderse tanto al diseño como a laproducción
� Cada directiva N.E. describe el alcance y contenido de los posiblesmódulos que se considera que proporcionan el nivel de protección necesario
Evaluación conformidad
Directivas de NUEVOENFOQUE1Módulos (II)
Abarca las fases de diseño y producción. Se deriva de la norma de aseguramiento de la calidad EN ISO 9003, con la intervención de un organismo notificado que será responsable
de la aprobación y control del sistema de calidad establecido por el fabricante.
Aseguramiento integral de la calidad
H
Abarca las fases de diseño y producción. Un organismo notificado examina cada unidad del producto, controla la verificación unitaria del diseño y producción de cada producto y emite un certificado de conformidad.
Verificación de unidadesG
Abarca la fase de producción y sigue al módulo B. Un organismo notificado controla la conformidad con el tipo descrito en el certificado de examen de tipo emitido con arreglo al módulo B y emite un certificado de conformidad.
Verificación del productoF
Abarca la fase de producción y sigue al módulo B. Se deriva de la norma de aseguramiento de la calidad EN ISO 9003, con la intervención de un organismo notificado que seráresponsable de la aprobación y control del sistema de calidad establecido por el fabricante.
Aseguramiento de la calidad del producto
E
Abarca la fase de producción y sigue al módulo B. Se deriva de la norma de aseguramiento de la calidad EN ISO 9002, con la intervención de un organismo notificado que seráresponsable de la aprobación y control del sistema de calidad establecido por el fabricante.
Aseguramiento de la calidad de la producción
D
Abarca la fase de producción y sigue al módulo B. Se ocupa de la conformidad con el tipo descrito en el certificado de examen de tipo CE emitido con arreglo al módulo B. Este módulo no requiere la intervención de un organismo notificado.
Conformidad con el tipoC
Abarca la fase de diseño y debe ir seguido de un módulo que permita la evaluación en la fase de producción. Un organismo notificado emite el certificado de examen de tipo CE.
Examen de tipo CEB
Abarca el control interno del diseño y la producción. Este módulo no requiere la intervención de un organismo notificado
Control interno de laproducción
A
Abarca las fases de diseño y producción. Se deriva de la norma de aseguramiento de la calidad EN ISO 9003, con la intervención de un organismo notificado que será responsable
de la aprobación y control del sistema de calidad establecido por el fabricante.
Aseguramiento integral de la calidad
H
Abarca las fases de diseño y producción. Un organismo notificado examina cada unidad del producto, controla la verificación unitaria del diseño y producción de cada producto y emite un certificado de conformidad.
Verificación de unidadesG
Abarca la fase de producción y sigue al módulo B. Un organismo notificado controla la conformidad con el tipo descrito en el certificado de examen de tipo emitido con arreglo al módulo B y emite un certificado de conformidad.
Verificación del productoF
Abarca la fase de producción y sigue al módulo B. Se deriva de la norma de aseguramiento de la calidad EN ISO 9003, con la intervención de un organismo notificado que seráresponsable de la aprobación y control del sistema de calidad establecido por el fabricante.
Aseguramiento de la calidad del producto
E
Abarca la fase de producción y sigue al módulo B. Se deriva de la norma de aseguramiento de la calidad EN ISO 9002, con la intervención de un organismo notificado que seráresponsable de la aprobación y control del sistema de calidad establecido por el fabricante.
Aseguramiento de la calidad de la producción
D
Abarca la fase de producción y sigue al módulo B. Se ocupa de la conformidad con el tipo descrito en el certificado de examen de tipo CE emitido con arreglo al módulo B. Este módulo no requiere la intervención de un organismo notificado.
Conformidad con el tipoC
Abarca la fase de diseño y debe ir seguido de un módulo que permita la evaluación en la fase de producción. Un organismo notificado emite el certificado de examen de tipo CE.
Examen de tipo CEB
Abarca el control interno del diseño y la producción. Este módulo no requiere la intervención de un organismo notificado
Control interno de laproducción
A
Módulos básicos
Evaluación conformidad
Directivas de NUEVOENFOQUE1Módulos (III)
Procedimientos de evaluación de la conformidad
Evaluación conformidad
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Normas de sistemas de calidad
� Una buena parte de los procedimientos de evaluación de la conformidad sebasa en la aplicación de sistemas de aseguramiento de la calidad
� El cumplimiento del normas de la serie EN ISO 9000 confiere presunción dela conformidad con los módulos de aseguramiento de la calidadcorrespondientes
� No es obligatorio que el sistema de aseguramiento de la calidad se base enlas anteriores normas
Evaluación conformidad
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Documentación técnica
� Es responsabilidad del fabricante la elaboración de un expediente técnicoque facilite información sobre el diseño, la fabricación y elfuncionamiento del producto
� La documentación debe demostrar la conformidad del producto conlos requisitos esenciales aplicables
� Debe conservarse un mínimo de 10 años
Evaluación conformidad
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Declaración de conformidad CE
� Debe elaborarla el fabricante (o representante autorizado) como partedel procedimiento de evaluación de la conformidad
� Necesaria para la comercialización del producto
� Información que debe contener:� directivas con arreglo a las cuales se emite� identificación del fabricante (o representante autorizado)� organismo notificado (si procede)� identificación del producto al que aplica� normas armonizadas (si procede)
� Debe conservarse un mínimo de 10 años y facilitarse a las autoridadesde vigilancia del mercado a instancia de éstas
� Debe ser redactada en una de las lenguas oficiales de la UE
Evaluación conformidad
Directivas de NUEVOENFOQUE1
� Generalidades
� Responsabilidades
Organismos notificados
Directivas de NUEVOENFOQUE1Generalidades
� Llevan a cabo las actividades relacionadas con los procedimientos deevaluación de la conformidad cuando se requiere la intervención de untercero
� Son nombrados (notificados) por los Estados miembros
� La notificación es particular para cada directiva N.E.
� La evaluación de los organismos notificados persigue:� determinar si es técnicamente competente y capaz� demostrar que actúa con imparcialidad, independencia e integridad
Organismos notificados
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Responsabilidades
� Transparencia en la información a la autoridad notificadora, a la autoridadde vigilancia del mercado y a otros organismos notificados
� Actuación competente, no discriminatoria, transparente, neutral,independiente e imparcial
� Empleo del personal necesario con conocimientos y medios necesarios
� Adopción de medidas de garantía de la confidencialidad
� Suscripción de seguros para cubrir sus actividades profesionales
� Participación en actividades de coordinación y representación en foros denormalización europea
Organismos notificados
Directivas de NUEVOENFOQUE1
� Principios generales
� Productos a los que aplica
� Colocación
� Otras marcas
Marcado CE
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Principios generales
� Es el símbolo de la conformidad del producto con todos los requisitoscomunitarios
� Debe colocarse sobre el producto y supone una declaración delfabricante de que:
� el producto cumple todas las disposiciones comunitarias� se han seguido los procedimientos de evaluación de la conformidad
� Debe colocarse antes de que el producto sea comercializado o puesto enservicio
Marcado CE
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Productos a los que aplica
� El marcado CE debe colocarse en:� todos los productos nuevos� los productos usados y de segunda mano importados de terceros países� los productos modificados sustancialmente
� Si el producto está sujeto a varias directivas, el marcado CE implicapresunción de conformidad con todas ellas
� No se puede colocar el marcado CE si no existe directiva que lo disponga
Marcado CE
Directivas de NUEVOENFOQUE1Colocación
� Debe colocarlo el fabricante o su representanteautorizado
� Forma y proporciones como la figura
� Colocado sobre el producto o placa decaracterísticas
� Debe incluir el nº de identificación del organismo notificado si participaen la fase de control de la producción del producto
Marcado CE
Directivas de NUEVOENFOQUE1Otras marcas
� Los Estados miembros deben abstenerse de introducir en sus normativasnacionales referencias a marcas de conformidad distintas al marcado CE
� Un producto puede llevar marcas adicionales si:� su función es diferente de la del marcado CE� no induzcan a confusión con el marcado CE� no reduzcan la legibilidad ni la visibilidad del marcado CE
Marcado CE
Directivas de NUEVOENFOQUE1
� Principios generales
� Actividades
� Cláusula de salvaguardia
Vigilancia del mercado
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Principios generales
� La finalidad es la garantía de cumplimiento de las disposiciones de lasdirectivas en la UE
� Los Estados miembros deben designar a las autoridades responsablesde esta vigilancia
� Los organismos notificados quedan excluidos de esta actividad
Vigilancia mercado
Directivas de NUEVOENFOQUE1Actividades
? Comprende dos fases principales:• Supervisión y control de los productos comercializados:
• Verificar el cumplimiento de las directivas aplicables en el momento de sucomercialización
• Comprobar que la declaración de conformidad CE y la documentacióntécnica ofrecen la información necesaria sobre el producto
– Medidas correctivas:• Primero: Obligar al fabricante a poner remedio al incumplimiento• Segundo: limitar o prohibir la comercialización y retirar del mercado el
producto
? Debe establecerse una colaboración con fabricantes y proveedores
Vigilancia mercado
Directivas de NUEVOENFOQUE1
Cláusula de salvaguardia
� Obliga a los Estados miembros a limitar o prohibir la comercialización oa retirar del mercado los productos no conformes
� Tiene doble finalidad:� Posibilidad de que la Comisión estudie si están justificadas las medidasnacionales� Vía de información a todas las autoridades nacionales de vigilancia delmercado
� Está limitada a los productos:� referidos en directivas N.E.� que llevan marcado CE� que encierran algún riesgo sustancial (en opinión del Estado miembro)
Vigilancia mercado
Directivas de NUEVOENFOQUE1
• Nuevo enfoque y enfoque global: armonización técnica y evaluación dela conformidad
• Directivas de nuevo enfoque (N.E.)
• Ámbito de aplicación de las directivas N.E.
• Responsabilidades de los participantes en la comercialización y puestaen servicio de un producto
• Requisitos esenciales de las directivas N.E.
• Evaluación de la conformidad a través de módulos
• Marcado CE como señal de la conformidad del producto
• Vigilancia del mercado y cláusula de salvaguardia
Resumen
Materias de carácter INDUSTRIAL
2
Materias de carácterINDUSTRIAL2
COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA
Objetivo: Asegurar que cualquier Equipo Electrónico noINTERFIERE (emisión) a otros, ni es PERTURBADO(inmunidad) por agentes externos
Legislación y Normativa:
• Directiva 2004/108/CE (antigua 89/336/CEE)
• Normas UNE EN 12015 (2005), 12016 (2006)
Materias de carácterINDUSTRIAL2
TELECOMUNICACIONES
Objetivo: Asegurar que las emisiones electromagnéticas no incidennegativamente en las personas (protección de la salud)
Legislación y Normativa:
• Europa: Recomendación 1999/519/CE. Límites para emisiones de 0 a 300 GHz
• España:
o Ley general de Telecomunicaciones
o Ley general de Sanidad
o Real Decreto 1066/2001 (se acoge a R 1999/519/CE)
o Orden CTE/23/2002
o Más directivas para la protección de trabajadores
Materias de carácterINDUSTRIAL2
VIBROACÚSTICA
Objetivo: Garantizar niveles de comportamiento de los productosen su faceta de vibraciones y ruido que no afecten negativamente en la salud o bienestar
Leyes y Normas:
• Europea: Directiva 2002/49/CE. Evaluación y gestión del Ruido Ambiental
• Nacional: Ley del Ruido 37/2003. Referencia a la directiva
• Autonómico: Decreto 326/2003 de la Junta de Andalucía: Reglamentode Protección contra la Contaminación Acústica
• Local: Ordenanza Municipal de Protección del Medioambiente y Vibraciones del Ayto. de Sevilla (2000)
• Normas: NBE-88 Condiciones Acústicas de Edificios; CTE,-HRprotección frente al ruido
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL
3
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL
Objetivo: Planificar objetivos de política ambiental en las organizaciones.Ejecutarlos, verificarlos y tomar acciones de mejora continua.Se centra en aspectos medioambientales sobre los que la organización puede controlar o tener influencia
Normas:
• ISO 9001• ISO 14001• OHSAS 18001: Especificación sobre el sistema de gestión
de seguridad y salud operacional
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
CICLO DE VIDA DEL PRODUCTOIMPACTO AMBIENTAL
Objetivo: ACV, Análisis de Ciclo de Vida
Establecer pautas de “diseño ecológico” para que durante lavida del producto su impacto y sostenibilidad
medioambiental sea la más adecuada
• Fabricación: materias primas y energía
• Operación: reparación, mantenimiento, energía y emisiones
• Fin de vida: residuos y reciclaje
Legislación:
• Directiva Europea 2005/32/CE: Diseño Ecológico
• ISO 14040: Gestión Medioambiental. Análisis Ciclo de Vida.Principios y Marco de Referencia
• ISO 14044: Id. Requisitos y Directrices
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
Legislación:
TRAMITACIÓN Y LEGISLACIÓNMEDIOAMBIENTAL
Objetivo: Evaluación de la repercusión de la ejecución de los proyectossobre el medio ambiente. Prevención y control
integrados de la contaminación
• Europea: Directivas 97/11/CE y 96/61/CE.GEI: Directiva 2004/101
• Nacional: Ley 6/2001, Evaluación Ambiental.Ley 16/2002, Prevención y Control integrados
• Autonómica: Ley 7/2007, Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental
• Comercio de los derechos de emisión de los GEI
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
GESTIÓN DE RESIDUOS
Objetivo: Gestión y Tratamiento razonable de los residuos
Nuevo enfoque:
� Prevención
� Actuaciones por parte del productor
� Reciclado
� Medidas de tipo económico
Legislación: Específica para cada tipo de residuos
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
GESTIÓN DE AGUAS
Objetivo:
� Saneamiento y depuración de aguas residuales
� Vertidos
� Reutilización de aguas residuales
Legislación:
• Europea: Directivas 91/271/CEE. Tratamiento de aguas residuales urbanas
• Nacional:
� RD 2116/1998. Modifica RD previo que directiva
� RD 1112/1992 (vertido al Mar)
� Proyecto RD Mayo 2006 (no vigente) sobre Reutilización
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES (I)
� Marco Nacional:
� Plan de Energías Renovables (2005)
→2010: 12% en Energías Renovables29,4% Generación eléctrica con EE.RR.5,75% Biocarburantes
� Estrategia de Ahorro y Eficiencia energética (2007) [E4]
• 2012: Ahorro energético del 11%
� Plan de Energías Renovables (2008)Objetivos para 2020
� Estrategia global:
� Aplicación de Energías Renovables.
� Ahorro y Eficiencia Energética
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES (II)
12,10%6,90%Energías Renovables/Energía Primaria (%)
(Escenario Energético:Tendencia/PER)
167100141567CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA (ktep)
20220104819739TOTAL ENERGÍAS RENOVABLES
22001972228TOTAL BIOCARBURANTES
Biocarburantes (Transporte)
44469083538TOTAL ÁREAS TÉRMICAS
3764900805325420000051700805Solar térmica de baja temperatura
40705833487Biomasa
(ktep)m2 Solar t. baja temp(ktep)
m2 So lar t. baja temp(ktep)
m2 Solar t. baja tempUsos térmicos
13.574102.25942.4947.60242.16315.4625.97360.09627.032TOTAL ÁREAS ELÉCTRICAS
5091.2985005091.298500Solar termoeléctrica
4551.4172351885929426782541Biogás
526094004855336355637Solar fotovoltaica
3.91445.51120.1552.23125.94012.0001.68319.5718.155Eólica
3951.2231890003951.223189R.S.U.
1.5525.0367221.5525.036722000Co-combustión
3.5868.9801.3172.9056.7879736802.193344Centrales de biomasa
5.13814.0152.0394.45811.8231.6956802.193344Biomasa
5756.6922.1991091.2714504665.4211.749Hidráulica (< 10 MW)
5576.4803.257596873604985.7942.897Hidráulica (Entre 10 y 50 MW)
1.97925.01413.5210001.97925.01413.521Hidráulica (> 50 MW) (3)
Generación de E lectricidad
Producción en términos de Energía Primaria (ktep)
Producción(GWh)
Potencia(MW)
Producción en términos de Energía Primaria (ktep)
Producción(GWh)
Potencia(MW)
Producción en términos de Energía Primaria (ktep)
Producción(GWh)
Potencia(MW)
Situación Pbjetivo en el año 2010Objetivo de incrementeo 2005-2010 (2)Situación en 2004 [año medio (1)]
12,10%6,90%Energías Renovables/Energía Primaria (%)
(Escenario Energético:Tendencia/PER)
167100141567CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA (ktep)
20220104819739TOTAL ENERGÍAS RENOVABLES
22001972228TOTAL BIOCARBURANTES
Biocarburantes (Transporte)
44469083538TOTAL ÁREAS TÉRMICAS
3764900805325420000051700805Solar térmica de baja temperatura
40705833487Biomasa
(ktep)m2 Solar t. baja temp(ktep)
m2 So lar t. baja temp(ktep)
m2 Solar t. baja tempUsos térmicos
13.574102.25942.4947.60242.16315.4625.97360.09627.032TOTAL ÁREAS ELÉCTRICAS
5091.2985005091.298500Solar termoeléctrica
4551.4172351885929426782541Biogás
526094004855336355637Solar fotovoltaica
3.91445.51120.1552.23125.94012.0001.68319.5718.155Eólica
3951.2231890003951.223189R.S.U.
1.5525.0367221.5525.036722000Co-combustión
3.5868.9801.3172.9056.7879736802.193344Centrales de biomasa
5.13814.0152.0394.45811.8231.6956802.193344Biomasa
5756.6922.1991091.2714504665.4211.749Hidráulica (< 10 MW)
5576.4803.257596873604985.7942.897Hidráulica (Entre 10 y 50 MW)
1.97925.01413.5210001.97925.01413.521Hidráulica (> 50 MW) (3)
Generación de E lectricidad
Producción en términos de Energía Primaria (ktep)
Producción(GWh)
Potencia(MW)
Producción en términos de Energía Primaria (ktep)
Producción(GWh)
Potencia(MW)
Producción en términos de Energía Primaria (ktep)
Producción(GWh)
Potencia(MW)
Situación Pbjetivo en el año 2010Objetivo de incrementeo 2005-2010 (2)Situación en 2004 [año medio (1)]
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES (III)
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES (IV)
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES (V)
Legislación nacional:
� Real Decreto 661/2007: Regula la Actividad de Producción deEnergía en Régimen Especial
Legislación autonómica:
� Estrategia autonómica frente a cambio climático (2002)
� Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible (2004)
� Orden de Incentivos del Desarrollo Energético (2005 y2007)
� Ley de Fomento de Energías Renovables, el ahorro y eficienciaenergética (2007)
� Próximo……Decreto del Fomento de las Energías Renovables
Materias de carácterMEDIOAMBIENTAL3
EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENERGÍAS RENOVABLES (VI)
� Nuevo Código Técnico de la Edificación: obligatoriedad de la aplicaciónde sistemas basados en energías renovables:
� Solar Térmico
� Solar Fotovoltaico
� Otros (biomasa)
� Certificación de eficiencia energética de Edificios de nueva construcciónRD47/2007 (Directiva 2002/91/CE)
� Próximo………para Edificios Existentes
FINMUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN