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    LAVADO DE ACTIVOSAVANCES DEL TEMA

    INTEGRANTE: Ingrid Mayela Meza Silva

    12/10/2011

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    INTRODUCCION

    En el presente trabajo se estudian y analizan las diferentes caractersticas, conceptos y denominaciones de la

    "Legitimacin de Capitales", as como tambin se identifican las etapas que comprenden la misma.

    Se encuentra fundamentada en documentacin emitida por Instituciones Financieras de nuestro pas, esto debido a quelas mismas son un punto clave en esta actividad, ya que sirven de intermediarias (sin su conocimiento y consentimientoal respecto), as como las diferentes disposiciones legales que el Gobierno de HONDURAS ha establecido a travs delos diferentes organismos que regulan y controlan las operaciones de Legitimacin de Capitales y recomendaciones uobservaciones emanadas por Organismos Internacionales, que se dedican a fomentar la prevencin de esta actividaddelictiva.

    Lo primero e importante que debe comprenderse es el concepto de Legitimacin de Capitales en todas sus acepciones.

    Una forma de comprender este complejo tema, que en opiniones suficientemente objetivas es conocido y dominado popersonas que tienen relacin directa al respecto, pero que debera conocerse ampliamente por todos, es presentando y

    a su vez analizando los Casos (Casos de Estudio) ms sonados sobre esta actividad que se han suscitado a nivemundial.

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    OBJETIVOS GENERALES

    1. Dotar de los elementos e instrumentos legales y tcnicos necesarios para encontrar las respuestasadecuadas en el manejo de investigaciones relacionadas al lavado de activos.

    OBJETIVOS ESPECIFICIOS

    1. Identificar los orgenes de las actividades relacionadas al delito de lavado de activos

    2. Estudiar la legislacin nacional e internacional aplicable a la temtica de lavado de activos.

    3. Relacionar la teora general del delito a la tipificacin, autonoma y autora en los casos de lavado de activos.

    4. Identificar los medios de prueba adecuados y las estrategias de investigacin en los casos de lavado deactivos.

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    MARCO TEORICO

    Desde siempre ha existido la criminalidad y siempre han existido mecanismos legales para perseguir y castigar aldelincuente y para evitar que haga uso o goce de los bienes que provienen de su actividad delictiva. Es as como se havenido castigando la receptacin, el encubrimiento, etc. Pero el lavado de activos como delito autnomo e instrumento delucha contra la delincuencia organizada que obtiene grandes beneficios econmicos, es relativamente nuevo; comotambin son recientes las normas que establecen al "sector privado" deberes cualificados de colaboracin con lasautoridades.

    El lavado de activos es un instrumento para perseguir y congelar los fondos de las organizaciones criminales. Lasautoridades pueden debilitar la estructura econmica de las organizaciones criminales y terroristas. Se debe evitar losefectos que generan los dineros provenientes de los "delitos graves" en la sociedad y la economa.

    No es suficiente al delincuente, es necesario adems perseguir y decomisar o confiscar los bienes que ha generado suactividad ilcita y evitar los efectos socioeconmicos que genera.

    La delincuencia organizada transfiere sus recursos entre distintos pases, con el fin de lavar sus recursos. Por ello setrata de un delito transnacional que requiere de la colaboracin de la comunidad internacional.

    La comunidad internacional (ONU - Convencin de Viena, OEA Reglamento Modelo de la CICAD-OEA, 40Recomendaciones del GAFI, etc.), ha diseado una poltica global contra el lavado de activos sobre los siguientesprincipios:

    Adopcin de estndares internacionales y normas uniformes el lavado de activos proveniente de los delitosgraves como un delito autnomo.

    Desarrollar instrumentos jurdicos de cooperacin internacional a travs de la suscripcin de acuerdos con otrosestados para facilitar el intercambio de pruebas, la colaboracin judicial y la extradicin.

    Adoptar los mecanismos conducentes a congelar los fondos de las organizaciones criminales y terroristas.

    Responsabilidad de las personas jurdicas (en algunos pases se acepta en materia penal y en otros es solo denaturaleza administrativa)

    Un marco normativo que abarque aspectos penales, procesales y normas de carcter administrativo que definaresponsabilidad en el control a los agentes econmicos llamados a colaborar con las autoridades ("sujetosobligados")

    Creacin de unidades de inteligencia financiera (UIF) para centralizar el anlisis de la informacin y de lastransacciones financieras, y econmicas, inusuales y sospechosas que son suministradas por los "sujetosobligados".

    Definir y exigir "Sistemas de Prevencin de Lavado de Activos" y requerimientos de informacin para la adopcinde la poltica de "conocimiento del cliente" de los "sujetos obligados" que faciliten el desarrollo de prevencin ycontrol de operaciones y su reporte a las autoridades. Para ello es necesaria la flexibilizacin del secretobancario.

    Adopcin de un rgimen de registro e informacin de operaciones en efectivo y sospechosas.

    CONCEPTUALIZACIN DEL LAVADO DE ACTIVOS

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    La doctrina ha definido al lavado de activos (Legitimacin de Capitales) de diferentes formas y de acuerdo con suscaractersticas. Pues bien, hay quienes lo definen como un "proceso en virtud del cual los bienes de origen delictivose integran en el sistema econmico legal con apariencia de haber sido obtenidos de forma licita."

    Otra definicin: Es la legalizacin de dinero proveniente del narcotrfico, terrorismo y de otras actividadescriminales, que buscan entrar en el sistema financiero nacional o internacional, a travs de depsitoscolocaciones, transferencias, participaciones o inversiones realizadas por clientes naturales o jurdicosUtilizando el sistema bancario, pretenden ocultar el origen de fondos provenientes de estos negocios ilcitos,dndoles apariencia de legalidad.

    DENOMINACIONES DEL LAVADO DE ACTIVOS

    Las legislaciones de los pases han empleado mltiples denominaciones para referirse al delito de lavado de activos.

    As por ejemplo en los siguientes pases el lavado de activos recibe diferentes denominaciones:

    * Argentina: Lavado de Activos* Bolivia: Legitimacin de ganancias ilcitas* Brasil: Lavado de Bienes, Derechos y Valores* Chile: Lavado de Dinero* Colombia: Lavado de Activos* Costa Rica: Legitimacin de Capitales procedentes del narcotrfico* Cuba: Lavado de Dinero* Ecuador: Conversin o transformacin de bienes (Lavado de Dinero).* El Salvador: Lavado de Activos* Guatemala: Transacciones e inversiones ilcitas* Honduras: Lavado de Dinero o Activos* Mxico: Operaciones con recursos de procedencia ilcita.* Nicaragua: Lavado de Dinero y Activos de Actividades Ilcitas* Panam: Blanqueo de Capitales* Paraguay: Lavado de Dinero o Bienes* Per: Lavado de Activos* Repblica Dominicana: Lavado de Bienes relacionados con el trfico ilcito de drogas y delitos conexos.* Uruguay: Blanqueo de Dinero

    * Venezuela: Legitimacin de Capitales.

    CARACTERSTICAS DEL LAVADO DE ACTIVOS

    Se han identificado las siguientes caractersticas:

    * Asume perfiles de clientes normalesEl lavador de activos tratar de asumir perfiles que no levanten sospechas. Trata de mostrase como el "cliente ideal".

    * "Profesionalismo" y complejidad de los mtodosLas organizaciones criminales han "profesionalizado" al lavador de activos quien es normalmente un experto en materias

    financieras quien confunde el verdadero origen ilcito de los bienes objeto del lavado. Su finalidad es reducir la posibilidadde vincular los activos con su origen ilcito.

    Para ello utiliza sofisticados modelos o mtodos de lavado para ocultar el origen ilcito de su riqueza. Crean empresasficticias o de papel, adquieren empresas lcitas con problemas econmicos; manejan mltiples cuentas en diversasoficinas o entidades, buscan mezclar su dinero sucio con una actividad aparentemente lcita, etc.

    * Globalizacin de las actividades del lavado de activos.Es un fenmeno de dimensiones internacionales, sobrepasa fronteras con los cambios de soberana y jurisdiccin queello implica.

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    El desarrollo tecnolgico de las telecomunicaciones facilita la transferencia de riqueza a travs del planeta y permite a ladelincuencia operar internacionalmente.El lavador tratar de acudir o utilizar pases que no tienen adecuadas polticas de prevencin y a aquellos que no ofrecencooperacin judicial internacional e intercambio de informacin para perseguir el lavado de dinero.

    * Aprovecha sectores o actividades vulnerables.El sector financiero es uno de los ms vulnerables para ser utilizados por las organizaciones criminales, recibe y canalizala mayor parte de los dineros. Pero no es nico que es normalmente utilizado por los delincuentes.

    ETAPAS DEL LAVADO DE ACTIVOSEn el delito de legitimacin de capitales se siguen tres fases o etapas bsicas y generales: primera, alejar de los autoreslos fondos recibidos de toda asociacin directa con el delito en cuestin. Segunda disfrazar y eliminar todo rastro de laprocedencia de estos capitales, realizando mltiples operaciones. Tercero retornar el dinero al delincuente una vezocultado su origen geogrfico as como la actividad de la que procede.

    En consecuencia, tres pasos bsicos se identifican en el proceso del Lavado de Activos, analicemos en forma msdetallada cada uno de ellos:

    Colocacin del dinero en el sistema financiero: Paso difcil y complejo para el delincuente, ya que lascantidades de dinero recibidas deben inyectarlas de alguna manera en el torrente financiero legal, mediante diversosmodus operandi. Para el legitimador, esta colocacin inicial del dinero, suele ser el paso ms difcil, ya que los

    delincuentes reciben da a da, cientos de miles en efectivo, que tienen que inyectar de alguna manera en el sistemafinanciero. Por ese motivo la generalidad de los pases, han promulgado leyes de primer orden que exigen a lasInstituciones financieras, informacin sobre la recepcin de cantidades sustanciales de efectivo.

    Estratificacin o Procesamiento: Los delincuentes transfieren fondos (dinero fsico) o bienes (activos) a travsde uno o varios bancos, con el propsito de ocultar la colocacin inicial y el destino final de los fondos. La creacin deestratos monetarios es el segundo paso para el LAVADO DE ACTIVOS. En esta fase los delincuentes traspasan eldinero por varias operaciones o bancos, con la finalidad de ocultar la colocacin primaria y el destino final de los fondos,creando con estos movimientos una serie de estratos, que dificultan la tarea de ubicar la manera en que los fondosingresaron en el sistema financiero, o la forma de disposicin de los mismos.

    Integracin o reintegro de los capitales ilcitos:ltimo paso del proceso, del Lavado de Activos, incorporando el dinero disfrazado ahora como lcito (dinero legtimo)Esta integracin de los fondos se efecta de varias maneras: realizando transacciones de importacin y exportacin, yasean ficticias o de valor exagerado; mediante pagos por servicios imaginarios y a travs del pago de intereses sobreprstamos ficticios adems, mediante toda una serie interminable de otros procesos.

    TCNICAS (MTODOS) DEL LAVADO DE ACTIVOS

    Una tcnica de legitimacin de capitales es un procedimiento individual o paso en el lavado de productos ilegales, similara una transaccin comercial individual legtima. Tambin se le pueden definir como los procesos adoptados por losdelincuentes para transformar sus fondos y bienes productos de actividades ilcitas en fondos y bienes con apariencia delegalidad, a travs de la realizacin de operaciones que involucran al sector financiero o cualquier otro sector econmicoCuando los Mtodos usados son exitosos el lavador los adopta y los sigue utilizando frecuentemente en sus operacionesde lavado de activos.

    * Objetivos que persigue el lavador de activosEl lavador de activos busca a travs de operaciones bancarias o comerciales aparentemente normales, evadir loscontroles de las autoridades para realizar sus operaciones ilcitas a travs del sector financiero u otras actividadeseconmicas.

    Para realizar las operaciones ilcitas el lavador emplea diversos mtodos que se van sofisticando, a travs de laejecucin de los mismos, con el fin de lograr burlar el control de las autoridades.

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    * Importancia de conocer las tcnicas o mtodos del lavado de activos.

    Conocer los mtodos de lavados de activos, al igual que conocer y detectar las seales de alerta, es un compromiso delsector financiero para prevenir que las entidades financieras se involucren en operaciones de lavado de activos.

    A continuacin exponemos algunas de las razones ms importantes de conocer los mtodos de lavado de Activos:

    a. Proteger el buen nombre de la entidad financiera, ya que el prestigio de la entidad est en juego si ladelincuencia logra utilizarla para sus operaciones ilcitas. En la medida en que se conozcan los mtodos

    de lavado de activos se hace ms fcil detectar este tipo de operaciones.

    b. Evita complicaciones de tipo legal a la entidad

    c. Evita la burla del lavador a la entidad financiera y al sistema econmico de cada uno de los diferentespases.

    d. Contribuye al reconocimiento internacional de cada pas, como pas cooperante en la lucha para laprevencin del lavado de activos.

    Algunas de las tcnicas ms comunes utilizadas en materia de lavado de activos son las siguientes:

    a.- Estructurar, o Hacer "Trabajo de Pitufo" o "Trabajo de Hormiga": En la estructuracin, uno o varios individuos("pitufos") hacen mltiples transacciones con fondos ilegales por cierto perodo de tiempo, en la misma institucin o envarias instituciones financieras. Las grandes sumas de dinero en efectivo, que son el resultado de actividades criminalesson "estructuradas" o divididas en cantidades inferiores al lmite de dlares a partir del cual las transacciones sonreportadas a las autoridades competentes. Los fondos pueden ser depositados, transferidos telegrficamente, o usadospara adquirir otros instrumentos monetarios.

    b.- Complicidad de un Funcionario u Organizacin: Individualmente, o de comn acuerdo, puede suceder que uno ovarios empleados inescrupulosos o negligentes de algunas instituciones financieras o comerciales faciliten lalegitimacin de capitales al aceptar a sabiendas grandes depsitos en efectivo, sin solicitar la informacin necesaria paraprocesar este tipo de transacciones o colocando en stos datos falsos o exceptuando incorrectamente a los clientes dellenar los formularios requeridos, etc.

    Esta tcnica permite al legitimador evitar la deteccin asocindose con la primera lnea de defensa contra la legitimacinde capitales, esto es, con un empleado inescrupuloso o negligente de una institucin financiera.

    c.- Mezclar: En esta tcnica, el legitimador de capitales combina los productos ilcitos con fondos legtimos de unaempresa, y despus presenta la cantidad total como renta de la actividad legtima de tal empresa. La mezcla provee unacasi inmediata explicacin para un volumen alto de efectivo, presentado como producto del negocio legtimo. A menosque la institucin financiera sospeche que hay un problema con la transaccin (por ejemplo, determinando que elvolumen de los fondos es demasiado alto para el nivel comercial o la actividad econmica del cliente), la mezcla defondos ilegales es difcil que sea detectada por las autoridades competentes, de all la estrecha colaboracin que debenprestar las instituciones financieras al establecer perfiles de sus clientes que les permitan identificar cuando se estafrente a una actividad inusual o desusada que podra convertirse en una actividad sospechosa que deber ser reportadaa la autoridad competente.

    d.- Compaas de Fachada: Una compaa de fachada es una entidad que est legtimamente organizada y participa, ohace ver que participa, en una actividad comercial legtima. Sin embargo, esta actividad comercial sirve inicialmentecomo mscara para el lavado de fondos ilegtimos. La compaa de fachada puede ser una empresa legtima que mezclalos fondos ilcitos con sus propias rentas. Puede ser tambin una compaa que acta como testaferro, formadaexpresamente para la legitimacin de capitales. Puede estar ubicada fsicamente en una oficina, o a veces puede tenernicamente un frente comercial, (p.e. slo una direccin electrnica o un apartado postal, es decir, sin presencia fsica);sin embargo, toda la renta producida por el negocio realmente proviene de una actividad criminal. En algunos casos, enegocio est establecido en otro estado o pas para hacer ms difcil rastrear las conexiones con la legitimacin decapitales.

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    e.- Compras de Bienes o Instrumentos Monetarios con Productos en Efectivo : En esta tcnica, un legitimador decapitales compra bienes tangibles (tales como automviles, embarcaciones, aviones, artculos de lujo, propiedades ymetales preciosos) o instrumentos monetarios (tales como giros bancarios, giros postales, cheques de gerencia o deviajero, y valores) con la masa de efectivo que se origina directamente de una actividad criminal. A menudo, el minoristaque vende el artculo al legitimador lo hace a sabiendas, y hasta podra ser un empleado de la organizacin criminal.Posteriormente, el legitimador usa los bienes comprados, para continuar su actividad criminal (por ejemplo, transporte,escondites, etc.), como mtodo para cambiar las forma del producto, o para mantener un estilo de vida lujoso.

    f.- Contrabando de Efectivo: Esta tcnica involucra el transporte fsico de efectivo, obtenido de una actividad criminal a

    localidades fuera del pas. El legitimador puede transportar el efectivo por avin, barco, o vehculo a travs de fronterasterrestres. El efectivo puede estar escondido en el equipaje, en compartimentos secretos del vehculo, o ser llevadoconsigo mismo por la persona que acta de correo. Puede estar mezclado con fondos transportados por transportesblindados, escondido en artculos de exportacin (por ejemplo, neveras, hornos microondas, etc.) o embalado encontenedores martimos. A pesar de las limitaciones que supone el volumen fsico del dinero en efectivo, loslegitimadores de capitales han demostrado el ms alto grado de imaginacin al encontrar nuevos medios para mover eproducto criminal en efectivo. El contrabando de dinero en efectivo, si resulta exitoso, otorga al legitimador la ventaja dedestruir completamente las huellas entre la actividad criminal que genera fondos y la colocacin real de tales fondosdentro del circuito financiero. Estos productos pueden posteriormente volver al pas, por medios aparentemente legalescomo transferencias telegrficas o transacciones con giros bancarios.

    f.- Transferencias Telegrficas o Electrnicas: Esta tcnica involucra el uso de la red de comunicaciones electrnicas,de bancos o de compaas que se dedican a transferencias de fondos comerciales, para mover el producto criminal de

    un sitio a otro. Por medio de este mtodo, el legitimador puede mover fondos prcticamente a cualquier parte del pas oal extranjero. El uso de transferencias telegrficas es probablemente la tcnica ms importante usada para estratificarfondos ilcitos, en trminos del volumen de dinero que puede moverse, y por la frecuencia de las transferencias. Loslegitimadores prefieren esta tcnica porque les permite enviar fondos a su destino rpidamente, y el monto de latransferencia normalmente no est restringido. Despus de transferir los fondos varias veces, especialmente cuando estoocurre en una serie de transferencias sucesivas, se vuelve difcil la deteccin de la procedencia original de los fondos.

    Un refinamiento adicional en el uso de transferencias telegrficas es transferir fondos desde varios sitios dentro de unpas o regin a una cuenta concentradora de fondos en cierta localidad. Cuando el saldo de la cuenta alcanza cierto niveo "umbral", los fondos son transferidos, automticamente, fuera del pas. Los "umbrales" evitan prdidas masivas cuandolos organismos de fiscalizacin tienen xito en confiscar o bloquear la cuenta.

    g.- Cambiar la Forma de Productos Ilcitos por medio de Compras de Bienes o Instrumentos Monetarios : Bajoesta tcnica, el legitimador de capitales cambia los productos ilcitos de una forma a otra, a menudo en rpida sucesinEl legitimador puede, por ejemplo, adquirir cheques de gerencia con giros bancarios o cambiar giros por cheques deviajero. Los productos se vuelven ms difciles de rastrear a travs de estas conversiones; adems, dichos productos sevuelven menos voluminosos, con lo cual se hace menos probable su deteccin si se los transporta de o hacia el pas. Enalgunos casos, los casinos u otras casas de juego pueden facilitar la legitimacin de capitales convirtiendo los productoscriminales en fichas. Despus de un corto tiempo, el legitimador cambia las fichas por cheques o efectivo.

    h.- Venta o Exportacin de Bienes: Esta tcnica se relaciona con situaciones en las cuales los bienes adquiridos conproductos ilegales son vendidos en otra localidad o exportados. La identidad del comprador original se vuelve borrosa, locual hace difcil la determinacin de la verdadera procedencia del delito.

    i.- Ventas Fraudulentas de Bienes Inmuebles: El legitimador compra una propiedad con el producto ilcito por un precio

    declarado significativamente mucho menor que el valor real. l paga la diferencia al vendedor, en efectivo "por debajo dela mesa". Posteriormente, el legitimador puede revender la propiedad a su valor real para justificar las gananciasobtenidas ilegalmente a travs de una renta de capital ficticia.

    j.- Establecimiento de Compaas de Portafolio o Nominales: Una compaa de portafolio es una entidad quegeneralmente existe solamente en el papel; no participa en el comercio (a diferencia de una compaa de fachada). En lalegitimacin de capitales, se usan tales compaas para enmascarar el movimiento de fondos ilcitos. Las compaas deportafolio ofrecen la cobertura confidencial de una sociedad annima, disfrazando a sus verdaderos dueos por medio deuna representacin nominal tanto para los accionistas como para los directores. Ellas se pueden formar rpidamente y seconvierten en entidades legales que pueden dedicarse a cualquier negocio excepto a aquellos expresamente prohibidospor las leyes bajo las cuales se establecieron, o por sus estatutos.

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    k.- Una compaa de portafolio tambin puede ser una sociedad annima en reserva: se refiere a una compaacuya constitucin como sociedad fue otorgada por el gobierno, el cual presenta una escasa o dbil regulacin sobreestas actividades, a un agente o apoderado (como un abogado) antes de la formacin de la compaa. El agentemantiene inactiva el acta de constitucin de sociedad hasta que es adquirida por un cliente y se forma la compaa. Enestos casos, la junta directiva registrada de la sociedad annima est formada por asociados del apoderado y no tienerelacin con los verdaderos dueos de la sociedad annima una vez que sta es comprada del apoderado y entra envigencia.

    l.- Complicidad de la Banca Extranjera: Las instituciones financieras extranjeras pueden proporcionar una explicacinlegtima del origen de fondos lavados; una explicacin que no se puede confirmar por las leyes de reserva o secretobancario o de sociedades annimas en el pas extranjero. As como en el tema de la complicidad de un funcionario o deuna organizacin financiera descrito anteriormente, la institucin financiera puede, a sabiendas o por ignorancia, ayudaren este proceso.

    m.- Transferencias Inalmbricas o entre Corresponsales: Esta tcnica presume que una organizacin de legitimacinde capitales puede tener dos o ms filiales en diferentes pases, o que podra haber alguna clase de filiacin comerciaentre dicha organizacin y su contraparte ubicada en el extranjero. Los fondos a ser lavados entran en la filial en un pasy despus se los hace disponibles en un segundo pas en la misma moneda o en otra diferente. Como hay una relacinde corresponsala entre las dos filiales, no se necesita transportar los fondos fsicamente. Tampoco hay necesidad detransferir los fondos electrnicamente. La coordinacin entre ambas terminales de la operacin se lleva a cabo portelfono, fax, o por algn otro medio arreglado de antemano. Los grupos de crimen organizado en Asia son conocidos

    por usar el mismo mtodo, el mtodo del vale en el cual el vale otorgado por fondos recibidos en un pas se canjea porfondos en otro pas, tcnica que en todo caso no es de uso exclusivo por los grupos de crimen organizado ubicados enesas latitudes.

    n.- Falsas Facturas de Importacin/Exportacin o "Doble Facturacin": Esta tcnica se lleva a cabo sobredeclarando el valor de las importaciones y exportaciones. Por ejemplo, si las importaciones desde un pas a otro sesobrevaluan en la factura comercial, entonces, cuando se paga dicha factura, la diferencia entre el valor real de lamercadera y lo sobrevaluado puede ser ajustada como producto criminal. La sobrefacturacin de exportaciones permiteuna justificacin legtima de fondos recibidos del extranjero.

    .- Garantas de Prstamos: Usando como garanta los depsitos de fondos ilcitos (o, por ejemplo, los certificados dedepsito, valores, etc., adquiridos con productos ilcitos) el legitimador de capitales obtiene prstamos totalmente legales

    A travs de estos prstamos, el legitimador puede adquirir bienes inmuebles, negocios, u otros bienes. Los productoscriminales originales han pasado a tener otra forma y la conexin con su verdadero origen se hace an menos aparente.

    o.- Venta de Valores a travs de Falsos Intermediarios: Bajo esta tcnica el legitimador se vende valores a s mismo atravs de un falso intermediario, generalmente una compaa de portafolio. El intermediario hace que suba el precio delos valores mantenidos por el legitimador a travs de la infusin de productos derivados criminalmente. El legitimadorpuede entonces vender las acciones y mostrar una ganancia aparentemente legal.

    INSTRUMENTOS PARA EL LAVADO DE ACTIVOS

    Segn lo mencionado anteriormente, un lavador de activos (legitimador de capitales) utiliza como vehculo para el lavadode activos instrumentos financieros que tambin son usados por las empresas comerciales legtimas. Ciertosinstrumentos financieros son ms utilizados o preferidos por los legitimadores de capitales por su conveniencia o porque

    ellos facilitan la ocultacin de la procedencia original de los fondos que ellos representan. Los siguientes son algunos delos instrumentos utilizados con mayor frecuencia para el lavado de activos:

    * Dinero en circulacin: El dinero en circulacin, o efectivo, es el medio comn de intercambio en la transaccincriminal original (como por ejemplo, venta de narcticos, extorsin, robo de banco, etc.). Este tipo de transaccionesgeneran billetes de baja denominacin. El dinero en circulacin es el componente bsico o materia prima que elegitimador de capitales procesa para su cliente. El legitimador se enfrenta con la eleccin bsica de intentar colocar eldinero dentro del sistema financiero sin ser detectado por las autoridades competentes o contrabandear el dinero fueradel pas.

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    * Cheques de Gerencia: Un cheque de gerencia es un cheque que el banco libra contra s mismo. Es relativamentefcil de conseguir y poco costoso y se lo considera tan bueno como dinero en efectivo. Muchos legitimadores decapitales adquieren cheques de gerencia con productos ilegales en efectivo, como uno de los primeros pasos de unesquema de legitimacin de capitales.

    * Cheques Personales: Los cheques personales son cheques librados contra una cuenta individual (personanatural) o de una entidad de comercio (persona jurdica). Nuevamente, estos instrumentos son fciles de obtener ybaratos. En algunos esquemas de legitimacin de capitales, el dinero est estructurado en cuentas bancarias personalesmantenidas bajo nombres ficticios (Conoce a tu Cliente). La organizacin del legitimador de capitales controla las

    chequeras y enva cheques endosados y completos como medio de transferir dinero. A menudo los cheques muestranslo un nombre y ninguna otra identificacin personal.

    * Giros: Un giro es otro instrumento de cambio emitido (previo pago de una determinada suma) por bancos, o poroperadores de compaas que emiten giros. Generalmente son usados por individuos que no tienen una cuentacorriente, para pagar cuentas o enviar dinero a otra localidad. Fue considerado como una herramienta til para legitimarcapitales en atencin a que generalmente no se solicitaba a los compradores que se identificaran (a travs de nmerosde cuentas o documentos de identificacin), lo cual hoy en da est prcticamente superado en atencin a la granimportancia que la mayora de las legislaciones ha puesto en la identificacin del origen y destino tanto de los fondoscomo del destinatario o beneficiario final de stos.

    * Giros Bancarios: Un giro bancario es un cheque librado por un banco contra sus propios fondos, los cuales estn

    depositados en otro banco con el cual mantiene relacin de corresponsala. Uno de los giros bancarios ms usados en lalegitimacin de capitales es el giro bancario del extranjero. Los giros bancarios permiten a un comerciante legtimo (o aun legitimador de capitales) mover fondos de un pas a otro, tan rpidamente como se mueve el dinero en efectivo,(aunque ms lentamente que a travs de transferencias electrnicas). El giro por s mismo representa el dinero del bancodepositado en una cuenta de un banco nacional pero pagadero al comprador u a otra persona designada por elcomprador.

    MECANISMOS PARA EL LAVADO DE ACTIVOS

    Un mecanismo para el Lavado de Activos puede estar representado por una empresa comercial o financiera que facilitael mismo, incluso varias de las empresas financieras (por ejemplos bancos y casas de cambio), que participan ennegocios legtimos tambin toman parte, con o sin su conocimiento, en el lavado de fondos ilegales. Segn prcticas

    comerciales modernas, las distinciones entre los varios tipos de negocios que ofrecen servicios financieros se han vueltodifusas o por lo menos de difcil precisin, en este orden de ideas podemos encontrar que un negocio de cambio demoneda puede tambin servir para transmitir fondos o un prestamista puede cambiar cheques y operar al mismo tiempocomo un agente de una compaa telegrfica.

    Algunos de los mecanismos o herramientas ms comunes utilizadas en el Lavado de Activos son:

    * Bancos, incluyendo bancos comerciales, bancos privados, e instituciones de ahorro (por ejemplo, asociaciones deahorro y prstamos, bancos cooperativos, etc.)

    * Corredores de bolsa o de productos

    * Bancos o compaas de inversiones (por ejemplo fondos mutuales)

    * Cambios de moneda extranjera - La casa de cambio es probablemente el ejemplo ms notable de este mecanismousado para lavar dinero, esto es, han servido como legitimadores de capitales a travs del servicio financiero que ellasproporcionan a sus clientes.

    * Libradores, tenedores o beneficiarios, de cheques de viajero, cheques, giros, o instrumentos similares. En especial enlas zonas fronterizas las casas de cambio de cheques y giros se han convertido, cada vez ms, en una fuente depreocupacin por su uso potencial para la legitimacin de capitales. Las reglamentaciones que ignoraron en un principioa este tipo de institucin financiera no bancaria ayudaron en el crecimiento de estos negocios. Tal como sucede con lascasas de cambio, dichas instituciones han mostrado la tendencia a convertirse en proveedores completos de serviciosfinancieros.

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    * Prestamistas* Compaas de prstamos o financieras* Compaas que operan en el envo de remesas o envos de dinero* Casinos o casas de juego* Compaas de seguro* Operadores de metales preciosos, piedras o joyas* Agencias de viaje* Venta de automotores minorista (incluye automviles, aviones y embarcaciones)

    * Compaas inmobiliarias.

    TIPOLOGAS DEL LAVADO DE ACTIVOS

    A continuacin se presentan las distintas tipologas utilizadas actualmente para la comisin del grave delito del Lavadode Activos:

    * Delitos contra la Propiedad- Fraude con dispositivos de acceso (Tarjetas de dbito y de crdito, delitos electrnicos)- Del trfico de metales y piedras preciosas

    * Delitos contra el orden socio-econmico

    - Delito culposo de la prevencin y control de legitimacin de capitales (se penaliza la negligencia, imprudencia eimpericia).

    * Delitos contra el orden pblico- Conspiracin- Terrorismo- Trfico de armas

    * Delitos contra la fe pblica- Lucro indebido y lucro ilcito- De la falsificacin de monedas o ttulos de crdito publico

    * Delitos contra la administracin de justicia

    * Delitos contra las personas y la libertad individual- Trata de personas- Trata de migrantes- Privacin ilegitima de libertad y secuestros agravantes- Los cmplices- Trfico ilegal de rganos- Sicariato

    * Delitos contra la conservacin de los intereses pblicos y privados- Apoderamiento y trfico de los vehculos de motor- Comunicacin legal

    * Delitos contra la cosa pblica- Corrupcin- Corrupcin Pblica

    * Delitos contra la libertad de industria y comercio

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    SEALES DE ALERTA

    Concepto bsico.Las seales de alerta como su nombre lo indica nos, muestran los comportamientos particulares de los clientes y lassituaciones atpicas que presentan las operaciones y que pueden encubrir operaciones de lavado de activos. Hay quetener en cuenta que no todas las operaciones que presentan comportamientos atpicos e inusuales son operacionesilegales, por tal razn, el hecho de identificar seales de alerta no significa que la operacin deba ser reportada de

    manera inmediata y automtica a las autoridades como sospechosa.

    La seal de alerta facilita el reconocimiento de una operacin de lavado que corresponde a los procesos caractersticosde los diferentes mtodos adoptados por la delincuencia para el lavado de activos.

    Las seales de alerta permiten identificar operaciones que presentan situaciones inusuales y que en algunos casos sonoperaciones de lavado de activos. Las seales de alerta se identifican gracias al conocimiento que se tiene de losmtodos de lavado. A su vez, el mtodo de lavado se refiere a la operacin completa desarrollada por el delincuente,desde que empieza su actividad ilegal, pasa por la entidad financiera, hasta que concluye la operacin; con el resultadoque busca de dar apariencia de legalidad a los bienes o fondos obtenidos ilcitamente.

    Existen seales de alerta que son generales a todas las instituciones y otras particulares para algunas de ellasdependiendo del riesgo y negocio que manejen.

    Las normas que exigen a los "sujetos obligados" a adoptar sistemas de prevencin de lavado de dinero, normalmentesolicitan o recomiendan a estos sujetos incluir en los Manuales de Procedimientos de Prevencin listas de "seales dealerta", que le sirvan a sus empleados para detectar operaciones inusuales o atpicas, o conocer operaciones sobre lascuales deben tener especial prudencia y cuidado. Las seales de alerta deben ser delineados por cada "sujeto obligado"teniendo en cuenta la naturaleza de las operaciones que realiza el mercado que atiende.El listado que aparece a continuacin no es un listado nico y en consecuencia debe variar de acuerdo con lainformacin que tengan los "sujetos obligados" sobre los nuevos Mtodos utilizados por los delincuentes para susoperaciones de Lavado de Activos.

    Listado de seales de alerta

    a. Seales de Alerta frente al perfil del cliente- Operaciones que no estn de acuerdo con la capacidad econmica del cliente

    - Operaciones que aisladas o vinculadas escapan al perfil previsible o ya definido del cliente en cuestin.

    - De un momento a otro una persona, sin fundamento, aparece como dueo de importantes negocios.

    - El cliente ofrece pagar jugosas comisiones, sin justificativo legal y lgico.

    - Cambio de propietarios y el historial de los nuevos dueos que no es consistente con la naturaleza del negocio delcliente o los nuevos dueos estn reacios a proporcionar informacin personal o financiera.

    - Uso excesivo de casilleros de seguridad o cambio de patrones de trfico; por ejemplo, un cliente ingresa acompaado a

    abrir su casillero de seguridad con fundas u otros contenedores que podran ocultar efectivo, de tal manera que puedaindicar que el casillero est siendo utilizado como cuenta bancaria o cualquier utilizacin ilcita.

    - Uso de los depsitos nocturnos para grandes cantidades de depsitos en efectivo, si la actividad del cliente no implicarecepcin de dinero en efectivo.

    - Clientes con negocios al por menor, que prestan el servicio de cambio de cheques y no realizan depsitos de efectivocontra los cheques depositados o consignados. Esto puede indicar que el cliente tiene otra fuente de fondos.

    - Cuentas que tienen un gran volumen de depsitos en cheques, "Money orders", transferencias electrnicas y otrosinstrumentos negociables, cuando el negocio del titular de la cuenta no justifica esta actividad.

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    - Cuentas que muestran elevadas transacciones de efectivo para negocios que generalmente no manejan grandessumas de dinero en efectivo.

    - Realizacin de varios depsitos el mismo da en diferentes oficinas de la misma entidad financiera, en forma inusual,respecto al comportamiento habitual del cliente.

    - Transferencias electrnicas, sin aparente razn comercial ni consistencia con los negocios habituales del cliente.

    - Recepcin de varias transferencias de pequeas cuantas, o depsitos de cheques y rdenes de pago ("moneyorders"), o giros postales que se transfieren a otra ciudad o pas, cuando esta actividad no es consistente con losnegocios del cliente.

    - Clientes cuyos estados financieros reflejan resultados muy diferentes frente a las otras empresas del mismo sector ocon actividad similar.

    b. Operaciones que configuran seales de alerta

    - Cuentas cuya direccin para envo de correspondencia y estados de cuenta est fuera del pas, o utilizan casillas decorreo o son recogidos en la sede del banco.

    - Crditos respaldados con valores, (certificados de depsito y otros ttulos valores).

    - Clientes que realizan visitas constantes a las cajillas de seguridad, justo antes de realizar depsitos en efectivo, por unacuanta menor a la estipulada para generar reporte.

    - Constantes depsitos de grandes sumas de dinero en efectivo envueltas en bandas de papel de otros bancos.- Depositar dinero en efectivo con billetes sucios o mohosos.

    - Cancelacin repentinamente de grandes prstamos (prepagos) sin justificacin aparente sobre la razn del pago sbitoo el origen de los fondos.

    - Compras de cheques, rdenes de pago, etc., con grandes volmenes de dinero en efectivo.

    - Solicitudes de crdito de una compaa "off-shore" o para asegurar prstamos por obligaciones ante un banco "offshore".- Compra de cheques, rdenes de pago o cheques de viajero en grandes cantidades y por montos por debajo del mnimopara efectuar reportes.

    - Cambios significativos en los patrones de envo de dinero entre bancos corresponsales.

    - Movimientos significativos de billetes de alta denominacin, en actividad que no guarda relacin con la ubicacin debanco.

    - Incrementos en la cantidad de dinero en efectivo manejado sin que se presente el incremento correspondiente en elnmero de transacciones reportadas.

    - Incrementos grandes en el uso de billetes de denominaciones pequeas y disminucin correspondiente en el uso debilletes de altas denominaciones sin que hayan registrado reportes de transacciones.

    - Operaciones fraccionadas para eludir normas u obligaciones de reporte.

    - Operaciones efectuadas frecuentemente a nombre de terceros, sin que exista justificativo para ello (Ej. Depsitos encuenta efectuados por apoderados o terceros ajenos, por importes llamativos).

    - Un cliente entrega una suma importante de billetes en moneda extranjera y solicita efectuar transferencias a distintoslugares del pas o del extranjero sin justificacin clara y acorde con la actividad del cliente.

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    - Un cliente entrega numerosos instrumentos monetarios, cheques de viajero, rdenes postales, etc. y solicita unatransferencia por su equivalente sin que est de acuerdo con la actividad.

    - Cuando una persona que no es cliente habitual y deposita fondos en diferentes oficinas o bancos corresponsales en eexterior para ser cobrados localmente o reenviados a otros pases.

    - Operaciones mediante compaas domiciliadas en los sitios denominados "parasos fiscales" o en regiones o pasescalificados como "no cooperantes".

    - Existe un cambio significativo en las relaciones de intercambio de divisas entre bancos corresponsales o transaccionesexageradamente grandes entre un banco pequeo y uno grande.

    - Compaas que son financiadas con prstamos otorgados en el exterior.

    - Dbitos a cuentas para efectuar transferencias a travs de instituciones financieras ubicadas en pases de alto riesgo.- El pago de la transferencia al exterior se realiza mediante instrumentos girados contra mltiples institucionesfinancieras.

    - Depsitos y retiros de fondos de cuentas corporativas o empresariales, que se hacen principalmente en dinero enefectivo, en vez de cheques.

    - Compra en efectivo en grandes cantidades de "money orders", giros postales, cheques de gerencia u otrosinstrumentos negociables.

    - Un solo depsito de dinero en efectivo, compuesto por muchos billetes de una misma denominacin.

    - Cambio frecuente de billetes de baja denominacin por billetes de alta denominacin y viceversa.

    - Depsitos no significativos con un nmero grande de cheques, mientras raramente se hacen retiros para operacionesdiarias.

    - Cambios repentinos e inconsistentes en las transacciones de moneda o en los patrones de manejo del dinero.

    - Cuentas que muestran varios depsitos por debajo de la cuanta lmite.

    c. Seales de Alerta relacionadas con la informacin de los clientes

    - Solicitud de ser incluido en la lista de excepciones de no reporte de transacciones en efectivo, sin causa aparente ojustificada.

    - Empresas que se abstienen de proporcionar informacin completa, como actividad principal de la empresa, referenciasbancarias, nombre de empleados y directores, localizacin, etc.

    - Rehusar dar informacin para calificacin en el otorgamiento de crditos u otros servicios financieros.

    - Rehusar informar sobre sus antecedentes personales, al abrir una cuenta o solicitar cualquier servicio.

    - Pretender establecer una cuenta o solicitar un servicio sin referencias, o direccin, sin documento de identificacin(pasaporte, cdula de extranjera, libreta de conduccin, cdula de ciudadana, tarjeta del seguro etc.) o rehusar facilitarotro tipo de informacin que la entidad financiera solicita para la apertura.

    - Clientes que presentan identificaciones inusuales o anormales, que la entidad no puede verificar.

    - Clientes cuyo telfono se encuentra desconectado, o el nmero telefnico al momento de efectuar la llamada deverificacin, no concuerda con la informacin inicialmente suministrada.

    - Solicitudes que no incluyen referencias laborales sobre empleos anteriores o actuales.

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    - Clientes que no incluyen referencias laborales sobre trabajos pasados o presentes, pero realizan frecuentementegrandes operaciones.

    - Rehsan facilitar la informacin sobre su actividad o no proporcionar los estados financieros.

    - Clientes que frecuentemente solicitan que se incrementen los lmites de excepcin.

    - Personas que rehsan dar la informacin necesaria para el registro obligatorio de transacciones en efectivo o paracontinuar con la transaccin despus de informarles que el formato debe ser diligenciado.

    - Personas que presionan a cualquier funcionario de la institucin financiera para no diligenciar formularios que impliquenel registro de la informacin o el reporte de la operacin.

    d. Seales de Alerta relacionadas con las operaciones internacionales

    - Frecuente envo o recepcin de grandes volmenes de transferencias electrnicas de o hacia instituciones "off-shore".

    - Depsitos de recursos en varias cuentas, usualmente por debajo del monto para el registro de transferencias para luegoser consolidados en una cuenta maestra y transferida fuera del pas.

    - Instrucciones de un cliente a la entidad financiera para transferir fondos al extranjero con el producto de transferenciasprovenientes de otras fuentes, por cuanta similar.

    - Depsitos o retiros de grandes sumas de dinero por medio de transferencias a travs de pases cuyo nivel de actividadeconmica, no justifica los montos o frecuencias, de tales transferencias.

    - Transferencias de dinero o ganancias de depsitos a otro pas sin cambiar el tipo de moneda.

    - Recibo de transferencias y adquisicin inmediata de instrumentos monetarios a favor de terceros.

    e. Ejemplos de Seales de Alertas.

    - Empleados con un estilo de vida que no corresponde con el monto de su salario.

    - Empleados renuentes a disfrutar vacaciones.

    - Empleados renuentes a aceptar cambios de su actividad o promociones que impliquen no continuar ejecutando lasmismas actividades.

    - Empleados que con frecuencia permanecen en la oficina ms all de la hora de cierre o concurren a ella por fuera dehorario habitual.

    - Empleados involucrados en ausencias del lugar de trabajo, frecuente e injustificado.

    - Empleados que a menudo se descuadran en caja con explicacin insuficiente o inadecuada.

    - Empleados que impiden que otros compaeros de trabajo atiendan a determinados clientes.

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    DETECCIN Y PREVENCIN DEL LAVADO DE ACTIVOS

    Importancia del TemaEl tema relacionado con los mecanismos de deteccin y prevencin del lavado de dinero ha adquirido en los ltimostiempos una especial relevancia mundial, en la medida en que se ha tomado conciencia de que una de las ms eficientesformas en que los Estados pueden debilitar la estructura econmica de las empresas criminales, es mediante laprevencin y represin del lavado de activos.

    El Lavado de Activos, es un fenmeno de dimensiones internacionales. Dada la interdependencia existente entre lospases y el alto desarrollo tecnolgico de las telecomunicaciones, los capitales fluyen fcilmente por el sistema financieromundial. Esto permite a la delincuencia organizada operar local e internacionalmente, por lo cual el lavado de activosnormalmente involucra movimientos de capitales entre distintos pases.

    De all la necesidad de la cooperacin internacional, cooperacin que ha sido reconocida por numerosos gobiernos y haredundado en diversos acuerdos en el mbito internacional. En buena medida, estos acuerdos han contribuido afortalecer los ordenamientos nacionales y mejorar los mecanismos de cooperacin e intercambio de informacin ypruebas en diversos pases.

    En efecto, organismos como la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU) y la Organizacin de los EstadosAmericanos (OEA), han promovido la adopcin de normas especficas en esta materia.

    El Grupo de Accin Financiera (GAFI) y la Comisin Interamericana para el Control del Abuso de Drogas, de laOrganizacin de los Estados Americanos (CICAD - OEA) se han constituido en un apoyo fundamental en los esfuerzosde los Estados para el desarrollo de una poltica integral contra las diversas manifestaciones de las actividadesdelictuales y, especialmente, contra el lavado de activos.

    Puede afirmarse que en el mbito latinoamericano, los mecanismos de control y prevencin del lavado de activosadoptados al interior de cada uno del continente, responden a parmetros de aplicacin internacional.

    La mayora de los Estados miembros de la OEA han adoptado o se han comprometido a adoptar en su ordenamientojurdico interno, las recomendaciones contenidas en el Reglamento Modelo de la CICAD OEA. Esta adopcin derecomendaciones internacionales se refleja de manera integral en las distintas reas de la legislacin interna, que dealgn modo se relacionan con el lavado de activos.

    Las disposiciones que regulan el sistema financiero, el sistema penal y la estructura del aparato jurisdiccional en lospases latinoamericanos, en cuanto hace al tema del lavado de dinero, se encuentran adecuadas a los estndaresinternacionales en la materia.

    La accin de las autoridades contra el lavado de activos, tiene la mayor importancia en el entorno actual, en el cual sehan modificado de manera sustancial las polticas contra la delincuencia. En este tiempo, se ha visto que una de lasherramientas ms efectivas contra el delito, es perseguir la riqueza producto de las acciones cometidas por fuera de laley, siendo, la accin contra el lavado de activos, una de las herramientas ms efectivas.

    Se requiere un trabajo en conjunto para controlar el flujo de capitales entre los distintos estados, prctica habitual de lasorganizaciones criminales para eludir la accin de las autoridades.

    El Sector Financiero y el Lavado de Activos

    El combate del lavado de activos o legitimacin de capitales, involucra a todos los sectores econmicos. En el caso delsector financiero, su responsabilidad es mayor. El sector financiero recibe y canaliza buena parte del flujo de capitales dela economa, lo cual facilita que el dinero de procedencia ilcita se confunda con recursos de origen legal. Por lo anteriorel sector financiero es especialmente vulnerable a ser utilizado sin su consentimiento ni conocimiento para el lavado deactivos.

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    Por ello, el sector financiero debe adoptar medidas especiales para prevenir el lavado de activos, que contribuyan a laaccin de las autoridades en la prevencin y castigo de este delito. Estas medidas tienen un carcter especial y superanel simple deber de colaboracin con la autoridad que corresponde a todo ciudadano.

    CONOCIMIENTO DEL CLIENTE

    Para muchas personas el conocimiento del cliente es la obligacin que los sujetos obligados tienen de identificar a susclientes y la prohibicin de prestar servicios a personas no identificadas, como, por ejemplo, las cuentas corrientesannimas. Sin embargo, las autoridades de los diferentes pases, en desarrollo de las recomendaciones internacionales,

    han ido ms all y demandan controles suplementarios como desarrollo de la Poltica de Conocimiento del Cliente. Poresta razn, es importante que conocer los alcances de esta figura y la utilidad que tiene para los fines de toda entidad.

    Del Conocimiento del Cliente en General

    Existen muchas formas de conocer al cliente. Desde el punto de vista del mercadeo (comercial), se puede conocer acliente cuando se conocen sus hbitos de consumo, sus preferencias y las dems caractersticas que describen suposicin relativa frente a los dems clientes. Desde el punto de vista social, es cuando se ha tenido algn tipo de relacincon l, por ejemplo cuando el cliente es un conocido o un amigo.

    Para efectos de la prevencin al lavado de activos, el conocimiento del cliente desde el punto de vista del mercado ydesde el punto de vista social son tiles pero no suficientes. Las polticas de conocimiento del cliente en toda entidaddeben ser un esfuerzo organizado para recolectar la informacin relevante que nos permite detectar y analizaroperaciones sospechosas. Todo el esfuerzo de los sujetos obligados por conocer a sus clientes tiene dos propsitosgenerales:

    1. Servir de medida disuasiva para alejar a los lavadores o legitimadores de la entidad.

    2. Permitir la deteccin de operaciones inusuales y la determinacin de operaciones sospechosas, que debenreportarse a las autoridades.

    No obstante lo anterior, las entidades financieras deben entender la poltica de conocimiento del cliente para efectos dela prevencin del lavado de activos como parte integral de su negocio e integrarla a los dems esfuerzos que se hacenpor conocer al cliente en otras reas. De esta forma, el conocimiento del cliente desde el punto de vista del mercadeosirve como gua para la poltica de prevencin del lavado de activos y, a su vez, la labor de prevencin del lavado de

    activos puede arrojar informacin valiosa que se traduce en un mejor servicio a los clientes.

    Informacin relevante

    Se puede tener mucha informacin sobre el cliente sin que sta sea relevante para efectos de prevenir y controlar elavado de activos. La informacin relevante para este propsito es la que sirve para establecer los siguientes aspectos:

    1. Identificacin completa

    2. Actividad econmica, procedencia u origen de los fondos

    3. Volumen y caractersticas de las transacciones financieras

    Diferencia entre cliente y usuarioEl supervisor bancario y las normas internas propias de las entidades deben definir la categora que tienen las diferentespersonas con las cuales el sujeto obligado realiza transacciones.

    En trminos generales, se distinguen dos grandes categoras de personas: clientes y usuarios. Esta distincin respondea la necesidad de ejercer diferentes tipos de controles, segn la posibilidad real y jurdica que tienen los sujetosobligados de conocer a la persona a la cual se le presta el servicio. Es importante anotar que para ciertas legislaciones,no existe esta divisin o categorizacin. Esta divisin ha sido ms el resultado de la experiencia de algunos supervisoresbancarios y entidades financieras al dar una aplicacin prctica a la poltica de "conozca a su cliente".

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    ClienteSe entiende como cliente, la persona natural (fsica) o jurdica (moral), con la cual se tienen una relacin contractual decarcter financiero. Esta relacin puede ser de manera ocasional o permanente.

    UsuarioEl usuario es la persona natural o jurdica, que tiene acceso a un nmero limitado de servicios de la entidad, pues noexiste la relacin contractual o, si existe, sta no genera un riesgo significativo.Como la lnea divisoria entre estos dos conceptos no es definitiva y puede variar segn la legislacin, el concepto desupervisor bancario y las caractersticas del sujeto obligado, se recomienda que cada entidad defina en su manual de

    prevencin del lavado de activos quines son sus clientes.

    La diferenciacin entre cliente y usuario tiene como propsito establecer obligaciones de control ms estrictas para losclientes, debido a que stos tienen una relacin ms significativa con la entidad, pero manteniendo controles suficientespara los usuarios.

    Tipos de ClientesSi bien cada cliente es nico, las entidades deben encontrar criterios clasificadores para analizar sus operaciones yorientar los controles correspondientes. La primera clasificacin lgica de los clientes obedece a la distincin entrepersonas naturales (fsicas) o jurdicas (morales), a continuacin nos referiremos a stos y otros clientes especiales.

    Personas naturales (fsicas) y jurdicas (morales)

    La identificacin de las personas jurdicas requiere la solicitud de ms informacin, no es suficiente contar con losmismos datos que suministrara la persona natural. Las personas jurdicas estn compuestas por socios, pueden tenervarios representantes legales y domicilios. Por esta razn, es importante ir ms all de los datos bsicos y conocer algoms sobre las personas que dirigen y controlan a la persona jurdica. Adicionalmente, las transacciones comercialescontables y financieras de las personas jurdicas (morales) son ms complejas, por lo tanto se requiere mayor soportedocumental para entenderlas.

    Una de las ventajas que existen al momento de verificar informacin suministrada por personas jurdicas (morales) esque por su naturaleza especial la ley exige que gran parte de estos documentos sean pblicos. Es el caso de lasescrituras de constitucin, los registros mercantiles y algunos de sus informes financieros y contables.

    Clientes extranjerosLos clientes extranjeros generan una dificultad adicional para su identificacin, pues la mayora de los documentos

    provienen de otros pases y esto dificulta su verificacin. Es bien conocido en el medio la existencia de jurisdiccioneslaxas frente a la supervisin bancaria y la constitucin de sociedades. Empresas provenientes de dichos pases puedenpresentar informacin documental original, aparentemente satisfactoria, pero que induce al error en cuanto a laverdadera apreciacin de la seriedad y solidez de estas personas.

    Actuaciones por medio de apoderadoJurdicamente existe la posibilidad de nombrar apoderados para realizar actuacin, incluyendo transacciones bancarias yfinancieras, en nombre de otra persona. Estos apoderados pueden acercarse legtimamente a los sujetos obligados enrepresentacin de un cliente y realizar operaciones. De acuerdo con las polticas de Conocimiento del Cliente de laentidad, este tipo de operaciones requiere una doble identificacin, pues es necesario identificar tanto al cliente como asu apoderado. Adems, es necesario corroborar la validez y autenticidad del poder o el documento en el cual consta ladesignacin del apoderado.Etapas del Conocimiento del ClienteEl Conocimiento del Cliente no es simplemente una obligacin puntual que se cumple con el diligenciamiento de unosformatos. Se trata de una poltica que implica una accin planeada y coordinada entre varias reas de la entidad, laborque se desarrolla en cinco instancias: preparacin y diseo, vinculacin del cliente, anlisis de la informacinprestacin del servicio y actualizacin de datos.

    Para desarrollar una poltica de Conocimiento del Cliente eficaz, las entidades deben realizar una labor continua yorganizada que puede ser descrita mediante las siguientes etapas:

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    a-) Preparacin y diseo.Bajo el criterio orientador de la legislacin vigente y los instructivos del supervisor bancario, los sujetos vigilados debenestablecer procedimientos para cumplir con la obligacin de conocer al cliente. Al mismo tiempo, se deben disear yelaborar los formatos correspondientes y establecer los sistemas de almacenamiento, conservacin y consulta de lainformacin.

    b-) Vinculacin del ClienteEl momento ms importante en este proceso es la vinculacin del cliente. Se trata de su primera relacin con la entidad,

    en la cual el cliente presenta su documentacin y la entidad decide sobre su vinculacin. Esta oportunidad es muyvaliosa para desarrollar la poltica de conocimiento del cliente y prevencin del lavado de activos. Para efectos operativosy de controles propios del servicio, las entidades solicitan informacin bsica como registros de firmas, fotocopias dedocumentos de identidad, direcciones de correspondencia, referencias, etc. A su vez, la poltica de Conocimiento del

    Cliente conlleva la solicitud y anlisis de informacin complementaria que tiene como nico fin evitar que la entidad seautilizada para lavar activos o legitimar capitales.

    La legislacin de algunos pases establece procedimientos y mecanismos especficos para la conservacin yorganizacin de dicha informacin. En todo caso, es importante tener en cuenta que cuando se analicen operacionesinusuales sospechosas, la mejor fuente de informacin para realizar este estudio es aquella suministrada por el cliente amomento de vincularse a la entidad. En consecuencia, un mecanismo que permita la consulta fcil de esta informacines fundamental para el gil desarrollo de la poltica de prevencin al lavado de activos.

    c-) Anlisis de la informacin suministrada.El Conocimiento del Cliente no es una actividad pasiva, en la cual el sujeto obligado solicita la informacin y el cliente ousuario la suministra. Se trata de una labor en la cual el sujeto obligado, solicita la informacin, se asegura que estcompleta, solicita informacin adicional o explicativa, verifica ciertos datos y, finalmente, establece que toda lainformacin tenga sentido y sea coherente.

    d-) Prestacin del servicio.Una vez vinculado formalmente a la entidad, para el caso de los clientes, o en cualquier momento, para el caso de losusuarios, las personas acuden a las entidades financieras para realizar sus transacciones con diferentes propsitos ybajos muy diversas modalidades. En todos estos eventos, la entidad debe identificar a las personas que realizan estasoperaciones, sin necesidad de repetir el proceso que se realiz a la hora de la vinculacin del cliente.

    Cuando se presta un servicio a un cliente ya vinculado, sobre el cual se ejerci la Poltica de Conocimiento del Clientese pretende simplemente confirmar que la persona que realiza las transacciones es efectivamente el cliente de laentidad. Lo anterior con varios propsitos dentro de los cuales se encuentran:

    1. Comparar la operacin con el perfil del cliente y el segmento del mercado2. Consolidar las operaciones peridicas del cliente para efectos de anlisis y control3. Confrontar los listados especiales (Listas de clientes que no deben ser vinculados. Por ejemplo, personas

    incluidos en las listas de la OFAC).4. Verificar las seales de alerta correspondientes

    e-) Actualizacin de datosEs normal y previsible que los clientes de las entidades financieras cambien algunas de sus caractersticas personales yfinancieras durante la duracin de la relacin contractual con la entidad. Los individuos y las empresas cambian deactividad econmica, de domicilio, etc. Por esta razn, es importante actualizar en forma peridica y sistemtica los datossuministrados por los clientes. De lo contrario, la confrontacin de las operaciones realizadas con la informacin noactualizada del cliente puede inducir a creer que existen operaciones sospechosas donde no las hay o lo contrario.

    Objetivos de la Poltica del Conocimiento del ClienteEl Conocimiento del Cliente como parte de las polticas de una entidad financiera no es un concepto nuevo, por elcontrario, se trata de un aspecto fundamental de la actividad bancaria desde sus orgenes. Lo que es novedoso, es elestablecimiento de procedimientos y mecanismos de identificacin del cliente y determinacin de su actividad econmicapara prevenir el lavado de activos.

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    La Poltica de Conocimiento del Cliente no debe mirarse como una actividad aislada que no cumple con los objetivosprincipales del negocio. Por el contrario, una poltica efectiva de Conocimiento del Cliente puede servir de base para unaexitosa gestin comercial y de administracin del riesgo.

    Conocer al Cliente nos permite conocer sus caractersticas como consumidor de servicios financieros, para ofrecerproductos adicionales o novedosos. Los retos del mercado actual exigen que las entidades conozcan las preferencias ylos hbitos de consumo de sus clientes, toda esta informacin, debidamente analizada, permite personalizar y mejorar eservicio. (Objetivos Comerciales)

    Ejercer la Poltica de Conocimiento del Cliente no solamente previene y controla la ocurrencia de operaciones de lavadode activos. Una entidad bien informada sobre la actividad econmica de su cliente puede evitar otros delitos contra laentidad como el fraude. (Objetivos Preventivos o de Control)

    La esencia del negocio financiero es la administracin del riesgo. Un seguimiento constante de las operaciones de losclientes, en particular y en su conjunto, permite evaluar correctamente el riesgo crediticio y tomar acciones frente a otrosriesgos como el fraude. (Objetivos de Administracin del Riesgo)

    MARCO LEGAL VIGENTE NACIONAL E INTERNACIONAL. PRINCIPIOS, USOS YCOSTUMBRES NACIONALES E INTERNACIONALES EN MATERIA DE LAVADO

    DE ACTIVOS

    En este captulo se har referencia de manera muy sucinta a la normativa vigente en materia de Lavado de Activos, acuyos efectos y teniendo por norte la idea de facilitar el conocimiento y consulta de dicha normativa contenidas en losdiversos cuerpos legales, as como los Proyectos de Ley a ser considerados por el Poder Legislativo y que hacenreferencias y aportes de gran importancia en materia de Prevencin, Control y Fiscalizacin de actividades ilcitas quetraen como consecuencia para los infractores la necesidad de legitimar capitales a fin de mantener en funcionamientosus actividades ilcitas.

    Tambin se incluyen referencias a principios, usos y costumbres en materia bancaria o financiera, recogidos pororganizaciones privadas internacionales y adoptados como normas de obligatorio cumplimiento y aceptacin, para todosaquellos que se adhieran a ellas, persiguiendo con ello, el mejoramiento de la actividad financiera y la adopcin de

    nuevos mecanismos que impidan la utilizacin de estas instituciones como vehculos para Lavar Activos (LegitimarCapitales) provenientes de delitos en general.

    Ahora en este orden de ideas, se har referencia, segn lo mencionado anteriormente:

    - LEY ORGANICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS

    Esta Ley contiene las disposiciones que deben aplicarse en la materia de comercio, expendio, industria, fabricacinrefinacin, transformacin, extraccin, preparacin, produccin, importacin, exportacin, prescripcin, posesinsuministro, almacenamiento, transporte, corretaje y de toda forma de distribucin; del control, fiscalizacin y taso de lassustancias estupefacientes y psicotrpicas a que se refiere esta Ley, sus derivados, sales, preparaciones yespecialidades farmacuticas, tales como cannabis sativa, cocana y sus derivados, los inhalables y dems sustanciascontenidas en las listas de los convenios internacionales suscritos por la Repblica; as como el control de materiasprimas, insumos, productos qumicos esenciales, solventes, precursores y de otra naturaleza, cuya utilizacin pudieradesviarse a la produccin de sustancias estupefacientes y psicotrpicas. Del consumo de las sustancias y de cualquierade los delitos a que se refiere esta Ley, sus penas y medidas de seguridad social; a la prevencin social y a losprocedimientos.

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    - RESOLUCIN N 185-01 Normas sobre Prevencin, Control y Fiscalizacin delas Operaciones de Legitimacin de Capitales aplicables a los entes reguladospor la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (GACETAOFICIAL N 37.287 de fecha 20/09/2001)

    El objetivo principal de la presente Resolucin es establecer y unificar las normas y procedimientos que como mnimodeben seguir los Sujetos Obligados (las Instituciones Financieras), con el fin de evitar que sean utilizados comointermediarios para la legitimacin de capitales provenientes de las actividades ilcitas establecidas en la Ley OrgnicaSobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas; y permita a esta Superintendencia, el control, inspeccin, vigilanciasupervisin y fiscalizacin de tales operaciones que puedan realizarse a travs del Sistema Financiero Venezolano.

    ORGANISMOS INTERNACIONALES

    a-) GRUPO DE ACCION FINANCIERA (GAFI)Es un grupo intergubernamental que estable estndares, y desarrolla y promueve polticas para combatir el lavado deactivos y el financiamiento del terrorismo.En la responsabilidad que este Grupo tiene de examinar las tcnicas y tendencias del lavado de dinero, examinar laaccin nacional e internacional previa, evaluar los resultados de la cooperacin para prevenir la utilizacin del sistemabancario y financiero para el blanqueo de capitales y determinar medidas adicionales contra el lavado de dinero, incluida

    la adaptacin de los sistemas jurdicos nacionales para reforzar la cooperacin judicial internacional, el mismo ha emitidodos importantes Informes al respecto; estos son: Las Cuarenta Recomendaciones y las Ocho RecomendacionesEspeciales del GAFI, las cuales han sido reconocidas por el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial como losestndares internacionales para combatir el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.

    b-) GRUPO DE ACCIN FINANCIERA DEL CARIBE (GAFIC)El Grupo de Accin Financiera del Caribe (GAFIC) es una organizacin de estados y territorios caribeos constituidodurante la Conferencia Caribea sobre Blanqueo de Capitales procedentes de la Droga llevado a cabo en Aruba en juniode 1990, con el fin de discutir la adopcin y puesta en marcha de las 40 Recomendaciones del GAFI.Esto llev a incluirle a las 40 recomendaciones del GAFI, 19 recomendaciones adicionales, las cuales stas ltimas serefieren a la necesidad de realizar estudios sobre la magnitud del problema del lavado de activos en la regin,especialmente sobre los bancos y compaas financieras y compaas de transporte areo y martimo.

    c-) FEDERACIN LATINOAMERICANA DE BANCOS (FELABAN)La Federacin Latinoamericana de Bancos (FELABAN) fue constituida el 23 de abril de 1965 en la ciudad de Mar dePlata con el objetivo, entre otros, de estrechar los lazos de integracin de la comunidad financiera latinoamericana atravs del establecimiento de claros principios de cooperacin institucional, propiciando la estandarizacin de usos yprcticas bancarias y contribuir de esa manera al bienestar de los pases de la regin y al fortalecimiento de las mismasinstituciones.

    En esta materia FELABAN ha desempeado un importante papel en el continente latinoamericano. En efecto, laFederacin Latinoamericana de Bancos suscribi, el 18 de marzo de 1996, una Declaracin sobre la Prevencin del UsoIndebido del Sistema Financiero en el Lavado de Activos provenientes del Narcotrfico y de otra Actividades Ilcitas, en lacual se establecieron los siguientes principios:

    Colaborar con los miembros activos de FELABAN y las autoridades gubernamentales en la formulacin yadopcin de normas de prevencin.

    Promover el intercambio de informacin general, mtodos y otros aspectos tcnicos que puedan ser de utilidadpara las asociaciones y organismos miembros.

    Proponer a sus miembros activos que sugieran a sus afiliados la adopcin de polticas de prevencin de lavadode activos.

    El establecimiento de cdigos de conducta, los cuales deben incluir las normas de prevencin, el conocimientode las violaciones y la aplicacin de sanciones.

    El asesoramiento a los afiliados en el marco general de aplicacin de las medidas.

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    d-) Comit de Basilea.El Comit para Regulacin Bancaria y Prcticas de Supervisin, de Basilea, expidi en diciembre de 1988 el documentotitulado "Declaracin sobre el Uso Criminal del Sistema Bancario con Fines de Lavado de Activos". Con respecto apersonas que puedan estar vinculadas con actividades ilcitas, expresa que: las entidades bancarias se abstendrn deofrecer o proveer asistencia activa para la realizacin de operaciones que consideren vinculadas con actividadescriminales o de reciclaje de fondos.

    De conformidad con lo anterior ningn banco o entidad financiera debe trabajar o prestar servicios a personas sobre lascuales tenga dudas fundadas de estar vinculadas con actividades ilcitas, tal como lo expresa el Comit de Basilea.El simple hecho de que una persona u organizacin sea considerada por la autoridad de cualquier pas como vinculada aorganizaciones terroristas o criminales, es suficiente para que un banquero prudente se abstenga de prestarles susservicios como lo establece la Declaracin Basilea, con mayor razn, cuando corre el riesgo de consecuencias quepueden afectar la estabilidad de sus negocios, la de sus ahorradores y la del propio pas, toda vez que sin duda podraser objeto de las medidas consagradas en las leyes.

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    PARTE DE INVESTIGACION

    Preguntas Frecuentes Cumplimiento

    Qu es el lavado de activos?Es legalizar ingresos que provienen de actividades ilcitas o ilegales, es decir, las ganancias o ingresos derivados de

    tales actividades. Dichos ingresos o ganancias, son las que se lavan, limpian o blanquean para que parezcan comodinero obtenido de forma legal.

    Por qu el lavado de activos es un delito?Porque los recursos que se utilizan, provienen de actos delictivos, en tal sentido, su ejecutoria est penada por la Leypudindose cometer dos tipos de delito:

    Culposo: cuando es el resultado de la imprudencia, impericia o negligencia.

    Doloso: Cuando responde a la decisin propia de ejecutarlo

    Cmo se participa en un delito?Por autora, por complicidad o encubrimiento

    Cuales delitos estn asociados al lavado de activos?Trfico ilcito de drogas, trfico de personas, trfico de influencias, trfico ilegal de armas, trfico de rganos humanos,hurto o robo de vehculos automotores, robo a instituciones financieras, estafas o fraudes financieros en las actividadespblicas o privadas, secuestro, terrorismo y delitos conexos o que no tengan causa o justificacin econmica legal de suprocedencia.

    Qu instituciones se utilizan para lavar activos?En general las instituciones financieras es decir, bancos estatales y privados sociedades financieras, asociaciones deahorro y prstamo, almacenes generales de depsito, bolsas de valores, casas de cambio, puestos de bolsa, otrosorganismos de ahorro y crdito, administradoras pblicas o privadas de pensiones, compaas de seguros y reaseguros,asociaciones de crdito o cualquier otra institucin que se dedique a las actividades sujetas y supervisadas por parte dela Comisin Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).

    Qu operaciones deben ser reportadas por las instituciones supervisadas y no supervisadaspor la comisin?Todas aquellas transacciones efectuadas o no, que de acuerdo a los usos y costumbres de la respectiva actividad y delas tcnicas modernas del comercio electrnico, resulten complejas, inslitas, inusuales, significativas y que norespondan a todos los patrones de transacciones habituales, que se presenten sin justificacin econmica o legaevidente o que siendo legales o evidentes resulten sospechosas, as como transacciones financieras que puedanconstituir o estn relacionadas con actividades ilcitas y se sospeche que puedan ser o sern destinadas para elfinanciamiento del terrorismo o para actos de terrorismo .

    Qu leyes existen en Honduras para reprimir el lavado de activos?La Ley contra el Delito de Lavado de Activos, aprobada mediante Decreto No.45-2002 y su reforma; la Resolucin de la

    CNBS No.869/29-10/2002; la Resolucin de Directorio del BCH No.325-9/2003; el Acuerdo No. FG-02-2003 Reglamentode la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) y el Cdigo Penal hondureo y sus reformas.

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    Qu sanciones establece la Ley al cometer el delito de lavado de activos?

    1. Reclusin de 15 a 20 aos, para la persona que realiza el delito2. Reclusin de 15 a 20 aos, para la persona que presta su nombre para delito testaferro,3. Reclusin de 15 a 20 aos agravada en un tercio, para representantes legales de las personas jurdicas4. Reclusin de 15 a 20 aos agravada en un tercio para servidores pblicos, que valindose de sus cargos, participen,faciliten o se beneficien en el desarrollo de las actividades delictivas tipificadas en la Ley contra el delito de lavado deactivos

    5. Reclusin de 15 a 20 aos rebajada en un tercio para el autor de tentativa y cmplice de delito consumado6. Reclusin de 15 a 20 aos rebajada en dos tercios para el cmplice de tentativa7. Reclusin de 10 a 15 aos a los promotores, directores y jefes de asociaciones y confabulaciones ilcitas8. Reclusin de 6 a 10 aos a los que se asocien o confabulen9. Reclusin de 3 a 6 aos para los que cometen infidencia10. Reclusin de 2 a 5 aos, al servidor pblico que en el desempeo de sus funciones ya sea por imprudencia, impericiao inobservancia de leyes nacionales e internacionales, permita que se cometa el delito de lavado de activos11. Inhabilitacin en el ejercicio del cargo para los servidores pblicos12. Si el BCH no enva la informacin a la UIF en el plazo establecido, se sancionar con una multa de L 2,000.00 diarios13. Si el BCH no cumple con lo establecido en la Ley, se le aplicar una multa entre 10 y 100 salarios mnimos

    CONFIGURACIN DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS1. Cuando se legalicen ingresos que provengan de actividades delictivas tales como.

    Narcotrfico Secuestro Hurto de vehculos automotores Robo de vehculos automotores Trfico de personas Trfico de influencias Robo a instituciones financieras Estafas o fraudes en las actividades pblicas y privadas Trfico ilegal de armas Trfico de rganos humanos

    Cualquier otro delito conexo con los anteriores2. Cuando se legalicen bienes productos o instrumentos que no tengan causa o justificacin econmica o legal deSu procedencia.

    QUIENES PUEDEN INCURRIR EN RESPONSABILIDAD PENAL

    1. Cualquier persona particular2. Las personas jurdicas3. Los servidores pblicos4. Los representantes legales de las personas jurdicas5. Directores, gerentes, administradores de personas jurdicas.6. Funcionarios o empleados de las instituciones financieras7. Funcionarios o empleados de la comisin nacional de bancos y seguros.

    8. Promotores, jefes y dirigentes de asociaciones ilcitas.

    DELITOS REGULADOS EN ESTA LEY

    1. Delito de lavado de activos (doloso y culposo)2. Delito de asociacin ilcita3. Delito de confabulacin4. Delito de testaferrito5. Delito de infidencia

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    SANCIONES QUE SEALA LA LEY CONTRA EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS

    1. Reclusin de 15 a 20 aos para los autores del delito de lavado de activos doloso2. Reclusin de 2 a 5 aos al autor del delito de lavado de activos culposo3. Reclusin de 15 a 20 aos agravada en un tercio para los servidores pblicos ( pena de 20 a 26 aos con 6

    meses)4. Reclusin de 15 a 20 aos agravada en un tercio para los representantes legales de las personas jurdicas (

    pena 20 aos a 26 aos-8 meses)5. Reclusin de 15 a 20 aos rebajada en un tercio para el autor de tentativa y al cmplice de delito consumado(

    pena 10 aos a 13 aos 4 meses)6. Reclusin de 15 a 20 aos rebajada en un tercio para el autor de encubrimiento (pena de 10 a 13 aos 4 meses)7. Reclusin de 15 a 20 aos rebajada en dos tercios para el cmplice de tentativa (pena de 5 a 6 aos 8 meses)8. Reclusin de 6 a 10 aos a los que se asocien o confabulen.9. Reclusin de 10 a 15 aos a los promotores, directores y jefes de asociaciones y confabulaciones ilcitas.10. Reclusin de 3 a 6 aos a los que cometan el delito de infidencia11. Cierre definitivo de personas jurdicas12. Multa del cien por ciento del monto de lo lavado para las personas jurdicas.13. Multa de diez a cien salarios mnimos para las instituciones financieras y para las instituciones que realicen

    intermediacin financiera cuando no cumplan con las obligaciones descritas en la ley.Inhabilitacin en el ejercicio del cargo para los servidores pblicos

    ESTUDIO DE LAS DIVERSAS MODALIDADES EN QUE PUEDE MANIFESTARSE LA COMISINDEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS

    El proceso de lavado de dinero se encuentra integrado por varias etapas, las cuales sirven para realizar el ocultamiento omaquillaje de las ganancias obtenidas por las transacciones de los delincuentes. Una caracterstica comn, destaca enlas transacciones de compraventa de drogas en la calle, es que esta se efecta en dinero en efectivo y en bajadenominaciones. Posteriormente, las organizaciones de traficantes y criminales tratan de convertir ese efectivo en unaforma ms segura, pero al mismo tiempo, buscan la facilidad de poder trasladar y asimismo de negociar con dichoefectivo.El lavado de dinero o blanqueo de capitales provenientes de ilcitos como el narcotrfico, el trfico de armas u otro delitoque implique grandes cantidades de efectivo, consiste en transformar el dinero sucio, es decir, obtenido de una manera

    deshonesta, en dinero reutilizable en las actividades criminales o para realizar operaciones de inversin en institucionesfinancieras, como el propsito de borrar o suprimir todo rastro del origen ilegal de los recursos.

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    EVALUACIN DEL VALOR NETO

    Para comenzar a elaborar un perfil financiero es necesario determinar primero el valor neto. El valor neto es el total delos activos que posee un individuo menos el total de los pasivos en un determinado momento.

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    Aunque al calcular el valor neto de un individuo se toma en cuenta la apreciacin y la depreciacin de los activos, no esobligatorio hacer estos clculos para elaborar el anlisis de ingresos ocultos

    El cambio en el valor neto, muestra el aumento o disminucin en el valor neto durante varios aos para mostrar lastendencias o patrones del perfil financiero del sujeto, objeto de la investigacin o anlisis.

    El cambio en el valor neto se calcula de la siguiente manera (elija una fecha y utilice la misma fecha para cada ao ) elao 1 se convertir en la lnea de base para los aos 2 y 3 y una vez que se establezca el valor neto del ao 1 ya no se

    seguir usando.

    CALCULO DEL CAMBIO EN EL VALOR NETO

    El cambio en el valor neto es el resultado de la adquisicin o venta de activos y / o el aumento o reduccin en lospasivos.La apreciacin o depreciacin del valor de los activos no puede ser definida con precisin hasta que las acciones sevendan. Por lo tanto, la apreciacin y la depreciacin no estn incluidas en el clculo del cambio en el valor neto paraeste anlisis, porque podrn distorsionar el clculo de los ingresos ocultos. Una vez que se calcula o determina el valorde un activo, ese valor se usa para todos los periodos del perfil durante los cuales la persona tuvo el activo.

    A continuacin se muestra un ejemplo sencillo del clculo del cambio en el valor neto.

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    CALCULO DEL INGRESO TOTAL

    Adems del flujo de efectivo representado en el cambio del valor neto, hay otro flujo de efectivo que se debe de tomar encuenta: los gastos del periodo abarcado deben ser agregados al cambio en el valor neto para representar la cantidadtotal de efectivo que el sujeto debe haber gastado durante cada periodo.El manejo de los gastos de vida se muestra en la siguiente ilustracin.

    Al agregar los gastos de vida al cambio en el valor neto se obtiene un estimado del ingreso total del individuo durante eseperiodo.

    CALCULO DE INGRESOS OCULTOS

    El flujo total de efectivo en el sistema financiero del sujeto, para cada periodo, debe ser cubierto por el ingresoconocido (legitimo) durante ese periodo. Para determinar si este es el caso, restamos el ingreso conocido(legitimo) del ingreso total (gastos de vida ms el cambio en el valor neto)Si las fuentes conocidas de ingresos son menores que este total, entonces el resulto es ingreso de fuentes noidentificadas (ingreso oculto) este clculo se muestra en la ilustracin.

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    Ms adelante se muestra un ejemplo del clculo de ingresos ocultos a partir del cambio en el valor neto, en los gastos yel ingreso. Al hacer este clculo utilizamos la informacin que hemos recolectado y que indicaba que los gastos deindividuo eran de alrededor de L.65, 000 para 1999 y de L.80, 000 para el 2000. El ingreso promedio por su ocupacinfue de L.52, 000 en 1999 y de L.53,800 en el 2000.

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    Con este clculo final, vemos que el individuo tuvo dispendios en efectivo en el periodo de 1998 a 1999, que excedieronen L.38,000 a su ingreso legitimo y que en el periodo de 1999 al 2000, fueron de L.74,400 por arriba de su ingresolegitimo.El proceso que acabamos de ver puede expresarse con la siguiente frmula:

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    PRESENTACION DEL INFORME INVESTIGATIVO

    Un informe de investigacin es una declaracin objetiva de los descubrimientos o decisiones del investigador.Es un registro oficial de la informacin pertinente a la investigacin que el investigador somete a su superior. Ya que uncaso no vaya a juicio si no meses despus de completada la investigacin, es importante que este disponible un resumencompleto de los resultados de la investigacin.Se remite el respectivo informe por escrito al Fiscal del Ministerio Publico dejando copia del mismo en el expediente.

    El informe ser presentado de la siguiente manera:

    - Encabezado- Membrete- Lugar y Fecha- numero de caso- Asunto: A quien se dirige- Antecedente: Breve resea del caso que se ventila.- Sinopsis: Pasos importantes de la investigacin que se han hecho hasta el momento- Cuerpo del informe: Detalle del informe, cuenta narrativa de la investigacin, se debe referir cronolgicamente

    a todos los documentos que prueban los detalles.- Conclusiones y recomendaciones

    - Diligencias no desarrolladas- Anexos: Diagramas de asociacin, de flujo, de eventos, etc.- Distribucin

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    LA PRUEBA EN EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS

    El bien jurdico tutelado en este delito es la Economa del EstadoEl sujeto activo de este delito puede ser cualquier persona, sujeto pasivo es el estado en cuanto titular del bien jurdicotutelado administracin de justiciaEl objeto de la accin es el capital procedente tanto de la comercializacin de cualquier droga ilcita o cualquier delitotipificado en la ley de lavado como un delito precedente, como del obtenido como ganancia, paga o salario por la

    participacin en cualquier de estos.

    PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIN DE EVIDENCIA

    Iniciamos ahora un tema que se aparta del estudio de los tipos penales y se centra, ms que todo, en los procedimientosaplicables para la obtencin de la prueba que, finalmente, permitir acreditar si un sujeto cometi o no los hechos que laley castiga.

    Nuestra legislacin ya regula que para poder llegar a establecer la verdad de los hechos existe una libertadprobatoria misma que nos servir para llegar a conocer la verdad material, la cual puede llegar a probarse porcualquier medio siempre y cuando este no sea ilegal, desproporcional e impertinente, as mismo la valoracinexistente en nuestro sistema es el de la sana critica, el cual consiste en establecer una plena libertad del

    convencimiento de los jueces y que las conclusiones a que estos lleguen sea un fruto razonado de las pruebasofrecidas por las partes en aplicacin de la lgica, las mximas de la experiencia, y la psicologa y enconsecuencia deber exigirse al juez que funde su sentencia y exprese las razones por la cuales concede o noeficacia probatoria a una prueba.

    Existen diferencias en cuanto a la valoracin de la prueba en el sistema de prueba legales y la sana critica puesto queen el primero su valoracin est determinado por la ley y el juez carece de la libertad necesaria para su apreciacin y enla sana critica sucede todo lo contrario al no haber limitantes establecidas por la ley ya que segn nuestro cdigoprocesal Penal existe libertad probatoria toda esta puede ser valorada dentro del contexto anteriormente relacionado.

    Nuestro Cdigo Procesal Penal, establece que Los elementos de pruebas deben presentarse respetndose las garantasconstitucionales, es decir con el debido respeto al derecho de defensa, al debido proceso, igualdad de armas, y que la

    prctica de estas pruebas enumeradas en el cuerpo legal deben ser regidas por los principios caractersticos del juiciooral y pblico como ser la mediacin, contradiccin, publicidad, y concentracin, ya que si uno de estos carece tanto deestos principios o los mismos irrespeten o violen garantas constitucionales carecern de todo valor jurdico ya que sernprueba ilcita.

    Debemos sealar y destacar que los tribunales deben de basar sus fallos en pruebas directas, pero que al mismo tiempolas sentencias pueden fundamentarse y llegar a una condena al auxiliarse de la prueba indiciaria la que resulta de lapluralidad o cmulo de indicios que muestran la verdad de un hecho que est oculto y que mediante el razonamientointelectual que hace el juzgador nos lleva a una presuncin lo que en conjunto es la denominada prueba indiciaria. En lacomisin del delito de lavado de activos la prueba indiciaria tiene una gran preponderancia en vista de que la complejidadde la investigacin de este tipo de ilcito muchas veces obliga a los tribunales de justicia llegar a una certeza positivamediante esa pluralidad de indicios que dan como resultado emitir una sentencia condenatoria.

    La prueba aportada por la parte acusadora deber versar sobre los hechos y extremos de la imputacin, es


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